MARTES 13 DE
OCTUBRE DEL 2020
ESTA SEMANA
El día de ayer el partido Liberación Nacional realizó un comunicado donde
expuso su disconformidad por los montos contemplados en el Presupuesto Nacional
2021, exigiendo al Poder Ejecutivo que realice un recorte equivalente a un 1%
del PIB. Dicho comunicado, en su última parte, advierte al Ministerio de Hacienda
que si no hace las rebajas de los montos calificados por los diputados como innecesarios
contemplados en el Presupuesto, presentará una serie de mociones de fondo al
proyecto con tal de efectuar, por esa vía, dicho recorte.
Ahora bien, si el Poder Ejecutivo no envía el recorte, los diputados
liberacionistas, siguiendo el artículo 204 del Reglamento Interno de la
Asamblea Legislativa, y ateniéndose a que los plazos de la comisión permanente de
asuntos hacendarios no hayan sido modificados, estos diputados tendrán hasta el
jueves 15 de octubre para interponer las mociones. A continuación le mostramos
el extracto del artículo 204 del RIAL que expone estos plazos:
“Las mociones tendientes a modificar el
proyecto deberán ser presentadas en la Comisión a más tardar el día 15 de octubre. Las que se presenten
después de esa fecha no serán de recibo.
La votación del proyecto deberá producirse a
más tardar el 20 de octubre. Si a
las 23:30 horas de ese día no se hubiera votado el proyecto, se suspenderá su
discusión, se tendrán por rechazadas las mociones pendientes y, sin más
discusión, de inmediato, se procederá a la votación.
El dictamen o los dictámenes sobre el proyecto
deberán ser rendidos antes de las 23:00 horas del 25 de octubre, fecha a partir de la cual tales documentos deberán
estar disponibles para consultas de los diputados.”
Estaremos pendientes de cómo serán presentadas estas mociones, teniendo en
cuenta que los órganos legislativos aún están en el traslado al nuevo edificio.
Esto nos hace pensar en un segundo escenario, el cual se basa en la
presentación y tramitación de éstas mociones en el Plenario, mediante mociones que
abran el Plenario en comisión general.
Emmanuel Ferrer Venegas
Consultor PREDICTA SRL