MARTES 21 DE
JULIO DEL 2020
AYER
Lo más importante del día de ayer, dejando de lado los proyectos de ley
ajenos a nuestro interés, aprobados en el Plenario Legislativo, fue la
tramitación del Segundo Presupuesto Extraordinario en la Comisión permanente de
asuntos hacendarios. En esta sesión, varios
diputados se dieron la tarea de despedazar el texto del Presupuesto, en un
intento forzado de ser fuerza de oposición.
En total se tramitaron 25 mociones fondo sobre este proyecto, dentro de las
cuales se encontraban varias que contenían modificaciones tomando en
consideración el FEES, sin embargo, la moción más importante y peligrosa fue la
número 1, la cual fue aprobada con 7 votos a favor. Dicha moción expresa lo siguiente:
“Artículo Nuevo: Adiciónese un nuevo inciso 19 al final del artículo 7° de
la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2020, Ley No. 9791 publicado en los Alcances 273A y
273B de la Gaceta N° 233 del 06 de diciembre de 2019, para que se lea de la
siguiente forma:
19) Durante el año 2020, todos los ministerios y sus entes adscritos, todas
las instituciones y los órganos que conforman el Poder Legislativo, el Poder
Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones y las entidades que reciben
transferencias a través del Presupuesto de la República vigente, quedan
obligados, a partir de la vigencia de esta ley, a realizar una subejecución de
al menos un diez por ciento (10%) de su presupuesto
disponible en cada programa presupuestario, en aras de reducir el gasto,
dada la disminución de ingresos corrientes que se prevé para el año presupuestario
a partir de la crisis sanitaria generada por la pandemia mundial atribuida al
virus denominado COVID-19. Esta subejecución no podrá ser considerada para
reducir posteriormente el presupuesto de las subpartidas o partidas
subejecutadas. Se excluyen de la aplicación de esta norma, las subpartidas
relacionadas con remuneraciones.
Para la aplicación de esta norma de ejecución presupuestaria, el Ministerio
de Hacienda, por medio de la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN),
deberá determinar el monto de presupuesto disponible a la entrada en vigencia
de esta ley e informarlo a la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios, en un
plazo máximo de 15 días hábiles después de entrada en vigencia esta ley.
El Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con el Ministerio de Hacienda, y
previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Nacional
(DGPN), podrá autorizar el incumplimiento de esta norma, cuando estrictamente:
·
Se verifique la imposibilidad de
cumplirla.
·
Se demuestre que su aplicación
resultaría en un mayor costo para el Estado
Corresponde al Ministerio de Hacienda y a sus órganos especializados,
verificar el cumplimiento de lo dispuesto en esta norma e informar a la
Comisión de Asuntos Hacendarios a más tardar 15 días después de transcurrido
cada uno de los dos trimestres restantes del año presupuestario.”
Es la segunda ocasión en que esta moción se somete a votación dentro del trámite
de un Presupuesto Extraordinario, puesto que esta misma moción, presentada de
igual manera por el diputado Pablo Abarca del PUSC, fue presentada en el
Presupuesto Extraordinario anterior, el cual fue archivado. Esta moción fue aprobada
en aquel entonces, con el argumento de que dicho Presupuesto no reflejaba algún
esfuerzo en la contención del gasto, pero ahora, con un esfuerzo casi 4 veces mayor
en la reducción del gasto, esta moción carece de fundamentos lógicos y
jurídicos, reflejando, tal y como lo dije al principio de este informe, una posición
forzada de oposición. Además, esta
moción emplea un término muy poco claro: presupuesto
disponible. Este término es subjetivo, pues no determina la fuente presupuestaria
a la cual hace referencia con el término “disponible”.
Por otro lado, sobre esta moción recae la pregunta sobre si es
inconstitucional o no, tomando en cuenta que realizar recortes al FEES de
manera arbitraria, alejándose del acuerdo de la Comisión de enlace, resulta ser
una grave transgresión al artículo 85 de la Constitución Política, sin embargo,
pareciera que algunos técnicos de la Asamblea Legislativa no lo aprecian de la
misma manera. Esto es muy peligroso, pues como lo manifestó el diputado José
María Villalta en sus intervenciones en contra de dos mociones que atentaban
directamente al FEES (logrando rechazarlas), estos criterios inducen a error,
pero no al prevaricato, ya que existe el criterio esencial de la Procuraduría General
de la República, la cual fue clara en expresar que este tipo de acciones son
irregulares, Sin duda el diputado Villalta se puso una flor en el ojal por la
manera de hacer valer la Constitución Política como también los intereses de
las universidades estatales, exponiendo, una vez más, el intento de varios diputados
de limitar la funcionalidad del Sistema de Educación Superior, sobreponiendo
otros intereses por encima de la integridad de los acuerdos de la Comisión de
Enlace, los cuales se amparan constitucionalmente.
Al final de la discusión este proyecto de ley fue dictaminado
favorablemente.
Por otro lado, la Comisión que analizó la reforma al artículo 85 de la
Constitución Política, expediente 20852, dictaminó de manera negativa con 4
votos en contra y uno a favor, el texto en discusión al considerar que no es un
tema que debería estar amarrado a la Constitución Política.
HOY
Ahora bien, debido a que ayer fue dictaminado el Presupuesto Extraordinario
en la Comisión de hacendarios, este expediente pasará a ser tramitado el día de
hoy en la sesión del Plenario Legislativo, a partir de las 9:15 de la mañana.
Por su parte, la Comisión permanente de asuntos hacendarios iniciará con
las audiencias para ahondar en el proyecto de ley que pretende autorizar al Gobierno de la Republica para la contratación de un
crédito por medio del instrumento de financiamiento rápido (IFR) con el Fondo
Monetario Internacional (FMI) para apoyo presupuestario en la atención de la
emergencia COVID-19, expediente No. 22018. El primero en la lista de audiencias
será el Ministro de Hacienda, Elián Villegas. Esteramos dando seguimiento a
esta comisión.
Emmanuel Ferrer Venegas
Consultor PREDICTA SRL