LUNES,
17 DE AGOSTO DEL 2015
LA SEMANA
QUE HOY COMIENZA
Según el
acuerdo alanzado el jueves pasado, el Plenario legislativo dedicará parte de la
segunda parte de la sesión de hoy al razonamiento del voto, sobre la aprobación
en segundo debate del proyecto de Ley de
adición de
un artículo 71 Bis al título VII Disposiciones Tributarias de la Ley No. 7983,
Ley de protección al trabajador de 16 de febrero de 2000 y sus reformas, expediente
No. 18885, cuyo texto fue modificado y ahora dispone:
“ARTÍCULO ÚNICO.-
Adiciónase un nuevo artículo 71 Bis al Título VII (Disposiciones
Tributarias) de la Ley N.° 7983, Ley de Protección al Trabajador, de 16 de febrero de
2000 y sus reformas.
Artículo
71 Bis.- Exoneración de prestaciones o beneficios.
Las
prestaciones o beneficios derivados del Régimen Obligatorio y Voluntario de
Pensiones Complementarias previstos en esta ley, estarán exentos de toda clase
de tributos.”
Si
sobrara tiempo, el Directorio revisará de nuevo el estado en el que se
encuentran los demás proyectos que esperan primer debate. Entre ellos aparece
en la agenda el proyecto de Primera Ley especial para la transferencia de
competencias y atención plena y exclusiva de la red vial cantonal, expediente
No. 18.001 + Primer y Segundo
informe de mociones 137 del Reglamento legislativo. El artículo 5
establece:
"Artículo 5.- Destino de los recursos
Del producto anual de los ingresos provenientes de
la recaudación del impuesto único sobre los combustibles, se destinará un
cuarenta y ocho punto sesenta por ciento (48.60%) con carácter específico y
obligatorio para el Ministerio de Hacienda, el cual, por intermedio de la
Tesorería Nacional, se lo girará directamente a cada una de las siguientes
instituciones:
…
Un uno por ciento (1%), a garantizar la máxima
eficiencia de la inversión pública de reconstrucción y conservación óptima de
la red vial costarricense, a favor de la Universidad de Costa Rica. Esta
suma será girada directamente por la Tesorería Nacional a la Universidad de
Costa Rica, que la administrará bajo la modalidad presupuestaria de fondos
restringidos vigente en esa entidad universitaria, mediante su Laboratorio
Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (LANAMME), el cual velará por
que estos recursos se apliquen para garantizar la calidad de la red vial
costarricense, de conformidad con el artículo 6 de la presente ley. En virtud
del destino específico que obligatoriamente se establece en esta ley para los
recursos destinados al LANAMME, se establece que tales fondos no afectarán, de
ninguna manera, a la Universidad de Costa Rica, en lo que concierne a la
distribución de las rentas que integran el Fondo Especial para el
Financiamiento de la Educación Superior, según las normas consagradas en el
artículo 85 de la Constitución Política”.
El Directorio espera que llegue al Plenario el texto
actualizado del proyecto de Ley contra el contrabando, cuyo trámite requirió
negociaciones entre las fracciones políticas, principalmente con la del PUSC,
que derivó en la aprobación del proyecto de
Ley de adición de un artículo 71 Bis al título VII Disposiciones
Tributarias de la Ley No. 7983, Ley de protección al trabajador de 16 de febrero de
2000 y sus reformas, expediente No. 18885.
Durante la semana sesionarán las comisiones permanentes,
para dar trámite a las mociones presentadas mediante el artículo 137 del Reglamento legislativo, que proponen
modificaciones a los proyectos que han dictaminado y que ahora se encuentran
esperando primer debate en el Plenario. Fuera del proyecto que otorga fondos al
LANAMME, arriba señalado, ninguno de los demás nos atañe directamente.
Lic. Arturo Ferrer
von Schlager
Consultor PREDICTA
SRL