LUNES, 8 DE ABRIL DEL 2013

 

LA SEMANA QUE HOY COMIENZA

 

El trámite durante la semana legislativa que hoy comienza, del proyecto de Aprobación del Contrato de préstamo No. 8194-CR, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, para financiar el proyecto de mejoramiento de la Educación Superior, expediente No. 18700 + moción aprobada el 26-2-13, nos parece muy conveniente para disminuir la presión del ambiente en Asamblea Legislativa, estado expuesto lamentablemente la semana pasada por los discursos de algunos diputados, que llegaron a la alusión y al insulto personal, utilizados como argumentos en el trámite del trámite del cuestionado Acuerdo entre Centroamérica y la Unión Europea, expediente No. 18563.

 

Como apuntamos en el informe del pasado viernes 5 de abril, varios procedimientos conducen al inicio de la discusión del contrato de préstamo del préstamo del BIRF para el mejoramiento de la Educación Superior, principalmente dos: la presentación de una moción consensuada de posposición de los asuntos que anteceden al proyecto en la agenda; y, el retiro por parte del Poder Ejecutivo de los proyectos que le anteceden en la orden del día. En ambos casos es preferible que también sean pospuestos los que se encuentran esperando segundo debate, como el de Aprobación del Convenio constitutivo del Consejo de ministras de la mujer de Centroamérica (COMMCA), expediente No. 18373, porque la tirantez del ambiente -y de la relación personal entre algunos diputados- podría suscitar enfrentamientos en la discusión de cualquier proyecto.

 

La situación es apremiante si no queremos perder el impulso que llevaba el proyecto cuando fue dispensado de trámites en el Plenario; y la consulta concluyó el viernes pasado al concluir el plazo de ocho días hábiles, que se alargó por el asueto de Semana Santa.

 

Esperamos éxito en las gestiones de las autoridades universitarias.

 

Durante la semana también sesionarán la Comisión Especial de ciencia, tecnología y educación y las comisiones permanentes de asuntos sociales y asuntos agropecuarios:

 

COMISIÓN ESPECIAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

 

EXPEDIENTE N° 18146: Ley de Promoción de la Educación Nacional Marino-Costera. Tiene Informe del Departamento de Servicios Técnicos. Dispone integrar en el Consejo Nacional de Cinematografía a: “d) Un representante del Consejo Nacional de Rectores (CONARE), el cual deberá pertenecer a una universidad que imparta una carrera relacionada con la producción audiovisual”.

 

En la agenda de esta comisión especial también se encuentran los siguientes proyectos de ley:

 

EXPEDIENTE N° 18146: LEY DE PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN NACIONAL MARINO-COSTERA. Se encuentra en la Comisión Especial de ciencia, tecnología y educación. Tiene Informe del Departamento de Servicios Técnicos. Involucra directamente a la UCR, al ITCR, a la UNA y a la UNED:

 

“ARTÍCULO 5.- Consejo Nacional de Educación Marino-Costera

(CONEMAR)

Créase el Conemar con personería jurídica instrumental, como órgano desconcentrado del Ministerio de Educación Pública.

 

ARTÍCULO 6.- Integración del CONEMAR

CONEMAR estará integrado de la siguiente manera:

a) El (la) director (a) del Centro de Investigación en Ciencias del Mar y Limnología (CIMAR) de la Universidad de Costa Rica (UCR) o su representante.

b) El (la) director (a) de la Escuela de Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional (UNA) o su representante.

c) El (la) director (a) del Centro de Educación Ambiental de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) o su representante.

d) El (la) director (a) del Centro de Educación Ambiental del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR) o su representante.

e) El (la) coordinador (a) del Programa Marino Costero de Áreas Silvestres Protegidas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) o su representante.

f) El (la) coordinador (a) del Comité Asesor Técnico Marino-Costero de la Comisión Nacional de Emergencias o su representante.

g) El (la) coordinador (a) del Programa de Educación Marino-Costera del MEP.

El Consejo se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente, cuando sea convocada por su presidente (a) o al menos por cinco de sus miembros, y deberá procurarles a sus integrantes las facilidades necesarias para la participación efectiva. La presidencia será rotativa cada dos años entre los y las integrantes”.

 

EXPEDIENTE NO. 18669. REFORMA DEL ARTÍCULO 8 DE LA LEY DE ASOCIACIONES SOLIDARISTAS, LEY NO. 6970 DEL 7 DE DICIEMBRE DE 1984. Presentado por los diputados: Víctor Granados, Martín Monestel, Rita Chaves y Patricia Pérez. Fecha para dictaminar: 21 de mayo del 2013. El proyecto propone las siguientes limitaciones a las asociaciones solidaristas, sus órganos de gobierno y administración, así como a sus representantes:

 

a)     “Establecer privilegios para sus fundadores y sus directores.

 

b)     Ejercer, en calidad de tales, actividades de carácter políticoelectoral o partidista, cuando se encuentren en el desempeño de funciones propias de representación.

 

c)     Hacer partícipe de los rendimientos, recursos, servicios y demás beneficios de la asociación a terceras personas.

 

Constituye excepción a las prohibiciones anteriores, los casos tendientes a favorecer, en forma especial a los trabajadores del mismo patrono y a los asociados activos que se pensionen, cuando así proceda, de conformidad con lo que establezcan los Estatutos de cada asociación.

 

d)     Realizar cualquier clase de actividad tendiente a combatir, o de alguna manera entorpecer, la formación y funcionamiento de las organizaciones sindicales y cooperativas. Esta prohibición es extensiva a dichas organizaciones, respecto de las asociaciones solidaristas y, en el caso de que violen esta disposición, se les aplicará la sanción que se establece en el presente artículo.

 

e)     Celebrar convenciones colectivas o arreglos directos de carácter laboral.

 

f)      Participar en contrataciones y convenciones colectivas laborales. Los sindicatos no podrán realizar actividades propias de las asociaciones solidaristas ni de las asociaciones cooperativas”.

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS SOCIALES.

 

EXPEDIENTE N° 18184: LEY CONTRA EL ACOSO LABORAL EN EL EMPLEO Y EL HOSTIGAMIENTO EN EL CAMPO EDUCATIVO. Iniciativa de la diputada Marielos Alfaro y otros. Tiene Informe del Departamento de Servicios Técnicos. Consultada la opinión de las universidades estatales. Fecha para dictaminar 13 de abril del 2013.

 

“ARTÍCULO 2.- Ámbito de aplicación de la ley

Las situaciones de acoso laboral y de hostigamiento escolar que se corrigen y sancionan en la presente ley son aquellas que ocurren en un ámbito de relaciones de dependencia o subordinación de carácter laboral, o de contratos de prestación permanente de servicios personales, o cualquier otro ámbito donde existan relaciones laborales temporales o permanentes, así como en toda relación donde se establezca un proceso educativo formalizado, en un centro de estudios, de cualquier nivel educativo”.

 

EXPEDIENTE N° 18080: LEY QUE GARANTIZA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS TEMPORALES PARA LA PROTECCIÓN DEL EMPLEO EN MOMENTOS DE CRISIS. Su ámbito de aplicación se extiende a todas las relaciones laborales privadas establecidas en el marco del Código de Trabajo. Consultada la opinión de las universidades estatales.

 

EXPEDIENTE N° 18081: LEY PARA PROTEGER EL EMPLEO EN TIEMPOS DE CRISIS. Reforma varios artículos del Código de trabajo con el propósito de modificar condiciones de las jornadas diurna y nocturna de trabajo. Consultada la opinión de las universidades estatales.

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS.

 

EXPEDIENTE NO. 18093. LEY DE CONTINGENCIA ELÉCTRICA. Iniciado el 11 de mayo del 2011. Fecha para dictaminar: 26 de abril del 2013. Trámite del Expediente No. 17820, de Comisión Especial. Tiene Informe del Departamento de Servicios Técnicos del 3 de agosto del 2011. Consultada, entre otras, la opinión de las universidades estatales.

 

Lic. Arturo Ferrer Schlager

Consultor PREDICTA SRL