Reformas urgentes para fortalecer la administración tributaria,
expediente No. 17861
Primer informe de mociones vía
artículo 137 del Reglamento legislativo
MOCIONES APROBADAS
Moción N.º
9-113 (7-137) del diputado Villalta Florez-Estrada:
“Para que se modifique el inciso b) del artículo 3 del proyecto de ley
en discusión, cuyo texto dirá:
"ARTÍCULO 3.- (...)
b) Modifícase el artículo 12 para que en
adelante se lea:
"Artículo 12.- Sanciones e intereses. A los sujetos pasivos que incumplan con las
obligaciones establecidas en esta ley e incurran en las infracciones
establecidas en los artículos 79, 80, 80 bis y 81 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley No. 4755 de 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
se les aplicarán las sanciones establecidas en dichos artículos. Igualmente, serán aplicables las reducciones
del artículo 88 de ese cuerpo normativo.
El cobro de intereses a cargo del sujeto pasivo se aplicará de
conformidad con el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios.”
Moción Nº. 10-113 (8-137) del
diputado Hernández Rivera:
“Para que se modifique el artículo 3 del proyecto de ley y se agregue un
inciso d) que contenga un nuevo artículo a la Ley del impuesto solidario para
el fortalecimiento de programas de vivienda, Ley Nº. 8683, de 19 de noviembre
de 2008:
d) Agréguese un nuevo artículo que en adelante se lea:
ARTÍCULO.- Infracciones y sanciones por negligencia grave
Sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que hubiere lugar, se
sancionará con una multa de 20 a 30 veces su remuneración total mensual, y con
la destitución del cargo en caso de aplicarse la multa mayor, al o los
funcionarios o servidores públicos que por negligencia grave, no hubieren
cumplido con las obligaciones que a cada uno corresponda en esta ley”.
Moción N.º 11-113 (9-137) del diputado Villalta Florez-Estrada:
“Para que se adicione un INCISO NUEVO al artículo 3 del proyecto de ley
en discusión, cuyo texto dirá:
"ARTÍCULO 3.- Modifícase la Ley del
impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, Ley N.º 8683, de 19 de noviembre de 2008, de la siguiente forma:
(...)
NUEVO) Derógase el inciso f) del artículo 6.”