ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
(ESTA ACTA AÚN NO HA SIDO APROBADA POR EL PLENARIO LEGISLATIVO)
ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA N.º 120
(Jueves 6 de febrero de 2014)
CUARTA
LEGISLATURA
(Del 1º de
mayo 2013 al 30 de abril 2014)
SEGUNDO PERÍODO
DE SESIONES EXTRAORDINARIAS
(Del 1º de
diciembre de 2013 al 30 de abril de 2014)
DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ÁREA DE
ACTAS, SONIDO Y GRABACIÓN
Acta de la sesión plenaria N.º 120
Jueves 6 de
febrero 2014
Segundo período de sesiones extraordinarias
Cuarta
legislatura
Directorio
Luis Fernando Mendoza Jiménez
Presidente
Martín Alcides Monestel
Contreras Annie Alicia Saborío Mora
Primer secretario Segunda
secretaria
Diputados presentes
Acevedo Hurtado, Juan Bosco |
Hernández Rivera, Manuel |
Acuña Castro, Yolanda |
Mendoza García, Juan Carlos |
Aiza Campos, Luis Antonio |
Mendoza Jiménez, Luis Fernando |
Alfaro Murillo, Marielos |
Monestel
Contreras, Martín Alcides |
Alfaro Zamora, Óscar Gerardo |
Monge
Pereira Claudio Enrique |
Arias Navarro, Gustavo |
Muñoz Quesada, Carmen María |
Avendaño Calvo, Carlos Luis |
Ocampo Baltodano, Christia María |
Bejarano Almada, Gloria |
Orozco Álvarez, Justo |
Brenes Jiménez, Ileana |
Oviedo Guzmán, Néstor Manrique |
Calderón
Castro, Antonio |
Pérez Gómez, Alfonso |
Chavarría Ruiz, Ernesto Enrique |
Pérez Hegg, Mirna Patricia |
Chaves Casanova, Rita Gabriela |
Pinto Rawson, Rodrigo |
Céspedes Salazar, Walter |
Porras Zúñiga, Pilar |
Delgado
Ramírez, Carolina |
Quintana Porras, Damaris |
Enríquez Guevara, Adonay |
Rojas
Segura, Jorge Arturo |
Espinoza Espinoza, Xinia María |
Ruiz Delgado, María Jeannette |
Fishman Zonzinski, Luis |
Saborío Mora, Annie Alicia |
Fonseca Solano, María Julia |
Sotomayor Aguilar, Rodolfo |
Fournier Vargas, Alicia |
Venegas Renauld, María Eugenia |
Gamboa Corrales, Jorge Alberto |
Venegas Villalobos, Elibeth |
Gómez Franceschi, Agnes |
Villalobos Argüello, Elvia Dicciana |
Góngora
Fuentes Carlos Humberto |
Villalta Flórez-Estrada, José María |
Granados Calvo, Víctor Emilio |
Villanueva Monge, Luis Gerardo |
Hernández Cerdas, Víctor |
Víquez Chaverri, Víctor Hugo |
ÍNDICE
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Discusión y aprobación del acta N.º 119
Suspensión de derechos y garantías
Asuntos del régimen interno de la Asamblea Legislativa
Diputado Rodolfo Sotomayor Aguilar:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada María Julia
Fonseca Solano:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Elibeth Venegas
Villalobos:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Elibeth
Venegas Villalobos:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputada Gloria Bejarano
Almada:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputado Néstor Manrique
Oviedo Guzmán:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
La presidenta ad hoc
Annie Alicia Saborío Mora:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputado Néstor
Manrique Oviedo Guzmán:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputada Carmen María
Muñoz Quesada:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Sianny Villalobos Argüello:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Sianny Villalobos Argüello:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Expediente
Nº 18127, Reforma Parcial del Reglamento de la Asamblea Legislativa
Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Marielos
Alfaro Murillo:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputado Carlos
Humberto Góngora Fuentes:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna Patricia
Pérez Hegg:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputado Carlos Humberto
Góngora Fuentes
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Expediente Nº. 18.246, Ley de Donación y Trasplante de
Órganos y Tejidos Humanos
Cuarto informe
de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Diputada Rita Gabriela Chaves Casanova:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Expediente Nº 18.902,
Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.
El primer secretario
Martín Monestel Contreras:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Primer informe
de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Diputado Carlos
Humberto Góngora Fuentes:
Presentación
de moción vía artículo 137 del Reglamento Legislativo
El primer secretario Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Expediente N.º 18.921, Ley de la Red Nacional de Cuido
y Desarrollo Infantil
Presentación
de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Expediente N.º 18.443, Ley contra las Peleas de Perros
La segunda secretaria
Annie Alicia Saborío Mora:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Expediente N.º 18.709, Ley de Garantías Mobiliarias
Presentación
de moción vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Expediente N.º 18.685, Ley para Desincentivar el
Ingreso de Capitales Externos
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
El primer secretario Martín
Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna Patricia
Pérez Hegg:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Monestel Contreras:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Alcides Monestel Contreras:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Diputada Marielos Alfaro Murillo:
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
El primer secretario
Martín Monestel Contreras:
Decreto Ejecutivo N.º 38.161-MP
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Segundo
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Presentación de mociones vía artículo 137
del Reglamento legislativo
Segundo
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Presentación de mociones vía artículo 137
del Reglamento legislativo
Presentación de mociones vía artículo 137
del Reglamento legislativo
Expediente N.º 18.207, Ley de Reconocimiento de los
Derechos de los Habitantes del Caribe Sur
Segundo
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Presentación de mociones vía artículo 137
del Reglamento legislativo
El primer secretario
Martín Monestel Contreras:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Buenas
tardes, señoras y señores diputados.
Al
ser las catorce y cincuenta y ocho minutos, vamos a dar inicio a la sesión
ordinaria de este período extraordinario de sesiones, es la sesión ordinaria
número 119 de hoy jueves 5 de febrero del año 2014.
Vamos
a poner en discusión y aprobación…
Vamos
a hacer la corrección, diputadas y diputados, van a disculpar. Hoy es la… esta es la sesión ordinaria número
120, y hoy estamos 6 de febrero, jueves 6 de febrero.
Discusión y aprobación del acta N.º 119
Vamos
a poner en discusión y aprobación el acta ordinaria número 119.
No
hay solicitudes para hacer uso de la palabra; por lo tanto, la damos por
discutida y aprobada.
Suspensión de
derechos y garantías
No hay.
Asuntos del régimen interno de la Asamblea Legislativa
Vamos
a dar inicio con el espacio de control político por el día de hoy, que son
treinta minutos.
Y tiene el uso de la palabra el
diputado Avendaño Calvo, por cinco minutos.
No se encuentra el diputado Avendaño
Calvo.
Continúa entonces en el uso de la
palabra el diputado Sotomayor Aguilar.
Por cinco minutos, señor diputado.
Diputado Rodolfo Sotomayor Aguilar:
Muchas gracias, señor presidente.
Aquí comentando un poquito con los
compañeros del PAC, que desde que me declaré indeciso para la segunda ronda, pues,
hemos estado conversando muchísimo más.
No es por asustar a los compañeros de Liberación.
Miren, el día de hoy en la Comisión
de Puntarenas tuvimos, me parece, la muy provechosa sesión en la que vimos un
proyecto de ley que hemos firmado la gran mayoría de diputados, que viene a
regular el tema de la pesca de camarón y hacerla un arte más sostenible, más
amigable con el ambiente, muchísimo más segura.
Sobre todo, también viene este proyecto a tutelar
una actividad que genera muchísimos empleos en el país y sobre todo en
Puntarenas, provincia y cantón, que no tiene mayores fuentes de ingreso.
Y es que hemos llegado —y aquí debo
de celebrar el concurso de la presidenta de esa comisión, de doña Agnes, de don
Jorge Gamboa, de don Adonay Enríquez—, que pudimos avanzar en este tema, y que
pudimos de alguna manera llegar a entendimientos para traer alguna gente que
interesa para que puedan audiencias, que interesa para que pueda estar en
consulta el proyecto.
Porque sabemos que es un proyecto polémico, de por
sí; pero, presidente, es un proyecto que además de polémico es vital para una
zona deprimida, y en un contexto como este, de la Asamblea Legislativa, que de
cara a una segunda ronda electoral no podemos los diputados distraernos del
tema electoral y debemos de avanzar con algunos proyectos.
Y es que, don Justo, a este proyecto
hay que darle camino. Con respeto —y usted lo ha dicho siempre— con respeto a
las posiciones de toda la gente, que puedan ser diferentes, pero tenemos que
avanzar.
Los pescadores tienen una espada de
Damocles, se les están venciendo las licencias, ahora en febrero se vencen las
primeras licencias y no hay respuesta de legislativa. Esa respuesta legislativa
tenemos que irla dando, avanzando. Y yo sé que quienes tienen algunas dudas,
que tienen algunas dudas con este proyecto y con este arte de pesca pueden ir
disipándolas conforme avance el tema.
No se trate de imponer posiciones,
no se trata de venir a mancillar a ninguna persona; se trata de que podamos
llegar a un justo equilibrio no solo en la preservación de los recursos marinos
que es importante, sino también un justo equilibrio para que la gente pueda
seguir teniendo su sustento.
Este diputado es claro en que
debemos de proteger los recursos marinos, pero también es claro en que la
gente, los porteños, merecen trabajar, que merecen tener sustento, que merecen
seguir progresando y por eso nosotros, los diputados, estamos en la obligación
de darle un contenido a una ley que debe buscar ese justo equilibrio, que debe
buscar esa balanza entre medio ambiente y el desarrollo humano. No podemos, bajo ningún aspecto, pasarle por
encima a uno de esos dos valores.
Nada hace la defensa del ambiente a
ultranza si el mayor bien, que es el ser humano, lo vamos a dejar de lado. Y nada hace el ser humano si no se protege el
medio ambiente en el que se vive.
Así que en ese orden, presidente,
hacer un reconocimiento a los diputados de diversas fracciones, que el día de
hoy pudimos llegar a un justo acuerdo para avanzar en el tema, decirles a los
compañeros diputados que vamos a traer el tema a discusión en las próximas
semanas al plenario legislativo y que este diputado está en la mayor
disposición, junto con los diputados de la comisión porteña, de darle una
discusión de altura, de darle una discusión de calidad, pero sobre todo de
defender los intereses de las clases más pobres de Puntarenas.
Por eso, adelanto que vamos a venir a pedir el voto
afirmativo para un proyecto que tenga —y con eso termino— que tenga contenido
social y contenido ambiental.
Muchísimas gracias.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señor diputado.
Continúa en el uso de la palabra la
diputada Fonseca Solano.
Por cinco minutos, señora diputada.
Diputada María Julia Fonseca Solano:
No voy a hacer uso.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
No va a hacer uso de la palabra.
La diputad Elibeth Venegas en el
tiempo de la diputada Fonseca Solano.
Por cinco minutos, señora diputada.
Diputada Elibeth Venegas Villalobos:
Muchas gracias, señor presidente.
Tengo entendido que tengo el espacio
de diez minutos de parte de la fracción de Liberación Nacional.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Sí, efectivamente, la diputada
Saborío Mora le está otorgando el tiempo; por lo tanto, tiene hasta diez
minutos la diputada Venegas.
Diputada Elibeth Venegas Villalobos:
Muchas gracias, señor
presidente.
Muy buenas tardes, compañeros diputados y
compañeras diputadas, señores y señoras periodistas, amigos y amigas costarricenses.
El pasado domingo tuve el orgullo de
ejercer mi derecho al sufragio, por lo que considero que representa el camino
hacia la construcción de Costa Rica.
Como representante de la provincia de Limón, debo
decir que me dio mucho gusto ver cómo tantas personas se dirigían a las urnas
sonriendo y con los ojos llenos de esperanza. Eso es parte de nuestra fiesta
electoral.
Costa Rica reafirma su democracia
cada cuatro años. Son miles de personas las que acudimos a las urnas y quienes
somos anfitriones y anfitrionas de una gala única en la que el Tribunal Supremo
de Elecciones se muestra como líder que garantiza la transparencia y pureza de
esta celebración.
Nosotros, como miembros de una
fracción histórica como lo es Liberación Nacional, tenemos que estar
satisfechos, porque se ha trabajado con el corazón, porque hemos sido un
ejemplo de esfuerzo y respeto.
La campaña del PLN ha sido limpia,
costarricenses, y con un objetivo claro sobre la mesa: construir una Costa Rica
mejor.
Es lamentable ver muchas… escuchar a
muchas personas que hablan de manera muy negativa respecto a la situación del
país. Hemos realizado buenas acciones para promover el desarrollo económico,
muestra de ello, y solo por mencionar una, sobre las exportaciones.
Costa Rica es el primer lugar por
Latinoamérica en cuanto a exportación de bienes industriales de alta
tecnología. De acuerdo con cifras del Banco Mundial, y en este mismo apartado,
es el cuarto a nivel mundial.
Asimismo, el índice de la inflación
del año que recién concluyó fue el más bajo en los últimos treinta y seis años.
Ha sido un país en el que se ha
luchado por diversificar la oferta de productos para exportar; a nivel social
se ha procurado generar un mayor bienestar en la población y dar la lucha contra
la pobreza y luchar por las garantías sociales.
Se ha realizado un gran esfuerzo por
acercarnos para ser país de carbononeutral. El tema de la seguridad y el
narcotráfico ha sido prioridad en este Gobierno.
Adicionalmente, admitir que Costa Rica está
cambiando, las personas se han hecho más críticas y ya no basta con hacer una
campaña de política convencional para poder alcanzar el apoyo de la sociedad
civil.
La opinión del pueblo es fuerte y
muy estricta ante situaciones que desmoralizan su sentir y que atentan contra
toda actividad regida por la ética y la moral.
Por eso, nosotros no podemos olvidar
quiénes nos eligieron y tenemos que luchar por ellos; esta es la lógica del
modelo político representativo.
Quiero felicitar a todos los partidos
que participaron en la celebración del pasado domingo; sin importar cuál sea su
origen, todos ellos tienen personas de gran potencial y que desean luchar.
Sin embargo, hay que tener muy claro
que, tal como lo dijo don Johnny Araya, jugamos la primera vuelta, el país
eligió entre dos opciones que más llenaban su gusto, mas nunca definió un único
candidato.
Liberación Nacional ha hecho grandes
obras, y quiero aprovechar para citar los principales logros de este partido,
un partido del cual nos sentimos orgullosos, un partido que ha hecho grande a
Costa Rica.
Durante la Junta Fundadora de la
Segunda República, se crearon los siguientes entes: la banca nacionalizada, la
Procuraduría General de la República, la Oficina del Café, el CNP, el Tribunal
Supremo de Elecciones, el ICE, el Museo Nacional, el Estatuto de Servicio
Civil, el Banco Central de Costa Rica. A los logros anteriores se sumarían
—escuchen, costarricenses— la abolición del Ejército, y es por eso que Costa
Rica ha apostado, desde entonces, a la educación costarricense.
También, ha luchado este partido por
el derecho al sufragio para la mujer costarricense.
No podemos olvidar los logros de don
José Figueres Ferrer, como por ejemplo, la creación del INVU, el Instituto
Costarricense de Turismo, la Junta de Defensa del Tabaco, el INA, el IFAM, el
IMAS, la Dirección General de Adaptación Social, el TEC, el Ministerio de
Cultura, Juventud y Deportes, la Asociación Bananera Nacional, el Conassif, el
Infocoop, la Orquesta Sinfónica Juvenil y Recope, entre otros.
Daniel Oduber, en el 74, promulgó la
Ley del Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, para aumentar el ingreso
de muchas familias de escasos recursos.
Esta preocupación aún sigue viva,
costarricenses, en iniciativas como la presentada por don Johnny Araya Monge,
por eso estamos hablando del sentir de nuestro partido, mas no una casualidad.
Sin los esfuerzos de don Daniel
Oduber, la Sabana no sería un parque metropolitano, ni tampoco el puerto de
Caldera habría surgido, mucho menos la UNED y Conape, entre otros.
Años más tarde se crean
instituciones de gran valor en infraestructura que aún en la actualidad siguen
siendo un ícono de nuestra arquitectura y desarrollo costarricense, como es el
caso del Hospital Nacional de Niños, la Corte Suprema de justicia y el Banco
Central.
Siguiendo el liderazgo y compromiso
de su padre, José Figueres Olsen luchó por las políticas de libre comercio y
negociaciones en el área libre de comercio para las Américas; también el
fortalecimiento del sistema bancario estatal, la creación de los ebáis que se
encuentran en todos los rincones de nuestro país. Y tampoco sería justo dejar
de lado la llegada de las compañías de gran importancia, como por ejemplo la
transnacional Intel.
En cuanto a infraestructura vial,
durante el mandato de Francisco Orlich se creó la Autopista General Cañas, y en
el segundo mandato de don Óscar Arias, la ruta a Caldera.
Respeto a este último, sería un delito olvidar que
durante sus mandatos surgieron el Senara, el Centro Nacional de Desarrollo de
Mujer y Familia, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Biodiversidad,
el Banhvi y la Sala Constitucional, además del lujo y privilegio de poder tener
en nuestra historia a un ciudadano declarado como premio Nobel de la Paz.
Está claro que a doña Laura le ha
tocado gobernar en tiempos muy complicados. Pese a ello, se ha luchado de
manera pacífica contra Nicaragua defendiendo nuestra democracia y se ha hecho
con agallas y se ha hecho con el alma, y hay resultados.
Por eso, costarricenses, en abril,
el 6 de abril debemos decidir y decidamos por la mejor opción: por don Johnny
Araya Monge, un ciudadano que conoce el sentir del pueblo costarricense. Decidamos
costarricenses por don Johnny Araya Monge.
Muchas gracias
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Continúa en el uso de la palabra la
diputada Bejarano Almada, por hasta cinco minutos.
Diputada Bejarano Almada, tiene la palabra por
cinco minutos.
Diputada
Gloria Bejarano Almada:
Muchísimas gracias, señor
presidente, disculpe, estaba conversando aquí con los compañeros.
El día de ayer me referí a una serie
de proyectos que necesitan ser aprobados por esta Asamblea Legislativa.
Yo sé que todos quisiéramos aprobar
los proyectos de nuestro particular interés, pero yo quisiera solicitarle al
Gobierno, y muy especialmente a todos y cada uno de ustedes, la aprobación de
dos proyectos que está necesitando el país: el resello de la atención a la
enfermedad celiaca…
Solamente quienes convivimos con personas que
sufren de esta enfermedad podemos medir las consecuencias y el grado de
destrucción en la salud de las personas que padecen esta enfermedad; una enfermedad
que no necesita de medicamentos, más bien al no haber la correcta
diagnosticación de los pacientes la Caja Costarricense de Seguro Social está
perdiendo millones de millones en tratamientos que no sirven absolutamente para
nada para las personas celiacas.
Necesitamos garantizarles a estas
personas que los alimentos que van a consumir contengan un mínimo, casi nada,
es muy difícil a veces eliminar el gluten del todo.
Hay parámetros y hay estudios que se pueden hacer
para determinar la cantidad de gluten que contienen los alimentos. ¿Y por qué esto es importante?, porque el
gluten es veneno para estas personas.
Es que no estamos hablando de que es algo que les
cayó mal y pasó; no, señores, el gluten envenena a las personas celiacas, les
destruye el intestino.
En los menores produce atraso en su crecimiento
mental y físico, produce leucemia, cáncer, destrucción de los intestinos; en el
caso de las mujeres jóvenes, abortos. Al no haber una absorción correcta de los
nutrientes, las personas llegan a tener, las mujeres embarazadas, una falta de
ácido fólico con las consecuencias que esto tiene.
No estamos hablando de algo que no tiene
trascendencia, estamos hablando de una enfermedad silenciosa y asesina que no
le hemos dado la importancia que tiene.
Hoy cada vez más personas están
siendo diagnosticadas con esta enfermedad y necesitamos que haya una ley que
siente responsabilidades sobre aquellos que no cumplen con los requisitos para
que las personas puedan tener la tranquilidad de consumir alimentos sin gluten.
Por otro lado, la creación de la
página web por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y de Salud,
Industria y Comercio es una necesidad por una razón muy sencilla: los
medicamentos que contienen gluten deben de ser registrados. Y les voy a decir
por qué; si yo voy donde el ortopedista por una dolencia y soy celiaca, y el
doctor me receta un Voltaren quiero decirles que ese doctor me está
envenenando, porque el Voltaren contiene gluten.
Hay muchos medicamentos que tienen
gluten y el resto de los médicos que no son especialistas en gastroenterología,
pues, simple y sencillamente recetan sin saber que están perjudicando al
paciente.
Los médicos tienen que tener una
herramienta de saber cuáles medicamentos están certificados que no contienen
gluten.
Los implementos de salud: el champú,
hay champús que contienen gluten y les tiran el pelo. El jabón les produce
alergia a estas personas.
Hace un tiempo mi hija, que es
celiaca, empezó a sentirse mal nuevamente con los síntomas, se sentía muy mal
de la salud y no sabía qué era. Ella estaba cumpliendo con todas las normas que
ella tiene que guardar para poder mantener su salud.
Diay, no se había dado cuenta que los platos los
estaban lavando con un jabón que contenía gluten; entonces, de nada servía
todas las medidas que estaba tomando, porque estaban lavando los platos de la
casa con un jabón que contenía gluten.
Entonces, yo quiero pedirles de
verdad, yo sé que hay intereses y yo sé que hay requisitos que se deben de
cumplir, pero primero está la salud de los costarricenses. Y este es un tema
que, por favor, no lo dejemos en el olvido.
El otro tema, que ya no me dio
tiempo de extenderse más, es el tema de investigación biomédica. Necesitamos y
le suplicamos a la Sala Constitucional que se manifiesten lo antes posible.
Hace más de dos meses el tema está
siendo estudiado por ellos, sabemos que es un tema delicado, pero instamos a
los señores magistrados a tomar una resolución, porque es necesario que esa ley
sea aprobada en esta legislatura.
Muchísimas gracias.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Continuaba en el uso de la palabra o
estaba en el uso de la palabra el diputado Avendaño Calvo, que no se encuentra
aún en su curul.
Antes de darle la palabra al
diputado Oviedo Guzmán, que es al que le corresponde ahora el uso de la
palabra, quiero nada más desde acá de la Presidencia enviarle el saludo a los
señores trasplantados de riñón que están en las barras del público, buenos
amigos, así que nuestro saludo también por estar presentes viendo el Parlamento
de la República en funcionamiento. Gracias por venir.
Diputado Oviedo Guzmán, tiene la palabra.
Diputado
Néstor Manrique Oviedo Guzmán:
Muchas gracias, señor presidente.
Muy buenas tardes, compañeros y compañeras,
diputadas y diputados; muy buenas tardes, pueblo de Costa Rica; buenas tardes,
personas que han tenido que someterse a un trasplante que se encuentran aquí el
día de hoy, y por supuesto los que están en sus hogares o en los centros
médicos.
Este servidor, el día de hoy, había preparado una
intervención sobre la ruta 32, pero visto que surge nuevamente un tema que
reviste para este funcionario público una mayor relevancia, cual es la
salvaguarda de los seres humanos, la salvaguarda de la vida empezando en el
momento de la concepción, es que quisiera hacer referencia a un documento que
publicó el doctor constitucionalista Fernando Zamora en la portada de opinión
de El Imparcial de España el 20 de noviembre de 2013.
Nos dice y nos recuerda el doctor Zamora: Crisis en
la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El artículo octavo de la Convención Americana de
Derechos Humanos vela por el resguardo del debido proceso.
En concordancia con la norma anterior, el 18.1.C
del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establece, de
forma inobjetable que cualquier circunstancia que afecte la imparcialidad e
independencia de sus jueces para un caso, le impide el ejercicio del cargo.
Yo hago un punto y aparte, y me parece que ese es
punto fundamental en cualquier sociedad basada en un Estado de derecho.
Continúa el doctor Zamora: Por ello, y en virtud
del numeral 19.3 de ese estatuto, tanto el juez presidente García como también
los jueces Margarette May Macaulay y Alberto Pérez —por las circunstancias que
enunciaré— sabían que debían inhibirse de asumir el caso contra Costa Rica en
relación a la fertilización in vitro; pese a ello, no lo hicieron.
Los hechos que aquí expongo que le prohibían
participar del caso ante el juez presidente de la Corte, tanto al juez
presidente de la Corte como a los otros dos jueces que cité, lo vicia de
nulidad por grave violación al debido proceso.
De los distintos hechos que referiré, los que
sucedieron durante el debate, —constan en videos de la audiencia— permítaseme
enunciar solo algunos ejemplos. En el año 2009 el presidente de la Corte
Interamericana de Justicia, Diego García Sayán, escribió en un artículo de
difusión masiva que la despenalización del aborto en México DF había supuesto
una mejora para las mexicanas. Lo tituló (comillas) “Muertes anunciadas,
derecho a la vida”, (cierra comillas).
Fue publicado el 13 de marzo del 2009 en La
República, uno de los diarios influyentes del Perú también.
En el 2011, el mismo juez presidente escribió
además para una organización promotora del aborto a libre demanda, que estaba
en contra de la prohibición del aborto, el libro de denomina (comillas) “75 opiniones sobre el aborto. Un tema para
hablar, una agenda para discutir”, página treinta y cuatro.
Asimismo, otra juez, M. May Macaulay fue asesora
del Grupo Consultivo Nacional en Aborto, y el 23 de abril del 2009 expuso
públicamente una posición favorable al aborto en la conferencia titulada:
Establecer Condiciones Igualitarias: Una Conversación en la Reforma al Aborto
en Jamaica. Lo anterior también la
inhabilitaba jurídicamente para dictar sentencia en el caso contra Costa Rica.
Durante el debate, la actuación de dicha juez rayó
en lo extravagante. Para ello,
transcribo literalmente lo que el periodista del diario costarricense La
Nación, Luis Eduardo Díaz, narró en su crónica del día 7 de setiembre del 2012
(comillas): “El otro punto álgido de la jornada fue cuando la jueza jamaicana…,
jamaiquina, perdón, Margarette May cuestionó los razonamientos que minutos
antes había dado la procuradora Brenes de por qué no se permitía la FIV aquí”,
(cierra comillas). La Nación, siete del
nueve del dos mil doce.
De hecho —tal y como consta en el
video— May además expresó (comillas): “Yo espero que Costa Rica reconsidere
su posición, o por lo menos que la examine”, (cierra comillas).
Dos situaciones similares a esa última las
protagonizó el presidente de la Corte: una, al final de la audiencia y, otra
cuando Fernando Zegers, una de las personas que declararon contra Costa Rica,
finalizó su exposición.
En presencia de toda la audiencia, el juez García
felicitó su intervención al punto de tener la audacia de calificarla como
ilustrativa y completa. Todo lo
anterior, sin que aún el Tribunal —óigase bien, costarricenses— hubiese siquiera
deliberado, ni mucho menos emitido sentencia.
Frases y gestos irónicos contra las tesis de nuestros defensores ocurrieron
en la audiencia.
En un momento, al dirigirse a la procuradora
general de la República, la juez May dijo (comillas): “Reconozco que Costa Rica
es responsable de proteger la vida de su gente”, (cierra comillas). Pero
mientras lo decía, con sus propios dedos simuló el entrecomillado de la
expresión, lo cual reflejaba su intención de realizar un sarcasmo contra la
funcionaria.
Más hechos.
Otro juez, Alberto Pérez, a través de la red social Facebook, dejó clara
sus preferencias personales hacia grupos que militan en la despenalización del
aborto en América Latina, como la Campaña Latinoamericana por el Derecho al
Aborto.
En la sesión del 6 de setiembre, e igualmente antes
de que el Tribunal deliberara, se atrevió a criticar una valoración negativa
sobre la FIV.
Circunstancias como esas explican transgresiones
procesales tales como el hecho de que nuestro Estado ofreciera como perito a la
científica doctora Maureen Condic, una de las máximas autoridades planetarias
en el tema del inicio de la vida, y la Corte se negara escucharla. Solo aceptó que se presentara un escrito de
ella.
Téngase presente que cuando he enumerado lo
anterior, me estoy refiriendo a los tres jueces que inclinaron la balanza en la
condena y cuya jerarquía y potestades les otorgó la facultad de imponerse ante
una decisión soberana de nuestro Estado; decisión además que era valiente,
contenida en la sentencia constitucional redactada por nuestro eximio jurista
doctor Rodolfo Piza Escalante, precisamente un expresidente de esa corte, fallo
que representaba una garantía para evitar la manipulación en nuestro país de
los embriones humanos.
No por casualidad es que Jo Pasqualucci,
prestigiosa jurista y exfuncionaria del Sistema Interamericano de Derechos
Humanos, en su obra Prácticas y Procedimientos de la CIIDH, ha
denunciado la caída en la calidad de los jueces de la Corte. La cito textualmente (comillas): “Algunas
naciones han votado reiteradamente en bloque para elegir candidatos a pesar de
estar pobremente calificados”, (cierra comillas, página 348).
Lo que aquí he escrito es información que se puede
y debe constatar, máxime tratándose de asunto tan serio, como lo es una condena
contra nuestro país por violar derechos humanos.
Así las cosas, ¿qué sigue? Al igual que en su momento no lo podía creer
yo, el ministro de Relaciones Exteriores no debe dar estos hechos por ciertos
sin corroborarlos formalmente.
Hay más situaciones anómalas de lo que aquí he
anotado que serían reveladas a partir de una instrucción formal. Deben recabarse testimonios, prueba
documental y los videos de la audiencia, entre otras gestiones.
Por la ya enumerada violación al derecho
internacional en relación al debido proceso y en ejercicio de las
responsabilidades constitucionales de nuestro ministro, es su deber instruir
una orden de investigación formal que demuestre la nulidad de la condena contra
Costa Rica.
Confirmados
los hechos debe remitirse dicho informe a la Asamblea General de la OEA en abril de este año. La
OEA votó para mantener abierta la discusión acerca de las reformas de la Corte
y de la Comisión Interamericana —les recuerdo que fue abril del año pasado— por
lo que las circunstancias son apropiadas.
La caída en la calidad del sistema interamericano
de derechos humanos es algo que nos amenaza.
Algunas normas de su Estatuto deben ser modernizadas, como el artículo
20, que impide a la Asamblea General de la OEA ejercer potestad disciplinaria
sobre sus jueces, salvo que los restantes miembros de la misma Corte así lo
soliciten. Ello provoca impunidad contra actuaciones indebidas de los jueces.
Ratificadas las evidencias y presentado el informe
de nuestro Gobierno a la OEA, esta podría realizar formal excitativa a los
restantes jueces de la Corte para que realicen la instrucción de estos hechos a
lo interno de su entidad, procediendo de conformidad con el artículo 20 de su estatuto.
Al menos, nuestra Cancillería debe realizar la
investigación inicial. Hasta que ello suceda, la prudencia manda que nuestro
Congreso se abstenga de discutir sobre el tema.
Esta gestión resulta particularmente urgente si tomamos en cuenta
también que esta misma Corte, presidida por García-Sayán, ha emitido después la
resolución Mémoli-Argentina, donde se desmantela el derecho de la libre
expresión, afectando a miles de periodistas en América Latina y propiciando su
desamparo en casos de corrupción.
Honorable ministro de Relaciones Exteriores, tiene
usted un grave deber con nuestra historia.
Lo
anterior, reitero, es un documento que escribió el doctor Fernando Zamora.
No
puedo terminar antes, señor presidente, sin recordarles a los costarricenses el
caso de aquel juez que en los años 90 fue recusado por haber manifestado a los
medios de prensa: A mí que me lo juren, cuando en el caso del Banco Anglo se
trató. Él fue recusado y tuvo que abandonar
su gestión de juez porque emitió criterio antes de dictar un fallo.
Así las cosas, me parece que todo debe ser revisado,
desde el punto de vista jurídico.
Muchas gracias, señor presidente.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señor diputado.
Se encuentra en su curul el diputado Avendaño, que tenía
uso de la palabra hoy por el control político.
Son
las quince y treinta y tres, diputado Avendaño, debemos pasar ya a la discusión
del tema de acuerdo con la moción aprobada por esta misma Asamblea Legislativa:
la discusión del tema del presu… de la reforma del Reglamento de la Asamblea
Legislativa; sin embargo, nos ha solicitado un receso de hasta cinco minutos la
fracción del Partido Acción Ciudadana; por lo tanto, vamos a otorgar ese receso
de hasta cinco minutos.
Ha vencido el receso. No hay quórum, corre el tiempo
reglamentario.
Vamos a ampliar el receso hasta por cinco minutos.
Hay
una moción que está circulando, que está logrando un acuerdo entre las
distintas fracciones políticas; entonces vamos a… de uno de los temas que se
habló precisamente en la reunión de jefes de fracción hoy en horas de la
mañana.
Entonces, vamos a decretar un receso de hasta cinco
minutos para ver si logramos que esa moción sea, finalmente, firmada por todos
los jefas y jefes de fracción.
Se
extiende el receso por hasta cinco minutos adicionales.
Se reanuda la sesión.
Diputadas y diputados, hay una moción de orden de varios
diputados que es producto de un acuerdo de los jefes y jefas de fracción de la
sesión realizada en horas de la mañana.
Vamos a solicitarle al señor secretario darle lectura de
la moción.
Moción de orden de varios diputados y diputadas hacen la
siguiente moción.
De varios señores y señoras diputadas:
PARA QUE SE MODIFIQUE EL
HORARIO SEÑALADO PARA CONOCER EL EXPEDIENTE 18.127 REFORMA PARCIAL DEL
REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE FORMA TAL QUE DICHA DISCUSIÓN SE REALICE
EN LAS SESIONES DEL PLENARIO DE LOS DÍAS LUNES, MARTES Y JUEVES, DE LAS 15:30
HORAS A LAS 16:30 HORAS; PARA ELLO SE TIENE POR AMPLIADA LA PRIMERA PARTE DE LA
SESIÓN. A PARTIR DE LAS 16:30 HORAS SE SUSPENDERÁ EL CONOCIMIENTO DE ESTE
EXPEDIENTE Y SE PASARÁ DE INMEDIATO A LA SEGUNDA PARTE DE LA SESIÓN.
Y sus respectivas firmas de jefes y jefas de fracciones.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Por el orden el diputado Oviedo Guzmán.
Muchas gracias, señor presidente.
Yo
creo que este tema es muy importante y todos los candidatos a la Presidencia
estuvieron de acuerdo en que se votara la propuesta.
Yo
le quería sugerir, presidente, a las personas que van a firmar esta moción,
¿por qué no ponerle un plazo al uso de la palabra de cada diputado?, diez
minutos, para que cada uno exprese, porque de lo contrario si lo dejamos
abierto cada diputado o cada fracción que no quiera realmente aprobar este
proyecto, o que se vote, va a hablar todo el tiempo, van a ceder los espacio;
mientras que, si en la moción se incluye una modificación donde de antemano le
pongamos, no sé, se ponen de acuerdo ellos, cinco, diez minutos a cada
diputado, y que se pueda ceder la palabra para dejar una posición de fracción,
realmente podríamos, creo yo, enviar un mensaje claro de que queremos que esto
se vote.
Muchas gracias, señor presidente.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
La diputada Muñoz Quesada ha solicitado el uso de la
palabra. Tiene la palabra la diputada
Muñoz Quesada.
Gracias, presidente.
Para referirme a la moción en discusión.
Este
tema fue visto la mañana de hoy en la reunión de jefes y jefas de fracción. Fue
claro para la fracción del Partido Acción Ciudadana que este tema del Reglamento
ha perdido interés para algunas fracciones representadas en este plenario.
Nosotros
insistimos en que esta posición era contradictoria, que nos sorprendía porque
incluso fuimos objeto en el mes de diciembre de señalamientos equivocados y
perversos cuando se planteó ante los medios de comunicación que la fracción del
Partido Acción Ciudadana no quería esta discusión.
Incluso, diputado presidente, tuvimos un largo y
fructífero diálogo con su fracción y llegamos incluso a consensuar en la
fracción del Partido Acción Ciudadana un proyecto, una propuesta que incluso la
pusimos en la corriente, que compartimos con todas las fracciones. Bueno, y ahora por supuesto que después de
los acontecimientos del 2 de febrero, pareciera que el tema perdió interés.
Es cierto que la reforma al reglamento no es una reforma
al reglamento, y eso tiene que quedar muy claro, incluso, para los medios de
comunicación, porque los planteamientos son distintos, vienen de distintas
fracciones y los cuestionamientos también vienen de distintas fracciones.
Ese
supuesto acuerdo de que tanto se habló en los jefes de fracción alrededor de
una propuesta del Partido Liberación Nacional no era tal; sin embargo, ese es
un hecho que tanto la fracción de Liberación Nacional como la fracción del
Partido Acción Ciudadana consensuamos casi en un noventa y cinco por ciento una
propuesta sobre la cual no ha habido ningún tipo de posición por parte de las
distintas fracciones.
Dijimos esta mañana por parte de mi fracción, o en nombre
de mi fracción, que yo no podía tomar acuerdo con esta moción; sin embargo, la
fracción del Partido Acción Ciudadana acaba de reunirse y acordar que, en aras
de que no se detenga esta discusión, podamos seguir… acuerpamos esta decisión
de reducir en media hora el tiempo, pero que nos permitirá de alguna manera
seguir discutiendo.
Sí nos preocupa, presidente, que también planteamos que
se constituyera una comisión que pudiera abordar el tema del reglamento para
lograr consensos, porque definitivamente si este tema se sigue discutiendo sin
consensos vamos no solo a entrabar la agenda, sino a perder el tiempo. Y hay
voluntad por parte de la fracción de que este y otros temas avancen.
Ese ha sido el
espíritu al regreso, que podamos lograr consensos como lo logramos esta mañana
en el tema de banca de desarrollo y en el tema de capitales semovientes, así
que la proyección de fracción es apoyar la moción. Entiendo que también el
Partido Liberación Nacional estaría de acuerdo en aras de que la discusión
continúe.
En
cuanto a lo que ha dicho el diputado Oviedo, es una posición respetable, pero
evidentemente el tema vuelve ahora aquí a la Asamblea Legislativa y somos
nosotros, las jefas y jefes de fracción, quienes tenemos la responsabilidad de
decidir. Creo que el tema de los tiempos lo podíamos ver posteriormente, pero
en principio que acordáramos entonces la moción que está planteada.
Muchas
gracias.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con
mucho gusto, señora diputada.
Que
sea estrictamente por el orden, porque tenemos por la moción solicitada el uso
de la palabra de parte de dos diputados, pero por el orden el diputado Góngora
Fuentes.
Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:
Gracias,
presidente.
Yo
quiero nada más dejar constando en actas que coincido con la preocupación y la
urgencia del Reglamento, pero por los tiempos que se están definiendo y porque
también vamos a conocer en los próximos días un nombramiento de Aresep y de
Sutel, me preocupa que no se estén previendo esos espacios de una discusión,
porque supondría que de tres a tres y treinta es el control político y después
habría que dejar consignado el espacio.
Yo
al menos siempre he sido reiterativo que no me gusta que se den nombramientos
automáticos sin ningún tipo de discusión y aquí todo es importante y todo es
urgente.
Muchas
gracias, presidente.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Sí,
señor diputado.
Antes de darle la
palabra al diputado Villalta Flórez–Estrada y a la diputada Villalobos Argüello
que…
No va a hacer uso
el diputado Villalta Flórez–Estrada, pero sí responderle al diputado Góngora
Fuentes.
Diputado
Góngora, efectivamente este tema en jefes de fracción se abordó el tema no
solamente desde los miembros de Aresep, sino también de la defensora, defensor
de los habitantes, y quiero reiterar lo que en ese momento dije en esa sesión:
la Presidencia va a ser garante de que esas discusiones se den antes de que
venzan los tiempos perentorios, sobre todo, en el caso de los nombramientos de
Aresep.
Lo
manifesté y quiero reiterarlo acá, que la pretensión no es que esos
nombramientos se den automáticamente, sino que la Asamblea Legislativa pase a
discutir y vote precisamente esos nombramientos, así que puede estar tranquilo,
diputado Góngora Fuentes.
La
diputada Villalobos Argüello tiene la palabra.
Diputada Sianny Villalobos Argüello:
Muchísimas
gracias, señor presidente; compañeros, compañeras, muy buenas tardes y a todas
las personas que nos escuchan.
En
primera instancia, quiero hacer una aclaración, señor presidente: para la fracción
del Partido Liberación Nacional tuvo una propuesta muy clara el día de hoy en
jefes y jefas de fracción.
Es
indiscutible que este país requiere de dos cosas fundamentales, que es voluntad
política y congruencia de lo que se dice.
Esta diputada es una, y doña Jeannette sabe que he estado con ella en la
comisión cuando dictaminamos en la primera y…, un proyecto de reglamento para
que tuviese ese espacio no era el definitivo, pero el espacio de discusión que
arrancáramos cuando antes.
Y
hemos manifestado y buscamos también a la fracción del PAC en su momento para
que pudiésemos ajustar y llegar a los acuerdos necesarios con respecto al
Reglamento que hay muchas propuestas de muchos diputados en esta Asamblea
Legislativa.
El
día de hoy llegamos a jefes y jefas de fracción y mencioné que íbamos a
mantener la voluntad política y la congruencia política. También manifesté que
no íbamos a obstruir como no es la costumbre en esta fracción legislativa de
obstruir proyectos.
Pero
que también les comenté que debíamos de cumplir con la agenda legislativa y
que, por lo tanto, la propuesta del Partido Liberación Nacional fue seguir con
las dos horas de reglamento y aumentar el tiempo en el plenario hasta las siete
de la noche para avanzar con agenda.
Sin
embargo, aquí no es lo que a uno le dé la gana, es lo que pueda consensuar. Y
llegaron al acuerdo con una propuesta más clara y dije: Si todas las fracciones
están de acuerdo con esa propuesta, Liberación Nacional no va a obstruir, va a
construir. Y la propuesta fue esa de una hora y posteriormente seguir con
agenda; por lo tanto, si es fundamental que quede claro cuál fue la propuesta
de Liberación Nacional y cuál es el respeto ante la mayoría.
Muchísimas
gracias, señor presidente.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con
mucho gusto, señora diputada.
No
hay más solicitudes para hacer uso de la palabra por parte de los jefes y jefas
de fracción, que son los firmantes de esta moción; por lo tanto, la damos por
discutida.
Vamos
a someterla a votación, pero antes vamos a solicitarles a los diputados y
diputadas que se encuentran fuera del salón de sesiones y quienes están en las
salas adjuntas incorporarse para proceder con la votación.
Diputados
que se encuentran en la sala adjunta les solicitamos, por favor, incorporarse
al salón plenario.
Vamos
a solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.
A
los diputados ocupar sus curules.
Tenemos
cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.
Diputado
Víquez, diputado Villanueva Monge, Calderón, ocupar sus curules.
Diputado
Víquez Chaverri.
Vamos
a someter a votación la moción. Los
diputados y diputadas que estén a favor de la moción para que la discusión de
reforma parcial al Reglamento de la Asamblea Legislativa se realice desde las
quince y treinta horas hasta las dieciséis y treinta horas, se servirán ponerse
de pie o levantar su mano en caso de impedimento. Cuarenta y cuatro diputados presentes;
cuarenta y cuatro diputados han votado a favor. Por lo tanto, la moción ha sido
aprobada.
Por
el orden, la diputada Villalobos Argüello.
Diputada
Sianny Villalobos Argüello:
Muchas gracias, señor presidente.
Un aspecto importante después de haber aprobado esta
moción, también es que nuestra fracción está pidiendo la creación de la
comisión para que ese tiempo que no se va a sesionar acá podamos llegar a los
acuerdos respectivos con las demás fracciones en reglamento.
Muchas gracias
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora
diputada.
Reforma al Reglamento de la Asamblea
Legislativa
Entonces, entramos de inmediato con el conocimiento de la
reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa, este proyecto fue, es un
proyecto que está bajo el expediente 18.127, Reforma Parcial del Reglamento de
la Asamblea Legislativa.
Continúa la discusión del proyecto de acuerdo con el
conocimiento de mociones fondo.
Estábamos en el conocimiento de la moción número uno.
Está en el uso de la palabra el diputado Villalta Flórez–Estrada.
No va a hacer uso de la palabra, le restaban cinco minutos veinte
segundos.
Continúa el diputado Rodríguez Quesada. No se encuentra en la curul.
No hay más solicitudes para hacer uso de la palabra por
la moción.
El diputado Góngora Fuentes ha solicitado la palabra por
la moción. Diputado Góngora.
Tiene la palabra el diputado Góngora Fuentes.
Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes:
Muchas gracias, presidente.
Decía hace un rato por el orden que si bien todos los
diputados y diputadas de esta Asamblea Legislativa estamos…
El presidente Luis Fernando
Mendoza Jiménez:
Disculpe, señor diputado.
El tiempo suyo ya había sido
agotado, ya a usted no le corresponde. Me va a disculpar, ya había agotado su
tiempo, excepto que alguno otro diputado…
Sí, el diputado Granados Calvo ya
agotó su tiempo también, pero se ha anotado, hay una nueva lista de diputados.
La diputada Alfaro Murillo. Tiene la palabra la diputada Alfaro Murillo.
Diputada Marielos Alfaro Murillo:
Buenas tardes, señor presidente; buenas tardes,
compañeros y compañeras.
Para cederle mi tiempo al diputado Carlos Góngora
Fuentes.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Le ha cedido el tiempo la diputada Alfaro Murillo
al diputado Góngora Fuentes hasta por quince minutos, señor diputado.
Diputado Carlos
Humberto Góngora Fuentes:
Muchas gracias.
Gracias, presidente; gracias, diputada doña Marielos Alfaro, por su
gentileza.
Decía, por el orden, hace un momento, diputado
presidente, señorías, que si bien es cierto, todas y todos los diputados
tenemos clara la urgencia de dotar de un nuevo instrumento de discusión de
orden y de disciplina a este Plenario legislativo y a esta Asamblea
Legislativa, ciertamente ha habido muchísimas y muy importantes iniciativas
pero —creo que hablo en nombre de varios— esas no han sido totalmente
socializadas a todas y a todos los diputados; o cuando nos han planteado
algunas, si quiero hacer una excepción en el caso de una que muy gentilmente me
hicieron llegar al despacho por parte del Partido Acción Ciudadana,
efectivamente el receso parlamentario generó un impasse que
necesariamente tendrá que ser compensado con una nueva reflexión y estudio para
que las y los diputados podamos abordar el tema de la reforma del Reglamento
parlamentario con toda la seriedad y formalidad que requiere.
Porque me voy a permitir hacer una reflexión
general e importante con respecto al Reglamento. Aquí yo he escuchado muchas veces, cuando se
ha discutido este tema en períodos recientes, algunos diputados y diputadas
decir como principal falla de la Asamblea Legislativa, que el Reglamento no
funciona.
Pero también en alguna intervención anterior puse
ejemplos de cómo con el Reglamento legislativo actual, sin ningún tipo de
reforma aquí, desafortunadamente, han transitado catorce años para tener la ley
de hidrantes y tener más dieciséis discutiendo la Ley de Autonomía de los
Pueblo Indígenas, pero en cuestión de tres o de cuatro días se ha aprobado la
interpretación auténtica a los incentivos de los médicos, o también se han
hecho reformas a la legislación en materia del marchamo para beneficiar, como
fue el caso del 2012, a los motociclistas.
Eso siempre quiero seguirlo insistiendo, porque más
que un reglamento, lo que se requiere es liderazgo, capacidad de consenso,
capacidad de lograr acuerdos y nunca podría ser una reforma al Reglamento una
mordaza que venga a limitar los derechos de enmienda y la capacidad de un derecho
parlamentario que debe siempre tener como base sólida las diferentes formas del
pensamiento democrático y republicano; eso atentaría contra la misma estructura
del derecho de la Constitución de nuestro país.
Ha sido prolífera la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia en reconocer cómo nuestro derecho constitucional no
solo se limita a los ciento noventa y siete artículos de la nuestra Carta
Fundamental, sino que se ha venido informando, nutriendo, llenando de una serie
de principios y de valores, como también el Reglamento de esta Asamblea
Legislativa es parte constitutiva, fundamental de ese derecho de la
Constitución.
De cara a una nueva Asamblea Legislativa, donde se
anuncian nueve diferentes fracciones políticas y podría decir uno, prima
facie, que ya también habrá diputados que desde un inicio serán
independientes, y estamos hablando entonces de una pluralidad de once, al
menos, diferentes bancadas políticas, sin tomar en consideración que algunas
desde antes de quedar electas ya han demostrado algunos tipos de diferencias
ideológicas y programáticas, el instrumento que le heredemos responsablemente a
la próxima Asamblea Legislativa a partir del 1º de mayo próximo, tiene que ser
un instrumento que a mi modo de ver cumpla con algunos de los siguientes
requisitos: uno, agilidad, eficacia y eficiencia; que limite en forma razonable
y prudente los excesos en los que hemos cometido, y aquí me incluyo, todos y
cada uno de los diputados a lo largo de muchos períodos legislativos.
Aquí no estoy hablando de un partido en especial.
Si hacemos un examen de conciencia de cara a la patria, todos y cada uno,
movidos por nuestra moral, movidos por nuestros ideales, movidos por nuestros
valores o movidos por nuestras ideologías, hemos usado y desafortunadamente
algunos han abusado de las prerrogativas del Reglamento, entorpeciendo por
mezquindad, por revanchismo, proyectos de ley simplemente porque no son de mi
agrado o porque no son de mi bancada.
Si queremos un instrumento ágil y eficiente, ese
instrumento ágil y eficiente debe ponderar el legítimo derecho de enmienda, la
capacidad de que las y los diputados, principalmente que llegamos a esta
Asamblea Legislativa a representar intereses minoritarios, seamos, en el
presente y en el futuro, escuchados, porque eso significa pluralismo político.
Porque pretender acallar a las
diputadas y a los diputados que tienen una forma de pensamiento diferente, con
plazos o con tiempos, que muchas veces se constituyen en una espada de
Damocles, eso sería atentar, como he dicho, repetidamente, contra el principio
republicano el principio democrático.
Decía Aristóteles que hay tres
formas ideales de un buen gobierno: el gobierno de las monarquías, el gobierno
de las aristocracias y el gobierno de las democracias, pero que esas tres
formas de gobierno caían en una serie de problemas y decantaban, finalmente, en
la dictadura de los monarcas, en las oligarquías de los aristócratas, o la
democracia sin límite, la democracia sin cintura en pura demagogia; eso lo
debemos evitar.
Debemos evitar una Asamblea
Legislativa que sea demagógica, pero no podemos pretender que las diferentes
visiones liberales y conservadoras, cristianas y no confesionales, a favor de
equis o de ye minorías, sean acalladas cuando los diputados no puedan utilizar
este estrado en representación de su pueblo para defender sus ideales, para
defender algo que es todavía más alto. Se supone que ha llegado a ocupar una
curul, como representante de un grupo de ciudadanas y de ciudadanos que
depositan en él y en ella su confianza y que van a representarles y a
defenderles.
Quiero hacer esta reflexión, señor
presidente, señoras y señores diputados, señorías, y pueblo de Costa Rica,
porque en ningún momento pretendo que esto se alargue, sino que entendamos la
responsabilidad histórica del mandato que se está depositando en estos últimos
meses en este plenario legislativo.
Tendríamos que ponernos a
reflexionar si desde la fecha del 53, si no me equivoco, que se promulgó el
actual Reglamento, cuántas reformas ha sufrido el mismo y se pueden contar con
los dedos de las manos las reformas sustanciales.
Como también se pueden contar con
los dedos de las manos las reformas sustanciales a la Constitución Política,
porque cuando una democracia es madura, el reflejo de eso es que sus reglas
responden al principio de certeza y de seguridad, que no son los vientos de las
modas pasajeras o las presiones de algunos sectores las que mueven la ruta del
barco de la democracia y de la patria.
Y aunque todos entendemos que desde
hace aproximadamente unos doce años atrás, sino un poco más, la dinámica del
Parlamento en Costa Rica evidentemente ha variado, que se sepultó hace mucho
tiempo el bipartidismo y ya no debajo de una mesa, detrás de una oficina, solo
algunas se ponían de acuerdo y hoy el hacer acuerdos implica muchos más actores
políticos. Lo cierto también es que esos actores están llamados a transparentar
sus acuerdos.
Yo hago un llamado muy vehemente a
las diputadas y a los diputados jefes de fracción, para que ese proyecto, que
se está discutiendo, ese texto sustitutivo sea más discutido.
Aquí hay que sopesar que no es un
carretillo de mociones, ni con muchos usos de la palabra que la democracia se
enriquece, pero tampoco lo contrario, tampoco limitando la posibilidad de
mocionar y tampoco poniendo un bozal en la boca de los legítimos representantes
del pueblo. Un balance adecuado que procure, como he dicho, principalmente el
llegar a acuerdos.
Aquí hay temas álgidos, hay temas
complejos, hay temas difíciles que hemos venido discutiendo en esta Asamblea
Legislativa en los últimos años, y lo que ha faltado, sin lugar a dudas, es
ponerse de acuerdo.
Escuchaba con atención, hace un rato
atrás, a mi compañera diputada doña Gloria Bejarano hablar de la necesidad de
impulsar el proyecto de Ley de Investigaciones Médicas; por supuesto, porque
hay o habemos muchos costarricenses que estamos afrontando la necesidad de que
haya mejor investigación médica para poder solventar los o nuestros problemas
de salud.
Y esta Asamblea Legislativa, en
algunas ocasiones, se ha vuelto autista.
No escucha el clamor de las necesidades del pueblo.
Y no estoy abogando ni por una ni
por otra tesis en ese proyecto de ley, simplemente que lo entremos a discutir,
que lo discutamos con seriedad, pero que tengamos clara la urgencia que el país
requiere en ese tema.
Escuchaba también hace un momento,
con atención, al diputado don Manrique Oviedo, que traía una muy importante
reflexión del doctor Fernando Zamora Castellanos, que nos debe también llamar a
la reflexión, con respecto al régimen de aplicación de las sentencias de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pero lo cierto es que podamos tener
una posición conservadora o liberal sobre el tema debemos discutirlo, debemos
discutir porque hay muchas parejas que, hoy por hoy, ven limitados sus derechos
a ser padres y madres de familia por una imposibilidad de la naturaleza y de
los legisladores y las legisladoras, por ausencia de una legislación rápida,
ágil y eficiente.
Y en la mañana escuchaba en el
programa de doña Amelia Rueda, a doña Ofelia Taitelbaum, exdefensora de los
habitantes, de cómo manifestaba su preocupación de que en el próximo mes de
abril nos vamos a quedar sin defensor y sin defensor adjunto de los habitantes.
Eso es indistintamente de que estemos a favor o en contra de ella, el tema es
que aquí tenemos que decidir.
Podría sí pasar mucho. Discrepo de algunos
compañeros, porque creo que la institucionalidad costarricense es la que se ve
afectada cuando no tenemos, indistintamente de que vayamos a elegir a un
defensor o a una defensora más conservadora o más liberal, eso me tiene a mí
sin cuidado, el tema del que elevo la voz es el resguardo del sistema
democrático y republicano en Costa Rica.
Por eso, diputados y diputadas,
tenemos una labor muy importante en frente y espero que la podamos socializar y
lograr acuerdos.
Gracias, presidente.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señor diputado.
Continúa en el uso de la palabra la
diputada Pérez Hegg, por hasta ocho minutos, señora diputada, aunque le
corresponden quince, pero debemos pasar a las dieciséis treinta a la segunda
parte de la sesión.
Tiene la palabra la diputada Pérez
Hegg.
Diputada
Mirna Patricia Pérez Hegg:
Gracias, diputado presidente.
Vamos a dar los minutos al diputado
Góngora para que termine el planteamiento.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
En el tiempo de la diputada Pérez Hegg, tiene la
palabra el diputado Góngora Fuentes, por hasta siete minutos treinta segundos.
Diputado Carlos Humberto Góngora Fuentes
Gracias, presidente.
Muchas gracias, diputada doña
Patricia Pérez.
Yo no estoy elevando la voz —y eso
es lo que quiero dejar plasmado en esta reflexión— ni a favor de equis o ye
proyectos, ni a favor de equis o de ye candidatos a determinadas instituciones.
Lo que quiero es motivar a la
reflexión de las señorías y a través de ustedes, del pueblo de Costa Rica, es
la urgencia de poder garantizarle al próximo Gobierno, indistintamente de que
quién ocupe la primera magistratura y quiénes nos sustituyan en estas curules,
que la posibilidad efectiva de lograr una Asamblea Legislativa eficiente y
eficaz se dé.
Pero vuelvo a insistir, no podemos,
a mi modo de ver, seguir enviando mensajes equivocados. Señoras y señores
diputados, puede ser que nosotros aprobemos el mejor reglamento en la historia
de la Asamblea Legislativa de Costa Rica que el instrumento por sí solo no será
ni bueno ni malo, sino como lo utilicen los diferentes actores políticos.
Es como querer heredar un vehículo,
pero el vehículo se moverá al ritmo de quien lo conduzca, el vehículo avanzará
o se detendrá al ritmo del chofer y de los acompañantes; eso es el principal
objetivo que no podemos perder de vista.
No es heredar un vehículo
pretendiendo hacer de él un jet, porque las condiciones de vuelo o de tránsito
bien sabidas en nuestras carreteras no lo permitirán, pero tampoco es
retroceder al tiempo de las carretas porque sería desconocer la nueva dinámica
política y jurídica que tiene Costa Rica en el presente año 2014.
Señoras y señores diputados, todos
queremos irnos de esta Asamblea Legislativa otorgándoles a nuestros futuros
colegas un reglamento y un marco que permita, efectivamente, que la Asamblea
Legislativa sea medida y su trabajo sea medido, pero una equivocación también
es pretender que la Asamblea Legislativa se mide con respecto a la cantidad de
leyes que aprueba y creo que este país en lugar de necesitar más leyes en la de
menos sería necesario tener menos leyes.
Pero leyes que se cumplan, leyes que
se supervisen, leyes que se ejecuten y seguir con esas ideas de una eficiencia
mal concebida llevada a la medición de cuántos proyectos se dictaminan, o no y
cuántas leyes se aprueban o no, sin medir la trascendencia, el impacto, las
consecuencias que tienen esas leyes, es simplemente responder a una estadística
—a mi modo de ver— vacía, sin sentido, injustificada, que no demuestra que una
Asamblea Legislativa sea más eficiente que otra.
Lograr leyes sustanciales que hagan
un cambio, que generen en el ciudadano y la ciudadana mejores condiciones de
vida, mayor justicia social, el respeto a las libertades públicas, que
consoliden una economía ágil y dinámica, que permitan mayor salud y educación
esos deberían ser los estándares para que podamos hacer una efectiva evaluación
de la labor parlamentaria.
Y eso transitará por las diferentes
opciones políticas que las y los ciudadanos tienen a la hora de ir a las urnas,
elegir a sus representantes, elegir a sus representantes creyendo que aquellos
a los que designan y mandan a estas curules van a representar su modus vivendi
y a defenderlo.
Por supuesto que también queremos una reforma al
reglamento que evite tanto abuso, tanta gollería, que evite tanto despilfarro y
que mande una señal clara a los y a las costarricenses de que aquí el tiempo
que se utiliza no es un tiempo en vano, que la discusión es una discusión
productiva, que el intercambio de opiniones no es —y con el perdón de las
personas que tienen una deficiencia auditiva— como dice el adagio popular, una
serenata a una sorda, sino que realmente cuando se están comentando y abordando
temas esos promuevan una reflexión, un diálogo y un intercambio, que es finalmente lo que
no sucede en esta Asamblea Legislativa; mientras un diputado o una diputada
están disertando, para pena de todas y de todos, de la gran mayoría, sino de la
totalidad de los miembros de este Parlamento, los demás están o estaremos en
otros temas.
Y el debate se construye cuando hay un intercambio
de opiniones. El debate, la polémica, la dialéctica y el diálogo se construyen
cuando hay diferentes prismas y cuando hay diferentes colores en la discusión;
eso la enriquece y permite, efectivamente, el engrandecimiento de un
parlamento.
Muchas gracias, diputado presidente, muchas
gracias, diputadas y diputados por el tiempo que me otorgaron.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señor diputado.
Al ser las dieciséis y treinta
horas, y de acuerdo con la moción recién aprobada por este Plenario, vamos a
pasar entonces, así de esta manera, a la segunda parte de la sesión. Lógicamente que para el día lunes continuarán
los diputados en el uso de la palabra, los diputados y diputadas que se
anotaron en la lista.
Reitero, pasamos a la segunda parte
de la sesión, discusión de proyectos de ley, segundos debates.
Expediente N.º 17.777, Ley Reguladora de Investigación
Biomédica, (originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres
Humanos
En el primer lugar del orden del día se encuentra
el expediente 17.777, Ley Reguladora de Investigación Biomédica.
Este proyecto se encuentra en consulta facultativa
en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Ya habíamos anunciado a los diputados y diputadas
que la Corte nos había enviado, o le envió a la Presidencia una extensión de
unas aclaraciones que requería, y efectivamente, la Presidencia ya le informó a
la Corte que fundamentalmente tenían que ver con la forma y la metodología cómo
se hicieron las consultas.
Así que está en esas circunstancias, pues estaremos
esperando la respuesta de la Corte Suprema de Justicia.
Expediente Nº. 18.246, Ley de Donación y Trasplante de
Órganos y Tejidos Humanos
En
el primer lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.246, Ley de Donación y
Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos.
Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite
de primer debate con el cuarto informe de mociones de fondo, vía artículo 137.
COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS SOCIALES
Cuarto
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Las mociones fueron desechadas.
Quiero preguntarles, consultarles a los diputados y
diputadas si alguno quisiera presentar mociones de reiteración.
La diputada Chaves Casanova.
Diputada Rita Gabriela Chaves Casanova:
Señor diputado presidente, solamente
para dejar constando que sí estaremos presentando mociones de reiteración para
el expediente.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Gracias, señora diputada.
El diputado Villalta Flórez-Estrada
nos indica que también estará presentando mociones de reiteración; por lo
tanto, se suspende el trámite por el día de hoy en vista de que se van a
presentar mociones de reiteración.
Expediente N.º 17.853, Ley de Premios Nacionales de
Cultura, (originalmente denominado): Ley de Premios Nacionales de Arte y
Cultura
En el segundo lugar del orden del día se encuentra
el expediente 17.853, Ley de Premios Nacionales de Cultura.
Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite
de primer debate. En esta sesión se
contabiliza la tercera sesión para la presentación de mociones de reiteración.
En el tercer lugar del orden del
día, se encuentra el expediente 18.094, Aprobación
del Convenio Marco de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y
la República del Ecuador.
Inicia
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate.
Vamos
a ofrecer la palabra a los diputados dictaminadores, hasta por quince minutos.
Este
convenio fue dictaminado en la Comisión de Asuntos Internacionales.
¿Ningún
diputado de la comisión o dictaminador va a hacer uso de la palabra? Ninguno.
Entramos
en discusión, por el fondo de este expediente.
Ofrezco
el uso de la palabra.
No
hay solicitudes para hacer uso de la palabra en este expediente; por lo tanto,
consulto a los diputados y diputadas si damos por discutido este
expediente. Discutido.
Vamos
a someterlo a votación.
Vamos
a pedirles a los diputados y diputadas que se encuentren en las salas adjuntas
y quienes se encuentran fuera del salón de sesiones, incorporarse para proceder
con la votación.
Vamos
a insistir con los señores y diputados y diputadas que se encuentran en la sala
adjunta incorporarse para proceder de inmediato con la votación.
Hay
cuarenta diputadas y diputados en el salón de sesiones. Ruego a los señores ujieres cerrar puertas, a
los diputados y diputadas ocupar sus curules, a los señores asesores mantenerse
en un lugar distante de las curules.
Cuarenta
diputadas y diputados presentes. Los
diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.094, Aprobación del
Convenio de Cooperación Bilateral entre la República de Costa Rica y la
República del Ecuador, se servirán ponerse de pie, esto en el trámite de primer
debate. Cuarenta diputadas y diputados
presentes; cuarenta han votado a favor. El expediente ha sido aprobado en el
trámite de primer debate.
Este
proyecto de ley pasa en consulta obligatoria a la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia.
Expediente N.º 18.773, Aprobación del Contrato de
Préstamo N.º 2852/Oc-Cr, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de Innovación y Capital
Humano para la Competitividad
En el cuarto lugar del orden del día se encuentra el
expediente 18.773, Aprobación del Contrato de Préstamo número 2852 OC-CR,
suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de
Desarrollo para Financiar el Programa de la Innovación y Capital Humano para la
Competitividad.
En espera del segundo informe de mociones de fondo vía
artículo 137.
Expediente Nº 18.902, Reforma a la Ley
General de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.
En el quinto lugar del orden del día se encuentra el expediente
número 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales de Distrito
Número 8173-2001.
Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de
primer debate.
Se han presentado varias mociones de fondo, las cuales
vamos a darle trámite en este momento.
Vamos a solicitarle al señor secretario darle lectura a
la primera moción.
El primer secretario Martín Monestel
Contreras:
Del expediente 18.902, Reforma a la Ley General del
Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001.
De varios diputados, presentan la siguiente moción:
Moción de fondo N.º 1
De varios y varias
diputadas:
Para que se modifique y en adelante se lea de la
siguiente manera el artículo 10 de la Ley 8173/2001
"Artículo
10. Para someterse a la
aprobación presupuestaria de la Contraloría General, las Municipalidades deberán ajustar la
estructura programática de sus presupuestos para que se incluyan las asignaciones correspondientes a
los recursos con
los que contarán los Concejos Municipales de Distrito."
Y sus respectivas firmas.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
No
hay ningún diputado ni diputada que haya solicitado el uso de la palabra. Por lo tanto, la damos por discutida. Vamos a someterla a votación.
Ruego a los diputados que se encuentran en la sala
adjunta y quienes están fuera del salón de sesiones incorporarse para proceder
de inmediato con la votación.
Cuarenta diputadas y diputados presentes en el salón de
sesiones. Ruego a los diputados que se
encuentran… todavía no están ocupando sus curules, lo hagan para proceder con
la votación.
Los
diputados y diputadas que estén a favor de la moción se servirán ponerse de pie
o levantar su mano en caso de impedimento.
Cuarenta diputadas y diputados presentes; cuarenta han votado a
favor. Por lo tanto, la moción ha sido
aprobada y entonces de esa manera se incorporará en el texto.
Tenemos otra moción, la segunda moción que le solicito al
señor secretario darle lectura.
El expediente 18.902, Reforma a la Ley General de Concejos Municipales
de Distrito Número 8173/2001.
De varios diputados, hacen la
siguiente moción.
De varios y
varias diputadas:
Para que se modifique el artículo 2 del proyecto de
Ley en discusión, específicamente en cuanto reforma el numeral 9 de la Ley
8173/2001 y respecto del cual se elimine la competencia que se está asignando a
la Contraloría General de la República en punto a la resolución administrativa
de discrepancias en cuanto a los convenios entre la Municipalidad y el Concejo
Municipal de Distrito respectivo, de tal forma que el artículo se lea de la
siguiente manera:
"Artículo 9. Las tasas y los precios de
los servicios distritales, serán percibidos directamente por los Concejos
Municipales de Distrito, así como las contribuciones especiales originadas en
actividades u obras del mismo Concejo.
El concejo también percibirá directamente los
productos por multas, patentes o cualquier otro impuesto originado en el
distrito. Por convenio entre partes podrá disponerse una participación de la
municipalidad.
En las participaciones por ley de las
municipalidades en el producto de impuestos nacionales se entenderá que los
concejos participan directa y proporcionalmente, según los parámetros de
reparto de la misma ley o su reglamento.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
No hay solicitudes para hacer uso de la palabra; por lo
tanto, la damos por discutida.
Vamos
a someterla a votación y vamos a reiterar los diputados que se encuentran en la
sala adjunta incorporarse y los que están fuera del salón de sesiones de la
misma manera para someter la moción a votación.
Hay
cuarenta y tres diputadas y diputados presentes. Ruego a los señores ujieres cerrar
puertas. Los diputados y diputadas que
estén a favor de la moción recién leída se servirán ponerse de pie o levantar
su mano en caso de impedimento. Cuarenta
y tres diputados y diputadas presentes; cuarenta y tres han votado a
favor. Por lo tanto, la moción ha sido
aprobada y se incorpora en el texto.
No
hay más mociones. Por lo tanto, vamos a
iniciar la discusión por el fondo.
Ofrezco el uso de la palabra a los diputados y diputadas sobre este
expediente.
No
hay solicitudes para hacer uso de la palabra por el fondo.
Quiero
consultarles a las diputadas y diputados si damos por discutido este expediente
en el trámite de primer debate.
Discutido.
Vamos
a someterlo a votación, pero antes vamos a solicitarles nuevamente a los
diputados que se encuentran en la sala adjunta que se incorporen para proceder
con la votación.
Tenemos
cuarenta y tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones. Ruego a los señores ujieres cerrar
puertas. Los diputados y diputados que
estén a favor del expediente 18.902, Reforma a la Ley de Concejos Municipales…a la Ley General
de Concejos Municipales de Distrito Número 8173/2001, se servirán ponerse de
pie o levantar su mano en caso de impedimento.
Cuarenta y tres diputadas y diputados presentes; cuarenta y tres han
votado a favor. Por lo tanto, el
expediente ha sido aprobado en el trámite del primer debate.
Se señala para su discusión en
segundo debate, el inicio de su discusión en segundo debate, el día martes 11
de febrero.
En el sexto lugar del orden del día,
se encuentra el expediente 18.725, Reforma de Varios Artículos de la Ley del Sistema
Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario
de la Vivienda), Ley Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, con el fin de
Asegurar el Acceso a una Vivienda Digna como Derecho Humano a las Personas con
Discapacidad sin Núcleo Familiar.
Continúa la discusión, por el fondo,
en el trámite de primer debate con el primer informe de mociones de fondo vía
artículo 137.
COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Primer informe de mociones vía artículo 137 del
Reglamento legislativo
Las mociones fueron desechadas.
Debido a que no hay más mociones de fondo vía artículo
137, deseo consultar a los diputados o hago la consulta a los diputados si
desean presentar mociones de reiteración.
Ningún
diputado o diputada ha manifestado su interés en presentar mociones de reiteración;
por lo tanto, vamos entonces a someter a discusión por el fondo este
expediente.
Ofrezco el uso de la palabra. El diputado Góngora Fuentes tiene la palabra.
Muy brevemente, presidente, es que hace un momento en mi
intervención anterior hice alusión a un grupo de muy respetables personas que
tienen una capacidad diferente y muy gentilmente la diputada doña Rita Chaves
me llamó la atención.
Quiero
ofrecer dispensas, porque mi intención nunca es ofender y más bien reiterar que
voy a apoyarles esta iniciativa. Me
parece excelente dotar a las personas con capacidades diferentes de una
vivienda digna.
Gracias.
Con gusto, señor diputado.
El diputado Mendoza García ha solicitado la palabra. No
ha solicitado el diputado Mendoza García.
Consulto a los diputados y diputadas si algún otro
quisiera hacer uso de la palabra por el fondo.
Si no hay solicitudes para hacer uso de la palabra quiero preguntarles a
las diputadas y diputados si damos por discutido este expediente. Discutido.
Vamos,
entonces, a someterlo a votación.
Vamos
a pedirles a los diputados que se encuentran en la sala adjunta, y a quienes
estén fuera del Plenario incorporarse para proceder de inmediato con la
votación en el trámite de primer debate.
Hay
cuarenta y tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones. Ruego a los señores ujieres cerrar
puertas. Los diputados y diputadas que
estén a favor del expediente 18.725 se servirán ponerse de pie o levantar su
mano en caso de impedimento. Cuarenta y
tres diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones; cuarenta y tres
han votado a favor. Por lo tanto, el
expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate.
Se
señala el próximo viernes 11…, perdón, martes, martes 11 de febrero para
iniciar el trámite en segundo debate.
En
el sétimo lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.886, Ley de Aprobación del Tratado
de Libre Comercio entre los Estados AELC y los Estados Centroamericanos.
Inicia
la discusión por el fondo, en el trámite de primer debate, con la explicación
del dictamen.
Ofrezco
el uso de la palabra a los dictaminadores. Este expediente fue dictaminado,
discutido y aprobado en la Comisión de Asuntos Internacionales.
Ningún
diputado ha solicitado el uso de la palabra para explicar el dictamen.
Se
ha presentado una moción de fondo vía artículo 137, la cual pasa a la comisión
dictaminadora.
Moción N.º 1
del diputado Mendoza García:
Para que el Rige de este
proyecto de ley se lea de la siguiente manera:
Rige seis meses después
de su publicación.
Antes
de continuar con el siguiente expediente vamos a darle lectura a una
comunicación que ha llegado del Ministerio de la Presidencia.
Vamos
a solicitarle al señor diputado secretario darle lectura.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
06
de febrero de 2014
DMP-640-2013
Señor
Martín Alcides Monestel
Contreras
Primer
secretario
Señora
Annie Saborío Mora
Segunda
secretaria
Estimados señores
Diputados:
Me
permito hacer del conocimiento de la Asamblea Legislativa, el Decreto Ejecutivo
38.158-MP, de esta fecha, mediante el cual el Poder Ejecutivo amplía la convocatoria a sesiones
extraordinarias, a partir de la fecha que él indica.
Atentamente,
Carlos Ricardo Benavides
Jiménez
Ministro de la Presidencia
DECRETO
EJECUTIVO 38.158-MP
LA PRESIDENTA
DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO
DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118
y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.
DECRETAN:
ARTICULO 1: Amplíase la convocatoria a
sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto
Ejecutivo 38.038-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:
EXPEDIENTE N° 19.019 LEY PARA LA REGULACIÓN DE LA
EDUCACIÓN O FORMACIÓN PROFESIONAL-TÉCNICA EN LA MODALIDAD DUAL EN COSTA RICA.
EXPEDIENTE N° 19.020 LEY QUE ADICIONA EL
NUMERAL 4 BIS A LA LEY 8777 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2009 PUBLICADA EN LA GACETA
219 DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2009 DENOMINADA LEY DE CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES
ADMINISTRATIVOS DEL RÉGIMEN DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL
Y DEL SERVICIO CIVIL.
EXPEDIENTE N° 19.025 APROBACIÓN DEL ACUERDO MARCO
DE COOPERACIÓN ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA
DE CUBA.
EXPEDIENTE N° 19.026 APROBACIÓN DE LA ENMIENDA DE
DOHA AL PROTOCOLO DE KYOTO.
EXPEDIENTE N° 18.751 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA.
EXPEDIENTE Nº 15.979 CÓDIGO PROCESAL CIVIL.
ARTICULO 2:
Rige a partir del 6 de febrero de 2014.
Dado
en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
CARLOS
RICARDO BENAVIDES JIMENEZ
MINISTRO
DE LA PRESIDENCIA
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Se tiene por ampliada la convocatoria.
En
el octavo lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.857, Reforma
de los artículos 68 y 69 de la Ley de Contratación Administrativa, Ley N.º
7492, de 2 de mayo de 1995, (originalmente denominado): Autorización al Poder
Ejecutivo para Donar a las Instituciones Autónomas y Semiautónomas Bienes
Inmuebles cuyo Uso Se Destine al Cumplimiento De Fines Públicos.
Continúa
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el primer
informe de mociones de fondo vía artículo 137.
COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Primer informe de mociones vía artículo 137 del
Reglamento legislativo
La moción fue desechada.
Pero se han
presentado nuevas mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la
comisión dictaminadora.
Presentación de mociones vía artículo 137 del
Reglamento Legislativo
Moción N.º 1
de varias y varios diputados:
Para que se modifique el título de este proyecto de
ley de tal manera que en lugar de "AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA
DONAR A LAS INSTITUCIONES AUTÓNOMAS BIENES INMUEBLES, CUYO USO SE DESTINE AL
CUMPLIMIENTO DE FINES PÚBLICOS"; se llame: "REFORMA A LOS
ARTÍCULOS 68 Y 69 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, N° 7494 DEL 2 DE
MAYO DE 1995"
Moción N.º 2
de varias y varios diputados:
Para que se añada un
quinto párrafo al final, a la reforma al artículo 69 de la Ley de Contratación
Administrativa N° 7494 del 2 de mayo de 1995, que se lea de la siguiente
manera:
"La Contraloría General de la República
controlará mediante un informe que el acto administrativo que emita el Poder
Ejecutivo, de conformidad con el párrafo anterior; se ajusta en contenido,
motivo y fin. Sin este informe no podrá inscribirse el respectivo traspaso del
inmueble."
Moción N.º 3
de la diputada Pérez Hegg:
Para que el artículo 69 del artículo único del
proyecto de ley se lea de la siguiente manera:
Artículo 69.- Límites
La Administración no
podrá enajenar los bienes inmuebles afectos a un fin público.
Los bienes podrán
desafectarse por el mismo procedimiento utilizado para establecer su destino
actual.
Se requerirá la
autorización expresa de la Asamblea Legislativa, cuando no conste el
procedimiento para la afectación.
Se autoriza al Poder
Ejecutivo para donar entre ministerios, a las instituciones autónomas, y
semiautónomas los bienes inmuebles no afectos a un fin público, cuando tenga
por objeto coadyuvar al cumplimiento de las funciones de estos y en aras de
satisfacer el interés público. Para tal efecto deberá emitirse resolución
fundamentada del Poder Ejecutivo, acuerdo de aceptación del órgano jerárquico
superior del ente beneficiado, así como, el inventario y clasificación del bien
o los bienes objeto de la enajenación. La escritura la realizará la Notaría del
Estado.
Moción N.º 4
del diputado Gamboa Corrales:
Para que de conformidad
con el artículo 137 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se remita el Proyecto
de Ley a la Comisión Dictaminadora para que se modifique el artículo único del
Expediente No. 18.857 y se lea de la siguiente manera:
ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmense
los artículos 68 y 69 de la ley de Contratación Administrativa, N.° 7494 de 2
de mayo de 1995, para que se lean así:
"Artículo 68.- Procedimiento aplicable
Para enajenar los bienes
inmuebles, la Administración deberá acudir al procedimiento de licitación
pública o al remate, según convenga al interés público, salvo lo indicado en el
artículo siguiente sobre la donación.
Artículo 69.- Límites
La Administración no
podrá enajenar los bienes inmuebles afectos a un fin público.
Los bienes podrán
desafectarse por el mismo procedimiento utilizado para establecer su destino
actual.
Se requerirá la
autorización expresa de la Asamblea Legislativa, cuando no conste el
procedimiento para la afectación.
Se autoriza al Poder
Ejecutivo para donar a las instituciones autónomas, y semiautónomas los bienes
inmuebles no afectos a un fin público, cuando tenga por objeto coadyuvar al
cumplimiento de las funciones de estos y en aras de satisfacer el interés
público. Para tal efecto deberá emitirse resolución razonada del Poder
Ejecutivo y el acuerdo de aprobación del órgano jerárquico superior del ente
beneficiado. La escritura la realizará la Notaría del Estado.”
Rige a partir de su
publicación.
Moción N.º 5 de
las diputadas Delgado Ramírez y Acuña Castro:
Para que se adicionen dos párrafos a la reforma del
artículo 69 de la Ley de Contratación Administrativa, N° 7494 de 2 de mayo de
1995, que se pretende realizar en el artículo único del proyecto de ley en
discusión. El artículo único integralmente se leerá:
"ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmense
los artículos 68 y 69 de la ley de Contratación Administrativa, N° 7494 de 2 de
mayo de 1995, para que se lean así:
"Artículo 68.-Procedimiento aplicable
Para enajenar los bienes inmuebles, la
Administración deberá acudir al procedimiento de licitación pública o al
remate, según convenga al interés público, salvo lo indicado en el artículo 69
sobre la donación".
Artículo 69.- Límites
La Administración no podrá enajenar los bienes
inmuebles afectos a un fin público.
Los bienes podrán desafectarse por el mismo
procedimiento utilizado para establecer su destino actual.
Se requerirá la autorización expresa de la Asamblea
Legislativa, cuando no conste el procedimiento para la afectación.
Se autoriza al Poder Ejecutivo para donar a las
instituciones autónomas, y semiautónomas los bienes inmuebles no afectos a un fin
público, cuando tenga por objeto coadyuvar al cumplimiento de las funciones de
estos y en aras de satisfacer el interés público. Para tal efecto deberá
emitirse resolución fundamentada del Poder Ejecutivo, acuerdo de aceptación del
órgano jerárquico superior del ente beneficiado, así como, el inventario y
clasificación del bien o los bienes objeto de la enajenación. La escritura la
realizará la Notaría del Estado.
El Poder Ejecutivo remitirá a la Contraloría
General de la República copia certificada del respectivo expediente de
donación, con el propósito que constate el cumplimiento de lo dispuesto en el
párrafo anterior.
La Contraloría General de la República, en
el plazo de un mes calendario, contado desde la remisión del respectivo
expediente, verificará el cumplimiento de los requisitos. En caso de
incumplimiento, la Contraloría General de la República prevendrá al Poder
Ejecutivo, para que atienda el señalamiento realizado, de previo a la
inscripción de la donación.
Una vez vencido el plazo indicado en el
párrafo anterior, en ausencia del informe de la Contraloría General de la
República, se presumirá la conformidad de la respectiva donación."
En
el noveno lugar del orden del día, se encuentra el expediente 18.429 Reforma al
Artículo 96 del Código Notarial, Ley Nº 7764, de 17 de abril de 1998.
Inicia
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación
del dictamen.
Quiero
ofrecer el uso de la palabra a las señoras diputadas y diputados dictaminadores
si así lo tienen a bien.
Ningún
diputado dictaminador va a hacer uso de la palabra; por lo tanto, iniciamos la
discusión por el fondo de este expediente.
Ofrezco el uso de
la palabra a las señoras y señores diputados.
Ningún
diputado ni diputada ha solicitado la palabra; por lo tanto, quisiera
consultarles a los diputados y diputadas, si damos por discutido este
expediente.
Discutido.
Vamos
a someterlo a votación. Ruego a los señores diputados que se encuentran en la
adjunta y a quienes están fuera del salón de sesiones incorporarse para
proceder con la votación.
Cuarenta
y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones.
Ruego a los señores
ujieres cerrar puertas, a los diputados ocupar sus curules.
Diputado
Sotomayor, diputada Acuña Castro.
Cuarenta
y cuatro diputadas y diputados presentes.
Los diputados y diputadas que estén a favor del expediente 18.429,
Reforma al Artículo 96 del Código Notarial, Ley N.º 7764, de 17 de abril de
1998, en el trámite de primer debate, se servirán ponerse de pie o levantar su
mano en caso de impedimento. Cuarenta y
cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones; cuarenta y
cuatro han votado a favor. Por lo tanto, el expediente ha sido aprobado en el
trámite de primer debate.
Se
señala el día martes 11 de febrero para el inicio del trámite en segundo
debate.
En
el décimo lugar del orden del día se encuentra el expediente 18.365, Reforma
del Artículo 111 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley Nº 8508,
de 28 de abril 2006.
Inicia
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con la explicación
del dictamen.
Ofrezco
el uso de la palabra a las diputadas y diputados dictaminadores.
Ningún
diputado de los dictaminadores va a hacer uso de la palabra; por lo tanto,
vamos a ofrecer la palabra por el fondo para referirse por el fondo de este
expediente.
Ningún
diputado o diputada ha solicitado el uso de la palabra; por lo tanto, quisiera
consultarles a los diputados y diputadas si damos por discutido este
expediente.
Discutido.
Vamos
a someterlo a votación.
Los
diputados que se encuentran en la sala adjunta incorporarse para proceder con
la votación.
Ruego
a los señores ujieres cerrar puertas.
Hay
cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes en el salón de sesiones. Los diputados y diputadas que estén a favor
del expediente 18.365 en el trámite de primer debate se servirán ponerse de pie
o levantar su mano en caso de impedimento.
Cuarenta y cuatro diputadas y diputados presentes; cuarenta y tres han
votado a favor, uno ha votado en contra.
El expediente ha sido aprobado en el trámite de primer debate.
Vamos
a decretar un receso de un minuto.
Se reanuda la sesión.
Este expediente iniciará su trámite
de segundo debate el día jueves 13 de febrero.
Expediente N.º 18.921, Ley de
la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil
En el onceavo lugar del orden del
día, se encuentra el expediente número 18.921, Ley de la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil.
Inicia la discusión, por el fondo,
en el trámite de primer debate con la explicación del dictamen. Ofrezco el uso de la palabra a los diputados
dictaminadores.
Ningún diputado de los
dictaminadores va a hacer uso de la palabra; por lo tanto, quisiera ofrecer la
palabra…
Disculpen, señores diputados, hay
mociones de fondo vía artículo 137 presentadas, las cuales pasan a la comisión
dictaminadora.
Presentación de mociones vía artículo 137 del Reglamento
legislativo
Moción N.º 1
del diputado Fishman Zonzinzki:
Para que el artículo 3
del proyecto de ley en discusión se lea de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3.- Población
objetivo
La población objetivo la
constituyen, prioritariamente, todos los niños y niñas menores de 7 años de
edad en
situación de pobreza o pobreza extrema, no
obstante, de acuerdo con las necesidades específicas de las comunidades y
familias atendidas y a la disponibilidad presupuestaria, se podrán incluir
niños y niñas hasta 12 años de edad
Moción N.º 2
de la diputada Villalobos Arguello:
Para que al artículo 12
del proyecto en discusión se le adicione un nuevo inciso J) y se corra la
numeración. El nuevo texto dirá:
ARTÍCULO 12. COMISIÓN TÉCNICA INTERINSTITUCIONAL
"Créase la Comisión
Técnica Interinstitucional para el fortalecimiento de la Red Nacional de Cuido
y Desarrollo Infantil, como un órgano de coordinación de las acciones
gubernamentales para la articulación, el fortalecimiento y la expansión de la
REDCUDI.
La Comisión Técnica
Interinstitucional sesionará ordinariamente una vez cada dos meses, y
extraordinariamente cuando se le convoque por su presidente; las decisiones se
tomarán por mayoría simple de los presentes y sus integrantes fungirán en forma
ad honorem.
La comisión estará
integrada por:
(…)
j) Una persona representante
de la Asociación Nacional de Alcaldes e Intendentes
(…)
Expediente N.º 18.443, Ley
contra las Peleas de Perros
En el lugar número 12 del orden del día, se
encuentra el expediente 18.443, ley contra las Peleas de Caninos.
Inicia la discusión, por el fondo,
en el trámite de primer debate. Ofrezco
el uso de la palabra a los diputados dictaminadores.
Ningún diputado ha solicitado el uso
de la palabra para explicar el expediente.
Y quiero, por si acaso quedó duda en el nombre, que
me están haciendo observaciones, el proyecto de ley se llama Ley contra las Peleas de Caninos.
Este expediente tiene una moción de
orden que le solicito a la señora secretaria darle lectura.
La segunda
secretaria Annie Alicia Saborío Mora:
Expediente 18.443, Ley contra las Peleas de Caninos. Varios diputados hacen la siguiente moción:
Del diputado Céspedes
Salazar:
Para
que se publique en el Diario Oficial La Gaceta el texto sustitutivo del
proyecto de ley en discusión, contenido en el DICTAMEN UNÁNIME AFIRMATIVO del 3
de diciembre de 2013.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción. Suficientemente discutida.
Vamos a someterla a votación.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Tenemos en este momento cuarenta y
un diputadas y diputados presentes.
Vamos a someterlo a votación.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción para que se publique en el diario oficial La Gaceta el texto sustitutivo se servirán ponerse de
pie. Cuarenta y un diputadas y diputados
presentes; cuarenta y uno han votado a favor. Por lo tanto, la moción ha sido
aprobada.
Vamos
a instruirle a la Secretaría del Directorio para realizar, y a la
Administración de la Asamblea Legislativa, para gestionar o realizar, más bien,
la publicación en el diario oficial La Gaceta.
Hay una nueva moción de consulta,
esta es de consulta, que le vamos a solicitar al señor secretario darle
lectura.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
Del expediente 18.443, Ley contra las peleas de caninos. Varios diputados hacen la siguiente moción:
Del diputado Céspedes
Salazar:
Para
que el proyecto de ley en discusión sea consultado a las siguientes
instituciones y organizaciones:
Patronato
Nacional de la Infancia
Servicio
Nacional de Salud Animal
Asociación
Canófila Costarricense
Colegio
de Médicos Veterinarios de Costa Rica
Ministerio
de Salud
Ministerio
de Seguridad Pública
Corte
Suprema de Justicia
Organismo
de Investigación Judicial
Asociación
Rescate Animal
Asociación
Humanitaria Internacional
Fundación American Stafford de Costa Rica
Asociación
Nacional Protectora de Animales
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
No hay solicitudes para hacer uso de
la palabra; por lo tanto, la damos por discutida. Vamos a someterla a votación.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción de consulta se servirán ponerse de pie. Cuarenta y dos diputadas y diputados
presentes; cuarenta y dos han votado a favor.
Por lo tanto, la moción ha sido aprobada.
Hay una moción de revisión sobre la
moción recién tramitada, que le solicitamos al señor secretario darle lectura.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
Del diputado Céspedes
Salazar:
Para
que se revise la votación de la moción recién tramitada.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
No hay solicitudes para hacer uso de
la palabra por la moción; por lo tanto, la damos por discutida.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción de revisión…
Perdón, hay un diputado o diputada
que está en la sala adjunta.
Cuarenta y dos diputadas y diputados
presentes. Ruego a los señores ujieres cerrar puertas. Los diputados y
diputadas que estén a favor de la moción de revisión se servirán ponerse de
pie. Cuarenta y dos diputados presentes;
ninguno ha votado a favor. Por lo tanto,
la moción ha sido rechazada.
Por lo tanto, se instruye a la
Secretaría del Directorio para realizar las consultas que fueron aprobadas de
acuerdo con la moción.
Se tiene por suspendido el
conocimiento de este expediente mientras se realizan las consultas.
Expediente N.º 18.709, Ley de
Garantías Mobiliarias
En el lugar trece del orden del día, se encuentra
el expediente número 18.709, Ley de Garantías Mobiliarias.
Inicia la discusión, por el fondo, en el trámite de
primer debate con la explicación del dictamen.
Ofrezco el uso de la palabra a los diputados dictaminadores.
Ningún diputado ha solicitado el uso
de la palabra.
Se ha presentado una moción vía
artículo 137 sobre este expediente; por lo tanto, pasa a la comisión
dictaminadora.
Presentación de moción vía
artículo 137 del Reglamento legislativo
Moción N.º 1 de la diputada
Pérez Hegg:
Para que en donde se lee
“vigencia un año” se lea “vigencia de seis meses”.
Expediente N.º 18.685, Ley
para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos
En el lugar número catorce del orden del día, se
encuentra el expediente 18.685, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales
Externos.
Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite
de primer debate con el conocimiento de mociones de reiteración.
Vamos a solicitarle al señor primer
secretario darle lectura a la primera moción de reiteración.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de
Capitales Externos, expediente 18.685.
Varios diputados.
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y
proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción N.º 1-2 de la diputada Pérez
Hegg:
Para que se elimine el penúltimo párrafo al
Artículo 80 bis de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N.° 7558,
de 3 de noviembre de 1995 y sus reformas, creado mediante el artículo 2 del
Proyecto de ley en discusión.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Tiene la palabra la diputada
proponente, diputada Pérez Hegg por hasta cinco minutos.
Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:
Gracias, señor presidente.
Me apena ser yo quien eche a perder
este gran acuerdo de la tarde, porque los he visto a todos muy ocupados y muy
dadivosos con todos los proyectos. Incluso, en la tarde me decían que
obviamente hay un acuerdo de las fracciones, básicamente de Liberación y el PAC
para votar hoy capitales golondrina, y respetaré eso como lo he hecho en otros
temas.
Pero a diferencia de que algunos proyectos sean
aprobados sin hablar, entiendo que, porque algunos lo tienen demasiado claro o
algunos no tienen preocupación sobre el tema, en este caso responsablemente
hablaré sobre las mociones de reiteración.
Lo primero, compañeros, decirles que
insiste el Poder Ejecutivo en poner ese proyecto, cuando sabe perfectamente que
ha transcurrido un año y que si, obviamente, no nos convencieron a unos el año
pasado diciendo que los capitales iban a afectar la economía, que la verdad
siempre he seguido pensando que fue una absoluta incapacidad del Poder
Ejecutivo y del Banco Central de tomar las medidas a tiempo.
Hoy, un año después, me sorprende
que insistan. Da la impresión de que no saben la lectura económica —no
costarricense, esa ya me la han demostrado en muchas oportunidades— mundial.
E insistir en ese proyecto, dando
malas señales a la inversión extranjera en este momento político, es de verdad
una sorpresa, como se han dado en estos últimos días.
Compañeros, Estados Unidos, nuestro
socio comercial, ha cambiado su plan macroeconómico y al contrario va llegar a
este país menos recursos, menos divisas. ¿O es que no han visto el
comportamiento del tipo de cambio en los últimos días?
Mire, profesionalmente haré las
observaciones y políticamente quedaré, después de este período legislativo,
sorprendida de por qué los políticos no tienen la lectura de las partes
económicas.
Primero, en esta moción, lo que
pretendo es que el instrumento que según definió el Banco Central no sea ad
perpétuam. Estas medidas, en el mejor de los escenarios, es una medida
considerada temporal, y no puede ser que en la redacción del proyecto nos digan
que son medidas a seis meses, y un estribillo, como dice la moción ahí, se diga
que se puede renovar indefinidamente.
Si a algunos de ustedes no les
preocupa, a mí sí me preocupan las señales económicas en este momento, y
algunos me han dicho alrededor de la tarde y con todo respeto, compañeros, el
decirme que esto es un instrumento que no importa que se apruebe para que el
Banco Central lo tenga en la gaveta, porque saben que no lo van a usar.
Compañeros, las señales
macroeconómicas no tienen que ver con que el instrumento se guarde no en la
cuarta, o en la quinta gaveta, son señales.
La seguridad jurídica de la
inversión, la posibilidad de que en otro momento —porque eso no es más que un
proyecto discrecional para el Banco Central— cualquiera que esté sentado en el
Banco Central pueda decir en qué momento de usa y no se usa.
No hay nada más peligroso que la
discrecionalidad. Y no tiene que ver con partidos políticos, tiene que ver con
la persona que está sentada en el Banco Central.
Y qué les garantiza a ustedes,
compañeros, los que se han acercado a decir eso, que van a tener sentada en el
Banco Central una persona sensata como para que no les preocupe que en la
gaveta del Banco Central tenga semejante instrumento, como es decidir cuándo
entra y cuándo no entra el capital. Solo saber esa información es valiosísimo,
como es hoy saber cuándo se defiende la banda, el tipo de cambio, y cuándo no.
No son pequeñas cosas, me sorprenden
esas respuestas; y compañeros, con todo respeto, al menos tengamos hoy, esta
tarde, la prudencia de tener cuidado, porque estamos en una situación económica
razonablemente delicada.
Señor presidente, lo veremos en la
siguiente moción.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Antes de someter a votación la
moción, quiero indicar que solamente hay treinta y seis diputadas y diputados
en el salón de sesiones.
No hay cuórum.
Transcurre el tiempo reglamentario.
Hay treinta y ocho diputadas y
diputados presentes.
Se ha restablecido el cuórum.
Vamos a someter la moción a
votación.
Ruego a los diputados que se
encuentran en la sala adjunta incorporarse para proceder con la votación.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Hay cuarenta y dos diputadas y
diputados presentes en el salón de sesiones.
Vamos a proceder con… a someter a
votación la moción de reiteración recién leída y explicada.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción de reiteración, se servirán ponerse de pie. Cuarenta y dos diputadas y diputados
presentes; diez han votado a favor, treinta y dos han votado en contra. Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.
Hay una nueva moción de reiteración
que le voy a solicitar al señor secretario darle lectura.
Disculpen, señores diputados, para
saber efectivamente de cuál moción se trata, la que acabamos de votar es la
moción número 1. La moción número 2 ha sido retirada y esta moción que se va a
leer es la moción número 3.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
Moción
de reiteración N.º 3-1
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo
al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se
convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción
N.º 3-2 de la diputada Pérez Hegg:
Para que se adicione
un primer párrafo al Artículo 59 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley
No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, creado mediante el artículo
1 del Proyecto de ley en discusión de manera que se lea:
"ARTÍCULO
1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus
reformas:
"Artículo
59 bis.-
Para instrumentos
financieros de 360 días o menos, aplicarán las siguientes disposiciones:
(…)”
Firmada por la diputada Pérez Hegg.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
Tiene la palabra la diputada Pérez
Hegg por cinco minutos.
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
Gracias, presidente.
Insistí en la Comisión de
Hacendarios, donde se discutió este proyecto, que uno podría tratar de
entender, poquito difícil, pero hacer un esfuerzo del peligro que veía el Poder
Ejecutivo hace un año con la entrada de esa cantidad de dólares, que sentían
que venían arrasar la economía.
Insistí en la Comisión de
Hacendarios de que, al menos, hiciéramos la diferencia de cuáles capitales son
buenos y cuáles son capitales especulativos, o peligrosos o golondrinas.
La moción me fue rechazada y por eso vengo hoy a
exponerlo al plenario. Esta moción lo que pretende es que todo el articulado
que, en realidad este proyecto son no más que dos, se aplique a aquellos
capitales que vienen de corto plazo, por eso le puse a menos de trescientos
sesenta días.
Esta diputada está dispuesta a
entender la preocupación siempre y cuando no hiciéramos una generalidad del
capital, porque, señores compañeros, no todo el capital es malo, no todo el
capital viene a dañar la economía como se nos vendió hace un año, y por lo
visto como se sigue vendiendo del día de hoy a pesar que ya no está entrando,
obviamente, porque no estamos aislados como economía, sino que definitivamente
estamos en una coyuntura en este caso mundial. Y le insistí a la gente de Hacienda,
y, obviamente, a los del Banco Central que hiciéramos la diferencia.
Claro, estaría yo de acuerdo con este proyecto si
usted usa esta normativa para evitar que la gente entre al país, especule con
las tasas de interés que en ese momento estaban sumamente altas, tengan una
rentabilidad, no produzca trabajo, no produzca empleo y se lleve los intereses
para su país de origen, pero eso no ocurre cuando vienen recursos de grandes
inversiones de largo plazo.
No sé si se habrán dado cuenta que
cuando se vienen a hacer grandes proyectos el capital entra al país, debe
quedarse mientras se puede formular todo el proyecto y empieza obviamente la
ejecución de la obra. Y mientras tanto, compañeros, los que hemos trabajado en
proyectos sabemos que los recursos hay que invertirlos temporalmente, y
obviamente se les (ininteligible) a instrumentos del Ministerio de Hacienda o
del Banco Central.
Estamos hablando que es un capital
extranjero que no fácilmente se va a ir a instrumentos de la banca privada, va
a ir al Estado.
Bueno, entonces les decía, hagamos
la diferencia de todo aquello que venga a largo plazo a generar empleo, tema
tan pendiente en esta campaña, empleo, empleo, empleo, nos garanticemos por lo
menos que esos capitales sigan fluyendo en el país.
Bueno, por supuesto que la moción en
la Comisión de Hacendarios fue rechazada y los compañeros quieren hacer un
proyecto de ley que ustedes van a aprobar general.
No podemos atacar problemas
económicos con generalidades, se pierden en el camino, asustan a todos a lo
bueno, a lo malo y a lo medio bueno. Si pudiéramos vivir de simplemente el
ahorro nacional, yo no estaría perdiendo estos minutos hablando con ustedes,
pero esta economía no vive solamente del ahorro nacional, lastimosamente que no
reconozca la cuenta de inversión extranjera que, por cierto, al final del año
el Gobierno la planteó como una gran meta lograda, el crecimiento de la
inversión extranjera.
Bueno, pero no hacen la diferencia
qué es bueno y qué es malo. En este proyecto de ley pretendimos hacer la
diferencia de lo bueno y lo malo.
Obviamente, pedirles a ustedes que
por lo menos se apruebe esta moción para diferenciar y no castiguemos al país
ni mucho menos demos malas señales de gente que quiere venir a hacer obras de
infraestructura de largo plazo, eso es un lujo que esta economía, y a como se
vislumbra el 2014 sea quien sea gobierno, compañeros, va a ser muy importante y
decirle a un inversionista que esta normativa está ahí en la gaveta del Banco
Central sin tener la certeza jurídica de cuándo se va a ocupar.
No sé si ustedes se han dado cuenta,
pero el capital lo ocupan aquí no más Nicaragua y Panamá. ¿Y cuál es la concesión especial que les está
dando Costa Rica?, bueno, una certeza jurídica de que el capital podría, hasta que
se apruebe esta ley, entrar sin ninguna preocupación.
Por eso insisto, compañeros, de que
al menos hagamos la diferencia en cuanto al plazo de las inversiones.
Gracias, señor presidente.
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Vamos a someter esta.
Suficientemente discutida.
Vamos a someterla a votación.
Vamos a rogar a los diputados que
están fuera del salón de sesiones, quienes estén en la sala adjunta
incorporarse para de inmediato proceder con la votación.
Nuevamente a los diputados que están
en la sala adjunta proceder a incorporarse para ver si revisamos la votación.
Hay treinta y nueve diputados y
diputadas presentes.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Los diputados y diputadas que
estén…, ruego a los diputados ocupar sus curules.
Los diputados y diputadas que estén a favor de la
moción de reiteración recién leída y discutida se servirán ponerse de pie o
levantar su mano en caso de impedimento. Treinta y nueve diputados y diputadas
presentes; ocho han votado a favor, treinta y un diputadas y diputados han
votado en contra. Por lo tanto la moción ha sido rechazada.
Continuamos con la discusión de la
moción número 4, que le solicitamos al señor diputado secretario darle lectura.
El primer
secretario Martín Alcides Monestel Contreras:
Moción
de reiteración N.º 4-1
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo
al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se
convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción N.º 4-2 de la diputada Pérez
Hegg:
Para
que se modifique el primer párrafo del artículo 1 del Proyecto de ley de
manera que se lea de la siguiente forma:
"ARTÍCULO
1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus
reformas:
"Artículo
59 bis.-
(..)
Corresponde
a las entidades autorizadas para realizar transacciones en los mercados de
valores que reciban los fondos a ser invertidos recopilar la información de los
inversionistas y suministrarla a las entidades de custodia de valores, quienes
transmitirán a los agentes retenedores del impuesto y a la Dirección General de
Tributación la información necesaria para la adecuada aplicación del impuesto.
Las entidades autorizadas, los custodios y los retenedores serán solidariamente
responsables del adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias en caso
de no suministrar información correcta. Para estos efectos los inversionistas
deberán presentar una declaración jurada suministrando la información del
domicilio fiscal en la forma, términos y condiciones que defina la Dirección
General de Tributación.
Esta
medida podrá ser prorrogable por un periodo máximo de dos años, después de los
cuales dicha medida no podrá ser aplicable por un periodo igual.
Quedan excluidos de los alcances del presente
artículo..."
El
presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
Tiene la palabra la diputada
proponente hasta por cinco minutos.
Diputada
Mirna Patricia Pérez Hegg:
Gracias, señor presidente.
Igual, esta moción lo que pretende
es que la prórroga no sea indefinida. Entendiendo la preocupación del Poder
Ejecutivo hace un año, redacté esta moción planteándoles que la medida fuera
por los dos años si es que al Poder Ejecutivo de este Gobierno se le hacía
difícil manejar la política económica del país y necesitaban alguna salvaguarda
para tratar de entender los problemas económicos; sin embargo, también me fue
rechazada.
Lo que les quiero decir es que no puede usted poner en
el capítulo de medidas temporales, porque de eso es el capítulo —el capítulo 84
es toda una normativa de qué son normativas temporales, que incluyen incluso
impuestos y aranceles para proteger algunos artículos— no puede usted meterlo y
después decir que ya no es temporal y que se prorroga permanentemente.
Eso lo digo porque ahora vamos a los temas de
fondo, veo que los compañeros, lo respeto, tienen claridad de que se debe
aprobar.
Dice la Constitución Política, artículo 121: Además
de otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde
exclusivamente a la Asamblea Legislativa —punto trece— establecer los impuestos y
contribuciones nacionales y autorizar los municipales.
Compañeros, como legisladores creo que nuestra
responsabilidad es conocer nuestras funciones.
Dice este proyecto de ley que, vía decreto, el
Poder Ejecutivo podrá establecer el monto del impuesto —que por supuesto le pone un
tope, pero es más menos quince o veinticinco puntos—, el plazo, la tasa y el
tipo de moneda.
Para los que estudian derecho tributario, quiero
decirles varias cosas. Usted no puede establecer un impuesto que quede a
absoluta discrecionalidad del Poder Ejecutivo, por la simple y sencilla razón
que es una facultad del legislador.
Así que para todos los que vayan a votar hoy, sepan
que el inciso 13) nos obliga a que sea la Asamblea Legislativa la que
establezca los impuestos y los tributos y no una facultad que usted puede
cederle al Poder Ejecutivo para que lo haga por decreto, y mucho menos como
está redactado.
Puede suspenderlo en cualquier momento, puede
variar el plazo, puede cambiar el monto, puede cambiar a discreción un
impuesto, y eso, señores, tendrá que decidirlo la Sala. Me parece a mí, no soy
experta, que es inconstitucional.
Un sujeto de crédito que no sepa cuánto, cómo y a
qué hora le van a cobrar, está en absoluto estado de indefensión por si lo
quieren saber algunos, a estas horas de la tarde. Debe establecerse. El sujeto
pasivo debe quedar claro, en este caso sociedades no domiciliadas.
Y ahora vamos a hablar de qué son sociedades no
domiciliadas, para algunos todavía que les falta entender que no es así como se
resuelve el sujeto pasivo.
La base imponible, pero no queda clara, porque es
discrecional; el hecho generador tampoco, porque puede ser variado, y por supuesto,
el porcentaje del impuesto que tampoco queda claro porque puede ser incluso
suspendido, y cambio de moneda.
Ahí les dejó algunos elementos jurídicos, ya que
los lógicos que deberán cambiar el plazo a menos de trescientos sesenta días, y
al mismo tiempo no hacer una medida que obviamente está en el capítulo de
temporalidades del Banco Central permanente, espero, compañeros, convencerlos
con la responsabilidad de nuestras funciones que están en el artículo 121 de la
Constitución.
Somos los legisladores, los únicos que podemos
establecer los impuestos, y nos ha quedado tan claro en el paquete fiscal, que
si hubiese sido así, pues simplemente hubieran agarrado unos cuantos y los
hubieran puesto por Poder Ejecutivo, cuánto podían subir y cuánto podían bajar.
Y seguridad jurídica, que eso va a significar,
compañeros, que a la hora de la hora, como a la mayoría de los impuestos en
este país, no se van a poder cobrar, pero sí habrán mandado una señal
equivocada a la inversión extranjera, tan necesaria para generar empleo.
Gracias, presidente.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Vamos a someter a votación la
discusión, perdón, a votación la moción.
Vamos a solicitarles a los señores
diputados que están en la sala adjunta, incorporarse.
Hay cuarenta diputadas y diputados
presentes en el salón de sesiones, cuarenta diputados.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción de reiteración recién leída y discutida se servirán
ponerse de pie o levantar su mano en caso de impedimento. Cuarenta diputadas y diputados presentes;
once han votado a favor, veintinueve en contra. La moción ha sido rechazada.
Hay una nueva moción que es la número
cinco, que le solicitamos al señor secretario darle lectura.
El primer secretario Martín Monestel
Contreras:
Moción
del artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos,
expediente 18.685.
Moción
de reiteración N.º 5-1
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo
al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se
convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción
N.º 5-2 de la diputada Pérez Hegg:
Para que se
modifique el artículo 2 del Proyecto de ley de manera que se lea de la
siguiente forma:
"ARTÍCULO
2.- Adiciónese un artículo 80 bis a la Ley Orgánica del Banco Central de Costa
Rica, N.° 7558, de 3 de noviembre de 1995, para que se lea en los siguientes
términos.
"Artículo
80 bis.- Depósitos obligatorios
sobre ingresos de capital Externo
(…)
Esta medida se
aplicará sin menoscabo de los requerimientos de encaje mínimo legal, reserva de
liquidez y demás normativa vigente en el país.
Este
instrumento temporal se regirá bajo lo dispuesto en el artículo 84 de la
presente ley.
La Junta Directiva
del Banco Central de Costa Rica reglamentará lo necesario para la debida toma,
ejecución y cese de esta medida, regulando como mínimo sus porcentajes, plazos
de duración de los depósitos y de la medida, así como los elementos necesarios
para la identificación del domicilio fiscal del inversionista no domiciliado en
el país."
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
Tiene la palabra la diputada proponente, por cinco
minutos.
Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:
Tratan, con este proyecto de ley, que si usted quiere
comprar el título de Gobierno al Ministerio de Hacienda o Banco Central, además
de toda la carga impositiva que va a ser más o menos lo que el Poder Ejecutivo
diga, también usted tiene que dejar un depósito previo de hasta un veinticinco
por ciento para obviamente bajar el rendimiento de los recursos.
Y dice la redacción de este proyecto que ese depósito
previo puede ser, incluso, de más plazo de la inversión que usted hizo. Ejemplo: Si usted compra un título a seis
meses, perfectamente le pueden pedir que el depósito de garantía del depósito
previo sea hasta de un año.
Miren, compañeros, si eso no es confiscatorio no sé qué
lo será. No puede ser que usted haga una
inversión, y que incluso, después del vencimiento de la inversión usted tenga
que dejar otros recursos en garantía de un depósito.
Obviamente,
es para restarle rentabilidad al instrumento; obviamente, es para quitarle el
atractivo, pero también, al mismo tiempo estamos aprobando un proyecto de ley
que definitivamente traspasa las barreras jurídicas que cualquiera, en este
caso el Banco Central, que es el que va a otorgar la normativa, pueda tener
facultades.
¿Cómo
será normar más allá del vencimiento de la inversión del título que usted acaba
de vender? Eso es lo que dice la redacción de este artículo.
Por
supuesto que le pone la coletilla: el Banco Central podrá arreglar vía
reglamento. Sí, pero estamos aprobando un proyecto de ley para efectos
jurídicos que le estamos dando facultades más allá del vencimiento de la
inversión.
Voy a aprovechar este espacio para decir cómo se pretende
resolver el problema. Nos dice la redacción que todos estos impuestos no se les
van a cobrar a las sociedades que estén domiciliadas en el país. Se pretende, a
través del proyecto, que todo aquello que esté fuera, que no esté domiciliado,
o sea, que no tenga una sociedad en el país, sea a la que se le cobre.
Compañeros, el informe de Servicios Técnicos dice que es
tan fácil hacer una sociedad en el país y domiciliarse, y domiciliarse, con eso
se resuelve no pagar estos tres impuestos, con simplemente hacer una sociedad
en el país y de ahí hacer las inversiones, o sea, que si este es el mecanismo
por excelencia para evitar la entrada de capitales golondrinas ─si es que a algunos les asusta─ al mismo tiempo en el texto de una redacción dice que
no pagarán el impuesto las sociedades domiciliadas en el país, o sea, vaya
compre una sociedad, la inscribe en el país y hace las inversiones.
Esa
es la gran salida, con eso pretenden parar, o pretendían el año pasado, parar
la entrada vertiginosa de capitales. Vaya solución.
Nos
dicen en la Comisión de Hacendarios, el director de Tributación, cuando le hice
esta pregunta, que bueno, pero que esas sociedades Tributación les iba a dar un
seguimiento paso a paso.
No
es cierto, ni siquiera pueden controlar los grandes contribuyentes que el año
pasado en el cierre dejaron de pagar un quince por ciento más con respecto al
año anterior, y lo van a resolver simplemente en ver si la sociedad es reciente
o no. No, está domiciliada en el país, y
este proyecto de ley dice que el que esté domiciliado en el país no paga los
impuestos.
¿Cómo
se resuelve toda esta normativa jurídica y de impuestos? Que lo sepan los
costarricenses, y que lo sepan los extranjeros, compren una sociedad en el país
y sencillamente desde ahí disparen todas las inversiones y asunto terminado,
porque el informe de Servicios Técnicos lo dice en la tercera página.
Además,
no oímos pasar aquí proyectos como los de OAS, la Refinadora, que el mismo CTP
y Conavi, y todo, les pide a las sociedades extranjeras que hagan una sociedad
en el país, o sea, que se domicilien.
¿No
venía la plata de OAS de una sociedad en Gran Caimán, pero tenía una sociedad
costarricense? Esa sociedad costarricense no tendría que pagar esos impuestos,
entonces ¿qué es lo que están resolviendo?
Primero
la sociedad es baratísima en este país, y segundo, la mayoría de los contratos
que hacemos con externos les pedimos que hagan una sociedad. Eso es una gran contradicción en este
proyecto, y esa es la solución.
Más
bien hacer esas soluciones tan malas, tan pobres, lo que evitaron durante un año
fue un buen debate para encontrar mecanismos eficaces y eficientes ─si es que esa era una verdadera preocupación─ pero jamás podría ser ese proyecto, en el mejor de
los escenarios que yo creyera que nos van a bombardear con dólares de todas
partes, la solución simplemente haciendo una sociedad en el país.
Compañeros,
les agradezco a los que están votando, y espero que los demás pongan atención
en las siguientes mociones como parece que para eso estamos, para mejorar y
para hacer instrumentos financieros por lo menos que sean de mediana calidad.
Gracias,
señor presidente.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Con
mucho gusto, señora diputada.
¿Suficientemente
discutida la moción? Vamos a proceder
con la votación.
Ruego
a los diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la
votación.
Cuarenta
y un diputadas y diputados presentes. Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas. Los diputados y
diputadas que estén a favor de la moción se servirán ponerse de pie o levantar
su mano en caso de impedimento. Cuarenta
y un diputadas y diputados presentes; once han votado a favor, treinta han
votado en contra. Por lo tanto, la
moción ha sido rechazada.
Vamos
a entrar en conocimiento de la moción número 6, que le solicitamos al señor
secretario darle lectura.
Moción
vía artículo 138, Ley para Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos 18.685.
Moción de reiteración N.º 6-1
De la
diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, el Plenario Legislativo se convierta en Comisión
General y proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción N.º 6-2 de la diputada Pérez Hegg:
Para que se modifique el artículo
1 modificando el segundo párrafo al artículo 59 bis creado en el proyecto de
ley de manera que se lea de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59
bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No.
7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas:
"Artículo 59 bis.-
De previo a decretar el
aumento establecido en el párrafo primero, el Poder Ejecutivo requerirá de la
Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, acto de declaratoria de
desequilibrio de la economía nacional producto de la entrada de capitales del
exterior. Para que este acto de la Junta Directiva del Banco Central sea
válido, deberá existir evidencia de que la entrada de capitales al país en los
últimos 30 días supere en al menos un cincuenta por ciento (50%) el promedio
mensual observado en los últimos dos años.
(…)
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En
discusión la moción.
Tiene
la palabra la diputada proponente, por cinco minutos.
Gracias,
señor presidente.
Dice
el texto que en el momento que el Banco Central declare un desequilibrio
financiero aplican todas estas medidas, y entre esas, pues obviamente, el Poder
Ejecutivo que ya le dije, compañeros, a mi humilde entender, no tiene capacidad
jurídica para hacer un decreto que tenga que ver con impuestos, sujeto a que el
Banco Central le diga que está en desequilibrio por la entrada de capital.
Pero
no dice en el proyecto de ley qué es desequilibrio, ni mucho menos cuál es el
monto de los capitales que podrían estar causando ese desequilibrio. La verdad que podría aplicarse en cualquier
momento, yo no sé si a alguien le parece que estemos en equilibrio financiero
en este momento, no sé si a alguien le parece que el cinco punto tres del
déficit fiscal le puede decir que ya estamos en declaratoria de desequilibrio
financiero. ¿Para qué vamos a esperar?, ¿y cuánto podemos decir que eso es
producto de la entrada de capital? Nada.
He
propuesto una moción de que por lo menos se le considera un procedimiento de
que si la cuenta de entrada de divisas supera al menos el cincuenta por ciento
de los últimos tres meses, uno podría pensar que sí, que nos están inundando el
mercado con dólares. Pero usted no puede dejar a discreción del Banco Central
que declare la declaratoria del equilibrio financiero sin decirle cuáles son
las pautas, porque volvemos otra vez al tema de discrecionalidad, y lo que
menos queremos en estos días ─al menos yo─ son esas discrecionalidades porque no puedo valorar a
quién están favoreciendo o a quién están perjudicando o hacia qué van
dirigidas.
Así
que redactar simplemente que cuando el Banco Central se le diga que hay un
desequilibrio, ya estamos, no hay nada más que esperar, ah, producto de los
capitales.
Bueno, ¿pero cuál es ese monto de capital que puede
poner la economía nuestra en un estrés económico que no estemos viviendo en
este momento? No lo dice. ¿Se dejará reglamentado?, ¿sujeto a qué?
Entonces, se aceptó un accionar por
algo fundamental que no se define. Y
repito, no puede usted cobrarle impuestos a un sujeto cuando usted no tiene
definido el monto, el plazo, las condiciones y las razones de ser del
impuesto. Simplemente lo están dejando a
que el Banco Central decida que por una, por otra o diversas variables está
causando ese equilibrio.
No es cierto que el equilibrio
económico se produce simplemente por la entrada de capital. En este momento más
de uno se las desearían para que el tipo de cambio no siguiera subiendo, pero
también entiendo que hay momentos en que esta alza de tipo de cambio favorece a
algunos grupos.
La pregunta que me sigo haciendo es
que cuando el tipo de cambio está hacia la baja, ¿en qué beneficia al
consumidor? Bueno, cuando está subiendo, los exportadores no están diciendo
nada en estos días, pero todo el tiempo que ha estado hacia abajo, bueno, yo no
he visto tampoco que los precios se hayan disminuido para el setenta y cinco
por ciento de los consumidores, porque el sector exportador es nada más el
veinticinco por ciento. ¿Y el setenta y cinco?
Bueno, finalmente, si eso es una
política de que a costa de todos los demás sostengamos al sector exportador, yo
no tengo ningún problema, pero hay que decirlo abiertamente, a ver si es cierto
que el setenta y cinco por ciento está de acuerdo.
A mí me parece que una redacción tan
amplia, es decir, que dependerá de esa decisión del Banco Central para que el
Poder Ejecutivo pueda hacer el decreto de impuestos, es ambigua, es etérea, es
confiscatoria y por supuesto que me parece que, además, tendrá sus vicios de
inconstitucionalidad.
Gracias, señor presidente.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Con mucho gusto, señora diputada.
Suficientemente discutida la
moción. Vamos a proceder con la
votación.
Ruego a los diputados que están en
la sala adjunta incorporarse para votar la moción.
Treinta y nueve diputadas y
diputados presentes.
Vamos a solicitarles a los señores
ujieres cerrar puertas.
Los diputados y diputadas que estén
a favor de la moción de reiteración se servirán ponerse de pie. Treinta y nueve diputadas y diputados
presentes; nueve han votado a favor, treinta en contra. La moción ha sido rechazada.
Continuamos con el conocimiento de
la moción número 7. Vamos a solicitarle
al señor secretario darle lectura.
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
Moción vía artículo 138, Ley para
Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo al artículo 138 del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta en Comisión General y
proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción N.º 7-2 de la diputada Pérez
Hegg:
Para que se modifique el artículo
2 modificando el segundo párrafo al artículo 59 bis creado en el proyecto
de ley de manera que se lea de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 2.- Adiciónese un artículo 80 bis a
la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N.° 7558, de 3 de noviembre de
1995, para que se lea en los siguientes términos.
"Artículo 80 bis.- Depósitos obligatorios sobre ingresos de capital externo
La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica,
podrá declarar la existencia de un desequilibrio de la economía nacional
producto de la entrada de capitales del exterior destinados a inversiones en
títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios,
sustentándose con datos que demuestren que la entrada de capitales de esta
índole al país en los últimos 30 días supera en al menos un cincuenta por
ciento (50%) el promedio mensual observado en los últimos dos años. Cuando la
Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica realice esta declaratoria, las entidades
autorizadas para realizar transacciones en los mercados primario y secundario
nacionales de valores que reciban los fondos a ser invertidos, deberán
constituir un depósito obligatorio no remunerado en el Banco Central de Costa
Rica por un monto equivalente de hasta el 25% de esos fondos provenientes de
sus clientes no domiciliados en el país.
(…)”
El presidente Luis
Fernando Mendoza Jiménez:
En
discusión la moción.
Tiene
la palabra la diputada proponente.
Diputada Mirna Patricia Pérez Hegg:
Todavía
recuerdo, como hoy, en la Comisión de Económicos la aprobación de los
eurobonos. Me parece que todavía algunos tendrán que reconocer que era el
momento propicio de salir al mercado exterior y de esa manera bajar las tasas
de interés; tarde se logró, pero digamos que fue un gran aporte.
Dice
el artículo 3 de este proyecto que aquel que compre títulos de gobierno, de
emisiones internacionales, no será castigado con este impuesto. Eso por
supuesto que me parece bien y me hace pensar en que todavía faltan dos
emisiones de eurobonos.
Para
los compañeros, que supongo algunos serán Gobierno, les quiero dejar nada más
este pequeño detalle. Los eurobonos se
vendieron a una tasa del cinco cuarenta y tres, una buena colocación,
indiscutible; quedan dos emisiones.
Quiero
decirles, compañeros, que además de la coyuntura internacional que obviamente
es distinta, como este artículo 3 dice que aquel momento en que la emisión
cambie de tenedor se le aplican todos estos impuestos, varias cosas, el valor
de un título y la razón de que la tasa se coloque bien tiene que…, incluso, no
con solo el primer tenedor, sino con la capacidad de ese tenedor y la soltura
del mercado de que cuando se la transfiera a un segundo tenedor no vaya
arrastrando impuestos ni costas adicionales; eso se llama mercado secundario, y
la fijación del precio del mercado primario está directamente relacionada a las
condiciones del mercado secundario.
Los
inteligentes del Ministerio de Hacienda redactan simplemente que la emisión que
se hizo está exenta, eso está bien, pero si alguien la compra, porque son
emisiones de largo, obviamente va a cambiar de manos varias veces. El nuevo que
la compre sí tendrá que pagar esos impuestos, y con eso, compañeros, lo que
hacemos es simplemente castigar la tasa en la que podríamos conseguir los
recursos en la siguiente emisión.
Por
eso esos efectos que algunos creen que es para dejarlos en la gaveta del Banco
Central y que no tienen efectos inmediatos en el mercado están total y
absolutamente equivocados.
No
se trata de solo haber vendido la emisión internacionalmente, se trata de darle
seguridad jurídica por todo el plazo de la emisión, y si usted no les da esa
seguridad a los nuevos tenedores, quiere decir que cuando vendan los que
compraron al cinco treinta y siete, obviamente van a exigir una tasa mejor
porque tienen que cubrir el costo de los impuestos de ese momento.
Y
además, por supuesto, dice el artículo ahí, muy bien redactado, que en
cualquier momento que se haga otra emisión ─dependiendo si
está vigente el decreto o no─ pues obviamente le aplicará o no esa emisión.
Me
parece que es un absoluto desconocimiento a la hora de redactar y es
impresionante porque se supone que lo hace gente entendida en la materia. Creen
que todo se resuelve porque ya se hizo la colocación, y no es así; hay dos en
la calle que tendrán entonces un sobrecosto, y por supuesto que las dos
adicionales para los que sean gobierno tendrán una carga adicional con solo la señal de esta
aprobación de proyectos, ni siquiera porque el Banco Central lo use o no lo
use, ya tenemos claro que cualquier tenedor va a tener que cubrir con estos
costos.
Así que, compañeros, estas
redacciones finalmente significan costos para el país y la pérdida de una
oportunidad de colocar y conseguir recursos a tasas más competitivas que
obviamente le sirve a todo el país y a toda la economía nacional.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Suficientemente discutida la moción.
Vamos a proceder con la votación.
Ruego a los diputados que están en
la sala adjunta y a quienes están fuera del salón plenario incorporarse para
realizar la votación.
Cuarenta y un diputadas y diputados
presentes.
Ruego cerrar puertas y ocupar sus
curules, diputadas y diputados.
Los diputados y diputadas que están
a favor de la moción se servirán ponerse de pie. Cuarenta y un diputadas y diputados
presentes; once a favor, treinta han votado en contra. La moción ha sido rechazada.
Entramos en conocimiento de la
moción número 8. Le solicitamos al señor secretario darle lectura.
El primer secretario Martín Alcides Monestel
Contreras:
Moción vía artículo 137, Ley para
Desincentivar el Ingreso de Capitales Externos.
Moción
de reiteración N.º 8-1
De la diputada Pérez Hegg:
Para que de acuerdo
al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Plenario se convierta
en Comisión General y proceda a conocer la moción que se adjunta.
Moción
N.º 8-2 de la diputada Pérez Hegg:
Para que se
modifique el artículo 1 del Proyecto de ley de manera que se lea de la
siguiente forma:
"ARTÍCULO
1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4, Capítulo 24, de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus
reformas:
"Artículo
59 bis.-
(…)
Corresponde a las
entidades autorizadas para realizar transacciones en los mercados de valores que
reciban los fondos a ser invertidos recopilar la información de los
inversionistas y suministrarla a las entidades de custodia de valores, quienes
transmitirán a los agentes retenedores del impuesto y a la Dirección General de
Tributación la información necesaria para la adecuada aplicación del impuesto.
Para estos efectos los inversionistas deberán presentar una declaración jurada
suministrando la información del domicilio fiscal en la forma, términos y
condiciones que defina la Dirección General de Tributación".
Lo establecido en
este artículo podrá ser utilizado de forma inmediata. Sin embargo, una vez
acabado el periodo de 6 meses mencionados en el primer párrafo, deberá
transcurrir un periodo de 12 meses antes de que la medida pueda ser utilizada de
nuevo.
(…)”
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
En discusión la moción.
Tiene la palabra la diputada
proponente.
Diputada Mirna
Patricia Pérez Hegg:
Es importante dejar en las actas en el día de
hoy, y cuando nos dicen que estos son unos impuestos que ya existen y que, por
tanto, el Poder Ejecutivo puede decretarlos, puede subirlos, más, menos, en un
caso veinticinco puntos, de ocho a treinta y tres, y de quince a cuarenta y
cuatro, quiero decirles, compañeros, que eso no es tan así.
Si usted cambió de sujeto pasivo, si
usted cambia el hecho generador, si usted cambia la forma de cómo se establece
el impuesto, estamos hablando de nuevos impuestos.
No estamos hablando de impuestos
constituidos que van a subir más, menos; no, estamos hablando de condiciones
—en este caso, redactado así el proyecto de ley— bajo desequilibrio económico
que declarará el Banco Central. ¿A quiénes?, a las sociedades no domiciliadas
en el país.
Eso ya significa cambios jurídicos,
que no puede usted pensar que son impuestos existentes.
Quiero dejar sentado en las actas,
el día de hoy, que estamos hablando de nuevos impuestos por la simple razón que
el hecho generador es totalmente distinto al hecho que tenemos en este caso
actualmente, el impuesto a los títulos valores, el impuesto a las remesas.
Las condiciones de por cuáles se
pagan el impuesto a las remesas y el impuesto a los títulos valores es
totalmente distinto, basta simplemente con leer el artículo 59, y como
comprenderán en ninguna parte habla que estos impuestos se producen por el
desequilibrio financiero.
De hecho el articulado es el 59 bis;
por tanto, adiciona nuevas condiciones y no podemos hablar de los mismos
impuestos.
Para decirle lo siguiente: estamos
hablando de impuestos de hasta veinticinco puntos de más, que van del ocho al
treinta y tres, y del quince al cuarenta y cinco; eso, compañeros, son
impuestos desproporcionados y confiscatorios.
Ya lo hemos visto en otros proyectos de ley, donde
la Sala se ha pronunciado una y otra vez que no podemos, en este caso, no
seremos los diputados porque estamos renunciando el día de hoy a nuestras
funciones del artículo 121 de fijar impuestos, sino que será el Poder Ejecutivo
—porque así se redacta en el proyecto de ley— quien fijará los impuestos.
Pero eso no quiere decir que pasar
una tasa del ocho al treinta y tres, y una tasa del quince al cuarenta, no sea
confiscatorio y es que, necesariamente, tienen que subirlo diez y quince
puntos. No es que le van a poner uno o dos puntos, porque siempre tendremos que
competir con las tasas de colones y dólares que me parece que las soluciones
eran otras, las que se hicieron el año pasado.
Se puso de acuerdo el Poder
Ejecutivo en llamar a los bancos del Estado a las entidades descentralizadas
más grandes y ponerlas de acuerdo de que no salgan al mercado a pujar unas
contra otras, porque finalmente no deja de ser el mismo Estado.
Esas son medidas razonables. Tarde,
las terminaron tomando a noviembre, las dijimos desde febrero, pero ese es el
mecanismo que se puede usar, si finalmente el que más afecta los precios en el
mercado financiero es el Gobierno, es su déficit fiscal, es su presión.
Y, por supuesto, quien más va a
traer capitales al país durante los próximos años, bueno, aquí el tema es que
se hacen una cantidad de empréstitos como hemos aprobado aquí en varias
oportunidades, de más de doscientos, trescientos, cuatrocientos millones de
dólares que vienen a presionar el tipo de cambio.
Y es el Gobierno el que los
contrata, y es el Gobierno el que los trae al país, y es el Gobierno el que no
los ejecuta, y nos deja instrumentos financieros que lo que hacen es
simplemente ganar intereses por la incapacidad de ejecutar las obras.
Ahorita estoy recordando el
fideicomiso de educación, estoy recordando el préstamo de las universidades,
estoy recordando los empréstitos de obra pública cantonales.
Bueno, ¿a dónde creen que entran esos dólares?,
diay, entran al país. ¿Traídos por
quién?, por el Gobierno. ¿Y mientras no se ejecutan qué hacen?, aumentan las
arcas de dólares.
Y esa es, entonces, la preocupación.
Vean qué gran contradicción, cuando es el mismo Estado que el anda buscando
recursos para hacer la obra pública.
Bueno, en este caso, aquí es que no
podemos hablar que son los mismos impuestos, son impuestos nuevos que, por lo
tanto, el Poder Ejecutivo no puede usar la vía de este proyecto para tener una
facultad que no les fue conferida en la Constitución Política.
Y, por tanto, tendremos que
enfrentar los casos en los tribunales.
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Gracias, señora diputada.
Vamos a someter a
votación la moción.
Solicito a los
diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la
votación.
Vamos a
solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.
Tenemos en este
momento cuarenta y un diputadas y diputados presentes.
Ruego a los
diputados ocupar sus curules. Los diputados y diputadas ocupen sus curules, por
favor.
Hay cuarenta y
dos diputados y diputadas presentes. Los diputados y diputadas que estén a
favor de la moción se servirán ponerse de pie.
Cuarenta y dos diputadas y diputados presentes; once han votado a favor,
treinta y uno en contra. La moción ha
sido rechazada.
Vamos a entrar en
conocimiento de la moción número 9, que le solicito al señor secretario darle
lectura.
Moción vía artículo 138, Ley para Desincentivar
el Ingreso de Capitales Externos, expediente 18.685.
Moción de reiteración N.º 9-1
De la diputada Pérez Hegg:
Para que
de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el
Plenario se convierta en Comisión General y proceda a conocer la moción que se
adjunta.
Moción N.º 9-2 de la diputada Pérez Hegg:
Para que
se modifique el artículo 1 añadiendo un párrafo final al artículo 59 bis
creado en el proyecto de ley de manera que se lea de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 1° - Inclúyase un nuevo artículo 59 bis en el Título 4,
Capítulo 24, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley No. 7092 de 21 de abril
de 1988 y sus reformas:
"Artículo 59 bis.-
(…)
El
incremento de tarifas al que hace referencia este artículo sólo se podrá
realizar en aquellos instrumentos financieros que tengan un plazo de maduración
de 360 días o menos."
En discusión la
moción.
Tiene la palabra
la diputada proponente.
Sí, compañeros, muchas
gracias.
Voy a ser más
breve todavía.
Me preguntan el
tema de las sociedades domiciliadas en el país. Me están dando un mensaje.
Para explicarlo,
estos impuestos nuevos a las remesas y a los rendimientos de capital la forma
de no pagarlos o de evadirlos es simplemente comprando una sociedad domiciliada
en el país. No sé, cincuenta mil, cien mil pesos, no sé cuánto costará en estos
días. O bien, hacer una sociedad.
¿Por qué?, porque el proyecto de ley
está redactado y dirigido para cobrarles únicamente a las sociedades fuera del
país. Solución: compre una dentro del país y así no paga los impuestos.
Segundo, ¿por qué
digo que son nuevos impuestos?, bueno, porque en este caso a diferencia de los
que están establecidos por ley, queda muy claro los sujetos y las condiciones
en las que usted paga, pero como en el artículo 3 dice claramente que no
obstante los veinticinco puntos del impuesto el Poder Ejecutivo podrá
establecer incrementos y plazos vigentes diferenciados considerando el
porcentaje de la retención, distintas monedas, tipos de rendimientos y plazos
de la inversión queda a discreción del Poder Ejecutivo…
Gracias, diputada Alfaro.
Gracias caballeros, yo entiendo que la
contienda electoral todavía no ha terminado, está empezando, pero quiero
decirle a cualquiera de los que gane que la política es muy importante, pero si
la economía falla no existen los políticos, es un tema de business. A algunos se les olvida el poder que tiene la parte
económica.
Pero para
continuar, ¿por qué digo que son impuestos nuevos?, porque es discrecional,
usted no puede concebir que un Poder Ejecutivo le diga a partir de cuándo es
una tasa de interés, a partir de cuándo es un tipo de moneda.
Y por cierto, insistí yo en el
Ministerio de Hacienda que por qué hacía la distinción en monedas, si realmente
estamos hablando de capitales golondrina, capitales del exterior. Bueno, me
parecía que eran dólares, en el mejor de los escenarios euros, que por cierto
la inversión en euros es bastante baja en el país, y sin embargo quisieron
dejar todo tipo de monedas. Obviamente incluye colones.
Yo no quisiera
imaginarme que este mecanismo podrá ser usado en nuestra moneda nacional
simplemente aludiendo que hay un desequilibro financiero que, como ya lo dije,
ya estamos en desequilibrio financiero porque ya tenemos un déficit fiscal de
cinco punto tres, así que por esa razón estoy segura que son impuestos nuevos
discrecionales, desproporcionados y por supuesto me parecen inconstitucionales.
Gracias, señora
diputada.
Vamos a someter a
votación la moción.
Ruego a los
diputados que están en la sala adjunta incorporarse para proceder con la
votación de forma inmediata.
Nuevamente, los
diputados que están en la sala adjunta, por favor, incorporarse al salón de
sesiones.
Treinta y nueve
diputados y diputadas presentes.
Vamos a
solicitarles a los señores ujieres cerrar puertas.
Los diputados y
diputadas que estén a favor de la moción de reiteración se servirán ponerse de
pie o levantar su mano en caso de impedimento. Treinta y nueve diputados y
diputadas presentes; diez diputados han votado a favor, veintinueve en contra.
Por lo tanto, la moción ha sido rechazada.
Había una moción que
estaba numerada o tenía el número 10 que fue retirada por la diputada
proponente el día con fecha 26 de noviembre.
Diputadas y
diputados, hemos concluido, agotado las mociones de reiteración.
Por el orden, la
diputada Alfaro Murillo.
Muchas gracias,
señor presidente.
Para que quede
constando en el acta el voto afirmativo que he dado a todas las mociones que ha
presentado la diputada Pérez Hegg en reiteración; de la misma forma, doña
Damaris Quintana, don Ernesto Chavarría, don Adonay Enríquez, principalmente
porque como ella indicó, el comportamiento de la inversión es importante para
todo gobierno y lo va a hacer para el próximo Gobierno.
Me sorprende
muchísimo que sean las dos fracciones que de cara a una segunda ronda estén
poniendo piedras al sector financiero para que…
Diputada, era por
el orden, ya le hemos aceptado la indicación de su votación, pero ya es por el
fondo.
Hemos agotado la
votación… perdón, el conocimiento de mociones de reiteración.
Vamos a entrar a
conocer el expediente por el fondo.
Ofrezco el uso de
la palabra a los diputados y diputadas para referirse por el fondo a este
expediente.
Vamos a dar un
minuto para anotar la lista de diputados que se están anotando en la pantalla.
Ha llegado una comunicación
del Ministerio de la Presidencia que le solicito al señor secretario darle
lectura.
El primer secretario Martín Monestel
Contreras:
Decreto
Ejecutivo N.º 38.161-MP
6 de febrero de 2014
DMP-643-2013
Señor
Martín Alcides Monestel Contreras
Primer Secretario
Señora
Dip. Annie Saborío Mora
Segunda Secretaria
Asamblea Legislativa
Estimados señores Diputados:
Me permito hacer del conocimiento de la Asamblea
Legislativa, el Decreto Ejecutivo 38.161-MP, de esta fecha,
mediante el cual el Poder Ejecutivo retira del conocimiento de sesiones
extraordinarias los expedientes en él indicados.
Atentamente,
Carlos
Ricardo Benavides Jiménez
Ministro de la Presidencia
DECRETO
EJECUTIVO 37.161-MP
LA
PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y EL
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.
DECRETAN:
ARTÍCULO 1: Retírese del
conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el
siguiente proyecto de ley:
EXPEDIENTE
N° 18.685: LEY PARA DESINCENTIVAR EL INGRESO DE CAPITALES EXTERNOS.
ARTICULO 2: Rige a partir del 6 de febrero de 2014.
Dado
en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
CARLOS RICARDO BENAVIDES JIMÉNEZ
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Se tiene por retirado el expediente.
Continuamos con el conocimiento del orden del día.
Y entramos en conocimiento del expediente
número 18.522, Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de
Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el
Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo
y Autorización a Capitalizar Organismos Multilaterales.
Continúa
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo
informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas
mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión
dictaminadora.
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COMERCIO
EXTERIOR
Segundo
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
La moción fue desechada.
Presentación de mociones vía artículo 137 del
Reglamento legislativo
Moción N.º 1
del diputado Fishman Zonzinski:
Para que se agregue un
párrafo final al artículo 2 del proyecto de ley en discusión y se lea de la
siguiente manera:
"ARTÍCULO 2.- Autorización.
[…]
El Banco Central de Costa
Rica y el Ministerio de Hacienda deberán coordinar y definir procedimientos
entre ambas entidades y el organismo multilateral que corresponda, para efectos
de la participación en las asambleas de accionistas, la distribución de
utilidades, el mantenimiento de valor de las aportaciones realizadas en
colones, los ajustes de capital, el manejo de los estados de cuenta y
confirmaciones de saldos, entre otros aspectos.".
En
el lugar dieciséis del orden del día se encuentra el expediente 17.502, Reforma
Integral a la Ley número 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y
Reforma a otras Leyes.
Continúa
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo
informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas
mociones de fondo, vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión
dictaminadora.
COMISIÓN ESPECIAL QUE EVALUARÁ LOS
RESULTADOS DE LA LEY DEL SISTEMA DE BANCA DE DESARROLLO N.º 8634 CON EL FIN DE
ESTUDIAR Y DICTAMINAR EL EXPEDIENTE Nº 17.502, “FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE
BANCA DE DESARROLLO”, LA CUAL SE TRAMITARÁ BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE Nº
18.532,
Segundo informe de mociones
vía artículo 137 del Reglamento legislativo
MOCIONES APROBADAS
Moción
N.º 3-137 (1-18) de varios diputados:
Para que se modifique el inciso f) del artículo 4
del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 4.- Objetivos
específicos del Sistema de Banca para el Desarrollo
El SBD tendrá los siguientes objetivos:
…
f) Fomentar la innovación, transferencia y adaptación
tecnológica orientada a elevar la competitividad de los sujetos beneficiarios
de esta ley. En el caso del sector agropecuario se podrá canalizar a través de
instancias públicas como privadas que fomenten la innovación, investigación, y
transferencia de tecnología.
…
Moción
N.º 1-137 (2-18)de varios diputados:
Para que se modifique el penúltimo párrafo del
Artículo 6 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:
"Artículo
6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de
Banca para el
Desarrollo
…
Los sujetos
beneficiarios presentarán al SBD sus potenciales proyectos, los cuales serán
apoyados por las herramientas del Sistema para convertirse en sujetos de
crédito.
…”
Moción
N.º 14-137 (3-18) de varios diputados:
Para
que se modifique el inciso 3) y 6) y se agregue un antepenúltimo párrafo al
artículo 6) del texto dictaminado y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo
…
3)
PYMES: entendidos como las unidades productivas definidas en
la Ley N.° 8262 y su reglamento.
Las medianas empresas serán sujeto
beneficiario de los recursos de esta ley, siempre y cuando no sean sujetos de
los servicios de crédito de la banca comercial, según los criterios y las
disposiciones del CONASSIF y de la SUGEF.
…
6)
Beneficiarios de microcrédito: persona o grupos de personas físicas o
jurídicas, que califiquen como pequeños productores agropecuarios,
microempresarias o emprendedoras, de todos los sectores de las actividades
económicas, que presenten proyectos productivos y cuyo
requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base establecidos en
la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva actualización. Serán
otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo definidos en la presente
ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al inciso ii) del artículo 59
de la Ley N.° 1644, además del Fondo de
Financiamiento para el Desarrollo.
Además
el Consejo Rector, por excepción, mediante resolución motivada, podrá incluir
como beneficiarios, a aquellas empresas o productores no contemplados en los
incisos anteriores, siempre y cuando este Consejo considere que son de alto
impacto en el desarrollo nacional de acuerdo con criterios como empleo
generado, contribución a la sostenibilidad ambiental, al desarrollo tecnológico
y encadenamientos productivos, entre otros.
…
Moción
N.º 5-137 (4-18) de varios diputados:
Para que se agreguen dos párrafos al final del
artículo 15 del texto en discusión, además para que se agregue un inciso I) y
se corra la numeración de los incisos, en el artículo 24 del texto en discusión
y se lean de la siguiente manera:
1) "ARTÍCULO 15.- Creación del Fideicomiso
Nacional para el Desarrollo
…
Los recursos del FINADE contarán con la garantía
del estado para establecer o contratar líneas de crédito con Bancos Estatales,
Bancos Multilaterales, Bancos Bilaterales, Organizaciones no Gubernamentales
sin fines de lucro (ONG's) y cualquier organismo internacional. Los créditos
procedentes de organismos internacionales deberán llevar el aval previo de la
Asamblea Legislativa y para los créditos procedentes de entes nacionales
deberán contar con el aval previo del Ministerio de Hacienda, excepto los
recursos procedentes del Fondo de Crédito para el Desarrollo, los cuales no
necesitarán dicho aval.
Los Bancos Administradores del Fondo de Crédito
para el Desarrollo, facilitarán líneas de crédito al FINADE con recursos del
FCD al costo, para que éste los canalice bajo condiciones que establezca el
Consejo Rector. Los recursos que forman parte del Sistema de Banca para el
Desarrollo estarán exentos de todo tipo de tributo y no serán considerados como
parte del encaje mínimo legal. Esta disposición se aplicará también a los
operadores financieros que hagan uso de estos recursos."
2) "ARTÍCULO
24.- De los recursos del Fideicomiso
…
l) Las Líneas de crédito con Garantía del Estado
que se establezcan según el artículo 15 de la presente Ley.
…”
Moción
N.º 2-137 (5-18) de varios diputados:
Para que se modifique el primer párrafo del artículo 19 del texto en discusión y se lea
de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
19.- Desarrollo de Avales con
Contragarantías y Avales de Carteras
Se podrá garantizar programas y/o carteras de
crédito mediante la cobertura de la pérdida esperada u otros mecanismos
técnicamente factibles. El FINADE queda facultado
para recibir recursos de contragarantía de entes públicos y privados, los
cuales serán administrados bajo la figura de un fondo de contragarantías donde
se identificarán las entidades participantes.
…”
Moción
N.º 4-137 (6-18) de varios diputados:
Para que se modifique el artículo 29 del texto en
discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 29.- Operatividad
para la regionalización de los recursos
El Consejo Rector del SBD canalizará los recursos
del Sistema a los beneficiarios de esta Ley por medio de operadores financieros
regulados y no regulados por la SUGEF, los cuales deberán estar debidamente
acreditados ante el Consejo Rector. No obstante, el Consejo Rector queda
facultado para implementar mecanismos alternativos o complementarios en las
diferentes regiones del país, con el propósito de que se les asegure a los
beneficiarios el acceso al financiamiento y herramientas que ofrece el FINADE.
Todos los aspectos relacionados con la organización
y funcionamiento de esta disposición serán establecidos en el Reglamento de
esta Ley."
Moción
N.º 15-137 (7-18) de varios diputados:
Para
que se agregue un antepenúltimo párrafo en artículo 32 del texto dictaminado y
se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
32.- Patrimonio Financiero de los
fondos
El patrimonio de los fondos de
financiamiento para el desarrollo se constituirá con los siguientes recursos:
a)
...
b)
…
De
estos Fondos, al menos 11% deberá ser destinado a los beneficiarios del inciso
6) del artículo 6 de esta Ley. Estos saldos de crédito deberán crecer al menos
un 5% real por año, hasta alcanzar al menos el 25% del Fondo. Por excepción el
Consejo Rector podrá suspender la aplicación de éste 11%, hasta por tres años,
si de manera comprobada no hubiera demanda, debiéndose asignar los recursos a
los demás sujetos señalados en esta Ley. Si se determina que las entidades
financieras, por dolo o culpa grave, incluyen beneficiarios que no son los que establece
esta Ley, o se incumple con la meta de colocación del 11% y su crecimiento, o
con las metas o los planes aprobados por el Consejo Rector, se aplicarán las
sanciones establecidas en inciso ii) del artículo 59 de la Ley Orgánica del
Sistema Bancario Nacional, Ley 1644 y sus reformas, según sea el caso.
…
Moción
N.º 17-137 (8-18) de varios diputados:
Para
que se modifique el artículo 36 del texto en discusión y se lea de la siguiente
manera:
ARTÍCULO
36.- Creación del Fondo de Crédito para el Desarrollo
Créase
el Fondo de Crédito para el Desarrollo, que estará constituido por los recursos
provenientes del inciso i) del artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema
Bancario Nacional, N.° 1644, y sus reformas.
El
Consejo Rector queda facultado para asignar este Fondo a su conveniencia, entre
uno o varios Bancos Estatales. En el caso que se elijan más de un Banco
Estatal, el Consejo Rector le indicará a la Banca Privada cual es el porcentaje
que le corresponde transferir a cada Banco Administrador, además, los periodos
de revisión y ajuste de dichos porcentajes serán definidos por el Consejo
Rector.
El
o los Bancos Estatales Administradores reconocerán por la captación de dichos
fondos, las tasas de interés estipuladas en el inciso i) del artículo 59) de la
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, No 1644 y sus reformas. Además,
estos recursos se deberán manejar como parte de las cuentas normales, con una
contabilidad separada.
El
o los bancos estatales administradores podrán canalizar los recursos del Fondo
de Crédito para el Desarrollo, como banca de segundo piso por medio de
colocaciones a asociaciones, cooperativas, microfinancieras, fundaciones,
organizaciones no gubernamentales, organizaciones de productores u otras
entidades formales, a excepción de la Banca Privada, siempre y cuando realicen
operaciones de crédito en programas que cumplan los objetivos y beneficiarios
establecidos en esta Ley y autorizados por el Consejo Rector.
La
tasa de interés que podrán cobrar el o los Bancos Estatales Administradores del
Fondo de Crédito para el Desarrollo a los beneficiarios de esta Ley en forma
directa, será igual a la establecida en el inciso ii) del artículo 59) de la
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, No 1644 y sus reformas. En el caso
que el o los Bancos Administradores canalicen los recursos por medio de banca
de segundo piso, el Consejo Rector definirá una tasa preferencial.
El
o los Bancos Administradores presentarán ante el Consejo Rector un modelo de
administración de riesgos que deberá aplicar para la Administración de su Fondo
respectivo.
Los
recursos de este Fondo que no se logre colocar según los fines establecidos
para el SBD, una vez deducidas las necesidades de liquidez de acuerdo con los
índices de volatilidad para la sana administración de los recursos, se
colocarán en instrumentos financieros del sector público costarricense,
pudiendo también colocarse en instrumentos emitidos por emisores extranjeros,
en condiciones similares a las establecidas en la política para la administración
de las reservas monetarias internacionales emitidas por el Banco Central de
Costa Rica.
Para
cubrir los costos de operación, servicios y cualquier otro rubro por la
administración de las inversiones, según el párrafo anterior, el o los Bancos Administradores
recibirán una única comisión fijada por el Consejo Rector, que como máximo será
de un 10% de los rendimientos obtenidos, una vez excluido el costo de los
recursos. En este caso, los rendimientos adicionales que generen estos recursos
serán trasladados mensualmente al patrimonio del FINADE.
Moción
N.º 10-137 (9-18) de la diputada Saborío Mora:
Para que se modifiquen los subincisos b), d) y f) del inciso i) del
artículo 41 del texto dictaminado, y se lea de la siguiente forma:
ARTÍCULO 41.- Colaboradores del Sistema de Banca para el Desarrollo
Serán colaboradores del SBD los siguientes:
i.
Instituto
Nacional de Aprendizaje.
…
Además, dichos recursos se utilizarán también para apoyar al
beneficiario en lo siguiente:
b. Otorgar becas a nivel
nacional e internacional, para los beneficiarios de esta Ley, principalmente
para los microempresarios.
c. …
d. En el apoyo a proyectos de
innovación, desarrollo científico y tecnológico y en el uso de tecnología
innovadora, mediante servicios de formación y capacitación profesional.
e. …
f. Cualquier otro servicio de capacitación y formación profesional que
el Consejo Rector considere pertinente para el fortalecimiento de los sectores
productivos.
…
Moción
N.º 21-137 (11-18) de varios diputados:
Para
modificar el artículo 43 del texto dictaminado para que se lea de la siguiente
forma:
"Las
microfinancieras con un patrimonio mayor a doscientos cincuenta millones de
colones, independientemente de la figura jurídica bajo la cual estén
organizadas, podrán realizar operaciones de titularización de sus carteras de
crédito. Estas operaciones estarán dirigidas a portafolios de inversionistas
institucionales, conforme a la definición que adopte la Superintendencia
General de Valores sobre este concepto. El monto del patrimonio requerido se
ajustará anualmente de acuerdo con el Indice de Precios al Consumidor calculado
por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. Los integrantes del SBD y
los fondos establecidos en esta ley podrán adquirir las emisiones de valores
resultantes de tales operaciones."
Moción
N.º 13-137 (12-18) de la diputada Saborío Mora:
Para que se modifique el artículo 46 del texto en
discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 46.- Contingencias
El FINADE podrá readecuar deudas a
los sujetos beneficiarios, cuando se compruebe, de acuerdo con los parámetros que se definirán vía reglamento por el
Consejo Rector, que han sido
afectados por razones de caso fortuito o fuerza mayor, o
contingencias como desastres naturales o factores antrópicos, que les
impidan cumplir los compromisos adquiridos al otorgárseles
el crédito. La readecuación no hará perder la condición de sujeto de crédito beneficiario ante el SBD."
Moción
N.º 11-137 (13-18) del diputada Gómez Franceschi:
Para que se reforme el
inciso a) del artículo 51 del texto dictaminado en dos vías, primero para que
se agregue una reforma al inciso b) del artículo 8) de la Ley N.° 8262, y
segundo para que se modifique el último párrafo del inciso a) del artículo 51,
y se lea de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 51.-
Modificación de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas,
Ley N.° 8262
Modifícase la Ley de
Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.° 8262, de 2 de mayo de 2002 y sus reformas, en las
siguientes disposiciones:
a) Refórmense
el primer párrafo, los incisos a), b), c) y el párrafo final del artículo 8, y
adiciónese un párrafo final a dicho artículo. El texto dirá:
"Artículo 8.-
…
Los recursos del Fodemipyme se destinarán a
lo siguiente:
a) ...
b)
Conceder créditos a las micro, pequeñas y
medianas empresas con el propósito de financiar proyectos o programas que, a
solicitud de estas, requieran para capital de trabajo, capacitación o asistencia técnica, desarrollo tecnológico,
transferencia tecnológica, conocimiento, investigación, desarrollo de potencial
humano, formación técnica profesional, y procesos de innovación y cambio
tecnológico. Dichos créditos se concederán en condiciones adecuadas a
los requerimientos de cada proyecto para consolidarse. La viabilidad
de estos proyectos deberá documentarse en un estudio técnico que
satisfaga al FODEMIPYME.
c) …
…
Se autoriza a Fodemipyme a establecer mecanismos, convenios y realizar
donaciones al FINADE, en el marco del fortalecimiento de los
objetivos de la Ley N.° 8634 y sus reformas, en ningún caso el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo podrá emitir políticas o directrices
para que se trasladen fondos del
FODEMIPYME al FINADE.
Moción
N.º 16-137 (14-18) de varios diputados:
Para
que se modifique el inciso a) del artículo 53 del texto dictaminado y se lea de
la siguiente manera:
ARTÍCULO
53.- Modificación de la Ley Orgánica del Sistema Bancario
Nacional,
Ley N.° 1644 de 26 de setiembre de 1953 y sus reformas, en las siguientes
disposiciones:
a)
Refórmase el artículo 59. El texto dirá:
"Artículo 59.- Solo los bancos podrán recibir depósitos y
captaciones en cuenta corriente. Cuando se trate de bancos privados, solo
podrán captar depósitos en cuenta corriente, si cumplen alguno de los
siguientes requisitos:
i)
Mantener
permanentemente un saldo de préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo
equivalente a un diecisiete por ciento (17%) de sus captaciones totales a
plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como extranjera, una
vez deducido el encaje correspondiente. En caso de que la totalidad de los
depósitos se realicen en moneda nacional, el porcentaje será únicamente de un
quince por ciento (15%) sobre la misma base de cálculo. Los recursos recibidos
por el o los Bancos Estatales Administradores, de las entidades privadas, se
exceptúan del requerimiento del encaje mínimo legal, para las operaciones que
realicen el o los Bancos Administradores según lo establecido en el artículo 36
de la Ley 8634 y sus reformas.
Para calcular los porcentajes antes
indicados, se contemplarán los siguientes elementos:
1) Se realizará con base en el promedio
de las captaciones de los últimos noventa días hábiles, al final del día, con
un rezago de cinco días hábiles.
2) Además, durante todos y cada uno de
los días del período de control del cumplimiento de lo dispuesto en este
artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de Crédito para el
Desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%) del promedio
señalado en el punto anterior.
El
o los Bancos Administradores reconocerán a la Banca Privada por los recursos
transferidos, una tasa de interés del cincuenta por ciento (50%) de la tasa
básica pasiva para depósitos en moneda nacional, y un cincuenta por ciento
(50%) de la tasa Libor a un mes por los recursos transferidos en moneda
extranjera.
Estos recursos se podrán invertir según
lo establecido en el artículo 36 de la Ley del Sistema de Banca de Desarrollo,
Ley 8634 y sus reformas.
Si
el Banco opta por el inciso i), y no cumple con lo establecido en este inciso,
se le aplicará una sanción equivalente a la Tasa Básica Pasiva en colones
calculada por el Banco Central más cuatro puntos porcentuales (TBP+4p.p),
aplicables al monto no depositado por la entidad bancaria. El importe de esta
multa será depositado en el Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE).
ii)
Alternativamente, instalar por lo menos cuatro agencias o sucursales, dedicadas
a prestar los servicios bancarios básicos tanto de tipo pasivo como activo,
distribuidas en las regiones Chorotega, Pacífico Central, Brunca, Huetar
Atlántico y Huetar Norte, así como mantener un saldo equivalente de por lo
menos a un diez por ciento (10%), una vez deducido el encaje correspondiente de
sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, en moneda local y
extranjera, en créditos dirigidos a los programas que, para estos efectos,
obligatoriamente se presentarán ante el Consejo Rector con el fin de solicitar
su revisión y aprobación.
Estos
recursos se colocarán a los usuarios finales a las siguientes tasas:
a.
Para los
recursos en colones: a la tasa básica pasiva que calcula el Banco Central de
Costa Rica, ajustable y revisable trimestralmente. Esta tasa será del 4% cuando
dicho cálculo resulte inferior a éste porcentaje.
b.
Para los
recursos en moneda extranjera: será la Tasa de Interés Neta promedio de
captaciones a 6 meses plazo de la Banca Privada calculada por el Banco Central
de Costa Rica, ajustable y revisable trimestralmente. Esta tasa será del 3% si
dicho cálculo resultara inferior a éste porcentaje.
En
el caso que los Bancos Privados canalicen los recursos por medio de banca de
segundo piso, el Consejo Rector establecerá una tasa preferencial.
Para
que los sujetos de crédito final tengan protección cambiaria, los bancos
privados que coloquen estos recursos, podrán canalizarlos directamente en
dólares. Sin embargo, si no hubiese suficiente demanda para colocar todos los
recursos en moneda extranjera, el banco Privado podrá prestar el equivalente en
moneda nacional.
La
canalización de los recursos establecidos en este inciso ii) se podrá realizar,
total o parcialmente, por medio de colocaciones a asociaciones, cooperativas,
microfinancieras, fundaciones, organizaciones no gubernamentales,
organizaciones de productores u otras entidades, independientemente de su
estructura jurídica u organizacional, siempre y cuando el banco privado cuente
con programas aprobados por el Consejo Rector.
Además
estos recursos se podrán destinar a los beneficiarios que establece la Ley 8634
y sus reformas, según lo establecido en este inciso, por medio de crédito
directo, arrendamiento, factoreo, garantías de participación y cumplimiento,
cartas de crédito y otros instrumentos de crédito, por parte de las entidades
que conforman los grupos financieros al que pertenecen los bancos que
intermedien estos recursos.
Si
un banco privado decide cambiarse de la opción descrita en el inciso i) a la
del inciso ii), deberá solicitarlo al Consejo Rector y a la Sugef, al menos con
seis meses de antelación a la fecha de iniciar el traslado. De acuerdo a la
solicitud del banco privado, el reintegro de recursos se efectuará según un
plan de devolución que el o los Bancos Administradores determinen adecuado para
el periodo solicitado, el mismo se conocerá en la sesión ordinaria del Consejo
Rector para su aprobación y determinación del plazo máximo que durará el
periodo de devolución del dinero. El Banco Privado podrá devolverse del inciso
ii) al i) siempre y cuando haya cumplido con un periodo mínimo de permanencia
en el inciso ii) de 5 años y lo informará al Consejo Rector al menos 3 meses
antes, pero a partir de la fecha del traslado deberá cumplir todo lo dispuesto
en el inciso i).
Para
aquellos bancos privados que decidan movilizarse del inciso i) al inciso ii),
tendrán una gradualidad tal que para fines del primer año de habérseles
aprobado el traslado al inciso ii), deberán tener colocado al menos el 3% de
las captaciones totales a plazos de treinta días o menos mantenidos en promedio
durante ese año, deducido el encaje mínimo legal. A fines del segundo año de
habérseles aprobado el traslado al inciso ii), un 6% de las captaciones totales
a plazos de treinta días o menos mantenidos en promedio durante dicho segundo
año y para el tercer año, el 10% de las captaciones totales a plazos de treinta
días o menos mantenidos en promedio durante dicho año, deducido el encaje
mínimo legal. A partir del cuarto año, el banco privado que haya cumplido con
esta gradualidad, mantendrá colocado un mínimo del 10% de las captaciones
totales promedio a plazos de treinta días o menos de cada año, deducido el
encaje mínimo legal, en los diferentes Programas aprobados por el Consejo
Rector.
El
Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo tendrá la facultad para
ampliar los plazos para el cumplimiento de los porcentajes de colocación
mencionados en el párrafo anterior, siempre y cuando no excedan los 5 años a
partir de que el Consejo Rector aprobó el traslado al inciso ii), esto
únicamente tomando en cuenta situaciones especiales que les impidieron la
colocación en el plazo estipulado, las cuales deberán ser debidamente
justificadas por la entidad Bancaria Privada. Las demás condiciones se
mantendrán como se menciona en el presente artículo. En el proceso de
transición del inciso i) al inciso ii), el banco privado deberá trasladar al
Fondo de Crédito para el Desarrollo, bajo las condiciones establecidas en el
inciso i), la diferencia del diez por ciento (10%), con forme se establece en
los dos párrafos anteriores, y el monto que el banco privado ha logrado
colocar. Cuando ya haya logrado la colocación del 10% estipulado en el inciso
ii) no deberá colocar más recursos en el inciso i).
Si
el Banco Privado se traslada al inciso ii) y no cumple con las metas de
colocación aprobadas por el Consejo Rector, deberá pagar una tasa de interés
igual a la Tasa Básica Pasiva más cuatro puntos porcentuales (4 p.p) sobre el
monto que resulte de la diferencia entre lo realmente colocado de su cartera en
colones y el monto aprobado por el Consejo Rector en los planes de traslado o
sus solicitudes de prórrogas; de igual forma deberá pagar una tasa de interés
igual a la tasa Libor a 6 meses más cuatro puntos porcentuales (4 p.p) sobre el
monto que resulte de la diferencia entre lo reamente colocado de su cartera en
moneda extranjera y el monto aprobado por el Consejo Rector en los planes de
traslado o sus solicitudes de prórrogas para la colocación de la cartera en
esta moneda. Los montos correspondientes al pago de intereses de estas multas
serán trasladados trimestralmente al FINADE por el Banco Privado
independientemente de la moneda en que se capten los recursos.
En
el caso que los Bancos Privados, en el uso de los recursos del inciso ii) de
este artículo, incumplan con los planes aprobados o si se determina que los
beneficiarios, por dolo o culpa grave, no son los que establece la Ley N.° 8634
y sus reformas, el Consejo Rector del Sistema de Banca para del Desarrollo,
informará de ello a la SUGEF, a efecto de que se realice el procedimiento
administrativo respectivo, con base en el cual se establecerá una multa,
comprendida en el rango del 0,5% al 1% de su patrimonio, según la gravedad de
la falta. El importe de esta multa será depositado en el Fideicomiso Nacional
para el Desarrollo, FINADE. Para el establecimiento de esta multa la SUGEF se
sujetará a las disposiciones del Libro II de la Ley General de Administración
Pública.
El
Banco Central podrá incluir, para los propósitos de los requisitos mencionados
en los incisos i) y ii) anteriores, cualesquiera otras cuentas del pasivo de
las entidades financieras que, a su juicio, sean similares a las obligaciones
constituidas como captaciones a treinta días o menos. Para las operaciones
crediticias derivadas de los recursos de los incisos i) y ii) de este artículo,
serán elegibles proyectos que presenten capacidad de pago según lo establecido
en la normativa de crédito y calificación de deudores aprobada por el CONASSIF.
El
Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo creará políticas para
promover el uso de los recursos de los dos incisos anteriores en sujetos
beneficiarios específicos o sectores prioritarios, de acuerdo con las políticas
públicas y el Plan Nacional de Desarrollo.
Con
respecto al inciso i), del monto total de crédito colocado a los sujetos
beneficiarios, el 11% deberá ser destinado a los beneficiarios del inciso 6)
del artículo 6 de la Ley 8634 y sus reformas. Dicho saldo deberá crecer al
menos un 5% real anual hasta alcanzar al menos un 25% de lo colocado.
En
el caso del inciso ii), del monto total de recursos que se establece en los
planes de colocación que el Consejo Rector aprueba, para alcanzar gradualmente
el cumplimiento pleno del inciso ii), el 11% deberá ser destinado a los
beneficiarios del inciso 6) del artículo 6 de la Ley 8634 y sus reformas.
Dichos saldos de crédito deberán crecer al menos un 5% real anual hasta
alcanzar al menos un 25% del monto total del Fondo.
Por
excepción el Consejo Rector podrá suspender la aplicación de estos porcentajes
mínimos establecidos en los dos párrafos anteriores, hasta por un periodo de
tres años, cuando determine que no hubiera demanda por parte de los
beneficiarios de esos recursos, debiéndose asignar los recursos a los demás
sujetos señalados en Ley de Banca para el Desarrollo, Ley 8634 y sus reformas.
Moción
N.º 9-137 (15-18) de varios señores diputados:
Para que se modifique el artículo 54 del texto en discusión y se lea de
la siguiente manera:
ARTÍCULO 54.- Reforma de la Ley orgánica del Banco Central de Costa
Rica,
Refórmase el subinciso i) del inciso a) del artículo 52 de la Ley
orgánica del Banco Central de Costa Rica, ley N° 7558, de 3 de noviembre de
1995, y sus reformas. El texto dirá:
"Artículo 52.- Operaciones de crédito
El Banco Central podrá efectuar las siguientes operaciones de crédito,
con sujeción estricta a las condiciones y restricciones establecidas en esta
Ley, sin que por ello esté obligado a realizarlas:
a) Con el fin de salvaguardar la estabilidad del Sistema Financiero
Nacional, redescontar, a las entidades financieras sujetas a la supervisión de
la Superintendencia General de Entidades Financieras, los documentos de crédito
que reúnan todas las formalidades exigidas por las leyes, en las siguientes
condiciones:
i) Para poder tener acceso al redescuento, las entidades financieras
privadas deberán:
1) Tener derecho de acceso a captaciones en cuentas corrientes,
establecidas para los bancos privados, en las condiciones definidas en el
inciso c) del artículo 162 de esta Ley, o alternativamente.
2) Mantener, permanentemente, un saldo mínimo de préstamos en el banco
estatal que administre el Fondo de crédito para el desarrollo, creado mediante
la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, el equivalente a un doce por
ciento (12%), una vez deducido el encaje correspondiente de sus captaciones
totales, a plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como
extranjera. El banco del Estado que administre el Fondo de crédito para el
desarrollo reconocerá a la banca privada, por dichos recursos, una tasa de
interés igual al cincuenta por ciento (50%) de la tasa básica pasiva calculada
por el Banco Central o de la tasa Libor a un mes, respectivamente. El Fondo de
crédito para el desarrollo prestará tales recursos, acorde a las directrices
emitidas por el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, y se
colocarán según lo establecido en el inciso i) del artículo 59 de la Ley
orgánica del Sistema Bancario Nacional, N° 1644.
Para el cálculo de este porcentaje, se contemplarán los siguientes
elementos:
A) Se realizará con base en
el promedio de las captaciones de los últimos noventa días hábiles, al final
del día, con un rezago de cinco días hábiles.
B) Además, durante todos y
cada uno de los días del período de control del cumplimiento de lo dispuesto en
este artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de crédito para el
desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%) del promedio
señalado en el punto anterior.
Para los propósitos de los requisitos señalados en el punto 1) y
anteriores, el Banco Central podrá incluir cualesquiera otras cuentas del
pasivo de las entidades financieras que, a su juicio, sean similares a las
obligaciones constituidas como captaciones a treinta días o menos.
El derecho al redescuento a que se refiere este inciso, se adquiere
tres meses después de haber cumplido, sin interrupción, lo estipulado en la
alternativa escogida.
…”
Moción
N.º 22-137 (17-18) de varios diputados:
Para
que se modifique el artículo 6o) del texto dictaminado, en éste el inciso 8)
del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se lea de la siguiente
manera:
"ARTÍCULO
60.- Modificación a la Ley del Impuesto sobre la Renta
Modifíquese
el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de
abril de 1988. El texto dirá:
"Artículo
59.- Tarifas
…
"8.
Por intereses, comisiones y otros gastos financieros, así como por los
arrendamientos de bienes de capital pagados o acreditados a entidades o
personas físicas del exterior se pagará una tarifa del quince por ciento (15%).
Por
intereses, comisiones y otros gastos financieros que paguen o acrediten las
entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia General
de Entidades Financieras a entidades del extranjero que estén sujetas a la
vigilancia e inspección en sus correspondientes jurisdicciones, se pagará una
tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).
Se
exonera del pago de los impuestos señalados en este inciso que procedan de
créditos otorgados por bancos multilaterales de desarrollo y organismos
multilaterales o bilaterales de desarrollo, así como las organizaciones sin
fines de lucro que estén exoneradas del impuesto o no sean sujetas al impuesto
según la legislación costarricense.
Las
operaciones que se indican en el presente inciso deberán ser informadas a la
Administración Tributaria y al Banco Central periódicamente. Sin detrimento de
otras informaciones que se consideren necesarias, se deberá proporcionar la
siguiente información, referida a cada operación individual sobre la que se
paguen intereses y comisiones: monto, plazo, saldo por pagar, plazo al
vencimiento, tasa de interés, etc.). Para tales efectos además ambas
Dependencias podrán realizar los mecanismos necesarios para obtenerla.
Los
recursos que se recauden en la aplicación de lo dispuesto en este inciso serán
transferidos al Fideicomiso Nacional para el Desarrollo establecido en la Ley
N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus reformas, hasta por un monto de 15.000
millones de colones por año, ajustable cada año por el crecimiento del Índice
de Precios al Consumidor. Dicho monto se transferirá siempre y cuando se
recaude un monto igual o superior. De recaudarse un monto inferior, se
transferirá la totalidad del monto recaudado.
…”
Moción
N.º 19-137 (18-18) de varios diputados:
Para
que se incluya un inciso f) en el artículo 61 del proyecto de ley dictaminado y
se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
61.- Derogaciones
Deróganse
las siguientes disposiciones:
…
f)
El inciso e) del artículo 155 de la Ley Orgánica del Banco Central y sus
reformas, Ley 7558."
Moción
N.º 6-137 (21-18) de varios diputados:
Para que se elimine el Transitorio VI y se corra la
numeración, además que se modifique el artículo 17 del proyecto de ley en
discusión y se lea de la siguiente manera:
1) Elimínese el Transitorio VI
2) ARTÍCULO 17.- Recursos
para administración y operación
El Consejo
Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo queda facultado para destinar,
anualmente, hasta uno y medio por ciento (1,5%) de los recursos del FINADE para
cubrir los gastos administrativos y operativos. De igual forma, con estos
recursos se deberán cubrir los gastos e inversiones asociados con el proceso de
Regionalización de los Recursos del SBD de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29 de esta Ley.
Para estos efectos, el Consejo Rector del Sistema
de Banca para el Desarrollo y su Secretaría Técnica, no estará sujeta a la Ley
de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, No
8131 del 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; excepto en lo correspondiente
al trámite de aprobación de sus presupuestos, así como a lo ordenado en los
artículos 57 y 94 y en el título X de dicha Ley.
Los criterios para definir la estructura de
salarios y lo referente a la creación de plazas de la Secretaría Técnica, serán
determinados por el Consejo Rector en el reglamento de la presente Ley.
Los superávit, si los hubiese, serán clasificados
como específicos para los fines y necesidades que defina el Consejo Rector.
Moción
N.º 20-137 (22-18) de varios diputados:
Para
que se agregue un Transitorio VIII, el cual irá referido a los artículos 32 y
53 del texto dictaminado. Dicho transitorio dirá:
TRANSITORIO
VIII.-
Para
el cumplimiento del 11% de colocación para el beneficiario señalado en el
inciso 6) del artículo 6), según lo establecido en el artículo 32 y para el
inciso i) del artículo 53 de esta Ley, se dará un período de 4 años para que
los bancos alcancen dicho porcentaje.
Presentación de
mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Moción N.º 1
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se modifique el segundo párrafo del
artículo 27 bis del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:
Artículo 27 bis.- Mecanismos de capital semilla y
capital de riesgo El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con
el fin de desarrollar estos programas, incluyendo la posibilidad de participar
con aportes de capital en fondos de capital de riesgo.
(…)
Moción N.º 2
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se modifique el inciso d) del artículo 15)
del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:
Artículo 15.- Creación del Fideicomiso Nacional
para el Desarrollo
(…)
d) Para fomentar, promocionar, incentivar y
participar, en la creación, la reactivación y el desarrollo de empresas,
mediante modelos de capital semilla y capital de riesgo. El FINADE aplicará las
buenas prácticas internacionales con el fin de desarrollar estos programas.
(…)
Moción N.º 3
de la diputada Alfaro Murillo
Para
que se modifique el inciso d) del artículo 15) y el segundo párrafo del
artículo 27 bis del texto en discusión y se lean de la siguiente manera:
Artículo
15.-Creación del Fideicomiso Nacional para el Desarrollo
(...)
d) Para fomentar, promocionar, incentivar y participar, en la creación,
la reactivación y el desarrollo de empresas, mediante
modelos de capital semilla y capital de riesgo.
El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales
con el fin de desarrollar estos programas.
(...)
Artículo
27 bis.- Mecanismos de capital semilla y capital de riesgo
(…)
El FINADE aplicará las buenas prácticas internacionales con el fin de
desarrollar estos programas, incluyendo la
posibilidad de participar con aportes de capital en fondos de capital de riesgo.
(…)
Moción N.º 4
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se modifique el inciso 4) del artículo 6)
del texto en discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 6.- Sujetos
beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo
…
4) Micro — Pequeño y Mediano Productor Agropecuario
y Forestal: Unidad de producción o extracción en actividades agrícolas,
pecuarias, forestales, acuícolas, de pesca o explotación de otros productos del
mar. La definición cuantitativa la realizará el Ministerio de Agricultura y
Ganadería vía reglamento.
Los medianos productores agropecuarios tendrán las
mismas limitaciones establecidas en el segundo párrafo del inciso anterior.
Moción N.º 5
de varios diputados:
Para que se modifique el inciso 8) del artículo 59
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenido en el artículo 60 del proyecto
de ley en discusión y se lea de la siguiente manera.
"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del
Impuesto sobre la Renta
Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, Ley N. 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:
"Artículo 59.- Tarifas
(…)
8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las
comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de
capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el
país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.
No estarán sujetos al pago de este impuesto los
intereses y comisiones que paguen o acrediten al extranjero las entidades
sujetas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia General de
Entidades Financieras, así como los intereses y comisiones que paguen o
acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país a los bancos
extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado financiero
costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema
Financiero.
Se exonera del pago de los impuestos señalados en
este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones
financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas
domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos
multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada
al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de
esta ley.
Los recursos que se recauden en la aplicación de lo
dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el
Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus
reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual
será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor.
Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o
superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto
recaudado.
Moción N.º 6
del diputado Céspedes Salazar:
Para que se modifique el inciso 8) del artículo 59
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenido en el artículo 60 del proyecto
de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del
Impuesto sobre la Renta
Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto
dirá:
"Artículo 59.- Tarifas
(...)
8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las
comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de
capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el
país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.
Por los intereses y comisiones que paguen o
acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia y supervisión de
la Superintendencia General de Entidades Financieras, así como los intereses y
comisiones que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en
el país a los bancos extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado
financiero costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento (5.5%).
Se exonera del pago de los impuestos señalados en
este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones
financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas
domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos
multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada
al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de
esta ley.
Los recursos que se recauden en la aplicación de lo
dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el
Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus
reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual
será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor.
Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o
superior. De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del
monto recaudado."
Moción N.º 9
de varios diputados:
Para que se modifique el inciso 7 del artículo 59
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N° 7092 de 21 de abril de 1988,
modificado en el artículo 60 del proyecto en discusión, para que se lea de la
siguiente manera:
"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del Impuesto
sobre la Renta
Modifíquese el artículo 59 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto dirá:
"Artículo 59.- Tarifas
(…)
7. Por las utilidades, dividendos o participaciones
sociales a que se refieren los artículos 21 y 22 de esta ley se pagará una
tarifa del quince por ciento (15%), o del cinco por ciento (5%), según
corresponda.
Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las
comisiones y otros gastos financieros pagados por empresas domiciliadas en el
país a bancos en el exterior -o a las entidades financieras de éstos-,
reconocidos por el Banco Central de Costa Rica como instituciones que se
dedican a efectuar operaciones internacionales, incluidos los pagos efectuados
por tales conceptos a proveedores del exterior por la importación de
mercancías. Las remesas que se realicen a entidades financieras domiciliadas
en el exterior, que formen parte de un Grupo o Conglomerado Financiero
establecido en el país, pagarán una tarifa del 5,5 % conforme a la normativa
sobre esta materia establecida por la Superintendencia General de Entidades
Financieras, tales operaciones deberán ser reportadas al Ministerio de
Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta ley.
Pagarán una tarifa del 15% los arrendamientos de
bienes de capital y los intereses sobre préstamos, pagados a instituciones del
exterior por empresas domiciliadas en el país.
Por los intereses y comisiones que paguen o
acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de
la Superintendencia General de Entidades Financieras, se pagará una tarifa del
cinco punto cinco por ciento (5.5%).
Se exonera del pago de los impuestos señalados en
este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones
financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas
domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos
multilaterales o bilaterales de desarrollo.
Los recursos que se recauden en la aplicación de lo
dispuesto en este inciso, serán trasladados íntegramente al Fideicomiso
Nacional para el Desarrollo establecido en la Ley N.° 8634 y sus reformas.
(…)
Moción N.º 10
de varios diputados:
Para que se modifique el inciso a) del artículo 52
del proyecto en discusión, para que se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 52.- Modificación de la Ley Orgánica
del Sistema Bancario Nacional
Modifíquese la Ley Orgánica del Sistema Bancario
Nacional, Ley N.° 1644 de 26 de setiembre de 1953 y sus reformas, en las
siguientes disposiciones:
a) Refórmase el artículo 59. El texto dirá:
"Artículo 59.- Solo los bancos podrán
recibir depósitos y captaciones en cuenta corriente. Cuando se trate de bancos
privados, solo podrán captar depósitos en cuenta corriente, si cumplen alguno
de los siguientes requisitos:
i) Mantener permanentemente un saldo mínimo de
préstamos al banco del Estado que administre el Fondo de crédito para el
desarrollo equivalente a un diecisiete por ciento (17%), una vez deducido el
encaje correspondiente de sus captaciones totales a plazos de treinta días o
menos, tanto en moneda nacional como extranjera. En caso de que la totalidad de
los depósitos se realicen en moneda nacional, el porcentaje será únicamente de
un quince por ciento (15%) sobre la misma base de cálculo. El banco estatal que
administre dicho fondo reconocerá a las entidades privadas, por esos recursos,
una tasa de interés equivalente al costo que esos fondos tengan a la vista,
según la referencia de mercado que brinde el Banco Central. El ente
rector del SBD podrá ajustar las tasas de interés efectivas para el usuario final,
de acuerdo con las condiciones del mercado. Estos recursos podrán ser objeto de
los avales y las garantías señalados en la Ley del SBD. Los recursos recibidos
por el banco estatal, de las entidades financieras privadas, se exceptúan del
requerimiento de encaje mínimo legal.
Para calcular los porcentajes antes indicados, se
contemplarán los siguientes elementos:
1) Se
realizará con base en el promedio de las captaciones de los últimos noventa
días hábiles, al final del día, con un rezago de cinco días hábiles.
2) Además,
durante todos y cada uno de los días del período de control del cumplimiento de
lo dispuesto en este artículo, el saldo del día de los préstamos en el Fondo de
Crédito para el Desarrollo no podrá ser menor del noventa y cinco por ciento (95%)
del promedio señalado en el punto anterior.
ii) Alternativamente, instalar por lo menos cuatro
agencias o sucursales, dedicadas a prestar los servicios bancarios básicos
tanto de tipo pasivo como activo, distribuidas en las regiones Chorotega,
Pacífico Central, Brunca, Huetar Atlántico y Huetar Norte, así como mantener un
saldo equivalente de por lo menos a un diez por ciento (10%), una vez deducido
el encaje correspondiente de sus captaciones totales a plazos de treinta días o
menos, en moneda local y extranjera, en créditos dirigidos a los programas que,
para estos efectos, obligatoriamente indicará el Consejo Rector del SBD.
En caso de que el saldo de las colocaciones en
estos programas sea inferior al diez por ciento (10%) pero superior al cinco por
ciento (5%), la diferencia respecto de dicho diez por ciento (10%), deberá ser
prestada al banco estatal encargado de administrar el Fondo de crédito para el
desarrollo, en las mismas condiciones establecidas en el inciso i).
Si el saldo de colocaciones en estos programas es
inferior al cinco por ciento (5%), el banco privado deberá justificar tal
situación ante la Sugef, la cual, mediante resolución fundada, determinará si
la entidad bancaria deberá sujetarse a las disposiciones del inciso i).
(…)
Moción N.º 11
de varios diputados:
Para que se modifique el inciso i. del artículo 41
del proyecto en discusión y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 41- Colaboradores del Sistema de
Banca para el Desarrollo
Serán colaboradores del SBD los siguientes:
i. Instituto
Nacional de Aprendizaje.
El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) deberá
asignar una suma mínima del quince por ciento (15%) de sus presupuestos
ordinarios y extraordinarios de cada año, Para este monto, se llevará una
contabilidad separada, así como indicadores de gestión e impacto.
Estos recursos tendrán como objetivo apoyar a los
beneficiarios de esta Ley en la presentación de proyectos con potencial
viabilidad ante el SBD, mediante actividades de capacitación, asesoría técnica
y de apoyo empresarial, pudiendo ofrecer los servicios de manera directa,
mediante convenios o subcontratando servicios. Estas tareas incluirán la
promoción y formación de emprendedores, así como acompañamiento a proyectos
productivos en cualquiera de las etapas de su ciclo de vida y que requieren de
acompañamiento para acceder a crédito y otros instrumentos financieros
definidos en esta Ley.
Además, dichos recursos se utilizarán también para
apoyar al beneficiario en lo siguiente:
a. En el
financiamiento de los procesos de pre-incubación, incubación y aceleración de
empresas,
b. En el
financiamiento de becas a nivel nacional e internacional, para los
beneficiarios de esta Ley, principalmente para los microempresarios.
c. Para
promoción y divulgación de información a los beneficiarios del SBD.
d. En el
apoyo a proyectos de innovación, desarrollo científico y tecnológico y en el
uso de tecnología innovadora.
e. Para el
desarrollo de un módulo de capacitación especial de apoyo a la formalización
unidades productivas en coordinación con los Ministerios Rectores.
f. Cualquier
otra actividad que el Consejo Rector considere pertinente para el
fortalecimiento de los sectores productivos.
Estos programas se planificarán y ejecutarán con
base al Plan Nacional de Desarrollo, con las Políticas Públicas y en función de
los lineamientos que emita el Consejo Rector del SBD.
Para la adecuada administración de estos recursos y
en procura de lograr eficiencia, eficacia e impacto, el INA establecerá dentro
de su Estructura Organizacional, una Unidad Especializada en Banca para el
Desarrollo.
La Presidencia Ejecutiva y los miembros de la Junta
Directiva del INA velarán por el cabal cumplimiento de esta disposición y
remitirán anualmente un informe al Consejo Rector sobre la ejecución de estos
recursos.
Moción N.º 12
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se
modifique el segundo párrafo de inciso 3) del artículo 6) del texto dictaminado
y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
6.- Sujetos beneficiarios del
Sistema de Banca para el Desarrollo
…
3)…
Las medianas empresas serán sujeto beneficiario de
los recursos de esta ley, excepto de los
destinados al crédito. Podrán acceder a recursos de crédito siempre y
cuando no sean sujetos de los servicios de crédito de la banca comercial, según
los criterios y las disposiciones del CONASSIF y de la SUGEF.
Moción N.º 13
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se
modifique el penúltimo párrafo del Artículo 6 del proyecto de ley en discusión
y se lea de la siguiente manera:
"Artículo
6.- Sujetos beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo
…
Los sujetos beneficiarios presentarán al SBD sus
potenciales proyectos, los cuales serán apoyados por las herramientas del
Sistema para convertirse en sujetos de crédito o para que puedan acceder a los otros instrumentos de apoyo financiero
establecidos en esta ley.
…”
Moción N.º 15
de varias diputadas:
Para que se
modifique el artículo 57 del texto dictaminado, en lo que respecta la
referencia al artículo 41 en vez de 44 de la Ley del SBD, y se lea de la
siguiente forma:
"ARTÍCULO 57.- Modificación a la Ley Orgánica del Instituto
Nacional de Aprendizaje
Modifíquese el artículo 3 de la Ley Orgánica del
Instituto Nacional de Aprendizaje, Ley N.° 6868 de 6 de mayo de 1983 y sus
reformas. El texto dirá:
"Artículo 3.- Para lograr sus fines, el
Instituto tendrá las siguientes atribuciones...
(…)
j) Brindar asistencia
técnica, programas de formación, consultoría y capacitación para mejorar la
competitividad de las PYMES. En el caso de la atención del artículo 41 de
la Ley N.° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, se podrá
subcontratar, respetando los principios constitucionales de Contratación
Administrativa. Igualmente, brindará programas y actividades de capacitación
para el fomento del emprendedurismo y de apoyo empresarial para los
beneficiarios y sectores prioritarios del Sistema de Banca para el Desarrollo,
los cuales serán a la medida y atendidos de manera oportuna.
Estos deberán ejecutarse en coordinación con el
Consejo Rector del SBD.
(…)”
Moción N.º 16
de varias diputadas:
Para que se modifique el inciso 3), 4) y 6) y se
agregue un antepenúltimo párrafo al artículo 6) del texto dictaminado y se lea
de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 6.- Sujetos beneficiarios del
Sistema de Banca para el Desarrollo
…
3)
PYMES: entendidos como las unidades
productivas definidas en la Ley N.° 8262 y su reglamento.
4)
MIPYMES Agropecuarias: Unidad de
producción que incluye los procesos de transformación, mercadeo y
comercialización que agregan valor a los productos agrícolas, pecuarios,
acuícolas, pesqueros y otros productos del mar, así como la producción y
comercialización de insumos, de bienes y de servicios relacionados con estas
actividades.
Estas unidades de producción emplean además de mano
de obra familiar, contratación de fuerza laboral ocasional o permanente, que
genera valor agregado y cuyos ingresos permiten al productor realizar nuevas
inversiones en procura del mejoramiento social y económico de su familia y del
medio rural. La definición de éstas las realizará el Ministerio de Agricultura
y Ganadería vía reglamentaria.
…
6) Beneficiarios de microcrédito: persona o
grupos de personas físicas o jurídicas, que califiquen como pequeños
productores agropecuarios, microempresarias o emprendedoras, de todos los
sectores de las actividades económicas, que presenten proyectos productivos
y cuyo requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base
establecidos en la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva
actualización. Serán otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo
definidos en la presente ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al
inciso ii) del artículo 59 de la Ley N.° 1644, además del Fondo de
Financiamiento para el Desarrollo.
En el caso de las medianas empresas y medianos
productores de todos sectores productivos, solamente podrán ser beneficiarios
de esta Ley, por excepción, mediante resolución motivada del Consejo Rector,
siempre y cuando se considere que son de alto impacto en el desarrollo nacional
de acuerdo con criterios como empleo generado, contribución a la sostenibilidad
ambiental, al desarrollo tecnológico y encadenamientos productivos entre otros.
…
Moción N.º 17
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se modifique el artículo 60) del proyecto
de ley en discusión, que contiene el inciso 8) del artículo 59 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta y se lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 60.- Modificación a la Ley del
Impuesto sobre la Renta
Modifíquese el inciso 8 del artículo 59 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092 de 21 de abril de 1988. El texto
dirá:
"Artículo 59.- Tarifas
8. Pagarán una tarifa del 15%, los intereses, las
comisiones y otros gastos financieros, así como los arrendamientos de bienes de
capital, que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en el
país a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el extranjero.
Por los intereses y comisiones que paguen o
acrediten al extranjero las entidades sujetas a la vigilancia y supervisión de la
Superintendencia General de Entidades Financieras, así como los intereses y
comisiones que paguen o acrediten personas físicas o jurídicas domiciliadas en
el país a los bancos extranjeros que forman parte de un grupo o conglomerado
financiero costarricense regulado por el Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero, se pagará una tarifa del cinco punto cinco por ciento
(5.5%).
Se exonera del pago de los impuestos señalados en
este inciso, los intereses, comisiones y recargos que procedan de operaciones
financieras y comerciales donde participen personas físicas o jurídicas
domiciliadas en Costa Rica y bancos multilaterales de desarrollo u organismos
multilaterales o bilaterales de desarrollo; tal operación deberá ser reportada
al Ministerio de Hacienda de conformidad con lo que establezca el reglamento de
esta ley.
Los recursos que se recauden en la aplicación de lo
dispuesto en este inciso serán transferidos al Fideicomiso Nacional para el
Desarrollo (FINADE) establecido en la Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008 y sus
reformas, hasta por un monto de 15.000 millones de colones por año, el cual
será ajustable cada año por el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor.
Dicho monto se transferirá siempre y cuando se recaude un monto igual o superior.
De recaudarse un monto inferior, se transferirá la totalidad del monto
recaudado."
Moción N.º 19
de la diputada Alfaro Murillo
Para que se modifiquen los incisos 4) y 6) del
Artículo 6 del proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera:
"Artículo 6.- Sujetos beneficiarios del
Sistema de Banca para el Desarrollo
4)Pequeño y Mediano
Productor Agropecuario: Unidad de producción o extracción en actividades agrícolas, pecuarias, forestales,
acuícolas, de pesca o explotación de otros productos del mar. La definición
cuantitativa la realizará el Ministerio de Agricultura y Ganadería vía
reglamento.
Los medianos productores agropecuarios tendrán las
mismas limitaciones establecidas en el segundo párrafo del inciso anterior.
…
6)Beneficiarios de microcrédito: persona o grupos de
personas físicas o jurídicas, que califiquen como pequeños productores
agropecuarios, microempresas o emprendedores de todos los sectores de
las actividades económicas, que presenten proyectos productivos y cuyo
requerimiento de financiamiento no exceda de 40 salarios base establecidos en
la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y su respectiva actualización. Serán
otorgados por el Fondo del Crédito para el Desarrollo definidos en la presente
ley y por medio de la Banca Privada que se acoja al inciso ii) del artículo 59
de la Ley N.° 1644, además del Fondo de Financiamiento para el Desarrollo.
……
Moción N.º 20
de la diputada Alfaro Murillo
Para
que se elimine el inciso I) del artículo 24 del texto en discusión y se corra
la numeración.
En
el lugar diecisiete se encuentra el expediente 18.805, Aprobación del Tratado
de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno
de la República de Colombia.
Continúa la discusión, por el fondo, en el trámite de
primer debate, pero se han presentado mociones de fondo vía artículo 137, las cuales
pasan a la comisión dictaminadora.
Presentación
de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Moción N.º 1
de varios diputados:
Para que se modifique:
Rige a partir de 9 mes
después de su publicación.
Moción N.º 2
del diputado Fishman Zonzinski:
Para que se agregue un
artículo nuevo al proyecto de ley en discusión como norma de aplicación y se
lea de la siguiente manera:
"ARTÍCULO:
NORMA DE APLICACIÓN.
El Estado de Costa Rica
aplicará la disposición contenida en el artículo 14.8 denominado Altos
Ejecutivos y Juntas Directivas, del Capítulo 14, Servicios Financieros de éste
convenio, de conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política de
Costa Rica que señala en lo conducente: " [...] En igualdad de condiciones
deberá preferirse al trabajador costarricense."
Expediente N.º 18.207, Ley de
Reconocimiento de los Derechos de los Habitantes del Caribe Sur
En el lugar número dieciocho del orden del día se
encuentra el expediente 18.207, Ley de Reconocimiento de
los Derechos de los Habitantes del Caribe Sur.
Continúa
la discusión, por el fondo, en el trámite de primer debate con el segundo
informe de mociones de fondo, vía artículo 137, pero se han presentado nuevas
mociones de fondo vía artículo 137, las cuales pasan a la comisión
dictaminadora.
COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS Y
RECURSOS NATURALES
Segundo
informe de mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
Las mociones fueron desechadas.
Presentación de mociones vía artículo 137 del
Reglamento legislativo
Moción
N.º 1 del diputado Monge Pereira:
Para que el título
del proyecto de ley que se tramita bajo el expediente legislativo No. 18207,
LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS HABITANTES DEL CARIBE SUR, se lea
de la siguiente manera:
"LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS
POSESORIOS DE LOS HABITANTES DEL CARIBE SUR"
Moción
N.º 2 de varios diputados:
Para que se modifique el artículo 1 del proyecto de ley en discusión que
en lo sucesivo se leerá:
"ARTÍCULO 1. Para el reconocimiento de los legítimos derechos de los
habitantes y de los poblados costeros del Caribe Sur se establecen los límites
del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, dentro de los
siguientes linderos: según el mapa básico Sixaola 3644 I, escala 1:50.000 del
Instituto Geográfico Nacional de Costa Rica, con Proyección Costa Rica
Transversal Mercator (CRTM 05). Partiendo del punto en que el río Rojo o Willy
Creek desemboca en el Mar Caribe, bajo las coordenadas 647833 y 1065751 sigue
aguas arriba de dicho cuerpo hídrico hasta la coordenada 647811 y 1065331,
sigue hasta el punto 647635 y 1065220, sigue hasta la coordenada 646912 y
1065070 donde se une el canal de drenaje de Manzanillo con la Carretera
Nacional 256, continuando por el derecho de vía en el margen Este de esta
carretera hasta la coordenada 646647 y 1064590, continuando hasta el punto
646544 y 1064425, al punto con coordenadas 646469 y 1064448 y hasta el punto
con coordenada 646571 y 1064574 lugar donde continúa paralelamente a una
distancia de 50 metros de la Ruta Nacional 256 partiendo de la mitad de la
calle y del lado Sur de la misma, hasta un punto situado 100 metros Oeste y 50
metros Sur del puente sobre la quebrada Ernesto en la coordenada 643396 y
1065619.Toma una línea paralela de 100 metros a dicha quebrada aguas arriba,
hasta su nacimiento en la coordenada 642602 y 1064611. En su nacimiento toma la
curva del nivel de los 40 metros y se va por dicha curva hasta alcanzar la
intersección entre las coordenadas 645785 y 1062162. De ese punto sigue una
línea de 300 metros, con este franco para buscar posteriormente otra línea que
se ubique 100 metros antes del nacimiento de la quebrada Milla, coordenada
646069 y 1062154. De ese punto sigue aguas abajo una línea paralela de 100
metros a dicha quebrada, hasta llegar a un punto situado en la costa a 200
metros antes de la línea de marea, coordenada 652224 y 1062347. Luego continúa
con rumbo Sureste paralelo 200 metros a la costa, hasta un punto situado a 300
metros antes de la primera boca de la laguna Gandoca (hoy cerrada), coordenada
653351 y 1061036, y toma esa línea paralela 300 metros al río Gandoca aguas
arriba, hasta un punto situado entre la coordenada 653794 y 1058150. De ese
punto toma rumbo Sur franco hasta el río Sixaola, en donde luego toma aguas
abajo por la margen izquierda hasta su desembocadura. De ese punto de la
desembocadura se toma una línea perpendicular a la playa de 2.500 metros y
continúa bordeando la costa con rumbo Noreste y en forma paralela a esta a una
distancia de 2.500 metros, hasta una línea imaginaria paralela 2.500 metros a
un punto situado 100 metros al Noreste de la desembocadura del río Cocles, del
cual regresa por la línea de marea hasta el punto inicial de partida en la
desembocadura del río Rojo o Willy Creek en el Mar Caribe, bajo las coordenadas
647833 y 1065751."
Ha
llegado una nueva comunicación del Ministerio de la Presidencia, que le
solicito al señor secretario darle lectura.
El primer secretario Martín Monestel Contreras:
06
de febrero de 2014
DMP-644-2013
Señor
Martín Alcides Monestel Contreras
Primer secretario
Señora
Annie Saborío Mora
Segunda secretaria
Estimados señores
Diputados:
Me
permito hacer del conocimiento de la Asamblea Legislativa, el Decreto Ejecutivo
38.162-MP, de esta fecha, mediante el cual el Poder Ejecutivo amplía la convocatoria a sesiones
extraordinarias, a partir de la fecha que él indica.
Atentamente,
Carlos Ricardo Benavides
Jiménez
Ministro de la Presidencia
DECRETO EJECUTIVO 38.162-MP
LA PRESIDENTA DE LA
REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE LA
PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y
14), de la Constitución Política.
DECRETAN:
ARTICULO 1: Amplíase la convocatoria a
sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto
Ejecutivo 38.038-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:
EXPEDIENTE N° 18.685: LEY PARA DESINCENTIVAR EL
INGRESO DE CAPITALES EXTERNOS.
ARTICULO 2: Rige a partir del 6 de
febrero de 2014.
Dado
en la Presidencia de la República, el día seis de febrero de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
CARLOS
RICARDO BENAVIDES JIMENEZ
MINISTRO
DE LA PRESIDENCIA
El presidente Luis Fernando Mendoza Jiménez:
Se tiene por ampliada la convocatoria.
Diputadas y diputados, al ser las dieciocho horas, veintidós minutos, se
levanta la sesión.
Luis
Fernando Mendoza Jiménez
Presidente
Martín Alcides
Monestel Contreras Annie
Alicia Saborío Mora
Primer secretario Segunda
secretaria