EXTRACTO DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENARIO EL PASADO 5 DE FEBRERO, EN EL QUE APARECE UNA NOTA DEL SEÑOR GONZÄLEZ SÁENZ, EX MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR DE LA ADMINISTRACIÖN DE DON ABEL PACHECO.

 

DIPUTADO JOSÉ JOAQUÍN SALAZAR ROJAS:

 

            Gracias, señor Presidente.  Buenas tardes, compañeros diputados y diputadas y costarricenses.

 

            Don Óscar Arias, presidente de la República, el pasado domingo, en cadena televisiva, tuerce la realidad al arremeter contra esta Fracción del Partido Acción Ciudadana, al proponerse, una y otra vez, y otra vez más, descalificarnos ante la ciudadanía como supuestos obstruccionistas y contradictorios en nuestras posiciones.

 

            No le habla con la verdad al país de que su Gobierno y el G-38 ha montado todos los proyectos de las leyes de implementación en procedimientos rápidos, donde los diputados independientemente del número de mociones que se le presenten, tienen un tiempo límite para aprobarse, no decir esto es desinformar.

 

            No le habló con la verdad a los ciudadanos cuando nos llama obstruccionista y que por nuestra culpa no se tramitan otros proyectos urgentes para el país, de la agenda de desarrollo.

 

            El señor Presidente no le recuerda a los costarricenses que es él y su hermano, quienes tienen la facultad constitucional de definir desde el 1º de diciembre y hasta el 30 de abril la agenda que aquí discutimos.

 

            Dígaselo al país, señor Presidente, si no estamos discutiendo la Ley de tránsito, la Ley que aumenta el presupuesto del seis al ocho por ciento del PIB a la educación, las leyes urgentes de seguridad ciudadana, la Ley de banca de desarrollo, la Reforma fiscal y otras leyes de carácter social, es única y solo responsabilidad del Ejecutivo.

 

            Señor Presidente, usted señala de manera incorrecta que el PAC se contradice porque quiere seguir discutiendo los proyectos de ley de implementación, pero que no aprueba la prórroga que usted se apresta a negociar.

 

            Cómo vamos a apoyar o oponernos a algo que no existe jurídicamente, que no hace falta o que es innecesario realizar, que solo se ha convertido en un invento interesado, en una forma irrespetuosa, de presionar a esta Asamblea Legislativa.

 

            Señor Presidente, usted señaló que debe respetar la voluntad popular emanada del referéndum, y que no está dispuesto a arriesgar que el país se quede fuera del TLC.

 

            Esa duda indica que usted ya no cree en sus asesores del Cómex y, señor Presidente, usted tiene razón, lo han estado asesorando mal y lo van a hacer caer en ridículo si usted termina pidiendo una prórroga, tal y como lo advierte, con toda seriedad, el ex ministro Manuel González.

 

            Lo que sí está aprobado, señor Presidente, es que sí se arriesga el país si no deposita y no notifica antes del 29 de febrero del 2008, en la OEA, la aprobación de Costa Rica al TLC, eso sí es una amenaza que pesa sobre su responsabilidad, no hacerlo y atenerse a que se le brinde una prórroga puede convertirse luego en un verdadero problema, por no cumplir la fecha de notificación.

 

            El Partido Acción Ciudadana responsablemente alerta de esta situación, ahí sí le haría, usted, un gran daño al país.

 

            De lo que si no puede abstenerse, señor Presidente, usted, su Ministro de Comercio Exterior y don Tomás Dueñas, embajador en Washington, es la explicación que está pendiente, si Costa Rica firmó, ratificó y avaló cumplir con la enmienda que renegoció El Salvador con Estados Unidos y que obligaría al país a cumplir a que se le certifique, en la misma fecha fatal de notificación del TLC.

 

            Esto sería de la mayor gravedad, porque se le pasó por encima a la Asamblea Legislativa.

 

            Señor Presidente, lo exhortó a que se pronuncie sobre este tema sin dilaciones y nos aclare esta preocupación del más alto interés para el país y para esta Asamblea Legislativa.

 

            Termino, mencionando lo dicho y escrito por el ex ministro Manuel González, su autoridad en la materia, su objetividad y sanos intereses están fuera de toda duda, porque es un férreo defensor del TLC y sus leyes de implementación, dice don Manuel: Lo conveniente para Costa Rica ante la encrucijada que se le presenta, frente al tema de los dos años es notificar a la OEA que ya el TLC se aprobó y ratificó, la opción de que Costa Rica pida una prorroga no conviene, no procede, es innecesaria y carece de sentido. Una de las razones por las que posiblemente se insista en obtener por escrito esa prorroga es por estrategia política, pero no por requerimiento legal o disposición alguna al TLC de la Convención de los tratados de la que Costa Rica es parte o cualquier otra norma.  La realidad es que esa prorroga en caso de concederse implica una enmienda o modificación al TLC, y por lo tanto, debe ser aprobada por nuestra Asamblea Legislativa como lo dispone la Constitución Política en materia de tratados, esa enmienda implica un cambio de fondo importante.

 

            En conclusión el pedir la prorroga y el que nos la concedan, insisto que no es... que es innecesario más que una solución podría implicar un problema.

 

            Gracias, señor Presidente, y le pido al Presidente de la República, el Presidente desinforma, descalifica al PAC, debe explicaciones y hará ridículo pidiendo prórroga, señor Presidente le solicito que se me incluya este documento que tengo aquí del ministro González Sáenz a esta acta.

 

            Gracias, señor Presidente.

 

EL PRESIDENTE FRANCISCO ANTONIO PACHECO FERNÁNDEZ:

 

            Con mucho gusto Diputado.

 

(Con autorización de la señora diputada Xinia Nicolás Alvarado, primera Secretaria del Directorio legislativo se incluye documento aportado por el diputado José Joaquín Salazar Rojas)

 

DIPUTADO JOSÉ JOAQUÍN SALAZAR ROJAS:

 

Manuel A. González Sanz

Ex ministro de Comercio Exterior.

Ratificación, vigencia, plazos. Algunas reflexiones sobre la situación actual del TLC.

Como ministro de Comercio Exterior (2004-2006) y, antes de eso como Embajador, hice lo posible por tomar y ejecutar decisiones teniendo en cuenta los siguientes derroteros: que las decisiones beneficiarán a la mayor cantidad posible de costarricenses, que tuviesen perdurabilidad, que fuesen producto de la reflexión y que fuesen lo más objetivas posible.

Me pareció que sobre esa base, nada fácil de combinar en la cotidianeidad, se podría dilucidar con mayor claridad el interés nacional frente al oportunista, temporal o simplemente personal. Creo que es obligación de todo funcionario público, en especial cuando se rinde juramento, perseguir incansablemente ese interés nacional, promoverlo y ejecutarlo.

 

Como ex jerarca de un ministerio, también me parece ineludible la obligación de continuar haciendo respetuosos aportes, especialmente, en temas que me son familiares, que se me confiaron en la Administración anterior y que tuve la oportunidad de apreciar yo mismo. El respeto a las autoridades de turno, debe privar, sin que eso signifique renunciar al deber-derecho de aclarar dudas y contribuir a encontrar el camino o, al menos, proponer alternativas que se puedan considerar.

 

Como regla también he intentado siempre discutir sobre ideas y no sobre personas, trampa en la que caen fácilmente algunos y terminan perdiendo toda credibilidad.

 

Todo ministro, al que el Señor Presidente de la República le confía una cartera, tiene la ineludible obligación de lealtad, de suministrarle información fidedigna y de brindarle consejo y opinión dentro de sus máximas capacidades, sin descanso, sin horarios, sin temores. Sin duda, en el ejercicio de la función pública, el trabajo debe ser por y para Costa Rica.

 

En línea con esas ideas, luego de casi dos años de mantener el perfil más bajo posible, respetando decisiones y cosas que se han hecho y en relación con las cuales podría discrepar, me ha abocado a dedicar más tiempo a mis hijos y retomar el ejercicio profesional como abogado. Sin embargo, en línea con las ideas expuestas en los párrafos precedentes, recientemente expresé mi opinión, como ex ministro, abogado y, finalmente, como ciudadano, sobre la fecha capital que se ha mencionado (29 de febrero del 2008) para tener aprobados todos los proyectos que componen la llamada “agenda de implementación”.

 

También expresé mi opinión sobre lo innecesario que es para Costa Rica solicitar a los demás países que son parte del TLC, el que nos concedan una prórroga. Analicemos el punto y hagamos algunas precisiones.

 

Agenda de Implementación: Este integrada por una lista de tratados internacionales, leyes y decretos (no todo corresponde a la Asamblea Legislativa, también tiene parte el Ejecutivo) que debe promulgar Costa Rica, como requisito indispensable para que los Estados Unidos de América (en adelante USA), por medio del USTR (Representante Comercial), “nos certifique” y recomiende al Presidente emitir la proclama que defina la fecha de entrada en vigencia del TLC con Costa Rica. Ese trámite es el aplicable a la puesta en vigencia de todos los TLC que negocia y aprueba USA e implica un proceso de verificación de que se han cumplido las condiciones previamente pactadas y asumidas por parte del país a satisfacción de USA, ¿Debe seguirse ese trámite de certificación con el resto de los países Parte del TLC? No es necesario.

 

Ese proceso es un requisito de la legislación interna de los Estados Unidos, nuestra contraparte principal en este TLC. No menosprecio, ni mucho menos, a los demás países pero, en el caso de República Dominicana ya tenemos un tratado vigente y con los demás ya comerciamos al amparo del Mercado Común Centroamericano.

 

¿Participan los demás países, Partes del TLC, en ese proceso de certificación por parte de USA?

No, es una negociación bilateral entre USA y el país que corresponda. Así ocurrió con todos los demás países que ya lo tienen vigente.

 

Ratificación: Nadie, ni los opositores del TLC pueden negar que ya Costa Rica cumplió con la ratificación del TLC. Eso ocurrió, por referéndum popular el pasado 7 de octubre y fue suscrito finalmente por el Señor Presidente y se publicó.

 

¿En qué etapa estamos cómo país? Efectivamente, el 1 de marzo del 2008 se celebra el segundo aniversario de la entrada en vigencia del TLC entre USA y El Salvador. Fue la proclama emitida por el Presidente Bush en febrero del 2005, la que determinó que la vigencia del TLC con El Salvador (único país “certificado” a esa fecha) sería el 1 de marzo del 2006.

 

Es a partir de ahí que se cuenta el famoso plazo de los 2 años que tanto se ha mencionado.

 

¿Dos años para qué? De conformidad con el texto original del TLC, me refiero al firmado por Costa Rica en Washington, el 5 de agosto del 2004, ese plazo es para notificar a la Organización de Estados Americanos (OEA), en condición de depositario del tratado, que se ha cumplido con los procedimientos jurídicos aplicables, entiéndase la ratificación. Ese plazo, según el texto original que ratificó Costa Rica NO es para la entrada en vigencia, acto que como se explicó, supone la existencia de las leyes y decretos que conforman la “agenda de implementación” y la “certificación” y proclama por parte de USA.

 

Ese texto, literalmente dice (artículo 22.5, inciso 2): “De ahí en adelante, este Tratado entrará en vigor para cualquier otro signatario 90 días después de la fecha en que el signatario notifique por escrito al Depositario que ha completado sus procedimientos jurídicos aplicables. A menos que las Partes acuerden otra cosa, un signatario no podrá realizar la notificación a la que se refiere este párrafo después de dos años a partir de la fecha de entrada en vigor de este Tratado”.

 

Los 90 días: a pesar de la claridad que podría recitar el párrafo transcrito, la realidad es que frente a USA NO hay la menor posibilidad de que el TLC entre en vigencia 90 días después de notificar a la OEA, notificación que podemos y debemos hacer YA para cumplir con el plazo de los 2 años. La razón es la expuesta supra, deben estar aprobados los tratados, leyes y decretos que conforman la agenda de implementación, luego concluirse el trámite de “certificación” y emitirse la proclama para la entrada en vigencia con USA; estos dos últimos actos no están en el TLC que originalmente firmó y aprobó Costa Rica, ya que son trámites o requisitos propios de la legislación interna de USA.

¿Qué debemos hacer? Lo conveniente para Costa Rica, ante la encrucijada que se le presenta frente al tema de los 2 años, es notificar a la OEA que ya el TLC se aprobó y ratificó, todo en el claro entendimiento de que NO entrará en vigencia 90 días después de esa notificación. Insisto esa notificación es sobre la aprobación, la que debe hacerse antes de que expire el plazo de 2 años y que aún estamos a tiempo de cumplir.

 

Prórroga: La opción de que Costa Rica pida una “prórroga” no conviene, no procede, es innecesaria y carece de sentido.

 

La aprobación de la agenda de implementación y la puesta en vigencia del TLC es y debe ser el interés primordial de Costa Rica, es un asunto nuestro y debemos resolverlo cuanto antes. No es un tema que tenga desvelados a los demás países Parte del TLC. Cuando ese proceso concluya, USA y los demás países “nos recibirán con los brazos abiertos” como Parte del TLC (no simples signatarios, el TLC considera Parte solo a los países en relación con los cuales ya está vigente). La realidad es que no está dentro del interés primario de esos otros países que Costa Rica cumpla con la agenda y ponga en vigencia el TLC. Es y debe ser nuestro propio interés como país y cuanto antes, porque nos beneficia.

 

Una de las razones por las que probablemente se insista en obtener por escrito esa “prórroga”, es por estrategia política, pero no por requerimiento legal o disposición alguna del TLC, de la Convención de los Tratados (Costa Rica es parte) o cualquier otra norma. Si se obtiene una prórroga en blanco y negro, se podrá decir al pueblo de Costa Rica y a la Asamblea Legislativa, que ahora sí tenemos el último chance para aprobar todo lo relacionado con el TLC y así mantener la presión que se ha formado alrededor de los diputados, para que continúen la tarea que tienen pendiente. Respeto esa estrategia, pero es estéril. Los diputados que están a favor del TLC, estoy seguro que continuarán haciendo su trabajo y esfuerzo por aprobar todos los proyectos que están presentados, lo harán con la convicción de que esta etapa del TLC debe concluirse y debemos pasar a la vigencia de un tratado que aprobó, mayoritariamente, el pueblo de Costa Rica. Esa convicción prevalecerá con o sin fechas fatales (supuestamente el 29 de febrero), con prórroga o sin ella. No afirmo esto por ingenuidad, sino porque me consta el compromiso de los diputados que han apoyado el TLC para terminar la tarea.

 

Como defensor del TLC, estoy convencido de que la Asamblea Legislativa debe hacer su trabajo con oportunidad y prontitud, debe entender que el mandato dado por el referéndum del 7 de octubre tiene que cumplirse.

 

Consenso: Asumiendo, solo para argumentación, que la prórroga es la vía de salvación a seguir, tampoco es necesario que tengamos que negociarla y obtener la aprobación de todos los demás países. Es posible hacerla a nivel bilateral entre USA y Costa Rica. Me referiré al tema de enmiendas y modificaciones más adelante.

 

Problemas de la prórroga: además de la vergüenza que significa poner al Señor Presidente de la República o a quien él designe, a “negociar” esa prórroga, también es indigno para el país. Dejando de lado el respeto al Presidente y el amor por Costa Rica, la realidad es que esa “prórroga”, en caso de concederse, implica una enmienda o modificación al TLC y, por lo tanto, debe ser aprobada por nuestra Asamblea Legislativa como lo dispone la Constitución Política en materia de tratados.

 

Es probable que si la “prórroga” se concede por 3 meses, como se ha sugerido, solo el trámite de aprobación (si es que eventualmente ocurre) en nuestra Asamblea Legislativa, podría tomar fácilmente mucho más que los mismos 3 meses concedidos.

 

En conclusión, el pedir la prórroga y el que nos la concedan (insisto en que es innecesario) más que una solución podría implicar un problema.

 

Enmiendas: Hablando de enmiendas, es oportuno recordar que el 10 de marzo del 2006, El Salvador y USA suscribieron una enmienda al TLC (la pueden encontrar en la siguiente dirección: http://www.minec.gob.sv/tlc/tlc_web/pdf/Usa/Enmienda%20TLC-USA%20Art.22.5.pdf) cuya intención era obviar el plazo de los 90 días a los que hace referencia el Artículo 22.5. A esa enmienda (bilateral) se adhirieron posteriormente los demás países que estaban listos “para certificarse” frente a USA.

 

Esa enmienda (USA-El Salvador) , es evidencia clara de que la bilateralidad y no el consenso de todos, es aplicable para el caso que se nos presenta. Obviamente, si dos países acuerdan una enmienda de ese tipo, NO es vinculante para los demás países hasta que no la ratifiquen.

 

Además de obviar el plazo de los 90 días, esa enmienda tiene una parte que no se puede catalogar de positiva. Modifica –ahí sí- el plazo de los dos años no para “notificar a la OEA” sino para que se interprete que es para la entrada en vigencia del tratado. Esa enmienda implica un cambio de fondo importante.

 

En su momento, como Ministro de Comercio Exterior, me negué a suscribir esa enmienda (lo que hubiese podido hacer aún cuando no estaba ratificado el TLC por nuestro país). Claro está que si hubiera cometido esa irresponsabilidad, debí haberla enviado a la Asamblea Legislativa para su ratificación conjunta con el TLC o posterior.

 

Me negué a suscribirla fundamentalmente porque: a) No era conveniente para los intereses del país ni se ajustaba a la realidad costarricense. ¿Cómo iba intentar comprometer al país a tener (i) ratificado el TLC, (ii) promulgada la agenda de implementación, (iii) obtenida la “certificación” por USA y (iv) la proclama del Presidente, en esos dos años? No era posible ni responsable. Había mucho trecho por recorrer, el referéndum ni siquiera se asomaba y, como se puede apreciar, implica actos que están totalmente fuera del control de Costa Rica. Los demás países se adhirieron a lo que firmó El Salvador con USA, pues estaban casi por terminar su proceso de certificación y el plazo de los 2 años ya les resultaba irrelevante, más no era así para Costa Rica. b) La enmienda la podía suscribir en cualquier momento, de manera soberana El Salvador y USA, sin tener que consultar o requerir la aprobación de los demás países. Sin embargo, lo que ahí se decidiera podía tener consecuencias para Costa Rica. Desde ese punto de vista no estuve de acuerdo ni con la sustancia de la enmienda ni con aspectos de forma relacionados a la negoción de esa enmienda y a la “participación que tuvo Costa Rica” en esas reuniones a las que, gentilmente, se participó a los demás países. Quienes “representaron” a Costa Rica en esas ocasiones lo hicieron sin informar, consultar ni tener instrucciones de los jerarcas respectivos en Costa Rica. Es más, fue una querida ministra centroamericana, quien tuvo la enorme consideración y cortesía de facilitarnos una copia por fax de la enmienda firmada. La transparencia con la que siempre actué en el ejercicio del cargo encomendado, no me hubiese permitido refrendar una decisión que se tomo a espaldas del Presidente y de los ministros respectivos. Adicionalmente, como lo expresé, su contenido no beneficiaba al país. En su momento, sí informé a la prensa que esa enmienda existía, pero no era vinculante para Costa Rica.

 

A continuación el texto tal como quedó enmendado:

 

“2.De ahí en adelante, este Tratado entrara en vigor para cualquier otro signatario en la fecha en que el signatario y los Estados Unidos especifiquen en un intercambio de notas certificando que el signatario ha completado sus procedimientos jurídicos aplicables. Una vez completado el intercambio de notas diplomáticas, el signatario deberá notificar por escrito al Depositario la fecha en que el Tratado entrara en vigor para éste. A menos que las Partes acuerden otra cosa, el Tratado no entrará en vigencia para un signatario después de dos años desde la fecha de entrada en vigor de este Tratado.”

 

Como puede apreciarse, no se trata de un juego de semántica, se trata de un tema de fondo, con consecuencias serias para “los otros signatarios” y con una repercusión legal importante.

 

Desconozco si con posterioridad a que dejara el cargo (8 de mayo, 2006) se varió el criterio y se decidió firmar esa enmienda. Asumiendo que sí la firmó posteriormente Costa Rica, es claro que no fue aprobada en el referéndum, ni ha sido presentada ni aprobada por la Asamblea Legislativa al día de hoy. En temas delicados y polémicos como este, por transparencia y respeto, sería de utilidad que los costarricenses conozcamos si se firmó o no esa enmienda. Si se hizo, ¿por qué no lo había dicho, por qué no lo había informado, por qué no la ha presentado a la Asamblea Legislativa y, especialmente, qué razones tan importantes llevaron a firmarla cuando a todas luces no es lo que más le convenía ni conviene a Costa Rica?

 

Falsas expectativas: Todo lo relacionado con el TLC se ha convertido en controversial. Los trámites o gestiones que faltan, pueden ser complejos y tediosos. Sin embargo, recordemos que cuando hablamos de un acuerdo comercial como el TLC, su negociación e implementación, no implica temas de la física nuclear, ni mucho menos.

 

Se ha dado la impresión, que si se hubiese cumplido con la aprobación de toda la agenda de implementación para el 29 de febrero del 2008 o, ahora antes de la fecha máxima que eventualmente nos conceda “una prórroga”, casi de seguido entra en vigencia el TLC. Eso no es así. Como se indicó, aún en eso caso queda aún pendiente el proceso de certificación y la proclama por parte de USA. Solo el proceso de certificación puede tomar fácilmente 6 meses para quedar concluido.

 

Aún cuando al 1 de diciembre del 2007 (solo por mencionar una fecha) toda la agenda de implementación hubiese estado aprobada, las posibilidades de que el TLC entrará en vigencia el 29 de febrero del 2008 eran mínimas, realmente inexistentes.

 

Como evidencia de lo anterior, reflexionemos sobre lo siguiente:

 

El Salvador aprobó el TLC en diciembre del 2004. USA lo aprobó en julio del 2005. Sin embargo, ese TLC entró en vigencia, para esos dos países, hasta el 1 de marzo del 2006. ¿Por qué? ¿Qué ocurrió durante los 7 meses comprendidos entre agosto del 2005 y febrero del 2006? Lo que ocurrió fue, días más o días menos, la negociación de la certificación, es decir la verificación del cumplimiento fiel de los compromisos y medidas que El Salvador debía implementar antes o al momento de la entrada en vigencia del TLC.

 

¿Podría USA rechazar una de las leyes de implementación aprobadas por Costa Rica, y considerar que aún no se ha cumplido con los compromisos asumidos por nuestro país? Sí lo puede hacer, sin ningún problema. Los compromisos adquiridos no solo deben ser cumplidos sino que deben tener esa condición desde la perspectiva de USA.

 

Resulta fácil la verificación cuando se trata de la aprobación de tratados internacionales, pero cuando se hablamos de materializar en una ley los principios que dispone el TLC (por ejemplo, en telecomunicaciones o seguros y sus regulaciones) el tema se vuelve más complicado y existe la posibilidad de que no sea de la satisfacción de nuestra contraparte principal. ¿Nos aprobarán nuestros errores u omisiones en esas leyes? Probablemente no.

 

¿Podría USA eximirnos de algunos de los compromisos que adquirimos en el TLC o darnos –ahí sí plazo razonable para que terminemos de cumplir y aún así certificarnos, emitir la proclama y poner en vigencia el TLC? Sí lo puede hacer. ¿Lo hará? No creo. Sin embargo, la “Ley de Implementación”, por la cual USA aprobó el TLC en su Congreso y Senado, autoriza que al momento en que el Presidente determine (lo hará con base en una recomendación del USTR) que los países del TLC “han tomado medidas necesarias para cumplir con las normas del Acuerdo que deben entrar en vigor en la fecha en que el Acuerdo entra en vigor, el Presidente está autorizado para disponer que el Acuerdo entre en vigor con respecto de países que el Acuerdo dispone debe entrar en vigor para ellos.” (No es una traducción oficial. Ver página 6, sección 101 (b) del la “Ley de Implementación” aprobada en USA.)

 

En conclusión de lo anterior, lo recomendable es: (i) que Costa Rica envié la notificación a la OEA de que ya ratificó el TLC y que lo haga antes del 29 de febrero del 2008, (ii) que no gestione una prórroga al plazo de los 2 años por innecesaria y contraproducente, (iii) en caso de insistir en pedir la prórroga, que lo negocie y acuerde con USA solamente.

 

A pesar del referéndum y todo el desgaste y polarización que ha generado el tema del TLC, no falta camino por recorrer. Del trabajo conjunto depende que acortemos el camino.

 

Es prudente y necesario informar al país qué ha pasado con la enmienda del 10 de marzo del 2006.

 

Los diputados que han hecho un gran esfuerzo para impulsar los proyectos de la agenda de implementación, deben continuar haciéndolo, sin desmayar. Sé que lo harán por convicción y respeto al mandato dado por medio de las urnas en el referéndum, no por presiones de plazos fatales. Confió también plenamente en la capacidad y liderazgo del Señor Presidente y del Ministro de la Presidencia, para terminar con éxito esta tortuosa, pero indispensable tarea.

 

Gracias Costa Rica por haberme dado el privilegio y honor de servirla. Estoy a sus órdenes. Como país, lo vale todo y, por merito propio, merece alcanzar y disfrutar de tiempos mejores que aún están por venir.