APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA (ANTERIORMENTE DENOMINADO:
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA
POPULAR CHINA)
DICTAMEN
DE MAYORÍA AFIRMATIVO
7
de octubre de 2010
Expediente
N.º 17.672
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Los
suscritos diputados, miembros de la Comisión Permanente Especial de Relaciones
Internacionales y Comercio Exterior, rendimos DICTAMEN DE MAYORÍA AFIRMATIVO
sobre el proyecto de ley: APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA (ANTERIORMENTE DENOMINADO:
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA
POPULAR CHINA), Expediente N.º 17.672, iniciativa del Poder Ejecutivo, publicado
en el Alcance N.º 11, a La Gaceta N.° 113,
de 11 de junio del dos mil diez,
basados en los siguientes argumentos:
La
presente iniciativa del Poder Ejecutivo propone
la aprobación del Tratado de libre
comercio entre el Gobierno de
El acuerdo mencionado
establece y regula una zona de libre comercio entre los suscribientes, de
conformidad con lo establecido en el artículo XXIV del Acuerdo general sobre
aranceles aduaneros y comercio de 1994, y el artículo V del Acuerdo general
sobre el comercio de servicios.
Con
el propósito de plantear el análisis del presente dictamen en mejor forma, se
ha estructurado en tres secciones, que son las siguientes: primera, el abordaje
de los aspectos de fondo; segunda, el desarrollo de los aspectos de
procedimiento, y tercera, la administración de los tratados. Estas tres secciones fundamentan las razones
de este dictamen afirmativo.
SECCIÓN
A- ASPECTOS DE FONDO
Política
comercial de Costa Rica
Costa
Rica inició varias iniciativas políticas a principios de la década de los
ochenta que dieron origen a un nuevo
modelo de desarrollo orientado hacia fuera. El objetivo principal fue lograr la
inserción del país en la economía internacional, por medio de un proceso de
promoción de exportaciones; la inserción en los mercados internacionales; la
reforma del Estado y la eliminación de las distorsiones que impedían al país
competir con el resto del mundo.
En
virtud de lo anterior, se adoptó como objetivo primordial de la política
nacional de comercio exterior promover, facilitar y consolidar la inserción de
Costa Rica en la economía internacional, lo cual responde a la realidad de que
las dimensiones de la economía costarricense o las del mercado centroamericano no
son suficientes para brindar las oportunidades de crecimiento que el país
requiere. Por ello, Costa Rica ha
buscado fortalecer la promoción y la consolidación de la integración del país
en los mercados mundiales.
Con
base en esto, la presente Administración estableció tres pilares en los que
fundamenta la política comercial costarricense, que son los siguientes:
Primero,
la consolidación, la ampliación y la racionalización de la plataforma de
comercio exterior de Costa Rica, en la cual se contabilizan tratados de libre
comercio con Estados Unidos, Canadá, México, Centroamérica, el Caribe,
República Dominicana, Panamá y Chile. Actualmente, uno de los principales objetivos
se enfoca en la consolidación de la plataforma de comercio exterior, para lo
cual es fundamental la aprobación legislativa de los tratados de libre comercio
negociados con China, Singapur y el Acuerdo de asociación entre Centroamérica y
Segundo,
optimizar la gestión de los acuerdos comerciales que enfatiza la exitosa
implementación, administración y aplicación de esta. Para ello, cada
institución competente en materia de comercio exterior diseñó un plan de acción
en cada una de sus áreas, como punto de partida para alcanzar este objetivo.
El
tercer pilar es mejorar el aprovechamiento de esta plataforma de comercio
exterior, mediante el incremento del número de los beneficiarios, para lo cual
resultan fundamentales los esfuerzos de promoción de exportaciones que se realizan
con el apoyo de
Tratados
de libre comercio como instrumento de la política comercial costarricense
En los últimos veinte años, el país ha construido una sólida
plataforma de comercio exterior que incluye, además de los acuerdos de
Las importaciones han contribuido al mejoramiento de las
condiciones de vida de los costarricenses brindándoles mayores opciones de
consumo.
Con la entrada en vigencia de los tratados de libre comercio con
China, Singapur y
Importancia
del mercado de China para Costa Rica
Intercambio
comercial
El
comercio bilateral entre Costa Rica y China ha crecido de manera notoria y con
tendencia a acelerarse en la última década, en particular a partir del año
2001, hito que marca la adhesión de China a la OMC. El intercambio comercial pasó de US$ 68
millones en el año
China
es un socio relevante para Costa Rica y así se demuestra en la composición de
las cifras comerciales costarricenses. En el 2009, alrededor del nueve por ciento (9%)
de las exportaciones costarricenses se dirigió a este país asiático, lo que
ubicó a Costa Rica en la segunda posición entre los principales países de
destino de las exportaciones costarricenses.
En el mismo año, un seis coma dos por ciento (6,2%) de los productos
importados provino de ese mercado[2], lo
cual convierte a Costa Rica el tercer socio entre los principales países proveedores
de las importaciones nacionales.
En
lo que se refiere a los principales productos exportados hacia China, si bien
hay dos productos (procesadores y controladores, así como partes y accesorios
para computadoras) que acaparan aproximadamente el noventa y seis por ciento (96%)
del valor total de las ventas, hay más de US$ 26 millones de exportaciones en
el resto de los bienes que se exportan hacia China con una interesante variedad.
Es
importante destacar que debido al posicionamiento internacional de China como
proveedor de bienes, las asimetrías entre Costa Rica y China en aspectos de
capacidad productiva instalada, y por no contar aún con un convenio de comercio
oficial, los resultados en comercio son muy alentadores para la economía
costarricense; por lo tanto, se espera que, en los próximos años, la inserción
en el mercado asiático sea mayor. Actualmente,
Costa Rica exporta a China más de ciento cincuenta y dos productos, entre los
cuales destacan los jugos y concentrados de frutas, las plantas ornamentales,
los follajes, las hojas y los cueros, en el sector agrícola; en el sector
industrial, además de los productos electrónicos, sobresalen los desperdicios y
los desechos de cobre y aluminio[3].
En
el caso de las importaciones provenientes de China existe un alto grado de
diversificación de estas. De este mercado se importan productos de hierro o
acero, calzado, frijol negro, prendas de vestir e importantes materias primas y
bienes de capital, los que en su mayoría no se producen localmente y son
utilizados como insumo para la producción nacional. El número de productos
importados en el 2009 ascendió a tres mil quinientos nueve, lo cual confirma la
importancia de China como proveedor de Costa Rica.
Gráfico
1
Costa
Rica: intercambio comercial con China 2000-2009 1/
Fuente:
Comex; con base en cifras de Procomer y BCCR.
1/
Las cifras correspondientes a 2009 son preliminares, sujetas a revisión.
Inversión
extranjera directa (IED) desde China
En
el periodo 2000-2009,
En
el último año se registró el mayor monto de IED con US$ 3,8 millones. Asimismo, se contabilizó un monto de IED superior
a US$ 1 millón, en los últimos tres años.
Gráfico
2
Costa
Rica: flujo de inversión extranjera directa desde China 2000-2009 1
Fuente:
Comex ; con base en cifras del BCCR.
1/
Cifras preliminares.
Dentro de los beneficios más importantes derivados del Tratado de
libre comercio destacan los siguientes:
La ampliación de la plataforma de comercio exterior de Costa Rica,
que ofrece a los inversionistas la posibilidad de invertir y producir en el
país, y beneficiarse de las condiciones de ingreso a esos mercados.
La generación de más y mejores empleos.
La consolidación del acceso de los productos costarricenses que
actualmente se exportan a China.
El aumento y la diversificación de nuestra oferta exportable de
bienes y servicios en condiciones preferenciales.
La adquisición de materias primas a precios competitivos, por parte
de los productores.
La ampliación de las opciones de los consumidores para la
adquisición de los bienes y servicios.
El fomento de la inversión china en el país.
La incorporación de un mecanismo de solución de controversias.
La creación de un canal directo de comunicación con las
autoridades chinas que garantiza el intercambio de información, entre otros.
El establecimiento de mecanismos de cooperación.
Antecedentes
del Tratado de libre comercio entre China y Costa Rica
Con
el objetivo de fortalecer las relaciones comerciales con los países asiáticos,
Costa Rica ha implementado una política que ha acercado al país a importantes
socios. Con la entrada en vigencia de
este Tratado, Costa Rica contará con nueve tratados de libre comercio que la
acercan más al objetivo de consolidación de mayores oportunidades de
intercambio y estímulo a la inversión.
Ante
esta realidad, en el mes de junio de 2007 Costa Rica entabló relaciones
diplomáticas con
Desde
esta perspectiva, los Gobiernos de Costa Rica y China decidieron iniciar la
elaboración de un estudio para determinar la factibilidad de un tratado de
libre comercio entre los dos países. En el mes de julio, el Grupo de Trabajo
Conjunto (GTC), encargado de realizar el estudio de factibilidad, determinó que
ambas economías tenían complementariedades importantes y recomendó a los
Gobiernos de ambos países dar inicio a la negociación del Tratado de libre
comercio.
Una
vez analizados los resultados y después de realizar el proceso de consulta
correspondiente, el 17 de noviembre de 2008, en el marco de la visita del
presidente Hu Jintao a Costa Rica, ambos Gobiernos firmaron el Memorando de
Entendimiento que lanzó la negociación de un Tratado de libre comercio entre
Costa Rica y
La
primera ronda de negociación se realizó en Costa Rica, en enero de 2009, y tuvo
por objeto definir la estructura de trabajo, el calendario y los objetivos de
la negociación.
La
segunda ronda se llevó a cabo en abril de 2009, en Shangai, China, y dio paso a
la negociación de los diversos capítulos que comprenden el acuerdo, así como a
la definición del calendario de desgravación, los anexos de servicios e
inversión y de contratación pública.
La
tercera y cuarta ronda, celebradas respectivamente en Costa Rica, en junio, y
en Beiging, en setiembre de 2009, sirvieron para avanzar en los temas
normativos. Sin embargo, no es hasta la quinta ronda, efectuada en Beijing, en
octubre de 2009, que se empiezan a lograr acuerdos en los diferentes capítulos.
La
sexta ronda, celebrada en febrero de 2010, permitió acordar, en su totalidad,
los temas que estaban pendientes, con lo cual se declara finalizada la
negociación, el 10 de febrero.
Objetivos
de la negociación
Como
parte de los objetivos específicos planteados al inicio del proceso de
negociación para el Tratado de libre comercio entre Costa Rica y China, se
encuentran los siguientes:
Avanzar
en la construcción de economías abiertas, para lo cual se eliminará cualquier
tipo de proteccionismo existente; se basará en la modernización, facilitación y
dinamización del comercio, con la convicción de que la mejor opción para
impulsar el desarrollo económico y social es el libre comercio.
Alcanzar
nuevas y mayores oportunidades de comercio entre las partes, tanto para la
oferta exportable actual, como para la oferta potencial de bienes y servicios.
Crear
un marco jurídico estable para promover y desarrollar las inversiones, co-
inversiones y alianzas estratégicas en los territorios de las partes.
Mejorar,
ampliar y profundizar las condiciones de acceso al mercado, derivadas de las
preferencias comerciales vigentes entre las partes.
Normar
el comercio de bienes y servicios mediante el establecimiento de reglas claras,
transparentes y estables, que permitan el dinamismo necesario para el
desarrollo de los negocios, con el fin de promover el desarrollo productivo
sostenible y los flujos comerciales entre las partes.
Establecer
los mecanismos que eviten la aplicación de las medidas unilaterales y
discrecionales que afecten los flujos comerciales.
Promover
la cooperación y complementariedad económica entre los Estados parte, mediante
la implementación de proyectos específicos en temas prioritarios para cada uno
de los países.
Propiciar
una comunicación permanente con la sociedad civil en el proceso de negociación.
Conformar
un tratado de libre comercio compatible con las normas y las disciplinas de
Proceso
de información y consultas en la fase de la negociación
En
definitiva, este Tratado comercial es el producto del trabajo del Ministerio de
Comercio Exterior (Comex), en coordinación con las diversas instituciones
públicas, reunidas como equipo nacional, y la amplia participación de los
sectores productivos y civiles del país.
Como
resultado del apoyo y de los insumos recibidos a lo largo del proceso de
negociación, se logró construir una posición nacional a partir de un amplio
proceso de información y consulta que involucró, aproximadamente, ciento
cincuenta reuniones de consulta sectorial, talleres informativos, eventos,
publicaciones y difusión en medios electrónicos (twitter, punto de enlace permanente
y página web de Comex), así como las reuniones con las organizaciones
representativas de la sociedad civil y las cámaras empresariales, como la Asamblea
Legislativa, el Consejo Nacional de Rectores (Conare), la Defensoría de los
Habitantes, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial
Privado (Uccaep), la Cámara de Agricultura; la Cámara de Industrias. Gracias al
esfuerzo conjunto de todos ellos, este acuerdo permitirá afianzar la inserción
de Costa Rica en los mercados más importantes del mundo.
Contenidos
del Tratado de libre comercio: resultados de la negociación
Estructuralmente, el Tratado de libre comercio entre
Costa Rica y China está compuesto por dieciséis capítulos y sus respectivos
anexos, que se refieren a los siguientes temas: disposiciones iniciales;
definiciones de aplicación general; trato nacional y acceso a los mercados para
el comercio de mercancías; reglas de origen y procedimientos operativos
relacionados; procedimientos aduaneros; medidas sanitarias y fitosanitarias;
obstáculos técnicos al comercio; defensa comercial; inversión, comercio de
servicios y entrada temporal de personas de negocios; propiedad intelectual;
cooperación, promoción y fortalecimiento de las relaciones comerciales;
transparencia; administración del Tratado; solución de controversias; excepciones
y disposiciones finales.
a)
Trato nacional y acceso a mercados para el comercio de mercancías
Se
establecen las reglas que regularán el comercio de mercancías entre Costa Rica
y China, mediante disposiciones que eliminen las barreras arancelarias y no
arancelarias, que pueden restringir el comercio entre los dos países.
De
las exportaciones costarricenses actuales, el noventa y nueve coma seis por
ciento (99,6%) podrá ingresar a China sin pagar aranceles a la entrada en
vigencia del Tratado. Dentro de los principales productos beneficiados con este
tratamiento destacan el jugo de naranja congelado, la tilapia, el camarón, las flores,
las plantas, el cacao, la yuca, las pinturas, los chocolates, el palmito, el ron
y los cueros. Estas condiciones de acceso preferencial al mercado chino
constituyen una herramienta para aumentar nuestras exportaciones nacionales, lo
cual debe acompañarse de otras iniciativas que coadyuven a la competitividad de
cada sector.
Por
su parte, el cincuenta y siete por ciento (57%) de las importaciones
provenientes de China no pagará aranceles al ingresar a Costa Rica. Se incluyen
productos, tales como los espárragos, los higos, las manzanas, los albaricoques,
la canela, las anchoas, los melocotones en conserva, las materias primas
textiles, los instrumentos musicales y el calzado para deporte.
Los
productos con algún grado de sensibilidad reducirán su arancel en plazos que
van desde los cinco hasta los quince años o quedaron excluidos del Tratado. En
materia de exclusiones, China excluyó el tres por ciento (3%) de las líneas
arancelarias, mientras que Costa Rica excluyó el nueve por ciento (9%).
Dentro
de las exclusiones de Costa Rica destacan: la carne de pollo congelada, los pescados y filetes de pescado, los productos
lácteos, la papa, la cebolla, el tomate, el café, el té, el arroz, la harina de
soya, los aceites, los embutidos, el atún, el azúcar, los chicles, los confites,
las pastas, los productos de panadería y galletería,la cerveza, los alimentos
para animales, los cigarrillos, algunas pinturas, los cosméticos, los detergentes,
los productos de aseo personal, los productos plásticos, las llantas, las
maderas tropicales, las manufacturas de papel, las cajas de cartón, ciertas
prendas de vestir, el calzado, los lavatorios e inodoros de cerámica, las botellas
y los envases de vidrio, ciertas manufacturas de hierro o acero, ciertas
manufacturas de aluminio, los cables e interruptores eléctricos, y los muebles
de metal y de madera.
Por
su parte, las exclusiones chinas incluyen el trigo y la harina de trigo; el arroz;
el maíz; el aceite de palma, girasol y algodón, el azúcar, el tabaco, los cigarrillos,
los productos de la industria forestal y el papel.
b)
Reglas de origen y procedimientos operativos relacionados
Se acordaron artículos similares a los que Costa
Rica ha suscrito en otros acuerdos, tales como: definición de mercancías
totalmente obtenidas, valor de contenido regional; acumulación del origen;
operaciones que no confieren origen; juegos o surtidos; disposiciones sobre
envío directo, entre otros. Además, se establecieron las disposiciones
relacionadas con las formalidades del certificado de origen, el cual será
expedido por un entidad autorizada por la parte exportadora (en el caso de Costa
Rica será
Adicionalmente, se incluyeron disposiciones
relacionadas con la verificación de origen; los documentos de respaldo; el plazo
para la conservación del certificado de origen; las obligaciones para los
importadores que soliciten el trato preferencial; la posibilidad de reembolso
de los aranceles aduaneros a la importación; las excepciones a la presentación
de la certificación de origen; las causales para denegar el trato arancelario
preferenciales y el establecimiento del comité de reglas de origen.
Se acordaron las reglas de origen específicas que
reflejan los intereses de los sectores productivos del país, tales como la
regla para el café (cosechado en el territorio de una o ambas partes), la carne
(obtenida a partir de un animal nacido o criado en el territorio de una de las partes),
el jugo de naranja (permite importar la naranja fresca o el concentrado de
naranja de terceros países, siempre y cuando el producto final contenga un
valor de contenido regional del cuarenta por ciento (40%), algunos cueros y pieles enteros (la
regla acordada establece que el producto final debe cumplir con un valor de
contenido regional del treinta y cinco por ciento (35%), entre otras reglas.
c)
Procedimientos aduaneros
Se
acordaron una serie de obligaciones, cuyos objetivos principales consisten en
facilitar el comercio entre las partes y contribuir a la modernización y
agilización de los procedimientos aduaneros por medio de instrumentos, tales
como la transparencia en cuanto a la publicación de las leyes y los reglamentos;
el establecimiento de los puntos de
contacto; los procedimientos aduaneros simplificados y rápidos para el despacho
aduanero y el uso de los sistemas automatizados para apoyar las operaciones
aduaneras, entre otros.
Se
logró acordar un compromiso para que las administraciones aduaneras de las partes
negocien un acuerdo de asistencia administrativa mutua en un plazo no mayor de
tres meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de este Tratado.
Este acuerdo es de gran interés para Costa Rica, ya que establece mecanismos de
cooperación que puede utilizar nuestra aduana para obtener información oficial
de China sobre operaciones de comercio, lo cual puede ser una herramienta útil
en la prevención y detección del fraude y otros ilícitos aduaneros.
d)
Medidas sanitarias y fitosanitarias
Se establecieron disposiciones que tienen como
objetivo facilitar el comercio bilateral, a fin de proteger la vida y la salud de las
personas, los animales y los vegetales de las partes. Además, se impulsa la
implementación del Acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias de
Se establecieron disposiciones sobre el análisis de
riesgo, la equivalencia, la regionalización,
la transparencia y la cooperación técnica.
Se crea la figura del Comité MSF, que funcionará
como marco para atender los problemas comerciales, a fin de expandir las
oportunidades comerciales.
Se fortalece la cooperación en los asuntos
sanitarios y fitosanitarios, para profundizar el entendimiento mutuo de las
regulaciones y los procedimientos de cada parte. De esta forma, se asegura un mayor intercambio de información para el establecimiento y la aplicación de las medidas
sanitarias y fitosanitarias, así como los mecanismos para mejorar el
entendimiento de los sistemas MSF de cada parte. Adicionalmente, se podrá
contar con algún tipo de colaboración por parte de las autoridades chinas, para
la traducción de los aspectos relacionados con la reglamentación MSF que se
encuentre en el idioma chino.
Se podrá obtener, a cualquier riesgo, la información
que surja en China, con respecto a los productos importados por Costa Rica. Se podrán tomar acciones que eviten y prevengan riesgos para la salud
humana, animal y vegetal del país, mediante la notificación de cualquier
situación de riesgo o problema emergente, así como las medidas aplicadas para
reducir el riesgo.
Se asegura que la figura de los protocolos
sanitarios o fitosanitarios utilizada por China no constituya una barrera al
comercio y que su establecimiento o modificación se encuentre científicamente
respaldado.
f)
Obstáculos técnicos al comercio
Se
afirman los derechos y las obligaciones que establece
Se
establece la colaboración mutua como mecanismo para el reforzamiento de la
vigilancia, por medio del intercambio de información y experiencias por parte de
las autoridades competentes en vigilar el mercado.
Se
acordó tomar las medidas necesarias para prevenir y corregir las situaciones de
riesgo que se presenten en el comercio de productos. Asimismo, se acordó promover la firma de los acuerdos de cooperación
técnica entre las autoridades competentes, para mejorar la vigilancia de
mercado.
El
acuerdo refuerza los procesos de transparencia, el intercambio de información y la colaboración técnica para una vigilancia
efectiva de los productos que son comercializados.
g)
Defensa comercial
Se
establecen los mecanismos para
la defensa del sector productivo nacional, en el caso de un aumento masivo de
las importaciones ocasionadas por la desgravación arancelaria o por las prácticas
de comercio desleal que causen o amenacen ocasionar un daño importante a la
rama de producción nacional que produzca bienes similares o directamente
competidores.
Se
incorporan los tres instrumentos de protección comercial que se han incluido en
todos los tratados de libre comercio negociados por Costa Rica:
Medidas
de salvaguardia globales.
Medidas
de salvaguardia bilaterales.
Medidas
antidumping y compensatorias.
h)
Inversión, comercio de servicios y entrada temporal de personas de negocios
El Tratado contiene las disposiciones que regulan el
trato y el acceso al mercado que recibirán los inversionistas y los proveedores
de los servicios, cuando establezcan inversiones o suministren servicios hacia el territorio de las partes, a fin de
crear condiciones favorables que permitan aumentar los flujos del comercio de los
servicios y la inversión entre ambos países, bajo un marco jurídico que garantice
un clima de inversión en condiciones de previsibilidad, seguridad y
transparencia.
Los compromisos asumidos en este Tratado en materia de
inversión y comercio de servicios son consistentes con la legislación nacional;
por lo tanto, no se asumieron
compromisos de modificación a la legislación existente, ni se requerirá adoptar
legislación adicional.
i)
La propiedad intelectual
Se
reafirman los estándares existentes en la materia, y se promueven la innovación
tecnológica, la transferencia y la diseminación de tecnología.
Se
incorporaron temas de interés para el país que se han promovido multilateralmente,
como son: la relación entre la propiedad intelectual y la salud pública,[4] y el
tema de la biodiversidad, los conocimientos tradicionales y el folklore.[5]
Por
primera vez, en un tratado bilateral de Costa Rica, se incluyó el tema de las
indicaciones geográficas de manera ofensiva, ya que se estableció un marco de
protección para los nombres listados en los anexos, acorde con lo establecido en
la legislación y los procedimientos domésticos aplicables en cada una de las partes.
Se
incluyó una lista de diez nombres costarricenses que se encuentran en trámite
de inscripción, por ejemplo, las indicaciones geográficas en el Registro
Nacional. Cuando el trámite de inscripción se concluya el país notificará a
China; en este momento entrarán en vigencia las obligaciones del Tratado en
este tema.
j)
La cooperación, la promoción y el mejoramiento de las relaciones comerciales
Mediante
este capítulo se busca establecer el marco y los mecanismos para el desarrollo
presente y futuro de las relaciones de cooperación entre las partes, así como
promover un mayor desarrollo económico y social; fortalecer la competitividad;
estimular las sinergias productivas; lograr un mayor impacto en la innovación y
la transferencia de los conocimientos y la tecnología; aumentar la capacidad
exportadora de las pequeñas y medianas empresas y promover las prácticas
competitivas, entre otros.
Se
incluyen como áreas prioritarias de cooperación las siguientes: las pequeñas y
medianas empresas; la promoción de la innovación ciencia y tecnología; la promoción de las exportaciones
y la atracción de inversiones; la cultura, los deportes y las actividades
recreativas; la cooperación agrícola; el manejo de los desastres naturales; la promoción
de los mecanismos de solución privada de controversias, y la competencia. Asimismo, se incluye una cláusula que permite cooperar
a futuro en otras áreas de interés mutuo, tales como educación, salud, medicina
tradicional e infraestructura.
Se
crea el “Comité de cooperación” entre las partes, cuya finalidad es administrar
y facilitar las gestiones de cooperación. En el caso de Costa Rica, el Comité
estará compuesto por representantes del Ministerio de Planificación y Política
Económica y el Ministerio de Comercio Exterior.
Se sugieren modalidades de cooperación como: la asistencia técnica, el intercambio
de experiencias, el intercambio de información, la implementación e
identificación de los proyectos de investigación, entre otras.
k) La solución de controversias
Se
establece un mecanismo justo, ágil, transparente y eficaz para la solución de
las controversias que surjan entre las partes del Tratado, debido a la
interpretación o aplicación de las normas negociadas. Dicho sistema está
integrado por una fase de consultas, un procedimiento ante un grupo especial, y
la posibilidad de recurrir a los buenos oficios, la conciliación y la mediación
en cualquier momento.
l) Las disposiciones institucionales
El
objetivo del marco institucional del Tratado es brindar claridad y certeza
jurídica sobre la forma en que se aplicará y administrará el acuerdo.
Debe
indicarse que el marco institucional negociado sigue la misma lógica que el de
otros acuerdos comerciales suscritos por Costa Rica. En efecto, forman parte del marco
institucional las disposiciones iniciales, las definiciones de aplicación general,
transparencia, administración del Tratado (creación de la Comisión de Libre
Comercio y protocolos de menor rango), el régimen de excepciones y las disposiciones
finales.
Respuestas
a las principales inquietudes del Tratado de libre comercio
Reconocimiento
de China como economía de mercado
Cuando
China ingresó a la OMC, en el año 2001, una de las condiciones de acceso que le
impusieron los demás miembros de la OMC es que no se reconociera a China como
economía de mercado por un periodo transitorio que termina en el año 2010. Después de este periodo, China será reconocida
plenamente como economía de mercado por todos los miembros de la OMC.
A
pesar de la existencia de dicho plazo, actualmente, más de setenta países
alrededor del mundo han reconocido a China como economía de mercado. China, por
su parte, siempre ha considerado injusto que se estableciera ese requisito a su
entrada en la OMC, ya que, desde su perspectiva, ellos han implementado una
serie de reformas económicas importantes y difícilmente podrían considerarlos
en la actualidad como una economía centralizada o en transición.
En
virtud de lo anterior, China siempre ha exigido como requisito para negociar un
tratado de libre comercio que se reconozca, anticipadamente, como una economía
de mercado. En el Memorándum de entendimiento que lanzó las negociaciones con
China, Costa Rica se comprometió a no aplicar ciertas disposiciones del
Protocolo de adhesión de China a
Sobre
el particular, es importante resaltar que para el periodo 2001-2008, las
importaciones procedentes de China se incrementaron de US$ 100,5 millones en el
año 2001, a US$ 887,8 en el año 2008. Pese a lo anterior, el país no tuvo
necesidad de aplicar dicho procedimiento especial, ni ningún otro mecanismo de
defensa comercial en contra de China. En el plazo que resta para completar el
periodo transitorio al 2015, no se espera que haya un comportamiento distinto
respecto a los productos chinos, incluso si se toma en consideración que un
porcentaje importante de los productos sensibles para Costa Rica quedaron
excluidos del Tratado.
Defensa
comercial
En
materia de defensa comercial, esta Comisión ha atendido inquietudes relativas a
una invasión desmesurada de productos chinos al país.
En
relación con este tema y luego de un análisis cuidadoso de las disposiciones
del Tratado,
Medidas
de salvaguardia globales.
Medidas
de salvaguardia bilaterales.
Medidas
antidumping y compensatorias.
Además,
se logró introducir un mecanismo especial que permitirá imponer medidas de
salvaguardia en aquellos casos en que se constaten importaciones masivas
procedentes de China, y que dichas importaciones causen un retraso importante
en la creación de una rama de producción nacional; este mecanismo está dirigido
a las industrias nacientes o incipientes. Es importante resaltar que la
incorporación de este mecanismo es un logro importante en las negociaciones, ya
que las medidas de salvaguardia no incorporan generalmente este tipo de
situaciones y, por lo tanto, un mecanismo de protección de esta naturaleza es
totalmente atípico. En ningún tratado comercial negociado con anterioridad por
China o Costa Rica se ha incorporado un mecanismo de esta índole.
Calidad
de los productos chinos
Con
respecto a la calidad de los productos chinos, y en razón de las alarmas
sanitarias recibidas en el país en años anteriores, algunos sectores han
manifestado su preocupación al respecto.
En
relación con este tema,
En
esta materia, la Ley N.º 8279, publicada el 21 de mayo de 2002, conocida como
Ley del sistema nacional para la calidad, establece los diferentes pilares que
conforman el sistema de calidad, los cuales son: normalización, metrología,
acreditación y reglamentación técnica.
La
reglamentación técnica a nivel nacional está a cargo del Órgano de
Reglamentación Técnica (ORT), que es una comisión interministerial cuya misión
es contribuir a la elaboración de los reglamentos técnicos, mediante el
asesoramiento técnico en el proceso de su emisión. El ORT está conformado por
el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, el Ministerio de Agricultura y
Ganadería, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el
Ministerio del Ambiente y Energía, el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el
Ministerio de Comercio Exterior.
La
iniciativa para el desarrollo de reglamentos técnicos es de los ministerios
nacionales competentes y el sector productivo, que en un proceso de discusión
conjunta elaboran el Plan nacional de reglamentación técnica, el cual incluye
los reglamentos técnicos que se consideran prioritarios por parte de los sectores
público y privado.
Asimetrías
de las economías
Otro
de los temas discutidos en
China,
por sus dimensiones y niveles de consumo, no está en capacidad de abastecer su
consumo doméstico y, por eso, requiere importar. China cuenta con importantes segmentos de
mercado, en los cuales los productos nacionales pueden posicionarse en forma
exitosa; la competencia se presenta con respecto a los productos provenientes
de terceros mercados. A diferencia de Costa Rica, no todos los países cuentan
con condiciones preferenciales para ingresar al mercado chino. Los beneficios que
tienen los productos costarricenses con el Tratado los colocan en una posición
de ventaja con respecto a los productos
de otros mercados.
En
lo que respecta al mercado nacional, no todos los productos presentan las
mismas sensibilidades frente a las importaciones de los productos chinos. Las
sensibilidades de los sectores productivos nacionales se atendieron
principalmente mediante plazos diferenciados para la reducción de los aranceles,
las exclusiones de los productos sensibles, las reglas de origen adecuadas a la
necesidad de los sectores, los mecanismos de defensa, en casos de importaciones
masivas, las prácticas de comercio desleal y la protección de las industrias
nacientes.
Protocolos
sanitarios para la exportación a China
Algunos
sectores han manifestado su preocupación, ante esta Comisión, de que China
emplee los protocolos sanitarios como barreras injustificadas al comercio. En
este sentido,
En
este sentido, del análisis realizado por
Una
de las ventajas identificadas es que los protocolos garantizan el ingreso del
producto a un mercado con la certeza de que va a ser aceptado, pues se cumplen
los requisitos establecidos, este es uno de los mecanismos para la facilitación
del comercio, que posibilita la apertura del mercado para los productos de
exportación agropecuarios en el corto y mediano plazos.
Servicios
profesionales
En
relación con este tema, algunos sectores han manifestado su preocupación con
respecto a la invasión de profesionales extranjeros que ejercen en Costa Rica
sin tener que cumplir los requisitos que exige la legislación nacional para el
ejercicio profesional.
En este sentido, se determinó que Costa Rica conservó la potestad
de los colegios profesionales costarricenses para aplicar los requisitos
establecidos en sus respectivas regulaciones. Por lo tanto, los profesionales
chinos deberán estar debidamente incorporados al colegio profesional respectivo
en Costa Rica y estar autorizados a practicar la profesión en territorio
nacional.
Según
las normas de cada colegio profesional, los profesionales chinos deberán
cumplir los requisitos de nacionalidad, residencia, exámenes de incorporación,
acreditaciones, experiencia, servicio social o evaluaciones. En algunos casos, los profesionales chinos
también deberán demostrar que en China los profesionales costarricenses pueden
ejercer en circunstancias similares. Se reservan también los casos en que la
contratación de profesionales extranjeros, por parte del Estado o las instituciones
privadas, se sujeta a que no existan profesionales costarricenses dispuestos a
suministrar el servicio bajo las condiciones requeridas.
Implicaciones
en materia migratoria
Algunos
sectores han manifestado a esta Comisión su preocupación por la amenaza de una
fuerte migración china al país, suscitada por el establecimiento del Tratado de libre comercio entre ambos países.
Al respecto,
Tráfico
de mercancías falsificadas
En
relación con este tema, algunos sectores han señalado ante esta Comisión que
mediante el Tratado de libre comercio se va a presentar un crecimiento en el
tráfico de mercancías falsificadas y pirateadas.
En
este sentido, y luego de un análisis detallado de esta materia,
Temas
relacionados con la propiedad intelectual
No
es correcto decir que China no cuenta con regulación específica en el área de
propiedad intelectual. Con su incorporación a la OMC, China adoptó el Acuerdo
de los Adpic (referenciado en el Tratado), el cual contiene una serie de
estándares para la protección de los derechos en esta materia. Esos estándares
son también la base de la legislación costarricense. Este Acuerdo se implementó
en China mediante la normativa que se encuentre vigente y que contiene los
niveles de protección exigidos internacionalmente.[1]
Adicionado a esto, en esta Comisión se recibió al señor Román Macaya, quien fue
claro en esta Comisión que el Tratado no supera lo acordado por la OMC en el
Acuerdo de los Adpic. Expresó que “...no va más allá de lo que ya tenemos,
aquí las normas de propiedad intelectual fueron elevadas de manera muy
importante por el Cafta, este TLC no las eleva más”. Por lo tanto, el Tratado no perjudica la
legislación vigente en este tema.[2]
Regulación
nula ambiental:
Tener
un Tratado de libre comercio con China no implica que Costa Rica deberá adoptar
los estándares ambientales de ese país. Costa Rica mantiene la soberanía para
establecer sus propios estándares ambientales, nada en el Tratado supone un
riesgo para que nuestro país aplique su legislación ambiental, o establezca
estándares ambientales superiores a los que ya tenemos.
Productos
chinos dañinos para la salud
Como
parte del proceso de vigilancia, los países deben estar alertas a las
situaciones de emergencia que se presenten en el comercio de los productos. En
el caso de Costa Rica, según los representantes del Ministerio de Comercio
Exterior y las autoridades nacionales del Ministerio de Salud, una vez que se
tuvo conocimiento de la problemática con la leche y el contenido de la melanina
en China, se dedicaron a inspeccionar en el mercado y retirar los productos que
pudieran presentar un problema para la población. El país ha venido trabajando
en materia regulatoria los diferentes
reglamentos técnicos que regulan los distintos sectores, así como en la implementación
de un proyecto llamado “Sello de Conformidad de Costa Rica”. Este último tiene
como fin crear un sello para mejorar el sistema de vigilancia de los productos
nacionales e importados.
SECCIÓN
B
El
Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa emitió su informe
jurídico, donde indica que:
“ … se establece
un convenio dividido en 16 capítulos, a saber: disposiciones iniciales,
definiciones de aplicación general, trato nacional y acceso a mercados para el
comercio de mercancías, reglas de origen y procedimientos operativos
relacionados, procedimientos aduaneros,
medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio,
defensa comercial, medidas antidumping y compensatorias, inversión, comercio de
servicios y entrada temporal de personas de negocios, propiedad intelectual,
cooperación, promoción y mejoramiento de las relaciones comerciales,
transparencia, administración del Tratado, solución de controversias,
excepciones y disposiciones
finales.
En este último capítulo, se trata el tema de los
anexos, apéndices y notas al pie de página, enmiendas, modificaciones del
Acuerdo sobre la OMC, entrada en vigor
del Tratado y terminación.
El Tratado incluye además, anexos sobre trato nacional y restricciones a la
importación y exportación, desgravación de aranceles y las listas respectivas
de la República Popular de China y de la República de Costa Rica con notas
generales. También hay anexos sobre
reglas de origen específicas por producto, anexo sobre certificado de origen,
puntos de contacto para asuntos sanitarios y fitosanitarios, punto de
contacto para obstáculos técnicos al
comercio, lista de compromisos específicos y adicionales de la República de
China (con un “Anexo 1: Documento de
referencia” sobre telecomunicaciones y Notas de la Organización Mundial de
Comercio del Grupo de Telecomunicaciones) y lista de compromisos específicos y
adicionales de la República de Costa Rica.
Se establecen además, anexos sobre servicios de distribución, grupo de trabajo,
sobre ingreso temporal de personas de negocios, indicaciones geográficas de
China y Costa Rica, sobre la Comisión de Libre Comercio, implementación de las
modificaciones aprobadas por la Comisión de Libre Comercio y coordinadores del Tratado de Libre Comercio.
El Tratado entraría en vigencia 60 días después de
la fecha en que las Partes hayan intercambiado notificaciones escritas,
confirmando que se han complementado sus respectivos procedimientos legales
aplicables, para su entrada en vigor.
El acuerdo puede ser enmendado por acuerdo de Partes
y una de las Partes puede terminar el Tratado mediante notificación escrita a
la otra Parte. Dicha terminación sería efectiva 180 días después de la fecha de
la notificación.
Según el artículo
1.2. del Tratado, entre los objetivos del acuerdo están: el estimular la
expansión y diversificación del comercio entre las Partes, facilitar el
comercio de mercancías y servicios, establecer normas comprensibles que garanticen
un ambiente regulado y transparente para el comercio de mercancías y servicios
entre las Partes, establecer un marco para mayor cooperación bilateral para
ampliar y mejorar los beneficios del Tratado, entre otros”.
El Informe de
Servicios Técnicos plantea, además, una serie de interrogantes que, mediante
nota incluida en el expediente, el Ministerio de Comercio Exterior responde.
En relación con los aspectos de procedimiento, el
Departamento de Servicios Técnicos considera que requiere para su aprobación la mayoría
absoluta de los votos presentes y no puede ser delegado en una Comisión
Legislativa con Potestad Plena, por encontrarse en una de las excepciones
contempladas en el artículo 124 constitucional por ser un tratado
internacional; en consecuencia, deberá ser conocido necesariamente por el
Plenario legislativo.
En
cuanto a consultas, el informe de Servicios Técnicos manifiesta que después de
su aprobación en el primer debate, el Convenio debe consultarse preceptivamente
a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad con el
artículo 10 de la Constitución Política y el inciso a) del artículo 96 de la
Ley de la jurisdicción constitucional, y que debe consultarse a todas las
instituciones autónomas, las municipalidades y las universidades estatales, en
virtud de que trata el tema de las inversiones, el comercio de servicios y
productos, el trato a personas y regula los
aspectos de educación, la promoción de la innovación, la ciencia y la tecnología.
CONSULTAS
REALIZADAS
En
la sesión ordinaria N.º 8, de
Todas
las municipalidades.
Todas
las instituciones autónomas.
La
Universidad de Costa Rica.
La
Universidad Nacional.
El
Instituto Tecnológico de Costa Rica.
La
Universidad Estatal a Distancia.
La
Universidad Técnica Nacional.
La
Corte Suprema de Justicia.
La
Procuraduría General de la República.
El
Tribunal Supremo de Elecciones.
La
Defensoría de los Habitantes.
El
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
El
Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.
El
Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
El
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.
El
Ministerio de Salud.
El
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.
El
Ministerio de Ciencia y Tecnología.
El
Ministerio de Justicia y Paz.
El
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
La
Dirección General de Migración y Extranjería.
Coalición
Costarricense de Iniciativas de Desarrollo.
La
Corporación Hortícola Nacional.
La
Corporación Bananera Nacional.
El
Grupo ICE.
La
Contraloría General de la República.
El
Servicio Nacional de Salud Animal.
El
Servicio Protección Fitosanitaria del MAG.
El
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario.
La
Dirección General de Aduanas.
La
Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.
La
Superintendencia de Telecomunicaciones.
La
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
El
Consejo Nacional de Concesiones.
Todos
los colegios profesionales.
Unión
Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial.
Cámara
de Exportadores de Costa Rica.
La
Cámara de Industrias.
La
Cámara de Agricultura.
La
Cámara de Comercio.
La
Cámara de la industria Alimentaria.
Camtic
(Cámara de Tecnologías de Información y
Comunicación).
La Cámara de Comercio Exterior.
La
Corporación de Ganaderos.
La
Cámara de Avicultores.
La
Cámara de Porcicultores.
La
Corporación Ganadera.
En
total se hicieron más de cien consultas, tal y como constan en el expediente.
AUDIENCIAS
REALIZADAS
En
la sesión ordinaria N.º 8, de
Cadexco.
La
Cámara de Industrias.
La
Cámara de Comercio.
La
Cámara de Agricultura.
La
Cámara de Avicultores.
Crecex.
La
Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (Camtic).
La
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).
El
Consejo Universitario, Universidad de Costa Rica.
Fecon.
La
Cámara de la Industria Alimentaria.
La
Cámara de Porcicultores.
La
Cámara Nacional de Productos Genéricos.
La
Corporación Ganadera (Corfoga).
La
Cámara Textil Costarricense.
SESIÓN
ORDINARIA N.º 10, DE
CAMTIC
/ CÁMARA TEXTIL COSTARRICENSE
Cámara
de Tecnologías de Información y Comunicación (Camtic)
Alexander Mora
Delgado, presidente, y Otto Rivera, director ejecutivo de
Estas
empresas ven a China como el mercado de mayor crecimiento en el mundo. Solamente
en el triángulo Beijing-Shangai-Dalian se concentran alrededor de dos millones
de ingenieros de programación. El mercado de tecnología digital en China casi
llega a los cuatrocientos mil millones de dólares anuales.
Camtic apoya el Tratado, pues se considera una gran
oportunidad para sacar provecho en otras áreas que no son directamente
comerciales, pero que vienen a apoyar fuertemente el bienestar y el desarrollo
del país, como el tema educativo y de información de ingenieros. Creen que el
escenario para los productores nacionales es mejor con tratado que sin Tratado,
pues permitirá articular y activar acciones, así como usar mecanismos
tecnológicos.
Cámara
Textil Costarricense
Rodolfo Molina,
presidente, María Aminta Quirce, directora ejecutiva de
El
mercado costarricense no es suficiente para mantener un crecimiento económico
sostenido, por lo que la apertura a la economía internacional es indispensable.
Las
importaciones textiles y de vestuario han aumentado, estas llegaron a los US$ 423.5
millones, en el año 2009, de las cuales el veinticinco por ciento (25%) procede
de China, Hong Kong y Panamá. China es el principal proveedor de materia prima
para los productos textiles y de
confección; los insumos textiles que produce China son altamente competitivos
en calidad y precio.
Las
solicitudes hechas a Comex durante la negociación son las siguientes:
Exclusión
en el Tratado de las partidas en las que existe producción nacional.
Desgravación
a largo plazo para el vestuario.
Desgravación
inmediata para tela e hilazas no producidas en el país.
Inclusión
en el certificado de origen de las materias amparadas al Tratado, un
certificado del valor de las mercancías.
El
producto que ingrese bajo el Tratado tiene que estar bajo la supervisión
aduanera.
Todos
los puntos solicitados fueron negociados y obtenidos por parte del equipo de Comex.
Según
los representantes de esta Cámara, la importancia que este acuerdo comercial representa
para el sector textil, además de ser el marco regulatorio del comercio, se
concentra en la posibilidad de adquirir de China la materia prima necesaria para
la producción de textiles y ropa. Con más de quinientas
empresas registradas en la Caja Costarricense de Seguro Social, en el 2008, el
sector textil es una fuente importante de trabajo en Costa Rica. En el año 2008, esta industria generaba
aproximadamente treinta y cinco mil empleos directos, los cuales generan un
efecto multiplicador.
SESIÓN
ORDINARIA N.º 11, DE
CÁMARA
DE COMERCIO DE COSTA RICA / CÁMARA NACIONAL DE AGROINSUMOS Y PRODUCTOS
GENÉRICOS
Cámara
de Comercio
Arnoldo André, presidente;
Alonso Elizondo, director ejecutivo; Allan Montero, vicepresidente, y Numa
Estrada, vicepresidente de
China
representa el ocho coma ocho por ciento (8,8%) de las exportaciones totales del
país y el seis coma dos por ciento (6,2%) de las importaciones.
Dentro
de las principales ventajas que destaca
La
liberalización arancelaria.
China
es una potencia de atracción de inversiones.
Estamos
ubicados en una zona que nos permite convertirnos en un centro de distribución
hacia mercados importantes.
Los
productos chinos están en el país con un tratado de libre comercio o sin él. El
Tratado va a permitir reaccionar y tener instrumentos para proteger los
intereses legítimos del país, salud, medio ambiente, seguridad, etc.
Gran
potencial de crecimiento desde el punto de vista de exportaciones.
Cámara
Nacional de Agroinsumos y Productos Genéricos
Román Macaya, vicepresidente
y Sigurd Vargas Yong, director ejecutivo de
En
materia de propiedad intelectual, el Tratado de libre comercio no afecta a esta
industria, pues no va más allá de lo que ya existe. En Costa Rica, las normas
de propiedad intelectual fueron elevadas de manera muy importante por el Cafta.
Este Tratado de libre comercio no requiere ninguna modificación adicional.
Las
oportunidades de exportarle a China van a ser muy puntuales en ciertos
productos; por ello, es necesario identificar nichos en lo que se pueda
competir y enfocarse en provincias y ciudades.
SESIÓN
EXTRAORDINARIA N.º 12, DE
CÁMARA
COSTARRICENSE DE PORCICULTORES / CÁMARA DE AVICULTORES
Cámara
Costarricense de Porcicultores
Renato Alvarado
Rivera, presidente de la Junta Directiva, Mauricio Aguilar, directivo, y Juan
Diego Rojas Esquivel, vicepresidente de
La
industria porcina costarricense ha crecido en los últimos diez años a un ritmo que
va de un cinco por ciento (5%) a un seis por ciento (6%) anual. El sector ha hecho una inversión de
trescientos millones de dólares en reconversión en infraestructura, genética y
alimentación, lo que ha permitido llegar a niveles productivos iguales a los de
los países desarrollados en producción porcina, como son: Canadá, Estados Unidos
y Brasil.
“Las
negociaciones anteriores no han sido de nuestro agrado y no hemos quedado bien con
los procesos; sin embargo, el compromiso que adquirió Comex con nosotros en este Tratado se cumplió y la
negociación fue efectiva; se logró y alcanzó lo que queríamos. Yo me siento
satisfecho”.
El
país tiene aproximadamente siete mil productores de cerdo.
Cámara
Nacional de Avicultores
Antonio Echeverría
Musmani, presidente de la Junta Directiva, y William Cardoza Arguedas, director
ejecutivo de
Las
empresas productoras de carne de pollo y de huevo, asociadas a la Cámara, representan
prácticamente el noventa y seis por ciento (96%) de la producción nacional de
pollo, y en el caso del huevo, esta es superior al noventa por ciento (90%),
están satisfechas con este Tratado.
En
este Tratado, la participación del Ministerio de Agricultura y de Senasa fue
muy importante; además, sobresale la labor de la ministra Gloria Abraham, quien
en ese momento era asesora del señor Ministro.
El trabajo que se pudo hacer por medio de las cámaras favoreció ese
proceso de diálogo.
Un
error cometido en el pasado era ver los convenios simplemente como un proceso
de desgravación arancelaria, cuando en realidad se resolvían aspectos
relacionados con medidas sanitarias y fitosanitarias. Por lo tanto, no se deben
ver los tratados en forma aislada, cada negociación que realiza el país tiene
que establecer un balance que no perjudique al sector productivo y que mejore
las oportunidades comerciales.
Las
solicitudes de la Cámara, en términos de desgravación arancelaria, fueron
atendidas oportunamente. Todas las partidas que se negociaron, del sector
avícola, quedaron en buena situación, de acuerdo con lo que había solicitado
SESIÓN
ORDINARIA N.º 13, DE
FECON
/ CADEXCO
FECON
(COECOCeiba─ amigos de
Grace María Muñoz, coordinadora
de comercio, de
CoecoCeiba─
amigos de la tierra Costa Rica, organización miembro de
La
CoecoCeiba no está de acuerdo con el Tratado por las asimetrías que existen
entre los países, además de considerar que este se ha centrado mucho en los
temas de intercambio comercial de bienes y no menciona, claramente, las condiciones
para las normas ambientales y laborales.
Los
argumentos por los que la organización no está de acuerdo con el Tratado son
los siguientes:
China
no ha asumido los compromisos internacionales en los convenios internacionales.
Los
tratados de libre comercio no deben mirarse como la única herramienta de
intercambio comercial.
Se
considera que no fueron debidamente informados durante la negociación.
No
incluye tema relacionados con cambio climático.
Incluir
el ámbito de alimentos ambientales.
Cámara
de Exportadores de Costa Rica (Cadexco)
Sergio Navas, vicepresidente
ejecutivo; Marcela Filloy, vicepresidenta de la Cámara; Julio Flores Chávez, miembro
de la Junta Directiva; Jorge Calderón, miembro de la Junta Directiva, y Carlos
Céspedes, gerente de Comercio Internacional de
Cadexco
nació hace aproximadamente treinta años, con un grupo de empresarios,
principalmente agrícolas no tradicionales.
Hoy, ha evolucionado en una Cámara mucho más amplia, de empresarios dedicados
al comercio exterior.
Cadexco
ve el Tratado de libre comercio China─Costa Rica como parte de una estrategia
política a largo plazo, que permitirá al país acercarse a
Dentro
de los productos que pueden verse beneficiados por este acuerdo se encuentran
los siguientes: alimentos no perecederos, procesados y que puedan soportar el
proceso logístico de aquí a China (aéreo o marítimo), además tienen un
potencial enorme los concentrados de jugo de naranja, café, plantas ornamentales,
productos pesqueros, entre otros.
Cabe
señalar que Costa Rica tiene comercio con China desde hace años, lo ha hecho por
medio de intermediarios norteamericanos y taiwaneses; la esperanza es hacerlo de
manera directa con ese país y el Tratado de libre comercio podría ser una de
las “autopistas” para lograrlo, pues este facilitará todo el tema jurídico y
logístico para traer productos, sean materias primas o equipo, y exportarlos a
China.
Cadexco
está claro en que este Tratado tiene que estar acompañado por un fuerte trabajo
por parte del empresario, ya que esta cultura nos es totalmente extraña. En este sentido,
Mediante
el Tratado de libre comercio con China se cumple la meta establecida por esta
Administración, la cual consiste en alcanzar un crecimiento exportador de
aproximadamente un diez por ciento (10%) por año. Dos actores que van a contribuir en ese
crecimiento son las compañías multinacionales focalizadas en Costa Rica, que
van a tener una negociación importante con sus casas matrices para crecer en
sus exportaciones a China, y también el empresario de base local, ya sea de
capital extranjero o no, pero basado en el país, quien va a incursionar con los
programas que Cadexco desarrolla en el sector público-privado para ingresar
exitosamente a China.
Con
respecto al tiempo, diría que los acuerdos comerciales se tienen que evaluar al
cabo de tres o cuatro años.
SESIÓN
EXTRAORDINARIA N.º 15, DE 24 DE AGOSTO DE 2010
CACIA
/ CORFOGA
CÁMARA
DE
Marco Cercone, presidente
de
La
industria alimentaria es un sector con apertura comercial que ha apoyado de
manera abierta la gran cantidad de tratados de libre comercio que Costa Rica ha
desarrollado durante los últimos veinte años.
Existe
una serie de factores claves internos dentro de la economía costarricense,
fundamentales para la competitividad en la industria alimentaria que nos hace
pensar que no existen las condiciones para que Costa Rica apruebe en estos
momentos un Tratado de libre comercio con
Dentro
de los argumentos específicos se encuentran los siguientes:
Costa
Rica ha decidido excluir del libre comercio una gran cantidad de materias
primas agrícolas fundamentales en la transformación industrial, mientras que el
producto de valor agregado sí ha sido sometido al libre comercio.
Maraña
institucional de excesos regulatorios; hay una lista de estándares que están
convirtiendo a Costa Rica en un país donde es imposible exportar.
China
no está en el radio de prioridades de la mayoría de los empresarios de la
industria alimentaria; las prioridades están enfocadas en Centroamérica.
Mejoras
en Peñas Blancas, principal punto de salida de las exportaciones. Además,
profundización de la integración centroamericana, facilitación del comercio y
de procesos aduaneros y regulatorios.
La
política comercial debe estar enfocada en subsanar las carencias en materia de
competitividad y no en seguir aprobando tratados.
CORPORACIÓN
GANADERA (Corfoga)
Luis A. Lizano Muñoz,
director ejecutivo y Natalia Guerrero, asistente de la Dirección Ejecutiva de
Corfoga
es un ente gubernamental no estatal, donde están representados el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, los industriales y los productores.
Corfoga
considera que a partir del estudio que ha realizado el mercado chino se
presentan buenas expectativas, ya que China es un gran consumidor de carne. Se
considera que el hato con que cuenta China, por la cantidad y el consumo, viene
en detrimento, mientras que el ingreso promedio chino aumenta, y eso es
positivo para los productos de carne bovina y sus derivados. Por lo tanto, en
general, se considera ventajoso para el sector y la industria cárnica
costarricense las oportunidades que ofrece el Tratado, ya que permitiría
colocar carnes en ese mercado, especialmente, carne de bovino congelada, de la
partida cero dos cero dos.
Otro
aspecto de suma importancia es la norma de origen que se establece en el
Tratado, pues instaura que las exportaciones de ganado en pie y de carne fresca
sea de animales nacidos y creados en los respectivos países, con lo cual se
evita que llegue carne de ganado producido en otras partes.
SESIÓN
EXTRAORDINARIA N.º 18, DE
CAMARA
DE INDUSTRIAS DE COSTA RICA / Crecex
CÁMARA
DE INDUSTRIAS DE COSTA RICA
Juan Ramón Rivera
Rodríguez, vicepresidente; Marta Castillo Díaz, vicepresidenta ejecutiva, y
Luis Obando Rojas, asesor en Comercio Exterior, de
Compromiso
del Gobierno de asumir sus obligaciones en materia de cumplimiento de
reglamentación técnica, vigilancia de mercados, modernización de aduanas y
defensa comercial.
Mejora
en el proceso de administración de los tratados, así como la coordinación y
comunicación entre los ministerios involucrados en los procesos de comercio
exterior.
Fortalecimiento
y mayor rango a
Cumplimiento
de la reglamentación técnica para productos nacionales y extranjeros.
Capacidad
de verificación y vigilancia de mercados.
Fortalecimiento
de la acción de aduanas para apoyar la lucha contra el fraude.
CÁMARA
DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA Y DE REPRESENTANTES DE CASAS EXTRANJERAS
(Crecex)
Luis Fernando Monge, director
ejecutivo, y Anthony Oviedo, especialista en Comercio Exterior de Crecex.
Crecex
fue fundada en abril de 1952, como una
cámara que comenzaba a defender los derechos de los representantes de aquellos
años. En la década de los noventa agremió tanto a importadores como a
distribuidores. En la actualidad, está integrada por cuarenta empresas y se ha convertido en una de las
principales plataformas de servicio para las empresas pequeñas. En el año 2002,
Crecex está a favor del Tratado de libre comercio,
dentro de sus consideraciones para esa posición están las siguientes::
El
crecimiento económico anual promedio de China en los últimos veinte años
corresponde al nueve coma nueve por ciento (9,9%), el crecimiento promedio en
un país del continente americano ronda el dos coma ocho por ciento (2,8%). En
la última década China ha crecido, ya que se ha abierto a la inversión y a las exportaciones, con lo
cual ha mantenido los gastos del sector
público en un quince por ciento (15%)
del PIB. Mucho del éxito de China en este crecimiento se debe, precisamente, a
que el consumo privado, tanto en áreas urbanas como rurales, se ha mantenido y
tiende a la baja.
Noventa
y tres por ciento (93%) de las exportaciones costarricenses a China son
productos de alta tecnología: circuitos integrados, piezas de computadora y de
equipos de telecomunicación. Esta lista incluye nuevos productos este año, tal
es el caso de la carne de cerdo y pescado. Costa Rica es el único país en
La
balanza comercial ha crecido y se nota un aumento en la inversión extranjera
directa, acompañada de un aumento significativo en el empleo, lo que demuestra
cómo la apertura comercial influye en el crecimiento de la economía.
El
mercado chino ofrece grandes oportunidades para las empresas importadoras y
exportadoras, siempre y cuando se investiguen adecuadamente los mercados, por
ejemplo, Beijing no es un mercado bueno para el café, pero Shangai sí lo es. La
identificación de nichos es de suma relevancia pues las necesidades y
preferencias del mercado asiático son muy diferentes a las nuestras.
El
comercio, tanto importador como exportador con China, es una realidad.
Otra
ventaja es la inversión extranjera directa, la transferencia tecnológica y de
cooperación que tenga el país y su relación con APEC.
SESIÓN
ORDINARIA N.º 19, DE
CÁMARA
DE AGRICULTURA / ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS (ANEP) /
CONSEJO UNIVERSITARIO DE
Cámara
Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA)
Álvaro Sáenz Saborío,
presidente; Rigoberto Vega Arias, vicepresidente, y Edgar Mata Ramírez, director
ejecutivo de
El
sector agrícola representa un nueve coma cinco por ciento (9,5%) del PIB. Dado
que existe integración, se habla entonces de la agroindustria, la cual
representa el dieciséis por ciento (16%), que conlleva un valor agregado. Ese dieciséis por ciento (16%) se convierte en un veintitrés
por ciento (23%) del PIB, cuando se anexan todos los servicios conexos que
tiene la agricultura –es una cuarta parte de la economía nacional–. El gran
ganador de los tratados ha sido la agricultura.
Otros
aspectos importantes son los siguientes:
La
posibilidad de tener inversión extranjera directa china.
La
propiedad intelectual o el tema de la calidad. La buena fe se presume y cuando
hay una adhesión a un convenio internacional o a uno que se suscribe, se
presume el cumplimiento.
El
Tratado con China y todos los demás acuerdos comerciales son oportunidades para
crecer, repartir bienestar y riqueza en el país, dar valor agregado y para
integrarnos como sociedad en el modelo de desarrollo que hemos construido.
Actualmente,
hay un gran volumen de comercio de Costa Rica hacia China, pero está
concentrado en alta tecnología y en pocas empresas ubicadas en zona franca. Con
el Tratado de libre comercio entre Costa Rica y China se pretende que los
productos agropecuarios tengan acceso al mercado chino y que se abran nuevas
oportunidades.
Asociación
Nacional de Empelados Públicos y Privados (ANEP)
Una
vez convocados, solicitaron cambio de fecha en dos ocasiones y días antes de su
comparecencia, mediante una nota, hicieron saber que
Consejo
Universitario de
Habían
sido convocados para comparecer en otras fechas pero indicaron no poder
apersonarse a
Fueron
entonces convocados para la sesión del jueves 2 de setiembre y el día antes
enviaron un fax para manifestar que no podían atender en este momento la
audiencia, porque tendrían que formar una comisión de expertos y oportunamente
manifestarse. Esta Institución fue consultada también, así que
SECCIÓN
C
ADMINISTRACIÓN
DE TRATADOS COMERCIALES
Como
producto del proceso de consulta, una de las principales conclusiones de la
Comisión fue la preocupación de los sectores por ciertas debilidades que ha
tenido el Estado costarricense, en cuanto a la administración de los tratados y
que se han convertido en una barrera para el crecimiento de nuestros sectores
productivos.
Producto
de esa preocupación, en la sesión ordinaria N.º 20, de
Director(a)
de
Director(a)
del Servicio Fitosanitario del Estado, Director(a) del Servicio Nacional de
Salud Animal (Senasa) y Viceministra(o) de Agricultura y Ganadería encargada(o)
de esos temas.
Directora
del Departamento de Atención al Cliente, Directora de Regulación de Salud,
ambas del Ministerio de Salud, y la/el Viceministra (o) de Salud encargada (o)
de esos temas”.
Adjuntamos
a continuación un resumen de las intervenciones de cada uno de los ministerios
recibidos en audiencia, producto de la moción aprobada en la sesión N.º 20.
SESIÓN
EXTRAORDINARIA N.º 21, DE
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO (MEIC)
Ministerio
de Economía, Industria y Comercio (MEIC)
Marvin Rodríguez, viceministro;
Odalys Vega Calvo, Departamento de Defensa Comercial; Guisela Chávez, directora
de la Dirección de Estudios Económicos; Ileana Hidalgo, directora del
Laboratorio Costarricense de Metrología; Isabel Cristina Araya Badilla, directora
de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, y Ronald Cortés
Arguedas, asesor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
El
MEIC ha trabajado en los temas de implementación y mejora de los procesos que
permitan el aprovechamiento de los acuerdos comerciales, así como las acciones
para el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, por lo que se está
fortaleciendo el enfoque estratégico institucional mediante una serie de
reformas internas en áreas específicas como las mejoras regulatorias, la
simplificación de trámites y los cambios estructurales a
Cabe
mencionar que el MEIC participó durante toda la negociación del Tratado de libre
comercio entre Costa Rica y China, como parte del equipo interinstitucional que
dio apoyo durante el proceso.
En
relación con el Tratado es relevante comentar que este responde a la estrategia
de desarrollo que el país ha seguido en los últimos años y que apuesta a una
apertura de mercados para promover mayores oportunidades de negocios y de
inversión, pues consolida la oferta exportable costarricense y atrae mayores
flujos de inversión.
Primero
que todo, es necesario recalcar la importancia de las disposiciones que
contiene el acuerdo, pues este incorpora una serie de normativas y reglas
claras que regulan la relación comercial.
Dentro de ellas se encuentran las siguientes:
El
Tratado amplía las herramientas de cooperación, con el fin de fortalecer el
sistema productivo.
En
materia de defensa comercial, el acuerdo es congruente con lo que se negocia
multilateralmente (OMC); en el caso de China se incorporan reglas claras en
materia de salvaguardias, comercio desleal y medidas antidumping.
Reafirmación
de derechos y obligaciones en materia de obstáculos técnicos al comercio.
Compromiso
entre las partes para poner a disposición la información relacionada con los
reglamentos vigentes en el idioma inglés.
Por
su parte, en materia del cumplimiento de
la reglamentación técnica, el MEIC, con el Plan de Optimización de Acuerdos
Comerciales, busca fortalecer el Sistema Nacional de
Cabe
mencionar que el Sistema Nacional de Calidad comprende cuatro pilares: la
reglamentación técnica, la normativa, la certificación de calidad y la
metrología. El MEIC tiene como misión
estratégica fortalecer este Sistema. Como temas prioritarios se encuentran: la
revisión de la política nacional de la calidad; establecer un sistema ordenado
de verificación en el que interactúen los diferentes entes de verificación y en
el que se establezca hasta dónde verifica el Gobierno y cuándo los otros entes
acreditados podrían verificar.
En
el caso particular de
Además,
mediante el Consejo de Competitividad e Innovación, coordinado directamente por
SESIÓN
ORDINARIA N.º 22, DE 16 DE SETIEMBRE DE 2010
MINISTERIO
DE SALUD
Ministerio
de Salud
Ana Cecilia Morice
Trejos, viceministra; María de los Ángeles Morales Vega, directora de
Regulación Salud, y Xinia Arias Quirós, directora de la Dirección de Atención
al Cliente del Ministerio de Salud.
El
Ministerio de Salud tiene como función la regulación, el control y el monitoreo
pos- aprobación de un alimento o un medicamento. La Ley general de salud es el
marco jurídico que regula y establece el ámbito de acción del Ministerio. Actualmente, se incorpora a esta Ley la tipificación como un
delito a la adulteración de los medicamentos, alimentos y otros productos. Esta
Ley está actualmente en la Asamblea Legislativa.
El
Ministerio de Salud, Comex, el MAG y el MEIC hicieron un trabajo interno, con
el fin de diagnosticar la situación de cada institución en materia de
optimización de acuerdos comerciales y definir un plan de acción. Como producto
de este esfuerzo se formuló, también, una política de inocuidad de alimentos
aprobada en mayo de este año.
En
el marco del Plan de Optimización, el Ministerio de Salud estableció un
mecanismo de actualización del marco legal que permite el fortalecimiento de la
capacidad instalada de los laboratorios que realizan el monitoreo y la
evaluación de la calidad de los productos. Además, con el apoyo del BID se ha
establecido un sistema de información estandarizado sobre la inocuidad de los
alimentos, que establece normas y procedimientos, y que integra la inspección
in situ con los resultados de laboratorio, investigación de brotes y otra serie
de análisis.
Como
parte del Plan, el Ministerio cree en el fortalecimiento de estrategias de
comunicación y formación de la población, con el fin de que se denuncien las
irregularidades y se lleve a cabo la vigilancia farmacológica. También, se implementa un sistema de verificación conjunta
que define sanciones por el incumplimiento de las regulaciones.
El
Ministerio de Salud fortalece, también, los equipos locales de trabajo,
mediante la dotación de tres plazas adicionales a cada una de las zonas
rectoras, así como con vehículos, motocicletas y computadoras, con el fin de lograr una mejor red de trabajo
e información. Como una de las áreas prioritarias destaca el trabajo en la
reducción del número de registros sanitarios pendientes hasta la fecha.
SESIÓN
EXTRAORDINARIA N.º 23, DE 20 DE SETIEMBRE DE 2010
MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG)
Ministerio
de Agricultura y Ganadería (MAG)
Tania López Lee, viceministra;
Magda González Arroyo, directora del Servicio Fitosanitario del Estado, y Ligia
Quirós Gutiérrez, directora del Servicio Nacional de Salud Animal del
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El
Tratado de libre comercio con China tiene una importancia estratégica para el
Ministerio de Agricultura y Ganadería, por el potencial que representa para el
sector en cuanto al crecimiento y la diversificación de sus mercados de
exportación.
El
MAG tuvo una relevante participación en el proceso de coordinación con el
Ministerio de Comercio Exterior y con los sectores productivos, además de
ayudar en la formación de posiciones nacionales.
Las
disposiciones contempladas en este Tratado de libre comercio no difieren de las
contenidas en otros tratados, pues se fundamentan en el Acuerdo sobre medidas
sanitarias y fitosanitarias de
Actualmente,
el Gobierno realiza un gran esfuerzo en las mejoras regulatorias y de simplificación
de trámites que se enmarcan en el plan de trabajo coordinado por el MAG, el
Comex, el MEIC, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Hacienda. Dentro de
las acciones se encuentran la reducción de los trámites en los servicios
fitosanitarios del Estado y en el Servicio Nacional de Salud Animal, mediante
la elaboración de flujogramas, la revisión de tiempos, la simplificación de los
trámites que permiten agilizar la gestión de los permisos y las
certificaciones.
También,
es importante recalcar la directriz firmada entre el MAG y Salud, en la que se
acuerda la inspección conjunta de los productos alimentarios. Adicionalmente,
se trabaja en la revisión del proceso de adjudicación de los certificados
veterinarios de operación y en la diferenciación de las competencias y la
aplicación entre la Ley general de salud y
Como
parte de este proceso de administración de tratados, el Director General de Comex expuso ante la Comisión, en la sesión
ordinaria N.º 25, de 30 de setiembre del 2010, el “Plan de acción para optimizar la aplicación de los acuerdos comerciales”,
que parte de un diagnóstico de los principales problemas identificados en la
gestión de los acuerdos comerciales. Este Plan contempla las acciones concretas
que deben ejecutar los Ministerios de Comercio Exterior, Hacienda, Agricultura
y Ganadería, Salud y el de Economía, Industria y Comercio, para atender los
principales desafíos que enfrenta el país en esta materia.
Además,
mediante el Consejo de Competitividad e Innovación, coordinado directamente por
Por
último, los Ministerios involucrados en la administración de los tratados entregaron
una carta de compromisos –incluida en el expediente- en la que garantizaron su
disposición para rendir cuentas ante la Comisión Permanente Especial de
Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, para informar sobre los avances
en la ejecución del Plan de acción.
En virtud de lo anterior, sometemos a consideración
del Plenario legislativo el presente dictamen y solicitamos a las señoras
diputadas y los señores diputados la aprobación del presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébese en cada una
de sus partes el Tratado de Libre Comercio entre la República de Costa Rica y
la República Popular China, suscrito el día ocho de abril del año dos mil diez,
cuyo texto es el siguiente:
POR
RAZONES DE ÍNDOLE TÉCNICA, EL TEXTO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, QUE SE INCLUYE EN ESTE
ARTÍCULO 1, DEBE SER CONSULTADO EN EL EXPEDIENTE FÍSICO.
ARTÍCULO 2.- Cartas Adjuntas
Aclaratorias
Para
efectos de corregir el error material de impresión que identificó el Ministerio
de Comercio Exterior en las descripciones incorporadas en las listas de
desgravación arancelaria y el anexo sobre reglas de origen, debido a una falla
en el programa informático utilizado. Dado que al imprimir la casilla de
descripción de algunas clasificaciones arancelarias, ésta no quedó ajustada al
espacio destinado, por ende, algunas líneas presentan algún grado de dificultad para su lectura. En el entendido
que los códigos arancelarios, el arancel base y las categorías de desgravación
no presentan ningún error de impresión y que las descripciones con dificultad
de impresión constituyen tan solo una guía de lectura para el código
arancelario, se incorporan en la ley de aprobación de este tratado para efectos
de interpretación y aclaración, las siguientes notas intercambiadas entre las
Partes Contratantes. En el caso de la nota recibida del Gobierno de la
República Popular de China, se incorpora para los efectos mencionados, su
traducción oficial únicamente. Los textos indicados son los siguientes:
POR
RAZONES DE ÍNDOLE TÉCNICA, EL TEXTO DE LAS CARTAS ADJUNTAS ACLARATORIAS QUE SE
INCLUYEN EN ESTE ARTÍCULO 2, DEBE SER CONSULTADAS EN EL EXPEDIENTE FÍSICO.
Rige
a partir de su publicación.
DADO
EN SAN JOSÉ, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ
FRANCISCO
CHACÓN GONZÁLEZ MARIELOS
ALFARO MURILLO
ÓSCAR
ALFARO ZAMORA WÁLTER
CÉSPEDES SALAZAR
ALICIA
FOURNIER VARGAS JUAN
C. MENDOZA GARCÍA
LUIS
FDO. MENDOZA JIMÉNEZ PATRICIA
PÉREZ HEGG
MARÍA
JEANNETTE RUIZ DELGADO
DIPUTADOS
[1] Datos del Banco Central de Costa Rica.
[2] Datos del Banco Central de Costa Rica y
[3] Datos de
[4] Mediante el impulso a
[5] Se impulsa una relación de mutuo apoyo entre
el Acuerdo Adpic y el Convenio de diversidad biológica.
[1] Disponible en: http://translate.google.co.cr/translate?hl=es&langpair=en%7Ces&u=http://www.wto.org/
[2] Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior. Acta N.º11, Sesión Ordinaria. Asamblea Legislativa. San José, Costa Rica. 12 de agosto de 2010.