MIÉRCOLES, 27 DE MAYO DEL 2009
AYER
La primera parte de la sesión del
Plenario de ayer fue dedicada a la discusión por el control político; el tema
más importante, traído a discusión por el señor diputado Francisco Marín del
PLN, fue el mejoramiento de la infraestructura de las escuelas y colegios
públicos, mediante un fideicomiso que estableció el Ministerio de Educación.
En la segunda parte de la sesión, el Directorio
Legislativo dio cuenta del estado en el que se encuentran los proyectos de ley
que esperan discusión, la mayoría de ellos esperando el informe del trámite de
mociones presentadas para modificar sus dictámenes; en el caso del proyecto de
Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas, expediente
No. 14352, el Plenario recibió el tercer informe de mociones presentadas
para modificar su dictamen; entre las cuales se encuentra una que se refiere a
las universidades:
Comisión
Permanente de Asuntos Sociales
Tercer informe de
mociones vía artículo 137 del Reglamento remitidas por el Plenario legislativo
Del diputado Oscar López
Moción N.º 14-62 (64-137):
“Para que de conformidad con el artículo 137
del Reglamento de la Asamblea Legislativa, para que el transitorio I se lea de
la siguiente manera:
“TRANSITORIO I.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley, dentro del
plazo de un año; para ello, deberá efectuar las consultas respectivas a las
comunidades indígenas, de acuerdo con lo establecido por el Convenio N.º 169 de
la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.”
Del diputado Merino del
Río:
Moción N.º 27-62
(77-137):
“Para que se modifique el artículo 34 del
proyecto de ley en discusión, y en adelante se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 34.- En los territorios indígenas, el Ministerio
del Ambiente y Energía, en coordinación con el Consejo Indígena Territorial de
cada territorio, podrá asignar, a las comunidades indígenas, incentivos y
beneficios ambientales, incluido el pago de servicios ambientales, en
proporción a sus esfuerzos, programas y proyectos de conservación y protección
del ambiente.
Para estos efectos, el Poder Ejecutivo,
mediante el reglamento de esta ley y previa consulta con los Consejos Indígenas
Territoriales, diseñará procedimientos eficaces que permitan y faciliten la
asignación de incentivos y beneficios ambientales a las comunidades indígenas,
tomando en cuenta las condiciones particulares de tenencia de la tierra en sus
territorios.”
Moción N.º 28-62 (78-137):
“Para que se modifique el tercer párrafo del artículo 26 del proyecto de
ley en discusión, y en adelante se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 26.- (…)
Las universidades, las instituciones parauniversitarias y las de
capacitación y formación profesional del Estado, establecerán mecanismos
necesarios y adecuados, que garanticen efectivamente el acceso de las personas
indígenas a estos niveles educativos.
Para tales efectos, estas instituciones quedan facultades para
desarrollar y aplicar acciones afirmativas, como sistemas diferenciados de
admisión, cuotas de ingreso directo u otros mecanismos análogos, orientados a
garantizar y hacer efectivo el acceso de las personas indígenas a la educación
pública en todos sus niveles.”
El Directorio recibió nuevas mociones
para modificar el dictamen de este proyecto de ley, por medio de la aplicación
del artículo 137 del Reglamento interior del Congreso.
Posteriormente, inició la discusión
por el fondo el primer debate sobre el proyecto de Ley de reforma a varios
artículos del Código de trabajo, Ley No. 2 del 28 de agosto de 1943 y los
artículos 10, 15, 16, 17 y 18 del Decreto Ley No. 832 del 4 de noviembre de
1949 y sus reformas, expediente No. 13475, de cuya exposición de motivos extraemos
su propósito fundamental: “Al escuchar el
criterio del Poder Ejecutivo, de patronos y de trabajadores, concluimos que
este proyecto es el fiel reflejo de las negociaciones que estos sectores
llevaron a cabo y que garantiza la libertad sindical, como derecho fundamental
de los trabajadores”. Entre sus disposiciones establece las actividades de
los sindicatos:
“Artículo 340.- Son actividades principales de los
sindicatos:
a) Celebrar
convenciones y contratos colectivos.
b) Ser
el titular en los procedimientos de
conciliación en conflictos de carácter económico social establecidos en los
artículos 507 y siguientes de este Código, cuando se trate de un conflicto
colectivo por la falta de acuerdo en la negociación de un proyecto de
convención colectiva, conforme se establece en el inciso d) del artículo 56 de
este Código. Para los efectos del
ejercicio del derecho de huelga deberá cumplirse con los demás requisitos
exigidos por la Constitución Política y por este Código.
c) Participar
en la formación de los organismos internacionales que les indique la ley.
d) Crear,
administrar o subvencionar instituciones, establecimientos u obras sociales de
utilidad común, tales como cooperativas, entidades deportivas, culturales,
educacionales, de asistencia y previsión.
e) Realizar
todo tipo de actividades comerciales de ahorro, crédito e inversión sin fines
de lucro y celebrar de todo tipo de contratos u operaciones lícitas para el
cumplimiento de sus fines. No podrán
realizar actividades de intermediación financiera.”
La reforma tiene también la finalidad
de mantener concordancia entre el Código de trabajo con
los convenios de la OIT, que nuestro país ha ratificado.
Por último, la señora diputada Maureen
Ballestero, en ejercicio de la Presidencia, nombró a los integrantes de la
Comisión Especial de redacción: Yalile Esna Williams,
Salvador Quirós Conejo, Lesvia Villalobos Salas, Orlando Manuel Hernández
Murillo y Carlos Luis Pérez Vargas.
Sin embargo, quedó de nuevo pendiente
al nombramiento de los integrantes de las comisiones permanentes, omisión que
hasta los diputados del PLN reclaman a la señora Presidente en ejercicio.
HOY
Mientras escribo, el Plenario se
encuentra reunido en sesión extraordinaria matinal, dedicada al nombramiento de
un magistrado para la Sala Constitucional. Pero la discusión anda por otro
tema: el señor diputado Óscar López, del PASE, pidió al Directorio suspender la
discusión de este asunto, hasta que concluyan las convenciones del PLN y del
PAC para elegir a su candidato a la Presidencia de la República en las próximas
elecciones, porque es una pérdida de tiempo y
recursos del Congreso, que se gastan en arengas electorales de esas
agrupaciones políticas, ataques al Gobierno, recesos y rompimientos del quórum.
Patético.
Por la tarde el Plenario dedicará la
primera parte de la sesión a la discusión por el control político. Y, la
segunda parte, a la discusión de proyectos de reformas electorales; en el
primer lugar de la agenda aparece el proyecto de reforma del inciso 14 del
artículo 121 de la Constitución Política, expediente
No. 14757, que propone elevar la protección al agua a rango constitucional.
Después de la sesión plenaria se
reunirán las comisiones con potestad legislativa plena. En la Comisión
Legislativa Plena Primera se encuentra, esperando primer debate, el proyecto de
Ley para establecer el derecho de jubilación anticipada de las y los
trabajadores y reforma de la Ley de protección
al trabajador, de 16 de febrero de 2000, expediente No.
16861.
En la agenda de la Comisión
Legislativa Plena Segunda aparece el proyecto de Ley de reforma al artículo 2
de la Ley de creación del Registro Nacional, expediente
No. 16127. Según su exposición de
motivos: “la presente iniciativa pretende fusionar el Catastro Nacional con el
Registro de Bienes Inmuebles, dando paso al Registro Inmobiliario”.
Lic. Arturo Ferrer Schlager
Consultor PREDICTA SRL