MIÉRCOLES 20 DE FEBRERO DEL 2019

 

AYER

 

El día de ayer se dio inicio a las discusión y votación de las mociones vía 137 del reglamento sobre el proyecto de Ley de reformas al reglamento, expediente 21116.

 

Para este trámite, el plenario abarco dos sesiones, una extraordinaria a las 9:00 am y otra ordinaria a la hora habitual. En estas sesiones destacan dos mociones, las cuales fueron rechazadas en la sesión extraordinaria y ordinaria respectivamente. La primera es la moción No. 21, la cual estipula lo siguiente:

 

Para que el artículo 1 del proyecto en discusión se lea de la siguiente manera:

 

Artículo 178- Trámite en la Comisión de Asuntos Hacendarios A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 178 de la Constitución Política, para la discusión del Presupuesto Ordinario de la República se observarán las siguientes reglas: La Comisión de Asuntos Hacendarios designará, por votación de su seno, una subcomisión de presupuesto de cinco miembros, tan pronto como reciba el proyecto de ley de presupuesto que envía el Poder Ejecutivo. Por lo menos dos de los miembros de la subcomisión deberán ser de cualquiera de las fracciones representadas en la Asamblea que no sea la de Gobierno. Esta subcomisión rendirá su informe a la comisión a más tardar el de octubre. Para su trabajo, la subcomisión de presupuesto tendrá la facultad de citar, corno asesores, a funcionarios de la Contraloría General de la República, de la Oficina de Presupuesto y del Banco Central cuando lo considere necesario. Las mociones tendientes a modificar el proyecto deberán ser presentadas en la Comisión a más tardar el día 15 de octubre. Las que se presenten después de esa fecha no serán de recibo. La votación del proyecto deberá producirse a más tardar el 20 de octubre. Si a las 23:30 horas de ese día no se hubiere votado el proyecto, se suspenderá su discusión, se tendrán por rechazadas las mociones pendientes y, sin más discusión, de inmediato, se procederá a la votación. El dictamen o los dictámenes sobre el proyecto deberán ser rendidos antes de las 23:00 horas del 25 de octubre, fecha a partir de la cual tales documentos deberán estar disponibles para consultas de los diputados. El último Dictamen de Liquidación Presupuestaria que el Plenario Legislativa haya aprobado deberá ser considerado y analizado por la Comisión de Asuntos Hacendarios.

 

La otra moción es la No.48, la cual expresa lo siguiente:

 

Para que se reforme el ARTÍCULO 2-, en relación con el artículo 148 bis de dicho artículo, sobre el actual Reglamento de la Asamblea Legislativa y se lea de la siguiente manera: ( ARTÍCULO 2- Para que se adicione un artículo 148 bis al Reglamento de la Asamblea Legislativa que digan lo siguiente:

Artículo 148 bis- Retrotracción a primer debate Si en la discusión en segundo debate se estimare necesario modificar el fondo del texto, el Plenario podrá determinar, por una sola vez, que el asunto se retrotraiga a primer debate. También cabe retrotraer el asunto a primer debate, para subsanar algún vicio de procedimiento. La moción para retrotraer es de orden y debe ser aprobada al menos por treinta y ocho votos. Si la moción para retrotraer fuere aprobada, se suspenderá de inmediato la discusión del segundo debate y el proyecto ocupará el primer lugar en el Capítulo de Primeros Debates de la sesión siguiente; solo en esta sesión podrán presentarse mociones de fondo. Cualquier diputado podrá presentar una única moción de fondo, ya sea para que de forma parcial o integral, se modifique, adicione o suprima cada artículo del proyecto de ley. Cualquier diputado que haya presentado una moción al respecto dispondrá de cinco minutos para referirse por el fondo de cada moción y podrá presentar la revisión de la votación en un plazo que no exceda cinco minutos Conocidas las mociones de fondo, si el texto hubiera sido modificado, la siguiente sesión se procederá a votar el proyecto en primer debate garantizando la debida publicidad de las reformas introducidas al texto. La Presidencia procederá a agendar su trámite en Segundo Debate, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del Reglamento. De no modificarse el texto, en la siguiente sesión el proyecto ocupará el lugar que le corresponda en el Capítulo de Segundos Debates para continuar con el trámite pendiente.

 

Por otro lado, se aprobó la moción No. 11, la cual propone brindar atribuciones a la Comisión permanente especial de control de ingreso y gasto público respecto a la liquidación del Presupuesto Nacional. Esta moción expresa lo siguiente:

 

Para que se agreguen al artículo 1 del proyecto en discusión, las reformas a los artículos 66 inciso c), 89 y 194 primer párrafo, del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que se leerán de la siguiente manera:

 

"ARTICULO 66.- Atribuciones de las Comisiones Estas Comisiones tendrán, preferentemente, las siguientes atribuciones: c) Comisión de Asuntos Hacendarios: analizará los presupuestos nacionales, sus liquidaciones y los asuntos de Hacienda Pública.

ARTICULO 89.- Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Públicos La Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Públicos, estará compuesta por nueve diputados, cuyo nombramiento se hará simultáneamente con el de las comisiones permanentes ordinarias. La conformación estará a cargo del Presidente de la Asamblea de los nombres propuestos por los respectivos jefes de fracción, procurando la participación del mayor número de fracciones interesadas. Esta Comisión tendrá la función vigilar y fiscalizar de manera permanente la Hacienda Pública así como la de realizar investigaciones de control político para el óptimo manejo de los recursos de todo el Sector Público. En el cumplimiento de sus labores, esta comisión se hará acompañar de la Contraloría General de la República.

 ARTICULO 194. Trámite del Informe La liquidación del presupuesto ordinario, de los extraordinarios y el dictamen de la Contraloría General de la República, a los que se refiere el artículo 181 de la Constitución Política, así como la documentación respectiva, pasarán en el mes de julio de cada año al conocimiento de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios y a más tardar el último día del mes de julio, rendirá un informe al Plenario, en el que recomendará aprobar o improbar la liquidación.

 

De esta manera, y consecuente al alcance del 208 bis, el Pleno llegó hasta la moción 55, la cual será sometida a votación en la siguiente sesión.

 

Llama la atención que muchas de las disposiciones que están tramitando los diputados pretenden aligerar el trámite y disminuir plazos de votación. Y, luego pretenden que se mantengan sus derechos de enmienda. Ni el derecho a la apelación se salvó de esos recortes de tiempo. 

 

En la segunda parte de la sesión, lo más interesante fue el debate férreo, como tal vez no se había visto anteriormente en esta Asamblea Legislativa, sobre el segundo debate del proyecto de Ley de Reforma Orgánica del Banco Central, expediente No. 21031, el cual busca brindar autonomía al Banco Central de Costa Rica. Dicho debate se originó posterior a la intervención por el fondo del diputado del PAC, Welmer Ramos, quien dijo estar en contra del proyecto, luego de que su bancada había ayudado a dictaminar el proyecto en comisión, debido a que este proyecto (requisito para poder formar parte de la OCDE) exige censurar el voto al Ministro(a) de Hacienda en el BCCR.

 

De esta forma, varios diputados, como se dice coloquialmente, se le fueron encima a don Welmer Ramos y a la bancada del PAC atribuyéndoles una gran incongruencia entre sus diputados y el Poder Ejecutivo.

 

Ahora bien, este debate ha demostrado una vez más que muchos de estos diputados carecen de muchas cualidades que se necesitan para legislar. El debate, por el fondo, era de altura, pero en el trajín del debate, se fue ensuciando hasta llegar a la chota, la cual, en estas instancias, es lamentable. Por eso, rescato las palabras del diputado Welmer Ramos en su segunda intervención: “Cuando todos piensan igual, es peligroso que nadie esté pensando…”.

 

Posteriormente el Plenario votó el proyecto y este fue aprobado en su segundo debate con 42 diputados a favor y 2 en contra.

 

HOY

 

El día de hoy, el Plenario sesionará de forma extraordinaria para seguir con la discusión de las mociones vía 137 del reglamento sobre el proyecto de reformas al reglamento, expediente 21116.

 

Por la tarde, el Plenario seguirá con dicha discusión en su sesión ordinaria.

 

Además, la Comisión permanente de asuntos hacendarios sesionará a la 1:00 pm. En el primer punto de la agenda aparece el expediente No. 19531, Ley de regímenes de exenciones y no sujeciones del pago de tributos, su otorgamiento y control sobre su uso y destino.

 

Además, dentro de esta misma agenda se encuentra el expediente No. 21043 . Reforma al artículo 24 asignaciones presupuestarias del capítulo IV, responsabilidad fiscal de la república de la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, el cual, de acuerdo con los asesores de los diputados y de nuestro querido amigo Alony, será enviado al archivo. Este proyecto de ley dispone:

 

“ARTÍCULO 1- Para que se modifique el artículo 24.- Asignación Presupuestaria al título IV Responsabilidad Fiscal de la República de la Ley No. ______ “Ley de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas”, del _______ y sus reformas. 24- Asignación presupuestaria La dirección general de presupuesto nacional realizara la asignación presupuestaria de las transferencias utilizando los criterios del artículo anterior. Dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley; incluyendo los destinos específicos derogados en esta ley.”

 

Emmanuel Ferrer Venegas

Consultor PREDICTA SRL