ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE
COMISIONES
Comisión
Permanente Especial de Ciencia,
Tecnología y Educación
Acta
sesión extraordinaria Nº 25
Miércoles 6 de marzo 2013
1° de mayo de 2012 - 30 de abril de 2013
SEGUNDO
PERÍODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS
1°
de diciembre 2012 - 30 abril de 2013
ÍNDICE
A.-
Discusión y aprobación de Acta
C.-
Discusión y aprobación de Proyectos de Ley
Fortalecimiento
del centro costarricense de producción cinematográfica.
D.-
Trámite de mociones Vía Artículo 137
Moción de
dispensa 1-25, del diputado Alfaro Zamora
Moción Nº.
1-137, de varias y varios diputados:
Moción Nº.
2-137, de varias y varios diputados:
Moción Nº. 3-137,
de varias y varios diputados:
Asistencia:
Óscar Gerardo Alfaro Zamora, Presidente
Ernesto Chavarría Ruiz, Secretario
María Eugenia Venegas Renauld
Elibeth Venegas Villalobos
Rodrigo Pinto Rawson
José Joaquín Porras Contreras
Presidente:
Buenos tardes, al ser las diecisiete horas con veintidós minutos, damos inicio a esta sesión extraordinaria Nº 25 de la Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación, de hoy 6 de marzo de 2013
Presidente:
Tenemos la discusión y aprobación del acta.
Presidente:
Nº de Expediente |
Institución |
Fecha de recibido |
Nº de oficio |
Asunto |
18.601 |
Banco Nacional |
05-03-2013 |
GG-023-13 |
Criterio Se adjunta al expediente |
18.601 |
Municipalidad de San José |
06-03-2013 |
DAJ-0484-142013 |
Prórroga Se le otorga por ocho días hábiles |
18.601 |
Municipalidad de Naranjo |
06-03-2013 |
SM-CONCEJO-068-2013 |
Criterio Se adjunta al expediente |
18.601 |
Municipalidad de Dota |
06-03-2013 |
41-SCMD-13 |
Criterio Se adjunta al expediente |
Vamos a
integrar una subcomisión, la va a constituir doña María Eugenia Venegas,
Ernesto Chavarría y Oscar Alfaro, quien la preside.
Tenemos dos
audiencias pendientes que se están programando para el próximo martes.
La
subcomisión tendrá un plazo de hasta dos meses, para presentar el informe
correspondiente.
Presidente:
Vamos
a elaborar una moción de dispensa de lectura para proceder de conformidad, para
lo cual damos un minuto de receso..
Se
reinicia la sesión.
Ha
llegado una moción de dispensa de lectura que le solicito al diputado
Secretario, proceder a leer.
Secretario:
Buenas
tardes, compañeras y compañeros.
Para que se dispense de lectura las mociones numeradas de
la 1-137 a la 3-137
Presidente:
Gracias
diputado Secretario:
En
discusión la moción, discutida.
La
diputada y diputados que estén a favor de la moción, lo manifestarán levantando
su mano.
Cinco
diputada y diputados presentes, cinco votos a favor.
Para que se modifique el artículo 1del
proyecto de ley en discusión que se lea de la siguiente manera:
Artículo 1: Refórmase el
artículo 3 de la Ley N°6450, de 15 de julio de 1980 y sus reformas y de la
siguiente manera:
Artículo 3°.- De los ingresos
alcanzados con el impuesto sobre la renta, Ley del Impuesto sobre la Renta, N°
7092 del 21 de abril de 1988, se destinarán las siguientes sumas para 1993:
ciento treinta millones de colones (¢130.000.000), para el Instituto
Tecnológico de Costa Rica; doscientos sesenta millones de colones (¢
260.000.000), para la Universidad de Costa Rica, que se distribuirán de la siguiente
forma: setenta y cinco millones de colones (¢ 75.000.000), para la Sede de
Paraíso de Cartago y los ciento ochenta y cinco millones de colones restantes
(¢ 185.000.000), para programas de desarrollo; doscientos sesenta millones de
colones (¢ 260.000.000), para la Universidad Nacional, los cuales se
distribuirán así: doscientos millones de colones (¢ 200.000.000), para la Sede
Central, treinta millones de colones (¢ 30.000.000), para la Sede Regional
Brunca y treinta millones de colones (¢ 30.000.000), para la Sede Regional
Chorotega. Los montos constituirán rentas propias e independientes de cada
Institución a partir del período fiscal del año de 1994 y, en lo sucesivo,
según el índice de inflación, se actualizarán anualmente, mediante un
procedimiento similar al utilizado en la recalificación del Fondo para la
Educación Superior. El monto que se le giré al Instituto Tecnológico de Costa
Rica será el mismo que el de la Universidad de Costa Rica y Universidad
Nacional, que será utilizado para la instauración y desarrollo de las Sedes
universitarias en la ciudad de Limón y la zona de la Península de Osa, asimismo
para otros proyectos del Instituto.
(…)
En
discusión la moción.
Adelante
diputada Venegas Renauld:
Diputada Venegas Renauld:
Muchas
gracias, señor Presidente.
Lo
que quiero es que quede en actas, que no voy a votar esta moción porque la
siguiente, que es exactamente igual, lleva también mi firma y además tiene
mayor representación de los diputados y diputadas; de manera que estaría
representando una mejor opción, aunque son exactamente iguales.
Presidente:
Muchas
gracias diputada Venegas Renauld:
Discutida.
Quienes
estén de acuerdo les solicito levantar su mano.
Cinco
diputada y diputados presentes, cinco votos negativos.
Pasaríamos entonces a la moción número dos.
Para que se modifique el artículo 1 del
proyecto de ley en discusión y se lea de la siguiente manera.
Artículo 1: Reformase el artículo 3 de la
Ley N° 6450, de 15 de julio de 1980 y sus reformas y de la siguiente manera:
Artículo 3°.- De los ingresos alcanzados con el impuesto sobre la renta, Ley del
Impuesto sobre la Renta, N° 7092 del 21 de abril de 1988, se destinarán las
siguientes sumas para 1993: ciento treinta millones de colones (¢130.000.000),
para el Instituto Tecnológico de Costa Rica; doscientos sesenta millones de
colones (¢ 260.000.000), para la Universidad de Costa Rica, que se distribuirán
de la siguiente forma: setenta y cinco millones de colones (¢ 75.000.000), para
la Sede de Paraíso de Cartago y los ciento ochenta y cinco millones de colones
restantes (¢ 185.000.000), para programas de desarrollo; doscientos sesenta
millones de colones (¢ 260.000.000),
para la Universidad Nacional, los cuales se distribuirán así: doscientos
millones de colones (¢ 200.000.000), para la Sede Central, treinta millones de
colones (¢ 30.000.000), para la Sede Regional Brunca y treinta millones de
colones (¢ 30.000.000), para la Sede Regional Chorotega. Los montos constituirán
rentas propias e independientes de cada Institución a partir del período fiscal
del año de 1994 y, en lo sucesivo, según el índice de inflación, se
actualizarán anualmente, mediante un procedimiento similar al utilizado en la
recalificación del Fondo para la Educación Superior. El monto que se le gire al
Instituto Tecnológico de Costa Rica será el mismo que el de la Universidad de
Costa Rica y Universidad Nacional será utilizado para la instauración y
desarrollo de las Sedes universitarias en la provincia de Limón y la zona de la
Península de Osa, asimismo para otros proyectos del Instituto.
(…)
Discutida.
Quienes
estén de acuerdo les solicito levantar su mano.
Cinco
diputada y diputados presentes, cinco votos a favor.
Seguiríamos en el conocimiento de la moción número tres.
Para
que se modifique el artículo 2 del proyecto de ley en discusión que se lea de
la siguiente manera:
ARTÍCULO 2.- Para que se adicione a la Ley de creación del Fondo
Especial de Educación Superior, N.° 6450, de 15 de julio de 1980 y sus
reformas, un transitorio VI cuyo texto dirá:
"Transitorio VI.- Los recursos correspondientes que se destinen a
favor del Instituto Tecnológico de Costa Rica, deberán girarse a esa
institución a partir del período fiscal siguiente a la entrada en vigencia de
la reforma del artículo 3 de esta ley”
Quienes
estén de acuerdo les solicito levantar su mano.
Cinco
diputada y diputados presentes, cinco votos a favor.
Sin más asuntos que tratar, al ser las diecisiete
horas con quince minutos, se levanta la sesión.
Dip.
Oscar Alfaro Zamora
Dip. Ernesto Chavarría Ruiz
Presidente Secretario
______________
Transcripción:lcb
Revisada: /Sbc/