ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE
ACTA
DE
(22
de enero de 2007)
PRIMERA
LEGISLATURA
(Del
1º de mayo de 2006 al 30 de abril de 2007)
SEGUNDO
PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS
(Del
1º de diciembre de
DEPARTAMENTO
DE COMISIONES
COMISIÓN
PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS Y RECURSOS NATURALES
A.- DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA
C. DISCUSIÓN DE
PROYECTOS DE LEY
1. Expediente
Nº16327. Ley de Protección a las
Obtenciones Vegetales.
Moción Nº1-51, de los diputados Rojas Rodríguez, Salazar
Rojas y González Morera:
Moción Nº2-51, del Diputado Merino del Río:
Moción Nº3-51, del Diputado Merino del Río:
Moción Nº4-51, del Diputado Merino del Río:
Moción Nº5-51, del Diputado Merino del Río:
Moción Nº6-51, del Diputado Merino del Río:
Moción Nº7-51, de los diputados Salazar Rojas, Rojas
Rodríguez y González Morera:
Moción Nº7-51, de varios Diputados:
Moción Nº8-51, de la diputada Vásquez Badilla:
Moción Nº9-51 del Diputado Merino del Río:
Moción Nº10-51, de la diputada González Morera:
Moción Nº11-51 de los diputados Rojas Rodríguez, González
Morera y Salazar Rojas:
Moción Nº12-51 del Diputado Merino del Río:
Moción Nº13-51, de los diputados Vásquez Badilla y Araya Monge:
PRESENTES LOS SEÑORES
DIPUTADOS: Salvador Quirós Conejo,
Presidente; Gladys González Barrantes,
Secretaria; Saturnino Fonseca
Chavarría; Nidia González Morera; Ovidio
Agüero Acuña; Marvin Rojas Rodríguez y
José Joaquín Salazar Rojas
ASESOR
DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS TÉCNICOS:
Lic.
Carlos Alfaro.
Al ser las dieciocho horas, cuarenta
y nueve minutos, cincuenta y tres segundos, se abre la sesión.
EL
PRESIDENTE:
Debo indicarles que tenemos una
moción de revisión y seis mociones de orden, que se conocerán en su momento
oportuno.
A.- DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA
¿Alguna observación al acta?
C. DISCUSIÓN DE PROYECTOS DE LEY
1. Expediente Nº16327. Ley de Protección a las Obtenciones
Vegetales.
Hay cinco mociones de fondo nuevas. Iniciamos con el conocimiento de la moción de
revisión, por lo que le solicito a la señora Secretaria se sirva darle lectura.
Moción
Nº1-51, de los diputados Rojas Rodríguez, Salazar Rojas y González Morera:
“Para que basados en el
artículo 155 del Reglamento de
EL PRESIDENTE:
En discusión la moción.
Tiene la palabra el diputado Rojas Rodríguez.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Buenas noches, señor Presidente. Buenas noches, compañeras y compañeros.
El artículo 14 de
“...ARTÍCULO 14.- De
Créase
Menciono solo algunas de las atribuciones:
“...1.- Formular las políticas nacionales referentes
a la conservación, el uso ecológicamente sostenible y la restauración de la
biodiversidad, sujetándose a la convención sobre la biodiversidad biológica y
otros convenios y tratados internacionales correspondientes, así como a los
intereses nacionales.
2.- Formular las políticas y responsabilidades
establecidas en los capítulos IV, V y VI de esta ley, y coordinarlos con los
diversos organismos responsables de la materia.
3.- Formular y coordinar las políticas para el
acceso de los elementos de la biodiversidad y el conocimiento asociado que
asegure la adecuada transferencia científico-técnica y la distribución justa de
los beneficios que, para los efectos del título V de esta ley, se denominarán
normas generales.
4.- Formular la estrategia nacional de
biodiversidad y darle seguimiento.
6.- Revocar las resoluciones de la oficina
técnica de
7.- Asesorar a otros órganos del Poder Ejecutivo,
instituciones autónomas y entes privados, a fin de normar las acciones para el
uso, ecológicamente sostenible, de los elementos de la biodiversidad.
8.- Velar porque las acciones públicas y privadas
relativas al manejo de los elementos de la biodiversidad cumplan con las políticas establecidas en
esta Comisión...”
En el informe OT-379-06 del 25 de octubre de 2006,
refiriéndose al artículo 2 de este proyecto, dice: “... con la finalidad de que exista
concordancia entre el ordenamiento jurídico y tomando en consideración el texto
expreso en el artículo 69, párrafo primero de
Esta moción se orienta a eliminarle el término
“nacional”. Señoras y señores Diputados,
el carácter de integración del país en todo sentido, provoca que se introduzca
“biodiversidad” cuyo origen sea de diversas procedencias del mundo, por lo
tanto, es inconveniente que el proyecto dé paso a una ambigüedad y posibles
interpretaciones que apelen a entender que se refiere exclusivamente a
biodiversidad vegetal auténtica. Por
eso, corresponde en este caso, dejar el término “biodiversidad” en su concepto
amplio y global, de modo que las disposiciones de tutela y acceso a
Aunque parezca de poca importancia, en realidad la
eliminación de la palabra “nacional” es de gran trascendencia porque no se
trata solamente de acatar las disposiciones de tutela y de acceso a la
biodiversidad nacional, referentes a
Además, el artículo 69 citado por
Si los permisos de acceso
se limitan a la biodiversidad nacional, resulta que estaríamos excluyendo de
controles y permisos las investigaciones sobre materiales provenientes del
exterior. Ello traería serias consecuencias
éticas y grandes responsabilidades para el Estado costarricense, además de
perjuicio para nuestra biodiversidad.
En el PAC, nos pareció
importante presentar esta moción de revisión para darnos la oportunidad, el
espacio de reflexionar y aprobarla. El
día que hablé por el fondo de esta moción, decía que para los que les gusta
seguir las directrices del Poder Ejecutivo, este es un momento para
hacerlo. En
Para los que nos gusta
tomar en cuenta la opinión ciudadana y de las organizaciones, en
Por respeto y en honor a la verdad, reconozco que
“ARTÍCULO 2.- Soberanía
El Estado ejercerá la
soberanía completa y exclusiva sobre los elementos de la biodiversidad.”
Aquí se puede constatar que no específica que sea
nacional sino que mantiene como corresponde el concepto global y de cobertura
de la biodiversidad vegetal introducida al país, que automáticamente pasa a ser
parte de nuestra biodiversidad.
En el artículo 3, Ámbito de aplicación señala:
“ARTÍCULO 3.- Ámbito de aplicación
Esta ley se aplicará sobre
los elementos de la biodiversidad que se encuentran bajo la soberanía del
Estado, así como sobre los procesos y las actividades realizados bajo su
jurisdicción o control, con independencia de aquellas cuyos efectos se
manifiestan dentro o fuera de las zonas sujetas a jurisdicción nacional. Esta ley regulará específicamente el uso, el
manejo, el conocimiento asociado y la distribución justa de los beneficios y
costos derivados del aprovechamiento de los elementos de la biodiversidad.”
El artículo 7,
Definiciones, aclara aún más la procedencia de nuestra moción y en el inciso
25) señala: “...25.-País de origen de
recursos genéticos: Se entiende el país
que posee esos recursos en condiciones in situ...”
Esto significa conservación
o condiciones in situ como lo dice en el inciso 8) de este mismo artículo
7: “...es el mantenimiento de los
elementos de la biodiversidad fuera de sus hábitat naturales...”. Dice que: “...comprende también el
mantenimiento y la recuperación de poblaciones viables de especies en sus
entornos naturales, en el caso de las especies domésticas o cultivadas en los
entornos donde hayan desarrollados sus propiedades especificas...”
Respecto a esta moción, nos mencionaba el diputado
Salazar Rojas, que Costa Rica y muchos países del mundo, se benefician de su
incorporación a redes y centros internacionales de investigación para la
introducción de materiales genéticos que comienzan procesos de
fitomejoramientos, para obtener variedades con características superiores a las
existentes en el mercado.
Costa Rica ha tenido experiencia en el Centro
Internacional para el mejoramiento del maíz y el trigo, conocido como
CIMET. Para el caso de maíz y el sorgo
en el Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), para el caso del
frijol, la yuca y los forrajes con el Centro Internacional y con el CIP para el
caso de la papa, con el Instituto Internacional de Investigaciones en
Arroz. Estos son centros internacionales
de investigación que tienen por objeto, entre otros, enviar a los países
materiales genéticos para iniciar procesos de selección, adaptación y mejora.
Están ubicados en los sitios de mayor diversidad genética
vegetal, de cada uno de estos cultivos, su sede generalmente se ubica en los
centros de origen.
Cuando el material es trasegado desde estos centros,
hacia los programas públicos de investigación de los diferentes países del
mundo, esa biodiversidad se cataloga como introducida en el país receptor.
Esa es solo una manifestación, entre otras muchas, de
cómo ingresa la biodiversidad procedente de otros hábitat al país y
consecuentemente deben también ser cubiertas por
El Departamento de Servicios Técnicos de esta Asamblea Legislativa tiene el mismo criterio
que
“Por otro lado el artículo
2 señala que para la protección de las obtenciones vegetales se acatarán las disposiciones
de tutela y acceso a la biodiversidad nacional.
Este concepto debe ser entendido con toda aquella biodiversidad que se
encuentra en el territorio nacional y comprende los recursos autóctonos como
exóticos”.
Compañeras y compañeros, estamos a tiempo de corregir un
punto importante de este proyecto. Por
esa razón les solicito el voto positivo a la presente revisión de fondo, para
corregir este proyecto. Muchísimas
gracias, señor Presidente.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor Diputado.
No tenemos más solicitudes de uso de la palabra.
Vamos a proceder a recibir la votación.
Las señoras diputadas y los señores diputados que estén
por darle su aprobación a la moción de revisión leída, que por favor se sirvan
manifestarlo levantando la mano. Siete
diputados presentes. Tres votos a favor.
Continuamos con el conocimiento de las mociones de orden,
que han sido numeradas del 1 al 6. Vamos
a leer la número uno.
Moción
Nº2-51, del Diputado Merino del Río:
“Para que se reciba en
audiencia para referirse al proyecto en discusión a:
Consejo Universitario de
EL PRESIDENTE:
En vista de que no está el proponente vamos a proceder a
votar.
Las señoras diputadas y los señores diputados que estén
por darle su aprobación a la moción leída, se servirán manifestarlo levantando
la mano.
Continuamos con la moción número dos.
Moción
Nº3-51, del Diputado Merino del Río:
“Para que se reciba en
audiencia para referirse al proyecto en discusión a:
Consejo Universitario de
EL PRESIDENTE:
No tenemos la presencia del proponente, por lo que vamos
a proceder a votar la moción leída.
Los señores diputados y las señoras diputadas que estén
por darle su aprobación, les solicitamos manifestarlo levantando la mano. Siete diputados presentes.
Continuamos con el conocimiento de la moción de orden Nº
3.
Moción
Nº4-51, del Diputado Merino del Río:
“Para que se reciba en
audiencia para referirse al proyecto en discusión a:
Movimiento de Agricultura
Orgánica Costarricense (MAOCO)”
No se encuentra el proponente, por lo que procedemos a
votar.
Los señores diputados y las señoras diputadas que estén
por darle su aprobación, por favor se sirvan manifestarlo levantando la
mano. Siete diputados presentes. Tres diputados a favor.
Continuamos con el conocimiento de la moción número
cuatro.
Moción
Nº5-51, del Diputado Merino del Río:
“Para
que se reciba en audiencia para referirse al proyecto en discusión a:
Comisión
Nacional para
EL PRESIDENTE:
El proponente no se encuentra presente, por lo que
procedemos a recibir la votación.
Los señores diputados y las señoras diputadas que estén
por darle su aprobación, por favor se sirvan manifestarlo levantando la
mano. Siete diputados presentes. Tres diputados a favor.
Continuamos con el conocimiento de la moción número
cinco.
Moción
Nº6-51, del Diputado Merino del Río:
“Para que se reciba en
audiencia para referirse al proyecto en discusión a:
Consejo del Instituto
Tecnológico de Costa Rica”.
En vista de que no se encuentra el proponente, procedemos
a recibir la votación sobre la moción de orden número cinco.
Los señores diputados y las
señoras diputadas que estén por darle su aprobación, por favor se sirvan
manifestarlo levantando la mano.
Continuamos con el conocimiento de la moción de orden
número seis.
Moción
Nº7-51, de los diputados Salazar Rojas, Rojas Rodríguez y González Morera:
“Para que esta Comisión
reciba en audiencia al Ex presidente de
EL PRESIDENTE:
¿No se van a referir los proponentes?
Tiene la palabra el Diputado Salazar Rojas hasta por
cinco minutos.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Buenas noches, señor Presidente, compañeras diputadas y
compañeros diputados.
Hemos considerado importante que el señor Ex Presidente
de
Es un conocedor de la situación de diversas partes del
mundo, sobre la realidad práctica, las implicaciones que ha venido teniendo
para diferentes países el haber asumido la protección de las obtenciones
vegetales, en el marco de lo que impone el Convenio UPOV.
Ha sido y es un abanderado en impulsar este tipo de
medidas, si son necesarias con espíritu y sentido patriótico digno de
reconocerle al señor Ex Presidente.
Su condición humanista, su condición de productor
agrícola, su gran vocación investigativa y su innegable lucha de una relación
justa y solidaria entre los países, le da a don Rodrigo una gran legitimidad
para venir a hablarnos de este tema; que por lo demás él conoce, maneja
antecedentes muy interesantes y nos puede alertar sobre la trascendencia del
paso que esta Comisión estaría por dar con la eventual aprobación de este
proyecto de ley.
No por casualidad don Rodrigo figura en los expedientes
de esta Asamblea Legislativa, en las diferentes discusiones que en legislaturas
anteriores ha suscitado este tema.
En definitiva es un informante y una voz autorizada que
no debemos despreciar escucharle sus planteamientos para mejor decidir o al
menos para saber que si tomamos una u otra posición se han balanceado
suficientes criterios, que nos permita dar la cara a los ciudadanos y explicar
las razones de interés público que nos hizo votar de una determinada manera.
Este tema es altamente especializado y los señores
diputados deben preguntarse una y otra vez, ¿por qué este mismo proyecto y el
convenio padre de este, el Convenio UPOV, no han sido aprobados en el pasado y
hoy, sin tener cambios en su contenido pasan a ser el frenesí de quienes lo
impulsan?
Tiene razón de dudar el pueblo de lo que pasa en
La mayor explicación es que
intereses se están resguardando, ya que, como ha quedado demostrado, no son los
de los agricultores ni de los productores locales de semillas, ni de los
indígenas, ni de la competitividad del país, ni del consumidor, ni de
resguardar leyes nacionales como la de Biodiversidad, la del Ambiente, la de
Fomento a
Seguimos esperando, como diputados, y la ciudadanía en
general espera que los impulsores y defensores el proyecto nos digan a quién o
a quiénes beneficia este proyecto y la ratificación del Convenio UPOV. ¿Será a los monopolios privados? ¿Será a las corporaciones
internacionales? ¿Será a las
transnacionales productoras de materiales transgénicos? ¿Será a las grandes compañías farmacéuticas?
Sin duda la visita del señor Ex Presidente nos ayudará a
hacer luz en estos y otros alcances de este proyecto.
Como dijo el Diputado Merino “no le hagamos un daño a la
historia de esta Comisión”, quedar en los anales de la historia de esta
Asamblea Legislativa donde se discute un proyecto de tanta envergadura e
implicaciones para el interés colectivo y no se ha permitido la concurrencia de
ningún sector interesado.
Bueno, ya hoy aprobamos que vengan dos universidades, ya
estamos obteniendo ahí un espacio importante.
El diputado es un canal de sentir del ciudadano. Somos puente para profundizar los cambios de
un país. Pero nuestra Constitución, en
su artículo 9, define también este Estado y su Gobierno como participativo.
Apelamos a que este recinto y sus integrantes seamos
humildes para abrir las puertas de esta Comisión a conocedores y nuestras
mentes, ojos y oídos tengan mayores elementos juiciosos para tomar la mejor
decisión para el país.
Señores diputados y señoras diputadas, así como ya hoy
nos hemos abierto a recibir audiencias en esta Comisión, de gente conocedora y
especializada en el tema; hoy tenemos una bonita oportunidad para aprobar esta
moción, para que el don Rodrigo Carazo, ex Presidente de
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor diputado Salazar Rojas.
Vamos a proceder a recibir la votación, sobre la moción
de orden número seis que ha sido presentada.
A los señores diputados y a las señoras diputadas que
estén por darle su aprobación le solicitamos manifestarlo levantando la
mano. Siete señores diputados
presentes. Tres diputados a favor.
De esta manera terminamos con el conocimiento de las
mociones de revisión y de las mociones de orden.
Vamos hacer un receso hasta de dos minutos.
Se reanuda la sesión.
Continuamos con el
conocimiento de las mociones de fondo.
Estamos discutiendo la
moción número 12.
Moción
Nº7-51, de varios Diputados:
“Para que se modifique el
párrafo tercero del artículo 2 del Proyecto de Ley en discusión (o su
equivalente en caso de correrse la numeración), y en adelante se lea de la
siguiente manera:
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
(...)
Para la protección de
obtenciones vegetales se acatarán las disposiciones de tutela y de acceso de la
biodiversidad nacional de acuerdo a
A esta moción ya se había
referido el diputado proponente, don José Merino del Río, por quince minutos y
quedaba en el uso de la palabra el diputado José Joaquín Salazar Rojas, que no
inició su participación, por lo tanto, queda en el uso de la palabra diputado
Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias, señor Presidente, compañeros diputados y
compañeras diputadas.
El Partido Acción Ciudadana apoya la moción en discusión
presentada por el diputado José Merino del Río, para modificar el párrafo
tercero del artículo dos del proyecto, correspondiente al ámbito de aplicación
de esta iniciativa a la nueva ley.
Para ubicar los criterios que sustenta mi posición,
primero voy a proceder a recordar qué establece el párrafo tercero del artículo
dos del proyecto y dice el texto: “Para
la protección de obtenciones vegetales se acatarán las disposiciones de tutela
y acceso de la biodiversidad nacional de acuerdo a
La moción se orienta agregarle el siguiente texto: “En
caso de incompatibilidad entre esta ley y lo establecido en
Estas dos leyes, a pesar de ser bastante recientes,
pasaron a ser parte de las legislaciones emblemáticas, en la orientación de Costa
Rica hacia liderar una posición de vanguardia en el concierto mundial al medio
ambiente. No por eso su trámite y
aprobación fueron fáciles, requirió de una lucha sostenida de reconocidos
sectores ambientalistas productivos, académicos, científicos y políticos, y fue
necesario superar posiciones reaccionarias, concentradores de beneficios, cuyo
espíritu y mentalidad responde a la libertad económica a ultranza y el mercado
como equilibrio de la relación humana, incluso con la misma naturaleza.
Finalmente ambas leyes son un logro, que se manifiestan
en la potestad soberana del país de establecer sus pautas de protección a la
biodiversidad y revertir procesos de deterioro de innumerables elementos, como
el suelo, la contaminación de agua, el aire, los cultivos, las cosechas, el
mismo productor y su entorno global, en la unidad productiva por el uso
irracional de agroquímicos.
Son marcos jurídicos que defienden el derecho del
productor, en un marco de plena armonía con la naturaleza, consagrándolo como parte
misma de un sistema, en donde siempre el ser humano debe ser centro, sujeto y
objetivo, pero en absoluto resguardo de la sostenibilidad.
Ambas leyes complementan y
armonizan sus fines, objetivos y alcances, por eso deben privar ante
situaciones incompatibles que se puedan presentar, si
La complementariedad y armonía de
¿Señor Presidente hay quórum?
EL PRESIDENTE:
No tenemos quórum.
Cinco minutos reglamentarios.
Se reinicia la sesión, a las 19:29:40. Continúa en el uso de la palabra el diputado
Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias, señor Presidente.
Decía que contundentemente ha quedado demostrado ,desde
el capítulo dos de
“Semillas que corresponden
a variedades cultivadas y desarrolladas por personas, agricultores y
comunidades locales, independientemente de su origen se encuentran adaptadas a
las prácticas agrícolas y a los ecosistemas locales, se rigen por lo dispuesto
en el artículo 82 siguientes y concordantes de
Asimismo en su artículo 20
“El Estado por medio de las
autoridades competentes promoverá, estimulará y protegerá el derecho de las
personas y organizaciones agricultoras al acceso, el uso, el intercambio, la
multiplicación y el resguardo de semillas criollas con el propósito de
preservar el material genético criollo en beneficio de las actuales y futuras
generaciones de productores y productoras orgánicos. El MAG velará por el cumplimiento de esta
disposición en acatamiento de lo establecido en el Convenio de Diversidad
Biológica aprobado mediante
Señores diputados y señoras diputadas, más claro no es
posible este mandato es desbastador y está en completa contraposición del
proyecto de Protección de Obtenciones Vegetales, expediente 16.327, el cual se
limita al uso de la semilla protegida.
Debemos recordar señores diputados de Liberación Nacional
y el diputado Ovidio Agüero, del Movimiento Libertario, que ustedes y nosotros
votamos unánimemente
En ese momento ninguno de ustedes objetó ese mandato, no
solo porque su contenido es lo conveniente, sino porque se vincula
armoniosamente con la legislación nacional y compromisos que el país asumió
internacionalmente.
Hoy lo tiran al cesto de la basura, si ustedes finalmente
deciden aprobar este proyecto, sin tomar en cuenta este tipo de mociones. Se convierten ustedes mismos en detractores,
de lo que con bombo y platillos y en discursos floridos colocaban ante los
productores agropecuarios orgánicos, como abanderados de una rotunda posición
de apoyo al agro y que se manifestaba en el voto favorable y sin reservas por
este proyecto de ley.
Es así como el Parlamento, se desacredita, especialmente
con los sectores más deprimidos. No hay
pudor, para solo en pocos meses acelerar la aprobación de un proyecto que
deslegitima lo actuado, solo porque este debe aprobarse para el TLC y según lo
dicta el Convenio UPOV.
Los productores orgánicos y el resto de productores del
país, que aspiran en el futuro abrazar la agricultura orgánica, como sistema de
producción, deben pedir explicaciones a estos diputados y diputadas.
No hay duda que su
comportamiento fue una pose demagógica y oportunista, solo bastaron tres meses
y sin siquiera reglamentarse estamos discutiendo un proyecto, que con su
contenido debilita y desgarra logros de
Tendrán que dar la cara ante los productores y
explicarles, ¿por qué está contradicción, esta incoherencia, por qué son
capaces de un cambio tan radical?
¿Señor Presidente, hay quórum?
EL PRESIDENTE:
No hay quórum, corre el tiempo reglamentario.
Se reanuda la sesión.
EL PRESIDENTE:
Continua en el uso de al
palabra el diputado Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias señor Presidente.
Invitamos a los productores
orgánicos y grupos ambientalistas a que accedan y lean las actas de esta
Asamblea Legislativa, en las sesiones del año anterior cuando se dio primero y
segundo debate a esta Ley.
Se demuestra que no es el
interés de los productores del país lo que priva, el objetivo superior de
quienes así actúan, de otra forma estudiarían y leerían con detenimiento qué
fue lo que aprobaron en su momento y que destruyen ahora, solo para privilegiar
intereses que están muy lejos de las necesidades de nuestros agricultores, de
nuestra biodiversidad, de nuestras comunidades indígenas y de nuestra seguridad
alimentaria.
Después se escandalizan
cuando los agricultores presionan, se manifiestan y cuestionan las actitudes y
poses demagógicas, porque priva el engaño, la politiquería tradicional, que
cambia según intereses de mercantilización y económicamente excluyentes.
El árbol se conoce por sus
frutos. Los frutos ahí están, solo
bastaron unos meses para que los agricultores vayan viendo que el supuesto
apoyo que comprometen es volátil y efémero.
Reitero, los agricultores
aquí tiene hechos, aquí pueden valorar la sinceridad y la consecuencia,
pídanles explicaciones y razones válidas a los señores diputados y diputadas,
de por qué están dispuestos a aprobar este proyecto si lesiona y devalúa el
contenido y disposiciones que establece el artículo 20, entre otros, de
Por eso, el diputado Merino
y los que apoyamos esta moción, le damos una oportunidad de reivindicar una
posición que a todas luces es contradictoria e incoherente. Un diputado que haya votado en octubre pasado
el segundo debate
A eso hay que agregarle la
misma idéntica situación con el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos
para la agricultura y la alimentación de
Habrá oportunidad de
profundizar en este aspecto, en la discusión de una moción que presentamos como
Fracción y que discutiremos en los próximos días. Debo recalcar que hoy solo he señalado la
contrariedad de este proyecto de Obtenciones Vegetales, con solo un artículo de
Quise hacer énfasis y
enfocarme en este artículo 20, porque como ha quedado demostrado, es delatador
y no soporta argumento alguno que justifique debilitarlo en sus disposiciones,
que yo diría son patrióticas visionarias y caracteriza la vida costarricense.
Este artículo desarma
también el argumento esgrimido por el Diputado Araya Monge, cuando se discutió
otra moción, que la mayoría mecánica en esta Comisión votó en contra, me refiero
a la presentada por el PAC, para agregar en el artículo 1 Objeto del proyecto,
además de la palabra “uso”, agregar “conservación, mantenimiento y
almacenamiento”. Se argumentó por el señor Diputado que no se requería, porque
el uso incorporaba todo. Sin embargo cuando se discutió
Es evidente y probado que
nos asistía la razón de que “uso” es un término limitado, el señor Diputado
Araya y el resto de los diputados que apoyan sin cambios este proyecto de
Protección de Obtenciones Vegetales, derogarían de facto esos derechos del
productor, contenidas en
Los exhortamos, señores
diputados y diputadas, a que prueben esta moción y más que subsanar seamos preventivos,
para que todo lo que se oponga a estas dos leyes del texto del proyecto en
discusión, prevalezcan estas.
radicionalmente los
agricultores han accedido a las semillas que usan en sus campos y las guardan
para sus siguientes cosechas. Por eso es
que ha sido difícil para las empresas transformarla en una mercancía, pues a
diferencia de otros productos la semilla es un ser vivo, que puede
reproducirse, lo que hace difícil su control monopólico.
Pero esas empresas y los
gobiernos de sus países, que como Estados Unidos se esfuerza y les brinda todo
tipo de apoyo, para posesionarles el mundo, han creado dos mecanismos que van
de la mano:
Los cambio tecnológicos en
fitogenamiento, a través del desarrollo de híbridos y los organismos
genéticamente modificados.
La imposición del derecho
de propiedad intelectual, a través de los híbridos por ejemplo el maíz, el
agricultor que compra la semilla se enfrenta a dos problemas. El fenotipo del
maíz híbrido no revela cuales son sus ancestros, lo que ofrece a las empresas
un control sobre la propiedad de sus semillas.
El vigor de los híbridos se pierde en la segunda generación, por lo que
el agricultor tiene que volver a comprar semillas cada año y ya sabemos las
diferencias de los precios entre el material de polinización libre y uno de
híbrido que andan por lo menos en una relación hoy día de
No cabe dudas, señores
diputados, del trasfondo del proyecto que estamos discutiendo, cualquier
parecido a la presión respecto al ICE, el INS, el agua, etc., es solo la
confirmación del interés supremo de este país, ante lo que cedimos en una
pésima negociación. Las firmas
comerciales usan sus patentes para buscar una posición en el mercado y ganar o
bloquear competidores en el desarrollo de nuevas tecnologías.
Por todo lo que he
argumentado, les pido, señores diputados y diputadas, el voto a favor de esta
moción, legitimemos nuestra sana y hasta sagrada legislación.
Muchas gracias, señor
Presidente, señores diputados y diputadas.
EL PRESIDENTE:
Gracias diputado Salazar
Rojas.
Tiene la palabra diputado
Rojas Rodríguez.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Gracias, señor Presidente.
Esta moción, compañeras y
compañeros es muy importante para mejorar y ampliar el ámbito de aplicación del
presente proyecto de ley. El ámbito de aplicación determina en gran parte el
resto del proyecto, si bien este caso se dice que:
“Para la protección de
Obtenciones Vegetales, se acatarán las disposiciones de tutela y de acceso de
la biodiversidad nacional de acuerdo con
Es importante agregarle lo
propuesto en la moción, con el fin de dejar claro el ámbito de aplicación,
decir que:
“En caso de
incompatibilidad entre esta ley y lo establecido en
Es aclarar el ámbito de
aplicación, es proteger nuestra biodiversidad, es proteger estas otras leyes
incluso una de ellas aprobada por nosotros mismos.
Hablemos un poquito de la
biodiversidad y su importancia para nuestro país, porque esta moción en el
fondo tiene por objetivo proteger la biodiversidad nacional.
La diversidad biológica o
biodiversidad es la variabilidad de todas las formas de vida presentes en un
determinado ecosistema, en constante interacción, acicateo, neutralización o
apoyo mutuo en la lucha por la sobrevivencia.
Nuestro sustento está
basado en la diversidad biológica, que junto con nosotros los humanos conforma
la vida de este planeta, son los alimentos que comemos, cultivos, frutas,
animales, peses, raíces y cortezas, las plantas medicinales que nos curan los
árboles y tantas otras plantas que nos aportan materiales para vestirnos.
Señor Presidente, usted me
podría hacer el favor de corroborar el quórum.
EL PRESIDENTE:
No tenemos quórum son las
19:46 y 40, corren los cinco minutos.
Las 19:49 y 20, continuamos
con la sesión.
Tiene la palabra diputado
Rojas Rodríguez.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Gracias, señor Presidente.
Les decía, que aún en la
actualidad el 60% de la humanidad cultiva y recolecta para el autoconsumo y un
80% de la humanidad utiliza plantas medicinales para el cuido de su salud, esa
diversidad de la vida que nos sustenta ha ido evolucionando o mejor dicho ínter
evolucionando con nosotros desde hace miles de años.
En la medida que hemos
adoptado variedades y razas, hemos desarrollo agricultura en una inmensa gama
de nichos ecológicos. Las distintas culturas desarrollaron metodologías para seleccionar
y mejorar cultivos y razas, haciéndolas resistentes a las condiciones
geográficas más diversas, también lograron incorporar a sus variedades
resistencia a una enorme variedad de plagas y enfermedades.
Todo ser vivo de utilidad
humana, tiene un conocimiento que le hemos asociado, perdemos habilidad al
medio cuando desaparece una especie o una raza a través de la extinción
biológica; pero también perdemos la utilidad de la diversidad biológica cuando
se pierde el conocimiento a ella, asociada a lo que llamamos erosión
cultural. En la actualidad nos
enfrentamos a enormes presiones que pretenden imponer la uniformidad en vez de
la diversidad. Uniformidad tanto biológica como cultural.
Cuando perdemos especies se
llama pérdida de biodiversidad, no se trata solo de la pérdida más llamativa de
ballenas, delfines y tigres, sino de esos animales, plantas y árboles que
tradicionalmente han aportado al sustento de nuestras comunidades.
De forma menos visible
vivimos una dramática erosión en la multiplicidad de características expresadas
por los cultivos, árboles y animales que nos sustentan. Diversidad que nos ha
protegido tradicionalmente de los avatares bióticos y abióticos, que de gran
importancia hoy en día ha permitido la existencia de la diversidad cultural y
tecnológica, característica de las comunidades rurales.
Por esas cosas paradójicas
de la vida los países templados de gran capacidad tecnológica e industrial,
tienen una escasa diversidad de plantas, animales y microorganismos, materia
prima de la biotecnología, en cambio los países tropicales como Costa Rica,
poseen la mayor variabilidad de elementos y recursos biológicos terrestres,
acuáticos y marinos, pero tienen un escaso desarrollo industrial y tecnológico.
Con solo
Las más de quinientas mil especies que se suponen se
encuentran en este pequeño territorio representan de cerca del 4% del total de
las especies estimadas a nivel mundial, de esas 500.000 poco más de 300.000,
son insectos. El país posee poco más del
25% del territorio bajo alguna característica de protección que aumenta gracias
al apoyo de la iniciativa privada al crear reservas privadas dedicadas,
especialmente, al ecoturismo y a la investigación.
Este es un esfuerzo de conservación que pocos países en
el mundo han realizado, y en el que Costa Rica ha invertido grandes recursos
para el bienestar de las presentes y de las futuras generaciones.
El marco legal para la conservación y el uso sostenible
de la biodiversidad es muy amplio en este país, se ha visto fortalecido con la
implementación de
Es bien sabido que la riqueza en biodiversidad es muy
buscada por los institutos de investigación y las empresas de los países
templados para mejorar los cultivos agrícolas y para hacer exploraciones o
bioprospección, en la búsqueda de propiedades conocidas, a partir, de las
cuales pueden fabricar nuevos medicamentos y nuevos productos industriales.
Ahora, la moción también que en el caso de
incompatibilidades entre este proyecto de ley para el desarrollo, promoción y
fomento de la actividad orgánica, prevalecerá lo dispuesto en esta última. Este aspecto de la moción es igualmente
importante al caso de la biodiversidad y es particularmente significativo para
nosotros como diputados y diputadas, por el hecho de haber sido en esta
legislatura y en esta Comisión donde aprobamos esta ley. Y es que alguien se
podría preguntar ¿qué tiene que ver la agricultura orgánica con las obtenciones
vegetales? Mucho tiene que ver una cosa
con la otra.
Recordemos algunos principios básicos de la agricultura
orgánica que se mencionaron en el proceso de aprobación de dicha ley: Uno, la agricultura orgánica entiende y
respeta las leyes de la ecología trabajando con la naturaleza y no contra ella;
dos, se considera el suelo como un organismo
vivo; tres, se da una importancia preponderante al conocimiento y al manejo de
los equilibrios naturales encaminados a mantener los cultivos sanos, trabajando
con las causas por medio de la prevención; cuatro, es socialmente justa porque
trabaja con unidades culturales, estimula la autogestión y permite el dominio
tecnológico social; cinco, favorece la salud de los trabajadores, los
consumidores y el ambiente al eliminar los riesgos asociados al uso de
agroquímicos sintéticos; sexto, la agricultura orgánica trabaja con tecnologías
apropiadas, aprovechando los recursos locales de manera racional.
Aquí es cuando hacemos relaciones y asociaciones y vemos
la relación directa de las obtenciones vegetales con la agricultura
orgánica. Los dos conceptos trabajan con
seres vivos y el objeto de las obtenciones vegetales, las plantas, son
elementos centrales dentro de la producción orgánica. Lo que pasa es que la agricultura orgánica va
más allá, interacciona y respeta la relación planta-ambiente de, manera tal,
que el proceso productivo se dé dentro del marco más natural posible.
En la agricultura orgánica
el material genético existente en una región, es la base para la
producción. Ese material genético es
producto de muchos años de interacción, naturaleza, ser humano, por lo que ese
material genético es propiedad comunal y no puede ser protegido.
Recordemos el concepto de
beneficios ambientales, agropecuarios que aprobamos en el Capítulo 2, artículo
5 de
Por ello, señoras y señores
diputados, es que esta moción protege lo que legislamos, anteriormente, en el
caso de que exista ¾ya termino señor Presidente¾ una incompatibilidad con este
proyecto de ley en discusión. Existen
suficientes motivos y argumentaciones técnicas sustentadas para solicitarles el
voto afirmativo para esta moción, señoras y señores diputados.
Muchas gracias.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor diputado.
Hemos recibido tres presentaciones: el diputado José
Merino como proponente, el diputado Joaquín Salazar Rojas ¾hoy¾ y el diputado Marvin Rojas. No tenemos más solicitantes de la palabra,
solicitudes, por lo que vamos a proceder a votar la moción de fondo Nº 12.
A las señoras diputadas y señores diputados que estén por
darle su aprobación, les rogamos manifestarlo levantando la mano. Tres diputados a favor, siete diputados
presentes. La moción ha sido desechada.
Continuamos con el conocimiento de la moción Nº 13.
Moción
Nº8-51, de la diputada Vásquez Badilla:
Para que se modifique el
párrafo tercero del artículo 2 del proyecto de ley, y en adelante, se lea de la
siguiente manera
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
(...)
Para la protección de
obtenciones vegetales se acatarán las disposiciones de tutela y de acceso de la
biodiversidad de acuerdo a
El resto se mantiene igual.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señora diputada.
Solicitó la palabra la diputada González Barrantes,
después continua el diputado Salazar Rojas, para hablar a favor ¾ruego indicarlo¾ o en contra.
DIPUTADA GONZÁLEZ
BARRANTES:
Para hablar a favor.
Esta moción recoge una propuesta del Departamento de
Servicios Técnicos que previamente fue presentada, pero de forma parcial por
Concretamente se incluye en el párrafo tercero del
artículo 2 una remisión a ciertas normas de carácter nacional e internacional,
que sería aplicables en el tema de las obtenciones vegetales. El Departamento de Servicios Técnicos
textualmente cita: “... la remisión
obligatoria que realice
Además, garantizará la observancia del principio de
congruencia del sistema de propiedad intelectual que está consagrado en el
artículo 79 de
En razón de las anteriores consideraciones, solicito su
voto afirmativo para esta moción ...”
EL PRESIDENTE:
Continua en el uso de la palabra el diputado Salazar
Rojas. Le ruego indicar a favor o en
contra.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias, señor Presidente.
Para hablar a favor de esta moción.
Señoras diputadas y señores diputados, la diputada Lorena
Vásquez lleva acierto al presentar esta moción.
Yo lo celebro y
Yo no dudo que la diputada Vásquez hubiese probado
nuestras mociones que fueron, anteriormente, presentadas y discutidas en esta
Comisión, que procuraban precisamente esa legitimación de los compromisos
internacionales asumidos por el país y que serían incumplidos si
Nunca podríamos estar en contra de este contenido que
nosotros mismos como Fracción, más bien, hemos venido impulsando y propugnando
para que se incorporen en reiteradas mociones anteriores. Desdichadamente, han sido rechazadas por los
mismos diputados. Hoy probablemente a esta moción sí le darán el voto. ¿Será eso coherencia? ¿Será eso ambivalencia mezclada de intereses
sobre una nueva forma extraña de negociación?
¿Será eso posición responsable ante un tema tan trascendental? Esas son preguntas razonables que uno termina
haciéndose. Son posiciones extrañas que
solo dejan duda sobre el entramado que se construye.
¿Por qué se rechazan sin decir por qué mociones
prácticamente iguales, con contenidos afines y que buscan solo la mejora del
proyecto? ¿Será solo porque su
procedencia es de uno u otro partido?
Vaya Dios a saber. La política
tradicional los agarre confesados.
Extraña esa actitud del resto de compañeros diputados del
Partido Liberación y el compañero Ovidio Agüero del Movimiento Libertario que
no hayan tenido esa misma coherencia de la diputada Vásquez Badilla, ya que
votaron
No hay argumentado nada para votarlas negativamente. Presumiríamos que consideran que no proceden
y que no convenían.
Las mociones 2, 8 y 10 presentadas dos por el PAC y una
por el diputado Merino se han referido y han propuesto modificaciones
prácticamente en el mismo sentido. Es
importante que esto quede en actas.
En nosotros siempre encontrarán coherencia y consecuencia
de apoyar, al margen de la procedencia, todo aquello que mejore cualquier
iniciativa o proyecto legislativa siempre que medie el interés colectivo.
Condicionar y supeditar este proyecto de ley a las leyes
y convenios internacionales, que contiene la moción en discusión, es un
imperativo. Es legitimar lo que tanto
costó a diferentes sectores. Es ver culminada
una legislación como
De igual manera
Por la importancia de esta moción en su contenido para
que se apruebe es que tuve mucha preocupación preliminarmente, cuando en el
paquete de mociones de fondo pendientes de discutir que fue entregado la semana
pasada observamos una serie de errores y deficiencias en relación con la
remisión de las leyes, específicamente en sus números de ley.
Siendo que fue corregido oportunamente, retirada y
nuevamente presentada se subsanan esos errores y quedó lista para que proceda a
su aprobación.
En la discusión de mociones anteriores, donde el PAC y el
diputado Merino propusimos incorporar estos aspectos, señalaba y resaltaba yo
el reconocimiento, en este caso, a la diputada Vásquez Badilla de ser consecuente
aprobando estas leyes e incorporarlas como parte integral del proyecto en
discusión. Recalco nuevamente ese
reconocimiento hoy.
Me hubiese sentido mucho más satisfecho si en el texto de
su moción se hubiese incluido la condición de que ante situaciones de
incompatibilidad o controversia de algún asunto, una vez que se esté ejecutando
la ley, prevalece lo que dictan las leyes y convenios internacionales. Entiéndase
Sin embargo y como reza el adagio de que la política es
el arte de lo posible, lo considero un avance que mitiga en una parte ¾aunque sea mínima¾ nuestras preocupaciones alrededor de este proyecto.
En este caso, yo desearía que ese adagio aplicara el
concepto de que la política es el arte de hacer posible lo necesario. Seguimos creyendo que sería más conveniente
incorporar esa claridad sobre qué prevalece ante incompatibilidades.
En este sentido, llamo a la reflexión de sus proponentes
de modo que se valore al respecto.
Señor Presidente, ¿hay quórum? Gracias, señor Presidente. Viera, compañero diputado Saturnino Fonseca,
cómo quisiera que me oyera esta exposición, porque lo más importante es la
posición que queda en las actas. Además
de que en esta Comisión somos nueve; así es que cuando sale un compañero
pues... Lo mismo podría decir uno de los
que no están aquí; pero nosotros estamos aquí, trabajando por Costa Rica.
Bueno, pero queda al menos ¾con la aprobación de esta moción¾ que para la protección de obtenciones vegetales se acatarán las
condiciones de tutela y acceso a la diversidad, de acuerdo con todas estas
leyes y convenios. Lo consideramos
oportuno.
Nos satisface porque el Convenio de Diversidad Biológica
de
Todas las incompatibilidades harán finalmente que priven
los derechos humanos y los derechos a la vida y por eso sería un augurio muy
negativo para las iniciativas de UPOV y el TLC, donde confrontaremos estos
elementos. Por eso lo imperativo de que
ya el proyecto incorpore estas condicionantes.
Solo para ilustrar menciono aspectos tan importantes que
consagra el Convenio de Diversidad Biológica, que son contrapeso a este
inconveniente proyecto de obtenciones vegetales.
¿Hay quórum, señor Presidente? ¿Sí?
Gracias, señor Presidente.
En el preámbulo del Convenio, las partes contratantes
aceptan y se comprometen a respetar el valor intrínseco de la diversidad
biológica y los valores ecológicos, genéticos, sociales, económicos,
científicos, educativos, culturales, recreativos y estéticos de la diversidad
biológica y sus componentes.
La importancia de la diversidad biológica para la
evolución y para el mantenimiento de los sistemas necesarios para la vida de
biosfera, la conservación de la diversidad biológica es interés común de toda
la humanidad.
Los Estados tienen derechos
soberanos sobre sus propios recursos biológicos, reafirmando asimismo que los
Estados son responsables de la conservación de su diversidad biológica y de la
utilización sostenible de sus recursos biológicos, la considerable reducción de
la diversidad biológica, como consecuencia de determinadas actividades humanas.
Es vital prever, prevenir y
atacar en su fuente las causas de reducción o pérdida de la diversidad
biológica.
Cuando existan amenazas de
reducción o pérdida sustancial de la diversidad biológica no debe alegarse la
falta de pruebas científicas inequívocas, como razón para aplazar las medidas
encaminadas a evitar o reducir al mínimo esa amenaza.
La exigencia fundamental
para la conservación de la diversidad biológica es la conservación en sitio de
los ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento y la recuperación de
poblaciones viables de especies en sus entornos naturales.
La estrecha y tradicional
dependencia de muchas comunidades locales y poblaciones indígenas que tienen
sistemas de vida tradicionales basados en los recursos biológicos y la
conveniencia de compartir equitativamente los beneficios que se derivan de la
utilización de los conocimientos tradicionales, las innovaciones y las
prácticas pertinentes para la conservación de la diversidad biológica y la
utilización sostenible de sus componentes.
Asimismo, los derechos
reconocidos en el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos a conservar,
utilizar, intercambiar y vender semillas y otro material de propagación
conservados en las fincas y a participar en la adopción de decisiones y en la
distribución justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la
utilización de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura
es fundamental para la aplicación de los derechos del agricultor.
Este sagrado principio es
obligación de nosotros, señores diputados y diputadas, de forzar su
incorporación como parte del proyecto de ley, aunque esto roce eventualmente
con las disposiciones del Convenio UPOV.
Ahora ustedes comparten
conmigo qué valioso imperativo incorporar este instrumento en el proyecto de
ley. Ha quedado totalmente demostrado
que la moción propuesta procede y se hace imperativa para que el proyecto de
Ley de protección de obtenciones vegetales sea compatible con este Tratado y no
minimicemos esta forma internacional que ya está, así como
Debo hacer hincapié y no
descansaremos en seguir reiterándolo: el mercado es fundamental para el desarrollo,
pero no puede el mercado sobreponerse a los supremos intereses del bien común.
Cuando una propuesta de ley
se aleja de beneficiar en su conjunto a la mayoría y a la mayoría más
desprotegida, esta debe combatirse y en el menor de los casos quitársele lo
inconveniente.
Nuestra Fracción considera
que se hace obligatorio legitimar los intereses de los agricultores pequeños,
los recursos ancestrales y conocimiento local campesino y la biodiversidad, de
manera integral.
Recordemos que en el
análisis armonizado e integral del proyecto de lo que estamos hablando también
es de la seguridad alimentaria del país.
Estas leyes, convenios y tratados se deben integrar, porque nos
garantizan ir en la dirección correcta.
La biodiversidad, la
agricultura en su conjunto y el agricultor como centro objetivo y sujeto deben
observar en nuestro comportamiento, una tendencia hacia devolverle a este
sector agropecuario su condición de actividad digna.
Tenemos que empezar por dar
señales acertadas. Aquí hay una posibilidad
y si no, nos desnudamos como Parlamento que lo que le importa es el TLC, sus
leyes de implementación y queda en segundo orden quién sabe para cuándo
defender al agro y al agricultor.
Por eso, señores diputados
y diputadas, señor diputado don Saturnino Fonseca, usted que representa un
sector de agricultura como es
Pero, a pesar de esto,
hemos considerado que esta moción viene a mitigar algún efecto en esta
ley. Por eso es que, señoras diputadas y
señores diputados, en el Partido Acción Ciudadana estamos de acuerdo con esta
moción y la vamos a votar a favor.
Gracias, señor Presidente.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor diputado. No tengo más solicitudes del uso de la
palabra, por lo que procederemos a recibir la votación.
Las señoras y los señores diputados que estén por darle
su aprobación, por favor, sírvanse manifestarlo levantando la mano. Siete diputados presentes.
Continuamos con el conocimiento de la moción de fondo Nº
14.
Moción
Nº9-51 del Diputado Merino del Río:
“Para que se adicione un
nuevo inciso b) a la definición de
“variedad notoriamente conocida” contenida en el artículo 3 del proyecto de ley
en discusión (o su equivalente en caso de correrse la numeración) y en adelante
se lea de la siguiente manera:
Artículo 3.- Definiciones
(...)
Variedad notoriamente
conocida (...)
b) Se encuentra protegida por derechos
intelectuales comunitarios sui generis, hayan sido estos derechos registrados o
no, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 84 de
EL PRESIDENTE:
En discusión la moción.
Les ruego indicar si es para hablar a favor o en contra de la moción.
Tiene la palabra la diputada González Morera.
DIPUTADA GONZÁLEZ MORERA:
Gracias, señor Presidente. Buenas noches, compañeros y compañeras.
Voy a referir positivamente
a esta moción Nº 14, presentada por el diputado Merino del Río, que promueve la
inclusión en el artículo 3 de las definiciones, un nuevo inciso b), con el
rubro “variedad notoriamente conocida”.
Señala que esta se encuentra protegida por derechos intelectuales,
comunitarios sui generis, hayan sido estos derechos registrados o no, de
conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 84 de
Sobre el particular es importante traer a colación que
Costa Rica ha pasado por diferentes modelos de desarrollo económico a través de
su historia, esto, debido a que los diversos gobiernos en el poder, desde mediados
de 1980, han venido insistiendo en un modelo de desarrollo económico
caracterizado por la apertura comercial.
Bajo esa perspectiva, el país se involucró con una serie de
instituciones de nivel internacional como el GATT y
Es mi interés referirme a esta materia, pero antes haré
una breve mención de algunos hechos internacionales, que tienen íntima relación
y originan la discusión del proyecto que estamos analizando.
Debido la importancia concedida por los países
industrializados, a la creación de ventajas comparativas basadas en el
conocimiento, con el paso de los años se cerró el círculo entre el comercio y
la propiedad intelectual, y la regulación de esta última, a través de tratados
internacionales y entidades supranacionales.
Debido a que en la naturaleza del comercio internacional, acentuada en
estos últimos tiempos, el intercambio de mercancías que supone y la producción
en masa con destino a mercados internacionales, han puesto énfasis en el
establecimiento de una legislación internacional.
Con mayor énfasis en las últimas décadas, la protección
de la propiedad intelectual se ha convertido en uno de los principales campos
en los que han centrado su atención los países industrializados. Durante los años 80’s del siglo XX, algunos
países industrializados se abocaron a insistir que sus exportaciones hacia las
naciones en vía de desarrollo, se habían visto negativamente impactada y habían
disminuido debido a la piratería de la propiedad de la propiedad
protegida. Esto se lo adjudicaron a la
falta de protección de la propiedad intelectual.
Efectivamente, la legislación cambiaba mucho de un país a
otro, a pesar de existir diferentes acuerdos internacionales. Al incrementarse el comercio de bienes con un
alto porcentaje de invenciones e innovaciones, las diferencias de protección
entre países, se convirtieron en fuentes de serias tensiones, lo cual obligó a
la fijación de nuevas reglas en el ámbito internacional para regular, en
general, al comercio y en particular, la propiedad intelectual.
Con ese objetivo se creó
Este acuerdo sobre los ADPIC constituye, de conformidad
con
En lo que interesa el Acuerdo, sobre los aspectos de
derecho de propiedad intelectual relacionados con el comercio de 1994,
establece en sus regulaciones. El
Acuerdo ADPIC como se le conoce en español, o TRIPs, como se le conoce en
inglés -Trade Related Aspects of
Intellectual Property Rights- se ha impulsado como el marco multilateral de
regulaciones que se refieren no solo a las modalidades tradicionales de la
propiedad intelectual, tales como los derechos de autor, patentes o marcas,
sino también a las modalidades nuevas o a las que no han sido universalmente
aceptadas, que han generado y siguen generando serios roces entre los países
miembros como los semiconductores, indicaciones geográficas, información
confidencial y obtenciones vegetales.
La defensa de los derechos de propiedad intelectual,
constituye en la actualidad y por razones evidentes, uno de los objetivos
prioritarios de los países industrializados.
Insisto en el registro de pérdidas anuales registradas, muy elevadas,
que atribuyen a la falsificación de las mercancías y la insuficiente protección
de estos derechos en sectores como el químico, farmacéuticos, textil y vestido,
artículos de lujos, sectores audivisuales y editorial, y productos
informáticos.
Como se indicó, este Acuerdo, que entró en vigencia el 1
de enero de 1995, junto con
Este Acuerdo ha sido el principal caballo de batalla de
los países desarrollados, porque con él lograron por primera vez que la
propiedad intelectual, formara parte de un acuerdo sobre el comercio
internacional, principalmente Estados Unidos que ha preconizado que la falta de
una protección adecuada de tales derechos, o bien una protección excesiva de los mismos, genera distorsiones y obstáculos al
comercio internacional.
Este acuerdo es también importante para los países
desarrollados, por la obligatoriedad que entraña al establecer que los países
miembros de
Bajo esta óptica, el Acuerdo fija estándares de
protección que deben ser respetados por todos los Estados miembros de
No obstante, me es preciso insistir y poner en claro el
marco de esta obligación, ya que el ADPIC explícitamente indica que:
“Los miembros podrán excluir
asimismo de la patentabilidad:
a) las plantas y los animales excepto los
microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la
producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o
microbiológicos. Sin embargo, los
Miembros otorgarán protección a todas las obtenciones vegetales mediante
patentes, mediante un sistema eficaz sui generis o mediante una combinación de
aquellas y este. Las disposiciones del
presente apartado serán objeto de examen cuatro años después de la entrada en
vigor del Acuerdo sobre
EL PRESIDENTE:
Con su venia, señora Diputada, vamos a declarar un receso
hasta por quince minutos.
(Se procede de conformidad.)
Se reanuda la sesión.
DIPUTADA GONZÁLEZ MORERA:
Es decir que, si bien existe la obligación de
implementar algún tipo de protección, la
misma OMC acepta que ésta puede asegurarse mediante un sistema eficaz “sui
generis”, es decir, distinto al de patentes, y que pueda ser acorde a las
necesidades del país ( el ADPIC no
define más allá qué entiende por un
sistema eficaz “sui generis”).
Sin embargo, si bien UPOV surgió como un sistema sui
generis en 1968, actualmente no representa mayor diferencia con un sistema de
patentes. Asimismo, resulta relevante para
esta discusión tener presente que este tema todavía es objeto de discusión en
Al respecto, un preclaro informe de una Comisión
Independiente del gobierno británico, encargada de analizar las políticas de
propiedad intelectual, concluyó que “los derechos de propiedad intelectual
imponen costos a los países en vías de desarrollo, y no contribuyen en la
reducción de la pobreza”, y llamó a
En este contexto, debemos evitar a toda costa que se
concedan derechos monopólicos sobre nuestra biodiversidad agrícola, base de
nuestra seguridad y soberanía alimentaria, y cuyo objetivo desde su creación ha
sido dar derechos a los fitomejoradores con base en una serie de principios
uniformes, sin incluir consideraciones como el fomento de la agricultura
sustentable, criterios ambientales o distribución de beneficios.
A partir de lo anteriormente expuesto, es incuestionable
la importancia de la protección de variedades vegetales verdaderamente sui
generis que, partiendo del interés nacional, proteja de manera armónica los
derechos de las comunidades locales, indígenas y campesinas y los derechos de
los fitomejoradores. De esta forma
podremos:
Primero, garantizar el derecho de los agricultores y de
los investigadores al libre acceso y uso de recursos genéticos, sin
exclusiones.
Segundo, excluir de la protección otorgada el uso directo
en alimentación o re-siembra.
Tercero, asegurar transparencia en el flujo de recursos
genéticos. Por ejemplo explicitar datos
de origen, características y necesidades de las variedades intercambiadas y/o
comercializadoras.
Cuarto, promover el mejoramiento genético más allá de la
simple manipulación genética.
Quinto, reconocer el papel esencial que han tenido las
comunidades campesinas en el mejoramiento de las especies: los hechos demuestran que casi el 90% de las
nuevas variedades han sido mejoradas por nuestros agricultores, un sistema
debería partir de considerar a nuestros agricultores como activos e importantes
fitomejoradores, obtentores de sus propios procesos de desarrollo de
variedades, sus propias formas de manejar y compartir el conocimiento, sus
propios criterios de selección y sus propias necesidades de apoyo.
Bueno, lo dejo aquí, señor Presidente, gracias.
EL PRESIDENTE:
Gracias, señora Diputada.
Continúa en el uso de la palabra el Diputado Marvin Rojas
Rodríguez, le ruego indicar si va a hablar a favor o en contra.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
A favor. Muchas
gracias, señor Presidente.
El Departamento de Servicios Técnicos indica que no es
normal, dentro de la técnica legislativa, el hecho de poner definiciones dentro
de la ley. Sin embargo, si los
legisladores y legisladoras lo consideran necesario y también según el tipo de
iniciativa, estas definiciones pueden incluirse dentro del texto de la ley.
En el caso que nos ocupa, los proponentes del proyecto
consideraron pertinente incluir las definiciones dentro del texto de la ley y
en lo particular, me parece, una decisión correcta. Este proyecto de ley es muy técnico y muchos
conceptos dentro de él demandan conocimientos especializados.
Me parece importante y necesario que esas definiciones
aparezcan en el texto de la ley y no en su reglamentación, ya que dentro del
articulado del proyecto se citan con regularidad esos términos y es fundamental
tenerlos bien definidos y conceptualizados, para asegurarnos como legisladores,
con pleno conocimiento técnico de nuestras decisiones.
En el presente caso, incluir dentro del capítulo de
definiciones el concepto de “variedad notoriamente conocida”, es una
oportunidad para mejorar el texto del presente proyecto de ley, no creo que
ningún diputado o diputada se vaya a oponer al hecho de incluir esta
definición.
Es que en un proyecto de ley de obtenciones vegetales, la
definición de variedad y sus diferentes modalidades es sumamente importante.
¿Qué son al final las obtenciones vegetales? Son variedades con sus respectivas
modificaciones.
La moción en discusión versa más específicamente sobre la
“variedad notoriamente conocida” y hace mención específica a la protección por
derechos intelectuales, comunitarios, sui generis o no registrados.
Para justificar y sustentar técnicamente el apoyo a la
presente moción, voy a remitirme a un resumen de los resultados de la reunión
convocada por
Dicho del documento de base menciona que la protección
del conocimiento, las innovaciones y las prácticas tradicionales ha empezado a
cobrar una creciente atención entre otras por las siguientes razones:
a. Por su papel esencial en la preservación y
uso sustentable de la biodiversidad.
b. Por su importancia como fuente de ingreso,
alimentación y cuidado de la salud para una gran cantidad de habitantes, de los
países en desarrollo, que contrasta con su rápida erosión.
c. Por la preocupación debida a la usurpación de
este conocimiento, por medio de patentes, sin compensación ni el consentimiento
previamente informado de sus custodios originales.
d. Por la necesidad de elaborar sistemas para su
protección.
Con base en las declaraciones presentadas, los documentos
entregados por
1. Que por diversas razones los sistemas de
derechos de propiedad intelectual no son aptos para proteger el conocimiento
tradicional.
2. Que el medio más efectivo para cumplir con la
responsabilidad generacional es por medio del acrecentamiento y la transmisión
consuetudinaria y de su conocimiento a las nuevas generaciones.
3. Que la vida es un bien común que no puede ser
apropiada, comercializada ni monopolizada por individuos, basados en esta
cosmovisión los pueblos indígenas encuentran difícil relacionar los temas de
los derechos de propiedad intelectual, con su vida diaria y aceptar el
planteamiento y formas de vida.
4. Que como pueblos indígenas están de acuerdo
en compartir su conocimiento con la humanidad, siempre y cuando ellos sean
quienes determinen cuándo, en dónde y cómo se use.
Entre los ponentes que coincidieron con la posición de
los indígenas, podemos mencionar al representante del Sector Científico de
“...los arreglos actuales
de derechos de propiedad intelectual, son culturalmente inapropiados para la
protección de los sistemas tradicionales del conocimiento. Actualmente, los esfuerzos se están volviendo
hacia la tarea considerablemente más desafiante como es la definición
completamente nueva de un sistema sui generis de protección...”.
El consultor independiente Geoff Tansey, hablando sobre
el tema de la alimentación, señaló que el conocimiento indígena y tradicional reside
en pequeños productores, pastores, pescadores y artesanos.
Si se quiere proteger y recompensar a este conocimiento,
no basta con tratar de hacerlo utilizando herramientas, como los derechos de
propiedad intelectual; es necesario promover cambios fundamentales en el
sistema actual de producción y comercialización de alimentos.
Algunas posiciones contrarias también se presentaron en
Sin embargo, se apresuró a poner unilateralmente las
reglas del juego mencionando que si se quiere proteger este conocimiento, debe
cumplir con algunas condiciones como ser práctico, no restringir el acceso al
conocimiento en dominio público y debe ser consistente con otras formas de
derechos de propiedad intelectual.
Por su parte, el señor Shakeel Batí, de
La reunión de expertos organizada por
1. Aún cuando no hay unanimidad sobre cómo
proteger el conocimiento tradicional y las opiniones están divididas entre si
los Derechos Propiedad Intelectual son parte del problema o parte de la
solución, hay una tendencia creciente a concluir que las leyes nacionales nunca
serán suficiente y necesitamos un acuerdo internacional en este tema.
2. Sobre el asunto de cuál sería la agencia que
se perfile como candidata para administrar algún acuerdo multilateral para la
protección del conocimiento tradicional, no hubo decisión unánime ya que
pareciera que ninguna llena claramente todos los requisitos.
3. En las conclusiones de la reunión de expertos
se observa que no hay disposición de llegar a la raíz del problema tal como se
vive en los niveles locales.
No se puede disociar la protección del conocimiento
tradicional de la lucha por la autodeterminación y por otro tipo de derechos de
las comunidades locales y los pueblos indígenas exigidos por ellos mismos.
Tampoco existe una clara voluntad para restringir o
reformar los sistemas actuales de propiedad intelectual (tales como el ADPIC y
el UPOV) por sus amenazas e impactos negativos sobre los titulares del
conocimiento tradicional y sus sistemas de sustento.
4. Hubo también mucha discusión sobre las leyes
que protegerán el conocimiento tradicional, ya sea por medio de los clásicos
derechos de la propiedad intelectual, los derechos de propiedad intelectual sui
generis o los derechos intelectuales sui generis desligados de la propiedad
intelectual.
Las tres opciones están sobre el tapete pero no se dio
suficiente atención a otros mecanismos de protección y fomento del conocimiento
tradicional en el contexto de los sistemas de innovación local.
5. Por último, si algo surgió muy claro de la
reunión de expertos de
Ambas agencias quieren incorporar el conocimiento
tradicional de los pueblos indígenas y de las comunidades locales dentro de los
sistemas de propiedad intelectual que ellos operan.
Sí se considera que cualquier reconocimiento
internacional del problema podría ser muy útil, si se encuentra correctamente
asesorado y toma en cuenta desde el principio las perspectivas de los
campesinos, los pescadores y los indígenas.
Además, compañeras diputadas y compañeros diputados, como
ya lo he expresado en ocasiones anteriores, con esta moción respetados e
igualamos la iniciativa actual con las leyes existentes, en este caso con
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor Diputado. Hemos escuchado dos presentaciones a favor
del proyecto y no tenemos más solicitudes del uso de la palabra, por lo que
vamos a proceder a recibir la votación.
Los señores diputados y las
señoras diputadas que estén por darle su aprobación a la moción de fondo número
14, le rogamos manifestarlo levantando la mano. Siete diputados presentes. Tres diputados a favor.
Continuamos con el conocimiento de la moción de fondo
número quince.
Moción
Nº10-51, de la diputada González Morera:
“Para que se modifique el
párrafo final del artículo 3, y se adicione la definición de “variedad
protegida” para que se lea de la siguiente forma:
Artículo 3.- Definiciones
Para los efectos de esta
Ley se entenderá por:
(...)
Variedad protegida: Aquella que se encuentra inscrita en el
registro de variedades protegidas, con excepción de los derechos intelectuales
comunitarios sui géneris, reconocidos en el artículo 82 de
EL PRESIDENTE:
Tiene la palabra la diputada González Morera, le ruego
indicar si su participación va a ser a favor o en contra. Tiene el uso de la palabra como proponente
señora Diputada.
DIPUTADA GONZÁLEZ MORERA:
Gracias, señor Presidente.
Soy la proponente de esta moción y deseo referirme a ella,
porque promueve la modificación del párrafo final del artículo tres, para que
se adicione la definición de variedad protegida y se lea de la siguiente forma:
“Artículo 3.- Definiciones
Para los efectos de esta
Ley se entenderá por:
(...)
Variedad protegida: Aquella que se encuentra inscrita en el
registro de variedades protegidas, con excepción de los derechos intelectuales
comunitarios sui géneris, reconocidos en el artículo 82 de
Sobre el particular me resulta ante todo imperioso
retomar importantes conclusiones y comentarios que se produjeron en el marco
del Seminario: “Últimos Sucesos de
El patentamiento de seres
vivos o formas de vida, que como sabemos en algunos casos ha sido declarado
obligatorio por
En respuesta al tema del patentamiento de formas de vida,
grupos cívicos ambientalistas, científicos, organizaciones de productores
agrícolas, así como líderes religiosos han organizado una campaña mundial. Estos grupos consideran que los animales,
las plantas y los seres humanos, microorganismos y sus partes, como genes y
células, no deben ser patentables, ya que son creaciones de Dios y de la
naturaleza. Afirman que las formas de
vida, aun las genéticamente modificadas, no son invenciones y por ente no
reúnen los criterios de “patentabilidad”.
Los miembros de
Si bien dicho artículo por un lado permite a los países
prohibir el patentamiento de vegetales y animales; por otro lado,
paradójicamente los obliga al patentamiento de microorganismos y procesos
microbiológicos, lo que implica abrir la puerta al patentamiento de formas de
vida.
El moderador de este Seminario, el señor Chacravarti
Ragavan, en su apertura de la discusión hizo referencia a una reflexión básica
que está tomando alcance público, acerca de la naturaleza de los derechos de
propiedad intelectual. Y del Acuerdo
sobre los TRIP, así como sobre la necesidad de lograr un equilibrio entre los
derechos de los titulares de derechos de propiedad intelectual y los derechos
de usuarios y consumidores.
Ragavan hizo un
llamado de alerta para que los encargados de la formulación de políticas y los
negociadores del Sur se dieran a la tarea de examinar lo que se había prometido
en las negociaciones de los TRIP, sobre transferencia de tecnología y otros
aspectos positivos y compararlo con los resultados concretos. También insistió en la importancia de
centrarse en los aspectos de los TRIP que han generado defectos negativos y que
por consiguiente...
EL PRESIDENTE:
No hay quórum.
Corre el tiempo reglamentario.
Se reinicia la sesión.
DIPUTADA GONZÁLEZ MORERA:
Gracias, señor Presidente.
Continúo, entonces.
Nelson Ndirangu, un alto representante diplomático de
Kenia, en Ginebra, hizo referencia a una preocupación de los países en
desarrollo, en virtud de que el Acuerdo sobre TRIP requiere de fuertes sistemas
para proteger la propiedad intelectual y que los únicos beneficiados serían los
titulares de las patentes. Insistió en que esto se dio, a pesar de que los
países industrializados habían afirmado que las estrictas normas sobre derechos
de propiedad intelectual redundarían en transferencia de tecnología; sin
embargo, a cinco años de las promesas nada eso ha sucedido, por lo que da para
pensar que se trató de una estafa.
Kenya y el Grupo de África insistieron en que el
patentamiento de normas de vida no es ético y que debería prohibirse ese tipo
de patentes, que también tendría serias consecuencias para la seguridad
alimentaria.
Todo esto para decirles que los países africanos no están
satisfechos con el artículo 27.3 de los TRIP, consideran que el requisito establecido
para proteger microorganismos, procesos no biológicos y microbiológicos y
variedades vegetales no es ético, pues permite la patente de formas de vida y
que además es injusto en términos de biopiratería y un perjuicio para la
seguridad alimentaria de las comunidades locales y la biodiversidad.
Ndirangu muy rotundamente ¾me disculpan esa pronunciación, es que está muy raro este nombre¾ alertó que cuando se patenta un producto se desalienta la
investigación, en la medida en que no se está autorizando hacerla. Esto es clarísimo, las grandes empresas
titulares de patentes tienen a producir aquello que les genera ganancias y en
consecuencia se mueven en función de las demandas del mercado. De esa forma los que vivimos en una economía
de subsistencia no podemos pagar los productos patentados del Norte, además, en
cuanto a los productos que contienen transgénicos no se tiene aun la certeza de
si son o inocuos para la salud o el ambiente.
La señora Cecilia Oh, que es asesora jurídica de
En el caso de las patentes
sobre materiales biológicos, resulta doblemente irónico que se otorguen
patentes sobre materiales biológicos y sobre el conocimiento tradicional de
estos. Con ellos se impide el acceso de
los países en desarrollo a esos recursos biológicos y conocimientos que en gran
medida fueron generados por los propios países en desarrollo.
En este contexto el Acuerdo sobre los TRIP ha facilitado
el flujo de recursos y tecnología del Sur hacia el Norte. Como señalara el Informe de Comercio y
Desarrollo de
Escuchen esto, compañeros, ¿están escuchando? Para la
asesoría jurídica de
De tal suerte, que resulta obvio que los materiales
biológicos ocurren naturalmente y que por tanto, solo pueden ser considerados
descubrimientos, no inventos.
Las patentes confieren monopolios sobre los materiales
posibles de ser patentados. En el caso
de las semillas y variedades vegetales, las patentes sobre tales materiales
biológicos tendrían repercusiones graves en la agricultura y en la seguridad
alimentaria en los países de desarrollo.
Podría hacerse una apropiación indebida del monopolio sobre los recursos
y conocimientos biológicos esenciales para la agricultura, la medicina y otros
usos confiriéndolo a individuos y a empresas.
Desde el punto de vista científico, las distinciones
establecidas en el artículo 27.3 b) por ejemplo, entre vegetales y animales que
podrían estar excluidos de la posibilidad de ser patentados y microorganismos
que entrarían dentro de la categoría de patentables son artificiales y fueron
formuladas con el propósito de permitir y exigir el patentamiento de
microorganismos y procesos microbiológicos, citando informes científicos o
indicó con claridad que científicamente no pueden establecerse tales
distinciones y, por lo tanto, ningún organismo o proceso vivo puede ser
patentado.
La investigadora también indicó que hay cuatro categorías
de patentes sobre los procesos y formas de vida que habría que prohibir: 1) Las
patentes basadas en biorecursos y conocimientos resultantes de su uso pirateados
de países y comunidades indígenas que no cumplan los criterios de novedad o de
invención. 2) Las patentes sobre descubrimientos, por
ejemplo, microorganismos, cadenas celulares, genomas, genes incluidas cadenas
celulares y genomas humanos y secuencias que ocurren naturalmente. 3) Las
patentes de técnicas y modelos transgénicos, así como plantas, animales o
microorganismos transgénicos u organismos modificados genéticamente. 4) Las
patentes sobre clonación, por ejemplo técnicas de transplante nuclear como la
que produjo la oveja Dolly.
En el Seminario se indicó la necesidad de crear un
sistema de recompensa, pero se llegó a la conclusión de que la distorsión del
sistema de patentes, en realidad, solo sirve para generar controversias y un
rechazo del sistema en su conjunto.
El grupo de países de
África, como resultado del Seminario al que me he referido, ya ha presentado
una propuesta mundial, cuyo argumento principal es que la revisión del proceso
dejaría en claro que no pueden patentarse vegetales y animales... ¿me queda un minuto? Así como microorganismos y otros organismos
vivos y sus partes y que tampoco pueden patentarse los procesos naturales que
dan origen a vegetales, animales o cualquier otro tipo de organismo vivo.
El grupo de África también
había propuesto que la protección de variedades vegetales debería permitir la
protección de las innovaciones de las comunidades indígenas y de los
agricultores de los países en desarrollo.
A la hora de la discusión, Leo Palma, de
Un delegado de Trinidad y
Tobago señaló la importancia de elaborar los elementos de un sistema apropiado
para la protección de variedades vegetales y un delegado de
Compañeros, con estos
argumentos les pido que votemos esta moción de forma positiva.
Muchas gracias, señor
Presidente.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señora diputada. Continúa en el uso de la palabra el diputado
Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Bueno, continuando con la discusión de este proyecto de
Ley de Obtención de Vegetales y para apoyar la presente moción que se
identifica en el orden como la moción Nº 15.
Promueve la modificación del párrafo final del artículo
3, Capítulo de definiciones, para que se adicione un texto a la definición de
variedad protegida y se lea de la siguiente forma: “...variedad protegida Aquella que se
encuentra inscrita en el registro de variedades protegidas, con excepción de
los derechos intelectuales comunitarios sui géneris, reconocidos en el artículo
82 de
Ante todo me resulta imperioso retomar importantes
conclusiones y comentarios que se produjeron en el marco del Seminario Últimos
Sucesos de
Esta posición coincide con un movimiento que está
creciendo a nivel mundial y que plantea el reclamo no a las patentes sobre la
vida, que no debemos dejar pasar.
El patentamiento de seres vivos o formas de vida que,
como sabemos, se declara prácticamente obligatorio en el Convenio UPOV, en el
acta 1991, y nos los va a imponer el TLC, carece de ética y además atenta
contra los intereses sociales y económicos de los países en desarrollo.
Pues bien, ese gran tema del patentamiento de seres vivos
se debatió en ese Seminario
En respuesta al tema del patentamiento de formas de vida,
grupos cívicos ambientalistas, científicos, organizaciones y productores
agrícolas, así como los líderes religiosos han organizado una campaña mundial.
Estos grupos consideran que los animales, plantas, seres
humanos, microorganismos y sus partes ¾como genes y células¾ no deben ser patentables, ya que son creaciones de Dios y de la
naturaleza.
Afirman que las formas de vida, aún las genéticamente
modificadas, no son invenciones y que, por ende, no reúnen los criterios de
patentabilidad.
Los miembros de
Si bien dicho artículo, por un lado, permite a los países
prohibir el patentamiento de vegetales y animales, por otro lado ¾paradójicamente¾ los obliga al patentamiento de microorganismos y procesos
microbiológicos, lo que implica abrir la puerta la patentamiento de formas de
vida.
En esto, compañeras y compañeros diputados, las
previsiones y reservas planteadas por miembros de
Justamente la inclusión de la moción que nos ocupa
incorpora un mecanismo de protección importante, ya que el artículo 82 de
Este derecho existe y se
reconoce jurídicamente por la sola existencia de la práctica cultural o el
conocimiento relacionado con los recursos genéticos y bioquímicos. No requiere declaración previa,
reconocimiento expreso ni registro oficial.
Por tanto, puede comprender prácticas que en el futuro adquieran tal
categoría.
Este reconocimiento implica
que ninguna de las formas de protección de los derechos de propiedad
intelectual o industrial, regulados en este Capítulo, las leyes especiales y el
derecho internacional afectarán tales prácticas históricas.
Señores diputadas y
diputados, la discusión y controversia sobre este tema es palpitante tanto como
sus implicaciones.
Las posiciones y efectos
que he mencionado solo debe llevarnos a tener cautela hacia dónde queremos
aventurar a Costa Rica.
Este proyecto de
obtenciones vegetales, en discusión en esta Comisión de Asuntos Agropecuarios,
como lo hemos dicho en reiteradas ocasiones, es una réplica del Convenio
UPOV-91 que se le impone al país como parte del Tratado de Libre Comercio.
Ambas iniciativas se
contraponen a las leyes nacionales, como se ha mencionado reiteradamente ¾y para algunos pareciera reiteración y para otros majadería¾ y es importante mencionar, una vez más, que esta ley se contrapone a
En esto, no hemos
mencionado ¾en algunas ocasiones¾ los efectos, además de la diversidad, desde el punto de vista de la
competitividad y queremos que nuestro sector agropecuario sea competitivo; pero
proyectos como estos nos dicen lo contrario:
aumentarán los costos de la semilla, promueven monopolios privados y
posicionamiento de las transnacionales en nuestro país.
Este proyecto procura
instaurar e irrumpir contra un principio sagrado costarricense, como es
oponerse a patentar la vida. Afectará
directamente el conocimiento tradicional y ancestral, entre estos capturar la
biodiversidad de los pueblos indígenas para patentar sus materiales y promueve
medidas punibles en contra del agricultor que intercambia materiales propios de
su esfuerzo y cosecha. Práctica que
nosotros muy bien conocemos y que nuestras anteriores generaciones han
mantenido materiales, a través del intercambio que realizan los propios
agricultores y que hoy debemos darle un reconocimiento a estos agricultores por
haber conservado estos materiales que nos dan hoy esa gran biodiversidad.
Y este proyecto, ni más ni
menos, viene a interrumpir todo este proceso de esfuerzo y trabajo que han
hecho nuestros agricultores, todo lo cual terminará afectando y limitando al
país en su soberanía y seguridad alimentaria y asesta definitivamente un nuevo
golpe, que ya tantos hay y se le han dado a los agricultores.
Esto, ni más ni menos ¾compañeras y compañeros diputados¾ nos llevaría casi a la desaparición del pequeño y del mediano
agricultor costarricense. Además de
limitar el derecho del agricultor, de disponer libremente del fruto de su
trabajo, como dije antes, se encarecerán sus costos de producción; se verán
obligados a pagar nuevas licencias al obtentor por cada siembra que realicen y
se estaría negando el principio incorporado a nuestro ordenamiento, de que el
productor es dueño y, por ende, puede disponer plenamente de los frutos
producidos por su cuenta y con su trabajo y esfuerzo, a partir de bienes de su
propiedad. Este es un privilegio de los
agricultores.
Si bien se establecen excepciones
al derecho del obtentor, para el pequeño y el mediano agricultor, el mismo se
limita a permitir que los pequeños y los medianos agricultores luego utilicen
las semillas producto de una cosecha originalmente fruto de una variedad
protegida, siempre que la misma haya sido en su propia explotación y, por
supuesto, de manera lícita.
En el artículo 22 se indica
que los parámetros que definen la condición de pequeño agricultor, así como el
ejercicio de esta excepción, dentro de los límites razonables y a reserva de la
salvaguarda de los intereses legítimos del obtentor se establecerán
reglamentariamente, lo que también genera una preocupante situación de
incertidumbre sobre el posible alcance del artículo.
Compañeras y compañeros
diputados, más razones y argumentos para decirles a ustedes que este proyecto,
si bien es cierto son más las cosas negativas las que le traerían a los
agricultores de este país, hemos considerado presentar estas mociones para
minimizar los efectos que ya hemos mencionado y para los que seguiremos aquí,
en esta Comisión, dando más argumentos sobre los efectos en contra de, primero,
de nuestra agricultura, del país ¾porque tendrá efectos en la seguridad alimentaria¾ y posteriormente, en otras mociones hablaremos sobre los efectos de la
variabilidad genética, por los cuales podríamos entrar en problemas de tipo
fitosanitarios. Pero para los que, en su
momento, también daremos argumentos de este tipo.
Señoras y señores
diputados, consideren estas mociones que tienen sustento no solo desde el punto
de vista jurídico sino desde el punto de vista técnico, para que sean
incorporadas y tratar de mejorar este proyecto de ley.
Muchas gracias, señor
Presidente.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Hoy, en el Plenario, ocurrieron cosas trascendentales
para este país. Se dictaron reglamentos
en los que se pretende subastar o a través del reglamento subastar a este país,
entregarlo a otros intereses que nada tienen qué ver con el buen desarrollo de
este país.
El Partido Liberación, el Partido Unidad y el Movimiento
Libertario se han puesto de acuerdo, una vez más, y esta Comisión de Asuntos
Agropecuarios no escapa a esa situación.
Yo, nuevamente insisto ante ustedes, compañeras y
compañeros. No he logrado entender. Ya llevamos varias sesiones de trabajo de
esta Comisión y no he logrado entender qué es lo bueno que tiene este proyecto
para los agricultores costarricenses y para Costa Rica, en general.
Es por esa razón que hemos insistido en la aprobación de
estas mociones y nuevamente estamos frente a esta moción, la cual es similar a
la anterior tanto en su fundamentación como en su concepción.
En esta se menciona el artículo 82 de
La intervención del ser humano para el mejoramiento
genético de las plantas no es una actividad nueva, durante siglos los
campesinos y los pueblos autóctonos de los países en desarrollo a través de sus
métodos tradiciones de cultivo, han contribuido a la conservación de la
biodiversidad y a la preservación, mejoramiento, enriquecimiento y reproducción
de los recursos fitogenéticos.
Por ello, que el esta Estado reconozca y proteja
expresamente bajo el nombre común de derechos intelectuales comunitarios sui
generis, los conocimientos, las prácticas e innovaciones de los pueblos
indígenas y las comunidades locales relacionadas con el empleo de los elementos
de la biodiversidad y el conocimiento asociado, es un logro fundamental
plasmado en una ley de la república.
Este derecho existente se reconoce jurídicamente por la sola existencia
de la práctica cultural o el conocimiento relacionado con los recursos
genéticos y bioquímicos, no requiere declaración previa, reconocimiento expreso
ni registro oficial. Por tanto, puede comprender prácticas que en el futuro
adquieran tal categoría.
Este avance de Costa Rica no se ve reflejado en
legislación de otros países que no han evolucionado lo suficiente o que no
tienen la claridad de las organizaciones no gubernamentales
costarricenses. Se ha reconocido que la
biodiversidad no es un producto exclusivo de la naturaleza.
La actividad humana de los pueblos indígenas
ha sido invaluable en el mejoramiento de los cultivos y de la medicina
tradicional, al punto de que se ha llegado
afirmar que probablemente el cambio total genético logrado por los
agricultores a lo largo de los milenios ha sido mucho más importantes que lo
realizado en el último siglo por los esfuerzos sistemáticos de la ciencia.
De hecho, las empresas
trasnacionales que realizan investigaciones biotecnológicas sobre la
biodiversidad, usualmente, toman como punto de partida para los descubrimientos
que posteriormente patentan con su propio beneficio los conocimientos de los
pueblos autóctonos y aprovechan los genes seleccionados, mejorados y desarrollados
por los agricultores. A pesar de esto,
los valiosos aportes de los agricultores y de los pueblos indígenas no son
reconocidos ni protegidos por los sistemas tradicionales de propiedad
intelectual por no ser considerados científicos y no reunir los requisitos para
la concesión de patentes, por el contrario se ha dado la paradoja de que los
países en vías de desarrollo y en especial sus agricultores que son los que
aportan el material genético mejorado y protegido por ellos a lo largo de los años
y, posteriormente, son obligados a pagar cuantiosas sumas de dinero por
patentes y derechos del obtentor para tener acceso a sus propias variedades
vegetales genéticamente modificas.
Póngase atención a
esto: una empresa trasnacional, coge una
planta que, por ejemplo, puede tener cuatrocientos genes y no paga nada a
nadie, le modifica un solo gen y ya con eso asume de que es su variedad, su
planta, su obtención. Y de ahí en
adelante se dedica a lucrar ¿cómo es posible que nosotros apoyemos un proyecto de
ley de esas magnitudes catastróficas para los agricultores?
Paradójicamente los
donadores son los países pobres del sur, pero ricos en biodiversidad y los
beneficiados son los países ricos del norte pero pobres en recursos genéticos,
la ironía es que la información genética y cultural ha sido producida y
reproducida por los campesinos y los pueblos tradicionales a través de los
milenios, los frutos de esos esfuerzos no están valorizados a pesar de esta
evidente utilidad.
Frente a este inequitativo
panorama, los países del tercer mundo ¾y pienso que por las políticas que nosotros, bueno, alguno de nosotros
aprobamos en esos parlamentos, seguiremos siendo del tercer mundo por mucho
rato¾ iniciaron una ardua lucha por el
reconocimiento de los derechos, la cual surtió sus primeros frutos a través de
las resoluciones 83 y 589 de
Estos derechos parten de la
existencia de sistemas informales de innovación por parte de los agricultores
que con su ingenio, creatividad y esfuerzo, han mejorado los genes de sus
cultivos, como así lo hacen las innovaciones de las biotecnología moderna,
protegida, bajo el sistema de patentes.
Y por esta razón, tienen derecho a que se les conceda protección bajo
sistemas que contemplan su especifidad.
Otro gran avance en esta
dirección se logró con
Con base en esta
Convención, nuestro país logró aprobar
En el artículo 82 dicha ley
establece que el Estado reconoce y protege expresamente dichos derechos,
entendidos como los conocimientos y las prácticas e innovaciones de los pueblos
indígenas y las comunidades locales relacionados con el empleo de los elementos
de la biodiversidad y el conocimiento asociado, se reconoce que estos derechos
existen por la sola existencia de la práctica cultural o del conocimiento
asociado a su recursos genéticos o bioquímicos por lo que no requieren
declaración ni demostración previa ni registro oficial.
De forma expresa se
establece que su reconocimiento implica que no podrán ser afectados por otras
normas de protección a la propiedad intelectual ni por leyes especiales o por
el derecho internacional, a su vez el artículo 72 inciso 6) establece que no
son susceptibles de la aplicación de patentes o de otros derechos de propiedad
intelectual, las innovaciones esencialmente derivadas del conocimiento asociado
a prácticas biológicas o culturales de dominio público.
El Convenio UPOV y el
presente proyecto de Ley de protección a las obtenciones vegetales constituyen
un retroceso en todos los logros obtenidos por el país, para garantizar el
respeto a los derechos de las comunidades indígenas y campesinas, ya que omiten
contemplar del todo los derechos intelectuales comunitarios sui generis y, más
bien, permitirá el otorgamiento de derechos de obtentor sobre los conocimientos
por las invenciones asociadas a las prácticas de estas comunidades
tradicionales.
Aunque el artículo 82 en su
párrafo final de
Como ya lo mencionamos, en
el proyecto 16327 establece en su artículo 2 que el mismo deberá aplicarse a
todas las especies y géneros vegetales.
En contraste con todo lo
anteriormente expuesto, los sistemas de mejoramiento del material genético de
las comunidades campesinas tradicionales, se destacan por una mayor circulación
e intercambio de material genético y un nivel elevado de identidad genética en
los cultivos.
El Convenio UPOV y esta
iniciativa de ley, que lo que reproduce, refuerce y promueve, es la tendencia a
la erosión de la diversidad genética de los cultivos, ya que restringe las
prácticas tradicionales de intercambio de las semillas de las comunidades y no
reconoce sus sistemas de mejoramiento genético ni protege las variedades que
reúne requisitos de uniformidad y estabilidad que deben tener las variedades
para recibir la protección.
Por esa razón les invito a
votar afirmativamente esta moción, e insisto nuevamente en que este proyecto no
trae ningún beneficio para los campesinos costarricenses.
Muchas gracias.
EL PRESIDENTE:
Gracias, señor diputado.
Hemos escuchado a la proponente, y dos exposiciones a
favor. No tengo más solicitudes para el
uso de la palabra. Por lo tanto voy a
proceder recibir la votación.
A las diputadas y diputados que estén por darle su
aprobación a la moción de fondo Nº 15, les ruego manifestarlo levantando la
mano. Tres diputados a favor, siete
diputados presentes, la moción ha sido rechazada.
Continuamos con el conocimiento de la moción Nº 16.
Moción
Nº11-51 de los diputados Rojas Rodríguez, González Morera y Salazar Rojas:
“Para que se agregue el
siguiente párrafo al final del Artículo 3 del proyecto de ley en discusión (o
su equivalente en caso de correrse la numeración)
Para cualquier otra
definición no contemplada en el texto de la presente Ley, se tendrán por
válidas las definiciones incluidas en el Reglamento a
EL PRESIDENTE:
Tiene la palabra el diputado Marvin Rojas Rodríguez.
Me indican, por favor, si es a favor o en contra.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Gracias, señor Presidente.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Gracias, señor Presidente.
A favor de la moción.
“...tendrá a su cargo la
promoción y protección, el mejoramiento, control, y uso de semillas de calidad
superior, con el objeto de fomentar su uso, para lo que establecerá las normas
y los mecanismos de control necesarios para su circulación y comercio. La
oficina contará con independencia en su funcionamiento operativo y en su administración tendrá
personería jurídica propia...”
El artículo 2 de dicha Ley
reza textualmente:
“...
Es muy interesante, en el
caso de que nos ocupa de Obtenciones Vegetales, el hecho de que entes tan
responsables y serios como
A veces nos obsesionamos y
nos complicamos la vida pensando que todo lo tenemos que resolver con leyes.
¿Por qué, compañeros y
compañeros diputados y diputadas, nos entrábamos con un proyecto de Ley tan
complejo y polémico como este?
¿Por qué, compañeras y
compañeros diputados, no se presentó a esta Comisión una modificación a
¿Por qué, compañeras y
compañeros diputados, no aprovechamos la legislación existente y el esfuerzo de
legisladores anteriores?
¿Por qué, compañeras y
compañeros diputados, no estamos discutiendo unos cuantos y bien redactados
artículos para actualizar
En ese entonces apenas
comenzaba a rondar por el mundo las ideas de la obtenciones vegetales y las
patentes de plantas y, lógicamente, nuestros colegas diputados de ese entonces
no podían visualizar ni mucho menos legislar, sobre temas que hoy están de moda
y son de mucha actualidad.
¿Porqué no se reguló
Pienso que con una consulta
a organizaciones, personas e instituciones hubiéramos podido redactar y aprobar
un proyecto de consenso, que incluso hubiera podido conceptualizarse como sui
génesis, cumpliendo con los compromisos internacionales.
Esta moción remite
precisamente al Reglamento de
En el Capítulo VIII,
artículo 88 de dicho Reglamento, se da una cantidad importante de definiciones,
que podrían resultar ser muy pertinentes para una iniciativa de Ley como la que
tenemos en discusión.
Solo para que analicemos la
pertinencia de la moción, veamos algunas de esas definiciones:
Análisis oficial de
semilla: Proceso al que se somete una muestra oficial, con el fin de establecer
su calidad. Los análisis oficiales se realizaran únicamente en el Laboratorio
Oficial de Semillas ubicado en
Agencia de certificación:
Categoría: Corresponde a la
clasificación, según la etapa generativa y se identifica como: genética, de
fundación, registrada, certificada y en casos calificados, la autorizada.
Causahabitante: Persona que
ha sucedido o sea ha subrogado por cualquier otro título en el derecho de otra
u otras.
Clon: Grupo de plantas
uniformes, derivadas de un solo individuo mediante reproducción vegetativa.
Especie: Clasificación
botánica correspondiente a la subdivisión de un género.
Fitomejorador: Persona con
grado universitario en agronomía especializada en mejoramiento genético, que se
dedique al desarrollo y mantenimiento de variedades de plantas cultivadas.
Germinación: Emergencia y
desarrollo a partir del embrión, de aquellas estructuras esenciales para la
semilla que está bajo prueba, que indican la capacidad de desarrollo en plantas
normales, bajo condiciones favorables en el campo.
Híbrido: Producto del cruce
de dos progenitores genéticos diferentes en uno o más caracteres.
Híbrido simple: Primera
generación del cruce entre dos líneas endocrinadas o entre variedades.
Híbrido doble: Primera
generación del cruce entre dos híbridos simples.
Híbrido triple: Primera
generación del cruce entre un híbrido simple y una línea endocrinada o
variedad.
Oficina Nacional de
Semillas: Entidad que regula, normaliza y ejecuta la legislación sobre semillas
que existe en el país.
Pureza genética: Grado de
preservación de la composición genética de un lote de semilla en relación a la
población original.
Porcentaje de germinación:
Proporción de las Semillas en una muestra que han producido plántulas normales,
de acuerdo con las reglas del ISTA (Asociación Internacional de Análisis de
Semillas) y las incluidas posteriormente
por
Procesamiento: Conjunto de
operaciones Físicas, químicas o mecánicas a las que se somete un lote de
semillas; con el fin de acondicionarlo para el almacenaje y la siembra.
Propagación vegetativa:
Todos los métodos de multiplicación agámica de las plantas.
Semilla autorizada: La
producida bajo control de
Semilla agrícola: La
semilla de plantas cultivadas reconocidas como de valor agrícola; incluye
forrajes, césped, cereales, leguminosas, oleaginosas, fibras, hortícolas, etc.
Semillas de árboles y
arbustos: Incluye aquellas de plantas de tallo leñoso.
Semilla dura: Aquella que
permanezca sin germinar pero vive, después del periodo prescrito para la prueba
de germinación. Debe indicarse en el certificado de análisis, separado del
porcentaje de germinación.
Semilla de fundación:
Progenie de la semilla genética o de fundación, realizada de forma tal que garantice
su identidad y pureza genética, producida en un campo específico de acuerdo a
las normas establecidas.
Semilla genética: Categoría
de semilla que en un programa de certificación, corresponde a la producida bajo
la supervisión directa del obtentor de la variedad.
Semilla a granel: Aquella
que se almacena o transporta sin empaque.
Semilla latente: Aquella
que bajo condiciones favorables a la especie no germina aun estando viva.
Semilla de ornamentales:
Aquellas que se cultivan por sus flores, follaje o cualquier otra cualidad
ornamental de la planta.
Semilla de otros cultivos:
Toda semilla de plantas cultivadas que no corresponden a la fracción de semilla
pura en una muestra.
Semilla pura: La expresión
en porcentaje por peso, del contenido de semilla de la especie o variedad en
cuestión contenida en una o más muestras de un lote de semilla.
Semilla viva: Aquella cuyo
embrión es viable.
Tolerancia: Límite de la
diferencia entre los resultados de dos ensayos del mismo atributo, por encima
del cual, la diferencia se considera significativa.
Variedad local: La
procedente de una región geográfica claramente definida, que haya mostrado
poseer suficiente uniformidad, estabilidad y caracteres distintos que permitan
su identificación, pero que no han sido reproducida como resultado de trabajos
controlados de selección.
Estos son, señoras y
señores diputados, solo unos ejemplos de definiciones ya existentes en otra
legislación y que podrían ser de utilidad, de aprobarse el presente proyecto.
La moción pretende poner un
marco de referencia, de manera tal que si surge un término técnico no definido
por esta iniciativa de Ley, se utilice reglamentación ya existente, y que no
haya duplicación.
Creo que esta moción es muy
sencilla, pero a la vez pertinente, por lo que les solicito señoras y señores
diputados, el respaldo a esta moción.
Muchísimas gracias, señoras
y señores diputados.
EL PRESIDENTE:
Continúa en el uso de la palabra el Diputado José Joaquín
Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias, señor Presidente.
Señores diputados y diputadas, para hablar a favor de
esta moción, los exhorto una vez más a considerarla para que esta Comisión la
apruebe y que se convierta en una importante previsión que el proyecto de ley
no lo contempla.
El Reglamento de
Probablemente la naturaleza de la gestión que se le
asignó a esa Institución,
Tanto es así que
Consideramos que no pasa lo mismo con este proyecto de
ley, que contiene únicamente diez términos en su Capítulo de definiciones ¾óigase señoras y señores diputados¾ no aprovechamos lo que tenemos, no usamos de lo que tenemos y aquí más
bien entramos en definiciones ambiguas, que desde el punto de vista técnico
podríamos tener problemas en el futuro.
Aunque no lo creamos, este es un asunto de mucha
monta. Es prever que esta ley no empiece
a sufrir lo de otras que conocemos, que casi inmediatamente después de aprobada
y entrada en ejecución, comienza a encontrársele vacíos conceptuales que
obstaculizan su cabal aplicación.
Pero lo más preocupante es cuando las ambigüedades o
vacíos conceptuales terminan afectando a los más débiles, cuando de las
resoluciones aclaratorias o de interpretaciones antojadizas se trata.
Aquí nosotros tenemos que caer en la triste realidad que
esto puede afectar al agricultor, indígenas o a la biodiversidad a favor de
intereses económicos.
Por eso es que proponemos
esta moción preventiva y ampliación conexa de este proyecto, con una normativa
que puede cubrir al menos en una gran cantidad de términos, de definiciones,
ausencia de estos en el proyecto de ley.
Siendo que
Señores diputados,
¿Señores, por qué andamos
buscando a fuera lo que tenemos aquí?
El Reglamento de
No se nos ha dicho un
argumento válido, contundente, inapelable, de en qué beneficia el proyecto de
Ley de Protección de Obtenciones Vegetales al agricultor, a la producción
nacional, a la seguridad alimentaria y al consumidor.
Debe tener beneficios este
proyecto, si los señores diputados que apoyan este proyecto no han querido
fundamentarlo y decirlo, por favor permitan que vengan expertos proponentes o
formuladores de este proyecto, para conocer esas bondades.
Creo que
Es una Institución que ha
estado abandonada y sin apoyo por muchos años, si así hubiese sido esta entidad
estaría a la vanguardia y avanzada, desarrollando tareas desde hace tiempo, en
protección de obtenciones vegetales; seríamos más bien ejemplo en la región y
más allá de una labor seria y local, sin imposiciones en esta materia.
Hoy los ojos se vuelven a
esta Institución, no con sinceridad política, lo que existe es la urgencia vía
TLC de aprobar el proyecto, porque es condición ante UPOV 91.
No nos engañemos, mi temor
es que una vez logrado la aprobación del proyecto no le brindará a esta Oficina
el total apoyo, para desarrollar con eficiencia la seria labor que este le
asigna y no digo necesariamente económica, porque el mismo proyecto le
garantiza recursos, hablo del apoyo político eficaz, la autonomía eficaz en su
toma de decisiones técnico especializada.
Son tantos los intereses
económicos nacionales e internacionales que se mueven alrededor de que este
proyecto se haga ley, que tenemos que tener reservas razonables, que lo que les
interesa a las grandes empresas locales, internacionales que quieran
certificados de obtentor y patentar recursos fitogenéticos, que la debilidad y
falencias de las instituciones públicas encargadas de regular, fiscalizar y
liderar la buena marcha de sus fines, es lo mejor que les puede pasar.
Ahí está el ejemplo de la
falta de capacidad de respuesta, en defensa comercial, que tenemos en el país,
en el tema fitosanitario tenemos un efecto palpitante.
Por eso consideramos un
camino alternativo, como lo es que reforcemos
Con fortalecimiento en el
apoyo político, para que sea una expresión clara de que se quiere cumplir un
fin por el fin mismo y no por ser condición de algo impuesto.
Ya les mencionaba la semana
pasada sobre lo que está pasando en este país con nuestros materiales y les
contaba el caso del maíz, de la tuza morada que ya está en México, ya no es
nuestra, ¿qué pasará si se aprobara este proyecto?
Podríamos hablar de maíz,
de muchos materiales, podríamos hablar de frijol, podríamos hablar de muchos
cultivos, de muchas plantas que han sido base en nuestro país, que ya no se
encuentran aquí, ¿y de quién van a ser, quién las va a patentar?
Esto sí es estratégico para
Costa Rica y que es visionario para el futuro de la agricultura, que podamos
contar con un banco de germoplasma.
Como Fracción entendemos
que se da la posibilidad de que pese a nuestras aspiraciones, el proyecto en
discusión discurra y eventualmente se apruebe.
Nosotros estamos en la responsabilidad de plantearnos esa realidad,
argumentamos, para que no se apruebe por inconveniente y lesivo para el país.
Sin embargo, acudimos a
buscar mitigar cuanto se pueda las debilidades que creemos tiene en su
contenido. Esta moción se ubica en esa
línea. Señores diputados y diputadas,
los exhorto a votar favorablemente la moción y ampliar, dejando previsto que
esta sea conexa con el Reglamento de
Compañeros diputados y
diputadas, en esta Asamblea Legislativa se ha rechazado dos veces UPOV 91 y
había argumentos de tipo técnico, también se rechazó
Pero, señoras y señores, es
importante que tengamos claridad en realmente qué es lo que se está
aprobando.
Aquí, señores y señoras, en
este país podríamos poner ejemplos importantes de lo que se ha hecho. Quien les habla en este momento podría hablar
de mis experiencias como integrante del Comité Calificador de Variedades, en el
Comité Varietal de Frijol y de Maíz, que por varios años cumplí en
Cómo este país a partir del
año 80, todo el mejoramiento genético de frijol, que ha sido un alimento
importante en la dieta de nosotros los costarricenses, el caso del maíz, el
caso del arroz y muchos otros alimentos, a través de todo este proceso, que
alguien diría que obtener una variedad es tan fácil, en el caso del frijol,
para obtener una variedad primero hay que identificar los padres, el material
ancestral y a dónde está y ¿quién va a ser el dueño, quién se va a apropiar de
estos materiales, de los progenitores?
Un proceso para llegar a
liberar una variedad de frijol contiene todo un proceso de investigación, que
lleva por lo menos de siete a ocho años y hoy este país, por todos estos
recursos que ha puesto en la investigación y tarea importante que ha cumplido
Los que de alguna manera
hemos tenido que trabajar en estos programas de mejoramiento y en mi caso
particular como integrante de un comité varietal, conocemos de qué estamos
hablando y aquí hay compañeros y compañeras diputadas, a lo mejor conocen del
proceso, otros por la situación de trabajo, de profesión, conocemos más a
fondo.
El compañero Diputado
Ingeniero Salvador Quirós sabe de qué estamos hablando; el compañero Agrónomo
Ovidio Agüero sabe de qué estamos hablando; el compañero Marvin Rojas, la
compañera Nidia y sé que la compañera Gladys, si bien es cierto no podrá tener
el conocimiento desde el punto de vista profesional, pero sí conoce el asunto.
El compañero Diputado
Saturnino Fonseca, como agricultor ha tenido la oportunidad de usar materiales,
que de alguna manera le han permitido una mejor productividad y una mayor
producción.
Aquí, compañeros y
compañeras diputadas, tengo la claridad meridiana para decir que en este país
lo que necesitamos es mejorar
Muchas gracias, señor Presidente.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, diputado Joaquín Salazar Rojas.
Tiene la palabra la diputada Nidia González Morera.
DIPUTADA GONZÁLEZ MORERA:
Gracias, señor Presidente.
Voy a hacerles un llamado porque lo Joaquín dice es una
realidad. Si ustedes tuvieran un poquito
de conciencia social, hablarían con quién les está imponiendo aprobar este
proyecto y le harían ver lo que Joaquín recientemente explicó, que es una
realidad lo de
Esta moción que estamos proponiendo –estoy hablando a
favor-, agrega u párrafo al final del artículo 3 del proyecto de ley para la
protección de las obtenciones vegetales, en el sentido de que: “Para cualquier otra definición no
contemplada en el texto de la presente ley, se tendrán por validas las
definiciones incluidas en el Reglamento a
Esta modificación obedece a una recomendación planteada a
esta Comisión de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, por
Se trata de otro de los tantos criterios técnicos
recibidos en
Este oficio de CONAGEBIO relata que hace recomendaciones
a varios artículos del proyecto de obtenciones vegetales, “concretamente sobre
el contenido de esta ley propuesta, y con la finalidad de precisar varios
conceptos, que podrían ocasionar problemas de interpretación, así como para
corregir errores de forma encontrados”.
En consecuencia con dicho informe técnico, hemos hecho la
moción que adiciona el artículo 3 del proyecto presentado a esta Comisión, las
observaciones literales que CONAGEBIO hizo para mejorar el artículo 3. Debemos de entender que esta edición que
propone CONAGEBIO al artículo 3, pretende “precisar conceptos que podrían
ocasionar problemas de interpretación, así como para corregir errores de forma
encontrados en dicho artículo 3.
En este artículo 3 del proyecto, se encuentran las
definiciones de:
Certificación de obtención varietal: Que es el título que se otorga al obtentor de
una variedad vegetal, con base en el cual se confieren los derechos
correspondientes.
Descubierto y puesto a punto: Que es el proceso que incluye la observación
de una variación natural de una especie vegetal; su identificación,
aislamiento, selección, reproducción o multiplicación, caracterización y
evaluación. No quedará comprendido en la
definición anterior el mero hallazgo.
Desarrollar: Que
es el empleo de técnicas de mejoramiento genético para obtener una nueva
variedad vegetal.
Material: Se
entenderá por “material”, en relación con una variedad:
A) El material de
reproducción o de multiplicación vegetativa, en cualquier forma; B) El
producto de la cosecha, incluidas las plantas enteras y las plantas enteras y
las partes de plantas.
Obtentor: Que es
la persona física o jurídica que haya desarrollado o descubierto y puesto a
punto una nueva variedad. En relación
con este concepto, queda la duda de qué pasa en circunstancias en las que esta
persona no puede comercializar o industrializar y la vende al mejor postor,
¿sigue siendo obtentor? ¿Acaban sus
derechos de obtentor con la venta del certificado?
Semilla: Definida
como toda estructura vegetal de reproducción, multiplicación o propagación
destinada a la siembra o plantación de una variedad vegetal. Se incluyen dentro de esta definición la
semilla sexual y asexual, las plantas de vivero y material de multiplicación o
propagación producidos mediante técnicas biotecnológicas. En cuanto a la biotecnología, esto debería
tener un tratamiento según legislación especial nacional e internacional, como
el Protocolo de Cartagena, dados los impactos que esto ocasionaría.
Variedad o cultivar:
Para definir el conjunto de plantas de un solo taxón botánico del rango
más bajo conocido que pueda definirse por la expresión de los caracteres
resultantes de un genotipo o de una combinación de genotipos; distinguirse de cualquier otro conjunto de
plantas por la expresión de al menos uno de dichos caracteres y, considerarse
como una unidad, habida cuenta de su aptitud a propagarse sin alteración.
Variedad esencialmente derivada: Que es la variedad que se obtiene de un
trabajo de derivación a partir de una variedad inicial, conservando la
expresión de los caracteres esenciales que resulten del genotipo o de la
combinación de genotipos de la variedad inicial; se distingue claramente de
esta, únicamente por las diferencias resultantes de la derivación, podrán
obtenerse, por selección de un mutante natural o inducido, de un variante
somaclonal, selección de un individuo variante entre las plantas de la variedad
inicial, retrocruzamientos o transformaciones por ingeniería genética, entre otros. De nuevo al tema de la ingeniería genética
requiere de legislación especial como se argumentó antes sobre las técnicas
biotecnológicas.
Variedad notoriamente conocida: En particular, se considera notoriamente
conocida sí:
a) Está inscrita,
o en trámite de inscripción en un registro de variedades comerciales o
protegidas, si este conduce a la concesión del derecho o la inscripción de la
variedad en el registro correspondiente.
b) Se encuentra en
una colección de referencia o en un banco de germoplasma.
c) Ha sido o está
en proceso de comercialización.
d) Fue objeto de
una descripción precisa publicada en el ámbito nacional o internacional.
Variedad protegida:
Aquella que se encuentra inscrita en el registro de variedades
protegidas. Este concepto no es el más
apropiado, ya que está en contraposición con el artículo 82 de
Con el afán de precisar conceptos que podrían promover
erróneas interpretaciones o a falta de conceptos en esta materia, CONAGEBIO
entonces plantea que se tengan por válidas las definiciones contenidas en el
Reglamento de
Este informe de CONAGEBIO destaca la necesidad de que
este proyecto de ley debe ser acorde con el Convenio de Biodiversidad
Biológica, específicamente en cuanto al artículo 10, sobre la utilización
sostenible de los componentes de la diversidad biológica. Dentro de este artículo 10 quiero destacar el
punto C) sobre la protección y aliento a la utilización consuetudinaria de los
recursos biológicos, de conformidad con las prácticas culturales tradicionales
que sean compatibles con las exigencias de la conservación o de la utilización
sostenible.
También CONAGEBIO señala, al igual que lo hemos venido
sosteniendo en
Debemos tener presente, compañeros y compañeros y
compañeras Diputadas, que ningún obtentor vegetal puede crear semilla de la
nada, sino que todo material genético proviene de la gran biodiversidad de generaciones
y generaciones sucesivas de agricultores y agricultoras.
Como se menciona en el
número especial de Grain de 2005, las leyes de semilla se refieren a
reglamentaciones que regula la comercialización de semilla. ¿Qué materiales pueden venderse en el
mercado, bajo qué condiciones?
La idea era asegurar a los
agricultores de materiales para la siembra de buena calidad para aumentar la
productividad, pero eran leyes de comercialización provenientes de los países
en los que se localiza la industria de la semilla, es decir de Europa y
Norteamérica, donde las semillas no se producen en las fincas de la mano de los
agricultores y agricultoras, sino por la mano de profesionales especializados.
Estas leyes, tenían más
relación con facilitar mejores condiciones para el lucro y control de los
mercados semilleros por parte de la industria semillera que con la protección
de los agricultores -esto no ha variado-, va en aumento. Las leyes de semillas se complementan con los
regímenes de Derechos de Propiedad Intelectual, tales como la protección de las
variedades vegetales y las patentes. Las
regulaciones para la comercialización y los derechos de propiedad se refuerzan
entre sí.
Así como las semillas
protegidas solo pueden ser comercializadas por sus propietarios, las leyes de
semillas tiende a asegurar que las variedades tradicionales, es decir, aquellas
no protegidas por la propiedad intelectual ni producidas por la industria
semillera, tampoco pueden circular libremente. Las semillas comerciales
constituyen solo una porción de lo que los agricultores y agricultoras siembran
en los países en desarrollo, abastecen en forma directa casi el 70% de las
necesidades de semilla.
El mercado a pesar de las reglamentaciones siguen siendo
los mayores abastecedores de semillas del mundo, pero los cambios mundiales que
se están gestando y promoviendo para mayor incorporación a convenios como UPOV
y leyes de las semillas, que como esta que tenemos en esta Comisión, incluso sobrepasan a UPOV,
no son beneficiosas para las y los productores agrícolas. Las leyes están
hechas para favorecer a las grandes industrias.
Ante este panorama por el momento no nos queda más que
solicitarles el voto afirmativo para esta moción.
EL PRESIDENTE:
Gracias, señora diputada.
Hemos escuchado a la proponente y dos presentaciones a
favor. No tengo más solicitudes para el
uso de la palabra. Por lo tanto, voy a
proceder a recibir la votación, en relación con la moción de fondo Nº 16.
A las señoras diputadas y señores diputados que estén por
darle su aprobación, le rogamos manifestarlo levantando la mano. Tres diputados a favor. Hay siete diputados. Lo que indica que la moción ha sido
rechazada.
Continuamos con el conocimiento de la moción de fondo Nº
17.
Tiene la palabra por el orden el diputado Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Señor Presidente, para ver si nos da un receso hasta por
diez minutos. Necesitamos hacer una
valoración de esta moción y de la número 18.
Así es que por esa justificación le pido un receso.
EL PRESIDENTE:
Se decreta un receso hasta por cinco minutos.
(Se procede de conformidad)
Se reanuda la sesión y ampliamos el receso hasta por
cinco minutos.
(Se procede de conformidad)
Se reanuda la sesión a las veintidós y cuarenta y ocho.
Voy a continuar con el conocimiento de la moción Nº 17,
le voy a solicitar a la señora Secretaria se sirva leer. Por favor.
Moción
Nº12-51 del Diputado Merino del Río:
“Para que, corriéndose la
numeración, se adicione un nuevo artículo 3 al proyecto de ley en discusión,
que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 3.- Defensa de la diversidad genética de los
cultivos.
Se excluyan de cualquier
tipo de protección con base en esta Ley las variedades desarrollados mediante
la utilización de tecnología de restricción del uso genético u otras que puedan
dañar o contaminar el ambiente o la biodiversidad, especialmente aquellas que
puedan afectar la diversidad genética de variedades esenciales para la
alimentación y la salud de la población”.
EL PRESIDENTE:
Tiene la palabra el diputado Salazar Rojas.
DIPUTADO SALAZAR ROJAS:
Gracias, señor Presidente.
Bueno, esta moción es importante su aprobación para que
se convierta en una importante previsión que el proyecto de ley no lo
contempla.
Esta moción es sustantiva y muy propia de las previsiones
que el país debe establecer para proteger realmente su biodiversidad y los
materiales genéticos que sustentan nuestro alimento básico, es legitimar los
principios de Ley de Biodiversidad Nº 7788 y nuestra Ley Orgánica al Ambiente
7554. Es poner una sana barrera ante las
expectativas de todo lo que conlleva el tema de los materiales transgénicos, la
cual es una materia difícil, muy especializada, que se las trae y que requiere
de un análisis profundo, pero muy informado y sustentado.
Definitivamente se constata, en todo momento, en la
discusión de este proyecto, que ha sido un gran error no haber permitido que
concurrieran a audiencia en esta Comisión, los expertos e informantes clave que
nos hubieran dado luz y educación en esta materia.
La responsabilidad, diputadas y diputados, nos exige que
nuestra decisión para votar positiva o negativamente ese tipo de temas, seamos
debidamente apoyados por criterios técnicos sólidos.
Es importante mencionar en el marco de esta moción, lo
que nos indica
En su artículo 2, principios de ley, la ley dispone los
principios que inspiran esta ley, los cuales son los siguientes.
El ambiente es patrimonio
común de todos los habitantes de la nación, con las excepciones que establezca
El Estado y los
particulares deben participar en su conservación y utilización sostenibles que son
de utilidad pública e interés nacional.
Todos tienen derecho a
disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente sostenible para desarrollarse,
así como el deber de conservarlo, según el artículo 50 de nuestra Constitución
Política.
El Estado velará por la
utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y
mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo, está obligado a propiciar un
desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo
que satisface las necesidades humanas básicas, sin comprometer las opciones de
las generaciones futuras.
Quien contamine el ambiente
o le ocasione daño será responsable, conforme lo establezcan las leyes de
En el mismo orden, en su
artículo 26, acciones prioritarias, esta ley establece en el inciso b): “...velará por el control, la prevención y la
difusión de los factores físicos, químicos, biológicos y sociales que afecten
el bienestar físico, síquico y social de la población y el equilibrio
ambiental...”.
Y, en el Capítulo IX,
Sección De diversidad biológica, en el artículo 46, soberanía del Estado sobre
la diversidad biológica esta ley es rica en sus disposiciones señalando: “...el Estado ejercerá la soberanía sobre la
diversidad biológica como parte de su patrimonio natural. Son de interés público las actividades
destinadas a conservar, mejorar y, en lo posible, a recuperar la diversidad
biológica del territorio nacional.
También, las dirigidas a asegurar su uso sostenible. Para ejecutarlas se tomarán en cuenta los
parámetros definidos por el Poder Ejecutivo, así como los siguientes
criterios: a) la protección y la
conservación de los ecosistemas naturales, la diversidad de las especies, la
diversidad genética en el territorio nacional y la vigilancia de las zonas de
reproducción; b) el manejo y la diversidad biológica integrado a la
planificación de cualquier actividad relativa a los elementos del ambiente; c)
la protección y el desarrollo de técnicas reproductoras de especies endémicas
en peligro o en vías de extinción, para recuperar su estabilidad poblacional;
d) el uso de la investigación y la monitoría para definir estrategias y
programas de protección y manejo de los hábitat y las especies...”.
Finalmente, culmino la
mención de esta ley en el marco de sustentar la moción presentada, para que se
excluya cualquier tipo de protección con base en esta ley, las variedades
desarrolladas mediante la utilización de tecnologías de restricción del uso
genético u otras que puedan dañar o contaminar el ambiente la diversidad, especialmente aquellas que
puedan afectar la diversidad genética de variedades esenciales para la
alimentación y la salud de la población.
El artículo 73, Capítulo de
Agricultura Ecológica, es claro en disponer:
“...el Estado promoverá a la agricultura ecológica u orgánica, como
actividad complementaria a la agricultura y a la agroindustria tradicional”.
Ahora me permitiré y aprovecharé, para reseñar lo que
El proyecto bajo el expediente Nº 16327 es claro en
indicar que entiende como semilla: “Toda
estructura vegetal de reproducción, multiplicación o propagación destinada a la
siembra o plantación de una variedad vegetal, se incluyen dentro de esta
definición la semilla sexual y asexual, las plantas de vivero y material de
multiplicación o propagación producido mediante técnicas biotecnológicas. Artículo
Sabemos que una de esas técnicas es la de ingeniería
genética, el mejoramiento genético de variedades vegetales es una práctica
común, que realizan tanto los agricultores y agricultoras indígenas y
campesinos como los obtentores vegetales o fitomejoradores a través de técnicas
de introducción de variabilidad y selección voluntaria de los caracteres
deseados.
Con la ingeniería genética, que es un tipo de tecnología
mediante procedimientos de laboratorio se introducen genes de una especie en
otra totalmente distinta. Por ejemplo,
genes de una bacteria o de un animal en una planta obteniendo así productos que
nunca podrían darse naturalmente en un ecosistema.
Ante esta polémica defendemos la necesidad de aplicar el
principio de precaución, es decir, que ante la posibilidad de riesgo es mejor
actuar con cautela antes de liberar al ambiente productos que pueden afectarlo
irreversiblemente.
Por este motivo consideramos que no deberían registrarse,
ni liberarse en nuestro país organismos genéticamente modificados o transgénicos
hasta tanto no se comprobara, que no representan un riesgo, lo que no ha
sucedido.
Compañeros diputados y compañeras diputadas con base en
esta argumentación respecto a legitimar leyes nacionales y mención del sentir
de grupos o fuerzas vivas de nuestra sociedad civil.
De manera respetuosa les
pido apoyar esta moción y tener espíritu de proteger sin contemplaciones
nuestra biodiversidad y ambiente.
Muchas gracias, señor Diputado, señores diputados y señoras diputadas,
esperamos la aprobación de esta moción.
EL PRESIDENTE:
Gracias, señor Diputado.
Voy aprovechar para decir que, en relación con lo que se
ha planteado en varias mociones, indicar que hemos aprobado ya algunas
audiencias, eso ya es una buena muestra.
Y que en el caso, de la
moción que estamos discutiendo es muy importante la protección a la
biodiversidad básicamente y especialmente a la diversidad genética de los
cultivos, que se están utilizando en el país.
Por tal razón, parece que podríamos votar a favor, por lo
menos este Diputados lo va a ser así, y que hemos votado a favor también, yo he
votado a favor las mociones, que después de estudiarlas cuidadosamente nos han
parecido razonables.
También debo indicar que hemos estado, por lo menos este
Diputado ha estado poniendo atención todo el tiempo, y que más bien son algunos
de los compañeros de ustedes mismos, de los que están hablando, que a veces
salen, y entonces distraen la atención.
De modo que por lo menos de mi parte cuenten con el voto
a favor de esta moción. No tengo
ninguna solicitud más del uso de la palabra.
Por lo que vamos a proceder a votar.
A los señores diputados y señoras diputadas, que estén
por darle su aprobación a la moción de fondo número 17, que por favor se sirvan
manifestarle levantando la mano.
Continuamos con el conocimiento de la moción número 18.
Moción
Nº13-51, de los diputados Vásquez Badilla y Araya Monge:
“Para que se modifique el
segundo párrafo del artículo 3 del proyecto y en adelante se lea:
ARTÍCULO 3.- Definiciones
Para los efectos de esta
ley se entenderá por:
Título de Obtención
Varietal: Título que se otorga al
obtentor de una variedad vegetal, con base en el cual se confieren sus derechos
de conformidad con lo dispuesto en la presente ley”.
Solicito el uso de la palabra para hablar a favor.
EL PRESIDENTE:
Tiene la palabra la diputada González Barrantes, me
indica por favor si es para hablar a favor o en contra.
Voy a hablar a favor de la moción.
Esta moción propone cambiar el término “certificado de
obtención varietal” por “Título de Obtención Varietal”, en razón de que por
precisión jurídica resulta más adecuado hacer referencia a un título como
instrumento jurídico, que otorga el derecho de propiedad, que a un certificado.
En razón de lo anterior y en procura de mejorar el texto
de este proyecto de ley, le solicito su voto afirmativo para esta moción.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, tiene la palabra el diputado Rojas
Rodríguez.
DIPUTADO ROJAS RODRÍGUEZ:
Mencionaba en una moción de orden, que presenté en estos
días, sobre la importancia del Informe del Departamento de Servicios Técnicos,
sobre el expediente N.º 16.327, llamaba la atención y es sumamente importante
que el Departamento de Servicios Técnicos haya decidido realizar este estudio
de manera integrada incorporando en un solo documento el criterio socio
ambiental y el criterio jurídico; o sea, que consideró que una cosa no puede ir
separada de la otra, como hemos tratado
de presentar todas nuestras mociones y argumentaciones en el Partido
Acción Ciudadana.
En este sentido es llamativa la moción, ya que incorpora
dos conceptos expresados y recomendados en el informe de Servicios Técnicos. La
diputada Vásquez Badilla hace la siguiente moción atendiendo criterio del
Departamento, con la incorporación de dos conceptos, a la hora de definir las
obtenciones vegetales.
En la página 25 del informe en mención se dice lo
siguiente, en relación con el artículo 3 de definiciones:
“Este artículo contiene
varias definiciones de los conceptos básicos, relacionados con la materia
propia de la protección de obtenciones vegetales, los cuales el proponente
incorpora para efectos de aplicación de la ley, aún cuando en buena técnica
legislativa debe evitarse al máximo la incorporación de definiciones en las
leyes, dado que es materia propia del Reglamento o del desarrollo doctrinario y
queda a criterio de los señores y señoras diputadas y diputados, valorar la
conveniencia y la oportunidad de mantener las definiciones establecidas en este
numeral”.
Lo anterior, en consideración a la especialización de la
materia sobre la que se pretende legislar. En el caso de mantenerse dentro del
contenido normativo las definiciones propuestas, se sugiere lo siguiente:
1.- En la definición sobre
certificado de obtención varietal se considera conveniente utilizar el término:
“Título de Obtención Varietal”, en lugar de “certificado”, dado que en
realidad, lo que se pretende es otorgar un título de obtención, para que el
obtentor pueda ejercer sus derechos como titular y autor de la nueva variedad
protegida.
Asimismo se recomienda sustituir la palabra:
“correspondientes” por la siguiente frase: “obtentor, de conformidad con lo
dispuesto en la presente ley, ello para efectos de claridad y de seguridad
jurídica”. De esta recomendación de Servicios Técnicos se hace eco la diputada
Vásquez Badilla.
Por el momento nos seguimos amparando en el artículo 118
del Reglamento Legislativo, que textualmente indica:
“Artículo 118.- Estudio de
Servicios Técnicos.- Confeccionados los expedientes, el Departamento de
Archivo pasará una copia fiel al
Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos, a fin de que este
prepare un estudio de todas las leyes que tratan la materia específica, a la
cual se refiere el proyecto, y en el expediente se incluyan sus textos, para
que
Pero ello, además de la propuesta de la moción, me parece
importante y pertinente, que la diputada Vásquez Badilla se haya basado en el
informe del Departamento de Servicios Técnicos, para presentar sus mociones.
Nosotros, el Partido Acción Ciudadana, nos hemos
sustentado en los informes que recibió esta Comisión, para redactar y
fundamentar varias de las mociones que hemos presentado y en estos momentos,
tenemos un equipo de asesores redactando nuevas mociones, con base en las
recomendaciones del Departamento de Servicios Técnicos.
En la moción en discusión, se plantea una observación de
términos que parecen intrascendentes, en una primera observación, pero que
desde el punto de vista de la técnica legislativa, tiene su importancia y que
permitirá mejorar el proyecto en general.
Por esa razón, nosotros los miembros del Partido Acción
Ciudadana, nos sumamos al apoyo de esta moción. Muchísimas gracias, señor
Presidente.
EL PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor diputado.
En cuanto a lo que acaba de decir usted, que va a meter
más mociones, bueno, diay, en buena hora, porque es bueno, hay mucha gente que no
tiene trabajo y nosotros tenemos que agradecer que sí tenemos. Pero le voy a
reiterar que estamos poniéndole la atención debida, que muchas de las cosas que
ustedes plantean nos interesa conocerlas, porque diay, uno no sabe lo que van a
decir en cada caso, entonces, estamos poniendo atención.
He notado, eso sí, que en muchas situaciones, la
presentación que ustedes hacen es reiterativa. En todo caso, en lo que nos
afecta la moción Nº 18, no tenemos más solicitantes de la palabra, por lo que
vamos a solicitar a los señores y señoras diputadas, que estén por darle su
aprobación, se sirvan manifestarlo levantando la mano.
Sin más asuntos que tratar, a las veintitrés
horas, siete minutos, se levanta la sesión.
Dip. Salvador Quirós Conejo Dip. Gladys
González Barrantes
PRESIDENTE
SECRETARIA
Comisión
de Asuntos Agropecuarios
22-enero-2007
Nydia / Flor / Nancy / Gis / Lorena / Xiomara
Rev.
Asistentes Ejecutivas