MARTES 21 DE JULIO DEL 2020

 

                    

AYER

 

Lo más importante del día de ayer, dejando de lado los proyectos de ley ajenos a nuestro interés, aprobados en el Plenario Legislativo, fue la tramitación del Segundo Presupuesto Extraordinario en la Comisión permanente de asuntos hacendarios. En esta sesión, varios

diputados se dieron la tarea de despedazar el texto del Presupuesto, en un intento forzado de ser fuerza de oposición.

 

En total se tramitaron 25 mociones fondo sobre este proyecto, dentro de las cuales se encontraban varias que contenían modificaciones tomando en consideración el FEES, sin embargo, la moción más importante y peligrosa fue la número 1, la cual fue aprobada con 7 votos a favor. Dicha moción expresa lo siguiente:

                              

“Artículo Nuevo: Adiciónese un nuevo inciso 19 al final del artículo 7° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2020, Ley No. 9791 publicado en los Alcances 273A y 273B de la Gaceta N° 233 del 06 de diciembre de 2019, para que se lea de la siguiente forma:

                                                        

19) Durante el año 2020, todos los ministerios y sus entes adscritos, todas las instituciones y los órganos que conforman el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones y las entidades que reciben transferencias a través del Presupuesto de la República vigente, quedan obligados, a partir de la vigencia de esta ley, a realizar una subejecución de al menos un diez por ciento (10%) de su presupuesto disponible en cada programa presupuestario, en aras de reducir el gasto, dada la disminución de ingresos corrientes que se prevé para el año presupuestario a partir de la crisis sanitaria generada por la pandemia mundial atribuida al virus denominado COVID-19. Esta subejecución no podrá ser considerada para reducir posteriormente el presupuesto de las subpartidas o partidas subejecutadas. Se excluyen de la aplicación de esta norma, las subpartidas relacionadas con remuneraciones.

                                  

Para la aplicación de esta norma de ejecución presupuestaria, el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN), deberá determinar el monto de presupuesto disponible a la entrada en vigencia de esta ley e informarlo a la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios, en un plazo máximo de 15 días hábiles después de entrada en vigencia esta ley.

                                            

El Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con el Ministerio de Hacienda, y previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN), podrá autorizar el incumplimiento de esta norma, cuando estrictamente:

                      

·         Se verifique la imposibilidad de cumplirla.

·         Se demuestre que su aplicación resultaría en un mayor costo para el Estado

                                    

Corresponde al Ministerio de Hacienda y a sus órganos especializados, verificar el cumplimiento de lo dispuesto en esta norma e informar a la Comisión de Asuntos Hacendarios a más tardar 15 días después de transcurrido cada uno de los dos trimestres restantes del año presupuestario.”

                                                                      

Es la segunda ocasión en que esta moción se somete a votación dentro del trámite de un Presupuesto Extraordinario, puesto que esta misma moción, presentada de igual manera por el diputado Pablo Abarca del PUSC, fue presentada en el Presupuesto Extraordinario anterior, el cual fue archivado. Esta moción fue aprobada en aquel entonces, con el argumento de que dicho Presupuesto no reflejaba algún esfuerzo en la contención del gasto, pero ahora, con un esfuerzo casi 4 veces mayor en la reducción del gasto, esta moción carece de fundamentos lógicos y jurídicos, reflejando, tal y como lo dije al principio de este informe, una posición forzada de oposición.  Además, esta moción emplea un término muy poco claro: presupuesto disponible. Este término es subjetivo, pues no determina la fuente presupuestaria a la cual hace referencia con el término “disponible”.

 

Por otro lado, sobre esta moción recae la pregunta sobre si es inconstitucional o no, tomando en cuenta que realizar recortes al FEES de manera arbitraria, alejándose del acuerdo de la Comisión de enlace, resulta ser una grave transgresión al artículo 85 de la Constitución Política, sin embargo, pareciera que algunos técnicos de la Asamblea Legislativa no lo aprecian de la misma manera. Esto es muy peligroso, pues como lo manifestó el diputado José María Villalta en sus intervenciones en contra de dos mociones que atentaban directamente al FEES (logrando rechazarlas), estos criterios inducen a error, pero no al prevaricato, ya que existe el criterio esencial de la Procuraduría General de la República, la cual fue clara en expresar que este tipo de acciones son irregulares, Sin duda el diputado Villalta se puso una flor en el ojal por la manera de hacer valer la Constitución Política como también los intereses de las universidades estatales, exponiendo, una vez más, el intento de varios diputados de limitar la funcionalidad del Sistema de Educación Superior, sobreponiendo otros intereses por encima de la integridad de los acuerdos de la Comisión de Enlace, los cuales se amparan constitucionalmente.  

 

Al final de la discusión este proyecto de ley fue dictaminado favorablemente.

                                                                 

Por otro lado, la Comisión que analizó la reforma al artículo 85 de la Constitución Política, expediente 20852, dictaminó de manera negativa con 4 votos en contra y uno a favor, el texto en discusión al considerar que no es un tema que debería estar amarrado a la Constitución Política.

                                       

HOY

 

Ahora bien, debido a que ayer fue dictaminado el Presupuesto Extraordinario en la Comisión de hacendarios, este expediente pasará a ser tramitado el día de hoy en la sesión del Plenario Legislativo, a partir de las 9:15 de la mañana.

                                                                      

Por su parte, la Comisión permanente de asuntos hacendarios iniciará con las audiencias para ahondar en el proyecto de ley que pretende autorizar al Gobierno de la Republica para la contratación de un crédito por medio del instrumento de financiamiento rápido (IFR) con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para apoyo presupuestario en la atención de la emergencia COVID-19, expediente No. 22018. El primero en la lista de audiencias será el Ministro de Hacienda, Elián Villegas. Esteramos dando seguimiento a esta comisión.

 

Emmanuel Ferrer Venegas

Consultor PREDICTA SRL