EXTRACTO DEL ACTA DE
Gracias,
señor Presidente. Buenas tardes,
compañeros diputados y diputadas y costarricenses.
Don
Óscar Arias, presidente de
No
le habla con la verdad al país de que su Gobierno y el G-
No
le habló con la verdad a los ciudadanos cuando nos
llama obstruccionista y que por nuestra culpa no se tramitan otros proyectos
urgentes para el país, de la agenda de desarrollo.
El
señor Presidente no le recuerda a los costarricenses que es él y su hermano,
quienes tienen la facultad constitucional de definir desde el 1º de diciembre y
hasta el 30 de abril la agenda que aquí discutimos.
Dígaselo
al país, señor Presidente, si no estamos discutiendo
Señor
Presidente, usted señala de manera incorrecta que el PAC se contradice porque
quiere seguir discutiendo los proyectos de ley de implementación, pero que no
aprueba la prórroga que usted se apresta a negociar.
Cómo
vamos a apoyar o oponernos a algo que no existe
jurídicamente, que no hace falta o que es innecesario realizar, que solo se ha
convertido en un invento interesado, en una forma irrespetuosa, de presionar a
esta Asamblea Legislativa.
Señor
Presidente, usted señaló que debe respetar la voluntad popular emanada del
referéndum, y que no está dispuesto a arriesgar que el país se quede fuera del
TLC.
Esa
duda indica que usted ya no cree en sus asesores del Cómex
y, señor Presidente, usted tiene razón, lo han estado asesorando mal y lo van a
hacer caer en ridículo si usted termina pidiendo una prórroga, tal y como lo
advierte, con toda seriedad, el ex ministro Manuel González.
Lo
que sí está aprobado, señor Presidente, es que sí se arriesga el país si no
deposita y no notifica antes del 29 de febrero del 2008, en
El
Partido Acción Ciudadana responsablemente alerta de esta situación, ahí sí le
haría, usted, un gran daño al país.
De
lo que si no puede abstenerse, señor Presidente, usted, su Ministro de Comercio
Exterior y don Tomás Dueñas, embajador en Washington, es la explicación que
está pendiente, si Costa Rica firmó, ratificó y avaló cumplir con la enmienda
que renegoció El Salvador con Estados Unidos y que obligaría al país a cumplir
a que se le certifique, en la misma fecha fatal de notificación del TLC.
Esto
sería de la mayor gravedad, porque se le pasó por encima a
Señor
Presidente, lo exhortó a que se pronuncie sobre este tema sin dilaciones y nos
aclare esta preocupación del más alto interés para el país y para esta Asamblea
Legislativa.
Termino,
mencionando lo dicho y escrito por el ex ministro Manuel González, su autoridad
en la materia, su objetividad y sanos intereses están fuera de toda duda,
porque es un férreo defensor del TLC y sus leyes de implementación, dice don Manuel: Lo
conveniente para Costa Rica ante la encrucijada que se le presenta, frente al
tema de los dos años es notificar a
En
conclusión el pedir la prorroga y el que nos la concedan, insisto que no es...
que es innecesario más que una solución podría implicar un problema.
Gracias,
señor Presidente, y le pido al Presidente de
Gracias,
señor Presidente.
Con
mucho gusto Diputado.
(Con
autorización de la señora diputada Xinia Nicolás
Alvarado, primera Secretaria del Directorio legislativo se incluye documento
aportado por el diputado José Joaquín Salazar Rojas)
Manuel A.
González Sanz
Ex ministro de
Comercio Exterior.
Ratificación,
vigencia, plazos. Algunas reflexiones sobre la situación actual del TLC.
Como ministro
de Comercio Exterior (2004-2006) y, antes de eso como Embajador, hice lo
posible por tomar y ejecutar decisiones teniendo en cuenta los siguientes
derroteros: que las decisiones beneficiarán a la mayor cantidad posible de
costarricenses, que tuviesen perdurabilidad, que fuesen producto de la
reflexión y que fuesen lo más objetivas posible.
Me pareció que
sobre esa base, nada fácil de combinar en la cotidianeidad, se podría dilucidar
con mayor claridad el interés nacional frente al oportunista, temporal o
simplemente personal. Creo que es obligación de todo funcionario público, en
especial cuando se rinde juramento, perseguir incansablemente ese interés
nacional, promoverlo y ejecutarlo.
Como ex jerarca
de un ministerio, también me parece ineludible la obligación de continuar
haciendo respetuosos aportes, especialmente, en temas que me son familiares,
que se me confiaron en
Como regla
también he intentado siempre discutir sobre ideas y no sobre personas, trampa
en la que caen fácilmente algunos y terminan perdiendo toda credibilidad.
Todo ministro,
al que el Señor Presidente de
En línea con
esas ideas, luego de casi dos años de mantener el perfil más bajo posible,
respetando decisiones y cosas que se han hecho y en relación con las cuales
podría discrepar, me ha abocado a dedicar más tiempo a mis hijos y retomar el
ejercicio profesional como abogado. Sin embargo, en línea con las ideas
expuestas en los párrafos precedentes, recientemente expresé mi opinión, como
ex ministro, abogado y, finalmente, como ciudadano, sobre la fecha capital que
se ha mencionado (29 de febrero del 2008) para tener aprobados todos los
proyectos que componen la llamada “agenda de implementación”.
También expresé
mi opinión sobre lo innecesario que es para Costa Rica solicitar a los demás
países que son parte del TLC, el que nos concedan una prórroga. Analicemos el
punto y hagamos algunas precisiones.
Agenda de
Implementación: Este integrada por una lista de tratados internacionales, leyes
y decretos (no todo corresponde a
Ese proceso es
un requisito de la legislación interna de los Estados Unidos, nuestra
contraparte principal en este TLC. No menosprecio, ni mucho menos, a los demás
países pero, en el caso de República Dominicana ya tenemos un tratado vigente y
con los demás ya comerciamos al amparo del Mercado Común Centroamericano.
¿Participan los
demás países, Partes del TLC, en ese proceso de certificación por parte de USA?
No, es una
negociación bilateral entre USA y el país que corresponda. Así ocurrió con
todos los demás países que ya lo tienen vigente.
Ratificación:
Nadie, ni los opositores del TLC pueden negar que ya Costa Rica cumplió con la ratificación del TLC. Eso ocurrió, por
referéndum popular el pasado 7 de octubre y fue suscrito finalmente por el
Señor Presidente y se publicó.
¿En qué etapa
estamos cómo país? Efectivamente, el 1 de marzo del 2008 se celebra el segundo
aniversario de la entrada en vigencia del TLC entre USA y El Salvador. Fue la
proclama emitida por el Presidente Bush en febrero
del 2005, la que determinó que la vigencia del TLC con El Salvador (único país
“certificado” a esa fecha) sería el 1 de marzo del 2006.
Es a partir de
ahí que se cuenta el famoso plazo de los 2 años que tanto se ha mencionado.
¿Dos años para
qué? De conformidad con el texto original del TLC, me refiero al firmado por
Costa Rica en Washington, el 5 de agosto del 2004, ese plazo es para notificar
a
Ese texto,
literalmente dice (artículo 22.5, inciso 2): “De ahí en adelante, este Tratado
entrará en vigor para cualquier otro signatario 90 días después de la fecha en
que el signatario notifique por escrito al Depositario que ha completado sus
procedimientos jurídicos aplicables. A menos que las Partes acuerden otra cosa,
un signatario no podrá realizar la notificación a la que se refiere este
párrafo después de dos años a partir de la fecha de entrada en vigor de este
Tratado”.
Los 90 días: a
pesar de la claridad que podría recitar el párrafo transcrito,
la realidad es que frente a USA NO hay la menor posibilidad de que el TLC entre
en vigencia 90 días después de notificar a
¿Qué debemos
hacer? Lo conveniente para Costa Rica, ante la encrucijada que se le presenta
frente al tema de los 2 años, es notificar a
Prórroga: La
opción de que Costa Rica pida una “prórroga” no conviene, no procede, es
innecesaria y carece de sentido.
La aprobación
de la agenda de implementación y la puesta en vigencia del TLC es y debe ser el
interés primordial de Costa Rica, es un asunto nuestro y debemos resolverlo
cuanto antes. No es un tema que tenga desvelados a los demás países Parte del
TLC. Cuando ese proceso concluya, USA y los demás países “nos recibirán con los
brazos abiertos” como Parte del TLC (no simples signatarios, el TLC considera
Parte solo a los países en relación con los cuales ya está vigente). La
realidad es que no está dentro del interés primario de esos otros países que
Costa Rica cumpla con la agenda y ponga en vigencia el TLC. Es y debe ser
nuestro propio interés como país y cuanto antes, porque nos beneficia.
Una de las
razones por las que probablemente se insista en obtener por escrito esa
“prórroga”, es por estrategia política, pero no por requerimiento legal o
disposición alguna del TLC, de
Como defensor
del TLC, estoy convencido de que
Consenso:
Asumiendo, solo para argumentación, que la prórroga es la vía de salvación a
seguir, tampoco es necesario que tengamos que negociarla y obtener la
aprobación de todos los demás países. Es posible hacerla a nivel bilateral
entre USA y Costa Rica. Me referiré al tema de enmiendas y modificaciones más
adelante.
Problemas de la
prórroga: además de la vergüenza que significa poner al Señor Presidente de
Es probable que
si la “prórroga” se concede por 3 meses, como se ha sugerido, solo el trámite
de aprobación (si es que eventualmente ocurre) en nuestra Asamblea Legislativa,
podría tomar fácilmente mucho más que los mismos 3 meses concedidos.
En conclusión,
el pedir la prórroga y el que nos la concedan (insisto en que es innecesario)
más que una solución podría implicar un problema.
Enmiendas: Hablando de enmiendas, es
oportuno recordar que el 10 de marzo del 2006, El Salvador y USA suscribieron
una enmienda al TLC (la pueden encontrar en la siguiente dirección:
http://www.minec.gob.sv/tlc/tlc_web/pdf/Usa/Enmienda%20TLC-USA%20Art.22.5.pdf)
cuya intención era obviar el plazo de los 90 días a los que hace referencia el
Artículo 22.5. A esa enmienda (bilateral) se adhirieron posteriormente los
demás países que estaban listos “para certificarse” frente a USA.
Esa enmienda (USA-El Salvador) , es evidencia clara de que la bilateralidad y no el
consenso de todos, es aplicable para el caso que se nos presenta. Obviamente,
si dos países acuerdan una enmienda de ese tipo, NO es vinculante para los
demás países hasta que no la ratifiquen.
Además de obviar el plazo de los 90
días, esa enmienda tiene una parte que no se puede catalogar de positiva. Modifica
–ahí sí- el plazo de los dos años no para “notificar a
En su momento, como Ministro de
Comercio Exterior, me negué a suscribir esa enmienda (lo que hubiese podido
hacer aún cuando no estaba ratificado el TLC por nuestro país). Claro está que
si hubiera cometido esa irresponsabilidad, debí haberla enviado a
Me negué a suscribirla fundamentalmente
porque: a) No era conveniente para los intereses del país ni se ajustaba a la
realidad costarricense. ¿Cómo iba intentar comprometer al país a tener (i)
ratificado el TLC, (ii) promulgada la agenda de
implementación, (iii) obtenida la “certificación” por
USA y (iv) la proclama del Presidente, en esos dos
años? No era posible ni responsable. Había mucho trecho por recorrer, el
referéndum ni siquiera se asomaba y, como se puede apreciar, implica actos que
están totalmente fuera del control de Costa Rica. Los demás países se
adhirieron a lo que firmó El Salvador con USA, pues estaban casi por terminar
su proceso de certificación y el plazo de los 2 años ya les resultaba
irrelevante, más no era así para Costa Rica. b) La enmienda la podía suscribir
en cualquier momento, de manera soberana El Salvador y USA, sin tener que
consultar o requerir la aprobación de los demás países. Sin embargo, lo que ahí
se decidiera podía tener consecuencias para Costa Rica. Desde ese punto de
vista no estuve de acuerdo ni con la sustancia de la enmienda ni con aspectos
de forma relacionados a la negoción de esa enmienda y
a la “participación que tuvo Costa Rica” en esas reuniones a las que,
gentilmente, se participó a los demás países. Quienes “representaron” a Costa
Rica en esas ocasiones lo hicieron sin informar, consultar ni tener
instrucciones de los jerarcas respectivos en Costa Rica. Es más, fue una
querida ministra centroamericana, quien tuvo la enorme consideración y cortesía
de facilitarnos una copia por fax de la enmienda firmada. La transparencia con
la que siempre actué en el ejercicio del cargo encomendado, no me hubiese
permitido refrendar una decisión que se tomo a espaldas del Presidente y de los
ministros respectivos. Adicionalmente, como lo expresé, su contenido no
beneficiaba al país. En su momento, sí informé a la prensa que esa enmienda
existía, pero no era vinculante para Costa Rica.
A continuación el texto tal como quedó
enmendado:
“2.De ahí en adelante, este Tratado
entrara en vigor para cualquier otro signatario en la fecha en que el
signatario y los Estados Unidos especifiquen en un intercambio de notas
certificando que el signatario ha completado sus procedimientos jurídicos
aplicables. Una vez completado el intercambio de notas diplomáticas, el
signatario deberá notificar por escrito al Depositario la fecha en que el
Tratado entrara en vigor para éste. A menos que las Partes acuerden otra cosa,
el Tratado no entrará en vigencia para un signatario después de dos años desde
la fecha de entrada en vigor de este Tratado.”
Como puede apreciarse, no se trata de
un juego de semántica, se trata de un tema de fondo, con consecuencias serias
para “los otros signatarios” y con una repercusión legal importante.
Desconozco si con posterioridad a que
dejara el cargo (8 de mayo, 2006) se varió el criterio y se decidió firmar esa
enmienda. Asumiendo que sí la firmó posteriormente Costa Rica, es claro que no
fue aprobada en el referéndum, ni ha sido presentada ni aprobada por
Falsas
expectativas: Todo lo relacionado con el TLC se ha convertido en controversial.
Los trámites o gestiones que faltan, pueden ser complejos y tediosos. Sin
embargo, recordemos que cuando hablamos de un acuerdo comercial como el TLC, su
negociación e implementación, no implica temas de la física nuclear, ni mucho
menos.
Se ha dado la
impresión, que si se hubiese cumplido con la aprobación de toda la agenda de
implementación para el 29 de febrero del 2008 o, ahora antes de la fecha máxima
que eventualmente nos conceda “una prórroga”, casi de seguido entra en vigencia
el TLC. Eso no es así. Como se indicó, aún en eso caso queda aún pendiente el
proceso de certificación y la proclama por parte de USA. Solo el proceso de
certificación puede tomar fácilmente 6 meses para quedar concluido.
Aún cuando al 1
de diciembre del 2007 (solo por mencionar una fecha) toda la agenda de
implementación hubiese estado aprobada, las posibilidades de que el TLC entrará
en vigencia el 29 de febrero del 2008 eran mínimas, realmente inexistentes.
Como evidencia
de lo anterior, reflexionemos sobre lo siguiente:
El Salvador
aprobó el TLC en diciembre del 2004. USA lo aprobó en julio del 2005. Sin
embargo, ese TLC entró en vigencia, para esos dos países, hasta el 1 de marzo
del 2006. ¿Por qué? ¿Qué ocurrió durante los 7 meses comprendidos entre agosto
del 2005 y febrero del 2006? Lo que ocurrió fue, días más o días menos, la
negociación de la certificación, es decir la verificación del cumplimiento fiel
de los compromisos y medidas que El Salvador debía implementar antes o al
momento de la entrada en vigencia del TLC.
¿Podría USA
rechazar una de las leyes de implementación aprobadas por Costa Rica, y
considerar que aún no se ha cumplido con los compromisos asumidos por nuestro
país? Sí lo puede hacer, sin ningún problema. Los compromisos adquiridos no
solo deben ser cumplidos sino que deben tener esa condición desde la
perspectiva de USA.
Resulta fácil
la verificación cuando se trata de la aprobación de tratados internacionales,
pero cuando se hablamos de materializar en una ley los principios que dispone
el TLC (por ejemplo, en telecomunicaciones o seguros y sus regulaciones) el
tema se vuelve más complicado y existe la posibilidad de que no sea de la
satisfacción de nuestra contraparte principal. ¿Nos aprobarán nuestros errores
u omisiones en esas leyes? Probablemente no.
¿Podría USA
eximirnos de algunos de los compromisos que adquirimos en el TLC o darnos –ahí
sí plazo razonable para que terminemos de cumplir y aún así certificarnos,
emitir la proclama y poner en vigencia el TLC? Sí lo puede hacer. ¿Lo hará? No
creo. Sin embargo, la “Ley de Implementación”, por la cual USA aprobó el TLC en
su Congreso y Senado, autoriza que al momento en que el Presidente determine
(lo hará con base en una recomendación del USTR) que los países del TLC “han
tomado medidas necesarias para cumplir con las normas del Acuerdo que deben
entrar en vigor en la fecha en que el Acuerdo entra en vigor, el Presidente
está autorizado para disponer que el Acuerdo entre en vigor con respecto de países
que el Acuerdo dispone debe entrar en vigor para ellos.” (No es una traducción
oficial. Ver página 6, sección 101 (b) del la “Ley de Implementación” aprobada
en USA.)
En conclusión
de lo anterior, lo recomendable es: (i) que Costa Rica envié la notificación a
A pesar del
referéndum y todo el desgaste y polarización que ha generado el tema del TLC,
no falta camino por recorrer. Del trabajo conjunto depende que acortemos el
camino.
Es prudente y
necesario informar al país qué ha pasado con la enmienda del 10 de marzo del
2006.
Los diputados
que han hecho un gran esfuerzo para impulsar los proyectos de la agenda de
implementación, deben continuar haciéndolo, sin desmayar. Sé que lo harán por
convicción y respeto al mandato dado por medio de las urnas en el referéndum,
no por presiones de plazos fatales. Confió también plenamente en la capacidad y
liderazgo del Señor Presidente y del Ministro de
Gracias Costa
Rica por haberme dado el privilegio y honor de servirla. Estoy a sus órdenes.
Como país, lo vale todo y, por merito propio, merece alcanzar y disfrutar de
tiempos mejores que aún están por venir.