ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE ASUNTOS HACENDARIOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 “MODIFICACIÓN A LA LEY N°9289, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2015 Y SEGUNDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2015.

 

 

EXPEDIENTE N° 19.504

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INFORME DE SUBCOMISIÓN

Abril del 2015

INFORME AFIRMATIVO DE MINORÍA DE SUBCOMISIÓN

 

MODIFICACIÓN A LA LEY N°9289, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2015 Y SEGUNDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2015.

 

EXPEDIENTE Nº 19.504

 

 

Los suscritos Diputados miembros de la Subcomisión conformada dentro de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, para evaluar el Proyecto de Ley “Modificación a la Ley No.9289, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2015 y Segundo Presupuesto Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2015” Expediente Nº 19.504, rinde INFORME AFIRMATIVO DE MINORÍA DE SUBCOMISIÓN sobre el proyecto Expediente Nº 19.504, iniciativa del Poder Ejecutivo, iniciado el 17 de marzo del 2015, y propone un conjunto de mociones para mejorar el Proyecto de Ley.

 

A continuación se analiza el Proyecto y se argumenta en favor de las modificaciones que el suscrito recomienda.

 

 

1.     DE LOS CONTENIDOS DEL TEXTO BASE DEL PROYECTO

 

A. DESCRIPCIÓN GENERAL

 

El Proyecto de Ley que se tramita bajo el Expediente No. 19.504, consiste en un Presupuesto Extraordinario, remitido a la Asamblea Legislativa por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de las atribuciones que le consagra el artículo 140, inciso 5 de la Constitución Política, mediante oficio LYD 2317/03/15 del 17 de marzo del 2015.

 

En el texto base del Proyecto se desincorporan ¢189.778,1 millones del Presupuesto Nacional del 2015 y se realiza una modificación del presupuesto vigente por ¢75.076,1 millones.

 

El Expediente  en estudio se conforma de 4 artículos, según el siguiente detalle:

 

Artículo 1. Modifica el artículo 1 de la ley actual, desincorporando recursos tanto internos como externos.

 

Artículo 2. En este artículo se registran los movimientos a los egresos producto de los rebajos realizados en el artículo 1.

 

Artículo 3. Incluye modificaciones a los recursos ya existentes y que se remiten a la Asamblea Legislativa por no poder realizarse por la vía del decreto ejecutivo.

 

Artículo 4. Incorpora normas presupuestarias de modificaciones a leyes de presupuesto de años anteriores. La mayoría corresponden a las normas que se habían aprobado en el trámite del Presupuesto Ordinario del 2015.

 

B. REFORMAS A INGRESOS DEL PRESUPUESTO 2015

 

El Proyecto de Ley desincorpora un monto total de ¢189.778,1 millones de los ingresos del Presupuesto Nacional.

 

Esta desincorporación se distribuye en tres fuentes de financiamiento como se detalla a continuación:

 

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

MONTO DESINCORPORADO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO INTERNO

Títulos Valores de corto plazo (Contribución del Estado Deuda Política, Elecciones 2014)

6.753.565.000,00

Títulos Valores de largo plazo

146.139.374.100,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO EXTERNO

Financiamiento Externo-Banco Mundial-Crédito Limón Ciudad-Puerto

36.885.161.758,87

TOTAL DESINCORPORADO

189.778.100.858,87

 

Siendo que los ingresos autorizados en el Presupuesto Ordinario para el año 2015 fueron de 7.959.345.529.000,00 colones, la reducción es de un 2,38% respecto a los ingresos autorizados inicialmente.

 

 

 

B. REFORMAS A EGRESOS DEL PRESUPUESTO 2015

 

 

 

B.1 Rebajas

 

El Artículo 2 del texto base del Proyecto de Ley reduce los gastos autorizados en el Presupuesto 2015  por un monto total de ¢189.778,1 millones.

 

 

 

 

 

 

 

Esta reducción se distribuye como se especifica a continuación.

 

Tipo de rebaja

Rebaja

Peso relativo (respecto a total de rebaja)

Canje de deuda

92.000.000.000,00

48,48%

Intereses (sobre servicio de deuda)

4.000.000.000,00

2,11%

Eliminación de transferencia de recursos de Limón Ciudad-Puerto (por cancelación de crédito del BIRF)

36.885.161.758,87

 

19,43%

Rebaja de gastos sustantivos (otros gastos  como remuneraciones, alquileres, servicios, bienes duraderos, trasferencias, etc)

60.892.939.100,00

32,09%

TOTAL REBAJAS

189.778.100.858,87

100,00%

 

La mayor parte del recorte propuesto por el Poder Ejecutivo descansa sobre la re-negociación de la deuda que debe amortizarse durante el 2015.

 

Así mismo, debe señalarse que si se excluyen las rebajas relacionadas con el canje de la deuda (amortización de servicio de la deuda), así como la rebaja de los recursos de Limón Ciudad Puerto (pues no son un ahorro real, siendo que es una formalidad a cumplir, dado que el empréstito se canceló), las rebajas sustantivas (ahorro real) que propone el texto base son de poco más de 60.892,00 millones de colones.

 

Ahora bien, es necesario analizar la composición de esos gastos sustantivos, por más de 60 mil millones, que el texto base propone rebajar. A continuación se describe la forma en que dichos gastos a rebajar se distribuyen, según Partidas.

 

PARTIDA

REBAJA

Peso relativo (respecto a total de rebaja de gasto sustantivo)

 

Remuneraciones

8.885.124.167,00

14,59%

 

Servicios

11.521.887.809,00

18,92%

Materiales y suministros

2.932.838.635,00

4,82%

Intereses y comisiones

4.000.000.000,00

6,57%

Transferencias

(44,56%)

Corrientes

19.628.870.823,00

32,24%

De capital

7.499.875.505,00

12,32%

Cuentas especiales

6.000.000,00

0,01%

TOTAL REBAJAS SUSTANTIVAS

60.892.939.100,00

100,00%

 

Como se observa, cuando se analiza la composición de los recortes sustantivos (es decir, excluyendo las rebajas por canje de deuda, y por eliminación de los recursos de Limón Ciudad-Puerto), resulta que la mayor proporción de las rebajas propuestas por el Gobierno recaen sobre transferencias (corrientes y de capital, que suman un 44,56% de la rebaja sustancia total).

 

A continuación se detallan las transferencias que son afectadas con recortes de mayores cuantías.

 

Transferencia

Monto

Peso relativo (respecto total de rebajas a trasferencias)

CONTRIBUCIÓN ESTATAL A LOS PARTIDOS POLÍTICOS

6.753.565.000,00

 

24,89%

PANI

6.338.318.808,00

23,36%

Juntas de Educación y Administrativas

5.499.875.505,00

 

20,27%

CCSS (PARA EL DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES ASOCIADAS AL TABAQUISMO Y EL FORTALECIMIENTO DE LA RED ONCOLÓGICA NACIONAL, PARA QUE SEA UTILIZADO EN LA PREVENCIÓN, EL DIAGNÓSTICO, EL TRATAMIENTO, LA REHABILITACIÓN Y LOS CUIDADOS PALIATIVOS DEL CÁNCER)

4.263.840.000,00

 

15,71%

Otras transferencias

4.273.147.015,00

15,75%

TOTAL

27.128.746.328,00

100,00%

 

Así resulta que, siendo que las rebajas sustantivas se concentran en las transferencias, es posible observar que más de la mitad de las rebajas en transferencias pesan sobre los recursos destinados a las Juntas de Educación para necesidades de  infraestructura educativa, sobre la transferencia al PANI y sobre los recursos destinados a la CCSS para combatir y prevenir enfermedades asociadas al tabaquismo.

 

B.2 Modificaciones presupuestarias

 

El Artículo 3 del Proyecto de Ley incluye un conjunto de modificaciones presupuestarias por ¢76.076,1 millones, que corresponden a la asignación de recursos  ya existentes a propósitos distintos a los establecidos en la ley originalmente aprobada.

 

Las modificaciones se resumen a continuación.

 

REBAJA

AUMENTO

OBSERVACIONES

Descripción

Monto

(millones)

Descripción

Monto

(millones)

Servicio de la deuda

35.895,6

Servicio de la deuda

35.895,6

Modificación para dar equilibrio presupuestario.

Servicio de la deuda

40.000,00

Capitalización del BN

40.000,00

Recursos de liberan por canje de deuda y se trasladan al BN

Varias partidas del Ministerio de Hacienda

120,5

Cuotas de organismos internacionales

104,5

 

Varias partidas del MEIC

60,00

Varias partidas MEIC

76,00

 

 

La modificación más importante es el traslado de 40 mil millones presupuestados originalmente para el servicio de la deuda, para utilizarlos para capitalizar al Banco Nacional. Básicamente, este traslado consiste en pasar recursos, que se liberan gracias al canje de la deuda, para que el Banco Nacional los utilice para honrar una posible obligación tributaria que se encuentra en proceso de fiscalización por parte de la Administración Tributaria.

 

2.     DE LAS ORGANIZACIONES O INSTITUCIONES CONSULTADAS

 

El contenido del proyecto fue consultado a las siguientes entidades:

 

 

3.  DE LAS RESPUESTAS RECIBIDAS POR LAS ORGANIZACIONES O INSTITUCIONES CONSULTADAS

 

Los suscritos conciben la responsabilidad macroeconómica fiscal como una responsabilidad doble:

            a. Responsabilidad financiera: responsabilidad con el equilibrio dinámico de      las finanzas públicas,

            b. Responsabilidad social: responsabilidad con el cumplimiento de las      obligaciones del Estado para solventar necesidad y cumplir con derechos,       individuales y sociales, de los ciudadanos.

 

Así,  no caemos  en el extremo del fiscalismo ciego, que se limita a la búsqueda de unas finanzas estrictamente equilibradas, omitiendo la función que el gasto público juega como mecanismo de reactivación económica. Pero, esta posición tampoco cae en un no-reconocimiento de los peligros sobre la estabilidad socio-económica de la nación de un aumento desmesurado del gasto sobre los ingresos públicos.

 

A esta posición, que implica interpretar la responsabilidad macroeconómica como una mezcla necesaria de responsabilidad fiscal y responsabilidad social, responden las acciones concretas que se ha emprendido en la discusión de los Presupuestos, Ordinarios y Extraordinarios, de la República. Y, en el caso del Proyecto que en este Informe se analiza, esta posición es el fundamento de la propuesta que a continuación se describe.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A. PARTIDAS CUYA REBAJA SE RECOMIENDA ELIMINAR

 

Del análisis del texto base del Proyecto que aquí se analiza, se desprende que:

 

            a) la mayor parte del recorte de gastos sustanciales recae sobre las            transferencias y que la mayor parte de recorte de transferencias recae             sobre programas sociales y educación.

 

            b) la mayor parte del recorte de gastos sustanciales recae sobre el Presupuesto del Ministerio de Educación Pública.

 

A.1. Primera recomendación: eliminar el recorte de recursos al MEP.

 

Primero, respecto al recorte del Presupuesto destinado a educación, debe recalcarse el mandato contenido en el Art. 78 de nuestra Constitución Política. Dicho mandato establece que el gasto público en educación, no puede ser inferior al 8% del PIB. Además, por vía de Artículo transitorio, se estableció que dicha proporción podría ser inferior solo en los periodos fiscales previos al 2014.

 

Es decir, en el periodo fiscal 2015, en cumplimiento con el mandato constitucional, el gasto público en educación no puede ser inferior al 8% del PIB estimado para este año.

 

Considerando que en su Programa Macroeconómico 2015-2016 el BCCR ha proyectado un PIB para el 2015 de 28.784.101.800.000,00 millones de colones, el presupuesto para gasto público en educación no debería ser inferior a 2.302.728.144.000,00 colones. No obstante, el presupuesto destinado a educación, en el Presupuesto Ordinario 2015, solo alcanzó la suma de 2.201.008.529.000 colones, es decir, se presupuestó un monto menor por 101 mil millones de colones, respecto a la obligación que establece el mandato constitucional.

 

Este incumplimiento se agravaría en intensidad si se aprobara el Proyecto aquí analizado en su versión de texto base, pues dicho texto base propone recortar más de 12 mil millones de colones al presupuesto destinado al gasto público en educación, específicamente en recursos autorizados al Ministerio de Educación Pública.

 

Los suscritos diputados, en su firme compromiso con la educación pública costarricense, recomienda a los Señores y Señoras Diputadas, integrantes de la Comisión de Asuntos Hacendarios, oponerse a este agravamiento del incumplimiento con el mandato constitucional, y exigir al Poder Ejecutivo, que si considera que los recursos, contenidos en los objetos de gasto específicos sobre los que ha propuesto los recortes, son innecesarios o superfluos, que envíe, con la mayor prontitud un nuevo Presupuesto Extraordinario reorganizando los recursos destinados a educación, sin realizar rebajas, pero disponiendo los recursos en los objetos de gasto que permitan cumplir con las necesidades evidentes que padece el sistema educativo público.

 

A.2 Segunda recomendación: Eliminar el recorte de recursos de transferencias destinadas a programas sociales

 

Como se señaló antes, una amplia proporción de los recortes de gastos sustanciales propuestos por el Poder Ejecutivo recaen sobre transferencias a Programas Sociales, varias de ellas con fundamento en legislación vigente.

 

En detalle, en este Informe recomendamos, a los Señores Diputados y las Señoras Diputadas integrantes de la Comisión a la que fue asignado el estudio de este Proyecto, que se eliminen del mismo los recortes a las transferencias destinadas a las siguientes instituciones:

·         Instituto sobre el Alcoholismo y Farmacodependencia.

·         Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

·         CCSS (recursos destinados al diagnóstico, tratamiento y la prevención de enfermedades asociadas al tabaquismo y el fortalecimiento de la Red Oncológica Nacional).

·         Patronato Nacional de la Infancia.

·         Centro Costarricense de Producción Cinematográfica.

·         Museo de Arte Costarricense.

·         Centro Nacional de la Música.

·         Asociación Sinfónica de Heredia.

·         Casa de la Cultura de Puntarenas

 

 

B. PARTIDAS CUYO AUMENTO SE RECOMIENDA ELIMINAR

 

Dentro de las modificaciones presupuestarias contenidas en el Artículo 3 del Proyecto de Ley en análisis, se propone el traslado de 40 mil millones de colones que se ahorrarían gracias al canje de deuda (reducción del gasto por concepto de Servicio de la Deuda) hacia la capitalización del Banco Nacional (aumento del gasto por concepto de aporte de capital).

 

B.1 Posible erogación por obligación tributaria no pone en riesgo la suficiencia patrimonial del Banco Nacional.

 

Primero, esta capitalización obedece, según ha expresado el Viceministro de Hacienda, Sr. Fernando Rodríguez Garro[1], a la necesidad de proteger la suficiencia patrimonial del Banco Nacional ante una posible erogación  de más de 49 mil millones de colones, producto de un proceso de fiscalización en curso, que de momento se encuentra detenido por una acción de inconstitucionalidad que pesa sobre el Artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

 

Ante este argumento es necesario analizar el impacto potencial de una erogación de esta cuantía sobre la suficiencia patrimonial del Banco Nacional.

 

El Índice de Suficiencia Patrimonial tiene por sustento metodológico el Acuerdo SUGEF 3-06 “Reglamento sobre la suficiencia patrimonial de entidades financieras”, donde se establece la obligación de mantener por encima del 10% el resultado del índice. Dicho índice consiste en una razón entre el capital de la entidad financiera y los riegos derivados de sus activos. Así, el índice es un indicador de la fortaleza de la entidad financiera para hacerse cargo de los riesgos asumidos.

 

Según las declaraciones de la Sra. Hazel Valverde, Directora de Finanzas del Banco Nacional de Costa Rica, al Semanario El Financiero[2],un pago potencial de más de 49 mil millones de colones por concepto de la obligación tributaria que se encuentra en proceso de determinación, tendría un limitado impacto sobre la suficiencia patrimonial del Banco. Así, considerando que para febrero del presente año el índice de suficiencia patrimonial del Banco era de 12,99%, asumir el pago de más de 49 mil millones de colones bajaría el índice a 11,65%, es decir, lo reduciría pero se mantendría por encima del 10% que exige la SUGEF.

 

Así, la justificación sostenida por el Sr. Viceministro de Hacienda sobre la afectación peligrosa a la suficiencia patrimonial del Banco Nacional por el pago potencial de una obligación tributaria, no tiene soporte. Y a esto debe agregarse, que tal y como señaló el propio Viceministro[3], y como reiteran las autoridades del Banco Nacional al Semanario El Financiero, no ha sido el propio Banco el que ha solicitado la capitalización.

 

B.2 Capitalización y riesgo moral

 

En segundo lugar, este aumento del gasto público para capitalizar al Banco Nacional, debe analizarse desde el punto de vista de la señal que puede significar para el sector financiero público costarricense, específicamente la situación de riesgo moral que implica esta capitalización.

 

El riesgo moral aparece cuando un agente económico cuenta con información que le permite saber que una decisión propia, que le implique asumir un riesgo mayor, no tendrá consecuencias potenciales negativas sobre sí mismo, pues lo efectos negativos recaen sobre otros agentes económicos.

 

Capitalizar al Banco Nacional, para que pueda honrar una potencial obligación tributaria (eludida, evadida o producto de un error), implica crear una señal a todo el sector financiero público: la decisión de incumplir con las obligaciones tributarias no tiene efectos negativos sobre la entidad financiera, pues el Gobierno Central se encargará de capitalizar a la entidad para que pueda honrar la obligación.

 

Así, esta medida de capitalizar para que se cumpla con una obligación tributaria material, que no es sino una forma indirecta de condonar una obligación tributaria (indirecta pues nuestro Código de Normas y Procedimientos Tributarios exige, para las condonaciones directas la aprobación del Legislativo), implica dar una señal a las demás entidades financieras pública, una señal que incentiva el incumplimiento de sus obligaciones tributarias, pues los efectos potenciales de tal incumplimiento no recaerían sobre las entidades mismas, sino que serían soportados por el Presupuesto del Gobierno Central, y por tanto, por todos los ciudadanos contribuyentes.

 

B. 3 Tercera recomendación: Eliminar el aumento del gasto destinado a capitalizar al Banco Nacional.

Así, en consideración a la argumentación precedente, en este Informe recomendamos, a los Señores Diputados y las Señoras Diputadas integrantes de la Comisión a la que fue asignado el estudio de este Proyecto, que se eliminen del mismo el aumento del gasto por 40 mil millones destinados a capitalizar al Banco Nacional de Costa Rica.

 

C. RESULTADO FINANCIERO DE LA PROPUESTA QUE  PRESENTAMOS

 

En síntesis, recomendamos a los    Señores Diputados y las Señoras Diputadas integrantes de la Comisión a la que fue asignado el estudio de este Proyecto que: a) se eliminen, del Proyecto, las rebajas correspondientes al gasto público en educación y a trasferencias a programas sociales, y b) que se elimine, del Proyecto, el aumento de gasto correspondiente a la capitalización del Banco Nacional de Costa Rica.

 

 

A continuación se detallan las partidas y los montos que en detalle recomendamos eliminar de este Presupuesto Extraordinario.

 

 

 

 

 

 

 

 

REBAJAS DEL GASTO A ELIMINAR

AUMENTOS DEL GASTO A ELIMINAR

MEP (Varios objetos de gasto, varios programas)

12.163.543.459,00

CAPITALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL

40.000.000.000,00

 

IAFA (Transferencia)

355.320.000,00

ICODER (Transferencia)

355.320.000,00

CCSS ( PARA EL DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y LA

PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES ASOCIADAS AL

TABAQUISMO Y EL FORTALECIMIENTO DE LA RED

ONCOLÓGICA NACIONAL) (Transferencia)

4.263.840.000,00

PANI (Transferencia)

6.338.318.808,00

CENTRO COSTARRICENSE DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA (Transferencia)

118.904.000,00

MUSEO DE ARTE COSTARRICENSE (Transferencia)

100.953.005,00

CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICA. (Transferencia)

166.840.000,00

ASOCIACIÓN SINFÓNICA DE HEREDIA (Transferencia)

149.657.380,00

CASA DE LA CULTURA DE PUNTARENAS (Transferencia)

42.000.000,00

TOTAL DE REBAJAS A ELIMINAR

23.887.856.652,00

TOTAL DE AUMENTOS A ELIMINAR

40.000.000.000,00

 

Como se observa, en este Informe se recomienda un conjunto de cambios al proyecto de Ley que tienen por resultado global una reducción de los recortes propuestos por 23.887.856.652,00 colones y al mismo tiempo una reducción del aumento del gasto por 40.000.000.000,00 de colones. Así, el resultado de la recomendación recogida en este Informe implica una reducción del déficit fiscal potencial, del presente año, mayor a la propuesta del texto base propuesto por el Poder Ejecutivo, en un monto de 16.022.247.348,00 colones.

 

Así, si se asumen las recomendaciones de este Informe, los gastos autorizados para el ejercicio presupuestario 2015 se reducirían en 205.800.348.206,87 colones. Es decir, aprobando las mociones que se recomiendan en este Informe de Subcomisión, se estaría aprobando una reducción

 

 

A continuación se comparan los recortes sobre  los gastos autorizados que se proponen en el texto base enviado por el Poder Ejecutivo contra los recortes que resultarían de la propuesta que se recomienda en este Informe.

 

 

 

 

 

 

Tipo de rebaja

Rebaja propuesta en texto base

Rebaja con recomendaciones de Informe FA

Canje de deuda

92.000.000.000,00

132.000.000.000,00

Intereses (sobre servicio de deuda)

4.000.000.000,00

4.000.000.000,00

Eliminación de transferencia de recursos de Limón Ciudad-Puerto (por cancelación de crédito del BIRF)

36.885.161.758,87

 

36.885.161.758,87

Rebaja de gastos sustantivos (otros gastos  como remuneraciones, alquileres, servicios, bienes duraderos, trasferencias, etc)

60.892.939.100,00

36.915.186.448,00

TOTAL REBAJAS

189.778.100.858,87

205.800.348.206,87

 

Como se observa, con las mociones recomendadas por este Informe de Subcomisión, se estaría logrando una reducción del déficit fiscal mayor al propuesto por el Poder Ejecutivo, al tiempo que se evita el recorte de recursos destinados a la educación y los programas sociales.

 

4.     DE LAS CONCLUSIONES FINALES

 

·         Considerando:

     La situación deficitaria de las finanzas públicas costarricense.

     El compromiso de la izquierda costarricense con la responsabilidad macroeconómica fiscal, en su dimensión financiera y social.

     El mandato constitucional que exige que el Estado costarricense invierta un 8% de su PIB en educación.

     Las necesidades, vitales para la sociedad costarricense, que cubren los programas sociales.

     La falta de evidencia que justifique la necesidad de capitalizar al Banco Nacional de Costa Rica para evitar un impacto negativo sobre la suficiencia patrimonial de la entidad, ante una posible erogación por concepto de una obligación tributaria material incumplida.

·         Por tanto:

     En este Informe de Subcomisión se recomienda un conjunto de mociones que reforman el texto base del Proyecto, de tal forma que se eliminan los recortes que recaen sobre la educación pública y los programas sociales, y, al mismo tiempo, se elimina el aumento del gasto derivado de la capitalización al Banco Nacional de Costa Rica.

     Esta propuesta tiene como resultado una reducción del déficit fiscal mayor, en más de 16 mil millones, respecto a la reducción propuesta en el texto base propuesto por el Poder Ejecutivo.

5.  En síntesis, la propuesta contenida en este Informe de Subcomisión protege el presupuesto destinado a educación y programas sociales,  y al mismo tiempo reduce con mayor intensidad el déficit fiscal potencial del presente año.

6.  DE LA RECOMENDACIÓN FINAL

 

Con base en los argumentos antes señalados, se recomienda a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, aprobar el presente INFORME AFIRMATIVO DE MINORÍA DE SUBCOMISIÓN, aprobar las mociones adjuntas a este Informe y votar afirmativamente el proyecto de ley contenido en el Expediente Nº 19.504 “MODIFICACIÓN A LA LEY N°9289, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2015 Y SEGUNDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2015.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

José Ramírez Aguilar

 

Abelino Esquivel Quesada

Diputado

 

Diputado

 

 

 

 

 

 

 



[1]               Ver Acta No. 83 del 24 de marzo del 2015, de la Comisión de Asunto Hacendarios.

[2]               El Financiero, “Banco Nacional aguantaría fuerte pago de deuda por impuesto de renta”, recuperado el 6/4/15 de http://www.elfinancierocr.com/finanzas/Banco_Nacional-Ministerio_de_Hacienda-presupuesto_extraordinario-capitalizacion-Tributacion_0_704329583.html

[3]               Ver Acta No. 83 del 24 de marzo del 2015, de la Comisión de Asunto Hacendarios.