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ASAMBLEA
LEGISLATIVA REPÚBLICA DE
COSTA RICA DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA PROYECTO DE PRESUPUESTO
ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2018 EXPEDIENTE
Nº 20.506 DIPUTADOS STEVEN NUÑEZ RIMOLA MARCELA GUERRERO CAMPOS ABELINO ESQUIVEL QUESADA JOSE RAMIREZ AGUILAR FRANCISCO CAMACHO LEIVA JORGE RODRIGUEZ ARAYA |
DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA
PROYECTO
DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO
DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2018
EXPEDIENTE
Nº 20.506
Los diputados y diputadas que suscriben, miembros
de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, en cumplimiento de
lo estipulado en el artículo 178 del Reglamento de la Asamblea Legislativa,
rinden Dictamen Afirmativo de Mayoría sobre el Proyecto “PROYECTO DE
PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO
ECONÓMICO 2018”, expediente Nº 20.506.
1.
FUNDAMENTOS JURIDICOS Y EL ESTADO DE NECESIDAD EN
EL QUE SE DESARROLLA EL PROYECTO DE PRESUPUESTO
El proyecto de presupuesto encuentra asidero
constitucional en el Capítulo I del Título XIII de nuestra Constitución
Política. Como lo ha entendido la Sala Constitucional en el voto 4884-02, la
ley de presupuesto de la República “es una ley en sentido formal y material
pero es una ley de naturaleza especial, excepcional, y por ende, no puede
válidamente contener “materia no presupuestaria”, ni suplir la legislación
ordinaria, ni afectarla.” Esto puede resultar evidente al observar la
regulación procesal de carácter excepcional que tanto la Constitución como el
Reglamento de la Asamblea Legislativa prevé para la tramitación de la ley de
presupuesto ordinario.
La norma presupuestaria según se ha expuesto,
implica el respeto a una serie de principios derivados del derecho de la
constitución y el bloque de legalidad, a saber: principio de equilibrio
presupuestario, principio de anualidad presupuestaria, principio del contenido
necesario del presupuesto, entre otros, y que en la formulación del proyecto de
presupuesto y su tramitación legislativa deben observarse.
El proyecto de ley de presupuesto en esta
ocasión se encuentra transversalmente permeado por el recurso que ha hecho el
Ministerio de Hacienda en su formulación, al recurrir la figura jurídica del “estado de necesidad”,
siendo que las actuales condiciones fiscales que atraviesa el país hacen
materialmente imposible cumplir con todas las obligaciones legales o
constitucionales que el legislador ordinario o el constituyente a previsto
deban incorporarse dentro del presupuesto ordinario.
En el oficio DJ-569-2017 dirigido a Ministro
de Hacienda a.i Fernando Rodríguez, el Director Jurídico de Casa Presidencial,
Marvin Carvajal, señalo que el estado de necesidad se encuentra regulado por el
derecho penal costarricense por lo que para determinar su pertinencia en el
caso que nos ocupa se ha recurrido a la integración de fuentes que forman el
derecho de la constitución.
Señala el oficio supra citado oficio:
“Si bien su empleo ha sido, tradicionalmente,
en el campo del Derecho Penal, es posible extrapolarlo al campo del Derecho
Público, en tanto la esencia del estado de necesidad lo constituye la
obligación de tutelar los bienes jurídicos de mayor entidad, de ponderar los
diversos mandatos constitucionales y, en casos en que la aplicación irrestricta
de uno implique el menoscabo de otros, valorar la toma de la decisión menos
lesiva”.
La extrapolación del artículo 27 del Código
Penal vigente al ámbito del derecho público y en concreto a la formulación del
proyecto de presupuesto de la república, resulta pertinente ante una situación
fiscal que el mismo Poder Ejecutivo califica en la exposición de motivos del
expediente sub examine como “más apremiante que nunca”.
a.
El presente expediente fue
presentado a la corriente legislativa, el primero de setiembre del dos mil
diecisiete y de manera inmediata fue enviado a la Comisión Permanente Ordinaria
de Asuntos Hacendarios, para su conocimiento.
b.
El día cinco de setiembre
del año dos mil diecisiete, según consta en el acta de la sesión ordinaria
número veintiuno, de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios,
mediante moción aprobada de manera unánime, se conformó la subcomisión encargada
de estudiar este expediente. Dicha subcomisión quedó integrada por el diputado Henry Mora Jimenez del Partido Acción
Ciudadana, el Diputado Rolando Gonzalez
Ulloa del Partido Liberación Nacional, el Diputado Francisco Camacho del Partido Frente Amplio, el Diputado Abelino Esquivel Quesada del Partido
Renovación Costarricense y la Diputada Rosibel
Ramos Madrigal del Partido Unidad Social Cristiana.
c.
El plazo de la subcomisión para rendir el
informe respectivo, vence el primero de octubre del presente año, según lo
define el artículo 178 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, para poder
dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 178 de la Constitución
Política.
3.
CONSIDERACIONES
ECONÓMICAS PROYECTO DE PRESUPUESTO
ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2018
A continuación se
incorpora el análisis económico realizado por el Departamento de Análisis Presupuestario,
AL-DAPR-INF-008-2017[1],
en lo referente a los supuestos que subyacen en la elaboración del proyecto de
presupuesto, el origen de los recursos, así como los destinos y distribución de
los montos solicitados.
SUPUESTOS
MACROECONÓMICOS
En la presentación del
Expediente Nº 20.506 se incluyen las variables macroeconómicas utilizadas en la
elaboración del Proyecto de Presupuesto para el 2018 así como, para efectos
ilustrativos, las incluidas para los proyectos del 2016 (reales) y 2017
(proyectados), las cuales se resumen a continuación:

De los supuestos
macroeconómicos anteriores destacamos:
·
La tasa de inflación proyectada para el 2018 es igual a la considerada para el año 2017.
Como dato referencial la inflación acumulada a julio del 2017 es de un 1,33% e
interanualmente es de un 1,16% (BCCR al 01/09/2017).
·
Por los convenios existentes con los trabajadores
públicos a los mismos se les debe reconocer, en los aumentos salariales
semestrales, un porcentaje mínimo igual a la inflación. Para los años 2016 y
2017 los incrementos salariales otorgados fueron mínimos y se concedieron
porcentajes adicionales a las clases de puestos de menor salario base.
·
Las variaciones esperadas para el
Producto Interno Bruto (real y nominal) y las importaciones
son mayores a las proyectadas para el 2017 y reflejan la proyección de una
economía más dinámica.
·
Para el año 2018 se estima una variación cambiaria menor
a la proyectada para el año actual.
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO DEL 2018 Y LA INFLEXIBILIDAD
PRESUPUESTARIA
El proyecto de ley de presupuesto del Gobierno de
la República para el ejercicio económico del 2018 alcanza el monto de
¢9.313.932,4 millones, que se distribuye entre 27 títulos presupuestarios
constituidos por los 19 ministerios que conforman el Poder Ejecutivo, así como
por el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Asamblea
Legislativa, la Contraloría General de la República, y la Defensoría de los
Habitantes; considera además el Servicio de la Deuda Pública, los Regímenes de
Pensiones con cargo al Presupuesto Nacional y los recursos para atender las
Partidas Específicas.
Dentro de los principales retos que enfrenta el
Poder Ejecutivo a la hora que formula el Proyecto de Ley de Presupuesto está el
definir cómo distribuye sus escasos recursos entre los denominados destinos
específicos, que son asignaciones presupuestarias predefinidas tanto por la
Constitución Política o por algunas leyes; las obligaciones ineludibles
que son rubros de gasto que por su naturaleza no pueden dejar de presupuestarse
tales como el Servicio de la Deuda Pública (intereses y amortizaciones), las
pensiones con cargo al Presupuesto Nacional, el pago de las remuneraciones
(incluye salarios y contribuciones sociales) y los aportes del estado a la Caja
Costarricense del Seguro Social (CCSS); y los demás gastos de la
Administración.
Para el 2018 aproximadamente el 96% de los gastos
presupuestos se asignan para cumplir con los destinos específicos –
constitucionales y legales - y los
gastos considerados ineludibles, lo cual restringe la disponibilidad de
recursos para inversión, demás necesidades (programas o proyectos) que pueda
estar demandando la población costarricense o que puedan ser prioritarios desde
la perspectiva del Poder Ejecutivo.
En el siguiente cuadro se muestran los gastos que
evidencian el alto grado de inflexibilidad que se enfrenta a la hora de la
presupuestación:
Respecto a la inflexibilidad de
los gastos se señala:
·
Destinos
constitucionales: los montos presupuestados para atender temas
de educación, justicia y en materia electoral representan el 33,9% del
Presupuesto Nacional del 2018. La mayor
asignación es producto de lo establecido en el artículo 78 de la Constitución
Política y refiere a la asignación del 8% del PIB para educación estatal, que
incluye desde la enseñanza preescolar hasta la superior; que se complementa con
el artículo 85 que establece la obligatoriedad de dotar de recursos a las
universidades estatales (UCR, ITCR, UNA y UNED) para lo cual el Estado suscribe
un convenio que anualmente es ajustado por la inflación.
Además comprende el mínimo
constitucional del 6% de los ingresos corrientes a favor del Poder Judicial,
que se establece en el artículo 177 de la Constitución así como lo estipulado
en el artículo 96 que refiere al porcentaje del PIB destinado a sufragar los
gastos de los partidos políticos durante los procesos de elecciones
presidenciales, que para el 2018 corresponde a un 0,11% del PIB.
·
Obligaciones
Ineludibles: Estas
obligaciones consumen más de la mitad del Presupuesto de la República (51,6%)
siendo las principales el servicio de la deuda (pago de intereses y
amortizaciones), que consume aproximadamente el 32,0% del presupuesto; el pago
de las pensiones con cargo al Presupuesto Nacional (consume el 10,2%) y las
remuneraciones de la Administración Central (ministerios), que excluyendo las del MEP y el Poder Judicial,
representan el 7,3% del presupuesto del 2018. Estas obligaciones también comprende los
aportes del Estado a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), destinadas
al Régimen de IVM y se cubre a los (as) trabajadores (as) independientes,
centros penales, convenios estatales, cuotas estatales de ministerios, entre
otros.
·
Destinos
Legales vinculados a ingresos: para el 2018 representan el 10,1% del total del Presupuesto de la
República. Entre los principales se menciona los recursos que se asignan al
FODESAF; las asignaciones al Conavi
provenientes del impuesto único a los combustibles y el impuesto a la
propiedad de vehículos; recursos para el Patronato Nacional de la Infancia
(PANI) correspondientes a porcentajes previamente definidos del impuesto de
renta, licores y cigarrillos; recursos para las municipalidades
correspondientes al impuesto único sobre combustibles, impuesto al banano, la ley
transferencia de competencias, etc.
Según el Ministerio de Hacienda
en Costa Rica históricamente las obligaciones ineludibles y los destinos
específicos constitucionales y legales que debe atender el Gobierno han llegado
a representar aproximadamente el 25,8% del PIB, siendo mayores que la carga
tributaria proveniente de la recaudación de impuestos, la cual ha rondado en
promedio, en los últimos diez, años el 13,2% del PIB; lo que ha provocado que
se haya tenido que recurrir a fuentes de endeudamiento para afrontar los
faltantes necesarios para cubrir la totalidad de obligaciones.
La
estructura de gastos señalada dificulta a la Administración y provoca que el
margen de maniobra no sea suficientemente amplio para actuar en procura de
atender la difícil situación fiscal así como las necesidades crecientes de la
población que se asocian a diversas áreas; y
ello a pesar de que históricamente el Ministerio de Hacienda no ha
venido cumpliendo con todos estas obligaciones legales, básicamente por la insuficiencia
de recursos que padece.
De acuerdo con lo expuesto y lo
que plantea el Ministerio de Hacienda la problemática ha adquirido un carácter
estructural y considera que es muy posible que su solución requiera ajustes
incluso en el diseño institucional del Estado, así como efectuar reformas
legales para ajustar los destinos específicos a la realidad fiscal y
vincularlos a resultados y rendición de cuentas. Asimismo, se requiere promover reformas al
Reglamento de la Asamblea de tal forma que todo nuevo gasto contemple una nueva
fuente de ingresos.
PROGRAMACIÓN FÍSICA Y MATRIZ PLAN-PRESUPUESTO
La presentación del Proyecto
de Presupuesto para el año 2018 no contiene comentarios respecto de la
programación física incorporada. Sin embargo, se recuerda que para la
determinación de metas y logros de los programas presupuestarios, el Ministerio
de Hacienda ha puesto en práctica una metodología de evaluación orientada hacia
los resultados, que se denomina Gestión por Resultados para el Desarrollo
(GpRD), que está concebida como un instrumento de la Nueva Gestión Pública
(NGP).
Las principales
características de tal metodología son las siguientes:
• Los recursos
y
prioridades institucionales se
establecen según la
programación estratégica, institucional
y programática.
• La programación estratégica debe estar
vinculada a la programación
macroeconómica y al Plan Nacional
de Desarrollo.
•
Se debe proyectar
y presupuestar para un
mediano plazo y en este sentido el Ministerio de Hacienda publicará estimaciones presupuestarias para el mediano
plazo aplicables al Gobierno Central.
Para
la vinculación PND-Presupuesto, en la presentación se incluye un cuadro (Matriz
de vinculación y financiamiento Plan – Presupuesto) que lleva desde el sector
vinculado en el PND hasta el monto del financiamiento en el ministerio
correspondiente.
En
la programación del Presupuesto Ordinario a nivel institucional se incorporan
los “Objetivos estratégicos del programa o proyecto del PND”, aunque dicha
vinculación no está especificada a lo interno de cada programa y el monto
asignado a cada ministerio para el cumplimiento de las metas del PND establecidas,
tampoco viene detallado.
Adicionalmente en la presentación
del Proyecto de Presupuesto para el año 2018 se hace alusión a que se
incorporan recursos para financiar los siguientes aspectos:
·
Incorporación
de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE).
·
Política de Igualdad
y Equidad de Género.
·
Protección del
medio ambiente y mitigación del cambio climático.
Sin
embargo, a pesar que la presentación citada incluye cuadros que detallan los
títulos presupuestarios donde se incorporan esos recursos, los mismos no se visualizan
propiamente en los presupuestos institucionales, razón por la cual no se puede
identificar tales montos y verificar la validez de esa información. Esto no implica que los recursos
no existan sino más bien que los egresos pueden estar incorporados y
desglosados en los planes operativos de las instituciones pero no están
detallados en el Presupuesto Ordinario y Extraordinario para el 2018.
CONTENIDO DEL PROYECTO DE
LEY DE PRESUPUESTO PARA EL 2018
El proyecto de Presupuesto de la República que remite el
Poder Ejecutivo para el ejercicio económico del 2018, totaliza ¢9.313.932,4 millones (¢9,3
billones), muestra un incremento del 3,23%
respecto al monto autorizado y actualizado a agosto del 2017
(¢9.022.436,6 millones).
Debe mencionarse que el proyecto de presupuesto para el
2018 incorpora ¢6.282,1 millones provenientes del crédito externo (Crédito BID
N°2526/OC-CR Programa para la Prevención de la violencia Promoción de la
Inclusión Social- Ley 9025) para el Ministerio de Justicia y Paz. Dado que los
datos del 2016 y 2017 no incorporan recursos externos, entonces para efectos
comparativos se debe rebajar este monto del total del Presupuesto de la
República, lo que daría un presupuesto para el 2018 por ¢9.307.650,3 millones y
un crecimiento del 3,16%.
El crecimiento absoluto del
presupuesto del 2018 respecto del presupuesto actualizado del año 2017 (al mes
de agosto) es de ¢291.495,7 millones.
A partir de las proyecciones
macroeconómicas del Banco Central de Costa Rica (BCCR) se determina que el monto
del proyecto de presupuesto para el 2018 equivale al 25,9% del PIB
proyectado para el año siguiente por ¢35.983.451 millones.
Cabe señalar que el presupuesto
2017 actualizado contempla el efecto de
la aprobación, por parte de la Asamblea Legislativa, de un presupuesto extraordinario
y una modificación presupuestaria (Ley N°9461), donde el presupuesto
extraordinario aumentó) el presupuesto total (sin contabilizar recursos
externos) en ¢83.195,2 millones, por lo que el presupuesto inicial de ¢8.939.241,4
millones se aumentó a los mencionados ¢9.022.436,6 millones.
ORIGEN DE LOS RECURSOS
El presupuesto de gastos del
2018 por ¢ 9.313.932,4 millones se financia con recursos provenientes de
ingresos corrientes, de capital y el financiamiento, en los montos y
proporciones que se muestran a continuación:

Para el 2018 los ingresos corrientes aumentan su
participación en el financiamiento global del plan de gastos, donde representan
el 55,7% frente al 53,84% que representan en el monto autorizado a agosto del
2017. Por su parte los ingresos de capital, los cuales a pesar de tener un peso
relativo muy bajo en la totalidad de los recursos, disminuyen su participación
del 0,09% en el 2017 al 0,03% para el 2018. Los recursos provenientes del
Financiamiento también disminuyen su importancia relativa y pasan del 46,07% en
el 2017 al 44,31% para el 2018.
Para el 2018 el 93,2% de los ingresos corrientes
se obtendrá por la vía de ingresos tributarios (impuestos), el 1,4% de
Contribuciones Sociales, el 1,2% de ingresos no tributarios y el 4,2% de
transferencias corrientes.
Los recursos del Financiamiento tienen el
propósito de cubrir las necesidades derivadas de la insuficiencia de los
ingresos corrientes y de capital, principalmente mediante la autorización para
colocar títulos valores de la deuda interna, ingresos provenientes de fuentes
externas y los superávit (no existen para el 2018).
a) Ingresos Corrientes
Para el 2018 los ingresos corrientes se estiman en
¢5.184.298,8 millones con un crecimiento del 6,7% respecto al presupuesto
autorizado al mes de agosto del 2017 (¢4.858.072,9 millones). Estos recursos fueron certificados por el
ente contralor mediante oficio DFOE-SAF-0409 del pasado 11 de agosto.
El 93,2% de los ingresos corrientes estimados para
el 2018 provienen de los tributos (impuestos), tal y como se muestra en el
siguiente cuadro:

Los ingresos tributarios constituyen la principal
fuente de recursos del Gobierno y para el 2018 seis impuestos (ventas, renta,
combustibles, selectivo consumo, derechos de importación y propiedad de
vehículos) aportan el 93,1% del total esperado por tributos así como el 86,8%
del total estimado por ingresos corrientes; esta estructura se mantiene
prácticamente invariable en los últimos años.
Es importante destacar que de los doce impuestos
citados en el cuadro anterior, cinco
decrecen en el 2018 respecto del monto presupuestado en el 2017 y en siete
se estiman incrementos.
Para el 2018 el principal ingreso corriente y por
ende tributario será el Impuesto sobre la Renta (Impuesto a los ingresos y
utilidades) que se estima en ¢1.740.000,0 millones y crece el 16,4% (¢244.787,0
millones) respecto de lo presupuestado en el 2017. Este renglón de ingreso explica el 32,3% del
total de ingresos corrientes y el 33,6% de los ingresos tributarios y lo sigue
en importancia el Impuesto sobre las Ventas, que se estima en un monto de
¢1.610.500,0 millones con un crecimiento del 3,0% (¢47.500,0 millones) respecto
de lo presupuestado en el 2017. En conjunto estos dos impuestos explican el
64,7% de todos los ingresos corrientes estimados para el 2018.
La relación entre lo recaudado por impuestos
(ingresos tributarios) respecto al PIB se denomina carga tributaria, misma que
no muestra variaciones significativas en la última década, tal y como se
muestra a continuación.

b) Ingresos de capital
Los ingresos de capital incorporados para el 2018 por
¢3.017,9 millones, provienen en su
totalidad, de dos transferencias de órganos desconcentrados, las cuales fueron
certificadas por el ente contralor:
·
Museo de Arte
Costarricense por ¢517,9 millones.
·
Dirección Nacional de
Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
(Dirección de CEN-CINAI) por ¢2.500,0 millones.
Estos ingresos tienen poco peso relativo en el
proyecto de Presupuesto de la República y explican tan solo el 0,03% de los ingresos
estimados para el 2018.
En la ley original del año 2017 en este rubro se
incorporaron ¢6.334,8 millones
correspondientes a seis transferencias: Instituto Meteorológico Nacional
(Dirección de Agua), Comisión Nacional de Emergencias (Ley 8933), Consejo Nacional de la
Política Pública de la Persona Joven, Museo de Arte Costarricense, Museo de
Arte y Diseño Contemporáneo, Sistema Nacional de Educación Musical . Adicionalmente, en el primer presupuesto
extraordinario del 2017 se incorporaron (como ingreso de capital) otra
transferencia del Museo de Arte Costarricense por ¢479,1 millones y una del
Fodesaf-Ministerio de Cultura por ¢1.000,0 millones, por lo que estos recursos
tienen en el 2017 un presupuesto total de ¢7.813,9 millones y, por tanto, los
ingresos de capital están disminuyendo en ¢4.796,0 millones para el 2018.
c) Financiamiento
El financiamiento se compone principalmente de tres
fuentes: colocación de títulos valores de la deuda interna, recursos del crédito
externo y el superávit de algunas instituciones.
Para el año 2018 se incorporan recursos provenientes
de la colocación de títulos valores de la deuda interna y una fuente de
financiamiento externa. La capacidad de endeudamiento la otorgó el Banco
Central de Costa Rica mediante certificación GER-0368-2017 del pasado 16 de agosto
y el recurso externo fue certificado por la Contabilidad Nacional mediante
certificación DCN-1125-2017.
El proyecto
de presupuesto del 2018
contempla financiamiento por un total de ¢4.126.615,8 millones (¢4,1 billones),
distribuidos en:
·
¢4.120.333,7 millones de autorización para la colocación de títulos valores de la deuda interna.
·
¢6.282,1 millones de financiamiento externo.
El monto autorizado
para colocación interna representa el 11,5% del PIB proyectado para ese año e incluye ¢21.275.4
millones de contribución del Estado a la Deuda Política,
para el financiamiento a los partidos políticos para la atención de los gastos
de las elecciones presidenciales del 2018, y ¢75.000,0 millones como prevención
por la utilización de los fondos depositados en la Caja Única.
La autorización para la colocación de los títulos
valores internos disminuye en ¢33.408,5 millones, lo que significa una disminución del 0,8% respecto del monto
autorizado a agosto del 2017. El
proyecto de presupuesto para el año 2017 presentó un crecimiento en esta
autorización del 13,3% respecto del año anterior (2016).
A partir de los montos autorizados a colocar se
calculó la estructura de plazos para las colocaciones, determinándose que se pretende
colocar el 59,9% de los títulos valores deuda interna (¢2.470.089,4 millones) en el largo plazo y
el restante 40,1% a corto plazo (¢1.650.244,2 millones).
En el año 2017 la estructura de plazos para la colocación
es del 55% a largo plazo y el 45% a corto plazo mientras que el monto utilizado
hasta el mes de julio se distribuyó en 93,2% en el largo plazo y el restante
6,8% en el corto plazo. En el año 2016
la distribución en el presupuesto fue del 83% a largo plazo y el 17% al corto
plazo y en la liquidación final la distribución fue del 80,8 en el largo plazo
y el 19,2% a corto plazo.
Respecto al principal renglón de ingreso que
conforma el financiamiento presentamos el siguiente gráfico, que muestra la
evolución de la colocación de títulos
valores deuda interna (todos sus componentes) tanto de lo presupuestado
como lo ejecutado para el período 2012-2018.

Aparte de la colocación de títulos valores de la
deuda interna, para el año siguiente se incorpora un monto de ¢6.282,1 millones
provenientes del Crédito BID N°2526 /OC-CR-Programa para la prevención de la
violencia y promoción de la inclusión social Ley N°9025.
DESTINO DE LOS
RECURSOS
El
Proyecto de Presupuesto para el año 2018 incorpora los resúmenes según los
distintos clasificadores presupuestarios vigentes, los cuales proporcionan
diversa información sobre el destino de
los recursos desde la perspectiva institucional –monto por título-,
económica, objeto de gasto y funcional. Los datos más relevantes que obtenemos
de estas clasificaciones a partir del proyecto de presupuesto para el 2018 se
abordan a continuación.
a) Clasificación Institucional
El
Presupuesto Nacional del 2018 por ¢9.313.932,4 millones crece el 3,23% respecto
al presupuesto autorizado a agosto del 2017 y se distribuye entre los 27
títulos presupuestarios que se detallan en el Anexo 1. Con fines informativos en el Anexo 2 se
incluye los recursos autorizados y ejecutados para el año 2016 según
ministerio.
De
acuerdo con la clasificación institucional el 86,1% de los recursos (¢8.021.087,9
millones) se asigna entre seis títulos presupuestarios, por lo que el restante
13,9% está distribuido entre 21 títulos. Esta distribución se muestra en el
gráfico siguiente:

En
relación con los títulos presupuestarios que consumen el 86,1% del presupuesto
2018 señalamos:
230 - Servicio de la Deuda Pública: este
título es el que más recursos consume del total presupuestado (32,0%), los
cuales se incorporan para pagar la amortización, intereses y comisiones de la
deuda pública, tanto interna como externa. La
participación proyectada del título en el presupuesto total del 2018 es menor a
la observada a agosto del 2017, donde se sitúa en 32,5%.
Para
el 2018 este título contará con un total de ¢2.983.349,0 millones, monto que
supera en ¢53.494,0 millones el presupuesto autorizado a agosto del 2017, lo
que implica un crecimiento del 1,8%. El
monto asignado equivale al 8,3% del PIB proyectado para el 2018.
El
presupuesto de este título se desglosa en dos partidas presupuestarias:
§ Amortización por ¢1.595.931,0 millones (53,5%)
§ Intereses y comisiones por ¢1.387.418,0 millones (46,5%)
Los
recursos de este título presupuestario se destinan al pago de la deuda pública
del Gobierno Central la cual a diciembre del 2016 tenía un saldo de
¢14.034.679,0 millones y tuvo un crecimiento del 16,9% respecto del monto
existente a diciembre del 2016 (¢12.000.835,0 millones).
210 - Ministerio de Educación Pública: por la cantidad de recursos que consume es el
segundo título en importancia y para el 2018 se le asigna un monto de
¢2.660.646,9 millones que equivale al 28,6% del proyecto de Presupuesto de la
República y al 7,4% del PIB estimado para el 2018. El
título gana participación en el total respecto al presupuesto autorizado a
agosto del 2017 que se sitúa en 28,4%.
El
presupuesto institucional está creciendo el 3,7% (¢94.931,4 millones) respecto
al monto autorizado a agosto del 2017 y comprende los recursos necesarios para
la atención de la educación pública en sus diferentes niveles (materno,
primaria, secundaria y superior). El crecimiento del título se explica por la asignación de recursos en
atención de lo dispuesto en la reforma del artículo 78 de la Constitución
Política, además por el efecto de nuevas plazas (2.638) y la estimación de
crecimiento por costo de vida para el 2018.
En
este título se incluye los recursos para la educación estatal, incluyendo la
superior, los cuales de acuerdo con la Constitución Política no deben ser inferiores
al 8% del PIB. Con base en el PIB
proyectado para el 2018 correspondería una asignación por ¢2.878.676,1
millones, por lo que el monto presupuestado es menor en ¢218.029,2 millones al
mínimo constitucional indicado. A agosto del 2017 el monto autorizado al MEP
representa el 7,8% del PIB, por lo que esta proporción se está disminuyendo
para el 2018.
Dentro
de los recursos asignados al MEP destaca lo correspondiente al financiamiento
de las universidades estatales cubiertas por el FEES cuyo monto asciende a
¢496.266,7 millones y crece el 3,7% (¢17.706,7 millones) respecto al
presupuesto autorizado a agosto del 2017.
·
231 - Regímenes de Pensiones: los recursos de este título
son administrados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), y se
utilizan para tramitar el pago de los Regímenes de Pensiones con cargo al
Presupuesto Nacional, tanto contributivo como no contributivos, así como su
correspondiente aguinaldo y las cuotas patronales y estatales por concepto de seguro
de salud.
El
presupuesto del título asciende a los ¢953.756,0 millones, que equivalen al
10,2% del gasto total proyectado para el 2018 y muestra un crecimiento del 7,6%
(¢67.346,0 millones) respecto al presupuesto autorizado a agosto del 2017, que
se explica por los nuevos beneficiarios y el ajuste proyectado por costo de
vida para esas pensiones.
·
301 - Poder Judicial: Es el ente encargado de la
administración de la justicia en nuestro país y para el 2018 se le presupuestan
¢474.792,0 millones, monto que representa el 5,1% del total del presupuesto
para el 2018 y con un crecimiento del 1,9% respecto del monto autorizado al mes
de agosto del 2017.
El presupuesto asignado para el 2018 equivale
al 9,15% de los ingresos corrientes del Gobierno, con lo cual se cumple con el
mandato constitucional, y en términos absolutos ese monto supera en ¢163.734,1
millones el mínimo constitucional.
Cabe acotar que si al Poder Judicial se le
asignara recursos por el mínimo constitucional (6% de los ingresos ordinarios),
entonces con ese porcentaje sólo se cubriría el 65,5% del plan de gastos
incluidos en el proyecto de Presupuesto Nacional del 2018.
El
80,9% del presupuesto institucional (¢384.126,3 millones) se destina al pago de
remuneraciones, partida que se incrementa en el 8,5% respecto del monto
autorizado a agosto del 2017, en parte explicado por la incorporación de 337
plazas nuevas para el año 2018.
·
212 - Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social (MTSS): es el ente
rector y ejecutor de la política laboral y la seguridad social dirigida a
personas trabajadoras, empleadoras, pensionadas y de otros sectores sociales
vulnerables, y busca propiciar el trabajo digno y contribuir al desarrollo y la
justicia social. Para el ejercicio económico 2018 se le asigna ¢474.428,0
millones, monto que equivale al 5,1% del Presupuesto Nacional propuesto y que
crece el 0,3% (¢1.385,3 millones) respecto al total autorizado a agosto del
2017.
Los
egresos más relevantes del título son las transferencias corrientes al Sector
Público que totalizan ¢451.761,9 millones y representan el 95,2% del
presupuesto institucional. Dentro de las
mismas destacan la asignación a FODESAF por ¢252.736,6 millones y a la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS) por ¢76.844,6 millones, para financiar el
déficit de las pensiones del régimen no contributivo (¢4.710,1 millones) y de
las pensiones de los adultos mayores en situación de pobreza (¢72.134,5
millones).
·
209 - Ministerio de Obras Públicas y Transportes: es
el ente rector de la infraestructura del país y a través de este ministerio se
incorporan recursos para el financiamiento de obras viales, aeropuertos y ferrocarriles. Se le asigna
un total de ¢474.116,0 millones, que significan el 5,1% del Presupuesto
Nacional y el monto crece el 2,4% (¢10.983,7 millones) respecto al presupuesto
autorizado a agosto del 2017.
En
este ministerio destaca los recursos
destinados al Consejo Nacional de Vialidad por un total de ¢217.231,3 millones
así como a los entes municipales por ¢109.582,3 millones, suma que incluye el
pago del tercer tracto (y final) de los recursos provenientes del impuesto
único a los combustibles, modificación aprobada mediante la ley 9329.
Los
recursos del CONAVI incluyen montos para el desarrollo de proyectos
específicos: nueva carretera a San Carlos (¢8.730,0 millones); acceso
definitivo a la terminal de contenedores de Moín (¢1.455,0 millones); y
rehabilitación y extensión de la ruta Nacional No. 32, sección cruce ruta No.
4-Limón (¢17.460,0 millones).
Para
los restantes 21 títulos presupuestarios se presupuesta un total de
¢1.292.844,5 millones, que representan el 13,9% del total del proyecto de
Presupuesto de la República para el 2018, y en relación con los mismos
destacamos los siguientes aspectos:
·
7 títulos presupuestarios presentan disminuciones
respecto del monto autorizado a agosto del 2017, siendo el de mayor
decrecimiento porcentual el de Obras Específicas con el 33,3% (¢1.000,0
millones) y el de mayor disminución absoluta el ministerio de Agricultura y
Ganadería (MAG) con ¢7.803,7 millones (-16,5%).
·
8 títulos
presupuestarios presentan crecimientos de distinta magnitud pero que no superan
el 5% de incremento.
·
El
Tribunal Supremo de Elecciones incrementa su presupuesto en el 50,1% principalmente
por la atención del proceso electoral de febrero del 2018 y la incorporación de
los recursos a distribuir a los partidos políticos como colaboración del Estado
a la campaña electoral.
·
El título
de mayor crecimiento porcentual es el Ministerio de Salud con un 7,1% que
significan ¢21.608,8 millones de más para el 2018.
b) Clasificación Económica
La
clasificación económica del gasto se utiliza para medir el efecto que tendría
las operaciones del sector público en la economía y su uso permite diferenciar
el gasto según finalidad económica, el cual puede ser clasificado como gasto
corriente, gasto de capital, corresponder a transacciones financieras
(comprende la amortización) o a sumas libres sin asignación presupuestaria.
En
el siguiente cuadro se distribuye y muestra el gasto presupuestado y ejecutado
según la clasificación económica para los años 2016-2018.

Para
el 2018 se presupuesta como gastos corrientes un monto de ¢7.136.358,1
millones, que equivale al 76,6% del Presupuesto de la República por lo que este
tipo de egresos aumentan su participación en 4,8 puntos porcentuales. Si al
presupuesto total se le extrae los recursos destinados a la amortización
(Transacciones Financieras), entonces encontramos que el gasto corriente
representaría el 92,5% del total presupuestado, dicho de otra manera, de cada
100 colones 92,5 colones serían estrictamente gasto corriente.
Gastos Corrientes
Para el 2018 el gasto corriente asciende a
¢7.136.358,1 millones y en el siguiente gráfico se compara su distribución
respecto al gasto autorizado a agosto del 2017.

Al analizar los componentes del gasto corriente
se determina que los gastos de consumo, donde se ubican las remuneraciones,
pierden importancia relativa respecto al presupuesto autorizado a agosto del
2017 (en 2017 representan el 42,3% y para el 2018 el 41,2%), mientras que el
pago de intereses incrementa su participación (pasa del 16,8% en 2017 a 19,3%
en 2018) y las transferencias disminuyen su participación al pasar de un 40,8%
en el 2017 al 39,5% para el 2018.
Para el 2018 y dentro de los gastos corrientes
(transferencias corrientes) se incorporan ¢21.275,4 millones de aporte del
Estado a los partidos políticos para las elecciones de febrero del 2018.
Sobre el financiamiento, composición y
evolución de los gastos corrientes para el 2018 se señala:
·
Aproximadamente
¢1.955.132,4 millones de gastos corrientes, equivalentes al 27,4% del total de
ese tipo de gasto, se está financiando con Colocación de Títulos Valores de
Deuda Interna, con lo que se incumple el artículo 6 de la Ley N° 8131 que
establece que para los efectos de una adecuada
gestión financiera, no podrán financiarse gastos corrientes con ingresos de
capital. Si se eliminan del análisis (por ser extraordinarios) los recursos de
la deuda política se tendría que los gastos corrientes que no son financiados
con ingresos corrientes serían de ¢1.933.856,9 millones que significarían el
27,1% del total de los gastos corrientes.
Los gastos corrientes que se financian con títulos
valores corresponden en su mayoría a la partida de Remuneraciones con ¢1.327.347,0
millones (principalmente en el MEP) y también contemplan la mayor parte del
financiamiento que se otorga al FEES con ¢362.714,7 millones.
·
El costo de las
Remuneraciones (sueldos y salarios más cargas sociales) en conjunto con el de
las Transferencias Corrientes totaliza ¢5.439.668,3 millones y éstos equivalen
al 36,8% y el 39,5% respectivamente del total de gasto corriente.
Cabe indicar que vía Transferencias corrientes
se incluyen el pago de las pensiones con cargo al Presupuesto Nacional y los
recursos que financian a los Órganos Desconcentrados e Instituciones
Descentralizadas, como Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Instituto de
Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), Instituto Costarricense del Deporte y
Recreación (ICODER), Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) y el Fondo de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), que brindan servicios
importantes a la población.
·
El
componente de los gastos corrientes que más crece es el de los intereses con el 26,4%, resultado de la gran presión
que ejerce el servicio de la deuda pública.
Gastos de Capital
Para el 2018 el gasto de
capital asciende a ¢578.331,2 millones, representan el 6,2% del Presupuesto
Nacional (a agosto del 2017 significan el 7,8%) y está decreciendo el 17,4% (¢122.193,2
millones) respecto al monto autorizado a agosto del 2017.
Los tres grandes componentes
de los gastos de capital (Formación de Capital, Adquisición de Activos y
Transferencias de Capital), presentan decrecimientos respecto del monto
asignado a agosto del 2017.
Las Transferencias de
Capital al Sector Público son el principal componente de los gastos de capital
con ¢447.288,7 millones y tienen un presupuesto de ¢506.911,1 millones en
agosto del 2017 por lo que se presenta una disminución de ¢59.622,4 millones para
el 2018.
Transacciones
Financieras
El monto presupuestado para
Transacciones Financieras es de ¢1.596.949,1 millones, que equivale al 17,1%
del total presupuestado para el 2018 y el monto está decreciendo el 13,1%
respecto a lo presupuestado a agosto del 2017.
De ese total el 99,95% (¢1.596.237,1 millones) corresponde a recursos
para pago de amortización de deuda y que se distribuyen en ¢1.534.381,1
millones que se destinan a la deuda interna y ¢61.856,0 millones a la deuda
externa.
c) Clasificación por Objeto del Gasto
Esta clasificación permite
ordenar y agrupar las cuentas de gasto de acuerdo con la naturaleza del bien o
servicio que se esté adquiriendo o la operación financiera que se esté
efectuando, cuyo detalle a nivel global de cada subpartida para el 2018 se
presenta en el Anexo N°3.
En el siguiente cuadro se
distribuye y muestra el gasto presupuestado y ejecutado según la partida
presupuestaria para los años 2016-2018.

El 75,6% del Presupuesto
Nacional del 2018 se concentra en tres partidas: Remuneraciones (28,3% del
total), Transferencias Corrientes (30,2%) y Amortización (17,1%). Para el 2018 estas partidas presentan cambios
en su peso relativo, ya que según el presupuesto autorizado a agosto del 2017
las Remuneraciones representan el 27,4% (su peso aumenta en 0,9 puntos
porcentuales), mientras que las Transferencias corrientes significan el 29,3% (aumenta
0,9 punto porcentual) y la Amortización significa el 20,4% (disminuye su peso
relativo en 3,3 puntos porcentuales).
La partida de Remuneraciones
proyecta un incremento del 6,72% respecto del
costo de la planilla (remuneraciones) proyectado a agosto del 2017. La presentación
de Proyecto detalla que el factor utilizado para los ajustes por costo de vida es
del 3,693%, el cual incluye los ajustes del II semestre del 2017 y los de enero
y julio del 2018.
Respecto al crecimiento
porcentual de las partidas las que más crecen son:
·
Intereses y Comisiones (26,8%), misma que tiene un peso
14,9% en el Presupuesto Nacional y en la que se incluye recursos adicionales
por ¢293.458,2 millones.
·
Servicios (11,6%) y cuyo crecimiento significa ¢26.581,7
millones adicionales para el 2018. Los principales crecimiento absolutos se
presenta en las siguientes subpartidas:
v ¢7.513,3 millones
adicionales en Servicio de Telecomunicaciones
v ¢6.851,5 millones de
más en la subpartida de Otros Alquileres
v ¢4.828,0 millones en
Servicios de Ingeniería
v ¢4.410,2 millones en
Alquiler de Edificios, Locales y terrenos
Respecto al crecimiento
absoluto, las partidas que más crecen son las de intereses (¢293.458,2
millones); Transferencias Corrientes (¢171.082,4 millones y la de
Remuneraciones (¢166.272,9 millones.
d) Clasificación Funcional
Mediante esta clasificación
se identifica y agrupa las finalidades o propósitos del gasto, de acuerdo con la
clase de servicios que prestan las instituciones públicas a los y las habitantes
del país en forma individual o colectiva.
El
siguiente gráfico muestra la distribución del gasto presupuestado y ejecutado
según la clasificación funcional para los años 2016 – 2018.

En los últimos años la
mayor parte de los recursos del
Presupuesto de la República están dirigidos a la atención del Sector
Social, lo cual denota la
importancia y los esfuerzos que se hacen en esta materia. Los recursos asignados a este Sector consumen
cerca de la mitad de ese Presupuesto (49,4% en 2016, 48,0% en 2017 y 48,6% para
2018) y para el 2018 ve incrementado sus recursos en ¢189.750,9 millones respecto a lo presupuestado a agosto del 2017.
Los Servicios
Sociales están conformados por los siguientes renglones:
• Vivienda y Otros Servicios
comunitarios
•
Salud
•
Servicios Recreativos, Deportivos, de Cultura y Religión
•
Educación
•
Protección Social
El mayor crecimiento
absoluto de esta clasificación funcional
lo presentan los Servicios Públicos Generales con ¢408.324,0 millones (18,2%).
4. MOCIONES PRESENTADAS AL PRESUPUESTO
Con respecto a las
mociones presentadas, la descripción y resultado de la votación se presenta a
continuación[2]:
Cuadro
4.1. Detalles y resultado de mociones presentadas en Comisión.
|
No |
Diputado |
Descripción |
Resultado
Votación |
|
1 |
Arce Sancho |
Autorización de la
Municipalidad de Grecia (Mejoras infraestructura Clínica control del Dolor,
Cuidados Paliativos de Grecia) |
APROBADA |
|
2 |
Jiménez Succar |
Autorización de la
Municipalidad de Orotina (se utilice un 62% para proyectos de iluminación de
la plaza de Limonal y un 38% para mejoras al salón comunal de la Trinidad
Ceiba). |
APROBADA |
|
3 |
Varios Diputados |
Artículo 8 (nuevo)
Autorización de modificaciones presupuestarias. |
APROBADA |
|
4 |
Jiménez Succar |
Autorizaciones de la
Municipalidad de Turrubares (4 incisos) (1-Compra, instalación y reparación
de parques infantiles en el distrito San Luis, caserío San Francisco. 2-Compra instalación y
reparación de parques infantiles en el distrito San Luis, caserío San
Francisco. 3-Compra, instalación y reparación
de parques infantiles en el distrito San Luis, caserío San Francisco. 4-Para la iluminación,
mejoras y mantenimiento de la cancha de fútbol y además instalaciones
deportivas comunales de Montelimar, distrito Carara, en el cantón de
Turrubares. |
APROBADA |
|
5 |
González Ulloa |
Autorización de la
Municipalidad de Abangares. (Compra de materiales para mejoras a la iglesia
católica en los Ángeles de Abangares, San Juan Grande). |
APROBADA |
|
6 |
Fallas Fallas |
Autorización de la
Municipalidad de Desamparados. (Para construcción de infraestructura para el
Colegio de San Juan de Dios). |
APROBADA |
|
7 |
Esquivel Quesada |
Rebaja Título 210 MEP FEES
¢500.000.000 y aumenta Amortización de Deuda de C.P. |
RECHAZADA |
|
8 |
Esquivel Quesada |
Rebaja varias subpartidas
de la Defensoría de los Habitantes por ¢193.530.000 y aumenta Intereses Deuda
Interna ¢109.500.000 y Amortización Títulos Valores C.P. ¢84.030.000 |
RECHAZADA |
|
9 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Curridabat. (Para consultorías técnicas y promoción de la
demanda ciudadana para la ampliación de la autopista Florencio del Castillo y
mejoras pertinentes en el sistema vial de Curridabat que mitiguen los efectos
del nivel de servicio de la pista. |
APROBADA |
|
10 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Jiménez. (Construcción de 200 metros lineales de aceras en
Juray.) |
APROBADA |
|
11 |
Jiménez Rojas |
Autorizaciones de la
Municipalidad de Buenos Aires (5 incisos). 1-Para compra de equipo de cómputo
para las gestiones comunales que realiza la municipalidad de Buenos Aires. 2-Para compra de
mobiliario para la cocina comunal de Pueblo Nuevo. 3-Para primera etapa
mejoras del templo católico de San Antonio de Térraba. 4-Para construcción de la
primera etapa del mallado plaza de deportes de la comunidad de Capri. 5-Compra de materiales
para construcción de graderías en la plaza de deportes javillos. |
APROBADA |
|
12 |
Jiménez Rojas |
Autorización de la
Municipalidad de Corredores. (Para
cerrar con tapia y malla el área perimetral del terreno donde se construirá
el salón comunal de Caracol de la Vaca, distrito de Laurel). |
APROBADA |
|
13 |
Jiménez Rojas |
Autorización de la
Municipalidad de Corredores. (Para construcción de una tapia prefabricada en
tres lados (103 metros de la Escuela Finca Caimito). |
APROBADA |
|
14 |
Jiménez Rojas |
Autorización de la
Municipalidad de Buenos Aires. (Para construcción de los camerinos y
servicios de la cancha de fútbol de la comunidad de Bioley). |
APROBADA |
|
15 |
Jiménez Rojas |
Autorización
de la Municipalidad de Corredores. (Para construcción de una malla perimetral
en el terreno de la escuela Darizara). |
APROBADA |
|
16 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de San Ramón. (Compra de materiales para cerrar la plaza de
deportes de El Jauuri, distrito de Peñas Blancas). |
APROBADA |
|
17 |
Varios Diputados |
Rebaja del Ministerio de
Seguridad Pública la subpartida Servicios en Ciencias Económicas y Sociales
por ¢507.000.000 y al Ministerio de Comercio Exterior varias subpartidas por
¢1.007.613.479, al Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones la subpartida de información por
¢102.248.109 a la Asamblea Legislativa varias subpartidas por ¢451.125.000,
en total rebajan ¢2.067.986.588 y aumenta al MEP al Fondo Especial para la
Educación Superior por ¢2.067.986.588 |
RECHAZADA |
|
18 |
Varios Diputados |
Rebaja CINDE del Ministerio de Comercio Exterior
por ¢1.000.000.000 y aumenta Ministerio de Vivienda al INVU, para gastos de
operación. |
RECHAZADA |
|
19 |
Varios Diputados |
Rebaja del Ministerio de
Seguridad Pública, Servicios en Ciencias Económicas y Sociales por
¢507.000.000, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en
información por ¢102.248.109 y Asamblea Legislativa varias subpartdas por
¢451.125.000, y el total de la rebaja fue de ¢1.060.373.109,00 y Aumenta el
Ministerio de Educación Pública al FEES por ¢1.060.373.109,00 |
RECHAZADA |
|
20 |
González Ulloa |
Autorización de la
Municipalidad Upala. (Para compra y colocación de piso cerámico a las
instalaciones del Liceo Ros Ríos). |
APROBADA |
|
21 |
González Ulloa |
Autorización de la
Municipalidad de Upala. (Para construcción de áreas recreativas en la escuela
Los Cartagos Norte). |
APROBADA |
|
22 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Nicoya. (Para compra de materiales para mejoras del centro
educativo Arturo Solano Monge). |
APROBADA |
|
23 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Osa. (Diseños y estudios del parque de Sierpe, distrito de
Sierpe). |
APROBADA |
|
24 |
Ramos Madrigal |
Autorización de la
Municipalidad de Pérez Zeledón. (Para compra de mobiliario del concejo de
distrito de San Pedro Centro). |
APROBADA |
|
25 |
Varios Diputados
(Ministerio de Hacienda) |
Aumenta Financiamiento
Externo, fuente 515 Crédito BID N°3488/OC-CR-Programa de Integración
Fronteriza por ¢57.645.000.000 y aumenta el Ministerio de Comercio Exterior
al Fideicomiso Comex-Banca Estatal o Comercial para Recursos destinados al
Programa de Integración Fronteriza por ¢57.645.000.000 |
APROBADA |
|
26 |
Varios Diputados
(Ministerio de Hacienda) |
Aumenta el Financiamiento
Externo con la fuente 538 Crédito BIRF N°8194-CR Proyecto de Mejoramiento de
la Educación Superior por ¢5.400.888.669 y Aumenta al Ministerio de Educación
Pública, a la Universidad de Costa Rica por ¢1.297.504.155, Universidad
Nacional por ¢1.049.240.475, al Instituto Tecnológico de Costa Rica por ¢1.619.273.850
y Universidad Estatal a Distancia por ¢1.434.870.189 por un total de aumentar
de ¢5.400.888.669 |
APROBADA |
|
27 |
Varios Diputados |
Rebaja ¢200 millones de la
subpartida de Información en la Asamblea Legislativa para la CNE (atención de
daños por tormenta tropical Nate) |
APROBADA |
|
28 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Cartago. (campo
santo Los Lirios). |
APROBADA |
|
29 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Acosta. (Cancha de deportes de la Uruca). |
APROBADA |
|
30 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Osa. (Materiales para perímetro de la escuela). |
APROBADA |
|
31 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la Municipalidad
de Osa. (infraestructura del Liceo Finca Alajuela). |
APROBADA |
|
32 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Corredores. (Tapia prefabricada Escuela Finca Caimito). |
APROBADA |
|
33 |
Ramírez Portuguéz |
Autorización de la
Municipalidad de Corredores. (Aula, camerinos y servicios sanitarios plaza
Carlín Rodríguez). |
APROBADA |
|
34 |
Varios Diputados
(Ministerio de Hacienda) |
Incorpora recursos nuevos
de Donación República de Corea para FITTACORI (una transferencia corriente y
otra de capital), correspondientes a ¢34.535.400. |
APROBADA |
|
35 |
Varios Diputados
(Ministerio de Hacienda) |
Se realizan ajustes
internos entre los programas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Se trasladan 6 puestos de un programa a otra y se reclasifican. Se financian
el Servicio de Transferencias electrónica de datos y una cuota internacional |
RETIRADA |
|
36 |
Varios Diputados
(Ministerio de Hacienda) |
Se trasladan recursos de
Terrenos a Edificios en Seguridad Pública. Recursos provenientes del Tributo
de Salida por Puestos Fronterizos Terrestres (L-9154). Equivalente a ¢125.000.000. |
APROBADA |
|
37 |
Varios Diputados |
Rebaja del Ministerio de
Seguridad Pública la subpartida Servicios en Ciencias Económicas y Sociales
por ¢507.000.000 y al Ministerio de
Comercio Exterior varias subpartidas por ¢1.007.613.479, al Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones la subpartida de información por ¢102.248.109 a la
Asamblea Legislativa varias subpartidas por ¢451.125.000, en total rebajan
¢2.067.986.588 y aumenta al MEP al Fondo Especial para la Educación Superior
por ¢2.067.986.588 |
RECHAZADA |
|
38 |
Varios Diputados |
Rebaja del Ministerio de
Seguridad Pública, Servicios en Ciencias Económicas y Sociales por
¢507.000.000, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en
información por ¢102.248.109 y Asamblea Legislativa varias subpartdas por
¢451.125.000, y el total de la rebaja fue de ¢1.060.373.109,00 y Aumenta el
Ministerio de Educación Pública al FEES por ¢1.060.373.109,00 |
RECHAZADA |
|
39 |
Varios Diputados |
Rebaja CINDE del Ministerio de Comercio Exterior
por ¢1.000.000.000 y aumenta Ministerio de Vivienda al INVU, para gastos de
operación. |
RECHAZADA |
|
40 |
Varios Diputados (Moción
de Hacienda) |
Unión de los registros de
Fonabe. |
RETIRADA |
|
41 |
Ramos Madrigal |
Rebaja el PANI para la CNE |
RECHAZADA |
|
42 |
Ramos Madrigal |
Rebaja el PANI para la CNE
e IMAS |
RECHAZADA |
|
43 |
Steven Núñez |
Norma para cambio de
destino del Patronato de Construcciones, Instalaciones y adquisición de
Bienes. |
RECHAZADA |
|
44 |
Guevara Guth |
Rebaja la transferencia a
los partidos políticos (TSE) para la CNE |
APROBADA |
|
45 |
Guevara Guth |
Rebaja el PANI para la
CONAVI |
RECHAZADA |
|
46 |
Guevara Guth |
Rebaja el PANI para la
CONAVI |
RECHAZADA |
|
47 |
Guevara Guth |
Rebaja el PANI para la
CONAVI |
RECHAZADA |
5.
RESULTADO PRESUPUESTARIO CON
MOCIONES APROBADAS
Una vez incorporadas las mociones
aprobadas en la comisión, el presupuesto presenta variaciones en lo contenido
en el título de la Presidencia de la República (con los fondos para la Comisión
Nacional de Emergencias), el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el
Ministerio de Educación Pública, el Ministerio de Comercio Exterior, así como
la rebaja al Tribunal Supremo de Elecciones.
Cuadro 5.1. Distribución presupuesto con mociones aprobadas, por título
presupuestario.
|
Título |
Proyecto base |
Proyecto con mociones |
Diferencia |
|
|
101 |
ASAMBLEA
LEGISLATIVA |
36,915,000,000 |
36,715,000,000 |
-200,000,000 |
|
102 |
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA |
21,765,000,000 |
21,765,000,000 |
0 |
|
103 |
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA. |
6,361,000,000 |
6,361,000,000 |
0 |
|
201 |
PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA |
16,220,000,000 |
27,057,710,458 |
10,837,710,458 |
|
202 |
MINISTERIO DE LA
PRESIDENCIA |
10,266,000,000 |
10,266,000,000 |
0 |
|
203 |
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA |
49,146,300,000 |
49,146,300,000 |
0 |
|
204 |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
28,865,000,000 |
28,865,000,000 |
0 |
|
205 |
MINISTERIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA |
258,595,000,000 |
258,595,000,000 |
0 |
|
206 |
MINISTERIO DE
HACIENDA |
119,812,000,000 |
119,812,000,000 |
0 |
|
207 |
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA |
39,564,000,000 |
39,598,535,400 |
34,535,400 |
|
208 |
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO |
23,228,784,000 |
23,228,784,000 |
0 |
|
209 |
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES |
474,116,000,000 |
474,116,000,000 |
0 |
|
210 |
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA |
2,660,646,870,000 |
2,666,047,758,669 |
5,400,888,669 |
|
211 |
MINISTERIO DE SALUD |
325,856,066,000 |
325,856,066,000 |
0 |
|
212 |
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL |
474,428,000,000 |
474,428,000,000 |
0 |
|
213 |
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD |
50,400,747,000 |
50,400,747,000 |
0 |
|
214 |
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ |
144,566,000,000 |
144,566,000,000 |
0 |
|
215 |
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS |
7,413,447,000 |
7,413,447,000 |
0 |
|
216 |
MINISTERIO COMERCIO
EXTERIOR |
7,504,000,000 |
65,149,000,000 |
57,645,000,000 |
|
217 |
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA |
10,292,000,000 |
10,292,000,000 |
0 |
|
218 |
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES |
8,851,202,000 |
8,851,202,000 |
0 |
|
219 |
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA |
57,000,000,000 |
57,000,000,000 |
0 |
|
230 |
SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA |
2,983,349,000,000 |
2,983,349,000,000 |
0 |
|
231 |
REGÍMENES DE PENSIONES |
953,756,000,000 |
953,756,000,000 |
0 |
|
232 |
OBRAS ESPECÍFICAS |
2,000,000,000 |
2,000,000,000 |
0 |
|
301 |
PODER JUDICIAL |
474,792,000,000 |
474,792,000,000 |
0 |
|
401 |
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES |
68,223,000,000 |
57,585,289,542 |
--10,637,710,458 |
|
TOTAL GENERAL: |
9,313,932,416,000 |
9,377,012,840,069 |
63,080,424,069 |
|
Fuente: Departamento de Análisis Presupuestario de la Asamblea Legislativa.
6.
CONCLUSIONES
Como se colige de lo expuesto, el
proyecto de presupuesto para el ejercicio económico 2018 se enmarca en el
estado de necesidad que ha invocado el Poder Ejecutivo para justificar el no
cumplimiento de compromisos legales por las difíciles condiciones fiscales que
atraviesa el país.
Se ajusta a un crecimiento del
presupuesto reducido –el menor de los últimos años- en un esfuerzo que resulta
acorde con la situación fiscal y la rigidez presupuestaria que presenta el
presupuesto.
Las mociones aprobadas por la
Comisión en su mayoría son mociones tendientes a variar el destino de partidas
municipales, las cuales fueron acompañadas como consta en el expediente de los
acuerdos de los Concejos Municipales respectivos tal cual está previsto.
La moción 25 aprobada por la
Comisión tiene por objeto incorporar recursos de un financiamiento del BID al
Ministerio de Comercio Exterior para el Programa de Integración Fronteriza. La
moción numero 26 también aprobada por el
pleno de la Comisión tiene por objeto ajustar el diferencial cambiario del crédito
BIRF 8194-CR para el Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior. La
moción numero 27 también aprobada tiene por objeto rebajar la partida de
publicaciones en La Gaceta de la Asamblea Legislativa y destinar esos recursos
a la Comisión Nacional de Emergencias para la atención de los daños causados
por la tormenta tropical Nate, lo anterior conforme la ley 9465 aprobada el 8
de agosto por la Asamblea Legislativa. La moción 34 también aprobada por el
pleno de la Comisión, tiene por objeto incorporar recursos nuevos de una donación de la República de Corea para FITTACORI (Fundación para el Fomento y Promoción de
la Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria de Costa Rica). La
moción numero 36 también aprobada por el pleno de la Comisión es un movimiento
interno de partidas del Ministerio de Seguridad de la partida de terrenos a la
partida de edificios para el mismo fin: desarrollo de infraestructura policial
en el distrito de Sixaola.
En el caso de la moción número 44 del
Diputado Guevara Guth es una rebaja a la transferencia al Tribunal Supremo de
Elecciones para el financiamiento de la deuda política de cara a las elecciones
del 2018 y se trasladan esos recursos a la atención de los daños provocados por
la tormenta tropical Nate. . Sobre este particular los diputados que ofrecen
este dictamen solicitan a la Asamblea Legislativa la aprobación del proyecto de
ley No.20478 a fin de que el recorte propuesto por este dictamen y por la
mayoría de los diputados y las diputadas integrantes de la Comisión Permanente
de Asuntos Hacendarios sea eficaz.
7.
RECOMENDACIÓN FINAL
Con
base en lo expuesto se rinde Dictamen Afirmativo de Mayoría, y se le recomienda
al Plenario votar afirmativamente el proyecto de ley contenido en el expediente
20.506, el cual incluye las modificaciones aprobadas por la Comisión, cuyo
texto final se adjunta.
NOTA SEPARADA DEL DIPUTADO ESQUIVEL QUESADA:
El
Diputado Abelino Esquivel Quesada del Partido Renovación Costarricense,
manifiesta mantener su posición en cuanto a:
- Rebajar 500.000.000 (Quinientos
millones de colones) al Fondo para la Educación Superior, con el fin de ayudar
a amortizar la deuda pública que tanto afecta al país.
- Rebajar 193.530.000 (193 mil
quinientos treinta millones de colones) a la Defensoría de los Habitantes para
que esta suma se asigne al pago de
intereses de la deuda interna y Amortización de Títulos Valores, que
igualmente son parte de la gran problemática fiscal que enfrenta el país en
este momento
NOTA SEPARADA de los DIPUTADOS RAMIREZ AGUILAR y
CAMACHO LEIVA:
Sobre
el incumpliendo del mandato constitucional a la educación pública
Con
respecto al Presupuesto del Título 210, Ministerio de Educación Pública,
destacamos que:
No obstante lo anterior, en el actual proyecto de Presupuesto de la
República 2018, no solo se incumple el mandato constitucional del 8% del PIB
para la educación pública sino que además se retrocede en el porcentaje
asignado ala educación superior:
(Aquí se incluyó
la parte contable del presupuesto, pero no consta porque no es
compatible con el sistema)
Artículo 7º- Para ejecutar, controlar y evaluar lo dispuesto en los artículos anteriores se establecen
las
siguientes
disposiciones:
1. Se autoriza a los Poderes de la República, a las instituciones adscritas a éstos, al
Tribunal Supremo de Elecciones y a las dependencias administradoras de los regímenes de pensiones, para que con cargo a las partidas
existentes paguen las
revaloraciones salariales del primer y segundo semestres del año 2018, así como la respectiva anualización de las revaloraciones salariales decretadas para el segundo semestre de 2017. Se autoriza a estos órganos para que modifiquen las relaciones de puestos respectivas, de conformidad con las resoluciones que se acuerden
por incremento en el costo de la vida, y las revaloraciones resueltas por los órganos
competentes según ley.
2. Se autoriza a la Junta Administrativa del Registro Nacional para que traslade recursos
al Fondo General del Gobierno Central, con el propósito de cubrir parcialmente la partida de Remuneraciones del Programa 784-00 del Ministerio de Justicia y Paz, así como las
subpartidas de Contribuciones Sociales y otras derivadas de los pagos de salarios a los funcionarios del Registro Nacional, con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 5695, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, la Ley N° 5867 de 15 de diciembre de 1975 y sus
reformas, y la Ley N° 7089 de 18 de diciembre de 1987, así como los Decretos Ejecutivos N° 18671-J publicado en La Gaceta N°234 de 09 de diciembre de 1988 y el N° 18045-J publicado en el Alcance 9-a de la Gaceta N° 49 de 10 de marzo de 1988.
3. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, mediante
resolución administrativa, autorizada por el máximo jerarca institucional del órgano del Gobierno de la República que
se
trate y aprobada por el Ministerio de Hacienda, varíe los requerimientos humanos de cada título presupuestario contenido en la ley, con el fin de efectuar las modificaciones provenientes de las reasignaciones, las reclasificaciones, las asignaciones, las revaloraciones parciales, las variaciones en la matrícula de los centros educativos que
atienden los diferentes ciclos y modalidades del sistema educativo y los estudios integrales
de
puestos dictados por los órganos competentes, en el entendido de que éstas no
alterarán el
total de los
puestos consignados en cada programa presupuestario incluidos en esta ley de presupuesto.
El máximo jerarca
institucional del órgano del Gobierno de la República que se trate deberá
comunicar a los funcionarios incluidos en dicha resolución sobre las modificaciones
sufridas con respecto al puesto que ocupa.
Los órganos del Gobierno
de la República deberán observar los requerimientos que para atender estas
modificaciones ha emitido con anterioridad el Ministerio de Hacienda.
4. Los sueldos del personal,
pagados por medio de la subpartida de Servicios Especiales de los ministerios,
no podrán ser superiores a los devengados por el personal incorporado al
Régimen del Servicio Civil, por el desempeño de funciones similares. Además, el
personal pagado por servicios
especiales deberá cumplir
los
requisitos exigidos por
el citado Régimen. Los nombramientos deberán ajustarse a lo indicado en la
relación de puestos de cada ministerio o en la clasificación de la Dirección
General de Servicio Civil.
5. Los sueldos del personal,
pagados por medio de la subpartida de Servicios Especiales de la Defensoría de
los Habitantes de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de
Elecciones y la Contraloría General de la República, no podrán ser superiores a
los contenidos en el índice salarial vigente de cargos fijos de cada una de
estas instituciones, para puestos con funciones similares.
6. Los gastos con cargo a la
subpartida Prestaciones Legales deberán pagarse en estricto orden de
presentación en las unidades financieras institucionales y por el monto total.
Tendrán prioridad los pagos que correspondan a causahabientes de servidores
fallecidos; también serán prioritarias las solicitudes de pago de personas que
no puedan seguir laborando por incapacidad permanente y tengan derecho a
prestaciones.
7. Se autoriza al Poder
Ejecutivo para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de
Hacienda se modifique el número de cédula de persona jurídica de los
beneficiarios de transferencias a solicitud del responsable de la unidad
financiera del respectivo ministerio, o bien por iniciativa de la Dirección
General de Presupuesto Nacional cuando se determine que el número consignado en
la Ley de Presupuesto Ordinario no corresponde.
Artículo 8.- Se autorizan las
siguientes modificaciones presupuestarias
1.- Se autoriza a la Municipalidad de Grecia para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 8627 código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 424, por un monto de doce millones cuatrocientos ochenta mil novecientos noventa y siete colones (¢12.480.997) o el saldo que exista, destinado para “compra
de un terreno para la const.
de una clínica del dolor y de cuidados paliativos. Distr Grecia”, a fin de que se utilice para
mejoras en infraestructura de la Clínica control del Dolor Cuidados Paliativos de
Grecia.
2.- Se autoriza a la Municipalidad de Orotina para que varíe el destino de las siguientes
partidas presupuestarias:
• Ley No. 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 430 por un monto de cien millones de colones (¢100.000.000) o el saldo que exista, destinado
“recarpeteo
de calles urbanas,
proyecto cantonal, municip.
de Orotina”.
• Ley No. 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120
430 por un
monto de veintitrés
millones ochenta mil setenta y un colones (¢23.080.071) o el
saldo que exista, destinado “const. de
dos
aulas e instalación de malla perimetral de
la escuela de San Jerónimo de Orotina, Dist. Coyolar”.
•
Ley No. 8627, código presupuestario 203 049 70104 280
2310 3120 430 por un monto de veintiocho millones novecientos
setenta y un mil setenta y un colones (¢28.971.071) o el saldo que exista,
destinado “reconstrucción del edificio donde se ubica actualmente la
telesecundaria, dist. Ceiba”.
•
Ley No. 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 430 por un
monto de veintiún
millones ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y tres colones
(¢21.087.853) o el saldo que exista, destinado “recarpeteo de Calle Rojas,
dist
Orotina”.
•
Ley No. 8627,
código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 430 por un monto de catorce
millones doscientos diez
mil ciento cuarenta y siete colones
(¢14.210.147) o el saldo que exista, destinado “compra de agregados p/ la constr. de
un tratamiento superficial bituminoso (TSB-3) en las calles “La Bodeguita y
Piedra Azul”. Dist.
Mastate”.
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 475 por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000) o el saldo que exista, destinado
“compra de mat. de campismo, uniformes, insignias, mat. didácticas y prácticos,
equ. y mobiliario
p/ los guías y scouts
de Orotina”
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 475 por un monto de diecisiete millones de colones (¢17.000.000) o el saldo que exista,
destinado “const. de aula p/el servicio de informática de la esc. Ramona Sosa
Moreno de Orotina”
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 476 por un monto de diecisiete millones de colones (¢17.000.000) o el saldo que exista,
destinado “const. de aula p/ el servicio de informática de la esc. de Cebadilla de
Orotina”.
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 476 por un monto de diecisiete millones de colones (¢17.000.000) o el saldo que exista,
destinado “const. de aula p/ el servicio de informática de la esc. Arturo Quirós Carranza de
Coyolar, Orotina”.
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 476 por un monto de seis millones quinientos mil colones (¢6.500.000) o el saldo que exista,
destinado “compra de equ. médico y rescate de emergencias de La Cruz Roja de Orotina”.
•
Ley No. 8908, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 527 por un
monto de quince millones de colones (¢15.000.000) o el saldo que exista, destinado para “iluminación
cancha de fútbol de Barrio Jesús
de Orotina”.
•
Ley No. 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 476 por un monto de cinco millones quinientos mil colones (¢5.500.000) o el saldo que exista,
destinado para “compra de instrumentos musicales p/ la banda escolar de la esc. de Hacienda Vieja de Orotina.
• Ley No. 8691, código
presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 475 por un monto de diez millones de
colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinado “const. de la casa de los
guías y scout de Orotina en terreno de la munic. de
• Orotina”.
A fin de que se utilice un 62% para proyectos de iluminación de la plaza de Limonal y un
38% para mejoras al
salón comunal de
la Trinidad- Ceiba.
3.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8790 código presupuestario 232 900 70104 370 280 2310
2220, por un monto de seiscientos cuarenta y siete mil ciento ochenta y nueve colones
(¢647.189) o el saldo que exista, destinado “para la construcción de cabezal y vaho en el
camino Canta Ranas en San Francisco, distrito San Luis”, a fin de que se utilice para compra, instalación y reparación de parques infantiles en el distrito San Luis, caserío San Francisco.
4.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 8908 código presupuestario 232 900 60104 482 1 1310 2151, por un monto de un millón doscientos mil colones (¢1.200.000) o el saldo que exista,
destinado para “mantenimiento caminos, alcantarillado y cabezales, camino pital-el Caite, distrito San Luis”, a fin de que se utilice para compra, instalación y reparación de parques infantiles en el distrito San Luis,
caserío San Francisco.
5.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 8908 código presupuestario 232 900 70104 485 1 2310
3120, por un monto de un millón doscientos mil colones (¢1.200.000) o el saldo que exista,
destinado para “compra de equipo especial: batidora de concreto, distrito Carara”, a fin de que se utilice para compra, instalación y reparación de parques infantiles en el distrito San Luis, caserío San Francisco.
6.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley No. 9019 código presupuestario 232 900 70104 468 001 2310
3120, por un monto de cinco millones catorce mil doscientos sesenta colones (¢5.014.260) o el saldo que exista, destinado para “compra de lote para habilitar entrada a proyectos de bien social en la comunidad de Montelimar, distrito Carara”, a fin de que se utilice para la
iluminación, mejoras y mantenimiento de la cancha de fútbol y demás instalaciones
deportivas comunales de Montelimar, distrito Carara, en
el cantón de Turrubares.
7.- Se autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 8691 código presupuestario 232 904 70104 263 280 2310 3310, por un monto de dos millones ochocientos once mil doscientos veintidós colones
(¢2.811.222) o el saldo que exista, destinado “para
la construcción de drenaje para la
plaza de deportes de los Ángeles, distrito San Juan ”, a fin de que se utilice para compra
de materiales para mejoras a la iglesia católica en los Ángeles de Abangares, San Juan Grande.
8.- Se autoriza a la Municipalidad de Desamparados para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 8374, artículo duodécimo, inciso 65, por un monto de cincuenta y cuatro millones de colones (¢54.000.000) o el saldo que exista, destinado
para “la compra de terreno para la construcción
del Colegio de San Juan de Dios de
Desamparados”, a fin de que se utilice para construcción de infraestructura para el Colegio
de San Juan de Dios.
9.- Se autoriza a la Municipalidad de Curridabat para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 8627 código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 418, por un monto de cien millones de colones (¢100.000.000) o el saldo que exista,
destinado “continuación autopista Florencio del Castillo. Proyecto cantonal, Municip. Curridabat”, a fin de que se utilice para consultorías técnicas y promoción de la demanda ciudadana para la ampliación
de la autopista Florencio del Castillo y mejoras pertinentes
en el sistema vial de
Curridabat que mitiguen los efectos del
nivel de servicio
de la pista.
10.- Se autoriza a la Municipalidad de Jiménez para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 9019 código presupuestario 232 902 70104 327 001 2310
3310, por un monto de dos millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos un colones (¢2.177.401) o el saldo que exista, destinado “colocación de malla en cancha de
basquetbol de Juray, distrito de Pejibaye”, a fin de que se utilice para construcción de 200 metros lineales de aceras en Juray.
11.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 8050 código presupuestario 130 906 730 392 1 242 47 por
un monto de dos millones de colones (¢2.000.000) o el saldo que exista, destinado para
“construcción puente Paso Río Peje, distrito Potrero Grande”; a fin de que se utilice para
compra de equipo de cómputo para las gestiones comunales que realiza la municipalidad de Buenos Aires.
12.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
•
Ley No. 8691, código presupuestario 232 905 70104 264 280 2310 3340 por un
monto de un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000) o el saldo que
exista,
destinado “para la construcción
de la cocina en la Iglesia Católica Bajo de Veragua, distrito Boruca”;
• Ley No. 8691, código presupuestario 232 905 70104 249 280 2310
3120 por
un monto de dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción de la I etapa del Centro Agrícola en el distrito
Potrero Grande”;
• Ley No. 8691, código
presupuestario 232 905 70104 252 280 2310 3120 por
un monto de un millón setecientos diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción de la I etapa del salón comunal de Capri, distrito
Potrero Grande”;
• Ley No. 8691, código presupuestario 232 905 70104 257 280 2310
3120 por
un monto de un millón setecientos diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción
de la I etapa del salón comunal de Alto de Veragua, distrito Potrero
Grande“;
• Ley No. 8691, código
presupuestario 232 905 70104 251 280 2310
3120 por un monto de un millón
setecientos diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción de la I etapa del salón multiuso Palmira,
distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8691, código
presupuestario 232 905 70104 253 280 2310 3120 por un monto de un millón setecientos
diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción de la I etapa del salón multiuso la Luchita,
distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8691, código
presupuestario 232 905 70104 255 280 2310 3340 por un monto de un millón setecientos
diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo
que exista,
destinado “para la construcción de la I etapa del templo católico Los Ángeles,
distrito Potrero Grande”;
• Ley N.° 9019, artículo
8, inciso 26), párrafo 2 por un monto de un millón setecientos diez mil colones
(₡1.710.000) o el saldo que
exista, destinado a “compra
de
materiales de construcción para la escuela de Jorón”;
• Ley N.° 9019, artículo
8, inciso 26), párrafo 4 por un monto de un millón setecientos diez mil colones
(₡1.710.000) o el saldo que
exista, destinado a “compra
de
materiales consejo pastoral de la Lucha”;
• Ley No. 8691, código
presupuestario 232 905 70104 287 280 2310 3412 por un monto de un millón ochocientos
mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinado “para la construcción
de malla en la escuela Bajo Coto, distrito Biolley”;
• Ley No. 8790, código
presupuestario 232 905 70104 240 280 2310 3120 por un monto de cinco millones de
colones (¢5.000.000) o el saldo que exista, destinado “para la reconstrucción del
templo católico del Bajo Veragua, distrito Boruca”;
• Ley No. 8908, código
presupuestario 232 905 70104 421 1 2310 3120 por un monto de un millón ochocientos
mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinado para “primera etapa construcción
centro de capacitación Asociación
AMANABIF, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8908, código
presupuestario 232 905 70104 423 1 2310 3230 por un monto de quinientos noventa
y un mil setecientos veintidós colones (¢591.722) o el
saldo que exista, destinado para “compra de mobiliario para instalaciones
CEN CINAE, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8908, código
presupuestario 232 905 60104 424 1 1310 3120 por un monto de cuatrocientos cincuenta
mil colones (¢450.000) o el saldo que exista,
destinado para “remodelación de hogar
de ancianos de Buenos
Aires, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8908, código
presupuestario 232 905 70104 417 1 2310 2151 por un monto de un millón ochocientos
mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista,
destinado para “reconstrucción de camino del centro, Pueblo Nuevo, distrito
Potrero Grande”;
• Ley No. 8908, código
presupuestario 232 905 60104 418 1 1310 2151 por un monto de un millón ochocientos
mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinado para “arreglo de la cuesta
de llegada a la Luchita, la Lucha, distrito Potrero”;
• Ley No. 9019, código
presupuestario 232 905 60104 324 001 1310 3340 por un monto de cinco millones cuatrocientos
mil colones (¢5.400.000) o el saldo que
exista, destinado para “compra de materiales para malla de templo católico
de Potrero Grande, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9019, código
presupuestario 232 905 70104 329 001 2310 3340 por un monto de novecientos mil colones
(¢900.000) o el saldo que exista, destinado para
“compra de bancas para
la iglesia católica de Pueblo
Nuevo, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9103 código presupuestario
232 905 70104 535 001 2310 3120 por un monto de un millón trescientos cincuenta
mil colones (¢1.350.000) o el saldo que
exista, destinado para “compra de cerámica salón comunal Pueblo Nuevo, distrito
Potrero Grande”;
• Ley No. 9103 código presupuestario
232 905 60104 537 001 1310 3412 por un monto de un millón ochocientos mil colones
(¢1.800.000) o el saldo que exista,
destinado para “reparaciones varias escuela el Trébol, distrito Potrero
Grande”;
• Ley No. 9103 código presupuestario
232 905 60104 538 001 1310 3340 por un monto de un millón novecientos cincuenta
y nueve mil quinientos setenta colones (¢1.959.570) o el saldo que exista, destinado
para “reparaciones varias estructura iglesia católica de Capri, distrito Potrero
Grande”;
• Ley No. 9103 código presupuestario
232 905 70104 540 001 2310 3120 por un monto de un millón novecientos cincuenta
y nueve mil quinientos setenta colones (¢1.959.570) o el saldo que exista,
destinado para “compra mobiliario salón comunal
Potrero Grande, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9193 código presupuestario
232 905 70104 401 001 2310 2121 por un monto de un millón trescientos cincuenta
mil colones (¢1.350.000) o el saldo que exista, destinado para “compra
e instalación de malla
centro agrícola, distrito
Potrero Grande”;
• Ley No. 9193 código presupuestario
232 905 70104 404 001 2310 3120 por un monto de un millón ochocientos cincuenta
y siete mil novecientos trece colones (¢1.857.913) o el saldo que exista, destinado
para “compra de equipo de audio, sonido y video y utensilios para la cocina comunal
de Pueblo Nuevo, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9289 código presupuestario
232 905 70104 233 280 2310 3120 por un monto de tres millones setecientos ochenta
y nueve mil doscientos sesenta colones (¢3.789.260) o el saldo que exista, destinado
para “construcción de la primera etapa
del cementerio de la Lucha, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9289 código presupuestario
232 905 70104 234 280 2310 3120 por un monto de dos millones setecientos siete
mil cuatrocientos sesenta colones (¢2.707.460) o el saldo que exista, destinado
para “compra de materiales para la
• segunda etapa del
salón de capacitaciones
y reuniones de la asociación AMANABIF, distrito Potrero Grande”;
A fin de
que
se utilice para
compra de mobiliario
para
la cocina comunal
de Pueblo Nuevo
13.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
• Ley No. 7952, código presupuestario 130 906 730 380 1 242 47 por un monto de quinientos mil colones (¢500.000) o el saldo que exista, destinado para “reparación
de camino Potrero
Grande a las Palmas”;
• Ley No. 9103, código presupuestario 232 905 70104 552 001 2310 3340 por un monto de tres millones
quinientos sesenta mil
novecientos
diecinueve colones
(¢3.560.919) o el saldo que
exista, destinado para “construir
muro de contención en
lote donde está construido
el templo católico y cocina comunal de la comunidad de
Sábalo, distrito Biolley”;
A fin de que se utilice para primera etapa mejoras
del templo católico de San Antonio de
Térraba.
14.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
• Ley No. 8691, código presupuestario 232 905 70104 254 280 2310 3340 por un monto de un millón setecientos diez mil colones (¢1.710.000) o el saldo que exista,
destinado “para la reparación el templo católico de Guácimo, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8790, código presupuestario 232 905 70104 235 280 2310 2220
por un monto de siete millones doscientos nueve mil cuatrocientos sesenta y siete colones
(¢7.209.467) o el saldo que exista, destinado “para el proyecto de alcantarillado en el distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 9019, código presupuestario 232 905 70104 330 001 2310
3120 por
un monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista,
destinado para “segunda etapa salón multiusos de Palmira, distrito Potrero
Grande”;
• Ley No. 9019, código presupuestario 232 905 70104 344 001 2310 3340 por un monto de un millón ciento ochenta mil setecientos quince colones (¢1.180.715) o el
saldo que exista, destinado para “mejoramiento del plantel del templo católico de la comunidad
de Sábalo, distrito Biolley “;
A fin de que se utilice para construcción de la primera etapa del mallado plaza de deportes de la comunidad de
Capri.
15.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
• Ley No. 8790, código presupuestario 232 905 70104 234 280 2310 3130 por un monto de siete millones doscientos nueve mil cuatrocientos sesenta y siete colones
(¢7.209.467) o el saldo que exista, destinado “para construir
el tanque de agua en
Jabillo, distrito Potrero Grande”;
• Ley No. 8908, código presupuestario 232 905 70104 419 1 2310 3130 por un
monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista,
destinado para “construcción tanque captación por la Asada Javillo, distrito Potrero
Grande”;
• Ley No. 9341, código presupuestario 232 905 70104 234 280 2310
3130 por un
monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho
colones (¢1.471.028)
o el saldo que exista, destinado para “compra de válvulas y cambio
de tuberías para la Asada
de Javillo, distrito Potrero Grande”;
A fin de que se utilice para compra de materiales para construcción de graderías en la plaza
de deportes Javillos.
16.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de las siguientes
partidas presupuestarias:
•
Ley No. 8691, código presupuestario 232 905 70104 373 280 2310 3120 por un
monto de seis millones trescientos mil colones (¢6.300.000) o el saldo que exista,
destinado “para la construcción del salón multiuso El Caracol de la Vaca, distrito
Laurel”
• Ley No. 8970, código presupuestario 232 905 70104 342 280 2310 3412 por un monto de diez millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinado
“para
construir II etapa del
salón comunal de Caracol de la Vaca, distrito Laurel”
A fin de que se utilice para cercar con tapia y malla el área perimetral del terreno donde se construirá el salón comunal de
Caracol de la Vaca, distrito de Laurel.
17.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 9341 código presupuestario 232-905 70104 357 280 2310
3410, por un monto de cuatro millones quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos
veintiséis colones (¢4.598.426) o el saldo que exista, destinado “construcción de entechado
frente a la
escuela de la Junta de Educación finca Caimito, distrito Laurel ”, a fin de que se utilice para construcción de una tapia prefabricada en tres lados (103 metros de
la Escuela Finca Caimito).
18.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 9289 código presupuestario 232 905 70104 244 280 2310
3310
por un monto de tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000) o el saldo que exista, destinado para “mallado del sector este de la cancha de fútbol de la comunidad de Biolley”; a fin de que se utilice para construcción de los camerinos
y servicios sanitarios de la cancha
de
fútbol de la comunidad de Bioley.
19.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 8790 código presupuestario 232 905 70104 340 280 2310 3412, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinado “para reparar el comedor escolar de Darizara, distrito Canoas“, a fin de que se
utilice para construcción de una malla perimetral
en el terreno
de la escuela Darizara.
20.- Se autoriza a la Municipalidad de San Ramón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 9341 código presupuestario 232 901-00 70104 517 1 2310
2151, por un monto de trescientos treinta y cuatro mil novecientos noventa y ocho colones (¢334.998) o el saldo que exista, destinado a “nivelar el terreno comunal de Jauuri, distrito de Peñas
Blancas”, a fin de que
se utilice para la compra
de materiales para cerrar
la plaza de deportes de
El Jauuri, distrito de Peñas Blancas.
21.- Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
• Ley No. 8790, código presupuestario 232 901 70104 399 280 2310 3310, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000) o el saldo que exista, destinado
“para construir la I etapa del
gimnasio para el
Colegio de Dos Ríos”,
• Ley No. 8908 código presupuestario 232 901 70104 484 1 2310
3421, por un monto de seis millones ciento catorce mil ochocientos cincuenta y seis colones
(¢6.114.856) o el saldo que exista, destinado a “segunda etapa gimnasio del colegio
Dos Ríos, distrito Dos Ríos.
A fin de que se utilice para compra y colocación de piso cerámico a las instalaciones del
Liceo Dos Ríos.
22.- Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 9103 código presupuestario 232 901 70104 696 001 2310 3412, por un monto de tres millones ciento noventa y seis mil ciento treinta y dos colones (¢3.196.132) o el saldo que exista, destinado a “mejoras infraestructura de escuela en Los Cartagos Norte,
distrito San José (Pizote)”, a fin de que se utilice para construcción de
áreas recreativas en
la escuela
Los
Cartagos Norte.
23.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 8908 código presupuestario 232 904 60104 389 1 1310
3412, por un monto de un millón cuatrocientos cuarenta mil colones (¢1.440.000) o el saldo
que exista, destinado “cambio de zinc de la escuela Arturo
Solano Monge en Río Grande
de Nicoya, distrito Nicoya”, a fin de que se utilice para la compra de materiales para mejoras
del centro educativo Arturo
Solano Monge.
24.- Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 9341 código presupuestario 232 905 70104 263 280 2310
3310
por un monto de doce millones cuatrocientos noventa y ocho mil cincuenta y cinco
colones (¢12.498.055) o el saldo que exista, destinado “mejoras en el parque de Sierpe,
distrito Sierpe”, a fin de que se utilice para diseños y estudios del parque de Sierpe, distrito de
Sierpe.
25.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley No. 9103 código
presupuestario 232
900
70104 642 001 2310 220, por un monto de seiscientos noventa mil ochocientos setenta y dos colones
(¢690.872) o el saldo que exista, destinado “pasos de alcantarillas y cabezales en
quebrada Ernesto Fonseca, distrito San Pedro”, a fin de que se utilice para compra de mobiliario del concejo de distrito de San Pedro Centro.
26.- Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
• Ley No. 9289, código presupuestario 232 902 70104 217 280 2310 3120, por un
monto de un millón trescientos ocho mil setecientos siete colones (¢1.308.707) o el
saldo que exista, destinado a “la asociación del cementerio de Tierra Blanca, campo santo
Lirios de Tierra Blanca, para construir una batería sanitaria en el cementerio,
distrito Tierra
Blanca”,
•
Ley No. 9289 código presupuestario 232 902 70104 218 280 2310 3120, por un monto de setecientos veinte mil colones (¢720.000) o el saldo que exista, destinado a “la asociación del cementerio de Tierra Blanca, campo santo Lirios de Tierra
Blanca, para remodelar
el obituario de el cementerio, distrito Tierra Blanca”;
A fin de que se utilice para el campo santo Lirios de Tierra Blanca para la compra de materiales
para
mejoras de la capilla dentro del
cementerio.
27.- Se autoriza a la Municipalidad de Acosta para que varíe el destino
de la partida
aprobada mediante la Ley No. 9193 código presupuestario 232 900 70104 333 280 2310 3120, por un monto de tres millones setecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y
cuatro colones (¢3.746.894) o el saldo que exista, destinado “compra de lote para el salón comunal de la Uruca de Sabanillas de Acosta, Distrito Sabanillas”, a fin de que se utilice
para mejoras de la
cancha
de deportes de
la Uruca
en
horas tractor.
28.- Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 9289 código presupuestario 232 905 70104 264 280 2310 3410, por un monto de cinco millones ochocientos sesenta y nueve mil doscientos
veinticuatro colones (¢5.869.224) o el saldo que exista, destinado “diseño y construcción
de una aula en la escuela
Escalera, distrito Bahía Ballena” a fin de que se utilice para compra de materiales para malla, tubos, alambre y trabajos
de soldadura del perímetro de la escuela.
29.- Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley No. 9289 código presupuestario 232 905 70104 265 280 2310 3421, por un monto de ocho millones trescientos quince mil doscientos treinta y cuatro colones (¢8.315.234) o el saldo que exista, destinado “diseño y construcción de una aula en el
liceo finca Alajuela, distrito Piedra
Blancas,” a fin
de que
se utilice para
adquisición de materiales para el embellecimiento de la infraestructura del Liceo Finca Alajuela y
acondicionamiento del comedor estudiantil,
en el distrito de Piedras Blancas.
30.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 9341 código presupuestario 232-905 70104 357 280 2310 3410, por un monto de cuatro millones quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos
veintiséis colones (¢4.598.426) o el saldo que exista, destinado “construcción de entechado
frente a la
escuela de la Junta de Educación finca Caimito, distrito Laurel ”, a fin de que se utilice para construcción de una tapia prefabricada en tres lados (103 metros de
la Escuela Finca Caimito).
31.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley No. 8691 código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 493, por un monto de diez millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinado “comité de Dep. de Canoas, Corredores
p/ iluminac de plaza de dep.” a fin de
que
se utilice para construcción de aula, camerinos sanitarios de la plaza de deporte
conocida como un Carlin
Rodríguez.
Por lo tanto, los
Diputados firmantes de la presente nota llaman la atención a la Asamblea
Legislativa sobre estos retrocesos y exhortan a todas y todos los Señores
Diputados de la República a hacer un esfuerzo financiero y aumentar la
inversión en este rubro. El déficit fiscal no lo deben pagar los
estudiantes.
DADO A LOS DIECIOCHO DÌAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE. SAN JOSÉ, SALA DE SESIONES
DE LA COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE ASUNTOS HACENDARIOS.
STEVEN NÚÑEZ
RÍMOLA MARCELA GUERRERO CAMPOS
JORGE RODRÍGUEZ ARAYA ABELINO
ESQUIVEL QUESADA
JOSÉ FCO.
CAMACHO LEIVA JOSÉ
ANT. RAMÍREZ AGUILAR
DIPUTADOS