MIÉRCOLES 10 DE NOVIEMBRE DEL 2021

 

AYER

 

El día de ayer, en el espacio del control político de la sesión plenaria, el diputado Harllan Hoelpelman se refirió a la noticia de la prensa en la que se expone los hallazgos de la auditoría de la Contraloría General de la República (CGR). Del informe se desprende que, del total de recursos adjudicados, entre las instituciones que menos han utilizado el sistema de compras públicas (SICOP), se encuentra el Consejo Nacional de Rectores.

 

En la segunda parte de la sesión, al continuar el trámite de primer debate del proyecto de Presupuesto 2022, la señora diputada Paola Vega presentó otra moción para abrir el Plenario a Comisión General, la cual fue rechazada por veinticinco de treinta y ocho diputados presentes.

 

Por su parte, en la Comisión permanente de asuntos hacendarios, los diputados recibieron en audiencia virtual a dos consultores del BID, Alberto Barreix y Fernando Velayos, quienes manifestaron la necesidad de que el país avance hacia un impuesto de renta más global al referirse al expediente No. 22393, Ley del impuesto sobre la renta global dual.

 

Por su parte, Alberto Barreix, aseguró que en el país el impuesto a la renta, aunque no está mal, comparado con Chile, Argentina y Uruguay está muy por debajo de esos países y, al igual que en muchas naciones de América Latina, tiene serios problemas de evasión. Además destacó que de los países de la OCDE, el único que no tiene renta mundial es Costa Rica

 

Por otra parte, Fernando Velayos aseguró que el nuevo impuesto es más global, pues al juntar las rentas aumenta la tasa efectiva. También añadió que la propuesta es mucho más progresiva pues se aumenta el pago del impuesto sobre el quintil de mayores ingresos.

 

Don Fernando señaló que la exoneración de los intereses bancarios es preocupante, pues sostiene que se debería poner un tope gravándose a partir de un umbral como sucede en otros países, así mismo propone incluir dentro del gravamen el aguinaldo.

 

Cabe recordar que la propuesta pretende que rentas de la persona física con actividad lucrativa, se integren otorgándoles un mismo tratamiento de tipo global, sumando los ingresos, aplicando las deducciones y llegando a una base imponible a la que se le aplica la tarifa progresiva. La iniciativa establece una escala gradual de aplicación, gravando con un 10 % los ingresos de cinco millones de colones por año hasta llegar a un 27,5 % a partir de los 29 millones por año.

 

Por otro lado, en la sesión de la Comisión que analiza el tema de la cochinilla, la ex Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, quien al día de hoy lidera la SUGEF, achacó que el faltante de fondos para el MOPT que se establece en la investigación del OIJ, el cual ronda cerca de los 72 mil millones de colones, se dio por la crisis financiera que enfrentó el país a finales del 2018 y al atraso en el traslado de los fondos correspondientes al impuesto a los vehículos al MOPT y de este Ministerio al CONAVI.

 

Doña Rocío comentó que el jerarca del MOPT, Rodolfo Méndez Mata, le solicitó buscar la manera de reintegrar los recursos que no habían sido trasladados por el tema de impuesto a vehículos.

 

HOY

 

Ahora bien, el día de hoy el Plenario está obligado a tramitar el octavo Presupuesto extraordinario, expediente No. 22686. Esto de acuerdo a los artículos 206 y 205 del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa.

 

Para aclarar esta situación, es importante mencionar que el artículo 206 del RIAL, referido al trámite de los Presupuestos extraordinarios, en su numeral 5, establece al final que llegando al límite para la tramitación de los presupuestos extraordinarios, estos deberán aprobarse por analogía con lo dispuesto en el artículo 205 del RIAL, el cual se refiere al trámite del Presupuesto Nacional en el Plenario. A continuación le mostramos el extracto del artículo 206 del RIAL que expone lo antes citado:

 

5. Cuando la Asamblea Legislativa haya sido convocada para conocer específicamente sobre la modificación de uno o varios artículos o incisos de un presupuesto vigente, durante el período de sesiones extraordinarias, los diputados no podrán presentar mociones referidas a artículos o incisos no comprendidos en el proyecto objeto de la convocatoria. A más tardar, un mes después de haber comenzado la discusión de un proyecto de presupuesto extraordinario, en el Plenario de la Asamblea Legislativa, este proyecto deberá aprobarse -por analogía- de acuerdo con las disposiciones finales del artículo 205 de este Reglamento.

 

Es decir, y tal y como lo expone el artículo 205 de RIAL, el Plenario deberá aprobar el proyecto, en primer y segundo debate, en los últimos dos días plazo. Acá le mostramos el extracto del artículo 205 del RIAL que establece lo anterior:

 

3. Si el 29 de noviembre de cada año, a las veintitrés horas y treinta minutos no se hubiere agotado la discusión del presupuesto ordinario, en segundo debate, se tendrá ésta por agotada y el proyecto se someterá a votación de inmediato, sin más discusión.

 

Si los días 27 y 29 de noviembre fueran domingos o feriados, se considerarán habilitados, con el objeto de que la Asamblea pueda celebrar sesión esos días, a la hora de costumbre o a otra que acuerde para darle primero y segundo debates al proyecto de Presupuesto Ordinario.

 

4. Los días 27 y 29 de noviembre de cada año, la Asamblea celebrará sesiones plenarias por lo cual en esos días no habrá sesiones de las comisiones permanentes ordinarias, permanentes especiales, especiales ni de las comisiones legislativas plenas.

 

Sabiendo lo anterior, el Pleno tendrá que aprobar el Octavo Presupuesto extraordinario el día de hoy 10 de noviembre, y tendrá que aprobarlo en segundo debate este viernes 12 de noviembre. La sesión del viernes, teniendo en cuenta que el Congreso no sesiona ese día, está convocada automáticamente, eso sí, el Pleno podrá aprobar una moción para sesionar en horas de la mañana, y para ello ocupará 38 votos.

 

De esta manera también se suspenden las sesiones de todas las Comisiones del día de hoy.

 

Estaremos atentos a este trámite.

 

 

                                                                                                                        PREDICTA S.R.L

                                                                                                                      Cédula 3-102-13416

 

 

Emmanuel Ferrer Venegas                                                                                                                                                                                   Arturo Ferrer Schlager

   Cédula 1-1568-0284                                                                                                                                                                                             Cédula 1-0500-0784