ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

 

 

DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS

 

COMISIÓN ESPECIAL DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, ENCARGADA DE ANALIZAR, INVESTIGAR, ESTUDIAR, DICTAMINAR Y VALORAR LAS RECOMENDACIONES PERTINENTES EN RELACIÓN CON LA PROBLEMÁTICA SOCIAL, ECONÓMICA, EMPRESARIAL, AGRÍCOLA, TURÍSTICA, LABORAL Y CULTURAL DE DICHA PROVINCIA

EXPEDIENTE 20939

 

 

 

REFORMA   DEL   ARTÍCULO   5   DE   LA   LEY   ORGÁNICA   DEL   INSTITUTO

TECNOLÓGICO  DE  COSTA  RICA  PARA  LA  CREACIÓN  DE  EMPRESAS,

SOCIEDADES, EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS

 

 

EXPEDIENTE No.  20.816

 

 

 

DICTAMEN  AFIRMATIVO DE MAYORÍA

Martes 13 de noviembre de 2018

 

PRIMERA LEGISLATURA

(Del 1° de mayo de 2018 al 30 de abril de 2019)

 

SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS

(Del 1° de setiembre de 2018 al 30 de noviembre de 2016

 

 

 

 

COMISIÓN ESPECIAL DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, ENCARGADA DE ANALIZAR, INVESTIGAR, ESTUDIAR, DICTAMINAR Y VALORAR LAS RECOMENDACIONES PERTINENTES EN RELACIÓN CON LA PROBLEMÁTICA SOCIAL, ECONÓMICA, EMPRESARIAL, AGRÍCOLA, TURÍSTICA, LABORAL Y CULTURAL DE DICHA PROVINCIA

 

DICTAMEN AFIRMATIVO UNÁNIME

 

REFORMA   DEL   ARTÍCULO   5   DE   LA   LEY   ORGÁNICA   DEL   INSTITUTO

TECNOLÓGICO  DE  COSTA  RICA  PARA  LA  CREACIÓN  DE  EMPRESAS,

SOCIEDADES, EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS

            

 

               Expediente Nº 20.816

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

                               

Los (as) suscritos(as) diputados(as), integrantes de la Comisión Especial Investigadora de la provincia de Cartago, rendimos DICTAMEN  AFIRMATIVO DE MAYORÍA sobre el proyecto de ley: REFORMA   DEL   ARTÍCULO   5   DE   LA   LEY   ORGÁNICA   DEL   INSTITUTO TECNOLÓGICO  DE  COSTA  RICA  PARA  LA  CREACIÓN  DE  EMPRESAS,SOCIEDADES, EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS,  expediente No. 20.816. Publicado en el Alcance No. 128 a La Gaceta No. 123 de 09 de julio de 2018,  iniciativa del Diputado Luis Fernando Chacón Monge, con base en las siguientes consideraciones:

 

1.            GENERALIDADES DEL PROYECTO DE LEY:

 

El presente proyecto de ley tiene como objetivo reformar el artículo No. 5 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica con miras a facilitar y propiciar las alianzas público-privadas en la academia y la generación de conocimiento. Tal reforma traería consigo diversos beneficios:

·         Incentivar y agilizar la creación y funcionamiento de las empresas y sociedades tecnológicas en la institución, también conocidas como Spin-off´s.

·         Facultar al TEC para crear empresas que transfieran de mejor forma el conocimiento al sector productivo, generando un círculo virtuoso entre el sector privado y la academia, que potencie el crecimiento económico, mejore la competitividad del país y aumente el empleo.

·         Permitir la venta de servicios a estas sociedades tecnológicas, cuestión que facilitaría la captación de mayores recursos para reinvertirlos en investigación y desarrollo.

 

 

2.  CONSULTAS A INSTITUCIONES:

Se realizaron las siguientes consultas:

 

 

3.            APROBACIÓN DE MOCIÓN DE TEXTO SUSTITUTIVO (16/10/2018)

 

El diputado Luis Fernando Chacón Monge presenta moción de texto sustitutivo, que resulta aprobado en la sesión del 16 de octubre del 2018 de la Comisión Especial de Cartago, para que en atención a la voluntad expresa del Instituto Tecnológico de Costa Rica, plasmada en su comunicado de acuerdo SCI-364-2018 adjunto en el expediente, se acoja un nuevo texto como base para la discusión.

 

4.    RESPUESTAS A CONSULTAS:

 

Entre las respuestas a las consultas planteadas, mencionamos las presentadas con criterio afirmativo respecto al proyecto expediente de ley 20.816.

 

RESUMEN PRONUNCIAMIENTO DEL TEC SOBRE EL TEXTO SUSTITUTIVO APROBADO

 

Oficio R-1207-2018,  1° de noviembre del 2018.

 

Hace una introducción y justificación a la respuesta dada, aclara que dentro de la misión del Instituto Tecnológico se encuentra:

 

"Contribuir al desarrollo integral del país, mediante formación del recurso humano, la investigación y la extensión; manteniendo el liderazgo científico, tecnológico y técnico, la excelencia académica y el estricto apego a las normas éticas, humanísticas y ambientales, desde una perspectiva universitaria estatal de calidad y competitividad a nivel nacional e internacional".

 

Así mismo su visión:

 

“El Instituto Tecnológico de Costa Rica seguirá contribuyendo mediante la sólida formación del talento humano, el desarrollo de la investigación, la extensión, la acción social y la innovación científico-tecnológica pertinente, la iniciativa emprendedora y la estrecha vinculación con los diferentes actores sociales a la edificación de una sociedad más solidaria e inclusiva; comprometida con la búsqueda de la justicia social, el respeto de los derechos humanos y del ambiente”.

 

Toma como fundamento legal:

 

     Ley No. 7169 “Ley de promoción del desarrollo científico y tecnológico” Artículo 93 y artículo 94.

     Ley No. 6321  “Ley Orgánica del ITCR.” Artículo 5.

     Ley No. 4777 “Estatuto Orgánico del ITCR.” Artículo 1, 5 y 132.

 

DICTAMEN SOBRE SI CONTIENE ELEMENTOS QUE AMENACEN O COMPROMETAN LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA DEL INSTITUTO:

 

Se considera que el texto sustitutivo en consulta no violenta la autonomía universitaria, por el contrario, fortalece su capacidad de gestión en especial en lo referente a la vinculación con el sector productivo nacional.

 

Recomendaciones no vinculantes que propone el TEC:

 

Ø  Considera que el texto sustituto motivo de consulta, corresponde a las necesidades propias de esta Universidad, y potencia el ingreso de recursos frescos a las arcas Universitarias.

Ø  Igualmente, permite un espectro más amplio de proyección y de opciones de contribución con el desarrollo nacional todo ello en concordancia con la misión y visión institucionales.

Ø  Solicitar el apoyo de los señores y señoras legisladores para hacer de este proyecto una realidad que tiene como fin aprovechar el conocimiento, la investigación y la vinculación con la sociedad costarricense.

Ø  Que el Consejo Institucional manifieste por medio de la presente consulta, que se encuentra de acuerdo con el texto sustitutivo propuesto.

 

CRITERIO FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

 

El CONARE manifiesta su anuencia al proyecto de ley, según se desprende del criterio de su asesoría jurídica comunicado a esta Asamblea Legislativa CN-438-2018 del 15 de noviembre del 2018.

 

5.    AUDIENCIAS Y MODIFICACIONES DE FORMA

Resumen del Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión Especial de Cartago N°02 del martes 13 de noviembre de 2018.

Participan:  

 

     Julio César Calvo Alvarado, Rector del Instituto Tecnológico de Costa Rica.

     Juan Carlos Carvajal Morales, Director Departamento de Vinculación.

     María de los Ángeles Medaglia Gómez, Asesora Legal.

 

 

 

Exposición de Julio Calvo Alvarado (Introducción):

 

Alega que la Ley Orgánica del TEC, en el artículo cinco establece la posibilidad de tener empresas auxiliares que generen recursos a la Institución, pero más que todo, que permitiera el desarrollo científico y tecnológico del país.

 

Que la modificación (reforma) a este artículo es muy sencilla y permite potenciar la creación de recursos y la estimulación de empresas tecnológicas.

 

El artículo 5 actual impide el desarrollo de las empresas y la inversión, es un inconveniente.

 

Exposición de Juan Carlos Carvajal Morales:

 

Indica que el artículo 5 de la actual ley orgánica impide llevar mejor la práctica del modelo triple hélice “Academia-empresa-gobierno”, en cambio la reforma permite facilitar las alianzas público-privadas, además formas distintas de asociación, como la cooperativa, las sociedades anónimas y demás alianzas público-privadas.

La ventaja de la reforma es permitir una transferencia tecnológica más efectiva y creación de empresas con bases tecnológicas.

 

Una empresa de base tecnológica es aquella empresa que se crea con base en conocimiento generado, en alguna institución o centro de investigación.  Esa creación de empresas de base tecnológica puede recibir el nombre de lo que la Ley de Ciencia y Tecnología denomina “empresas auxiliares” (artículo 94).  Son empresas nuevas que se crean a partir de una empresa ya existente, tienen una estructura jurídica propia, independiente de la entidad madre. Muchas de estas Spin off  ―así es como se conocen― académicos nacen de universidades o centros de investigación.

 

La utilización del personal de la universidad, la capacidad de la misma y la generación del eterno propicio, hacen que las universidades requieran apoyar este cambio. Es importante señalar el aporte al conocimiento y al mismo tiempo el ingreso de recursos frescos para la universidad.

 

En una empresa académica la universidad puede ganar tanto por un licenciamiento de una propiedad intelectual que tiene ahí, como por la percepción de utilidades porque tenemos dos formas de entrar.  Y en otras universidades más maduras lo que se pretende al final es vender la empresa completa, con un buen margen de ganancia para la universidad.

 

El modelo español ha sido exitoso y tuvo condiciones similares a las que se presentan en Costa Rica, como la existencia de incubadoras y pre incubadoras de empresas, oficinas de transferencias de resultados. En Costa Rica tienen que fortalecerse y es necesaria una colaboración entre investigación tanto pública como privada.

 

La Unión Europea tiene un fondos para proyecto que se llama Free Network a nivel de la región centroamericana, que es el fomento al emprendimiento basado en investigación y desarrollo en Spin off  en Centroamérica. Este proyecto lo que pretende es mejorar las capacidades de las universidades para la generación de empresas de base tecnológica.

 

Participación del diputado Luis Fernando Chacón Monge:

 

Está a favor de permitir y potenciar los Spin off, propone afinar las herramientas del Instituto Tecnológico para que siga siendo el instituto competitivo, confía en el conocimiento y la credibilidad que tiene el TEC, como institución superior tecnológica de Costa Rica. Resalta la importancia del proyecto, el desarrollo tecnológico y el impacto en la sociedad costarricense.

 

Dice literalmente: “Este país está reclamando la movilidad de investigadores hacia las empresas, ya no es suficiente con terminar una carrera académica, sino que es necesario potenciar la investigación. Un país que no investiga es un país que no puede caminar, que no puede avanzar. Me parece que es importante promover esa colaboración entre la empresa pública y las empresas privadas. Y creemos que este puente de absoluta credibilidad y transparencia son las universidades, el Instituto Tecnológico es un ejemplo extraordinario.”

 

Participación del diputado Mario Castillo Méndez:

 

Resalta la importancia del proyecto y señala la importancia misma del Instituto Tecnológico de Costa Rica, reconoce las limitaciones actuales que tiene el TEC para trabajar con la empresa privada. Visualiza el crecimiento y liderazgo que le dará al Instituto la creación de empresas de investigación. Habla de la necesidad de expansión del Instituto hacia todo el país y las zonas que han sido “abandonadas”.

 

Agradeció al diputado Luis Fernando Chacón por presentar la idea y su gran importancia.

 

Participación del diputado Pablo Heriberto Abarca Mora:

 

Pide agregar al proyecto que se tutele bajo la Ley N°7169 y dice que dentro de la Ley N°7169 podría revisar una serie de temas de control, que le un marco jurídico para tutelar mejor como se desarrolla la empresa y cómo se rigen los emprendimientos que tenga la institución.

 

Asegura que “Modificar la Ley Orgánica, imposibilitaría reglamentar de manera más concisa cómo se desarrollan los proyectos, o desarrollar los proyectos a pesar de que sí tiene un seguro, que es el acuerdo del consejo institucional, y en eso, está muy bien.”

 

De todas formas reiteró el apoyo y habla de la importancia del TEC como agente de cambio y desarrollo del país.

 

Segunda intervención del Sr. Juan Carlos Carvajal Morales:

 

Habla del impacto del proyecto en el ámbito de ciencia y tecnología por un lado, por otro lado habla del impacto en materia de propiedad intelectual; dice ser trabajador de esta materia, resalta la creatividad, inteligencia y genialidad de las personas en Costa Rica. Los propios estudiantes tendrán participación activa.

 

Primera incubadora fue la del TEC, pretenden que las primeras  spin off sean del TEC y que las otras universidades se preparan para seguir el camino. El impacto que generará no es solo en ámbito académico, sino también en generación de empleo.

 

Sobre la preocupación por la reglamentación y la ley que hablaba el diputado Abarca Mora, dice: “La Ley Orgánica del TEC, que no lo tiene ninguna otra universidad tan explícita, también nos faculta a explotar nuestras patentes y nuestra propiedad intelectual y nada más lo dice así. Sin embargo, en la institución tenemos todo un reglamento, creo que es la única universidad que tiene una normativa apropiada del manejo de la propiedad intelectual interna y está regulada y controlada en aras de la transparencia.”

 

Participa la diputada Paola Valladares Rosado:

 

Indica que es necesario la innovación, el desarrollo y la competitividad para país, y el TEC puede darle eso con el proyecto.

 

Segunda intervención del Sr. Julio César Calvo Alvarado:

 

Explica que el TEC necesita de la inversión y la producción para generar conocimiento e innovación, para esto se necesita la investigación. El TEC invierte preparando profesores y doctores en Europa, Asia y Norteamérica. Equipa los centros de investigación, es la única universidad con centro de vinculación con el sector productivo.

 

Dice textualmente “La innovación se traduce en proyectos productivos que generen riqueza al país. Así como tenemos la ley actualmente, no podemos, porque se requiere ligarse a empresa privada”.

 

Afirma la necesidad de modificar la Ley Orgánica para poder producir innovación y estímulo al desarrollo. Anota las dudas sobre la capacidad de autorregulación de las universidades y ofrece la asesoría del centro de vinculación y que se evacuen ahí las consultas.

 

Segundo comentario del diputado Pablo Heriberto Abarca Mora:

 

Comenta que es muy probable que con estos proyectos, las universidades necesiten menos dinero del Estado.

 

Segunda intervención del diputado Luis Fernando Chacón Monge:

 

Comparte la opinión del diputado Abarca Mora, pero resalta que el espíritu de la reforma es dar un marco general para poder dar el paso hacia el desarrollo. Asimismo, indica que todos los procesos regulatorios son importantes, más en un país, que todos los días exige más transparencia, que genere confianza y la confianza, genera confianza. Propone utilizar los instrumentos ya existentes para no retrasar el avance del proyecto.

 

Segunda Intervención de diputado Mario Castillo Méndez:

 

Opina que las universidades deben pensar muy seriamente en que sus actividades no sean una carga para el Estado, como tal, sino más bien, que sea un aporte y conociendo lo que ha ocurrido en el Tecnológico y lo atada que ha estado la institución durante este tiempo anterior, en esta materia, esto lo que hace es quitarle esas amarras y permitir la creatividad empresarial y la relación con los sectores productivos nacionales y fuera de nuestras fronteras.

 

Votación:

 

Se aprueba moción 1, para corregir error material del expediente, al poner ley No. 4747, siendo la correcta No. 4777.

 

Sobre la votación de fondo del expediente No. 20816:

 

Diputado Abarca Mora: Habla de conciliar las diferencias y dudas para darle avance rápido al proyecto.

 

Se aprueba (5 a favor, 0 en contra) moción 2 para modificación de forma del texto del artículo 5 como:

 

El Instituto Tecnológico queda habilitado y autorizado para la venta de bienes y servicios ligados a los campos de su actividad académica. Para mejorar y agilizar la venta de bienes y servicios, igualmente queda habilitado y autorizado para crear y participar en fundaciones, empresas, y sociedades de cualquier naturaleza. Para lo cual deberá contarse con la aprobación previa del consejo directivo del Instituto, por al menos dos tercios de sus votos.

Se faculta a las instituciones nacionales para que puedan participar en dichas sociedades y empresas con el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

 

Rige a partir de su publicación.”

 

Finalmente, con 5 votos a favor y 0 votos en contra, se aprueba el proyecto N.° 20.816.

 

6.  SOBRE EL FONDO:

 

Marco jurídico y normativo de la reforma.

     Ley No. 7169 “Ley de promoción del desarrollo científico y tecnológico” Artículo 93-94.

     Ley No. 6321  “Ley Orgánica del ITCR.” Artículo 5.

     Ley No. 4777 “Estatuto Orgánico del ITCR.” Artículo 1, 5 y 132, inciso h.

 

Sobre conceptos de empresa auxiliar:

     Empresas nuevas que se crean en el seno de otra empresa o entidad ya existente.

     Estructura jurídica propia e independiente de la entidad madre.

      Muchas nacen de universidades o centros de investigación públicos (spin off académico o empresas de base tecnológica).

     Normalmente formada por personal de la entidad madre (empleados, profesores y alumnos).

     Son una modalidad de gestión del conocimiento y de transferencia de tecnología.

 

¿Qué es un “spin off” académico?

 

Las spin-off son iniciativas empresariales promovidas por miembros de la comunidad universitaria.

     Características:

     Participación patrimonial o directiva de la universidad.

     Implementación y puesta a disposición de la sociedad, tecnologías o conocimientos generados en la universidad.

     Creación y promoción de la nueva empresa con participación, conjunta o no, de funcionarios, estudiantes o graduados de la universidad.

     Su generación requiere de un entorno propicio dentro de la universidad.

     Actores:

     Desarrollador de la tecnología: individual o colectivo ligado a la universidad.

     Emprendedor: creador de la empresa.

     La Universidad: organización dentro de la cual se realizó la investigación. Dueña de los derechos de propiedad intelectual.

     Inversor: proporciona el financiamiento.

 

     Beneficios:

     Transfieren conocimiento y experiencia al mundo empresarial.

     Estrategia complementaria que mejora la comunicación entre la universidad, el mercado y la sociedad.

     Fuentes de creación de empleo.

     Articulan el emprendedurismo y las incubadoras o viveros de empresas, además generan recursos para la universidad.

 

Actualmente solo la Universidad de Costa Rica cuenta con empresas auxiliares tipo spin off, como PROINNOVA UCR.

 

Experiencias que facilitan las spin off:

     Condiciones estructurales:

     Pre Incubadoras e incubadoras.

     Sociedades de capital-riesgo.

     Escuelas de negocios, centros de empresa.

     Parques científicos.

     Centros de patentes, centros de valorización.

 

     Condiciones normativas:

     Marco adecuado (estructuras, instrumentos y procedimientos).

     Planificación estratégica coordinada con el resto de políticas institucionales entre las que cabe mencionarse la política científica.

 

7.            RECOMENDACIONES:

 

De conformidad con lo supra señalado y tomando en consideración aspectos  de oportunidad y conveniencia, los suscritos diputados integrantes de esta comisión, rendimos el presente DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA que sometemos a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados.

 

El texto del proyecto es el siguiente:

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

 

REFORMA DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS, SOCIEDADES, EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmese el artículo 5 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica, N.° 4777, cuyo texto se leerá:

 

Artículo 5°:

 

El Instituto Tecnológico queda habilitado y autorizado para la venta de bienes y servicios ligados a los campos de su actividad académica. Para mejorar y agilizar la venta de bienes y servicios, igualmente queda habilitado y autorizado para crear y participar en fundaciones, empresas, y sociedades de cualquier naturaleza. Para lo cual deberá contarse con la aprobación previa del consejo directivo del Instituto, por al menos dos tercios de sus votos.

Se faculta a las instituciones nacionales para que puedan participar en dichas sociedades y empresas con el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

 

Rige a partir de su publicación.

 

DADO  EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS AGROPECUARIOS, EN SESIÓN DE LA COMISIÓN  ESPECIAL INVESTIGADORA DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, San José, a los trece días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.

 

 

 

 

 

 

Paola Valladares Rosado                                                             Silvia Villegas Alvarez 

        Presidenta                                                                                         Secretaria

 

 

 

 

 

 

Pablo Heriberto Abarca Mora                                                        Mario Castillo Méndez

 

 

 

 

 

 

Luis Fernando Chacón Monge                                         Jonathan Prendas Rodríguez 

 

 

 

 

 

 

Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández

DIPUTADOS (AS)