ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE COMISIONES
LEGISLATIVAS
COMISIÓN
ESPECIAL DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, ENCARGADA DE ANALIZAR, INVESTIGAR, ESTUDIAR,
DICTAMINAR Y VALORAR LAS RECOMENDACIONES PERTINENTES EN RELACIÓN CON LA
PROBLEMÁTICA SOCIAL, ECONÓMICA, EMPRESARIAL, AGRÍCOLA, TURÍSTICA, LABORAL Y
CULTURAL DE DICHA PROVINCIA
EXPEDIENTE 20939
REFORMA DEL
ARTÍCULO 5 DE
LA LEY ORGÁNICA
DEL INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA PARA
LA CREACIÓN DE
EMPRESAS,
SOCIEDADES,
EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS
EXPEDIENTE No. 20.816
DICTAMEN AFIRMATIVO DE
MAYORÍA
Martes 13 de noviembre de 2018
PRIMERA LEGISLATURA
(Del 1° de mayo de
2018 al 30 de abril de 2019)
SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS
(Del 1° de
setiembre de 2018 al 30 de noviembre de 2016
COMISIÓN ESPECIAL DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, ENCARGADA DE ANALIZAR,
INVESTIGAR, ESTUDIAR, DICTAMINAR Y VALORAR LAS RECOMENDACIONES PERTINENTES EN
RELACIÓN CON LA PROBLEMÁTICA SOCIAL, ECONÓMICA, EMPRESARIAL, AGRÍCOLA,
TURÍSTICA, LABORAL Y CULTURAL DE DICHA PROVINCIA
DICTAMEN
AFIRMATIVO UNÁNIME
REFORMA DEL
ARTÍCULO 5 DE
LA LEY ORGÁNICA
DEL INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA PARA
LA CREACIÓN DE
EMPRESAS,
SOCIEDADES,
EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS
Expediente Nº 20.816
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Los (as)
suscritos(as) diputados(as), integrantes de la Comisión Especial Investigadora
de la provincia de Cartago, rendimos
DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA sobre
el proyecto de ley: “REFORMA DEL
ARTÍCULO 5 DE
LA LEY ORGÁNICA
DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA PARA
LA CREACIÓN DE
EMPRESAS,SOCIEDADES, EMPRESAS AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS”, expediente
No. 20.816. Publicado en el Alcance No. 128 a La Gaceta No. 123 de 09 de julio
de 2018, iniciativa del Diputado Luis Fernando
Chacón Monge, con base en las siguientes consideraciones:
1.
GENERALIDADES
DEL PROYECTO DE LEY:
El presente proyecto de ley tiene como objetivo reformar el artículo No.
5 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica con miras a facilitar
y propiciar las alianzas público-privadas en la academia y la generación de
conocimiento. Tal reforma traería consigo diversos beneficios:
·
Incentivar y agilizar la creación y funcionamiento de
las empresas y sociedades tecnológicas en la institución, también conocidas
como Spin-off´s.
·
Facultar
al TEC para crear empresas que transfieran de mejor forma el
conocimiento al sector productivo, generando un círculo virtuoso entre el
sector privado y la academia, que potencie el crecimiento económico, mejore la
competitividad del país y aumente el empleo.
·
Permitir
la venta de servicios a estas sociedades tecnológicas, cuestión que facilitaría
la captación de mayores recursos para reinvertirlos en investigación y
desarrollo.
2. CONSULTAS A INSTITUCIONES:
3.
APROBACIÓN DE MOCIÓN DE TEXTO
SUSTITUTIVO (16/10/2018)
El diputado Luis Fernando Chacón Monge presenta moción de
texto sustitutivo, que resulta aprobado en la sesión del 16 de octubre del 2018
de la Comisión Especial de Cartago, para que en atención a la voluntad expresa
del Instituto Tecnológico de Costa Rica, plasmada en su comunicado de acuerdo
SCI-364-2018 adjunto en el expediente, se acoja un nuevo texto como base para
la discusión.
4. RESPUESTAS
A CONSULTAS:
Entre las
respuestas a las consultas planteadas, mencionamos las presentadas con criterio
afirmativo respecto al proyecto expediente de ley 20.816.
RESUMEN
PRONUNCIAMIENTO DEL TEC SOBRE EL TEXTO SUSTITUTIVO APROBADO
Oficio
R-1207-2018, 1° de noviembre del 2018.
Hace una introducción y justificación a la
respuesta dada, aclara que dentro de la misión del Instituto Tecnológico se
encuentra:
"Contribuir al desarrollo integral del país,
mediante formación del recurso humano, la investigación y la extensión;
manteniendo el liderazgo científico, tecnológico y técnico, la excelencia
académica y el estricto apego a las normas éticas, humanísticas y ambientales,
desde una perspectiva universitaria estatal de calidad y competitividad a nivel
nacional e internacional".
Así mismo su visión:
“El Instituto Tecnológico de Costa Rica seguirá
contribuyendo mediante la sólida formación del talento humano, el desarrollo de
la investigación, la extensión, la acción social y la innovación
científico-tecnológica pertinente, la iniciativa emprendedora y la estrecha
vinculación con los diferentes actores sociales a la edificación de una
sociedad más solidaria e inclusiva; comprometida con la búsqueda de la justicia
social, el respeto de los derechos humanos y del ambiente”.
Toma como fundamento legal:
● Ley No. 7169 “Ley de
promoción del desarrollo científico y tecnológico” Artículo 93 y artículo 94.
● Ley No. 6321 “Ley Orgánica del ITCR.” Artículo 5.
● Ley No. 4777 “Estatuto
Orgánico del ITCR.” Artículo 1, 5 y 132.
DICTAMEN SOBRE SI CONTIENE ELEMENTOS QUE AMENACEN O
COMPROMETAN LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA DEL INSTITUTO:
Se considera que el texto sustitutivo en consulta
no violenta la autonomía universitaria, por el contrario, fortalece su
capacidad de gestión en especial en lo referente a la vinculación con el sector
productivo nacional.
Recomendaciones no vinculantes que propone el TEC:
Ø
Considera que el texto sustituto motivo de consulta, corresponde a las
necesidades propias de esta Universidad, y potencia el ingreso de recursos
frescos a las arcas Universitarias.
Ø
Igualmente, permite un espectro más amplio de proyección y de opciones
de contribución con el desarrollo nacional todo ello en concordancia con la
misión y visión institucionales.
Ø
Solicitar el apoyo de los señores y señoras legisladores para hacer de
este proyecto una realidad que tiene como fin aprovechar el conocimiento, la
investigación y la vinculación con la sociedad costarricense.
Ø
Que el Consejo
Institucional manifieste por medio de la presente consulta, que se encuentra de
acuerdo con el texto sustitutivo propuesto.
CRITERIO FAVORABLE
DEL CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
El CONARE manifiesta su anuencia
al proyecto de ley, según se desprende del criterio de su asesoría jurídica
comunicado a esta Asamblea Legislativa CN-438-2018 del 15 de noviembre del
2018.
5.
AUDIENCIAS Y MODIFICACIONES
DE FORMA
Resumen del Acta de la
Sesión Ordinaria de la Comisión Especial de Cartago N°02 del martes 13 de
noviembre de 2018.
Participan:
● Julio César Calvo Alvarado, Rector del Instituto Tecnológico de Costa Rica.
● Juan Carlos Carvajal Morales, Director Departamento de Vinculación.
● María de los Ángeles Medaglia Gómez, Asesora Legal.
Exposición de Julio
Calvo Alvarado (Introducción):
Alega que la Ley Orgánica del TEC, en el artículo
cinco establece la posibilidad de tener empresas auxiliares que generen
recursos a la Institución, pero más que todo, que permitiera el desarrollo
científico y tecnológico del país.
Que la modificación (reforma) a este artículo es
muy sencilla y permite potenciar la creación de recursos y la estimulación de
empresas tecnológicas.
El artículo 5 actual impide el desarrollo de las
empresas y la inversión, es un inconveniente.
Exposición de Juan
Carlos Carvajal Morales:
Indica que el artículo 5 de la actual ley orgánica
impide llevar mejor la práctica del modelo triple hélice
“Academia-empresa-gobierno”, en cambio la reforma permite facilitar las
alianzas público-privadas, además formas distintas de asociación, como la
cooperativa, las sociedades anónimas y demás alianzas público-privadas.
La ventaja de la reforma es permitir una
transferencia tecnológica más efectiva y creación de empresas con bases
tecnológicas.
Una empresa de base tecnológica es aquella empresa
que se crea con base en conocimiento generado, en alguna institución o centro
de investigación. Esa creación de
empresas de base tecnológica puede recibir el nombre de lo que la Ley de
Ciencia y Tecnología denomina “empresas auxiliares” (artículo 94). Son empresas nuevas que se crean a partir de
una empresa ya existente, tienen una estructura jurídica propia, independiente
de la entidad madre. Muchas de estas Spin
off ―así es como se
conocen― académicos nacen de universidades o centros de investigación.
La utilización del personal de la universidad, la
capacidad de la misma y la generación del eterno propicio, hacen que las
universidades requieran apoyar este cambio. Es importante señalar el aporte al
conocimiento y al mismo tiempo el ingreso de recursos frescos para la
universidad.
En una empresa académica la universidad puede ganar
tanto por un licenciamiento de una propiedad intelectual que tiene ahí, como
por la percepción de utilidades porque tenemos dos formas de entrar. Y en otras universidades más maduras lo que
se pretende al final es vender la empresa completa, con un buen margen de
ganancia para la universidad.
El modelo español ha sido exitoso y tuvo
condiciones similares a las que se presentan en Costa Rica, como la existencia
de incubadoras y pre incubadoras de empresas, oficinas de transferencias de
resultados. En Costa Rica tienen que fortalecerse y es necesaria una
colaboración entre investigación tanto pública como privada.
La Unión Europea tiene un fondos para proyecto que
se llama Free Network a nivel de la
región centroamericana, que es el fomento al emprendimiento basado en
investigación y desarrollo en Spin off en Centroamérica. Este proyecto lo que
pretende es mejorar las capacidades de las universidades para la generación de
empresas de base tecnológica.
Participación del diputado Luis Fernando Chacón Monge:
Está a favor de permitir y potenciar los Spin off, propone afinar las herramientas
del Instituto Tecnológico para que siga siendo el instituto competitivo, confía
en el conocimiento y la credibilidad que tiene el TEC, como institución
superior tecnológica de Costa Rica. Resalta la importancia del proyecto, el
desarrollo tecnológico y el impacto en la sociedad costarricense.
Dice literalmente: “Este país está reclamando la
movilidad de investigadores hacia las empresas, ya no es suficiente con
terminar una carrera académica, sino que es necesario potenciar la
investigación. Un país que no investiga es un país que no puede caminar, que no
puede avanzar. Me parece que es importante promover esa colaboración entre la
empresa pública y las empresas privadas. Y creemos que este puente de absoluta
credibilidad y transparencia son las universidades, el Instituto Tecnológico es
un ejemplo extraordinario.”
Participación del diputado Mario Castillo Méndez:
Resalta la importancia del proyecto y señala la
importancia misma del Instituto Tecnológico de Costa Rica, reconoce las
limitaciones actuales que tiene el TEC para trabajar con la empresa privada.
Visualiza el crecimiento y liderazgo que le dará al Instituto la creación de
empresas de investigación. Habla de la necesidad de expansión del Instituto
hacia todo el país y las zonas que han sido “abandonadas”.
Agradeció al diputado Luis Fernando Chacón por
presentar la idea y su gran importancia.
Participación del diputado Pablo Heriberto Abarca Mora:
Pide agregar al proyecto que se tutele bajo la Ley
N°7169 y dice que dentro de la Ley N°7169 podría revisar una serie de temas de
control, que le un marco jurídico para tutelar mejor como se desarrolla la empresa
y cómo se rigen los emprendimientos que tenga la institución.
Asegura que “Modificar la Ley Orgánica,
imposibilitaría reglamentar de manera más concisa cómo se desarrollan los
proyectos, o desarrollar los proyectos a pesar de que sí tiene un seguro, que
es el acuerdo del consejo institucional, y en eso, está muy bien.”
De todas formas reiteró el apoyo y habla de la
importancia del TEC como agente de cambio y desarrollo del país.
Segunda intervención del Sr. Juan Carlos Carvajal Morales:
Habla del impacto del proyecto en el ámbito de
ciencia y tecnología por un lado, por otro lado habla del impacto en materia de
propiedad intelectual; dice ser trabajador de esta materia, resalta la
creatividad, inteligencia y genialidad de las personas en Costa Rica. Los
propios estudiantes tendrán participación activa.
Primera incubadora fue la del TEC, pretenden que
las primeras spin off sean del TEC y que las otras universidades se preparan
para seguir el camino. El impacto que generará no es solo en ámbito académico,
sino también en generación de empleo.
Sobre la preocupación por la reglamentación y la
ley que hablaba el diputado Abarca Mora, dice: “La Ley Orgánica del TEC, que no
lo tiene ninguna otra universidad tan explícita, también nos faculta a explotar
nuestras patentes y nuestra propiedad intelectual y nada más lo dice así. Sin
embargo, en la institución tenemos todo un reglamento, creo que es la única
universidad que tiene una normativa apropiada del manejo de la propiedad
intelectual interna y está regulada y controlada en aras de la transparencia.”
Participa la diputada Paola Valladares Rosado:
Indica que es necesario la innovación, el
desarrollo y la competitividad para país, y el TEC puede darle eso con el
proyecto.
Segunda intervención del Sr. Julio César Calvo Alvarado:
Explica que el TEC necesita de la inversión y la
producción para generar conocimiento e innovación, para esto se necesita la
investigación. El TEC invierte preparando profesores y doctores en Europa, Asia
y Norteamérica. Equipa los centros de investigación, es la única universidad
con centro de vinculación con el sector productivo.
Dice textualmente “La innovación se traduce en
proyectos productivos que generen riqueza al país. Así como tenemos la ley
actualmente, no podemos, porque se requiere ligarse a empresa privada”.
Afirma la necesidad de modificar la Ley Orgánica
para poder producir innovación y estímulo al desarrollo. Anota las dudas sobre
la capacidad de autorregulación de las universidades y ofrece la asesoría del
centro de vinculación y que se evacuen ahí las consultas.
Segundo comentario del diputado Pablo Heriberto Abarca Mora:
Comenta que es muy probable que con estos
proyectos, las universidades necesiten menos dinero del Estado.
Segunda intervención del diputado Luis Fernando Chacón Monge:
Comparte la opinión del diputado Abarca Mora, pero
resalta que el espíritu de la reforma es dar un marco general para poder dar el
paso hacia el desarrollo. Asimismo, indica que todos los procesos regulatorios
son importantes, más en un país, que todos los días exige más transparencia,
que genere confianza y la confianza, genera confianza. Propone utilizar los
instrumentos ya existentes para no retrasar el avance del proyecto.
Segunda Intervención de diputado Mario Castillo Méndez:
Opina que las universidades deben pensar muy
seriamente en que sus actividades no sean una carga para el Estado, como tal,
sino más bien, que sea un aporte y conociendo lo que ha ocurrido en el
Tecnológico y lo atada que ha estado la institución durante este tiempo
anterior, en esta materia, esto lo que hace es quitarle esas amarras y permitir
la creatividad empresarial y la relación con los sectores productivos
nacionales y fuera de nuestras fronteras.
Votación:
Se aprueba moción 1, para corregir error material
del expediente, al poner ley No. 4747, siendo la correcta No. 4777.
Sobre la votación de
fondo del expediente No. 20816:
Diputado Abarca Mora: Habla de conciliar las
diferencias y dudas para darle avance rápido al proyecto.
Se aprueba (5 a favor, 0 en contra) moción 2 para
modificación de forma del texto del artículo 5 como:
“El Instituto Tecnológico
queda habilitado y autorizado para la venta de bienes y servicios ligados a los
campos de su actividad académica. Para mejorar y agilizar la venta de bienes y
servicios, igualmente queda habilitado
y autorizado para crear y participar en fundaciones, empresas, y
sociedades de cualquier naturaleza. Para lo cual deberá contarse con la
aprobación previa del consejo directivo del Instituto, por al menos dos tercios
de sus votos.
Se faculta a las instituciones nacionales para que
puedan participar en dichas sociedades y empresas con el Instituto Tecnológico
de Costa Rica.
Rige a partir de su publicación.”
Finalmente, con 5 votos a favor y 0 votos en
contra, se aprueba el proyecto N.°
20.816.
6. SOBRE
EL FONDO:
Marco jurídico y
normativo de la reforma.
● Ley No. 7169 “Ley de
promoción del desarrollo científico y tecnológico” Artículo 93-94.
● Ley No. 6321 “Ley Orgánica del ITCR.” Artículo 5.
● Ley No. 4777 “Estatuto
Orgánico del ITCR.” Artículo 1, 5 y 132, inciso h.
Sobre conceptos de
empresa auxiliar:
● Empresas nuevas que se
crean en el seno de otra empresa o entidad ya existente.
● Estructura jurídica propia
e independiente de la entidad madre.
● Muchas nacen de universidades o centros de
investigación públicos (spin off
académico o empresas de base tecnológica).
● Normalmente formada por
personal de la entidad madre (empleados, profesores y alumnos).
● Son una modalidad de
gestión del conocimiento y de transferencia de tecnología.
¿Qué es un “spin off”
académico?
Las spin-off son
iniciativas empresariales promovidas por miembros de la comunidad
universitaria.
●
Características:
○
Participación patrimonial o directiva de la
universidad.
○
Implementación y puesta a disposición de la
sociedad, tecnologías o conocimientos generados en la universidad.
○
Creación y promoción de la nueva empresa con participación,
conjunta o no, de funcionarios, estudiantes o graduados de la universidad.
○
Su generación requiere de un entorno propicio
dentro de la universidad.
●
Actores:
○
Desarrollador de la tecnología: individual o colectivo ligado a la universidad.
○
Emprendedor: creador de la empresa.
○
La Universidad: organización dentro de la cual se realizó la investigación. Dueña de
los derechos de propiedad intelectual.
○
Inversor: proporciona el financiamiento.
●
Beneficios:
○
Transfieren conocimiento y experiencia al
mundo empresarial.
○
Estrategia complementaria que mejora la
comunicación entre la universidad, el mercado y la sociedad.
○
Fuentes de creación de empleo.
○
Articulan el emprendedurismo y las
incubadoras o viveros de empresas, además generan recursos para la universidad.
Actualmente solo la Universidad de Costa Rica cuenta con
empresas auxiliares tipo spin off, como PROINNOVA UCR.
Experiencias que facilitan las spin
off:
●
Condiciones estructurales:
○
Pre Incubadoras e incubadoras.
○
Sociedades de capital-riesgo.
○
Escuelas de negocios, centros de empresa.
○
Parques científicos.
○
Centros de patentes, centros de valorización.
●
Condiciones normativas:
○
Marco adecuado (estructuras, instrumentos y
procedimientos).
○
Planificación estratégica coordinada con el
resto de políticas institucionales entre las que cabe mencionarse la política
científica.
7.
RECOMENDACIONES:
De
conformidad con lo supra señalado y tomando en consideración aspectos de oportunidad y conveniencia, los suscritos diputados
integrantes de esta comisión, rendimos el presente DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA que sometemos a consideración de las
señoras diputadas y los señores diputados.
El texto del proyecto es el siguiente:
ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS, SOCIEDADES, EMPRESAS
AUXILIARES ACADÉMICAS Y TECNOLÓGICAS
ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmese el artículo 5 de la Ley
Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica, N.° 4777, cuyo texto se
leerá:
Artículo 5°:
El Instituto Tecnológico queda habilitado y autorizado
para la venta de bienes y servicios ligados a los campos de su actividad
académica. Para mejorar y agilizar la venta de bienes y servicios, igualmente
queda habilitado y autorizado para crear y participar en fundaciones, empresas,
y sociedades de cualquier naturaleza. Para lo cual deberá contarse con la
aprobación previa del consejo directivo del Instituto, por al menos dos tercios
de sus votos.
Se faculta a las instituciones nacionales para que puedan
participar en dichas sociedades y empresas con el Instituto Tecnológico de
Costa Rica.
Rige a partir de su publicación.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN DE
ASUNTOS AGROPECUARIOS, EN SESIÓN DE LA COMISIÓN
ESPECIAL INVESTIGADORA DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, San José, a los trece
días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.
Paola
Valladares Rosado Silvia Villegas Alvarez
Presidenta Secretaria
Pablo Heriberto Abarca Mora Mario Castillo Méndez
Luis
Fernando Chacón Monge
Jonathan Prendas Rodríguez
Xiomara Priscilla Rodríguez
Hernández
DIPUTADOS
(AS)