ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

 

 

 

 

 

(ESTA ACTA AÚN NO HA SIDO APROBADA POR EL PLENARIO LEGISLATIVO)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA N.º 120

(Jueves 6 de febrero de 2014)

 

CUARTA LEGISLATURA

(Del 1º de mayo 2013 al 30 de abril 2014)

 

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS

(Del 1º de diciembre de 2013 al 30 de abril de 2014)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE ACTAS, SONIDO Y GRABACIÓN

 

 

 

Acta de la sesión plenaria N.º 120

Jueves 6 de febrero 2014

Segundo período de sesiones extraordinarias

Cuarta legislatura

 

 

Directorio

 

 

Luis Fernando Mendoza Jiménez

Presidente

 

 

Martín Alcides Monestel Contreras                                Annie Alicia Saborío Mora

Primer secretario                                                                    Segunda secretaria

 

Diputados presentes

 

 

Acevedo Hurtado, Juan Bosco

Hernández Rivera, Manuel

Acuña Castro, Yolanda

Mendoza García, Juan Carlos

Aiza Campos, Luis Antonio

Mendoza Jiménez, Luis Fernando

Alfaro Murillo, Marielos

Monestel Contreras, Martín Alcides

Alfaro Zamora, Óscar Gerardo

Monge Pereira Claudio Enrique

Arias Navarro, Gustavo

Muñoz Quesada, Carmen María

Avendaño Calvo, Carlos Luis

Ocampo Baltodano, Christia María

Bejarano Almada, Gloria

Orozco Álvarez, Justo

Brenes Jiménez, Ileana

Oviedo Guzmán, Néstor Manrique

Calderón Castro, Antonio

Pérez Gómez, Alfonso

Chavarría Ruiz, Ernesto Enrique

Pérez Hegg, Mirna Patricia

Chaves Casanova, Rita Gabriela

Pinto Rawson, Rodrigo

Céspedes Salazar, Walter

Porras Zúñiga, Pilar

Delgado Ramírez, Carolina

Quintana Porras, Damaris

Enríquez Guevara, Adonay

Rojas Segura, Jorge Arturo

Espinoza Espinoza, Xinia María

Ruiz Delgado, María Jeannette

Fishman Zonzinski, Luis

Saborío Mora, Annie Alicia

Fonseca Solano, María Julia

Sotomayor Aguilar, Rodolfo

Fournier Vargas, Alicia

Venegas Renauld, María Eugenia

Gamboa Corrales, Jorge Alberto

Venegas Villalobos, Elibeth

Gómez Franceschi, Agnes

Villalobos Argüello, Elvia Dicciana

Góngora Fuentes Carlos Humberto

Villalta Flórez-Estrada, José María

Granados Calvo, Víctor Emilio

Villanueva Monge, Luis Gerardo

Hernández Cerdas, Víctor

Víquez Chaverri, Víctor Hugo

 

 

 

 

 

 

ÍNDICE

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 8

 

PRIMERA PARTE. 8

 

Discusión y aprobación del acta N.º 119. 8

 

Suspensión de derechos y garantías. 8

 

Asuntos del régimen interno de la Asamblea Legislativa. 8

 

Control político. 8

 

Diputado Rodolfo Sotomayor Aguilar: 8

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 10

Diputada María Julia Fonseca Solano: 10

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 10

Diputada Elibeth Venegas Villalobos: 10

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 11

Diputada Elibeth Venegas Villalobos: 11

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 14

Diputada Gloria Bejarano Almada: 14

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 16

Diputado Néstor Manrique Oviedo Guzmán: 16

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 20

La presidenta ad hoc Annie Alicia Saborío Mora: 20

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 21

 

Moción de orden. 21

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 21

Diputado Néstor Manrique Oviedo Guzmán: 21

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 22

Diputada Carmen María Muñoz Quesada: 22

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 23

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes: 23

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 24

Diputada Sianny Villalobos Argüello: 24

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 25

Diputada Sianny Villalobos Argüello: 26

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 26

Expediente Nº 18127, Reforma Parcial del Reglamento de la Asamblea Legislativa. 26

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes: 27

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 27

Diputada Marielos Alfaro Murillo: 27

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 27

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes: 27

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 31

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 31

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 31

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes. 32

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 33

 

SEGUNDA PARTE. 34

 

Discusión de proyectos de ley. 34

 

Segundos debates. 34

 

Expediente N.º 17.777, Ley Reguladora de Investigación Biomédica, (originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos. 34

 

Primeros debates. 34

 

Expediente Nº. 18.246, Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos. 34

Cuarto informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 34

 

Diputada Rita Gabriela Chaves Casanova: 35

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 35

 

Expediente N.º 17.853, Ley de Premios Nacionales de Cultura, (originalmente denominado): Ley de Premios Nacionales de Arte y Cultura. 35

 

Expediente N.º 18.094, Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y la República del Ecuador 35

 

Expediente N.º 18.773, Aprobación del Contrato de Préstamo N.º 2852/Oc-Cr, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad. 36

 

Expediente Nº 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001. 37

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras: 37

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 37

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 38

 

Moción de fondo N.º 2. 38

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 38

Expediente N.º 18.725, Reforma de Varios Artículos de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el Fin de Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con Discapacidad sin Núcleo Familiar, (originalmente denominado): Refórmense Varios Artículos de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el fin de Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con Discapacidad sin Núcleo Familiar 40

 

Primer informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 40

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes: 40

 

Expediente 18.886, Ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre los Estados AELC y los Estados Centroamericanos. 41

 

Presentación de moción vía artículo 137 del Reglamento Legislativo. 42

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 42

 

Decreto Ejecutivo 38.158-MP. 42

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 44

 

Expediente Nº 18857, Reforma de los Artículos 68 y 69 de la Ley de Contratación Administrativa, Ley Nº 7494 ,de 2 de mayo de 1995, (originalmente denominado): Autorización al Poder Ejecutivo para Donar a las Instituciones Autónomas y Semiautónomas Bienes Inmuebles, cuyo Uso Se Destine al Cumplimiento de Fines Públicos. 44

 

Expediente Nº 18429, Reforma al Artículo 96 del Código Notarial, Ley Nº 7764 de 17 de abril de 1998. Publicado en el Alcance Nº 97 a La Gaceta Nº 138 del 17 de julio de 2012. Iniciado el 17 de abril de 2012. 47

Expediente Nº 18.365, Reforma del Artículo 111 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley Nº 8508, de 28 de abril 2006. 48

 

Expediente N.º 18.921, Ley de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil 49

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 49

 

Expediente N.º 18.443, Ley contra las Peleas de Perros. 50

La segunda secretaria Annie Alicia Saborío Mora: 50

 

Moción de orden. 50

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 50

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 51

 

Moción de orden. 51

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 51

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 52

 

Moción de revisión. 52

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 52

 

Expediente N.º 18.709, Ley de Garantías Mobiliarias. 52

Presentación de moción vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 53

 

Expediente N.º 18.685, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos. 53

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 53

Moción de reiteración N.º 1-1. 53

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 53

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 54

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 55

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 56

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 57

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 57

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 59

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 59

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 60

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 60

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 62

El primer secretario Martín Monestel Contreras: 62

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 63

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 63

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 65

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 66

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 66

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 66

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 68

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 68

Moción de reiteración N.º 7-1. 68

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 69

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 69

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 70

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 71

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 72

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 72

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 74

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras: 74

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 75

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg: 75

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 76

Diputada Marielos Alfaro Murillo: 77

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 77

El primer secretario Martín Monestel Contreras: 77

Decreto Ejecutivo N.º 38.161-MP. 77

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 78

 

Expediente N.º 18.522, Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a Capitalizar Organismos Multilaterales. 79

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 79

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 79

 

Expediente N.º 17.502, Reforma Integral a la Ley N.º 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y Reforma a otras Leyes, (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema de Banca para el Desarrollo  80

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 80

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 93

Expediente N.º 18.805, Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia. 103

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 103

 

Expediente N.º 18.207, Ley de Reconocimiento de los Derechos de los Habitantes del Caribe Sur 103

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 104

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo. 104

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras: 105

 

Decreto Ejecutivo 38.162-MP. 105

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez: 106

 

 


El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

PRIMERA PARTE

 

            Buenas tardes, señoras y señores diputados.

 

            Al ser las catorce y cincuenta y ocho minutos, vamos a dar inicio a la sesión ordinaria de este período extraordinario de sesiones, es la sesión ordinaria número 119 de hoy jueves 5 de febrero del año 2014.

 

            Vamos a poner en discusión y aprobación…

 

            Vamos a hacer la corrección, diputadas y diputados, van a disculpar.  Hoy es la… esta es la sesión ordinaria número 120, y hoy estamos 6 de febrero, jueves 6 de febrero.

 

Discusión y aprobación del acta N.º 119

 

            Vamos a poner en discusión y aprobación el acta ordinaria número 119.

 

            No hay solicitudes para hacer uso de la palabra; por lo tanto, la damos por discutida y aprobada.

 

Suspensión de derechos y garantías

 

No hay.

 

Asuntos del régimen interno de la Asamblea Legislativa

 

            Vamos a dar inicio con el espacio de control político por el día de hoy, que son treinta minutos.

 

Control político

 

            Y tiene el uso de la palabra el diputado Avendaño Calvo, por cinco minutos.

 

            No se encuentra el diputado Avendaño Calvo.

 

            Continúa entonces en el uso de la palabra el diputado Sotomayor Aguilar.

 

Por cinco minutos, señor diputado.

 

Diputado Rodolfo Sotomayor Aguilar:

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

            Aquí comentando un poquito con los compañeros del PAC, que desde que me declaré indeciso para la segunda ronda, pues, hemos estado conversando muchísimo más.  No es por asustar a los compañeros de Liberación.

 

            Miren, el día de hoy en la Comisión de Puntarenas tuvimos, me parece, la muy provechosa sesión en la que vimos un proyecto de ley que hemos firmado la gran mayoría de diputados, que viene a regular el tema de la pesca de camarón y hacerla un arte más sostenible, más amigable con el ambiente, muchísimo más segura.

 

Sobre todo, también viene este proyecto a tutelar una actividad que genera muchísimos empleos en el país y sobre todo en Puntarenas, provincia y cantón, que no tiene mayores fuentes de ingreso.

 

            Y es que hemos llegado —y aquí debo de celebrar el concurso de la presidenta de esa comisión, de doña Agnes, de don Jorge Gamboa, de don Adonay Enríquez—, que pudimos avanzar en este tema, y que pudimos de alguna manera llegar a entendimientos para traer alguna gente que interesa para que puedan audiencias, que interesa para que pueda estar en consulta el proyecto.

 

Porque sabemos que es un proyecto polémico, de por sí; pero, presidente, es un proyecto que además de polémico es vital para una zona deprimida, y en un contexto como este, de la Asamblea Legislativa, que de cara a una segunda ronda electoral no podemos los diputados distraernos del tema electoral y debemos de avanzar con algunos proyectos.

 

            Y es que, don Justo, a este proyecto hay que darle camino. Con respeto —y usted lo ha dicho siempre— con respeto a las posiciones de toda la gente, que puedan ser diferentes, pero tenemos que avanzar.

 

            Los pescadores tienen una espada de Damocles, se les están venciendo las licencias, ahora en febrero se vencen las primeras licencias y no hay respuesta de legislativa. Esa respuesta legislativa tenemos que irla dando, avanzando. Y yo sé que quienes tienen algunas dudas, que tienen algunas dudas con este proyecto y con este arte de pesca pueden ir disipándolas conforme avance el tema.

 

            No se trate de imponer posiciones, no se trata de venir a mancillar a ninguna persona; se trata de que podamos llegar a un justo equilibrio no solo en la preservación de los recursos marinos que es importante, sino también un justo equilibrio para que la gente pueda seguir teniendo su sustento.

 

            Este diputado es claro en que debemos de proteger los recursos marinos, pero también es claro en que la gente, los porteños, merecen trabajar, que merecen tener sustento, que merecen seguir progresando y por eso nosotros, los diputados, estamos en la obligación de darle un contenido a una ley que debe buscar ese justo equilibrio, que debe buscar esa balanza entre medio ambiente y el desarrollo humano.  No podemos, bajo ningún aspecto, pasarle por encima a uno de esos dos valores.

 

            Nada hace la defensa del ambiente a ultranza si el mayor bien, que es el ser humano, lo vamos a dejar de lado.  Y nada hace el ser humano si no se protege el medio ambiente en el que se vive.

 

            Así que en ese orden, presidente, hacer un reconocimiento a los diputados de diversas fracciones, que el día de hoy pudimos llegar a un justo acuerdo para avanzar en el tema, decirles a los compañeros diputados que vamos a traer el tema a discusión en las próximas semanas al plenario legislativo y que este diputado está en la mayor disposición, junto con los diputados de la comisión porteña, de darle una discusión de altura, de darle una discusión de calidad, pero sobre todo de defender los intereses de las clases más pobres de Puntarenas.

 

Por eso, adelanto que vamos a venir a pedir el voto afirmativo para un proyecto que tenga —y con eso termino— que tenga contenido social y contenido ambiental.

 

            Muchísimas gracias.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señor diputado.

 

            Continúa en el uso de la palabra la diputada Fonseca Solano.

 

Por cinco minutos, señora diputada.

 

Diputada María Julia Fonseca Solano:

 

            No voy a hacer uso.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            No va a hacer uso de la palabra.

 

            La diputad Elibeth Venegas en el tiempo de la diputada Fonseca Solano.

 

Por cinco minutos, señora diputada.

 

Diputada Elibeth Venegas Villalobos:

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

            Tengo entendido que tengo el espacio de diez minutos de parte de la fracción de Liberación Nacional.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Sí, efectivamente, la diputada Saborío Mora le está otorgando el tiempo; por lo tanto, tiene hasta diez minutos la diputada Venegas.

 

Diputada Elibeth Venegas Villalobos:

 

            Muchas gracias, señor presidente. 

 

Muy buenas tardes, compañeros diputados y compañeras diputadas, señores y señoras periodistas, amigos y amigas costarricenses.

 

            El pasado domingo tuve el orgullo de ejercer mi derecho al sufragio, por lo que considero que representa el camino hacia la construcción de Costa Rica. 

 

Como representante de la provincia de Limón, debo decir que me dio mucho gusto ver cómo tantas personas se dirigían a las urnas sonriendo y con los ojos llenos de esperanza. Eso es parte de nuestra fiesta electoral.

 

            Costa Rica reafirma su democracia cada cuatro años. Son miles de personas las que acudimos a las urnas y quienes somos anfitriones y anfitrionas de una gala única en la que el Tribunal Supremo de Elecciones se muestra como líder que garantiza la transparencia y pureza de esta celebración.

 

            Nosotros, como miembros de una fracción histórica como lo es Liberación Nacional, tenemos que estar satisfechos, porque se ha trabajado con el corazón, porque hemos sido un ejemplo de esfuerzo y respeto.

 

            La campaña del PLN ha sido limpia, costarricenses, y con un objetivo claro sobre la mesa: construir una Costa Rica mejor.

 

            Es lamentable ver muchas… escuchar a muchas personas que hablan de manera muy negativa respecto a la situación del país. Hemos realizado buenas acciones para promover el desarrollo económico, muestra de ello, y solo por mencionar una, sobre las exportaciones.

 

            Costa Rica es el primer lugar por Latinoamérica en cuanto a exportación de bienes industriales de alta tecnología. De acuerdo con cifras del Banco Mundial, y en este mismo apartado, es el cuarto a nivel mundial.

 

            Asimismo, el índice de la inflación del año que recién concluyó fue el más bajo en los últimos treinta y seis años.

 

            Ha sido un país en el que se ha luchado por diversificar la oferta de productos para exportar; a nivel social se ha procurado generar un mayor bienestar en la población y dar la lucha contra la pobreza y luchar por las garantías sociales.

 

            Se ha realizado un gran esfuerzo por acercarnos para ser país de carbononeutral. El tema de la seguridad y el narcotráfico ha sido prioridad en este Gobierno.

 

Adicionalmente, admitir que Costa Rica está cambiando, las personas se han hecho más críticas y ya no basta con hacer una campaña de política convencional para poder alcanzar el apoyo de la sociedad civil.

 

            La opinión del pueblo es fuerte y muy estricta ante situaciones que desmoralizan su sentir y que atentan contra toda actividad regida por la ética y la moral.

 

            Por eso, nosotros no podemos olvidar quiénes nos eligieron y tenemos que luchar por ellos; esta es la lógica del modelo político representativo.

 

            Quiero felicitar a todos los partidos que participaron en la celebración del pasado domingo; sin importar cuál sea su origen, todos ellos tienen personas de gran potencial y que desean luchar.

 

            Sin embargo, hay que tener muy claro que, tal como lo dijo don Johnny Araya, jugamos la primera vuelta, el país eligió entre dos opciones que más llenaban su gusto, mas nunca definió un único candidato.

 

            Liberación Nacional ha hecho grandes obras, y quiero aprovechar para citar los principales logros de este partido, un partido del cual nos sentimos orgullosos, un partido que ha hecho grande a Costa Rica.

 

            Durante la Junta Fundadora de la Segunda República, se crearon los siguientes entes: la banca nacionalizada, la Procuraduría General de la República, la Oficina del Café, el CNP, el Tribunal Supremo de Elecciones, el ICE, el Museo Nacional, el Estatuto de Servicio Civil, el Banco Central de Costa Rica. A los logros anteriores se sumarían —escuchen, costarricenses— la abolición del Ejército, y es por eso que Costa Rica ha apostado, desde entonces, a la educación costarricense.

 

            También, ha luchado este partido por el derecho al sufragio para la mujer costarricense.

 

            No podemos olvidar los logros de don José Figueres Ferrer, como por ejemplo, la creación del INVU, el Instituto Costarricense de Turismo, la Junta de Defensa del Tabaco, el INA, el IFAM, el IMAS, la Dirección General de Adaptación Social, el TEC, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, la Asociación Bananera Nacional, el Conassif, el Infocoop, la Orquesta Sinfónica Juvenil y Recope, entre otros.

 

            Daniel Oduber, en el 74, promulgó la Ley del Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, para aumentar el ingreso de muchas familias de escasos recursos.

 

            Esta preocupación aún sigue viva, costarricenses, en iniciativas como la presentada por don Johnny Araya Monge, por eso estamos hablando del sentir de nuestro partido, mas no una casualidad.

 

            Sin los esfuerzos de don Daniel Oduber, la Sabana no sería un parque metropolitano, ni tampoco el puerto de Caldera habría surgido, mucho menos la UNED y Conape, entre otros.

 

            Años más tarde se crean instituciones de gran valor en infraestructura que aún en la actualidad siguen siendo un ícono de nuestra arquitectura y desarrollo costarricense, como es el caso del Hospital Nacional de Niños, la Corte Suprema de justicia y el Banco Central.

 

            Siguiendo el liderazgo y compromiso de su padre, José Figueres Olsen luchó por las políticas de libre comercio y negociaciones en el área libre de comercio para las Américas; también el fortalecimiento del sistema bancario estatal, la creación de los ebáis que se encuentran en todos los rincones de nuestro país. Y tampoco sería justo dejar de lado la llegada de las compañías de gran importancia, como por ejemplo la transnacional Intel.

 

            En cuanto a infraestructura vial, durante el mandato de Francisco Orlich se creó la Autopista General Cañas, y en el segundo mandato de don Óscar Arias, la ruta a Caldera.

 

            Respeto a este último, sería un delito olvidar que durante sus mandatos surgieron el Senara, el Centro Nacional de Desarrollo de Mujer y Familia, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Biodiversidad, el Banhvi y la Sala Constitucional, además del lujo y privilegio de poder tener en nuestra historia a un ciudadano declarado como premio Nobel de la Paz.

 

            Está claro que a doña Laura le ha tocado gobernar en tiempos muy complicados. Pese a ello, se ha luchado de manera pacífica contra Nicaragua defendiendo nuestra democracia y se ha hecho con agallas y se ha hecho con el alma, y hay resultados.

 

            Por eso, costarricenses, en abril, el 6 de abril debemos decidir y decidamos por la mejor opción: por don Johnny Araya Monge, un ciudadano que conoce el sentir del pueblo costarricense. Decidamos costarricenses por don Johnny Araya Monge.

 

            Muchas gracias

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Continúa en el uso de la palabra la diputada Bejarano Almada, por hasta cinco minutos.

 

Diputada Bejarano Almada, tiene la palabra por cinco minutos.

 

Diputada Gloria Bejarano Almada:

 

            Muchísimas gracias, señor presidente, disculpe, estaba conversando aquí con los compañeros.

 

            El día de ayer me referí a una serie de proyectos que necesitan ser aprobados por esta Asamblea Legislativa.

 

            Yo sé que todos quisiéramos aprobar los proyectos de nuestro particular interés, pero yo quisiera solicitarle al Gobierno, y muy especialmente a todos y cada uno de ustedes, la aprobación de dos proyectos que está necesitando el país: el resello de la atención a la enfermedad celiaca…

 

Solamente quienes convivimos con personas que sufren de esta enfermedad podemos medir las consecuencias y el grado de destrucción en la salud de las personas que padecen esta enfermedad; una enfermedad que no necesita de medicamentos, más bien al no haber la correcta diagnosticación de los pacientes la Caja Costarricense de Seguro Social está perdiendo millones de millones en tratamientos que no sirven absolutamente para nada para las personas celiacas.

 

            Necesitamos garantizarles a estas personas que los alimentos que van a consumir contengan un mínimo, casi nada, es muy difícil a veces eliminar el gluten del todo.

 

Hay parámetros y hay estudios que se pueden hacer para determinar la cantidad de gluten que contienen los alimentos.  ¿Y por qué esto es importante?, porque el gluten es veneno para estas personas.

 

Es que no estamos hablando de que es algo que les cayó mal y pasó; no, señores, el gluten envenena a las personas celiacas, les destruye el intestino.

 

En los menores produce atraso en su crecimiento mental y físico, produce leucemia, cáncer, destrucción de los intestinos; en el caso de las mujeres jóvenes, abortos. Al no haber una absorción correcta de los nutrientes, las personas llegan a tener, las mujeres embarazadas, una falta de ácido fólico con las consecuencias que esto tiene.

 

No estamos hablando de algo que no tiene trascendencia, estamos hablando de una enfermedad silenciosa y asesina que no le hemos dado la importancia que tiene.

 

            Hoy cada vez más personas están siendo diagnosticadas con esta enfermedad y necesitamos que haya una ley que siente responsabilidades sobre aquellos que no cumplen con los requisitos para que las personas puedan tener la tranquilidad de consumir alimentos sin gluten.

 

            Por otro lado, la creación de la página web por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y de Salud, Industria y Comercio es una necesidad por una razón muy sencilla: los medicamentos que contienen gluten deben de ser registrados. Y les voy a decir por qué; si yo voy donde el ortopedista por una dolencia y soy celiaca, y el doctor me receta un Voltaren quiero decirles que ese doctor me está envenenando, porque el Voltaren contiene gluten.

 

            Hay muchos medicamentos que tienen gluten y el resto de los médicos que no son especialistas en gastroenterología, pues, simple y sencillamente recetan sin saber que están perjudicando al paciente.

 

            Los médicos tienen que tener una herramienta de saber cuáles medicamentos están certificados que no contienen gluten.

 

            Los implementos de salud: el champú, hay champús que contienen gluten y les tiran el pelo. El jabón les produce alergia a estas personas.

 

            Hace un tiempo mi hija, que es celiaca, empezó a sentirse mal nuevamente con los síntomas, se sentía muy mal de la salud y no sabía qué era. Ella estaba cumpliendo con todas las normas que ella tiene que guardar para poder mantener su salud.

 

Diay, no se había dado cuenta que los platos los estaban lavando con un jabón que contenía gluten; entonces, de nada servía todas las medidas que estaba tomando, porque estaban lavando los platos de la casa con un jabón que contenía gluten.

 

            Entonces, yo quiero pedirles de verdad, yo sé que hay intereses y yo sé que hay requisitos que se deben de cumplir, pero primero está la salud de los costarricenses. Y este es un tema que, por favor, no lo dejemos en el olvido.

 

            El otro tema, que ya no me dio tiempo de extenderse más, es el tema de investigación biomédica. Necesitamos y le suplicamos a la Sala Constitucional que se manifiesten lo antes posible.

 

            Hace más de dos meses el tema está siendo estudiado por ellos, sabemos que es un tema delicado, pero instamos a los señores magistrados a tomar una resolución, porque es necesario que esa ley sea aprobada en esta legislatura.

 

            Muchísimas gracias.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Continuaba en el uso de la palabra o estaba en el uso de la palabra el diputado Avendaño Calvo, que no se encuentra aún en su curul.

 

            Antes de darle la palabra al diputado Oviedo Guzmán, que es al que le corresponde ahora el uso de la palabra, quiero nada más desde acá de la Presidencia enviarle el saludo a los señores trasplantados de riñón que están en las barras del público, buenos amigos, así que nuestro saludo también por estar presentes viendo el Parlamento de la República en funcionamiento. Gracias por venir.

 

            Diputado Oviedo Guzmán, tiene la palabra.

 

Diputado Néstor Manrique Oviedo Guzmán:

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

Muy buenas tardes, compañeros y compañeras, diputadas y diputados; muy buenas tardes, pueblo de Costa Rica; buenas tardes, personas que han tenido que someterse a un trasplante que se encuentran aquí el día de hoy, y por supuesto los que están en sus hogares o en los centros médicos.

 

            Este servidor, el día de hoy, había preparado una intervención sobre la ruta 32, pero visto que surge nuevamente un tema que reviste para este funcionario público una mayor relevancia, cual es la salvaguarda de los seres humanos, la salvaguarda de la vida empezando en el momento de la concepción, es que quisiera hacer referencia a un documento que publicó el doctor constitucionalista Fernando Zamora en la portada de opinión de El Imparcial de España el 20 de noviembre de 2013.

 

Nos dice y nos recuerda el doctor Zamora: Crisis en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

El artículo octavo de la Convención Americana de Derechos Humanos vela por el resguardo del debido proceso.

 

En concordancia con la norma anterior, el 18.1.C del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establece, de forma inobjetable que cualquier circunstancia que afecte la imparcialidad e independencia de sus jueces para un caso, le impide el ejercicio del cargo.

 

Yo hago un punto y aparte, y me parece que ese es punto fundamental en cualquier sociedad basada en un Estado de derecho.

 

Continúa el doctor Zamora: Por ello, y en virtud del numeral 19.3 de ese estatuto, tanto el juez presidente García como también los jueces Margarette May Macaulay y Alberto Pérez por las circunstancias que enunciaré sabían que debían inhibirse de asumir el caso contra Costa Rica en relación a la fertilización in vitro; pese a ello, no lo hicieron.

 

Los hechos que aquí expongo que le prohibían participar del caso ante el juez presidente de la Corte, tanto al juez presidente de la Corte como a los otros dos jueces que cité, lo vicia de nulidad por grave violación al debido proceso.

 

De los distintos hechos que referiré, los que sucedieron durante el debate, —constan en videos de la audiencia— permítaseme enunciar solo algunos ejemplos. En el año 2009 el presidente de la Corte Interamericana de Justicia, Diego García Sayán, escribió en un artículo de difusión masiva que la despenalización del aborto en México DF había supuesto una mejora para las mexicanas. Lo tituló (comillas) “Muertes anunciadas, derecho a la vida”, (cierra comillas).

 

Fue publicado el 13 de marzo del 2009 en La República, uno de los diarios influyentes del Perú también.

 

En el 2011, el mismo juez presidente escribió además para una organización promotora del aborto a libre demanda, que estaba en contra de la prohibición del aborto, el libro de denomina (comillas) “75 opiniones sobre el aborto. Un tema para hablar, una agenda para discutir”, página treinta y cuatro.

 

Asimismo, otra juez, M. May Macaulay fue asesora del Grupo Consultivo Nacional en Aborto, y el 23 de abril del 2009 expuso públicamente una posición favorable al aborto en la conferencia titulada: Establecer Condiciones Igualitarias: Una Conversación en la Reforma al Aborto en Jamaica.  Lo anterior también la inhabilitaba jurídicamente para dictar sentencia en el caso contra Costa Rica.

 

Durante el debate, la actuación de dicha juez rayó en lo extravagante.  Para ello, transcribo literalmente lo que el periodista del diario costarricense La Nación, Luis Eduardo Díaz, narró en su crónica del día 7 de setiembre del 2012 (comillas): “El otro punto álgido de la jornada fue cuando la jueza jamaicana…, jamaiquina, perdón, Margarette May cuestionó los razonamientos que minutos antes había dado la procuradora Brenes de por qué no se permitía la FIV aquí”, (cierra comillas).  La Nación, siete del nueve del dos mil doce.

 

De hecho tal y como consta en el video May además expresó (comillas): “Yo espero que Costa Rica reconsidere su posición, o por lo menos que la examine”, (cierra comillas). 

 

Dos situaciones similares a esa última las protagonizó el presidente de la Corte: una, al final de la audiencia y, otra cuando Fernando Zegers, una de las personas que declararon contra Costa Rica, finalizó su exposición.

 

En presencia de toda la audiencia, el juez García felicitó su intervención al punto de tener la audacia de calificarla como ilustrativa y completa.  Todo lo anterior, sin que aún el Tribunal óigase bien, costarricenses hubiese siquiera deliberado, ni mucho menos emitido sentencia.  Frases y gestos irónicos contra las tesis de nuestros defensores ocurrieron en la audiencia.

 

En un momento, al dirigirse a la procuradora general de la República, la juez May dijo (comillas): “Reconozco que Costa Rica es responsable de proteger la vida de su gente”, (cierra comillas). Pero mientras lo decía, con sus propios dedos simuló el entrecomillado de la expresión, lo cual reflejaba su intención de realizar un sarcasmo contra la funcionaria.

 

Más hechos.  Otro juez, Alberto Pérez, a través de la red social Facebook, dejó clara sus preferencias personales hacia grupos que militan en la despenalización del aborto en América Latina, como la Campaña Latinoamericana por el Derecho al Aborto.

 

En la sesión del 6 de setiembre, e igualmente antes de que el Tribunal deliberara, se atrevió a criticar una valoración negativa sobre la FIV. 

 

Circunstancias como esas explican transgresiones procesales tales como el hecho de que nuestro Estado ofreciera como perito a la científica doctora Maureen Condic, una de las máximas autoridades planetarias en el tema del inicio de la vida, y la Corte se negara escucharla.  Solo aceptó que se presentara un escrito de ella. 

 

Téngase presente que cuando he enumerado lo anterior, me estoy refiriendo a los tres jueces que inclinaron la balanza en la condena y cuya jerarquía y potestades les otorgó la facultad de imponerse ante una decisión soberana de nuestro Estado; decisión además que era valiente, contenida en la sentencia constitucional redactada por nuestro eximio jurista doctor Rodolfo Piza Escalante, precisamente un expresidente de esa corte, fallo que representaba una garantía para evitar la manipulación en nuestro país de los embriones humanos. 

 

No por casualidad es que Jo Pasqualucci, prestigiosa jurista y exfuncionaria del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en su obra Prácticas y Procedimientos de la CIIDH, ha denunciado la caída en la calidad de los jueces de la Corte.  La cito textualmente (comillas): “Algunas naciones han votado reiteradamente en bloque para elegir candidatos a pesar de estar pobremente calificados”, (cierra comillas, página 348).

 

Lo que aquí he escrito es información que se puede y debe constatar, máxime tratándose de asunto tan serio, como lo es una condena contra nuestro país por violar derechos humanos. 

 

Así las cosas, ¿qué sigue?  Al igual que en su momento no lo podía creer yo, el ministro de Relaciones Exteriores no debe dar estos hechos por ciertos sin corroborarlos formalmente.

 

Hay más situaciones anómalas de lo que aquí he anotado que serían reveladas a partir de una instrucción formal.  Deben recabarse testimonios, prueba documental y los videos de la audiencia, entre otras gestiones.

 

Por la ya enumerada violación al derecho internacional en relación al debido proceso y en ejercicio de las responsabilidades constitucionales de nuestro ministro, es su deber instruir una orden de investigación formal que demuestre la nulidad de la condena contra Costa Rica. 

 

Confirmados los hechos debe remitirse dicho informe a la Asamblea General de la OEA en abril de este año. La OEA votó para mantener abierta la discusión acerca de las reformas de la Corte y de la Comisión Interamericana —les recuerdo que fue abril del año pasado— por lo que las circunstancias son apropiadas. 

 

La caída en la calidad del sistema interamericano de derechos humanos es algo que nos amenaza.  Algunas normas de su Estatuto deben ser modernizadas, como el artículo 20, que impide a la Asamblea General de la OEA ejercer potestad disciplinaria sobre sus jueces, salvo que los restantes miembros de la misma Corte así lo soliciten. Ello provoca impunidad contra actuaciones indebidas de los jueces.

 

Ratificadas las evidencias y presentado el informe de nuestro Gobierno a la OEA, esta podría realizar formal excitativa a los restantes jueces de la Corte para que realicen la instrucción de estos hechos a lo interno de su entidad, procediendo de conformidad con el artículo 20 de su estatuto. 

 

Al menos, nuestra Cancillería debe realizar la investigación inicial. Hasta que ello suceda, la prudencia manda que nuestro Congreso se abstenga de discutir sobre el tema.  Esta gestión resulta particularmente urgente si tomamos en cuenta también que esta misma Corte, presidida por García-Sayán, ha emitido después la resolución Mémoli-Argentina, donde se desmantela el derecho de la libre expresión, afectando a miles de periodistas en América Latina y propiciando su desamparo en casos de corrupción.

 

Honorable ministro de Relaciones Exteriores, tiene usted un grave deber con nuestra historia.

 

Lo anterior, reitero, es un documento que escribió el doctor Fernando Zamora.

 

No puedo terminar antes, señor presidente, sin recordarles a los costarricenses el caso de aquel juez que en los años 90 fue recusado por haber manifestado a los medios de prensa: A mí que me lo juren, cuando en el caso del Banco Anglo se trató.  Él fue recusado y tuvo que abandonar su gestión de juez porque emitió criterio antes de dictar un fallo.

 

            Así las cosas, me parece que todo debe ser revisado, desde el punto de vista jurídico.

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señor diputado.

 

            Se encuentra en su curul el diputado Avendaño, que tenía uso de la palabra hoy por el control político.

 

Son las quince y treinta y tres, diputado Avendaño, debemos pasar ya a la discusión del tema de acuerdo con la moción aprobada por esta misma Asamblea Legislativa: la discusión del tema del presu… de la reforma del Reglamento de la Asamblea Legislativa; sin embargo, nos ha solicitado un receso de hasta cinco minutos la fracción del Partido Acción Ciudadana; por lo tanto, vamos a otorgar ese receso de hasta cinco minutos.

 

La presidenta ad hoc Annie Alicia Saborío Mora:

 

            Ha vencido el receso. No hay quórum, corre el tiempo reglamentario.

 

            Vamos a ampliar el receso hasta por cinco minutos.

 

Hay una moción que está circulando, que está logrando un acuerdo entre las distintas fracciones políticas; entonces vamos a… de uno de los temas que se habló precisamente en la reunión de jefes de fracción hoy en horas de la mañana.

 

            Entonces, vamos a decretar un receso de hasta cinco minutos para ver si logramos que esa moción sea, finalmente, firmada por todos los jefas y jefes de fracción.

 

Se extiende el receso por hasta cinco minutos adicionales.

 

            Se reanuda la sesión.

 

            Diputadas y diputados, hay una moción de orden de varios diputados que es producto de un acuerdo de los jefes y jefas de fracción de la sesión realizada en horas de la mañana.

 

            Vamos a solicitarle al señor secretario darle lectura de la moción.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

            Moción de orden de varios diputados y diputadas hacen la siguiente moción.

 

Moción de orden

 

De varios señores y señoras diputadas:

 

PARA QUE SE MODIFIQUE EL HORARIO SEÑALADO PARA CONOCER EL EXPEDIENTE 18.127 REFORMA PARCIAL DEL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE FORMA TAL QUE DICHA DISCUSIÓN SE REALICE EN LAS SESIONES DEL PLENARIO DE LOS DÍAS LUNES, MARTES Y JUEVES, DE LAS 15:30 HORAS A LAS 16:30 HORAS; PARA ELLO SE TIENE POR AMPLIADA LA PRIMERA PARTE DE LA SESIÓN. A PARTIR DE LAS 16:30 HORAS SE SUSPENDERÁ EL CONOCIMIENTO DE ESTE EXPEDIENTE Y SE PASARÁ DE INMEDIATO A LA SEGUNDA PARTE DE LA SESIÓN.

 

            Y sus respectivas firmas de jefes y jefas de fracciones.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Por el orden el diputado Oviedo Guzmán.

 

Diputado Néstor Manrique Oviedo Guzmán:

 

            Muchas gracias, señor presidente.

           

Yo creo que este tema es muy importante y todos los candidatos a la Presidencia estuvieron de acuerdo en que se votara la propuesta. 

 

Yo le quería sugerir, presidente, a las personas que van a firmar esta moción, ¿por qué no ponerle un plazo al uso de la palabra de cada diputado?, diez minutos, para que cada uno exprese, porque de lo contrario si lo dejamos abierto cada diputado o cada fracción que no quiera realmente aprobar este proyecto, o que se vote, va a hablar todo el tiempo, van a ceder los espacio; mientras que, si en la moción se incluye una modificación donde de antemano le pongamos, no sé, se ponen de acuerdo ellos, cinco, diez minutos a cada diputado, y que se pueda ceder la palabra para dejar una posición de fracción, realmente podríamos, creo yo, enviar un mensaje claro de que queremos que esto se vote.

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            La diputada Muñoz Quesada ha solicitado el uso de la palabra.  Tiene la palabra la diputada Muñoz Quesada.

 

Diputada Carmen María Muñoz Quesada:

 

            Gracias, presidente.

 

            Para referirme a la moción en discusión.

 

Este tema fue visto la mañana de hoy en la reunión de jefes y jefas de fracción. Fue claro para la fracción del Partido Acción Ciudadana que este tema del Reglamento ha perdido interés para algunas fracciones representadas en este plenario.

 

Nosotros insistimos en que esta posición era contradictoria, que nos sorprendía porque incluso fuimos objeto en el mes de diciembre de señalamientos equivocados y perversos cuando se planteó ante los medios de comunicación que la fracción del Partido Acción Ciudadana no quería esta discusión.

 

            Incluso, diputado presidente, tuvimos un largo y fructífero diálogo con su fracción y llegamos incluso a consensuar en la fracción del Partido Acción Ciudadana un proyecto, una propuesta que incluso la pusimos en la corriente, que compartimos con todas las fracciones.  Bueno, y ahora por supuesto que después de los acontecimientos del 2 de febrero, pareciera que el tema perdió interés.

 

            Es cierto que la reforma al reglamento no es una reforma al reglamento, y eso tiene que quedar muy claro, incluso, para los medios de comunicación, porque los planteamientos son distintos, vienen de distintas fracciones y los cuestionamientos también vienen de distintas fracciones. 

 

Ese supuesto acuerdo de que tanto se habló en los jefes de fracción alrededor de una propuesta del Partido Liberación Nacional no era tal; sin embargo, ese es un hecho que tanto la fracción de Liberación Nacional como la fracción del Partido Acción Ciudadana consensuamos casi en un noventa y cinco por ciento una propuesta sobre la cual no ha habido ningún tipo de posición por parte de las distintas fracciones.

 

            Dijimos esta mañana por parte de mi fracción, o en nombre de mi fracción, que yo no podía tomar acuerdo con esta moción; sin embargo, la fracción del Partido Acción Ciudadana acaba de reunirse y acordar que, en aras de que no se detenga esta discusión, podamos seguir… acuerpamos esta decisión de reducir en media hora el tiempo, pero que nos permitirá de alguna manera seguir discutiendo.

 

            Sí nos preocupa, presidente, que también planteamos que se constituyera una comisión que pudiera abordar el tema del reglamento para lograr consensos, porque definitivamente si este tema se sigue discutiendo sin consensos vamos no solo a entrabar la agenda, sino a perder el tiempo. Y hay voluntad por parte de la fracción de que este y otros temas avancen.

 

Ese ha sido el espíritu al regreso, que podamos lograr consensos como lo logramos esta mañana en el tema de banca de desarrollo y en el tema de capitales semovientes, así que la proyección de fracción es apoyar la moción. Entiendo que también el Partido Liberación Nacional estaría de acuerdo en aras de que la discusión continúe.

 

            En cuanto a lo que ha dicho el diputado Oviedo, es una posición respetable, pero evidentemente el tema vuelve ahora aquí a la Asamblea Legislativa y somos nosotros, las jefas y jefes de fracción, quienes tenemos la responsabilidad de decidir. Creo que el tema de los tiempos lo podíamos ver posteriormente, pero en principio que acordáramos entonces la moción que está planteada.

 

            Muchas gracias.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Que sea estrictamente por el orden, porque tenemos por la moción solicitada el uso de la palabra de parte de dos diputados, pero por el orden el diputado Góngora Fuentes.

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:

 

            Gracias, presidente.

 

            Yo quiero nada más dejar constando en actas que coincido con la preocupación y la urgencia del Reglamento, pero por los tiempos que se están definiendo y porque también vamos a conocer en los próximos días un nombramiento de Aresep y de Sutel, me preocupa que no se estén previendo esos espacios de una discusión, porque supondría que de tres a tres y treinta es el control político y después habría que dejar consignado el espacio.

 

            Yo al menos siempre he sido reiterativo que no me gusta que se den nombramientos automáticos sin ningún tipo de discusión y aquí todo es importante y todo es urgente.

 

            Muchas gracias, presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Sí, señor diputado. 

 

Antes de darle la palabra al diputado Villalta Flórez–Estrada y a la diputada Villalobos Argüello que…

 

No va a hacer uso el diputado Villalta Flórez–Estrada, pero sí responderle al diputado Góngora Fuentes.

 

            Diputado Góngora, efectivamente este tema en jefes de fracción se abordó el tema no solamente desde los miembros de Aresep, sino también de la defensora, defensor de los habitantes, y quiero reiterar lo que en ese momento dije en esa sesión: la Presidencia va a ser garante de que esas discusiones se den antes de que venzan los tiempos perentorios, sobre todo, en el caso de los nombramientos de Aresep.

 

            Lo manifesté y quiero reiterarlo acá, que la pretensión no es que esos nombramientos se den automáticamente, sino que la Asamblea Legislativa pase a discutir y vote precisamente esos nombramientos, así que puede estar tranquilo, diputado Góngora Fuentes.

 

            La diputada Villalobos Argüello tiene la palabra.

 

Diputada Sianny Villalobos Argüello:

 

            Muchísimas gracias, señor presidente; compañeros, compañeras, muy buenas tardes y a todas las personas que nos escuchan.

 

            En primera instancia, quiero hacer una aclaración, señor presidente: para la fracción del Partido Liberación Nacional tuvo una propuesta muy clara el día de hoy en jefes y jefas de fracción.

 

            Es indiscutible que este país requiere de dos cosas fundamentales, que es voluntad política y congruencia de lo que se dice.  Esta diputada es una, y doña Jeannette sabe que he estado con ella en la comisión cuando dictaminamos en la primera y…, un proyecto de reglamento para que tuviese ese espacio no era el definitivo, pero el espacio de discusión que arrancáramos cuando antes.

 

            Y hemos manifestado y buscamos también a la fracción del PAC en su momento para que pudiésemos ajustar y llegar a los acuerdos necesarios con respecto al Reglamento que hay muchas propuestas de muchos diputados en esta Asamblea Legislativa.

 

            El día de hoy llegamos a jefes y jefas de fracción y mencioné que íbamos a mantener la voluntad política y la congruencia política. También manifesté que no íbamos a obstruir como no es la costumbre en esta fracción legislativa de obstruir proyectos.

 

            Pero que también les comenté que debíamos de cumplir con la agenda legislativa y que, por lo tanto, la propuesta del Partido Liberación Nacional fue seguir con las dos horas de reglamento y aumentar el tiempo en el plenario hasta las siete de la noche para avanzar con agenda.

 

            Sin embargo, aquí no es lo que a uno le dé la gana, es lo que pueda consensuar. Y llegaron al acuerdo con una propuesta más clara y dije: Si todas las fracciones están de acuerdo con esa propuesta, Liberación Nacional no va a obstruir, va a construir. Y la propuesta fue esa de una hora y posteriormente seguir con agenda; por lo tanto, si es fundamental que quede claro cuál fue la propuesta de Liberación Nacional y cuál es el respeto ante la mayoría.

 

            Muchísimas gracias, señor presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            No hay más solicitudes para hacer uso de la palabra por parte de los jefes y jefas de fracción, que son los firmantes de esta moción; por lo tanto, la damos por discutida.

 

            Vamos a someterla a votación, pero antes vamos a solicitarles a los diputados y diputadas que se encuentran fuera del salón de sesiones y quienes están en las salas adjuntas incorporarse para proceder con la votación.

 

            Diputados que se encuentran en la sala adjunta les solicitamos, por favor, incorporarse al salón plenario.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            A los diputados ocupar sus curules.

 

            Tenemos cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.

 

            Diputado Víquez, diputado Villanueva Monge, Calderón, ocupar sus curules.

 

            Diputado Víquez Chaverri.

 

            Vamos a someter a votación la moción.  Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción para que la discusión de reforma parcial al Reglamento de la Asamblea Legislativa se realice desde las quince y treinta horas hasta las dieciséis y treinta horas, se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y cuatro diputados presentes; cuarenta y cuatro diputados han votado a favor. Por lo tanto, la moción ha sido aprobada.

 

            Por el orden, la diputada Villalobos Argüello.

 

Diputada Sianny Villalobos Argüello:

 

                Muchas gracias, señor presidente.

 

            Un aspecto importante después de haber aprobado esta moción, también es que nuestra fracción está pidiendo la creación de la comisión para que ese tiempo que no se va a sesionar acá podamos llegar a los acuerdos respectivos con las demás fracciones en reglamento.

 

            Muchas gracias

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

Reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa

 

Expediente Nº 18127, Reforma Parcial del Reglamento de la Asamblea Legislativa

 

            Entonces, entramos de inmediato con el conocimiento de la reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa, este proyecto fue, es un proyecto que está bajo el expediente 18.127, Reforma Parcial del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

 

            Continúa la discusión del proyecto de acuerdo con el conocimiento de mociones fondo.

 

            Estábamos en el conocimiento de la moción número uno. Está en el uso de la palabra el diputado Villalta Flórez–Estrada. 

 

No va a hacer uso de la palabra, le restaban cinco minutos veinte segundos.

 

            Continúa el diputado Rodríguez Quesada.  No se encuentra en la curul.

 

            No hay más solicitudes para hacer uso de la palabra por la moción.

 

            El diputado Góngora Fuentes ha solicitado la palabra por la moción.  Diputado Góngora.

 

            Tiene la palabra el diputado Góngora Fuentes.

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:

 

            Muchas gracias, presidente.

 

            Decía hace un rato por el orden que si bien todos los diputados y diputadas de esta Asamblea Legislativa estamos…

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Disculpe, señor diputado.

 

            El tiempo suyo ya había sido agotado, ya a usted no le corresponde. Me va a disculpar, ya había agotado su tiempo, excepto que alguno otro diputado…

 

            Sí, el diputado Granados Calvo ya agotó su tiempo también, pero se ha anotado, hay una nueva lista de diputados.

 

La diputada Alfaro Murillo.  Tiene la palabra la diputada Alfaro Murillo.

 

Diputada Marielos Alfaro Murillo:

 

Buenas tardes, señor presidente; buenas tardes, compañeros y compañeras.

 

Para cederle mi tiempo al diputado Carlos Góngora Fuentes.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

Le ha cedido el tiempo la diputada Alfaro Murillo al diputado Góngora Fuentes hasta por quince minutos, señor diputado.

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:

 

Muchas gracias.  Gracias, presidente; gracias, diputada doña Marielos Alfaro, por su gentileza.

 

Decía, por el orden, hace un momento, diputado presidente, señorías, que si bien es cierto, todas y todos los diputados tenemos clara la urgencia de dotar de un nuevo instrumento de discusión de orden y de disciplina a este Plenario legislativo y a esta Asamblea Legislativa, ciertamente ha habido muchísimas y muy importantes iniciativas pero —creo que hablo en nombre de varios— esas no han sido totalmente socializadas a todas y a todos los diputados; o cuando nos han planteado algunas, si quiero hacer una excepción en el caso de una que muy gentilmente me hicieron llegar al despacho por parte del Partido Acción Ciudadana, efectivamente el receso parlamentario generó un impasse que necesariamente tendrá que ser compensado con una nueva reflexión y estudio para que las y los diputados podamos abordar el tema de la reforma del Reglamento parlamentario con toda la seriedad y formalidad que requiere.

 

Porque me voy a permitir hacer una reflexión general e importante con respecto al Reglamento.  Aquí yo he escuchado muchas veces, cuando se ha discutido este tema en períodos recientes, algunos diputados y diputadas decir como principal falla de la Asamblea Legislativa, que el Reglamento no funciona.

 

Pero también en alguna intervención anterior puse ejemplos de cómo con el Reglamento legislativo actual, sin ningún tipo de reforma aquí, desafortunadamente, han transitado catorce años para tener la ley de hidrantes y tener más dieciséis discutiendo la Ley de Autonomía de los Pueblo Indígenas, pero en cuestión de tres o de cuatro días se ha aprobado la interpretación auténtica a los incentivos de los médicos, o también se han hecho reformas a la legislación en materia del marchamo para beneficiar, como fue el caso del 2012, a los motociclistas.

 

Eso siempre quiero seguirlo insistiendo, porque más que un reglamento, lo que se requiere es liderazgo, capacidad de consenso, capacidad de lograr acuerdos y nunca podría ser una reforma al Reglamento una mordaza que venga a limitar los derechos de enmienda y la capacidad de un derecho parlamentario que debe siempre tener como base sólida las diferentes formas del pensamiento democrático y republicano; eso atentaría contra la misma estructura del derecho de la Constitución de nuestro país.

 

Ha sido prolífera la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en reconocer cómo nuestro derecho constitucional no solo se limita a los ciento noventa y siete artículos de la nuestra Carta Fundamental, sino que se ha venido informando, nutriendo, llenando de una serie de principios y de valores, como también el Reglamento de esta Asamblea Legislativa es parte constitutiva, fundamental de ese derecho de la Constitución.

 

De cara a una nueva Asamblea Legislativa, donde se anuncian nueve diferentes fracciones políticas y podría decir uno, prima facie, que ya también habrá diputados que desde un inicio serán independientes, y estamos hablando entonces de una pluralidad de once, al menos, diferentes bancadas políticas, sin tomar en consideración que algunas desde antes de quedar electas ya han demostrado algunos tipos de diferencias ideológicas y programáticas, el instrumento que le heredemos responsablemente a la próxima Asamblea Legislativa a partir del 1º de mayo próximo, tiene que ser un instrumento que a mi modo de ver cumpla con algunos de los siguientes requisitos: uno, agilidad, eficacia y eficiencia; que limite en forma razonable y prudente los excesos en los que hemos cometido, y aquí me incluyo, todos y cada uno de los diputados a lo largo de muchos períodos legislativos.

 

Aquí no estoy hablando de un partido en especial. Si hacemos un examen de conciencia de cara a la patria, todos y cada uno, movidos por nuestra moral, movidos por nuestros ideales, movidos por nuestros valores o movidos por nuestras ideologías, hemos usado y desafortunadamente algunos han abusado de las prerrogativas del Reglamento, entorpeciendo por mezquindad, por revanchismo, proyectos de ley simplemente porque no son de mi agrado o porque no son de mi bancada.

 

Si queremos un instrumento ágil y eficiente, ese instrumento ágil y eficiente debe ponderar el legítimo derecho de enmienda, la capacidad de que las y los diputados, principalmente que llegamos a esta Asamblea Legislativa a representar intereses minoritarios, seamos, en el presente y en el futuro, escuchados, porque eso significa pluralismo político.

 

            Porque pretender acallar a las diputadas y a los diputados que tienen una forma de pensamiento diferente, con plazos o con tiempos, que muchas veces se constituyen en una espada de Damocles, eso sería atentar, como he dicho, repetidamente, contra el principio republicano el principio democrático.

 

            Decía Aristóteles que hay tres formas ideales de un buen gobierno: el gobierno de las monarquías, el gobierno de las aristocracias y el gobierno de las democracias, pero que esas tres formas de gobierno caían en una serie de problemas y decantaban, finalmente, en la dictadura de los monarcas, en las oligarquías de los aristócratas, o la democracia sin límite, la democracia sin cintura en pura demagogia; eso lo debemos evitar.

 

            Debemos evitar una Asamblea Legislativa que sea demagógica, pero no podemos pretender que las diferentes visiones liberales y conservadoras, cristianas y no confesionales, a favor de equis o de ye minorías, sean acalladas cuando los diputados no puedan utilizar este estrado en representación de su pueblo para defender sus ideales, para defender algo que es todavía más alto. Se supone que ha llegado a ocupar una curul, como representante de un grupo de ciudadanas y de ciudadanos que depositan en él y en ella su confianza y que van a representarles y a defenderles.

 

            Quiero hacer esta reflexión, señor presidente, señoras y señores diputados, señorías, y pueblo de Costa Rica, porque en ningún momento pretendo que esto se alargue, sino que entendamos la responsabilidad histórica del mandato que se está depositando en estos últimos meses en este plenario legislativo.

 

            Tendríamos que ponernos a reflexionar si desde la fecha del 53, si no me equivoco, que se promulgó el actual Reglamento, cuántas reformas ha sufrido el mismo y se pueden contar con los dedos de las manos las reformas sustanciales.

 

            Como también se pueden contar con los dedos de las manos las reformas sustanciales a la Constitución Política, porque cuando una democracia es madura, el reflejo de eso es que sus reglas responden al principio de certeza y de seguridad, que no son los vientos de las modas pasajeras o las presiones de algunos sectores las que mueven la ruta del barco de la democracia y de la patria.

 

            Y aunque todos entendemos que desde hace aproximadamente unos doce años atrás, sino un poco más, la dinámica del Parlamento en Costa Rica evidentemente ha variado, que se sepultó hace mucho tiempo el bipartidismo y ya no debajo de una mesa, detrás de una oficina, solo algunas se ponían de acuerdo y hoy el hacer acuerdos implica muchos más actores políticos. Lo cierto también es que esos actores están llamados a transparentar sus acuerdos.

 

            Yo hago un llamado muy vehemente a las diputadas y a los diputados jefes de fracción, para que ese proyecto, que se está discutiendo, ese texto sustitutivo sea más discutido.

 

            Aquí hay que sopesar que no es un carretillo de mociones, ni con muchos usos de la palabra que la democracia se enriquece, pero tampoco lo contrario, tampoco limitando la posibilidad de mocionar y tampoco poniendo un bozal en la boca de los legítimos representantes del pueblo. Un balance adecuado que procure, como he dicho, principalmente el llegar a acuerdos.

 

            Aquí hay temas álgidos, hay temas complejos, hay temas difíciles que hemos venido discutiendo en esta Asamblea Legislativa en los últimos años, y lo que ha faltado, sin lugar a dudas, es ponerse de acuerdo.

 

            Escuchaba con atención, hace un rato atrás, a mi compañera diputada doña Gloria Bejarano hablar de la necesidad de impulsar el proyecto de Ley de Investigaciones Médicas; por supuesto, porque hay o habemos muchos costarricenses que estamos afrontando la necesidad de que haya mejor investigación médica para poder solventar los o nuestros problemas de salud.

 

            Y esta Asamblea Legislativa, en algunas ocasiones, se ha vuelto autista.  No escucha el clamor de las necesidades del pueblo.

 

            Y no estoy abogando ni por una ni por otra tesis en ese proyecto de ley, simplemente que lo entremos a discutir, que lo discutamos con seriedad, pero que tengamos clara la urgencia que el país requiere en ese tema.

 

            Escuchaba también hace un momento, con atención, al diputado don Manrique Oviedo, que traía una muy importante reflexión del doctor Fernando Zamora Castellanos, que nos debe también llamar a la reflexión, con respecto al régimen de aplicación de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

            Pero lo cierto es que podamos tener una posición conservadora o liberal sobre el tema debemos discutirlo, debemos discutir porque hay muchas parejas que, hoy por hoy, ven limitados sus derechos a ser padres y madres de familia por una imposibilidad de la naturaleza y de los legisladores y las legisladoras, por ausencia de una legislación rápida, ágil y eficiente.

 

            Y en la mañana escuchaba en el programa de doña Amelia Rueda, a doña Ofelia Taitelbaum, exdefensora de los habitantes, de cómo manifestaba su preocupación de que en el próximo mes de abril nos vamos a quedar sin defensor y sin defensor adjunto de los habitantes. Eso es indistintamente de que estemos a favor o en contra de ella, el tema es que aquí tenemos que decidir.

 

            Podría sí pasar mucho. Discrepo de algunos compañeros, porque creo que la institucionalidad costarricense es la que se ve afectada cuando no tenemos, indistintamente de que vayamos a elegir a un defensor o a una defensora más conservadora o más liberal, eso me tiene a mí sin cuidado, el tema del que elevo la voz es el resguardo del sistema democrático y republicano en Costa Rica.

 

            Por eso, diputados y diputadas, tenemos una labor muy importante en frente y espero que la podamos socializar y lograr acuerdos.

 

            Gracias, presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señor diputado.

 

            Continúa en el uso de la palabra la diputada Pérez Hegg, por hasta ocho minutos, señora diputada, aunque le corresponden quince, pero debemos pasar a las dieciséis treinta a la segunda parte de la sesión.

 

            Tiene la palabra la diputada Pérez Hegg.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Gracias, diputado presidente.

 

            Vamos a dar los minutos al diputado Góngora para que termine el planteamiento.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

En el tiempo de la diputada Pérez Hegg, tiene la palabra el diputado Góngora Fuentes, por hasta siete minutos treinta segundos.

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes

 

            Gracias, presidente.

 

            Muchas gracias, diputada doña Patricia Pérez.

 

            Yo no estoy elevando la voz —y eso es lo que quiero dejar plasmado en esta reflexión— ni a favor de equis o ye proyectos, ni a favor de equis o de ye candidatos a determinadas instituciones.

 

            Lo que quiero es motivar a la reflexión de las señorías y a través de ustedes, del pueblo de Costa Rica, es la urgencia de poder garantizarle al próximo Gobierno, indistintamente de que quién ocupe la primera magistratura y quiénes nos sustituyan en estas curules, que la posibilidad efectiva de lograr una Asamblea Legislativa eficiente y eficaz se dé.

 

            Pero vuelvo a insistir, no podemos, a mi modo de ver, seguir enviando mensajes equivocados. Señoras y señores diputados, puede ser que nosotros aprobemos el mejor reglamento en la historia de la Asamblea Legislativa de Costa Rica que el instrumento por sí solo no será ni bueno ni malo, sino como lo utilicen los diferentes actores políticos.

 

            Es como querer heredar un vehículo, pero el vehículo se moverá al ritmo de quien lo conduzca, el vehículo avanzará o se detendrá al ritmo del chofer y de los acompañantes; eso es el principal objetivo que no podemos perder de vista.

 

            No es heredar un vehículo pretendiendo hacer de él un jet, porque las condiciones de vuelo o de tránsito bien sabidas en nuestras carreteras no lo permitirán, pero tampoco es retroceder al tiempo de las carretas porque sería desconocer la nueva dinámica política y jurídica que tiene Costa Rica en el presente año 2014.

 

            Señoras y señores diputados, todos queremos irnos de esta Asamblea Legislativa otorgándoles a nuestros futuros colegas un reglamento y un marco que permita, efectivamente, que la Asamblea Legislativa sea medida y su trabajo sea medido, pero una equivocación también es pretender que la Asamblea Legislativa se mide con respecto a la cantidad de leyes que aprueba y creo que este país en lugar de necesitar más leyes en la de menos sería necesario tener menos leyes.

 

            Pero leyes que se cumplan, leyes que se supervisen, leyes que se ejecuten y seguir con esas ideas de una eficiencia mal concebida llevada a la medición de cuántos proyectos se dictaminan, o no y cuántas leyes se aprueban o no, sin medir la trascendencia, el impacto, las consecuencias que tienen esas leyes, es simplemente responder a una estadística —a mi modo de ver— vacía, sin sentido, injustificada, que no demuestra que una Asamblea Legislativa sea más eficiente que otra.

 

            Lograr leyes sustanciales que hagan un cambio, que generen en el ciudadano y la ciudadana mejores condiciones de vida, mayor justicia social, el respeto a las libertades públicas, que consoliden una economía ágil y dinámica, que permitan mayor salud y educación esos deberían ser los estándares para que podamos hacer una efectiva evaluación de la labor parlamentaria.

 

            Y eso transitará por las diferentes opciones políticas que las y los ciudadanos tienen a la hora de ir a las urnas, elegir a sus representantes, elegir a sus representantes creyendo que aquellos a los que designan y mandan a estas curules van a representar su modus vivendi y a defenderlo.

 

Por supuesto que también queremos una reforma al reglamento que evite tanto abuso, tanta gollería, que evite tanto despilfarro y que mande una señal clara a los y a las costarricenses de que aquí el tiempo que se utiliza no es un tiempo en vano, que la discusión es una discusión productiva, que el intercambio de opiniones no es —y con el perdón de las personas que tienen una deficiencia auditiva— como dice el adagio popular, una serenata a una sorda, sino que realmente cuando se están comentando y abordando temas esos promuevan una reflexión, un diálogo y un intercambio, que es finalmente lo que no sucede en esta Asamblea Legislativa; mientras un diputado o una diputada están disertando, para pena de todas y de todos, de la gran mayoría, sino de la totalidad de los miembros de este Parlamento, los demás están o estaremos en otros temas.

 

Y el debate se construye cuando hay un intercambio de opiniones. El debate, la polémica, la dialéctica y el diálogo se construyen cuando hay diferentes prismas y cuando hay diferentes colores en la discusión; eso la enriquece y permite, efectivamente, el engrandecimiento de un parlamento.

 

Muchas gracias, diputado presidente, muchas gracias, diputadas y diputados por el tiempo que me otorgaron.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señor diputado.

 

            Al ser las dieciséis y treinta horas, y de acuerdo con la moción recién aprobada por este Plenario, vamos a pasar entonces, así de esta manera, a la segunda parte de la sesión.  Lógicamente que para el día lunes continuarán los diputados en el uso de la palabra, los diputados y diputadas que se anotaron en la lista.

 

 

SEGUNDA PARTE

 

Discusión de proyectos de ley

 

Segundos debates

 

 

            Reitero, pasamos a la segunda parte de la sesión, discusión de proyectos de ley, segundos debates.

 

Expediente N.º 17.777, Ley Reguladora de Investigación Biomédica, (originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos

 

En el primer lugar del orden del día se encuentra el expediente 17.777, Ley Reguladora de Investigación Biomédica. 

 

Este proyecto se encuentra en consulta facultativa en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

 

Ya habíamos anunciado a los diputados y diputadas que la Corte nos había enviado, o le envió a la Presidencia una extensión de unas aclaraciones que requería, y efectivamente, la Presidencia ya le informó a la Corte que fundamentalmente tenían que ver con la forma y la metodología cómo se hicieron las consultas.

 

Así que está en esas circunstancias, pues estaremos esperando la respuesta de la Corte Suprema de Justicia.

 

Primeros debates

 

Expediente Nº. 18.246, Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos

 

En el primer lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.246, Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos.

 

Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el cuarto informe de mociones de fondo, vía artículo 137.

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS SOCIALES

 

Cuarto informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

            Las mociones fueron desechadas.

 

Quiero preguntarles, consultarles a los diputados y diputadas si alguno quisiera presentar mociones de reiteración.

 

La diputada Chaves Casanova.

 

Diputada Rita Gabriela Chaves Casanova:

 

            Señor diputado presidente, solamente para dejar constando que sí estaremos presentando mociones de reiteración para el expediente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Gracias, señora diputada.

 

            El diputado Villalta Flórez-Estrada nos indica que también estará presentando mociones de reiteración; por lo tanto, se suspende el trámite por el día de hoy en vista de que se van a presentar mociones de reiteración.

 

Expediente N.º 17.853, Ley de Premios Nacionales de Cultura, (originalmente denominado): Ley de Premios Nacionales de Arte y Cultura

 

En el segundo lugar del orden del día se encuentra el expediente 17.853, Ley de Premios Nacionales de Cultura.

 

Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate.  En esta sesión se contabiliza la tercera sesión para la presentación de mociones de reiteración.

 

 

Expediente N.º 18.094, Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y la República del Ecuador

 

            En el tercer lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.094, Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y la República del Ecuador.

 

            Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate.

 

            Vamos a ofrecer la palabra a los diputados dictaminadores, hasta por quince minutos.

 

            Este convenio fue dictaminado en la Comisión de Asuntos Internacionales.

 

¿Ningún diputado de la comisión o dictaminador va a hacer uso de la palabra?  Ninguno.

 

Entramos en discusión, por el fondo de este expediente. 

 

Ofrezco el uso de la palabra. 

 

No hay solicitudes para hacer uso de la palabra en este expediente; por lo tanto, consulto a los diputados y diputadas si damos por discutido este expediente.  Discutido.

 

Vamos a someterlo a votación.

 

Vamos a pedirles a los diputados y diputadas que se encuentren en las salas adjuntas y quienes se encuentran fuera del salón de sesiones, incorporarse para proceder con la votación.

 

Vamos a insistir con los señores y diputados y diputadas que se encuentran en la sala adjunta incorporarse para proceder de inmediato con la votación.

 

Hay cuarenta diputadas y diputados en el salón de sesiones.  Ruego a los señores ujieres cerrar puertas, a los diputados y diputadas ocupar sus curules, a los señores asesores mantenerse en un lugar distante de las curules.

 

Cuarenta diputadas y diputados presentes.  Los diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.094, Aprobación del Convenio de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y la República del Ecuador, se servirán ponerse de pie, esto en el trámite de primer debate.  Cuarenta diputadas y diputados presentes; cuarenta han votado a favor. El expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate.

 

Este proyecto de ley pasa en consulta obligatoria a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

 

Expediente N.º 18.773, Aprobación del Contrato de Préstamo N.º 2852/Oc-Cr, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad

 

            En el cuarto lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.773, Aprobación del Contrato de Préstamo número 2852 OC-CR, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de la Innovación y Capital Humano para la Competitividad.

 

            En espera del segundo informe de mociones de fondo vía artículo 137.

 

 

 

            Expediente Nº 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.

 

            En el quinto lugar del orden del día se encuentra el expediente número 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173-2001.

 

            Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate.

 

            Se han presentado varias mociones de fondo, las cuales vamos a darle trámite en este momento.

 

            Vamos a solicitarle al señor secretario darle lectura a la primera moción.

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras:

 

            Del expediente 18.902, Reforma a la Ley General del Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.

 

            De varios diputados, presentan la siguiente moción:

 

Moción de fondo N.º  1

 

De varios y varias diputadas:

 

Para que se modifique y en adelante se lea de la siguiente manera el artículo 10 de la Ley 8173/2001

 

"Artículo 10. Para someterse a la aprobación presupuestaria de la Contraloría General, las Municipalidades deberán ajustar la estructura programática de sus presupuestos para que se incluyan las asignaciones correspondientes a los recursos con los que contarán los Concejos Municipales de Distrito."

 

         Y sus respectivas firmas.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

         En discusión la moción.

 

         No hay ningún diputado ni diputada que haya solicitado el uso de la palabra.  Por lo tanto, la damos por discutida.  Vamos a someterla a votación.

 

            Ruego a los diputados que se encuentran en la sala adjunta y quienes están fuera del salón de sesiones incorporarse para proceder de inmediato con la votación.

 

            Cuarenta diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.  Ruego a los diputados que se encuentran… todavía no están ocupando sus curules, lo hagan para proceder con la votación. 

 

Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta diputadas y diputados presentes; cuarenta han votado a favor.  Por lo tanto, la moción ha sido aprobada y entonces de esa manera se incorporará en el texto.

 

            Tenemos otra moción, la segunda moción que le solicito al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

            El expediente 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.

 

            De varios diputados, hacen la siguiente moción.

 

Moción de fondo N.º 2

 

De varios y varias diputadas:

 

Para que se modifique el artículo 2 del proyecto de Ley en discusión, específicamente en cuanto reforma el numeral 9 de la Ley 8173/2001 y respecto del cual se elimine la competencia que se está asignando a la Contraloría General de la República en punto a la resolución administrativa de discrepancias en cuanto a los convenios entre la Municipalidad y el Concejo Municipal de Distrito respectivo, de tal forma que el artículo se lea de la siguiente manera:

 

"Artículo 9. Las tasas y los precios de los servicios distritales, serán percibidos directamente por los Concejos Municipales de Distrito, así como las contribuciones especiales originadas en actividades u obras del mismo Concejo.

 

El concejo también percibirá directamente los productos por multas, patentes o cualquier otro impuesto originado en el distrito. Por convenio entre partes podrá disponerse una participación de la municipalidad.

 

En las participaciones por ley de las municipalidades en el producto de impuestos nacionales se entenderá que los concejos participan directa y proporcionalmente, según los parámetros de reparto de la misma ley o su reglamento.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            No hay solicitudes para hacer uso de la palabra; por lo tanto, la damos por discutida. 

 

Vamos a someterla a votación y vamos a reiterar los diputados que se encuentran en la sala adjunta incorporarse y los que están fuera del salón de sesiones de la misma manera para someter la moción a votación.

 

Hay cuarenta y tres diputadas y diputados presentes.  Ruego a los señores ujieres cerrar puertas.  Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción recién leída se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y tres diputados y diputadas presentes; cuarenta y tres han votado a favor.  Por lo tanto, la moción ha sido aprobada y se incorpora en el texto.

 

No hay más mociones.  Por lo tanto, vamos a iniciar la discusión por el fondo.  Ofrezco el uso de la palabra a los diputados y diputadas sobre este expediente.

 

No hay solicitudes para hacer uso de la palabra por el fondo.

 

Quiero consultarles a las diputadas y diputados si damos por discutido este expediente en el trámite de primer debate.  Discutido. 

 

Vamos a someterlo a votación, pero antes vamos a solicitarles nuevamente a los diputados que se encuentran en la sala adjunta que se incorporen para proceder con la votación.

 

Tenemos cuarenta y tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.  Ruego a los señores ujieres cerrar puertas.  Los diputados y diputados que estén a favor del expediente 18.902, Reforma a la Ley de Concejos Municipales…a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001, se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y tres diputadas y diputados presentes; cuarenta y tres han votado a favor.  Por lo tanto, el expediente ha sido aprobado en el trámite del primer debate.

 

            Se señala para su discusión en segundo debate, el inicio de su discusión en segundo debate, el día martes 11 de febrero.

 

Expediente N.º 18.725, Reforma de Varios Artículos de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el Fin de Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con Discapacidad sin Núcleo Familiar, (originalmente denominado): Refórmense Varios Artículos de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el fin de Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con Discapacidad sin Núcleo Familiar

 

            En el sexto lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.725, Reforma de Varios Artículos de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el fin de Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con Discapacidad sin Núcleo Familiar.

 

            Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el primer informe de mociones de fondo vía artículo 137.

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ECONÓMICOS

 

Primer informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

            Las mociones fueron desechadas.

 

            Debido a que no hay más mociones de fondo vía artículo 137, deseo consultar a los diputados o hago la consulta a los diputados si desean presentar mociones de reiteración. 

 

Ningún diputado o diputada ha manifestado su interés en presentar mociones de reiteración; por lo tanto, vamos entonces a someter a discusión por el fondo este expediente.

 

            Ofrezco el uso de la palabra.  El diputado Góngora Fuentes tiene la palabra.

 

Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:

 

            Muy brevemente, presidente, es que hace un momento en mi intervención anterior hice alusión a un grupo de muy respetables personas que tienen una capacidad diferente y muy gentilmente la diputada doña Rita Chaves me llamó la atención. 

 

Quiero ofrecer dispensas, porque mi intención nunca es ofender y más bien reiterar que voy a apoyarles esta iniciativa.  Me parece excelente dotar a las personas con capacidades diferentes de una vivienda digna.

 

            Gracias.

 

            Con gusto, señor diputado.

 

            El diputado Mendoza García ha solicitado la palabra. No ha solicitado el diputado Mendoza García.

 

            Consulto a los diputados y diputadas si algún otro quisiera hacer uso de la palabra por el fondo.  Si no hay solicitudes para hacer uso de la palabra quiero preguntarles a las diputadas y diputados si damos por discutido este expediente.  Discutido. 

 

Vamos, entonces, a someterlo a votación. 

 

Vamos a pedirles a los diputados que se encuentran en la sala adjunta, y a quienes estén fuera del Plenario incorporarse para proceder de inmediato con la votación en el trámite de primer debate.

 

Hay cuarenta y tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.  Ruego a los señores ujieres cerrar puertas.  Los diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.725 se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones; cuarenta y tres han votado a favor.  Por lo tanto, el expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate. 

 

Se señala el próximo viernes 11…, perdón, martes, martes 11 de febrero para iniciar el trámite en segundo debate.

 

Expediente 18.886, Ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre los Estados AELC y los Estados Centroamericanos

 

En el sétimo lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.886, Ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre los Estados AELC y los Estados Centroamericanos.

 

Inicia la discusión por el fondo, en el trámite de primer debate, con la explicación del dictamen.

 

Ofrezco el uso de la palabra a los dictaminadores. Este expediente fue dictaminado, discutido y aprobado en la Comisión de Asuntos Internacionales.

 

Ningún diputado ha solicitado el uso de la palabra para explicar el dictamen. 

 

            Se ha presentado una moción de fondo vía artículo 137, la cual pasa a la comisión dictaminadora.

 

Presentación de moción vía artículo 137 del Reglamento Legislativo

 

Moción N.º 1 del diputado Mendoza García:

 

Para que el Rige de este proyecto de ley se lea de la siguiente manera:

 

Rige seis meses después de su publicación.

 

            Antes de continuar con el siguiente expediente vamos a darle lectura a una comunicación que ha llegado del Ministerio de la Presidencia.

 

            Vamos a solicitarle al señor diputado secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Decreto Ejecutivo 38.158-MP

 

06 de febrero de 2014

DMP-640-2013

 

 

Señor

Martín Alcides Monestel Contreras

Primer secretario

 

Señora

Annie Saborío Mora

Segunda secretaria

 

 

Estimados señores Diputados:

 

Me permito hacer del conocimiento de la Asamblea Legislativa, el Decreto Ejecutivo 38.158-MP, de esta fecha, mediante el cual el Poder Ejecutivo amplía la convocatoria a sesiones extraordinarias, a partir de la fecha que él indica.

 

Atentamente,

 

Carlos Ricardo Benavides Jiménez

Ministro de la Presidencia

 

DECRETO EJECUTIVO 38.158-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

 

 

DECRETAN:

 

ARTICULO 1: Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 38.038-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

 

EXPEDIENTE N° 19.019 LEY PARA LA REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN O FORMACIÓN PROFESIONAL-TÉCNICA EN LA MODALIDAD DUAL EN COSTA RICA.

 

EXPEDIENTE N° 19.020  LEY QUE ADICIONA EL NUMERAL 4 BIS A LA LEY 8777 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2009 PUBLICADA EN LA GACETA 219 DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2009 DENOMINADA LEY DE CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS DEL RÉGIMEN DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL Y DEL SERVICIO CIVIL.

 

EXPEDIENTE N° 19.025 APROBACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA DE CUBA.

 

EXPEDIENTE N° 19.026 APROBACIÓN DE LA ENMIENDA DE DOHA AL PROTOCOLO DE KYOTO.

 

EXPEDIENTE N° 18.751 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

 

EXPEDIENTE Nº 15.979 CÓDIGO PROCESAL CIVIL.

 

ARTICULO 2: Rige a partir del 6 de febrero de 2014.

 

Dado en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.

 

 

 

 

LAURA CHINCHILLA MIRANDA

 

 

CARLOS RICARDO BENAVIDES JIMENEZ

MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Se tiene por ampliada la convocatoria.

 

Expediente Nº 18857, Reforma de los Artículos 68 y 69 de la Ley de Contratación Administrativa, Ley Nº 7494 ,de 2 de mayo de 1995, (originalmente denominado): Autorización al Poder Ejecutivo para Donar a las Instituciones Autónomas y Semiautónomas Bienes Inmuebles, cuyo Uso Se Destine al Cumplimiento de Fines Públicos

 

            En el octavo lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.857, Reforma de los artículos 68 y 69 de la Ley de Contratación Administrativa, Ley N.º 7492, de 2 de mayo de 1995, (originalmente denominado): Autorización al Poder Ejecutivo para Donar a las Instituciones Autónomas y Semiautónomas Bienes Inmuebles cuyo Uso Se Destine al Cumplimiento De Fines Públicos.

 

            Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el primer informe de mociones de fondo vía artículo 137.

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ECONÓMICOS

 

Primer informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

La moción fue desechada.

 

Pero se han presentado nuevas mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento Legislativo

 

Moción N.º 1 de varias y varios diputados:

 

Para que se modifique el título de este proyecto de ley de tal manera que en lugar de "AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA DONAR A LAS INSTITUCIONES AUTÓNOMAS BIENES INMUEBLES, CUYO USO SE DESTINE AL CUMPLIMIENTO DE FINES PÚBLICOS"; se llame: "REFORMA A LOS ARTÍCULOS 68 Y 69 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, N° 7494 DEL 2 DE MAYO DE 1995"

 

 

 

 

Moción N.º 2 de varias y varios diputados:

 

Para que se añada un quinto párrafo al final, a la reforma al artículo 69 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 del 2 de mayo de 1995, que se lea de la siguiente manera:

 

"La Contraloría General de la República controlará mediante un informe que el acto administrativo que emita el Poder Ejecutivo, de conformidad con el párrafo anterior; se ajusta en contenido, motivo y fin. Sin este informe no podrá inscribirse el respectivo traspaso del inmueble."

 

Moción N.º 3 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que el artículo 69 del artículo único del proyecto de ley se lea de la siguiente manera:

 

Artículo 69.-  Límites

 

La Administración no podrá enajenar los bienes inmuebles afectos a un fin público.

 

Los bienes podrán desafectarse por el mismo procedimiento utilizado para establecer su destino actual.

 

Se requerirá la autorización expresa de la Asamblea Legislativa, cuando no conste el procedimiento para la afectación.

 

Se autoriza al Poder Ejecutivo para donar entre ministerios, a las instituciones autónomas, y semiautónomas los bienes inmuebles no afectos a un fin público, cuando tenga por objeto coadyuvar al cumplimiento de las funciones de estos y en aras de satisfacer el interés público. Para tal efecto deberá emitirse resolución fundamentada del Poder Ejecutivo, acuerdo de aceptación del órgano jerárquico superior del ente beneficiado, así como, el inventario y clasificación del bien o los bienes objeto de la enajenación. La escritura la realizará la Notaría del Estado.

 

Moción N.º 4 del diputado Gamboa Corrales:

 

Para que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se remita el Proyecto de Ley a la Comisión Dictaminadora para que se modifique el artículo único del Expediente No. 18.857 y se lea de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-   Refórmense los artículos 68 y 69 de la ley de Contratación Administrativa, N.° 7494 de 2 de mayo de 1995, para que se lean así:

 

"Artículo 68.- Procedimiento aplicable

 

Para enajenar los bienes inmuebles, la Administración deberá acudir al procedimiento de licitación pública o al remate, según convenga al interés público, salvo lo indicado en el artículo siguiente sobre la donación.

 

Artículo 69.-  Límites

 

La Administración no podrá enajenar los bienes inmuebles afectos a un fin público.

 

Los bienes podrán desafectarse por el mismo procedimiento utilizado para establecer su destino actual.

 

Se requerirá la autorización expresa de la Asamblea Legislativa, cuando no conste el procedimiento para la afectación.

 

Se autoriza al Poder Ejecutivo para donar a las instituciones autónomas, y semiautónomas los bienes inmuebles no afectos a un fin público, cuando tenga por objeto coadyuvar al cumplimiento de las funciones de estos y en aras de satisfacer el interés público. Para tal efecto deberá emitirse resolución razonada del Poder Ejecutivo y el acuerdo de aprobación del órgano jerárquico superior del ente beneficiado. La escritura la realizará la Notaría del Estado.”

 

Rige a partir de su publicación.

 

Moción N.º 5 de las diputadas Delgado Ramírez y Acuña Castro:

 

Para que se adicionen dos párrafos a la reforma del artículo 69 de la Ley de Contratación Administrativa, N° 7494 de 2 de mayo de 1995, que se pretende realizar en el artículo único del proyecto de ley en discusión. El artículo único integralmente se leerá:

 

"ARTÍCULO ÚNICO.-  Refórmense los artículos 68 y 69 de la ley de Contratación Administrativa, N° 7494 de 2 de mayo de 1995, para que se lean así:

 

"Artículo 68.-Procedimiento aplicable

 

Para enajenar los bienes inmuebles, la Administración deberá acudir al procedimiento de licitación pública o al remate, según convenga al interés público, salvo lo indicado en el artículo 69 sobre la donación".

 

Artículo 69.-  Límites

 

La Administración no podrá enajenar los bienes inmuebles afectos a un fin público.

 

Los bienes podrán desafectarse por el mismo procedimiento utilizado para establecer su destino actual.

 

Se requerirá la autorización expresa de la Asamblea Legislativa, cuando no conste el procedimiento para la afectación.

 

Se autoriza al Poder Ejecutivo para donar a las instituciones autónomas, y semiautónomas los bienes inmuebles no afectos a un fin público, cuando tenga por objeto coadyuvar al cumplimiento de las funciones de estos y en aras de satisfacer el interés público. Para tal efecto deberá emitirse resolución fundamentada del Poder Ejecutivo, acuerdo de aceptación del órgano jerárquico superior del ente beneficiado, así como, el inventario y clasificación del bien o los bienes objeto de la enajenación. La escritura la realizará la Notaría del Estado.

 

El Poder Ejecutivo remitirá a la Contraloría General de la República copia certificada del respectivo expediente de donación, con el propósito que constate el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.

 

La Contraloría General de la República, en el plazo de un mes calendario, contado desde la remisión del respectivo expediente, verificará el cumplimiento de los requisitos. En caso de incumplimiento, la Contraloría General de la República prevendrá al Poder Ejecutivo, para que atienda el señalamiento realizado, de previo a la inscripción de la donación.

 

Una vez vencido el plazo indicado en el párrafo anterior, en ausencia del informe de la Contraloría General de la República, se presumirá la conformidad de la respectiva donación."

 

Expediente Nº 18429, Reforma al Artículo 96 del Código Notarial, Ley Nº 7764 de 17 de abril de 1998. Publicado en el Alcance Nº 97 a La Gaceta Nº 138 del 17 de julio de 2012. Iniciado el 17 de abril de 2012

 

            En el noveno lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.429 Reforma al Artículo 96 del Código Notarial, Ley Nº 7764, de 17 de abril de 1998.

 

            Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación del dictamen.

 

            Quiero ofrecer el uso de la palabra a las señoras diputadas y diputados dictaminadores si así lo tienen a bien.

 

            Ningún diputado dictaminador va a hacer uso de la palabra; por lo tanto, iniciamos la discusión por el fondo de este expediente.

 

Ofrezco el uso de la palabra a las señoras y señores diputados.

 

            Ningún diputado ni diputada ha solicitado la palabra; por lo tanto, quisiera consultarles a los diputados y diputadas, si damos por discutido este expediente.

 

            Discutido.

 

            Vamos a someterlo a votación. Ruego a los señores diputados que se encuentran en la adjunta y a quienes están fuera del salón de sesiones incorporarse para proceder con la votación.

 

            Cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones. 

 

Ruego a los señores ujieres cerrar puertas, a los diputados ocupar sus curules.

 

            Diputado Sotomayor, diputada Acuña Castro.

 

            Cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes.  Los diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.429, Reforma al Artículo 96 del Código Notarial, Ley N.º 7764, de 17 de abril de 1998, en el trámite de primer debate, se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones; cuarenta y cuatro han votado a favor. Por lo tanto, el expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate.

 

            Se señala el día martes 11 de febrero para el inicio del trámite en segundo debate.

 

Expediente Nº 18.365, Reforma del Artículo 111 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley Nº 8508, de 28 de abril 2006

 

            En el décimo lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.365, Reforma del Artículo 111 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley Nº 8508, de 28 de abril 2006.

 

            Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación del dictamen.

 

            Ofrezco el uso de la palabra a las diputadas y diputados dictaminadores.

 

            Ningún diputado de los dictaminadores va a hacer uso de la palabra; por lo tanto, vamos a ofrecer la palabra por el fondo para referirse por el fondo de este expediente.

 

            Ningún diputado o diputada ha solicitado el uso de la palabra; por lo tanto, quisiera consultarles a los diputados y diputadas si damos por discutido este expediente.

 

            Discutido.

 

            Vamos a someterlo a votación.

 

            Los diputados que se encuentran en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación.

 

            Ruego a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Hay cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.  Los diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.365 en el trámite de primer debate se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes; cuarenta y tres han votado a favor, uno ha votado en contra.  El expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate.

 

            Vamos a decretar un receso de un minuto.

 

            Se reanuda la sesión.

 

            Este expediente iniciará su trámite de segundo debate el día jueves 13 de febrero.

 

Expediente N.º 18.921, Ley de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil

 

            En el onceavo lugar del orden del día, se encuentra el expediente número 18.921, Ley de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.

 

            Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación del dictamen.  Ofrezco el uso de la palabra a los diputados dictaminadores.

 

            Ningún diputado de los dictaminadores va a hacer uso de la palabra; por lo tanto, quisiera ofrecer la palabra…

 

            Disculpen, señores diputados, hay mociones de fondo vía artículo 137 presentadas, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 del diputado Fishman Zonzinzki:

 

Para que el artículo 3 del proyecto de ley en discusión se lea de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 3.-            Población objetivo

 

La población objetivo la constituyen, prioritariamente, todos los niños y niñas menores de 7 años de edad en situación de pobreza o pobreza extrema, no obstante, de acuerdo con las necesidades específicas de las comunidades y familias atendidas y a la disponibilidad presupuestaria, se podrán incluir niños y niñas hasta 12 años de edad

 

Moción N.º 2 de la diputada Villalobos Arguello:

 

Para que al artículo 12 del proyecto en discusión se le adicione un nuevo inciso J) y se corra la numeración. El nuevo texto dirá:

 

ARTÍCULO 12. COMISIÓN TÉCNICA INTERINSTITUCIONAL

 

"Créase la Comisión Técnica Interinstitucional para el fortalecimiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, como un órgano de coordinación de las acciones gubernamentales para la articulación, el fortalecimiento y la expansión de la REDCUDI.

 

La Comisión Técnica Interinstitucional sesionará ordinariamente una vez cada dos meses, y extraordinariamente cuando se le convoque por su presidente; las decisiones se tomarán por mayoría simple de los presentes y sus integrantes fungirán en forma ad honorem.

 

La comisión estará integrada por:

 

(…)

 

j) Una persona representante de la Asociación Nacional de Alcaldes e Intendentes

 

(…)

 

Expediente N.º 18.443, Ley contra las Peleas de Perros

 

En el lugar número 12 del orden del día, se encuentra el expediente 18.443, ley contra las Peleas de Caninos.

 

            Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate.  Ofrezco el uso de la palabra a los diputados dictaminadores.

 

            Ningún diputado ha solicitado el uso de la palabra para explicar el expediente.

 

Y quiero, por si acaso quedó duda en el nombre, que me están haciendo observaciones, el proyecto de ley se llama Ley contra las Peleas de Caninos.

 

            Este expediente tiene una moción de orden que le solicito a la señora secretaria darle lectura.

 

La segunda secretaria Annie Alicia Saborío Mora:

 

            Expediente 18.443, Ley contra las Peleas de Caninos.  Varios diputados hacen la siguiente moción:

 

Moción de orden

 

Del diputado Céspedes Salazar:

 

Para que se publique en el Diario Oficial La Gaceta el texto sustitutivo del proyecto de ley en discusión, contenido en el DICTAMEN UNÁNIME AFIRMATIVO del 3 de diciembre de 2013.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.  Suficientemente discutida.

 

            Vamos a someterla a votación.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Tenemos en este momento cuarenta y un diputadas y diputados presentes.

 

            Vamos a someterlo a votación.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción para que se publique en el diario oficial La Gaceta el texto sustitutivo se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y un diputadas y diputados presentes; cuarenta y uno han votado a favor. Por lo tanto, la moción ha sido aprobada.

 

            Vamos a instruirle a la Secretaría del Directorio para realizar, y a la Administración de la Asamblea Legislativa, para gestionar o realizar, más bien, la publicación en el diario oficial La Gaceta.

 

            Hay una nueva moción de consulta, esta es de consulta, que le vamos a solicitar al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

            Del expediente 18.443, Ley contra las peleas de caninos.  Varios diputados hacen la siguiente moción:

 

Moción de orden

 

Del diputado Céspedes Salazar:

 

Para que el proyecto de ley en discusión sea consultado a las siguientes instituciones y organizaciones:

 

Patronato Nacional de la Infancia

Servicio Nacional de Salud Animal

Asociación Canófila Costarricense

Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica

Ministerio de Salud

Ministerio de Seguridad Pública

Corte Suprema de Justicia

Organismo de Investigación Judicial

Asociación Rescate Animal

Asociación Humanitaria Internacional

Fundación American Stafford de Costa Rica

Asociación Nacional Protectora de Animales

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            No hay solicitudes para hacer uso de la palabra; por lo tanto, la damos por discutida.  Vamos a someterla a votación.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de consulta se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y dos diputadas y diputados presentes; cuarenta y dos han votado a favor.  Por lo tanto, la moción ha sido aprobada.

 

            Hay una moción de revisión sobre la moción recién tramitada, que le solicitamos al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Moción de revisión

 

Del diputado Céspedes Salazar:

 

Para que se revise la votación de la moción recién tramitada.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            No hay solicitudes para hacer uso de la palabra por la moción; por lo tanto, la damos por discutida.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de revisión…

 

            Perdón, hay un diputado o diputada que está en la sala adjunta.

 

            Cuarenta y dos diputadas y diputados presentes. Ruego a los señores ujieres cerrar puertas. Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de revisión se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y dos diputados presentes; ninguno ha votado a favor.  Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.

 

            Por lo tanto, se instruye a la Secretaría del Directorio para realizar las consultas que fueron aprobadas de acuerdo con la moción.

 

            Se tiene por suspendido el conocimiento de este expediente mientras se realizan las consultas.

 

Expediente N.º 18.709, Ley de Garantías Mobiliarias

 

En el lugar trece del orden del día, se encuentra el expediente número 18.709, Ley de Garantías Mobiliarias.

 

Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación del dictamen.  Ofrezco el uso de la palabra a los diputados dictaminadores.

 

            Ningún diputado ha solicitado el uso de la palabra.

 

            Se ha presentado una moción vía artículo 137 sobre este expediente; por lo tanto, pasa a la comisión dictaminadora.

 

 

 

Presentación de moción vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que en donde se lee “vigencia un año” se lea “vigencia de seis meses”.

 

Expediente N.º 18.685, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos

 

En el lugar número catorce del orden del día, se encuentra el expediente 18.685, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos.

 

Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el conocimiento de mociones de reiteración.

 

            Vamos a solicitarle al señor primer secretario darle lectura a la primera moción de reiteración.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

            Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.  Varios diputados.

 

Moción de reiteración N.º 1-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 1-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se elimine el penúltimo párrafo al Artículo 80 bis de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N.° 7558, de 3 de noviembre de 1995 y sus reformas, creado mediante el artículo 2 del Proyecto de ley en discusión.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Tiene la palabra la diputada proponente, diputada Pérez Hegg por hasta cinco minutos.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Gracias, señor presidente.

 

            Me apena ser yo quien eche a perder este gran acuerdo de la tarde, porque los he visto a todos muy ocupados y muy dadivosos con todos los proyectos. Incluso, en la tarde me decían que obviamente hay un acuerdo de las fracciones, básicamente de Liberación y el PAC para votar hoy capitales golondrina, y respetaré eso como lo he hecho en otros temas.

 

Pero a diferencia de que algunos proyectos sean aprobados sin hablar, entiendo que, porque algunos lo tienen demasiado claro o algunos no tienen preocupación sobre el tema, en este caso responsablemente hablaré sobre las mociones de reiteración.

 

            Lo primero, compañeros, decirles que insiste el Poder Ejecutivo en poner ese proyecto, cuando sabe perfectamente que ha transcurrido un año y que si, obviamente, no nos convencieron a unos el año pasado diciendo que los capitales iban a afectar la economía, que la verdad siempre he seguido pensando que fue una absoluta incapacidad del Poder Ejecutivo y del Banco Central de tomar las medidas a tiempo.

 

            Hoy, un año después, me sorprende que insistan. Da la impresión de que no saben la lectura económica —no costarricense, esa ya me la han demostrado en muchas oportunidades— mundial.

 

            E insistir en ese proyecto, dando malas señales a la inversión extranjera en este momento político, es de verdad una sorpresa, como se han dado en estos últimos días.

 

            Compañeros, Estados Unidos, nuestro socio comercial, ha cambiado su plan macroeconómico y al contrario va llegar a este país menos recursos, menos divisas. ¿O es que no han visto el comportamiento del tipo de cambio en los últimos días?

 

            Mire, profesionalmente haré las observaciones y políticamente quedaré, después de este período legislativo, sorprendida de por qué los políticos no tienen la lectura de las partes económicas.

 

            Primero, en esta moción, lo que pretendo es que el instrumento que según definió el Banco Central no sea ad perpétuam. Estas medidas, en el mejor de los escenarios, es una medida considerada temporal, y no puede ser que en la redacción del proyecto nos digan que son medidas a seis meses, y un estribillo, como dice la moción ahí, se diga que se puede renovar indefinidamente.

 

            Si a algunos de ustedes no les preocupa, a mí sí me preocupan las señales económicas en este momento, y algunos me han dicho alrededor de la tarde y con todo respeto, compañeros, el decirme que esto es un instrumento que no importa que se apruebe para que el Banco Central lo tenga en la gaveta, porque saben que no lo van a usar.

 

            Compañeros, las señales macroeconómicas no tienen que ver con que el instrumento se guarde no en la cuarta, o en la quinta gaveta, son señales.

 

            La seguridad jurídica de la inversión, la posibilidad de que en otro momento —porque eso no es más que un proyecto discrecional para el Banco Central— cualquiera que esté sentado en el Banco Central pueda decir en qué momento de usa y no se usa.

 

            No hay nada más peligroso que la discrecionalidad. Y no tiene que ver con partidos políticos, tiene que ver con la persona que está sentada en el Banco Central.

 

            Y qué les garantiza a ustedes, compañeros, los que se han acercado a decir eso, que van a tener sentada en el Banco Central una persona sensata como para que no les preocupe que en la gaveta del Banco Central tenga semejante instrumento, como es decidir cuándo entra y cuándo no entra el capital. Solo saber esa información es valiosísimo, como es hoy saber cuándo se defiende la banda, el tipo de cambio, y cuándo no.

 

            No son pequeñas cosas, me sorprenden esas respuestas; y compañeros, con todo respeto, al menos tengamos hoy, esta tarde, la prudencia de tener cuidado, porque estamos en una situación económica razonablemente delicada.

 

            Señor presidente, lo veremos en la siguiente moción.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Antes de someter a votación la moción, quiero indicar que solamente hay treinta y seis diputadas y diputados en el salón de sesiones.

 

            No hay cuórum.

 

            Transcurre el tiempo reglamentario.

 

            Hay treinta y ocho diputadas y diputados presentes.

 

            Se ha restablecido el cuórum.

 

            Vamos a someter la moción a votación.

 

            Ruego a los diputados que se encuentran en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Hay cuarenta y dos diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.

 

            Vamos a proceder con… a someter a votación la moción de reiteración recién leída y explicada.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de reiteración, se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y dos diputadas y diputados presentes; diez han votado a favor, treinta y dos han votado en contra.  Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.

 

            Hay una nueva moción de reiteración que le voy a solicitar al señor secretario darle lectura.

 

            Disculpen, señores diputados, para saber efectivamente de cuál moción se trata, la que acabamos de votar es la moción número 1. La moción número 2 ha sido retirada y esta moción que se va a leer es la moción número 3.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Moción de reiteración N.º 3-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 3-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se adicione un primer párrafo al Artículo 59 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, creado mediante el artículo 1 del Proyecto de ley en discusión de manera que se lea:

 

"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:

 

"Artículo 59 bis.-

 

Para instrumentos financieros de 360 días o menos, aplicarán las siguientes disposiciones:

 

(…)”

 

            Firmada por la diputada Pérez Hegg.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada Pérez Hegg por cinco minutos.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Gracias, presidente.

 

            Insistí en la Comisión de Hacendarios, donde se discutió este proyecto, que uno podría tratar de entender, poquito difícil, pero hacer un esfuerzo del peligro que veía el Poder Ejecutivo hace un año con la entrada de esa cantidad de dólares, que sentían que venían arrasar la economía.

 

            Insistí en la Comisión de Hacendarios de que, al menos, hiciéramos la diferencia de cuáles capitales son buenos y cuáles son capitales especulativos, o peligrosos o golondrinas.

 

            La moción me fue rechazada y por eso vengo hoy a exponerlo al plenario. Esta moción lo que pretende es que todo el articulado que, en realidad este proyecto son no más que dos, se aplique a aquellos capitales que vienen de corto plazo, por eso le puse a menos de trescientos sesenta días.

 

            Esta diputada está dispuesta a entender la preocupación siempre y cuando no hiciéramos una generalidad del capital, porque, señores compañeros, no todo el capital es malo, no todo el capital viene a dañar la economía como se nos vendió hace un año, y por lo visto como se sigue vendiendo del día de hoy a pesar que ya no está entrando, obviamente, porque no estamos aislados como economía, sino que definitivamente estamos en una coyuntura en este caso mundial. Y le insistí a la gente de Hacienda, y, obviamente, a los del Banco Central que hiciéramos la diferencia.

 

Claro, estaría yo de acuerdo con este proyecto si usted usa esta normativa para evitar que la gente entre al país, especule con las tasas de interés que en ese momento estaban sumamente altas, tengan una rentabilidad, no produzca trabajo, no produzca empleo y se lleve los intereses para su país de origen, pero eso no ocurre cuando vienen recursos de grandes inversiones de largo plazo.

 

            No sé si se habrán dado cuenta que cuando se vienen a hacer grandes proyectos el capital entra al país, debe quedarse mientras se puede formular todo el proyecto y empieza obviamente la ejecución de la obra. Y mientras tanto, compañeros, los que hemos trabajado en proyectos sabemos que los recursos hay que invertirlos temporalmente, y obviamente se les (ininteligible) a instrumentos del Ministerio de Hacienda o del Banco Central.

 

            Estamos hablando que es un capital extranjero que no fácilmente se va a ir a instrumentos de la banca privada, va a ir al Estado.

 

            Bueno, entonces les decía, hagamos la diferencia de todo aquello que venga a largo plazo a generar empleo, tema tan pendiente en esta campaña, empleo, empleo, empleo, nos garanticemos por lo menos que esos capitales sigan fluyendo en el país.

 

            Bueno, por supuesto que la moción en la Comisión de Hacendarios fue rechazada y los compañeros quieren hacer un proyecto de ley que ustedes van a aprobar general.

 

            No podemos atacar problemas económicos con generalidades, se pierden en el camino, asustan a todos a lo bueno, a lo malo y a lo medio bueno. Si pudiéramos vivir de simplemente el ahorro nacional, yo no estaría perdiendo estos minutos hablando con ustedes, pero esta economía no vive solamente del ahorro nacional, lastimosamente que no reconozca la cuenta de inversión extranjera que, por cierto, al final del año el Gobierno la planteó como una gran meta lograda, el crecimiento de la inversión extranjera.

 

            Bueno, pero no hacen la diferencia qué es bueno y qué es malo. En este proyecto de ley pretendimos hacer la diferencia de lo bueno y lo malo.

 

            Obviamente, pedirles a ustedes que por lo menos se apruebe esta moción para diferenciar y no castiguemos al país ni mucho menos demos malas señales de gente que quiere venir a hacer obras de infraestructura de largo plazo, eso es un lujo que esta economía, y a como se vislumbra el 2014 sea quien sea gobierno, compañeros, va a ser muy importante y decirle a un inversionista que esta normativa está ahí en la gaveta del Banco Central sin tener la certeza jurídica de cuándo se va a ocupar.

 

            No sé si ustedes se han dado cuenta, pero el capital lo ocupan aquí no más Nicaragua y Panamá.  ¿Y cuál es la concesión especial que les está dando Costa Rica?, bueno, una certeza jurídica de que el capital podría, hasta que se apruebe esta ley, entrar sin ninguna preocupación.

 

            Por eso insisto, compañeros, de que al menos hagamos la diferencia en cuanto al plazo de las inversiones.

 

            Gracias, señor presidente.

 

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Vamos a someter esta.

 

Suficientemente discutida.

 

Vamos a someterla a votación.

 

            Vamos a rogar a los diputados que están fuera del salón de sesiones, quienes estén en la sala adjunta incorporarse para de inmediato proceder con la votación.

 

            Nuevamente a los diputados que están en la sala adjunta proceder a incorporarse para ver si revisamos la votación.

 

            Hay treinta y nueve diputados y diputadas presentes.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Los diputados y diputadas que estén…, ruego a los diputados ocupar sus curules.

 

Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de reiteración recién leída y discutida se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento. Treinta y nueve diputados y diputadas presentes; ocho han votado a favor, treinta y un diputadas y diputados han votado en contra. Por lo tanto la moción ha sido rechazada.

 

            Continuamos con la discusión de la moción número 4, que le solicitamos al señor diputado secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Moción de reiteración N.º 4-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 4-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el primer párrafo del artículo 1 del Proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:

 

"Artículo 59 bis.-

 

(..)

 

Corresponde a las entidades autorizadas para realizar transacciones en los mercados de valores que reciban los fondos a ser invertidos recopilar la información de los inversionistas y suministrarla a las entidades de custodia de valores, quienes transmitirán a los agentes retenedores del impuesto y a la Dirección General de Tributación la información necesaria para la adecuada aplicación del impuesto. Las entidades autorizadas, los custodios y los retenedores serán solidariamente responsables del adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias en caso de no suministrar información correcta. Para estos efectos los inversionistas deberán presentar una declaración jurada suministrando la información del domicilio fiscal en la forma, términos y condiciones que defina la Dirección General de Tributación.

 

Esta medida podrá ser prorrogable por un periodo máximo de dos años, después de los cuales dicha medida no podrá ser aplicable por un periodo igual.

 

Quedan excluidos de los alcances del presente artículo..."

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada proponente hasta por cinco minutos.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Gracias, señor presidente.

 

            Igual, esta moción lo que pretende es que la prórroga no sea indefinida. Entendiendo la preocupación del Poder Ejecutivo hace un año, redacté esta moción planteándoles que la medida fuera por los dos años si es que al Poder Ejecutivo de este Gobierno se le hacía difícil manejar la política económica del país y necesitaban alguna salvaguarda para tratar de entender los problemas económicos; sin embargo, también me fue rechazada.

 

            Lo que les quiero decir es que no puede usted poner en el capítulo de medidas temporales, porque de eso es el capítulo —el capítulo 84 es toda una normativa de qué son normativas temporales, que incluyen incluso impuestos y aranceles para proteger algunos artículos— no puede usted meterlo y después decir que ya no es temporal y que se prorroga permanentemente.

 

Eso lo digo porque ahora vamos a los temas de fondo, veo que los compañeros, lo respeto, tienen claridad de que se debe aprobar.

 

Dice la Constitución Política, artículo 121: Además de otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa punto trece establecer los impuestos y contribuciones nacionales y autorizar los municipales.

 

Compañeros, como legisladores creo que nuestra responsabilidad es conocer nuestras funciones.

 

Dice este proyecto de ley que, vía decreto, el Poder Ejecutivo podrá establecer el monto del impuesto que por supuesto le pone un tope, pero es más menos quince o veinticinco puntos—, el plazo, la tasa y el tipo de moneda.

 

Para los que estudian derecho tributario, quiero decirles varias cosas. Usted no puede establecer un impuesto que quede a absoluta discrecionalidad del Poder Ejecutivo, por la simple y sencilla razón que es una facultad del legislador. 

 

Así que para todos los que vayan a votar hoy, sepan que el inciso 13) nos obliga a que sea la Asamblea Legislativa la que establezca los impuestos y los tributos y no una facultad que usted puede cederle al Poder Ejecutivo para que lo haga por decreto, y mucho menos como está redactado.

 

Puede suspenderlo en cualquier momento, puede variar el plazo, puede cambiar el monto, puede cambiar a discreción un impuesto, y eso, señores, tendrá que decidirlo la Sala. Me parece a mí, no soy experta, que es inconstitucional.

 

Un sujeto de crédito que no sepa cuánto, cómo y a qué hora le van a cobrar, está en absoluto estado de indefensión por si lo quieren saber algunos, a estas horas de la tarde. Debe establecerse. El sujeto pasivo debe quedar claro, en este caso sociedades no domiciliadas.

 

Y ahora vamos a hablar de qué son sociedades no domiciliadas, para algunos todavía que les falta entender que no es así como se resuelve el sujeto pasivo.

 

La base imponible, pero no queda clara, porque es discrecional; el hecho generador tampoco, porque puede ser variado, y por supuesto, el porcentaje del impuesto que tampoco queda claro porque puede ser incluso suspendido, y cambio de moneda.

 

Ahí les dejó algunos elementos jurídicos, ya que los lógicos que deberán cambiar el plazo a menos de trescientos sesenta días, y al mismo tiempo no hacer una medida que obviamente está en el capítulo de temporalidades del Banco Central permanente, espero, compañeros, convencerlos con la responsabilidad de nuestras funciones que están en el artículo 121 de la Constitución.

 

Somos los legisladores, los únicos que podemos establecer los impuestos, y nos ha quedado tan claro en el paquete fiscal, que si hubiese sido así, pues simplemente hubieran agarrado unos cuantos y los hubieran puesto por Poder Ejecutivo, cuánto podían subir y cuánto podían bajar.

 

Y seguridad jurídica, que eso va a significar, compañeros, que a la hora de la hora, como a la mayoría de los impuestos en este país, no se van a poder cobrar, pero sí habrán mandado una señal equivocada a la inversión extranjera, tan necesaria para generar empleo.

 

Gracias, presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Vamos a someter a votación la discusión, perdón, a votación la moción.

 

            Vamos a solicitarles a los señores diputados que están en la sala adjunta, incorporarse.

 

            Hay cuarenta diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones, cuarenta diputados.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de reiteración recién leída y discutida se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta diputadas y diputados presentes; once han votado a favor, veintinueve en contra. La moción ha sido rechazada.

 

            Hay una nueva moción que es la número cinco, que le solicitamos al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras:

 

            Moción del artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.

 

 

 

 

 

Moción de reiteración N.º 5-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 5-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el artículo 2 del Proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 2.- Adiciónese un artículo 80 bis a la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N.° 7558, de 3 de noviembre de 1995, para que se lea en los siguientes términos.

 

"Artículo 80 bis.-       Depósitos obligatorios sobre ingresos de capital Externo

 

(…)

 

Esta medida se aplicará sin menoscabo de los requerimientos de encaje mínimo legal, reserva de liquidez y demás normativa vigente en el país.

 

Este instrumento temporal se regirá bajo lo dispuesto en el artículo 84 de la presente ley.

 

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica reglamentará lo necesario para la debida toma, ejecución y cese de esta medida, regulando como mínimo sus porcentajes, plazos de duración de los depósitos y de la medida, así como los elementos necesarios para la identificación del domicilio fiscal del inversionista no domiciliado en el país."

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada proponente, por cinco minutos.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Tratan, con este proyecto de ley, que si usted quiere comprar el título de Gobierno al Ministerio de Hacienda o Banco Central, además de toda la carga impositiva que va a ser más o menos lo que el Poder Ejecutivo diga, también usted tiene que dejar un depósito previo de hasta un veinticinco por ciento para obviamente bajar el rendimiento de los recursos.

 

            Y dice la redacción de este proyecto que ese depósito previo puede ser, incluso, de más plazo de la inversión que usted hizo.  Ejemplo: Si usted compra un título a seis meses, perfectamente le pueden pedir que el depósito de garantía del depósito previo sea hasta de un año.

 

            Miren, compañeros, si eso no es confiscatorio no sé qué lo será.  No puede ser que usted haga una inversión, y que incluso, después del vencimiento de la inversión usted tenga que dejar otros recursos en garantía de un depósito.

 

Obviamente, es para restarle rentabilidad al instrumento; obviamente, es para quitarle el atractivo, pero también, al mismo tiempo estamos aprobando un proyecto de ley que definitivamente traspasa las barreras jurídicas que cualquiera, en este caso el Banco Central, que es el que va a otorgar la normativa, pueda tener facultades.

 

¿Cómo será normar más allá del vencimiento de la inversión del título que usted acaba de vender? Eso es lo que dice la redacción de este artículo. 

 

Por supuesto que le pone la coletilla: el Banco Central podrá arreglar vía reglamento. Sí, pero estamos aprobando un proyecto de ley para efectos jurídicos que le estamos dando facultades más allá del vencimiento de la inversión.

 

            Voy a aprovechar este espacio para decir cómo se pretende resolver el problema. Nos dice la redacción que todos estos impuestos no se les van a cobrar a las sociedades que estén domiciliadas en el país. Se pretende, a través del proyecto, que todo aquello que esté fuera, que no esté domiciliado, o sea, que no tenga una sociedad en el país, sea a la que se le cobre.

 

            Compañeros, el informe de Servicios Técnicos dice que es tan fácil hacer una sociedad en el país y domiciliarse, y domiciliarse, con eso se resuelve no pagar estos tres impuestos, con simplemente hacer una sociedad en el país y de ahí hacer las inversiones, o sea, que si este es el mecanismo por excelencia para evitar la entrada de capitales golondrinas si es que a algunos les asusta al mismo tiempo en el texto de una redacción dice que no pagarán el impuesto las sociedades domiciliadas en el país, o sea, vaya compre una sociedad, la inscribe en el país y hace las inversiones. 

 

Esa es la gran salida, con eso pretenden parar, o pretendían el año pasado, parar la entrada vertiginosa de capitales. Vaya solución.

 

Nos dicen en la Comisión de Hacendarios, el director de Tributación, cuando le hice esta pregunta, que bueno, pero que esas sociedades Tributación les iba a dar un seguimiento paso a paso.

 

No es cierto, ni siquiera pueden controlar los grandes contribuyentes que el año pasado en el cierre dejaron de pagar un quince por ciento más con respecto al año anterior, y lo van a resolver simplemente en ver si la sociedad es reciente o no.  No, está domiciliada en el país, y este proyecto de ley dice que el que esté domiciliado en el país no paga los impuestos.

 

¿Cómo se resuelve toda esta normativa jurídica y de impuestos? Que lo sepan los costarricenses, y que lo sepan los extranjeros, compren una sociedad en el país y sencillamente desde ahí disparen todas las inversiones y asunto terminado, porque el informe de Servicios Técnicos lo dice en la tercera página.

 

Además, no oímos pasar aquí proyectos como los de OAS, la Refinadora, que el mismo CTP y Conavi, y todo, les pide a las sociedades extranjeras que hagan una sociedad en el país, o sea, que se domicilien.

 

¿No venía la plata de OAS de una sociedad en Gran Caimán, pero tenía una sociedad costarricense? Esa sociedad costarricense no tendría que pagar esos impuestos, entonces ¿qué es lo que están resolviendo? 

 

Primero la sociedad es baratísima en este país, y segundo, la mayoría de los contratos que hacemos con externos les pedimos que hagan una sociedad.  Eso es una gran contradicción en este proyecto, y esa es la solución.

 

Más bien hacer esas soluciones tan malas, tan pobres, lo que evitaron durante un año fue un buen debate para encontrar mecanismos eficaces y eficientes si es que esa era una verdadera preocupación pero jamás podría ser ese proyecto, en el mejor de los escenarios que yo creyera que nos van a bombardear con dólares de todas partes, la solución simplemente haciendo una sociedad en el país.

 

Compañeros, les agradezco a los que están votando, y espero que los demás pongan atención en las siguientes mociones como parece que para eso estamos, para mejorar y para hacer instrumentos financieros por lo menos que sean de mediana calidad.

 

Gracias, señor presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

Con mucho gusto, señora diputada.

 

¿Suficientemente discutida la moción?  Vamos a proceder con la votación.

 

Ruego a los diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación.

 

Cuarenta y un diputadas y diputados presentes. Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.  Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento.  Cuarenta y un diputadas y diputados presentes; once han votado a favor, treinta han votado en contra.  Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.

 

Vamos a entrar en conocimiento de la moción número 6, que le solicitamos al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales  Externos 18.685.

 

Moción de reiteración N.º 6-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario Legislativo se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 6-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el artículo 1 modificando el segundo párrafo al artículo 59 bis creado en el proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:

 

"Artículo 59 bis.-

 

De previo a decretar el aumento establecido en el párrafo primero, el Poder Ejecutivo requerirá de la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, acto de declaratoria de desequilibrio de la economía nacional producto de la entrada de capitales del exterior. Para que este acto de la Junta Directiva del Banco Central sea válido, deberá existir evidencia de que la entrada de capitales al país en los últimos 30 días supere en al menos un cincuenta por ciento (50%) el promedio mensual observado en los últimos dos años.

 

(…)

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

En discusión la moción.

 

Tiene la palabra la diputada proponente, por cinco minutos.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

Gracias, señor presidente.

 

Dice el texto que en el momento que el Banco Central declare un desequilibrio financiero aplican todas estas medidas, y entre esas, pues obviamente, el Poder Ejecutivo que ya le dije, compañeros, a mi humilde entender, no tiene capacidad jurídica para hacer un decreto que tenga que ver con impuestos, sujeto a que el Banco Central le diga que está en desequilibrio por la entrada de capital.

 

Pero no dice en el proyecto de ley qué es desequilibrio, ni mucho menos cuál es el monto de los capitales que podrían estar causando ese desequilibrio.  La verdad que podría aplicarse en cualquier momento, yo no sé si a alguien le parece que estemos en equilibrio financiero en este momento, no sé si a alguien le parece que el cinco punto tres del déficit fiscal le puede decir que ya estamos en declaratoria de desequilibrio financiero. ¿Para qué vamos a esperar?, ¿y cuánto podemos decir que eso es producto de la entrada de capital?  Nada.

 

He propuesto una moción de que por lo menos se le considera un procedimiento de que si la cuenta de entrada de divisas supera al menos el cincuenta por ciento de los últimos tres meses, uno podría pensar que sí, que nos están inundando el mercado con dólares. Pero usted no puede dejar a discreción del Banco Central que declare la declaratoria del equilibrio financiero sin decirle cuáles son las pautas, porque volvemos otra vez al tema de discrecionalidad, y lo que menos queremos en estos días al menos yo son esas discrecionalidades porque no puedo valorar a quién están favoreciendo o a quién están perjudicando o hacia qué van dirigidas.

 

Así que redactar simplemente que cuando el Banco Central se le diga que hay un desequilibrio, ya estamos, no hay nada más que esperar, ah, producto de los capitales. 

 

Bueno, ¿pero cuál es ese monto de capital que puede poner la economía nuestra en un estrés económico que no estemos viviendo en este momento?  No lo dice.  ¿Se dejará reglamentado?, ¿sujeto a qué?

 

            Entonces, se aceptó un accionar por algo fundamental que no se define.  Y repito, no puede usted cobrarle impuestos a un sujeto cuando usted no tiene definido el monto, el plazo, las condiciones y las razones de ser del impuesto.  Simplemente lo están dejando a que el Banco Central decida que por una, por otra o diversas variables está causando ese equilibrio.

 

            No es cierto que el equilibrio económico se produce simplemente por la entrada de capital. En este momento más de uno se las desearían para que el tipo de cambio no siguiera subiendo, pero también entiendo que hay momentos en que esta alza de tipo de cambio favorece a algunos grupos.

 

            La pregunta que me sigo haciendo es que cuando el tipo de cambio está hacia la baja, ¿en qué beneficia al consumidor? Bueno, cuando está subiendo, los exportadores no están diciendo nada en estos días, pero todo el tiempo que ha estado hacia abajo, bueno, yo no he visto tampoco que los precios se hayan disminuido para el setenta y cinco por ciento de los consumidores, porque el sector exportador es nada más el veinticinco por ciento. ¿Y el setenta y cinco?

 

            Bueno, finalmente, si eso es una política de que a costa de todos los demás sostengamos al sector exportador, yo no tengo ningún problema, pero hay que decirlo abiertamente, a ver si es cierto que el setenta y cinco por ciento está de acuerdo.

 

            A mí me parece que una redacción tan amplia, es decir, que dependerá de esa decisión del Banco Central para que el Poder Ejecutivo pueda hacer el decreto de impuestos, es ambigua, es etérea, es confiscatoria y por supuesto que me parece que, además, tendrá sus vicios de inconstitucionalidad.

 

            Gracias, señor presidente.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Con mucho gusto, señora diputada.

 

            Suficientemente discutida la moción.  Vamos a proceder con la votación.

 

            Ruego a los diputados que están en la sala adjunta incorporarse para votar la moción.

 

            Treinta y nueve diputadas y diputados presentes.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de reiteración se servirán ponerse de pie.  Treinta y nueve diputadas y diputados presentes; nueve han votado a favor, treinta en contra.  La moción ha sido rechazada.

 

            Continuamos con el conocimiento de la moción número 7.  Vamos a solicitarle al señor secretario darle lectura.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.

 

Moción de reiteración N.º 7-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

 

 

 

Moción N.º 7-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el artículo 2 modificando el segundo párrafo al artículo 59 bis creado en el proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 2.- Adiciónese un artículo 80 bis a la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N.° 7558, de 3 de noviembre de 1995, para que se lea en los siguientes términos.

 

"Artículo 80 bis.-       Depósitos obligatorios sobre ingresos de capital externo

 

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, podrá declarar la existencia de un desequilibrio de la economía nacional producto de la entrada de capitales del exterior destinados a inversiones en títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, sustentándose con datos que demuestren que la entrada de capitales de esta índole al país en los últimos 30 días supera en al menos un cincuenta por ciento (50%) el promedio mensual observado en los últimos dos años. Cuando la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica realice esta declaratoria, las entidades autorizadas para realizar transacciones en los mercados primario y secundario nacionales de valores que reciban los fondos a ser invertidos, deberán constituir un depósito obligatorio no remunerado en el Banco Central de Costa Rica por un monto equivalente de hasta el 25% de esos fondos provenientes de sus clientes no domiciliados en el país.

 

(…)”

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

Tiene la palabra la diputada proponente.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

Todavía recuerdo, como hoy, en la Comisión de Económicos la aprobación de los eurobonos. Me parece que todavía algunos tendrán que reconocer que era el momento propicio de salir al mercado exterior y de esa manera bajar las tasas de interés; tarde se logró, pero digamos que fue un gran aporte.

 

Dice el artículo 3 de este proyecto que aquel que compre títulos de gobierno, de emisiones internacionales, no será castigado con este impuesto. Eso por supuesto que me parece bien y me hace pensar en que todavía faltan dos emisiones de eurobonos.

 

Para los compañeros, que supongo algunos serán Gobierno, les quiero dejar nada más este pequeño detalle.  Los eurobonos se vendieron a una tasa del cinco cuarenta y tres, una buena colocación, indiscutible; quedan dos emisiones.

 

Quiero decirles, compañeros, que además de la coyuntura internacional que obviamente es distinta, como este artículo 3 dice que aquel momento en que la emisión cambie de tenedor se le aplican todos estos impuestos, varias cosas, el valor de un título y la razón de que la tasa se coloque bien tiene que…, incluso, no con solo el primer tenedor, sino con la capacidad de ese tenedor y la soltura del mercado de que cuando se la transfiera a un segundo tenedor no vaya arrastrando impuestos ni costas adicionales; eso se llama mercado secundario, y la fijación del precio del mercado primario está directamente relacionada a las condiciones del mercado secundario.

 

Los inteligentes del Ministerio de Hacienda redactan simplemente que la emisión que se hizo está exenta, eso está bien, pero si alguien la compra, porque son emisiones de largo, obviamente va a cambiar de manos varias veces. El nuevo que la compre sí tendrá que pagar esos impuestos, y con eso, compañeros, lo que hacemos es simplemente castigar la tasa en la que podríamos conseguir los recursos en la siguiente emisión.

 

Por eso esos efectos que algunos creen que es para dejarlos en la gaveta del Banco Central y que no tienen efectos inmediatos en el mercado están total y absolutamente equivocados. 

 

No se trata de solo haber vendido la emisión internacionalmente, se trata de darle seguridad jurídica por todo el plazo de la emisión, y si usted no les da esa seguridad a los nuevos tenedores, quiere decir que cuando vendan los que compraron al cinco treinta y siete, obviamente van a exigir una tasa mejor porque tienen que cubrir el costo de los impuestos de ese momento.

 

Y además, por supuesto, dice el artículo ahí, muy bien redactado, que en cualquier momento que se haga otra emisión dependiendo si está vigente el decreto o no pues obviamente le aplicará o no esa emisión.

 

Me parece que es un absoluto desconocimiento a la hora de redactar y es impresionante porque se supone que lo hace gente entendida en la materia. Creen que todo se resuelve porque ya se hizo la colocación, y no es así; hay dos en la calle que tendrán entonces un sobrecosto, y por supuesto que las dos adicionales para los que sean gobierno tendrán una carga adicional con solo la señal de esta aprobación de proyectos, ni siquiera porque el Banco Central lo use o no lo use, ya tenemos claro que cualquier tenedor va a tener que cubrir con estos costos.

 

            Así que, compañeros, estas redacciones finalmente significan costos para el país y la pérdida de una oportunidad de colocar y conseguir recursos a tasas más competitivas que obviamente le sirve a todo el país y a toda la economía nacional.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Suficientemente discutida la moción.

 

            Vamos a proceder con la votación.

 

            Ruego a los diputados que están en la sala adjunta y a quienes están fuera del salón plenario incorporarse para realizar la votación.

 

            Cuarenta y un diputadas y diputados presentes. 

 

            Ruego cerrar puertas y ocupar sus curules, diputadas y diputados.

 

            Los diputados y diputadas que están a favor de la moción se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y un diputadas y diputados presentes; once a favor, treinta han votado en contra.  La moción ha sido rechazada.

 

            Entramos en conocimiento de la moción número 8. Le solicitamos al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

            Moción vía artículo 137, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos.

 

Moción de reiteración N.º 8-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 8-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el artículo 1 del Proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:

 

"Artículo 59 bis.-

 

(…)

 

Corresponde a las entidades autorizadas para realizar transacciones en los mercados de valores que reciban los fondos a ser invertidos recopilar la información de los inversionistas y suministrarla a las entidades de custodia de valores, quienes transmitirán a los agentes retenedores del impuesto y a la Dirección General de Tributación la información necesaria para la adecuada aplicación del impuesto. Para estos efectos los inversionistas deberán presentar una declaración jurada suministrando la información del domicilio fiscal en la forma, términos y condiciones que defina la Dirección General de Tributación".

 

Lo establecido en este artículo podrá ser utilizado de forma inmediata. Sin embargo, una vez acabado el periodo de 6 meses mencionados en el primer párrafo, deberá transcurrir un periodo de 12 meses antes de que la medida pueda ser utilizada de nuevo.

 

(…)”

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada proponente.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

             Es importante dejar en las actas en el día de hoy, y cuando nos dicen que estos son unos impuestos que ya existen y que, por tanto, el Poder Ejecutivo puede decretarlos, puede subirlos, más, menos, en un caso veinticinco puntos, de ocho a treinta y tres, y de quince a cuarenta y cuatro, quiero decirles, compañeros, que eso no es tan así.

 

            Si usted cambió de sujeto pasivo, si usted cambia el hecho generador, si usted cambia la forma de cómo se establece el impuesto, estamos hablando de nuevos impuestos.

 

            No estamos hablando de impuestos constituidos que van a subir más, menos; no, estamos hablando de condiciones —en este caso, redactado así el proyecto de ley— bajo desequilibrio económico que declarará el Banco Central. ¿A quiénes?, a las sociedades no domiciliadas en el país.

 

            Eso ya significa cambios jurídicos, que no puede usted pensar que son impuestos existentes.

 

            Quiero dejar sentado en las actas, el día de hoy, que estamos hablando de nuevos impuestos por la simple razón que el hecho generador es totalmente distinto al hecho que tenemos en este caso actualmente, el impuesto a los títulos valores, el impuesto a las remesas.

 

            Las condiciones de por cuáles se pagan el impuesto a las remesas y el impuesto a los títulos valores es totalmente distinto, basta simplemente con leer el artículo 59, y como comprenderán en ninguna parte habla que estos impuestos se producen por el desequilibrio financiero.

 

            De hecho el articulado es el 59 bis; por tanto, adiciona nuevas condiciones y no podemos hablar de los mismos impuestos.

 

            Para decirle lo siguiente: estamos hablando de impuestos de hasta veinticinco puntos de más, que van del ocho al treinta y tres, y del quince al cuarenta y cinco; eso, compañeros, son impuestos desproporcionados y confiscatorios.

 

Ya lo hemos visto en otros proyectos de ley, donde la Sala se ha pronunciado una y otra vez que no podemos, en este caso, no seremos los diputados porque estamos renunciando el día de hoy a nuestras funciones del artículo 121 de fijar impuestos, sino que será el Poder Ejecutivo —porque así se redacta en el proyecto de ley— quien fijará los impuestos.

 

            Pero eso no quiere decir que pasar una tasa del ocho al treinta y tres, y una tasa del quince al cuarenta, no sea confiscatorio y es que, necesariamente, tienen que subirlo diez y quince puntos. No es que le van a poner uno o dos puntos, porque siempre tendremos que competir con las tasas de colones y dólares que me parece que las soluciones eran otras, las que se hicieron el año pasado.

 

            Se puso de acuerdo el Poder Ejecutivo en llamar a los bancos del Estado a las entidades descentralizadas más grandes y ponerlas de acuerdo de que no salgan al mercado a pujar unas contra otras, porque finalmente no deja de ser el mismo Estado.

 

            Esas son medidas razonables. Tarde, las terminaron tomando a noviembre, las dijimos desde febrero, pero ese es el mecanismo que se puede usar, si finalmente el que más afecta los precios en el mercado financiero es el Gobierno, es su déficit fiscal, es su presión.

 

            Y, por supuesto, quien más va a traer capitales al país durante los próximos años, bueno, aquí el tema es que se hacen una cantidad de empréstitos como hemos aprobado aquí en varias oportunidades, de más de doscientos, trescientos, cuatrocientos millones de dólares que vienen a presionar el tipo de cambio.

 

            Y es el Gobierno el que los contrata, y es el Gobierno el que los trae al país, y es el Gobierno el que no los ejecuta, y nos deja instrumentos financieros que lo que hacen es simplemente ganar intereses por la incapacidad de ejecutar las obras.

 

            Ahorita estoy recordando el fideicomiso de educación, estoy recordando el préstamo de las universidades, estoy recordando los empréstitos de obra pública cantonales.

 

Bueno, ¿a dónde creen que entran esos dólares?, diay, entran al país.  ¿Traídos por quién?, por el Gobierno. ¿Y mientras no se ejecutan qué hacen?, aumentan las arcas de dólares.

 

            Y esa es, entonces, la preocupación. Vean qué gran contradicción, cuando es el mismo Estado que el anda buscando recursos para hacer la obra pública.

 

            Bueno, en este caso, aquí es que no podemos hablar que son los mismos impuestos, son impuestos nuevos que, por lo tanto, el Poder Ejecutivo no puede usar la vía de este proyecto para tener una facultad que no les fue conferida en la Constitución Política.

 

            Y, por tanto, tendremos que enfrentar los casos en los tribunales.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Gracias, señora diputada.

 

            Vamos a someter a votación la moción.

 

            Solicito a los diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Tenemos en este momento cuarenta y un diputadas y diputados presentes.

 

            Ruego a los diputados ocupar sus curules. Los diputados y diputadas ocupen sus curules, por favor.

 

            Hay cuarenta y dos diputados y diputadas presentes. Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción se servirán ponerse de pie.  Cuarenta y dos diputadas y diputados presentes; once han votado a favor, treinta y uno en contra.  La moción ha sido rechazada.

 

            Vamos a entrar en conocimiento de la moción número 9, que le solicito al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:

 

Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.

 

Moción de reiteración N.º 9-1

 

De la diputada Pérez Hegg:

 

Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.

 

Moción N.º 9-2 de la diputada Pérez Hegg:

 

Para que se modifique el artículo 1 añadiendo un párrafo final al artículo 59 bis creado en el proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:

 

"Artículo 59 bis.-

 

(…)

 

El incremento de tarifas al que hace referencia este artículo sólo se podrá realizar en aquellos instrumentos financieros que tengan un plazo de maduración de 360 días o menos."

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada proponente.

 

Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:

 

            Sí, compañeros, muchas gracias.

 

            Voy a ser más breve todavía.

 

            Me preguntan el tema de las sociedades domiciliadas en el país. Me están dando un mensaje.

 

            Para explicarlo, estos impuestos nuevos a las remesas y a los rendimientos de capital la forma de no pagarlos o de evadirlos es simplemente comprando una sociedad domiciliada en el país. No sé, cincuenta mil, cien mil pesos, no sé cuánto costará en estos días. O bien, hacer una sociedad.

 

¿Por qué?, porque el proyecto de ley está redactado y dirigido para cobrarles únicamente a las sociedades fuera del país. Solución: compre una dentro del país y así no paga los impuestos.

 

            Segundo, ¿por qué digo que son nuevos impuestos?, bueno, porque en este caso a diferencia de los que están establecidos por ley, queda muy claro los sujetos y las condiciones en las que usted paga, pero como en el artículo 3 dice claramente que no obstante los veinticinco puntos del impuesto el Poder Ejecutivo podrá establecer incrementos y plazos vigentes diferenciados considerando el porcentaje de la retención, distintas monedas, tipos de rendimientos y plazos de la inversión queda a discreción del Poder Ejecutivo…

 

Gracias, diputada Alfaro.

 

Gracias caballeros, yo entiendo que la contienda electoral todavía no ha terminado, está empezando, pero quiero decirle a cualquiera de los que gane que la política es muy importante, pero si la economía falla no existen los políticos, es un tema de business. A algunos se les olvida el poder que tiene la parte económica.

 

            Pero para continuar, ¿por qué digo que son impuestos nuevos?, porque es discrecional, usted no puede concebir que un Poder Ejecutivo le diga a partir de cuándo es una tasa de interés, a partir de cuándo es un tipo de moneda.

 

Y por cierto, insistí yo en el Ministerio de Hacienda que por qué hacía la distinción en monedas, si realmente estamos hablando de capitales golondrina, capitales del exterior. Bueno, me parecía que eran dólares, en el mejor de los escenarios euros, que por cierto la inversión en euros es bastante baja en el país, y sin embargo quisieron dejar todo tipo de monedas. Obviamente incluye colones.

 

            Yo no quisiera imaginarme que este mecanismo podrá ser usado en nuestra moneda nacional simplemente aludiendo que hay un desequilibro financiero que, como ya lo dije, ya estamos en desequilibrio financiero porque ya tenemos un déficit fiscal de cinco punto tres, así que por esa razón estoy segura que son impuestos nuevos discrecionales, desproporcionados y por supuesto me parecen inconstitucionales.

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Gracias, señora diputada.

 

            Vamos a someter a votación la moción.

 

            Ruego a los diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación de forma inmediata.

 

            Nuevamente, los diputados que están en la sala adjunta, por favor, incorporarse al salón de sesiones.

 

            Treinta y nueve diputados y diputadas presentes.

 

            Vamos a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.

 

            Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción de reiteración se servirán ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento. Treinta y nueve diputados y diputadas presentes; diez diputados han votado a favor, veintinueve en contra. Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.

 

            Había una moción que estaba numerada o tenía el número 10 que fue retirada por la diputada proponente el día con fecha 26 de noviembre.

 

            Diputadas y diputados, hemos concluido, agotado las mociones de reiteración.

 

            Por el orden, la diputada Alfaro Murillo.

 

Diputada Marielos Alfaro Murillo:

 

            Muchas gracias, señor presidente.

 

            Para que quede constando en el acta el voto afirmativo que he dado a todas las mociones que ha presentado la diputada Pérez Hegg en reiteración; de la misma forma, doña Damaris Quintana, don Ernesto Chavarría, don Adonay Enríquez, principalmente porque como ella indicó, el comportamiento de la inversión es importante para todo gobierno y lo va a hacer para el próximo Gobierno.

 

            Me sorprende muchísimo que sean las dos fracciones que de cara a una segunda ronda estén poniendo piedras al sector financiero para que…

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Diputada, era por el orden, ya le hemos aceptado la indicación de su votación, pero ya es por el fondo.

 

            Hemos agotado la votación… perdón, el conocimiento de mociones de reiteración.

 

            Vamos a entrar a conocer el expediente por el fondo.

 

            Ofrezco el uso de la palabra a los diputados y diputadas para referirse por el fondo a este expediente.

 

            Vamos a dar un minuto para anotar la lista de diputados que se están anotando en la pantalla.

 

            Ha llegado una comunicación del Ministerio de la Presidencia que le solicito al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras:

 

Decreto Ejecutivo N.º 38.161-MP

 

6 de febrero de 2014

DMP-643-2013

 

Señor

Martín Alcides Monestel Contreras

Primer Secretario

 

Señora

Dip. Annie Saborío Mora

Segunda Secretaria

Asamblea Legislativa

 

Estimados señores Diputados:

 

Me permito hacer del conocimiento de la Asamblea Legislativa, el Decreto Ejecutivo 38.161-MP, de esta fecha, mediante el cual el Poder Ejecutivo retira del conocimiento de sesiones extraordinarias los expedientes en él indicados.

 

Atentamente,

 

Carlos Ricardo Benavides Jiménez

Ministro de la Presidencia

 

 

DECRETO EJECUTIVO 37.161-MP

 

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

 

DECRETAN:

 

ARTÍCULO 1: Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:

 

EXPEDIENTE N° 18.685: LEY PARA DESINCENTIVAR EL INGRESO DE CAPITALES EXTERNOS.

 

ARTICULO 2: Rige a partir del 6 de febrero de 2014.

 

Dado en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.

 

 

 

LAURA CHINCHILLA MIRANDA

 

 

 

CARLOS RICARDO BENAVIDES JIMÉNEZ

MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

 

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

            Se tiene por retirado el expediente.

 

            Continuamos con el conocimiento del orden del día.

 

 

Expediente N.º 18.522, Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a Capitalizar Organismos Multilaterales

 

 Y entramos en conocimiento del expediente número 18.522, Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a Capitalizar Organismos Multilaterales.

 

Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COMERCIO EXTERIOR

 

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

            La moción fue desechada.

 

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 del diputado Fishman Zonzinski:

 

Para que se agregue un párrafo final al artículo 2 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 2.-          Autorización.

 

[…]

 

El Banco Central de Costa Rica y el Ministerio de Hacienda deberán coordinar y definir procedimientos entre ambas entidades y el organismo multilateral que corresponda, para efectos de la participación en las asambleas de accionistas, la distribución de utilidades, el mantenimiento de valor de las aportaciones realizadas en colones, los ajustes de capital, el manejo de los estados de cuenta y confirmaciones de saldos, entre otros aspectos.".

 

 

 

 

Expediente N.º 17.502, Reforma Integral a la Ley N.º 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y Reforma a otras Leyes, (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

En el lugar dieciséis del orden del día se encuentra el expediente 17.502, Reforma Integral a la Ley número 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y Reforma a otras Leyes.

 

Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas mociones de fondo, vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

COMISIÓN ESPECIAL QUE EVALUARÁ LOS RESULTADOS DE LA LEY DEL SISTEMA DE BANCA DE DESARROLLO N.º 8634 CON EL FIN DE ESTUDIAR Y DICTAMINAR EL EXPEDIENTE Nº 17.502, “FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE BANCA DE DESARROLLO”, LA CUAL SE TRAMITARÁ BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE Nº 18.532,

 

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

MOCIONES APROBADAS

 

 

Moción N.º  3-137 (1-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso f) del artículo 4 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 4.-          Objetivos específicos del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

El SBD tendrá los siguientes objetivos:

 

 

f) Fomentar la innovación, transferencia y adaptación tecnológica orientada a elevar la competitividad de los sujetos beneficiarios de esta ley. En el caso del sector agropecuario se podrá canalizar a través de instancias públicas como privadas que fomenten la innovación, investigación, y transferencia de tecnología.

 

 

Moción N.º 1-137  (2-18)de varios diputados:

 

Para que se modifique el penúltimo párrafo del Artículo 6 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"Artículo 6.-   Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el

Desarrollo

 

        

 

Los sujetos beneficiarios presentarán al SBD sus potenciales proyectos, los cuales serán apoyados por las herramientas del Sistema para convertirse en sujetos de crédito.

 

…”

 

Moción N.º 14-137 (3-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso 3) y 6) y se agregue un antepenúltimo párrafo al artículo 6) del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

3) PYMES: entendidos como las unidades productivas definidas en la Ley N.° 8262 y su reglamento.

 

Las medianas empresas serán sujeto beneficiario de los recursos de esta ley, siempre y cuando no sean sujetos de los servicios de crédito de la banca comercial, según los criterios y las disposiciones del CONASSIF y de la SUGEF.

 

 

6) Beneficiarios de microcrédito: persona o grupos de personas físicas o jurídicas, que califiquen como pequeños productores agropecuarios, microempresarias o emprendedoras, de todos los sectores de las actividades económicas, que presenten proyectos productivos y cuyo requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base establecidos en la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva actualización. Serán otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo definidos en la presente ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al inciso ii) del artículo 59 de la Ley N.° 1644, además del Fondo de Financiamiento para el Desarrollo.

 

Además el Consejo Rector, por excepción, mediante resolución motivada, podrá incluir como beneficiarios, a aquellas empresas o productores no contemplados en los incisos anteriores, siempre y cuando este Consejo considere que son de alto impacto en el desarrollo nacional de acuerdo con criterios como empleo generado, contribución a la sostenibilidad ambiental, al desarrollo tecnológico y encadenamientos productivos, entre otros.

 

 

Moción N.º 5-137 (4-18) de varios diputados:

 

Para que se agreguen dos párrafos al final del artículo 15 del texto en discusión, además para que se agregue un inciso I) y se corra la numeración de los incisos, en el artículo 24 del texto en discusión y se lean de la siguiente manera:

 

1) "ARTÍCULO 15.- Creación del Fideicomiso Nacional para el Desarrollo

 

 

Los recursos del FINADE contarán con la garantía del estado para establecer o contratar líneas de crédito con Bancos Estatales, Bancos Multilaterales, Bancos Bilaterales, Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucro (ONG's) y cualquier organismo internacional. Los créditos procedentes de organismos internacionales deberán llevar el aval previo de la Asamblea Legislativa y para los créditos procedentes de entes nacionales deberán contar con el aval previo del Ministerio de Hacienda, excepto los recursos procedentes del Fondo de Crédito para el Desarrollo, los cuales no necesitarán dicho aval.

 

Los Bancos Administradores del Fondo de Crédito para el Desarrollo, facilitarán líneas de crédito al FINADE con recursos del FCD al costo, para que éste los canalice bajo condiciones que establezca el Consejo Rector. Los recursos que forman parte del Sistema de Banca para el Desarrollo estarán exentos de todo tipo de tributo y no serán considerados como parte del encaje mínimo legal. Esta disposición se aplicará también a los operadores financieros que hagan uso de estos recursos."

 

2) "ARTÍCULO 24.-     De los recursos del Fideicomiso

 

 

l) Las Líneas de crédito con Garantía del Estado que se establezcan según el artículo 15 de la presente Ley.

 

…”

 

Moción N.º 2-137 (5-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el primer párrafo del artículo 19 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 19.-        Desarrollo de Avales con Contragarantías y Avales de Carteras

 

Se podrá garantizar programas y/o carteras de crédito mediante la cobertura de la pérdida esperada u otros mecanismos técnicamente factibles. El FINADE queda facultado para recibir recursos de contragarantía de entes públicos y privados, los cuales serán administrados bajo la figura de un fondo de contragarantías donde se identificarán las entidades participantes.

 

…”

 

Moción N.º 4-137 (6-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el artículo 29 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 29.-        Operatividad para la regionalización de los recursos

 

El Consejo Rector del SBD canalizará los recursos del Sistema a los beneficiarios de esta Ley por medio de operadores financieros regulados y no regulados por la SUGEF, los cuales deberán estar debidamente acreditados ante el Consejo Rector. No obstante, el Consejo Rector queda facultado para implementar mecanismos alternativos o complementarios en las diferentes regiones del país, con el propósito de que se les asegure a los beneficiarios el acceso al financiamiento y herramientas que ofrece el FINADE.

 

Todos los aspectos relacionados con la organización y funcionamiento de esta disposición serán establecidos en el Reglamento de esta Ley."

 

 

Moción N.º 15-137 (7-18) de varios diputados:

 

Para que se agregue un antepenúltimo párrafo en artículo 32 del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 32.-        Patrimonio Financiero de los fondos

 

El patrimonio de los fondos de financiamiento para el desarrollo se constituirá con los siguientes recursos:

 

a)         ...

b)        

 

De estos Fondos, al menos 11% deberá ser destinado a los beneficiarios del inciso 6) del artículo 6 de esta Ley. Estos saldos de crédito deberán crecer al menos un 5% real por año, hasta alcanzar al menos el 25% del Fondo. Por excepción el Consejo Rector podrá suspender la aplicación de éste 11%, hasta por tres años, si de manera comprobada no hubiera demanda, debiéndose asignar los recursos a los demás sujetos señalados en esta Ley. Si se determina que las entidades financieras, por dolo o culpa grave, incluyen beneficiarios que no son los que establece esta Ley, o se incumple con la meta de colocación del 11% y su crecimiento, o con las metas o los planes aprobados por el Consejo Rector, se aplicarán las sanciones establecidas en inciso ii) del artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley 1644 y sus reformas, según sea el caso.

 

 

Moción N.º 17-137 (8-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el artículo 36 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 36.- Creación del Fondo de Crédito para el Desarrollo

 

Créase el Fondo de Crédito para el Desarrollo, que estará constituido por los recursos provenientes del inciso i) del artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, N.° 1644, y sus reformas.

 

El Consejo Rector queda facultado para asignar este Fondo a su conveniencia, entre uno o varios Bancos Estatales. En el caso que se elijan más de un Banco Estatal, el Consejo Rector le indicará a la Banca Privada cual es el porcentaje que le corresponde transferir a cada Banco Administrador, además, los periodos de revisión y ajuste de dichos porcentajes serán definidos por el Consejo Rector.

 

El o los Bancos Estatales Administradores reconocerán por la captación de dichos fondos, las tasas de interés estipuladas en el inciso i) del artículo 59) de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, No 1644 y sus reformas. Además, estos recursos se deberán manejar como parte de las cuentas normales, con una contabilidad separada.

 

El o los bancos estatales administradores podrán canalizar los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo, como banca de segundo piso por medio de colocaciones a asociaciones, cooperativas, microfinancieras, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de productores u otras entidades formales, a excepción de la Banca Privada, siempre y cuando realicen operaciones de crédito en programas que cumplan los objetivos y beneficiarios establecidos en esta Ley y autorizados por el Consejo Rector.

 

La tasa de interés que podrán cobrar el o los Bancos Estatales Administradores del Fondo de Crédito para el Desarrollo a los beneficiarios de esta Ley en forma directa, será igual a la establecida en el inciso ii) del artículo 59) de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, No 1644 y sus reformas. En el caso que el o los Bancos Administradores canalicen los recursos por medio de banca de segundo piso, el Consejo Rector definirá una tasa preferencial.

 

El o los Bancos Administradores presentarán ante el Consejo Rector un modelo de administración de riesgos que deberá aplicar para la Administración de su Fondo respectivo.

 

Los recursos de este Fondo que no se logre colocar según los fines establecidos para el SBD, una vez deducidas las necesidades de liquidez de acuerdo con los índices de volatilidad para la sana administración de los recursos, se colocarán en instrumentos financieros del sector público costarricense, pudiendo también colocarse en instrumentos emitidos por emisores extranjeros, en condiciones similares a las establecidas en la política para la administración de las reservas monetarias internacionales emitidas por el Banco Central de Costa Rica.

 

Para cubrir los costos de operación, servicios y cualquier otro rubro por la administración de las inversiones, según el párrafo anterior, el o los Bancos Administradores recibirán una única comisión fijada por el Consejo Rector, que como máximo será de un 10% de los rendimientos obtenidos, una vez excluido el costo de los recursos. En este caso, los rendimientos adicionales que generen estos recursos serán trasladados mensualmente al patrimonio del FINADE.

 

Moción N.º 10-137 (9-18) de la diputada Saborío Mora:

 

Para que se modifiquen los subincisos b), d) y f) del inciso i) del artículo 41 del texto dictaminado, y se lea de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 41.- Colaboradores del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

Serán colaboradores del SBD los siguientes:

 

i.              Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

Además, dichos recursos se utilizarán también para apoyar al beneficiario en lo siguiente:

 

b.      Otorgar becas a nivel nacional e internacional, para los beneficiarios de esta Ley, principalmente para los microempresarios.

c.      

d.      En el apoyo a proyectos de innovación, desarrollo científico y tecnológico y en el uso de tecnología innovadora, mediante servicios de formación y capacitación profesional.

e.      

f. Cualquier otro servicio de capacitación y formación profesional que el Consejo Rector considere pertinente para el fortalecimiento de los sectores productivos.

 

 

Moción N.º 21-137 (11-18) de varios diputados:

 

Para modificar el artículo 43 del texto dictaminado para que se lea de la siguiente forma:

 

"Las microfinancieras con un patrimonio mayor a doscientos cincuenta millones de colones, independientemente de la figura jurídica bajo la cual estén organizadas, podrán realizar operaciones de titularización de sus carteras de crédito. Estas operaciones estarán dirigidas a portafolios de inversionistas institucionales, conforme a la definición que adopte la Superintendencia General de Valores sobre este concepto. El monto del patrimonio requerido se ajustará anualmente de acuerdo con el Indice de Precios al Consumidor calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. Los integrantes del SBD y los fondos establecidos en esta ley podrán adquirir las emisiones de valores resultantes de tales operaciones."

 

Moción N.º 13-137 (12-18) de la diputada Saborío Mora:

 

Para que se modifique el artículo 46 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 46.-                    Contingencias

 

El FINADE podrá readecuar deudas a los sujetos beneficiarios, cuando se compruebe, de acuerdo con los parámetros que se definirán vía reglamento por el Consejo Rector, que han sido afectados por razones de caso fortuito o fuerza mayor, o contingencias como desastres naturales o factores antrópicos, que les impidan cumplir los compromisos adquiridos al otorgárseles el crédito. La readecuación no hará perder la condición de sujeto de crédito beneficiario ante el SBD."

 

Moción N.º 11-137 (13-18) del diputada Gómez Franceschi:

 

Para que se reforme el inciso a) del artículo 51 del texto dictaminado en dos vías, primero para que se agregue una reforma al inciso b) del artículo 8) de la Ley N.° 8262, y segundo para que se modifique el último párrafo del inciso a) del artículo 51, y se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 51.- Modificación de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.° 8262

 

Modifícase la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.° 8262, de 2 de mayo de 2002 y sus reformas, en las siguientes disposiciones:

 

a) Refórmense el primer párrafo, los incisos a), b), c) y el párrafo final del artículo 8, y adiciónese un párrafo final a dicho artículo. El texto dirá:

 

 

"Artículo 8.-

 

 

Los recursos del Fodemipyme se destinarán a lo siguiente:

 

a)    ...

 

b)    Conceder créditos a las micro, pequeñas y medianas empresas con el propósito de financiar proyectos o programas que, a solicitud de estas, requieran para capital de trabajo, capacitación o asistencia técnica, desarrollo tecnológico, transferencia tecnológica, conocimiento, investigación, desarrollo de potencial humano, formación técnica profesional, y procesos de innovación y cambio tecnológico. Dichos créditos se concederán en condiciones adecuadas a los requerimientos de cada proyecto para consolidarse. La viabilidad de estos proyectos deberá documentarse en un estudio técnico que satisfaga al FODEMIPYME.

 

c)   

 

 

Se autoriza a Fodemipyme a establecer mecanismos, convenios y realizar donaciones al FINADE, en el marco del fortalecimiento de los objetivos de la Ley N.° 8634 y sus reformas, en ningún caso el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo podrá emitir políticas o directrices para que se trasladen fondos del FODEMIPYME al FINADE.

 

Moción N.º 16-137 (14-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso a) del artículo 53 del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 53.- Modificación de la Ley Orgánica del Sistema Bancario

Nacional, Ley N.° 1644 de 26 de setiembre de 1953 y sus reformas, en las siguientes disposiciones:

 

a)     Refórmase el artículo 59. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Solo los bancos podrán recibir depósitos y captaciones en cuenta corriente. Cuando se trate de bancos privados, solo podrán captar depósitos en cuenta corriente, si cumplen alguno de los siguientes requisitos:

 

i) Mantener permanentemente un saldo de préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo equivalente a un diecisiete por ciento (17%) de sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como extranjera, una vez deducido el encaje correspondiente. En caso de que la totalidad de los depósitos se realicen en moneda nacional, el porcentaje será únicamente de un quince por ciento (15%) sobre la misma base de cálculo. Los recursos recibidos por el o los Bancos Estatales Administradores, de las entidades privadas, se exceptúan del requerimiento del encaje mínimo legal, para las operaciones que realicen el o los Bancos Administradores según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 8634 y sus reformas.

 

Para calcular los porcentajes antes indicados, se contemplarán los siguientes elementos:

 

1) Se realizará con base en el promedio de las captaciones de los últimos noventa días hábiles, al final del día, con un rezago de cinco días hábiles.

 

2) Además, durante todos y cada uno de los días del período de control del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%) del promedio señalado en el punto anterior.

 

El o los Bancos Administradores reconocerán a la Banca Privada por los recursos transferidos, una tasa de interés del cincuenta por ciento (50%) de la tasa básica pasiva para depósitos en moneda nacional, y un cincuenta por ciento (50%) de la tasa Libor a un mes por los recursos transferidos en moneda extranjera.

 

Estos recursos se podrán invertir según lo establecido en el artículo 36 de la Ley del Sistema de Banca de Desarrollo, Ley 8634 y sus reformas.

 

Si el Banco opta por el inciso i), y no cumple con lo establecido en este inciso, se le aplicará una sanción equivalente a la Tasa Básica Pasiva en colones calculada por el Banco Central más cuatro puntos porcentuales (TBP+4p.p), aplicables al monto no depositado por la entidad bancaria. El importe de esta multa será depositado en el Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE).

 

ii) Alternativamente, instalar por lo menos cuatro agencias o sucursales, dedicadas a prestar los servicios bancarios básicos tanto de tipo pasivo como activo, distribuidas en las regiones Chorotega, Pacífico Central, Brunca, Huetar Atlántico y Huetar Norte, así como mantener un saldo equivalente de por lo menos a un diez por ciento (10%), una vez deducido el encaje correspondiente de sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, en moneda local y extranjera, en créditos dirigidos a los programas que, para estos efectos, obligatoriamente se presentarán ante el Consejo Rector con el fin de solicitar su revisión y aprobación.

 

Estos recursos se colocarán a los usuarios finales a las siguientes tasas:

 

a.       Para los recursos en colones: a la tasa básica pasiva que calcula el Banco Central de Costa Rica, ajustable y revisable trimestralmente. Esta tasa será del 4% cuando dicho cálculo resulte inferior a éste porcentaje.

b.       Para los recursos en moneda extranjera: será la Tasa de Interés Neta promedio de captaciones a 6 meses plazo de la Banca Privada calculada por el Banco Central de Costa Rica, ajustable y revisable trimestralmente. Esta tasa será del 3% si dicho cálculo resultara inferior a éste porcentaje.

 

En el caso que los Bancos Privados canalicen los recursos por medio de banca de segundo piso, el Consejo Rector establecerá una tasa preferencial.

 

Para que los sujetos de crédito final tengan protección cambiaria, los bancos privados que coloquen estos recursos, podrán canalizarlos directamente en dólares. Sin embargo, si no hubiese suficiente demanda para colocar todos los recursos en moneda extranjera, el banco Privado podrá prestar el equivalente en moneda nacional.

 

La canalización de los recursos establecidos en este inciso ii) se podrá realizar, total o parcialmente, por medio de colocaciones a asociaciones, cooperativas, microfinancieras, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de productores u otras entidades, independientemente de su estructura jurídica u organizacional, siempre y cuando el banco privado cuente con programas aprobados por el Consejo Rector.

 

Además estos recursos se podrán destinar a los beneficiarios que establece la Ley 8634 y sus reformas, según lo establecido en este inciso, por medio de crédito directo, arrendamiento, factoreo, garantías de participación y cumplimiento, cartas de crédito y otros instrumentos de crédito, por parte de las entidades que conforman los grupos financieros al que pertenecen los bancos que intermedien estos recursos.

 

Si un banco privado decide cambiarse de la opción descrita en el inciso i) a la del inciso ii), deberá solicitarlo al Consejo Rector y a la Sugef, al menos con seis meses de antelación a la fecha de iniciar el traslado. De acuerdo a la solicitud del banco privado, el reintegro de recursos se efectuará según un plan de devolución que el o los Bancos Administradores determinen adecuado para el periodo solicitado, el mismo se conocerá en la sesión ordinaria del Consejo Rector para su aprobación y determinación del plazo máximo que durará el periodo de devolución del dinero. El Banco Privado podrá devolverse del inciso ii) al i) siempre y cuando haya cumplido con un periodo mínimo de permanencia en el inciso ii) de 5 años y lo informará al Consejo Rector al menos 3 meses antes, pero a partir de la fecha del traslado deberá cumplir todo lo dispuesto en el inciso i).

 

Para aquellos bancos privados que decidan movilizarse del inciso i) al inciso ii), tendrán una gradualidad tal que para fines del primer año de habérseles aprobado el traslado al inciso ii), deberán tener colocado al menos el 3% de las captaciones totales a plazos de treinta días o menos mantenidos en promedio durante ese año, deducido el encaje mínimo legal. A fines del segundo año de habérseles aprobado el traslado al inciso ii), un 6% de las captaciones totales a plazos de treinta días o menos mantenidos en promedio durante dicho segundo año y para el tercer año, el 10% de las captaciones totales a plazos de treinta días o menos mantenidos en promedio durante dicho año, deducido el encaje mínimo legal. A partir del cuarto año, el banco privado que haya cumplido con esta gradualidad, mantendrá colocado un mínimo del 10% de las captaciones totales promedio a plazos de treinta días o menos de cada año, deducido el encaje mínimo legal, en los diferentes Programas aprobados por el Consejo Rector.

 

El Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo tendrá la facultad para ampliar los plazos para el cumplimiento de los porcentajes de colocación mencionados en el párrafo anterior, siempre y cuando no excedan los 5 años a partir de que el Consejo Rector aprobó el traslado al inciso ii), esto únicamente tomando en cuenta situaciones especiales que les impidieron la colocación en el plazo estipulado, las cuales deberán ser debidamente justificadas por la entidad Bancaria Privada. Las demás condiciones se mantendrán como se menciona en el presente artículo. En el proceso de transición del inciso i) al inciso ii), el banco privado deberá trasladar al Fondo de Crédito para el Desarrollo, bajo las condiciones establecidas en el inciso i), la diferencia del diez por ciento (10%), con forme se establece en los dos párrafos anteriores, y el monto que el banco privado ha logrado colocar. Cuando ya haya logrado la colocación del 10% estipulado en el inciso ii) no deberá colocar más recursos en el inciso i).

 

Si el Banco Privado se traslada al inciso ii) y no cumple con las metas de colocación aprobadas por el Consejo Rector, deberá pagar una tasa de interés igual a la Tasa Básica Pasiva más cuatro puntos porcentuales (4 p.p) sobre el monto que resulte de la diferencia entre lo realmente colocado de su cartera en colones y el monto aprobado por el Consejo Rector en los planes de traslado o sus solicitudes de prórrogas; de igual forma deberá pagar una tasa de interés igual a la tasa Libor a 6 meses más cuatro puntos porcentuales (4 p.p) sobre el monto que resulte de la diferencia entre lo reamente colocado de su cartera en moneda extranjera y el monto aprobado por el Consejo Rector en los planes de traslado o sus solicitudes de prórrogas para la colocación de la cartera en esta moneda. Los montos correspondientes al pago de intereses de estas multas serán trasladados trimestralmente al FINADE por el Banco Privado independientemente de la moneda en que se capten los recursos.

 

En el caso que los Bancos Privados, en el uso de los recursos del inciso ii) de este artículo, incumplan con los planes aprobados o si se determina que los beneficiarios, por dolo o culpa grave, no son los que establece la Ley N.° 8634 y sus reformas, el Consejo Rector del Sistema de Banca para del Desarrollo, informará de ello a la SUGEF, a efecto de que se realice el procedimiento administrativo respectivo, con base en el cual se establecerá una multa, comprendida en el rango del 0,5% al 1% de su patrimonio, según la gravedad de la falta. El importe de esta multa será depositado en el Fideicomiso Nacional para el Desarrollo, FINADE. Para el establecimiento de esta multa la SUGEF se sujetará a las disposiciones del Libro II de la Ley General de Administración Pública.

 

El Banco Central podrá incluir, para los propósitos de los requisitos mencionados en los incisos i) y ii) anteriores, cualesquiera otras cuentas del pasivo de las entidades financieras que, a su juicio, sean similares a las obligaciones constituidas como captaciones a treinta días o menos. Para las operaciones crediticias derivadas de los recursos de los incisos i) y ii) de este artículo, serán elegibles proyectos que presenten capacidad de pago según lo establecido en la normativa de crédito y calificación de deudores aprobada por el CONASSIF.

 

El Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo creará políticas para promover el uso de los recursos de los dos incisos anteriores en sujetos beneficiarios específicos o sectores prioritarios, de acuerdo con las políticas públicas y el Plan Nacional de Desarrollo.

 

Con respecto al inciso i), del monto total de crédito colocado a los sujetos beneficiarios, el 11% deberá ser destinado a los beneficiarios del inciso 6) del artículo 6 de la Ley 8634 y sus reformas. Dicho saldo deberá crecer al menos un 5% real anual hasta alcanzar al menos un 25% de lo colocado.

 

En el caso del inciso ii), del monto total de recursos que se establece en los planes de colocación que el Consejo Rector aprueba, para alcanzar gradualmente el cumplimiento pleno del inciso ii), el 11% deberá ser destinado a los beneficiarios del inciso 6) del artículo 6 de la Ley 8634 y sus reformas. Dichos saldos de crédito deberán crecer al menos un 5% real anual hasta alcanzar al menos un 25% del monto total del Fondo.

 

Por excepción el Consejo Rector podrá suspender la aplicación de estos porcentajes mínimos establecidos en los dos párrafos anteriores, hasta por un periodo de tres años, cuando determine que no hubiera demanda por parte de los beneficiarios de esos recursos, debiéndose asignar los recursos a los demás sujetos señalados en Ley de Banca para el Desarrollo, Ley 8634 y sus reformas.

 

Moción N.º 9-137 (15-18) de varios señores diputados:

 

Para que se modifique el artículo 54 del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 54.- Reforma de la Ley orgánica del Banco Central de Costa Rica,

 

Refórmase el subinciso i) del inciso a) del artículo 52 de la Ley orgánica del Banco Central de Costa Rica, ley N° 7558, de 3 de noviembre de 1995, y sus reformas. El texto dirá:

 

"Artículo 52.- Operaciones de crédito

 

El Banco Central podrá efectuar las siguientes operaciones de crédito, con sujeción estricta a las condiciones y restricciones establecidas en esta Ley, sin que por ello esté obligado a realizarlas:

 

a) Con el fin de salvaguardar la estabilidad del Sistema Financiero Nacional, redescontar, a las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras, los documentos de crédito que reúnan todas las formalidades exigidas por las leyes, en las siguientes condiciones:

 

i) Para poder tener acceso al redescuento, las entidades financieras privadas deberán:

 

1) Tener derecho de acceso a captaciones en cuentas corrientes, establecidas para los bancos privados, en las condiciones definidas en el inciso c) del artículo 162 de esta Ley, o alternativamente.

 

2) Mantener, permanentemente, un saldo mínimo de préstamos en el banco estatal que administre el Fondo de crédito para el desarrollo, creado mediante la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, el equivalente a un doce por ciento (12%), una vez deducido el encaje correspondiente de sus captaciones totales, a plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como extranjera. El banco del Estado que administre el Fondo de crédito para el desarrollo reconocerá a la banca privada, por dichos recursos, una tasa de interés igual al cincuenta por ciento (50%) de la tasa básica pasiva calculada por el Banco Central o de la tasa Libor a un mes, respectivamente. El Fondo de crédito para el desarrollo prestará tales recursos, acorde a las directrices emitidas por el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, y se colocarán según lo establecido en el inciso i) del artículo 59 de la Ley orgánica del Sistema Bancario Nacional, N° 1644.

 

Para el cálculo de este porcentaje, se contemplarán los siguientes elementos:

 

A)      Se realizará con base en el promedio de las captaciones de los últimos noventa días hábiles, al final del día, con un rezago de cinco días hábiles.

 

B)      Además, durante todos y cada uno de los días del período de control del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de crédito para el desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%) del promedio señalado en el punto anterior.

 

Para los propósitos de los requisitos señalados en el punto 1) y anteriores, el Banco Central podrá incluir cualesquiera otras cuentas del pasivo de las entidades financieras que, a su juicio, sean similares a las obligaciones constituidas como captaciones a treinta días o menos.

 

El derecho al redescuento a que se refiere este inciso, se adquiere tres meses después de haber cumplido, sin interrupción, lo estipulado en la alternativa escogida.

 

…”

 

Moción N.º 22-137 (17-18) de varios diputados:

 

Para que se modifique el artículo 6o) del texto dictaminado, en éste el inciso 8) del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta

 

Modifíquese el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Tarifas

 

 

"8. Por intereses, comisiones y otros gastos financieros, así como por los arrendamientos de bienes de capital pagados o acreditados a entidades o personas físicas del exterior se pagará una tarifa del quince por ciento (15%).

 

Por intereses, comisiones y otros gastos financieros que paguen o acrediten las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia General de Entidades Financieras a entidades del extranjero que estén sujetas a la vigilancia e inspección en sus correspondientes jurisdicciones, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).

 

Se exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso que procedan de créditos otorgados por bancos multilaterales de desarrollo y organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo, así como las organizaciones sin fines de lucro que estén exoneradas del impuesto o no sean sujetas al impuesto según la legislación costarricense.

 

Las operaciones que se indican en el presente inciso deberán ser informadas a la Administración Tributaria y al Banco Central periódicamente. Sin detrimento de otras informaciones que se consideren necesarias, se deberá proporcionar la siguiente información, referida a cada operación individual sobre la que se paguen intereses y comisiones: monto, plazo, saldo por pagar, plazo al vencimiento, tasa de interés, etc.). Para tales efectos además ambas Dependencias podrán realizar los mecanismos necesarios para obtenerla.

 

Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor. Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto recaudado.

 

…”

 

Moción N.º 19-137 (18-18) de varios diputados:

 

Para que se incluya un inciso f) en el artículo 61 del proyecto de ley dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 61.-        Derogaciones

 

Deróganse las siguientes disposiciones:

 

 

f) El inciso e) del artículo 155 de la Ley Orgánica del Banco Central y sus reformas, Ley 7558."

 

Moción N.º 6-137 (21-18) de varios diputados:

 

Para que se elimine el Transitorio VI y se corra la numeración, además que se modifique el artículo 17 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

1) Elimínese el Transitorio VI

 

2) ARTÍCULO 17.-      Recursos para administración y operación

 

 El Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo queda facultado para destinar, anualmente, hasta uno y medio por ciento (1,5%) de los recursos del FINADE para cubrir los gastos administrativos y operativos. De igual forma, con estos recursos se deberán cubrir los gastos e inversiones asociados con el proceso de Regionalización de los Recursos del SBD de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de esta Ley.

 

Para estos efectos, el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo y su Secretaría Técnica, no estará sujeta a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, No 8131 del 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; excepto en lo correspondiente al trámite de aprobación de sus presupuestos, así como a lo ordenado en los artículos 57 y 94 y en el título X de dicha Ley.

 

Los criterios para definir la estructura de salarios y lo referente a la creación de plazas de la Secretaría Técnica, serán determinados por el Consejo Rector en el reglamento de la presente Ley.

 

Los superávit, si los hubiese, serán clasificados como específicos para los fines y necesidades que defina el Consejo Rector.

 

Moción N.º 20-137 (22-18) de varios diputados:

 

Para que se agregue un Transitorio VIII, el cual irá referido a los artículos 32 y 53 del texto dictaminado. Dicho transitorio dirá:

 

TRANSITORIO VIII.-

 

Para el cumplimiento del 11% de colocación para el beneficiario señalado en el inciso 6) del artículo 6), según lo establecido en el artículo 32 y para el inciso i) del artículo 53 de esta Ley, se dará un período de 4 años para que los bancos alcancen dicho porcentaje.

 

    Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el segundo párrafo del artículo 27 bis del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

Artículo 27 bis.- Mecanismos de capital semilla y capital de riesgo El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con el fin de desarrollar estos programas, incluyendo la posibilidad de participar con aportes de capital en fondos de capital de riesgo.

 

(…)

 

Moción N.º 2 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el inciso d) del artículo 15) del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

Artículo 15.- Creación del Fideicomiso Nacional para el Desarrollo

 

(…)

 

d) Para fomentar, promocionar, incentivar y participar, en la creación, la reactivación y el desarrollo de empresas, mediante modelos de capital semilla y capital de riesgo. El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con el fin de desarrollar estos programas.

 

(…)

 

Moción N.º 3 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el inciso d) del artículo 15) y el segundo párrafo del artículo 27 bis del texto en discusión y se lean de la siguiente manera:

 

Artículo 15.-Creación del Fideicomiso Nacional para el Desarrollo

 

(...)

d) Para fomentar, promocionar, incentivar y participar, en la creación, la reactivación y el desarrollo de empresas, mediante modelos de capital semilla y capital de riesgo. El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con el fin de desarrollar estos programas.

(...)

 

Artículo 27 bis.- Mecanismos de capital semilla y capital de riesgo

 

(…)

 

El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con el fin de desarrollar estos programas, incluyendo la posibilidad de participar con aportes de capital en fondos de capital de riesgo.

 

(…)

 

Moción N.º 4 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el inciso 4) del artículo 6) del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 6.-           Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

4) Micro — Pequeño y Mediano Productor Agropecuario y Forestal: Unidad de producción o extracción en actividades agrícolas, pecuarias, forestales, acuícolas, de pesca o explotación de otros productos del mar. La definición cuantitativa la realizará el Ministerio de Agricultura y Ganadería vía reglamento.

 

Los medianos productores agropecuarios tendrán las mismas limitaciones establecidas en el segundo párrafo del inciso anterior.

 

Moción N.º 5 de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso 8) del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenido en el artículo 60 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera.

 

"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta

 

Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N. 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Tarifas

 

(…)

 

8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.

 

No estarán sujetos al pago de este impuesto los intereses y comisiones que paguen o acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras, así como los intereses y comisiones que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a los bancos extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado financiero costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.

 

Se exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta ley.

 

Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor. Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto recaudado.

 

Moción N.º 6 del diputado Céspedes Salazar:

 

Para que se modifique el inciso 8) del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenido en el artículo 60 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta

 

Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Tarifas

 

(...)

 

8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.

 

Por los intereses y comisiones que paguen o acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras, así como los intereses y comisiones que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a los bancos extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado financiero costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).

 

Se exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta ley.

 

Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor. Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto recaudado."

 

Moción N.º 9 de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso 7 del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N° 7092 de 21 de abril de 1988, modificado en el artículo 60 del proyecto en discusión, para que se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta

Modifíquese el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Tarifas

 

(…)

 

7. Por las utilidades, dividendos o participaciones sociales a que se refieren los artículos 21 y 22 de esta ley se pagará una tarifa del quince por ciento (15%), o del cinco por ciento (5%), según corresponda.

Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las comisiones y otros gastos financieros pagados por empresas domiciliadas en el país a bancos en el exterior -o a las entidades financieras de éstos-, reconocidos por el Banco Central de Costa Rica como instituciones que se dedican a efectuar operaciones internacionales, incluidos los pagos efectuados por tales conceptos a proveedores del exterior por la importación de mercancías. Las remesas que se realicen a entidades financieras domiciliadas en el exterior, que formen parte de un Grupo o Conglomerado Financiero establecido en el país, pagarán una tarifa del 5,5 % conforme a la normativa sobre esta materia establecida por la Superintendencia General de Entidades Financieras, tales operaciones deberán ser reportadas al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta ley.

 

Pagarán una tarifa del 15% los arrendamientos de bienes de capital y los intereses sobre préstamos, pagados a instituciones del exterior por empresas domiciliadas en el país.

 

Por los intereses y comisiones que paguen o acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia General de Entidades Financieras, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).

 

Se exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo.

 

Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso, serán trasladados íntegramente al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo establecido en la Ley N.° 8634 y sus reformas.

 

(…)

 

Moción N.º 10 de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso a) del artículo 52 del proyecto en discusión, para que se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 52.- Modificación de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional

 

Modifíquese la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley N.° 1644 de 26 de setiembre de 1953 y sus reformas, en las siguientes disposiciones:

 

a) Refórmase el artículo 59. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Solo los bancos podrán recibir depósitos y captaciones en cuenta corriente. Cuando se trate de bancos privados, solo podrán captar depósitos en cuenta corriente, si cumplen alguno de los siguientes requisitos:

 

i) Mantener permanentemente un saldo mínimo de préstamos al banco del Estado que administre el Fondo de crédito para el desarrollo equivalente a un diecisiete por ciento (17%), una vez deducido el encaje correspondiente de sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como extranjera. En caso de que la totalidad de los depósitos se realicen en moneda nacional, el porcentaje será únicamente de un quince por ciento (15%) sobre la misma base de cálculo. El banco estatal que administre dicho fondo reconocerá a las entidades privadas, por esos recursos, una tasa de interés equivalente al costo que esos fondos tengan a la vista, según la referencia de mercado que brinde el Banco Central. El ente rector del SBD podrá ajustar las tasas de interés efectivas para el usuario final, de acuerdo con las condiciones del mercado. Estos recursos podrán ser objeto de los avales y las garantías señalados en la Ley del SBD. Los recursos recibidos por el banco estatal, de las entidades financieras privadas, se exceptúan del requerimiento de encaje mínimo legal.

Para calcular los porcentajes antes indicados, se contemplarán los siguientes elementos:

1)      Se realizará con base en el promedio de las captaciones de los últimos noventa días hábiles, al final del día, con un rezago de cinco días hábiles.

2)      Además, durante todos y cada uno de los días del período de control del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%) del promedio señalado en el punto anterior.

 

 

ii) Alternativamente, instalar por lo menos cuatro agencias o sucursales, dedicadas a prestar los servicios bancarios básicos tanto de tipo pasivo como activo, distribuidas en las regiones Chorotega, Pacífico Central, Brunca, Huetar Atlántico y Huetar Norte, así como mantener un saldo equivalente de por lo menos a un diez por ciento (10%), una vez deducido el encaje correspondiente de sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, en moneda local y extranjera, en créditos dirigidos a los programas que, para estos efectos, obligatoriamente indicará el Consejo Rector del SBD.

En caso de que el saldo de las colocaciones en estos programas sea inferior al diez por ciento (10%) pero superior al cinco por ciento (5%), la diferencia respecto de dicho diez por ciento (10%), deberá ser prestada al banco estatal encargado de administrar el Fondo de crédito para el desarrollo, en las mismas condiciones establecidas en el inciso i).

Si el saldo de colocaciones en estos programas es inferior al cinco por ciento (5%), el banco privado deberá justificar tal situación ante la Sugef, la cual, mediante resolución fundada, determinará si la entidad bancaria deberá sujetarse a las disposiciones del inciso i).

 

(…)

 

Moción N.º 11 de varios diputados:

 

Para que se modifique el inciso i. del artículo 41 del proyecto en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 41- Colaboradores del Sistema de Banca para el Desarrollo

Serán colaboradores del SBD los siguientes:

 

i.       Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) deberá asignar una suma mínima del quince por ciento (15%) de sus presupuestos ordinarios y extraordinarios de cada año, Para este monto, se llevará una contabilidad separada, así como indicadores de gestión e impacto.

Estos recursos tendrán como objetivo apoyar a los beneficiarios de esta Ley en la presentación de proyectos con potencial viabilidad ante el SBD, mediante actividades de capacitación, asesoría técnica y de apoyo empresarial, pudiendo ofrecer los servicios de manera directa, mediante convenios o subcontratando servicios. Estas tareas incluirán la promoción y formación de emprendedores, así como acompañamiento a proyectos productivos en cualquiera de las etapas de su ciclo de vida y que requieren de acompañamiento para acceder a crédito y otros instrumentos financieros definidos en esta Ley.

 

Además, dichos recursos se utilizarán también para apoyar al beneficiario en lo siguiente:

a.    En el financiamiento de los procesos de pre-incubación, incubación y aceleración de empresas,

b.    En el financiamiento de becas a nivel nacional e internacional, para los beneficiarios de esta Ley, principalmente para los microempresarios.

c.    Para promoción y divulgación de información a los beneficiarios del SBD.

d.    En el apoyo a proyectos de innovación, desarrollo científico y tecnológico y en el uso de tecnología innovadora.

e.    Para el desarrollo de un módulo de capacitación especial de apoyo a la formalización unidades productivas en coordinación con los Ministerios Rectores.

f.     Cualquier otra actividad que el Consejo Rector considere pertinente para el fortalecimiento de los sectores productivos.

Estos programas se planificarán y ejecutarán con base al Plan Nacional de Desarrollo, con las Políticas Públicas y en función de los lineamientos que emita el Consejo Rector del SBD.

 

Para la adecuada administración de estos recursos y en procura de lograr eficiencia, eficacia e impacto, el INA establecerá dentro de su Estructura Organizacional, una Unidad Especializada en Banca para el Desarrollo.

 

La Presidencia Ejecutiva y los miembros de la Junta Directiva del INA velarán por el cabal cumplimiento de esta disposición y remitirán anualmente un informe al Consejo Rector sobre la ejecución de estos recursos.

 

Moción N.º 12 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el segundo párrafo de inciso 3) del artículo 6) del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 6.-          Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

3)…

 

Las medianas empresas serán sujeto beneficiario de los recursos de esta ley, excepto de los destinados al crédito. Podrán acceder a recursos de crédito siempre y cuando no sean sujetos de los servicios de crédito de la banca comercial, según los criterios y las disposiciones del CONASSIF y de la SUGEF.

 

 

 

 

Moción N.º 13 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el penúltimo párrafo del Artículo 6 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"Artículo 6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

Los sujetos beneficiarios presentarán al SBD sus potenciales proyectos, los cuales serán apoyados por las herramientas del Sistema para convertirse en sujetos de crédito o para que puedan acceder a los otros instrumentos de apoyo financiero establecidos en esta ley.

…”

 

Moción N.º 15 de varias diputadas:

 

Para que se modifique el artículo 57 del texto dictaminado, en lo que respecta la referencia al artículo 41 en vez de 44 de la Ley del SBD, y se lea de la siguiente forma:

 

"ARTÍCULO 57.-  Modificación a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje

 

Modifíquese el artículo 3 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje, Ley N.° 6868 de 6 de mayo de 1983 y sus reformas. El texto dirá:

 

"Artículo 3.- Para lograr sus fines, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones...

 

(…)

 

j) Brindar asistencia técnica, programas de formación, consultoría y capacitación para mejorar la competitividad de las PYMES. En el caso de la atención del artículo 41 de la Ley N.° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, se podrá subcontratar, respetando los principios constitucionales de Contratación Administrativa. Igualmente, brindará programas y actividades de capacitación para el fomento del emprendedurismo y de apoyo empresarial para los beneficiarios y sectores prioritarios del Sistema de Banca para el Desarrollo, los cuales serán a la medida y atendidos de manera oportuna.

 

Estos deberán ejecutarse en coordinación con el Consejo Rector del SBD.

 

(…)”

 

Moción N.º 16 de varias diputadas:

 

Para que se modifique el inciso 3), 4) y 6) y se agregue un antepenúltimo párrafo al artículo 6) del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

 

3)     PYMES: entendidos como las unidades productivas definidas en la Ley N.° 8262 y su reglamento.

4)     MIPYMES Agropecuarias: Unidad de producción que incluye los procesos de transformación, mercadeo y comercialización que agregan valor a los productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y otros productos del mar, así como la producción y comercialización de insumos, de bienes y de servicios relacionados con estas actividades.

 

Estas unidades de producción emplean además de mano de obra familiar, contratación de fuerza laboral ocasional o permanente, que genera valor agregado y cuyos ingresos permiten al productor realizar nuevas inversiones en procura del mejoramiento social y económico de su familia y del medio rural. La definición de éstas las realizará el Ministerio de Agricultura y Ganadería vía reglamentaria.

 

 

6) Beneficiarios de microcrédito: persona o grupos de personas físicas o jurídicas, que califiquen como pequeños productores agropecuarios, microempresarias o emprendedoras, de todos los sectores de las actividades económicas, que presenten proyectos productivos y cuyo requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base establecidos en la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva actualización. Serán otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo definidos en la presente ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al inciso ii) del artículo 59 de la Ley N.° 1644, además del Fondo de Financiamiento para el Desarrollo.

 

En el caso de las medianas empresas y medianos productores de todos sectores productivos, solamente podrán ser beneficiarios de esta Ley, por excepción, mediante resolución motivada del Consejo Rector, siempre y cuando se considere que son de alto impacto en el desarrollo nacional de acuerdo con criterios como empleo generado, contribución a la sostenibilidad ambiental, al desarrollo tecnológico y encadenamientos productivos entre otros.

 

 

Moción N.º 17 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifique el artículo 60) del proyecto de ley en discusión, que contiene el inciso 8) del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta

 

Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

"Artículo 59.- Tarifas

 

8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.

 

Por los intereses y comisiones que paguen o acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras, así como los intereses y comisiones que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a los bancos extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado financiero costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).

 

Se exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta ley.

 

Los recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor. Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto recaudado."

 

Moción N.º 19 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se modifiquen los incisos 4) y 6) del Artículo 6 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:

 

"Artículo 6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo

 

4)Pequeño y Mediano Productor Agropecuario: Unidad de producción o extracción en actividades agrícolas, pecuarias, forestales, acuícolas, de pesca o explotación de otros productos del mar. La definición cuantitativa la realizará el Ministerio de Agricultura y Ganadería vía reglamento.

 

Los medianos productores agropecuarios tendrán las mismas limitaciones establecidas en el segundo párrafo del inciso anterior.

 

 

6)Beneficiarios de microcrédito: persona o grupos de personas físicas o jurídicas, que califiquen como pequeños productores agropecuarios, microempresas o emprendedores de todos los sectores de las actividades económicas, que presenten proyectos productivos y cuyo requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base establecidos en la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva actualización. Serán otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo definidos en la presente ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al inciso ii) del artículo 59 de la Ley N.° 1644, además del Fondo de Financiamiento para el Desarrollo.

 

……

 

Moción N.º 20 de la diputada Alfaro Murillo

 

Para que se elimine el inciso I) del artículo 24 del texto en discusión y se corra la numeración.

Expediente N.º 18.805, Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia

 

En el lugar diecisiete se encuentra el expediente 18.805, Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia.

 

            Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate, pero se han presentado mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 de varios diputados:

 

Para que se modifique:

Rige a partir de 9 mes después de su publicación.

 

Moción N.º 2 del diputado Fishman Zonzinski:

 

Para que se agregue un artículo nuevo al proyecto de ley en discusión como norma de aplicación y se lea de la siguiente manera:

 

"ARTÍCULO: NORMA DE APLICACIÓN.

El Estado de Costa Rica aplicará la disposición contenida en el artículo 14.8 denominado Altos Ejecutivos y Juntas Directivas, del Capítulo 14, Servicios Financieros de éste convenio, de conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política de Costa Rica que señala en lo conducente: " [...] En igualdad de condiciones deberá preferirse al trabajador costarricense."

 

 

Expediente N.º 18.207, Ley de Reconocimiento de los Derechos de los Habitantes del Caribe Sur

 

 

            En el lugar número dieciocho del orden del día se encuentra el expediente 18.207, Ley de Reconocimiento de los Derechos de los Habitantes del Caribe Sur.

 

            Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión dictaminadora.

 

 

 

 

 

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS Y RECURSOS NATURALES

Segundo informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

                Las mociones fueron desechadas.

Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo

 

Moción N.º 1 del diputado Monge Pereira:

 

Para que el título del proyecto de ley que se tramita bajo el expediente legislativo No. 18207, LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS HABITANTES DEL CARIBE SUR, se lea de la siguiente manera:

 

"LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS
POSESORIOS DE LOS HABITANTES DEL CARIBE SUR"

 

Moción N.º 2 de varios diputados:

 

Para que se modifique el artículo 1 del proyecto de ley en discusión que en lo sucesivo se leerá:

 

"ARTÍCULO 1. Para el reconocimiento de los legítimos derechos de los habitantes y de los poblados costeros del Caribe Sur se establecen los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, dentro de los siguientes linderos: según el mapa básico Sixaola 3644 I, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Nacional de Costa Rica, con Proyección Costa Rica Transversal Mercator (CRTM 05). Partiendo del punto en que el río Rojo o Willy Creek desemboca en el Mar Caribe, bajo las coordenadas 647833 y 1065751 sigue aguas arriba de dicho cuerpo hídrico hasta la coordenada 647811 y 1065331, sigue hasta el punto 647635 y 1065220, sigue hasta la coordenada 646912 y 1065070 donde se une el canal de drenaje de Manzanillo con la Carretera Nacional 256, continuando por el derecho de vía en el margen Este de esta carretera hasta la coordenada 646647 y 1064590, continuando hasta el punto 646544 y 1064425, al punto con coordenadas 646469 y 1064448 y hasta el punto con coordenada 646571 y 1064574 lugar donde continúa paralelamente a una distancia de 50 metros de la Ruta Nacional 256 partiendo de la mitad de la calle y del lado Sur de la misma, hasta un punto situado 100 metros Oeste y 50 metros Sur del puente sobre la quebrada Ernesto en la coordenada 643396 y 1065619.Toma una línea paralela de 100 metros a dicha quebrada aguas arriba, hasta su nacimiento en la coordenada 642602 y 1064611. En su nacimiento toma la curva del nivel de los 40 metros y se va por dicha curva hasta alcanzar la intersección entre las coordenadas 645785 y 1062162. De ese punto sigue una línea de 300 metros, con este franco para buscar posteriormente otra línea que se ubique 100 metros antes del nacimiento de la quebrada Milla, coordenada 646069 y 1062154. De ese punto sigue aguas abajo una línea paralela de 100 metros a dicha quebrada, hasta llegar a un punto situado en la costa a 200 metros antes de la línea de marea, coordenada 652224 y 1062347. Luego continúa con rumbo Sureste paralelo 200 metros a la costa, hasta un punto situado a 300 metros antes de la primera boca de la laguna Gandoca (hoy cerrada), coordenada 653351 y 1061036, y toma esa línea paralela 300 metros al río Gandoca aguas arriba, hasta un punto situado entre la coordenada 653794 y 1058150. De ese punto toma rumbo Sur franco hasta el río Sixaola, en donde luego toma aguas abajo por la margen izquierda hasta su desembocadura. De ese punto de la desembocadura se toma una línea perpendicular a la playa de 2.500 metros y continúa bordeando la costa con rumbo Noreste y en forma paralela a esta a una distancia de 2.500 metros, hasta una línea imaginaria paralela 2.500 metros a un punto situado 100 metros al Noreste de la desembocadura del río Cocles, del cual regresa por la línea de marea hasta el punto inicial de partida en la desembocadura del río Rojo o Willy Creek en el Mar Caribe, bajo las coordenadas 647833 y 1065751."

 

            Ha llegado una nueva comunicación del Ministerio de la Presidencia, que le solicito al señor secretario darle lectura.

 

El primer secretario Martín Monestel Contreras:

 

Decreto Ejecutivo 38.162-MP

 

06 de febrero  de 2014

DMP-644-2013

 

 

Señor

Martín Alcides Monestel Contreras

Primer secretario

 

Señora

Annie Saborío Mora

Segunda secretaria

 

 

Estimados señores Diputados:

 

Me permito hacer del conocimiento de la Asamblea Legislativa, el Decreto Ejecutivo 38.162-MP, de esta fecha, mediante el cual el Poder Ejecutivo amplía la convocatoria a sesiones extraordinarias, a partir de la fecha que él indica.

 

Atentamente,

 

 

 

Carlos Ricardo Benavides Jiménez

Ministro de la Presidencia

 

 

 

DECRETO EJECUTIVO 38.162-MP

 

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

 

DECRETAN:

 

ARTICULO 1: Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 38.038-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:

 

EXPEDIENTE N° 18.685: LEY PARA DESINCENTIVAR EL INGRESO DE CAPITALES EXTERNOS.

 

ARTICULO 2: Rige a partir del 6 de febrero de 2014.

 

 

Dado en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.

 

 

 

LAURA CHINCHILLA MIRANDA

 

 

 

CARLOS RICARDO BENAVIDES JIMENEZ

MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

 

 

El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:

 

Se tiene por ampliada la convocatoria.

 

 

 

 

 

 

 

Diputadas y diputados, al ser las dieciocho horas, veintidós minutos, se levanta la sesión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Luis Fernando Mendoza Jiménez

Presidente

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Martín Alcides Monestel Contreras                    Annie Alicia Saborío Mora

         Primer secretario                                                          Segunda secretaria