ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS TÉCNICOS

INFORME TECNICO INTEGRADO

“APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 2105/0C PARA EL PROGRAMA DE LIQUIDEZ PARA LA SOSTENIBILIDAD DE CRECIMIENTO DE COSTA RICAENTRE EL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, EL CUAL CONSTA DE LAS SIGUIENTES PARTES : I) ESTIPULACIONES ESPECIALES, ii) NORMAS GENERALES Y III) ANEXO UNICO”

EXPEDIENTE N° 17.327 i

OFICIO Nº ST 079-2009 I

informe  a cargo de

Lic. Susana Zúñiga V.

Lic. Álvaro Hernández Hernández

Lic. J. Arcadio Rodríguez Gómez

M.Sc. Mauricio Porras León

Supervisión a cargo de

Lic. J. Arcadio Rodríguez Gómez

M.Sc. Mauricio Porras León

Revisión y autorización final

Licda. Mª del Rocío Cerdas Quesada

ABRIL DE 2009

TABLA DE CONTENIDO

I.- RESUMEN DEL PROYECTO   4

II.- ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE LEY  5

III.- SOBRE EL CONTENIDO DE LA PROPUESTA  5

3.1       La Naturaleza Jurídica de los Contratos de Préstamo: 5

3.2       Características del Programa  7

3.3       Características del Financiamiento  8

3.4       Condiciones Financieras  9

IV.- SOBRE EL FONDO DEL PROYECTO   12

4.1       Sobre el Objetivo de la Propuesta  12

4.2       Naturaleza de las Funciones del Banco Central 14

4.3       Sobre el Costo de la Propuesta  16

4.4       Sobre la Situación Financiera del Banco Central de Costa Rica  20

4.5       Cuestiones de Constitucionalidad. 21

V.- CUESTIONES DE FORMA  22

V.- ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO   22

5.1       Delegación  22

5.2       Votación  22

5.3       Consultas  23

Obligatorias: 23

Facultativas: 23

ANEXO I 24

CONTENIDO DEL CONTRATO   24

ANEXO II 26

CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS DEL BID   26

ANEXO III 28

TASAS DE INTERÉS PARA PRÉSTAMOS EN MONEDA EXTRANJERA  28

ANEXO IV  35

RESULTADO FINANCIERO DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y  35

SITUACIÓN FINANCIERA-CONTABLE DEL BANCO CENTRAL  35

INFORME TÉCNICO INTEGRADO

PROYECTO DE LEY[1]

 

“APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 2105/0C PARA EL PROGRAMA DE LIQUIDEZ PARA LA SOSTENIBILIDAD DE CRECIMIENTO DE COSTA RICAENTRE EL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, EL CUAL CONSTA DE LAS SIGUIENTES PARTES : I) ESTIPULACIONES ESPECIALES, ii) NORMAS GENERALES Y III) ANEXO UNICO”

 

 EXPEDIENTE Nº 17.327 I

 

I.- RESUMEN DEL PROYECTO

 

Esta iniciativa legislativa, suscrita por el Poder Ejecutivo, pretende la contratación de un préstamo entre el Banco Central de Costa Rica  (BCCR) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de quinientos millones de dólares americanos ($500.000.000). Con este fondo se garantizaría la  liquidez necesaria, al momento que el sistema financiero lo requiera, con miras a fortalecer la competitividad del sector exportador y, además, asegurando así una respuesta efectiva a una  eventual crisis crediticia.

 

Es sabido que las dimensiones de la economía costarricense son muy reducidas, característica esta que no la hace inmune a los embates de la crisis que padecen actualmente los mercados financieros mundiales,  lo que de una u otra manera vendrá a incidir -en forma negativa- sobre los índices de exportación del país.

 

De conformidad con lo señalado en los artículos 2 y 3 del la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica,  es función de dicho ente -entre otras- mantener y promover un sistema de intermediación financiera  estable, eficiente y competitivo, siendo con este propósito que se presenta esta propuesta. De este modo se pretende contar con recursos alternos, que vengan a ser considerados como prevención ante una eventual situación de iliquidez en la disponibilidad de ellos. Es en consecuencia entendido, que  sólo en caso de necesidad de fondos se hará uso de los provenientes del crédito contraído.

 

Cabe señalar que el Banco Central de Costa Rica sería el prestatario; por su parte, la función de coordinar el programa (Unidad Coordinadora del Programa), le corresponderá a la División de Activos y Pasivos, concretamente al Departamento de Operaciones Financieras del Banco Central.

 

Ahora bien, resulta importante mencionar que por parte del Banco Interamericano de Desarrollo, fue sugerida la función del Banco Central como intermediario. Además, como se indicó, es este ente financiero-BCCR-el que  incurre en el préstamo sin garantía soberana (no se otorgó garantía solidaria por parte del Ministerio de Hacienda) y quien a su vez se encargará de hacer el traslado correspondiente de los recursos a las instituciones financieras reguladas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF). La fiscalización en el control real de los recursos corresponderá al mismo ente internacional; pero, resulta oportuno señalar que, en la eventualidad de que los recursos fueran asignados en forma diferente a su destino, no sería responsabilidad del ente financiero central prestatario.

 

 

II.- ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE LEY

 

El proyecto en estudio se ve conformado por dieciséis artículos, mismos que se ven localizado en los siguientes documentos:

 

Estipulaciones Especiales, articulado que prevalecerá sobre la disposiciones generales como sobre el Anexo, en caso de antagonismo

 

Normas Generales, estas cláusulas versarán sobre aspectos tales como: amortización, intereses, comisiones de crédito, inspección y vigilancia, desembolsos, de igual modo disposiciones relativas a la ejecución del Programa.

 

Anexo Único, en este apartado se contemplan lo referido a: objetivo, descripción, costo del Programa y plan de financiamiento, ejecución y monitoreo y evaluación.

 

 

III.- SOBRE EL CONTENIDO DE LA PROPUESTA

 

 

 

 

 La Naturaleza Jurídica de los Contratos de Préstamo:[2]

 

Se puede definir la naturaleza jurídica de los contratos de préstamo o empréstitos,  como los contratos de crédito  en los cuales el deudor será un ente público, ya sea este el Estado mismo, o alguno de sus entes, ya sea centralizados, descentralizados, corporaciones municipales o cualquier persona de derecho público.  Es importante acotar que lo que sí requiere la formalidad del contrato es la concurrencia, con plenos poderes de quien suscriba éste, en este sentido la Sala Constitucional establece:

 

            «...los documentos que tengan que ser negociados o suscritos en el exterior, sería desproporcionado e irrazonable exigir la participación conjunta del Presidente y el Ministro, por lo que resulta válida la delegación que se haga en el Ministro de la cartera respectiva, en el Jefe de la  Misión  Diplomática en el país de que se trate o incluso en un representante especial, para la firma de empréstitos, contratos administrativos u otros actos jurídicos  de similar trascendencia, por supuesto, siempre que el apoderamiento se haga formalmente por el propio Poder Ejecutivo...”[3]

 

Por otro lado, el trámite que constitucionalmente se requiere para la aprobación de los contratos de préstamo o empréstitos, es el propio de la formación de la ley. Es importante dejar claro que al analizar un  proyecto de ley como el presente, nos referimos a la figura del contrato, al instrumento internacional en donde se establecen las cláusulas de deberes y obligaciones de las partes contratantes, las cuales no contemplan el carácter de ley, aunque este rango si lo obtenga la ley que lo aprueba.  En este sentido el artículo 124 de nuestra Constitución Política establece:

 

“...  La aprobación legislativa de contratos, convenios y otros actos de naturaleza administrativa no dará a esos actos carácter de leyes, aunque se haga a través de los trámites de éstas".[4]

 

Así las cosas, el contrato de préstamo es remitido,  por el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa para su debida aprobación, tal cual lo  establece el artículo 140, inciso 5,  expresamente:

 

 “5) Ejecutar iniciativa en la formación  de las leyes, y el derecho de veto...”  [5]

 

Por otra parte, como se puede inferir del convenio en estudio, la parte prestataria es el Banco Central de la República de Costa Rica, por su parte el acreedor será en Banco Interamericano de Desarrollo. Resulta oportuno mencionar lo ya establecido por la Sala Constitucional sobre este tipo de convenios que ha señalado sobre el particular lo siguiente:

 

“... la Sala Constitucional considera improcedente calificar un “empréstito” o “convenio similar” como “tratado”, “convención”, “pacto”, “protocolo” o cualquier otro término que los textos, la práctica, la doctrina o la jurisprudencia de Derecho Internacional Público utilicen para designar en general, los negocios jurídicos tendientes a crear o extinguir situaciones jurídicas públicas que obliguen, limiten o condicionen el ejercicio del poder público en sí mismo (...) la denominación de empréstitos designa simplemente los contratos de crédito en los cuales el deudor es un ente público...”   [6]

 

A juicio de este Departamento, resulta más acertado decir que los empréstitos públicos tienen una regulación especial propia en nuestro ordenamiento constitucional, más allá de que sean tratados o contratos administrativos, en lugar de negar ese indudable carácter a los que lo son.

 

Finalmente, del contenido del proyecto de ley en estudio se tiene que, el mismo es de naturaleza predominantemente económica, se trata de un Convenio de préstamo, el que para su ejecución  precisa contar con el aval legislativo. Como consecuencia de lo anterior, este informe se ve restringido a aspectos de índole técnico y de orden formal en el aspecto jurídico, profundizándose en el respectivo análisis económico.

 

Características del Programa

 

El Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), mediante la resolución DE-212/08 de fecha 17 de diciembre del 2008, aprobó el Contrato de Préstamo 2105/OC-CR, cuyo objetivo es financiar el "Programa de liquidez para la sostenibilidad del crecimiento de Costa Rica", como un programa especial de la categoría del Programa de Emergencia

 

Según se indica en el documento GN-2492-3 del Directorio Ejecutivo del BID aprobado por la Resolución de la Asamblea de Gobernadores del Banco, "(...) El objetivo específico del programa es mantener el flujo de crédito hacia la economía real, compensando en parte y con carácter temporal, las insuficiencias de las corrientes normales de financiamiento para la región, provocadas por la crisis financiera mundial.  El propósito es apoyar la producción interna y facilitar el comercio, protegiendo así el empleo de una conmoción externa y temporal, al tiempo de reforzar las condiciones macroeconómicas de la región." (sic). "(...) El programa brindaría liquidez por un monto máximo de US$500 millones por país, con destino a instituciones financieras reglamentarias que tengan que hacer frente a una disminución del acceso a líneas de crédito externo y crédito interbancario, de modo que puedan, a su vez, proporcionar líneas de crédito para comercio exterior a exportadores y productores para el mercado interno, y mantener el acceso de las firmas al capital de trabajo. (...)"

 

Los préstamos de emergencia otorgados por el BID se enmarcan dentro de un programa para asistir a sus países miembros a superar las crisis financieras o económicas por las que puedan atravesar y los desastres naturales y de otro tipo que puedan enfrentar.

 

En el caso de una crisis financiera o económica, el BID requiere que los préstamos de emergencia encajen dentro de un programa para la estabilización económica que haya sido respaldado y sea supervisado periódicamente por el Fondo Monetario Internacional. Los períodos de desembolso para estas operaciones son significativamente más cortos que para otros instrumentos financieros del Banco, pudiendo llegar hasta los 18 meses.

 

A diferencia de la mayoría de los créditos del BID, los préstamos de emergencia dan gran flexibilidad al prestatario en el momento de pedirle los correspondientes fondos de contrapartida. Estos préstamos se otorgan en dólares estadounidenses a una tasa de interés ligada a la LIBOR en dólares estadounidenses más 400 puntos de base. Tienen un período de gracia de tres a cinco años y no requiere de fondos de contrapartida local. Un mayor detalle de las características de los créditos del BID se presenta en el Anexo II

 

Características del Financiamiento

 

Según se indica en el Anexo al Contrato, el programa propuesto brindaría financiamiento por US$500 millones al Banco Central de Costa Rica (BCCR) para que éste, otorgue recursos a las instituciones financieras reguladas que han venido enfrentando restricciones de liquidez y de acceso a líneas de fondeo externo e interbancario. Éstas a su vez,  puedan extender líneas de crédito para capital de trabajo en dólares y financiamiento de comercio exterior a empresas exportadoras o integradas en cadenas de producción para la exportación. También sirven para atender las necesidades de financiamiento de empresas domésticas que hasta hace muy poco dependían fuertemente de financiamiento directo de proveedores radicados en el exterior, pero que en el actual entorno financiero internacional se han visto excluidas del mismo y, por ende, han tenido que recurrir al mercado financiero local.

 

Los recursos del Programa se canalizarían  a través del otorgamiento de líneas de crédito a Instituciones Financieras de Intermediación (IFI's), públicas o privadas, que cumplan con las condiciones establecidas y cuenten con la calificación crediticia establecida en el Reglamento de Crédito (RC), para que éstas puedan conceder sub-préstamos destinados al sector productivo para proyectos elegibles, conforme se establece en el Anexo Único del Contrato.

 

Calificarían para el financiamiento las empresas con proyectos empresariales orientados a la exportación de bienes y servicios, así como las empresas vinculadas a las anteriores como parte de cadenas productivas proveedoras que estén financiadas en USD. Dentro de estas empresas, serían elegibles los sub-préstamos que: a) estén denominados en USD y b) financien exportaciones, importaciones y capital de trabajo; siendo que las operaciones deben tener un plazo máximo de 24 meses, con monto máximo fijado en el RC.

 

El monto máximo de la línea para cada IFI estará en función de sus obligaciones totales, y, si estuviere disponible, de su volumen total de financiamiento externo, limitado por  el porcentaje máximo del volumen total de la línea del Programa.  Las líneas de cada IFI, serán otorgadas conforme se reciban y aprueben, en tanto se cuente con fondos del Programa.

 

El Programa otorgará líneas de crédito revolventes a las IFIs por un plazo máximo de cinco (5) años.    A partir del tercer año del Programa, y conforme se inicie el período de amortización del financiamiento al Banco, los cupos vigentes de cada IFI se disminuirán en la correspondiente proporción.  A su vez, cada desembolso a las IFIs bajo dichas líneas será por un plazo máximo de 24 meses, siendo que cada desembolso debería ser re-prestado en el plazo máximo fijado en el RC.

 

De acuerdo con la exposición de motivos la operativa del contrato consiste, a grandes rasgos, en la siguiente:

 

a)         El Banco Central recibe las solicitudes de los bancos que requieren préstamo de liquidez urgente en dólares.

b)         Los bancos firman un contrato de préstamo con el BCCR en el que se comprometen a cumplir con las normativas dispuestas para este tipo de préstamos[7], así como con las directrices del BID en la materia, las cuales serán plasmadas en un cuerpo normativo de aprobación conjunta entre el BCCR y el BID, denominado, en el contrato "Reglamento de Crédito".

c)         El Banco Central solicita el desembolso respectivo al BID.

d)         El Banco Central otorga el préstamo a los bancos solicitantes.

e)         Los bancos solicitantes otorgan los créditos a los destinatarios de los mismos en el sector productivo, específicamente, el sector exportador.

 

El saldo de cada desembolso deberá ser cancelado al vencimiento de éste.  No obstante, las IFI´s podrán cancelar parcial o totalmente el crédito de forma anticipada a su fecha de vencimiento. Los montos de las recuperaciones que no fueren utilizados deberán ser devueltos al BCCR dentro del plazo fijado en el RC. Lo propio aplicará a los montos desembolsados a las IFI´s y no repasados a las empresas.

 

Condiciones Financieras

 

Los principales aspectos financieros del endeudamiento se presentan en el siguiente cuadro:

 

 

CARACTERÍSTICA

DETALLE

MONTO DEL FINANCIAMIENTO

$500 millones

MONTO DEL PRÉSTAMO

Dependerá de las cantidades que se desembolsen con cargo al financiamiento.

AMORTIZACIÓN

Semestral, siendo que la primera cuota se pagará a los tres (3) años y seis (6) meses luego de la fecha de vigencia del contrato, y la última, a más tardar, a los cinco (5) años luego de la fecha de vigencia del presente contrato.

TASA DE INTERÉS

Se devengarán sobre los saldos deudores diarios del Préstamo a una tasa anual equivalente a la Tasa Básica LIBOR cotizada para depósitos en dólares, a seis (6) meses, vigente el primer día del Semestre correspondiente, más un margen de cuatrocientos puntos básicos (400 pb).

Se otorga la posibilidad de trasladarse a una tasa fija de interés no obstante se debe reconocer una Comisión de Conversión, pagadera en dólares, de cinco (5) puntos básicos sobre el monto convertido. Tasa Fija de Interés significa la suma de la Tasa Base Fija, más cuatrocientos (400) puntos básicos (pbs), siendo que la Tasa Base Fija significa la tasa base de canje de mercado a la Fecha Efectiva de la conversión.

COMISIÓN INICIAL

Equivalente al 1% del monto del Financiamiento, en este caso US$5.000.000, en una cuota única, pagadera dentro de los treinta (30) días de la fecha de vigencia del Contrato. En este caso la fecha en que, de acuerdo con las normas de Costa Rica adquiera plena validez jurídica.

 

COMISIÓN DE CRÉDITO

Equivalente a 0.75% anual, pagadera sobre los saldos no desembolsados, que comenzará a devengarse 60 días después de la fecha de firma del contrato. En este caso el 5 de febrero del 2009. Aproximadamente eso representa $312,500.00 por mes (¢178,28 millones[8])

 

PLAZO PARA EL DESEMBOLSO

Finaliza a los doce meses contados a partir de la fecha de vigencia del Contrato. Se podrá extender por doce meses adicionales siempre que ya se hubiese desembolsado por lo menos el 70% de los recursos.  En caso de que la cantidad fuera inferior, la porción no desembolsada quedará automáticamente cancelada, a menos que las partes acuerden por escrito extender éste plazo por un período adicional de doce (12) meses.

De extenderse el plazo de desembolso, la porción del Financiamiento que no hubiese sido desembolsada dentro del plazo de 24 meses, contados a partir de la vigencia, quedará automáticamente cancelada.

CONDICIONES PREVIAS

El primer desembolso está sujeto a la aprobación por parte de la Junta Directiva de BCCR del Reglamento de Crédito, así como la norma especial del BCCR que regule la concesión a las Entidades Financieras de las líneas de crédito previstas en el Programa. 

Se exige que previo a la aprobación del Programa por parte del Directorio Ejecutivo, que Costa Rica cuente con un programa en vigor con el Fondo Monetario Internacional, o en su defecto una consulta conforme al Artículo IV del Convenio Constitutivo del Fondo, realizada por el Fondo, dentro de los 18 meses anteriores a dicha aprobación.

 

Es importante indicar que el Contrato establece la posibilidad de utilizar hasta un veinticinco por ciento (25%) de los recursos del Financiamiento para reembolsar recursos ya utilizados por las IFIs a partir del 20 de Octubre del 2008 y hasta el 17 de diciembre de 2008, siempre y cuando se ajusten a los propósitos del Programa. También se podrán utilizar los recursos del Financiamiento (se entendería que hasta el 100%) para reembolsar recursos utilizados por las IFIs, en las condiciones señaladas, a partir del 17 de diciembre de 2008 y hasta la fecha de vigencia del Contrato.

 

Como aspecto adicional se señala que con cargo al Financiamiento, el Banco podrá adelantar recursos para establecer un Fondo Rotatorio para cubrir los gastos relacionados con la ejecución del Proyecto.  Si bien las Normas Generales del Contrato establecen este Fondo en un 5% del monto del Financiamiento, en las estipulaciones especiales se aumenta a un 10%. Sería importante conocer el uso que eventualmente se le dará al Fondo Rotatorio y las razones por las que se incrementa el porcentaje.

 

Tal y como indica la cláusula 8.02, se contempla en ella una exoneración de impuestos, tasa y demás cargos de la obligación, por parte del Prestatario,  al momento de hacer pagos efectivos de los intereses y demás cargos. Resulta conveniente tener en consideración que los mismos están referidos a las cargas nacionales no así a los impuestos municipales, si de alguna manera se generaran.  Tratándose de tributos municipales la exoneración les corresponde a las Corporaciones, en razón de su autonomía consagrada en el artículo 170 constitucional.  En otras palabras el legislador no puede avocarse dicha competencia sin rozar  con el artículo constitucional de cita.[9]

 

Finalmente se indica que si en el plazo de ciento ochenta (180) días  contados a partir de la firma del presente instrumento (5 de febrero del 2009) este Contrato no hubiere entrado en vigencia (5 de agosto del 2009); todas las disposiciones, ofertas y expectativas de derecho en él contenidas se reputarán inexistentes para todos los efectos legales sin necesidad de notificaciones y, por lo tanto, no habrá lugar a responsabilidad para ninguna de las partes.  No es claro si esta disposición abarcaría las comisiones pactadas a partir de la fecha de firma del contrato

 

De conformidad con lo que señala la cláusula 6.01 de la sección de norma especiales la vigencia de este convenio inicia al momento en que adquiera plena validez jurídica, y su terminación será con el pago total del préstamo y sus correspondientes intereses y comisiones.

 

 

IV.- SOBRE EL FONDO DEL PROYECTO

 

A continuación se presentan una serie de consideraciones en torno a la propuesta de Ley.

 

 

Sobre el Objetivo de la Propuesta

 

De acuerdo con lo señalado por el Banco Central, el propósito del endeudamiento es contar con la disponibilidad de recursos para enfrentar posibles faltantes de liquidez que afecten al sector exportador.

 

Sobre este aspecto es necesario distinguir si se trata de una crisis de liquidez sistémica que alcanza la economía en su totalidad o si se trata de una coyuntura que afecta en particular a un sector productivo, así como el grado de repercusión que pueda tener esto en el resto de la economía.

 

En relación con la posibilidad de una crisis sistémica, en el programa monetario del Banco Central 2009-2010 se indica que, los últimos meses del 2008 se caracterizaron por el agravamiento de la crisis financiera en los Estados Unidos, con una importante restricción de liquidez y una rápida difusión de sus efectos a nivel internacional. Esto llevó a algunos bancos centrales a adoptar medidas que pretenden reducir o en el mejor de los casos reversar los efectos de la crisis financiera, siendo que Costa Rica no fue la excepción, y de manera preventiva en noviembre el Banco Central puso a disposición del sistema financiero local mecanismos de corto plazo que les permitiría afrontar una eventual falta de recursos, ante los posibles efectos que la restricción de liquidez a nivel mundial podría tener sobre el mercado doméstico. Con ello buscó mantener la estabilidad del sistema financiero costarricense y el normal funcionamiento del sistema de pagos. Las medidas fueron las siguientes:

 

Aprobó el “Reglamento sobre operaciones especiales para enfrentar requerimientos extraordinarios de liquidez”, mediante el cual el BCCR habilitó una línea de crédito especial en moneda nacional para intermediarios financieros.

Autorizó a la Administración del Banco para que durante un período máximo de tres meses, contados a partir de la aprobación de la medida, pudiera realizar subastas de compra de títulos hasta por ¢100.000 millones.

Amplió la cobertura de entidades con las cuales el BCCR puede realizar operaciones de reporto u otras similares, a todas aquellas sujetas a supervisión de las superintendencias adscritas al Banco.

Asimismo, con el fin de evitar problemas de liquidez en moneda extranjera, el Banco Central en conjunto con el Ministerio de Hacienda han venido gestionando la contratación de créditos contingentes con organismos financieros internacionales.

 

Considerando las medidas tomadas por al Banco Central, sería conveniente que, en atención a este proyecto y el eventual costo financiero que podría tener para el país, el Banco presente una valoración de la situación actual y perspectivas sobre la falta de liquidez a nivel general en la economía, especialmente lo relacionado con la disponibilidad de divisas,  considerando que el nivel de reservas netas del Banco Central alcanza los $4,242.5 millones en abril del 2009.  En este sentido se requiere valorar el nivel de riesgo de iliquidez o de ausencia de líneas de crédito ante el cambiante panorama financiero internacional, y la posibilidad de la oferta local de recursos para satisfacer la demanda.  Sobre todo se debe valorar qué tanto se asocia la disminución en la actividad económica con una limitada oferta de recursos monetarios y que tanto a la disminución de demanda de bienes y servicios en el sector real de la economía.

 

En la misma línea del punto anterior, se debe valorar la situación de los bancos comerciales en relación con la disponibilidad de recursos para financiar al sector exportador y sus perspectivas futuras en cuanto a una posible escasez,  situación que puede no ser igual para todos los bancos.  Tómese en cuenta que los bancos pueden tener disponibilidad de recursos pero por razones de capacidad de préstamo o políticas institucionales podría limitar la colocación del crédito, por otro lado debe considerarse que además del posible acceso a líneas externas, los entes financieros pueden realizar captación abierta de recursos, ya sea mediante oferta pública o en ventanilla, como una forma de fondearse para la colocación de sus créditos.

 

También es necesario hacer una valoración del comportamiento del sector exportador y su necesidad de líneas de financiamiento y cuál sería el costo razonable de éstas para que sea atractiva su utilización. Tómese en cuenta que la variación interanual acumulada de las exportaciones fue de -11.1% en enero y de -15.9% en febrero de este año.

 

En general es importante reconocer si la eventual disminución del crédito al sector responde a escasez de divisas disponibles (crisis de liquidez), a una estrategia conservadora de los bancos comerciales en la colocación de crédito, siendo que los recursos existen, o si se trata de una disminución de la actividad productiva en sí misma.

 

Por otra parte, si se trata de una crisis sistémica que afecta en general a toda la economía, lo cual justificaría la participación del Banco Central, se debería razonar los motivos por los cuales se excluyen otros sectores demandantes de divisas, como el comercial importador o el mismo sector construcción como gran generador de empleo, quedando la duda de si el sector turismo estaría incluido como posible beneficiario del crédito, al considerarse proveedor de servicios al exterior. Según se mencionó en el documento GN-2492-3 del Directorio Ejecutivo del BID aprobado por la Resolución de la Asamblea de Gobernadores del Banco, se hace referencia a la posibilidad de “proporcionar líneas de crédito para comercio exterior a exportadores y productores para el mercado interno, y mantener el acceso de las firmas al capital de trabajo (...)" (el resaltado no es del original)

 

Naturaleza de las Funciones del Banco Central

 

Tal y como se indicó en el estudio de este Departamento al expediente Nº 16.998 “Ley de Capitalización del Banco Central de Costa Rica”, la definición de los objetivos que debe perseguir la política monetaria ha sido un tema que ha ocupado a los economistas y a la opinión pública, desde que los bancos centrales se consolidaron como las entidades responsables de proveer a las economías de moneda nacional y de instrumentar la política monetaria.

 

Por lo general, a la política monetaria se le asigna una diversidad de objetivos, entre ellos: metas de inflación, producción, empleo, estabilidad en las condiciones de los mercados financieros y en la balanza de pagos. La efectividad que la política monetaria puede tener para influir sobre estas variables es objeto de constante debate, así como el papel que debe asumir la autoridad monetaria al respecto.

 

Desde los trabajos de Keynes los macro economistas en términos generales se han dividido en dos grupos. El primero corresponde a los que están a favor de las políticas monetarias activas, especialmente para estabilizar la economía real (partidarios de la no neutralidad en el corto plazo). En el segundo se encuentran aquellos que son menos intervencionistas, donde la principal preocupación está ligada a los costos de una alta inflación. A partir del debate generado entre los que consideran la posibilidad de utilizar políticas monetarias activas, se desprende que las dos principales funciones, asociadas con los objetivos asignados, son: a) estabilidad de precios y b) estabilidad de la economía real.

 

En relación con el objetivo de estabilización de precios, actualmente, hay coincidencia en que expansiones monetarias significativas del dinero nominal probablemente se traducirán en el largo plazo en aumentos en el ritmo de variación del ingreso nominal y, muy especialmente, en la tasa de inflación. Así, la política monetaria puede mantener bajo control el riesgo de inflación, recurriendo a una tasa más lenta de expansión monetaria. No hay que perder de vista, sin embargo, que la acción monetaria requiere de un período más largo para influir sobre la inflación. Por esa razón, en muchos casos no es posible determinar con exactitud cuál será el efecto final de una determinada política, ni identificar en forma precisa cuando se dará ese efecto. En vista de esta realidad, para que la política monetaria pueda lograr su cometido de estabilizador de precios, las autoridades económicas deben adoptar políticas consistentes en el mediano y largo plazo y evitar cambios bruscos de dirección.

 

El objetivo de proveer un marco estable para la economía real, puede lograrse mediante la compensación de las perturbaciones o “choques” que se generan en la economía. Estas perturbaciones, que producen por lo general fluctuaciones recurrentes en la economía, y que se denominan “ciclos económicos”, dificultan el buen desempeño de la misma. Si el ciclo es producido por “choques” que afectan el lado de la demanda, ya sea como consecuencia de políticas adoptadas por las autoridades, o por el resultado de desplazamiento en la inversión o en el consumo privado (o expectativas sobre el desempeño futuro de la economía), la política monetaria puede ser utilizada como un instrumento para contrarrestar los efectos no deseados en el producto real.

 

Un aspecto a considerar en relación con la propuesta de Ley es, qué tanto se ajusta lo dispuesto a la naturaleza y funciones del  Banco Central, en cuanto a si le es consustancial el gestionar  recursos con el fin de dirigirlos a créditos de carácter comercial hacia un sector específico.

 

La exposición de motivos señala que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley orgánica del Banco Central de Costa Rica, Nº 7558, se tienen como funciones esenciales del Banco, entre otras, la promoción de condiciones favorables para el robustecimiento, la liquidez, la solvencia y el buen funcionamiento del sistema financiero nacional;  además se hace cita del artículo 107 que establece como potestades del Banco  Central  la posibilidad de obtener y conceder créditos y realizar todas las demás operaciones compatibles con la naturaleza de un banco central, con otros bancos centrales y con bancos extranjeros de primer orden.

 

Al respecto se debe considerar que las funciones señaladas se asocian con operaciones orientadas a fortalecer la política monetaria del Banco Central, ante crisis de liquidez o problemas de balanza de pagos que afectan la economía en general. Es poco frecuente que la Banco realice operaciones con el fin de apoyar a un sector específico, lo cual se asocia más a las funciones establecidas para el Departamento de Fomento en el artículo 109 de la Ley:

 

“ARTÍCULO 109.- Potestades del Departamento. El Banco Central de Costa Rica, con base en los recursos del Departamento de Fomento y Desarrollo Económico, solo podrá conceder préstamos y líneas de crédito a las instituciones financieras calificadas y sujetas a la fiscalización de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Los créditos se otorgarán con las garantías y las demás condiciones que determine la Junta Directiva. El pago de los préstamos deberá efectuarse por parte de la institución financiera en la respectiva moneda en que haya sido desembolsada por el Banco Central. Estos recursos estarán exentos de las limitaciones crediticias que establezca el Banco Central en el manejo de su política monetaria.”

 

Bajo esta perspectiva, se considera que es poco usual que el Banco realice esta tipo de operaciones dirigidas a un sector específico, situación que parece compartir el mismo proyecto de Ley cuando en la exposición de motivos señala que, la función se asigna al Banco Central sin que ello implique una reforma a la legislación vigente ni a una modificación en el papel desempeñado por la institución en forma permanente”, siendo que la operativa del contrato por la que se estableció el papel del Banco Central, como ente intermediario, fue una condición para el otorgamiento del crédito por parte del BID, dada la especial naturaleza del Programa de Liquidez para la Sostenibilidad del Crecimiento. Esta posición queda reforzada en el artículo 3 del proyecto que establece:

 

“ARTÍCULO 3.-  Autorización especial al Banco Central de Costa Rica.  Se autoriza al Banco Central de Costa Rica para que opere en la forma establecida en el Convenio de préstamo, como ente intermediario, única y exclusivamente para los fines establecidos en este Convenio en aras de garantizar su efectivo cumplimiento y ejecutividad; sin que esto implique, en forma alguna, modificación a su ley orgánica o autorización general para actuar de esta forma en otros convenios similares.”

 

 

Sobre el Costo de la Propuesta

 

Según el modelo propuesto el Banco Central vienen a fungir como intermediario en la colocación de recursos entre el BID, las entidades financieras y el sector exportador. En este sentido la obligación financiera para el Banco es menor si se compara con posibles créditos para uso propio, en los que debe asumir con sus recursos además de los costos financieros, el pago del principal.

 

Así las cosas, el eventual costo para el Banco Central, dependerá principalmente del nivel de colocación de los recursos y su capacidad para incorporar en la tasa de interés a las IFI´s, sus costos financieros y operativos.  Resulta oportuno y necesario señalar para efecto de la generación de intereses del préstamo, que la eficacia del contrato se reputa a partir de la aprobación parlamentaria de este Convenio y no cuando fue suscrito. Recuérdese además que los recursos sólo podrán usarse para el pago de bienes y servicios originarios de los países miembros del Banco

 

En un principio, considerando lo señalado en la exposición de motivos en cuanto a que  “en esencia, el Banco Central pretende, inicialmente, mantener esta línea de crédito con el BID en forma de "seguro" y utilizarla solo en caso de verdadera necesidad, si se supone que los recursos finalmente no fueran colocados por el Banco Central, éste debería de asumir como pérdida dentro de su balance financiero principalmente el costo relacionado con la comisión inicial, que alcanza los $5 millones (aproximadamente ¢2,852.55 millones) la que será acreditada en una sola cuota al Banco acreedor, una comisión de crédito de 0.75% de los saldos no desembolsados, que si no se produce desembolso sería de $3.75 millones anuales (aproximadamente ¢2,139.41 millones), además de los posibles costos operativos asociados.

 

Tomando en cuenta que se trata de una línea de emergencia que podría no ocuparse, al final del primer año requeriría el pago de $8.75 millones,  cerca ¢5,000.00 millones de colones. Cabe recordar que el plazo máximo para la colocación de los recursos es de 12 meses con la posibilidad de extenderlos a otros 12 adicionales, si se ha colocado en los primeros al menos el 70% de los recursos. Por su parte el plazo máximo para su cancelación es de 5 años luego de la fecha de vigencia del contrato, siendo que el corto plazo del crédito hace mayor la importancia relativa de las comisiones.

 

Una vez colocados los recursos el Banco deberá hacer frente, aparte de la comisión inicial y los gastos operativos, al pago del principal y el interés, siendo que la comisión por los saldos no desembolsados tenderá a disminuir. Tal y como se indicó, los costos para el Banco podrán ser reducidos dependiendo de su capacidad para transmitirlos vía tasa de interés  y comisiones a las IFI´s y éstos a su vez al sector exportador. Tómese en consideración que la primera cuota del préstamo la pagará el Banco a los 3  años y  6 meses luego de la fecha de vigencia del contrato, y la última, a más tardar, a los 5 años.

 

En relación con la tasa de interés, se tiene que en la práctica se tendrían tres posibles, la del BID al Banco Central, la del Banco a las IFI´s y la de éstas a los exportadores, a lo cual se debe adicionar las comisiones y costos asociados.

 

Respecto a la tasa a cobrar por el BID, ésta está definida como una tasa anual equivalente a la Tasa Básica LIBOR cotizada para depósitos en dólares, a seis (6) meses, vigente el primer día del semestre correspondiente, más un margen de cuatrocientos puntos básicos (400 pb). La tasa libor a seis meses se encuentra en 1.67625 al 9 de abril, lo que implicaría que si los pagos debieran realizarse a la fecha, la tasa aplicable sería de 5.67% aproximadamente, la tasa efectiva sería mayor si se considera lo correspondiente a comisiones. Esta tasa y sobre todo  el margen señalado se considera relativamente alto si se toma en cuenta que la Libor es una tasa que muestra mucha volatilidad y actualmente se encuentra en un bajo nivel, siendo que en los últimos 10 años a alcanzado niveles superiores al 7% (julio 2000), de hecho esta es una de las líneas más onerosas que ofrece el BID según  se observa en el siguiente cuadro.  

 

 

A modo de referencia y en relación con una posible tasa de captación de recursos en el mercado local, se señala que a nivel del mercado secundario de valores, los títulos de Gobierno con vencimiento a cinco años (2014) se cotizan con rendimiento del 6.48%[10].

 

Por su parte no se específica en el proyecto el valor de la tasa a cobrar por parte del Banco Central  a las IFI´s  Al respecto en el Anexo al Contrato se indica que la financiación tendría las siguientes características: a) ser a tasa variable; b) con asunción por el BCCR de los riesgos de las IFI´s; c) con asunción por las lFIs del riesgo de los sub-prestatarios; y d) en unos términos que garanticen que el BCCR, en ningún caso, soportase pérdidas asociadas a la actividad de intermediación derivada del Programa.  Sobre los montos desembolsados a cada IFI se aplicaría la tasa de la línea de crédito del BID más el margen fijado por el BCCR.  Los intereses serán pagaderos en línea con los períodos de pago del BCCR al BID para garantizar que no haya un descalce.  Adicionalmente el Banco repasaría a las IFI´s que accedan a líneas del Programa: a) una comisión inicial de supervisión y vigilancia sobre el monto total de la línea de financiamiento aprobada a cada IFI; y b) una comisión de compromiso sobre los saldos no desembolsados de la línea de financiamiento autorizada a la IFI. 

 

En cuanto a la tasa a cobrar a los exportadores, tampoco hay determinación específica, siendo que en las Estipulaciones Especiales se establece que: “A los sub-prestatarios deberá cobrarse por concepto de intereses, comisiones, seguros o por cualesquiera otros cargos, la tasa o tasas anuales que guarden armonía con la legislación y las políticas sobre tasas de interés de la República de Costa Rica y sean compatibles con la política del Banco sobre tasas de interés para ese tipo de financiamiento”.

 

Valga señalar que el esquema con dos intermediarios entre el BID y los exportadores (Banco Central e IFI´s) tiende a encarecer el costo financiero del crédito, siendo que tanto el Banco Central como los intermediarios deberán cobrar sobre la tasa del BID  una prima por asumir el riesgo del crédito, aparte de los costos de selección, administración y control y posibles responsabilidades por el mal uso de los recursos.

 

Una tasa de interés elevada hará poco atractiva la utilización del crédito por parte de las IFI´s y por parte de los mismos productores, con las consecuencias indicadas para el Banco Central, por la no colocación de recursos. Por otra parte si la tasa de interés del BID resulta ser relativamente inferior a la comercial que actualmente obtienen los exportadores de los corresponsales o proveedores, algunos de los involucrados en el mecanismo de colocación podrían verse beneficiados con esta tasa, ya sea el Banco Central, los intermediarios financieros (públicos o privados) o el sector exportador.  En todo caso qué tan oneroso o no es el crédito para los usuarios dependerá de la necesidad de recursos por parte de las IFI´s y el sector exportador y de la escasez relativa de los mismos.  En el escenario actual las tasas en que los bancos consiguen recursos a través de ventanilla a un  año plazo, en dólares, se ubican en cifras entre el 4.0% (bancos estatales) y el 5.5% (bancos privados); por su parte en el Anexo III se presenta la evolución reciente de las tasas de interés que los intermediarios financieros cobran a los usuarios para préstamos en moneda extranjera por sectores, las cuales se ubican en alrededor del 11% o 12% a mediados de abril 2009[11].

 

El convenio tiene también la posibilidad de prepagos sin costo, con lo cual se podría prepagar en caso de que las condiciones financieras mundiales variaran e hicieran innecesario el crédito o que el diferencial de tasa de interés de 400 puntos se considera muy alto, no obstante habría siempre que asumir la comisión inicial y la comisión de crédito por lo no desembolsado.

 

Se debería examinar la importancia relativa de los $500 millones en relación con las necesidades de crédito del sector exportador.  Si los recursos sobrepasan las necesidades del sector exportador, la no colocación podría acarrear pérdidas de operación al Banco Central, si son escasos habría que determinar los criterios a seguir para distribuir estos recursos entre los participantes del modelo, ya sea entre los intermediarios financieros, así como entre el sector productivo. Respecto a los primeros cabe la pregunta de si el mecanismo se activará aún y cuando la escasez de recursos se presente para algunos intermediarios aunque otros mantengan disponibilidad de recursos. En cuanto a los segundos si se dará algún tipo de prioridad dependiendo del nivel de empleo asociado, el régimen aduanero al que pertenezca, el origen del capital, etc., sin que esto quebrante los acuerdos internacionales existentes.

 

De acuerdo con lo manifestado por el Presidente del Banco Central ante la Comisión de Asuntos Hacendario[12], el financiamiento externo que se tiene registrado en el Banco Central, desde bancos de primer orden hacia sectores residentes en el país, incluyendo empresas y bancos en Costa Rica, muestra un saldo a diciembre de alrededor de $3.200 millones.  El crédito representa un 15.62% de este monto.

 

 Sobre la Situación Financiera del Banco Central de Costa Rica

 

De acuerdo con la Memoria Anual 2008 del Banco Central, el ente emisor logró reducir sus pérdidas, alcanzando el 0,2% en el año 2008 con respecto al PIB.

 

El Banco ha acumulado pérdidas en forma permanente durante más de 20 años.  Si se observa el Estado de Resultados de la institución se tiene que en los últimos seis años éstas suman alrededor de ¢608.686 millones de colones, siendo el déficit del año 2008 el más bajo de esa serie. El resultado más alto (deficitario) se presenta en el 2005 con un monto de ¢135.786. Para dicho período se tiene un monto de ¢101.447 millones de acumulación de pérdidas en promedio por año.

 

 

 

 

Cuadro 1

 Banco Central de Costa Rica

Estado de Resultados anual base devengado (metodología cuentas monetarias) período 2000-2008

- cifras en millones de ¢ y en proporción del PIB

Resultado

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Ingresos - Egresos

-87.678

-63.579

-86.645

-109.468

-106.425

-135.785

-131.347

-96.269

-29.392

Deuda / PIB

-1,8

-1,2

-1.4

-1,6

-1,3

-1,4

-1,1

-0,7

-0.2

Fuente: Elaboración propia a partir de información suministrada por el Banco Central de Costa Rica.

 

Al término del 2008, el Banco Central registró pérdidas por ¢29.392 millones, un 69,5% menores que las mostradas el año anterior, las cuales en términos del PIB[13], significaron una mejora de 0,5 p.p. al pasar de 0.7% en el 2007 a 0,2% en el 2008. Esta mejora estuvo asociada al efecto conjunto de varios factores, entre los que destacan i) una reducción del costo promedio de la gestión monetaria, ii) mayores ingresos derivados tanto del cobro a las entidades sobre el diferencial cambiario como de las inversiones en el exterior y, iii) los efectos de la capitalización del BCCR por parte del Gobierno que se concretó durante el 2007.

 

Sin embargo, este resultado financiero podría ser diferente al indicado, si se analiza la situación financiera contable del Banco con base en la metodología establecida en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

 

Según el Balance General y el Estado de Resultados preparados conforme en las normas mencionadas, se registró una pérdida contable anual  de ¢42.738,3 millones, dicho monto difiere del obtenido en el cálculo del déficit de ¢29.392 millones según metodología de cuentas monetarias, toda vez que contempla los siguientes registros: i) ingresos netos de ¢-9.974 millones por valoraciones a precios de mercado de instrumentos de cobertura, ii) ingresos netos de ¢-1.770 por revaluaciones monetarias sobre principal e intereses, iii) ingresos de ¢29 millones por reversión de provisiones y iv) gastos de ¢1.629 millones por depreciación de muebles, inmuebles y equipo. Un mayor detalle sobre la situación financiera del Banco se presenta en el Anexo IV.

 

 

Cuestiones de Constitucionalidad.

 

Llamamos la atención sobre la dudosa constitucionalidad que ofrece la disposición 3.02, por cuanto ella establece que los intereses empezarán a correr sesenta días a partir de la fecha del contrato, no obstante que el instrumento internacional carece de eficacia hasta tanto. La tramitación,   aprobación legislativa,  sanción presidencial y publicación, que se requieren para que el proyecto se convierta en ley de la República y adquiera así plena vigencia es probable que vaya más allá de los sesenta días a partir de los cuales correrán los intereses,

 

El establecimiento de disposiciones  en las que se impongan obligaciones financieras para el Banco Central, antes de ser aprobado por la Asamblea Legislativa, podría generar una fractura a la Carta Magna.

 

En los demás aspectos del proyecto de ley, esta Asesoría no encuentra problemas de tipo constitucional que puedan impedir su aprobación.

 

V.- CUESTIONES DE FORMA

 

Se hace la observación en forma expresa de que lo que se tiene para estudio son copias fotostáticas de una certificación. No obstante los originales son visibles en el expediente legislativo correspondiente.

 

En las mismas se observa que llevan el sello del Banco Central de Costa Rica y se indica que son copia fiel y exacta de la versión original del Contrato de Préstamo No. 2105/OC-CR, Programa de liquidez para la sostenibilidad del crecimiento de Costa Rica, celebrado entre el Banco Central de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, el día 15 de febrero del 2009.

 

En igual sentido se emplea el idioma español, cumpliendo plenamente este requisito de forma.

 

V.- ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO

 

Los siguientes son los requisitos procedimentales que debe cumplir el proyecto de ley en su tramitación.

 

 

Delegación

 

De conformidad con lo señalado en el artículo 124 en su inciso 3º, en relación con el artículo 121 inciso 15, no puede ser delegada esta iniciativa, en virtud de la materia que trata, como lo es la aprobación o no de empréstitos.

Acorde con lo anterior, debe ser aprobado o improbado, sin posibilidad de efectuar enmiendas al texto.

 

 

 

 

 Votación

 

En virtud de lo expuesto, para la aprobación de este empréstito se requiere de mayoría calificada, esto es la concurrencia de al menos treinta y ocho votos, según se desprende del mismo artículo citado anteriormente.

 

 

 

 

 

 

Consultas

 

Obligatorias:

 

                   Banco Central de Costa Rica.

 

Facultativas:

 

                   Ministerio de Hacienda

 


 

ANEXO I

 

CONTENIDO DEL CONTRATO

 

 

Contrato de Préstamo

Estipulaciones Especiales

 

Introducción

 

Parte, Objetos, Elementos Integrantes, Organismo Ejecutor y Garante

Partes y Objeto del Contrato

Elementos integrantes del Contrato y Referencia a las Normas Generales

Organismo Ejecutor

Definiciones Particulares

 

Capítulo I

Costo, Financiamiento y Recursos Adicionales

Capítulo II

Amortización, Intereses, Inspección, y Vigencia y Comisión de Crédito

Capítulo III

Desembolsos

Capítulo IV

Ejecución del Programa

Capítulo V

Registro, Inspecciones e Informes

Capítulo VI

Disposiciones Varias

Capítulo VII

Arbitraje

 

 

 

 

 

Segunda Parte

Normas Generales

 

 

Capítulo I

Aplicación de las Normas Generales

Capítulo II

Definiciones

Capítulo III

Amortización, Intereses y Comisión de Crédito

Capítulo IV

Normas Relativas a Desembolsos

Capítulo V

Suspensión de Desembolsos y Vencimiento Anticipado

Capítulo VI

Ejecución del Proceso

Capítulo VII

Registros, Inspecciones e Informes

Capítulo VIII

Disposiciones sobre Gravámenes y Exenciones

Capítulo IX

Procedimiento Arbitral

 

 

Anexo Único

 

El Programa

 

Programa para la Sostenibilidad del Crecimiento de Costa Rica

I . Objetivo

II. Descripción

III. Costo del Programa y Plan de financiamiento

IV. Ejecución

V. Monitoreo y evaluación

 

 


 

ANEXO II

 

CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS DEL BID

Recursos financieros del BID

Los recursos financieros del BID proceden de los países miembros, el dinero que la institución obtiene de la emisión de bonos en los mercados financieros, los fondos fiduciarios que administra y operaciones de cofinanciamiento.

Los recursos financieros del BID incluyen el capital ordinario (CO), el fondo para operaciones especiales (FOE), la facilidad de financiamiento intermedio (FFI) y cerca de 40 fondos fiduciarios que han establecido países individuales o grupos de países.

Aunque la mayoría de los préstamos que concede el BID se financian con recursos del capital ordinario, los países miembros han desembolsado sólo una pequeña parte de él. La mayor parte del capital ordinario sólo ha sido suscrita por los países miembros pero no constituye su capital pagado. Estos recursos no desembolsados se denominan capital exigible y el BID los usa para constituir garantías al momento de emitir bonos en los mercados internacionales de capital.

Características de los Préstamos

La mayoría de los proyectos y de los programas de cooperación técnica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se financian a través de préstamos, ya sea con las tasas ofrecidas en el mercado o a través de los recursos concesionarios.

Para la mayoría de sus operaciones de préstamo, el Banco utiliza los recursos de su capital ordinario (CO), que en la actualidad asciende a US$101.000 millones. El BID tiene capacidad para aprobar operaciones por más de US$8.000 millones anuales.

La gran mayoría de los préstamos provenientes del capital ordinario se aprueban, se desembolsan y se repagan en dólares estadounidenses. Los períodos de amortización de los préstamos al sector público–excepto los préstamos de emergencia– con recursos provenientes del capital ordinario varían entre 15 y 25 años.

Las tasas de préstamo, cuya actualización se realiza periódicamente acorde a las condiciones de los préstamos, reflejan los costos en que incurre el BID al tomar fondos en préstamo, más los cargos y el margen crediticio. El Banco publica tablas que indican los cargos financieros y las tasas de préstamo que corresponden a las facilidades de monedas disponibles para su capital ordinario.

Las comisiones que se aplican a los préstamos incluyen: una comisión por el análisis de la operación, una comisión de compromiso frente a los saldos no desembolsados, una comisión inicial, una comisión por estructurar paquetes financieros adicionales cuando la financiación provenga de otras fuentes comerciales, y una comisión anual de administración.

Condiciones Financieras de los Préstamos

El Banco ofrece dos tipos básicos de préstamos, cada uno de ellos denominados en la moneda o monedas que elija el prestatario disponible en los programas: préstamos de la Facilidad Unimonetaria con tasa de interés ajustable y préstamos de la Facilidad Unimonetaria con tasa de interés basada en LIBOR.

 

Los préstamos de la Facilidad Unimonetaria con tasa de interés ajustable, introducidos en 1996, tienen una tasa de interés que se ajusta cada seis meses para reflejar el costo efectivo de los empréstitos en la moneda específica asignados a estos préstamos, más el margen del Banco.

 

Los préstamos de la Facilidad Unimonetaria basados en la tasa LIBOR, introducidos en 2003, tienen una tasa de interés que se ajusta trimestralmente en base a la tasa LIBOR de tres meses de la moneda específica, más un margen basado en el costo de financiamiento sub-LIBOR, así como el margen del Banco. Con efectividad el 20 de junio de 2007, el Banco ofrece a sus prestatarios la opción de convertir sus balances de préstamos de la Facilidad Unimonetaria sobre la base de LIBOR a una tasa fija. El Banco también ofrece préstamos de emergencia con garantía soberana.

 

Además, el Banco ofrece préstamos a entidades elegibles, sin garantía soberana, bajo distintos términos. Los préstamos sin garantía soberana son denominados en dólares de los Estados Unidos y los prestatarios tienen la opción de escoger entre una tasa de interés fija o variable. Para préstamos con tasa de interés fija, el interés se fija a una tasa basada en la tasa LIBOR más el margen de préstamo. Para préstamos con tasa de interés variable, el interés se ajusta cada uno, tres o seis meses basado en la tasa LIBOR más el margen de préstamo. El margen y los cargos para estos préstamos se establecen caso por caso.

 

El Banco ofrece una variedad de operaciones y alternativas de financiación, incluyendo:

Préstamos de inversión

Préstamos de política

Préstamos de emergencia

Cooperación técnica

Mecanismos para la preparación de proyectos



ANEXO III

TASAS DE INTERÉS PARA PRÉSTAMOS EN MONEDA EXTRANJERA

Tasas de interés para préstamos en moneda extranjera para Sectores, 2009 n1,n2

Porcentajes

 

Agricultura

Ganadería

Industria

Construcción

Vivienda

Otras Actividades

 

Estatales

Privados

Estatales

Privados

Estatales

Privados

Estatales

Privados

Estatales

Privados

Estatales

Privados

1 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

2 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

3 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

4 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

5 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

6 Ene

11.30

12.57

11.08

14.10

11.81

9.40

11.30

11.90

9.93

10.86

11.65

12.54

7 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

8 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

9 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

10 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

11 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

12 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

13 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

10.01

11.44

10.98

12.58

14 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

15 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

16 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

17 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

18 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

19 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

20 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

10.00

11.40

11.91

9.98

11.44

11.69

12.58

21 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

22 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

23 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

24 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

25 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

26 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

27 Ene

11.15

12.57

11.00

14.10

11.81

9.46

11.40

11.91

10.73

11.39

11.71

12.62

28 Ene

11.15

12.51

11.00

14.10

11.81

9.80

11.40

11.83

10.00

11.10

11.69

12.51

29 Ene

11.15

12.51

11.00

14.10

11.81

9.80

11.40

11.83

10.00

11.10

11.69

12.51

30 Ene

11.15

12.51

11.00

14.10

11.81

9.80

11.40

11.83

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12.09

Notas:
  n1/ Corresponde al promedio ponderado de las tasas de interés suministradas por los intermediarios financieros al Banco Central cada     miércoles. Los ponderadores son los montos de nuevas colocaciones por cada intermediario.
  n2/ La metodología de cálculo fue modificada a partir de la última semana de octubre del 2002 (ver referencia metodológica).

 

Fuente: Página Web Banco Central. Indicadores Económicos. Tasas de Interés. Consultada el 22/04/09

 


 

ANEXO IV

 

RESULTADO FINANCIERO DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y

SITUACIÓN FINANCIERA-CONTABLE DEL BANCO CENTRAL

 

TOMADO DE LA MEMORIA ANUAL 2008

 

Resultado Financiero del Banco Central de Costa Rica

 

En esta sección se presentan los aspectos relevantes sobre el comportamiento del resultado financiero del Banco Central calculado según la metodología de cuentas monetarias. Este indicador parte del estado de resultados contable y, con el fin de facilitar el análisis de sus implicaciones desde la perspectiva monetaria, excluye de este arreglo las siguientes partidas:  i) las pérdidas y ganancias por revaluaciones cambiarias o ajustes por inflación sobre el principal, ii) las pérdidas y ganancias devengadas originadas en el uso de derivados financieros de cobertura aún no liquidados y, iii) los gastos por provisiones y por depreciación de activos fijos.

 

En el 2008 el Banco Central mostró pérdidas por ¢29.392 millones, equivalentes a un 0,2% del PIB (0,7% en el 2007). Esta mejora relativa estuvo asociada al efecto conjunto de factores tales como: i) una reducción del costo promedio de la gestión monetaria, ii) mayores ingresos derivados tanto del cobro a las entidades sobre el diferencial cambiario como de las inversiones en el exterior y, iii) los efectos de la capitalización del BCCR por parte del Gobierno que se concretó durante el 2007.

 

Los ingresos del Banco Central[14] mostraron un incremento de 20% (¢24.178 millones) determinados, en buena medida, por los ingresos generados por concepto del cobro por participación en el mercado cambiario (¢13.151 millones)[15]. Los ingresos generados por los activos externos mostraron un crecimiento de 9% durante el 2008, esto por un efecto cantidad ya que el rendimiento promedio disminuyó. El saldo medio anual de los  activos externos[16] en el 2008 aumentó en $963 millones mientras que el rendimiento medio efectivo pasó de 5,4% en el 2007 a 4,8% en el 2008[17]. En el 2008, a diferencia de años previos, los egresos totales del BCCR[18]76 decrecieron respecto al periodo anterior en un 20% y constituyen un factor determinante en la reducción de las pérdidas de la Institución.

 

El pago de intereses por las obligaciones en moneda nacional fue inferior en ¢40.888 millones (24%) respecto al año anterior, esto como resultado de una reducción en el costo promedio efectivo de 3,1 p.p. de las OMA, cuyo efecto no fue compensado por el incremento en el saldo promedio anual resultante en el 2008 (11,6%).

 

El crecimiento en el saldo medio de OMA mencionado anteriormente fue considerablemente inferior al registrado en el 2007 (57,3%), situación que fue posible por el efecto contractivo de la participación del Banco Central en el mercado de cambios, los mayores depósitos por encaje y la capitalización por parte del Gobierno realizada en el 2007. Con respecto a los gastos financieros en moneda extranjera, éstos registraron en el año una reducción de ¢8.684 millones respecto al 2007, debido, principalmente, al vencimiento en enero de los certificados a plazo en moneda extranjera (CERTD$) por $200 millones, títulos que no fueron renovados por el Banco Central en razón de la disponibilidad de divisas y de los esfuerzos por mejorar el perfil de los pasivos y reducir su costo financiero.

 

Análisis de la Situación Financiera-Contable del Banco Central

 

El análisis comparativo 2007-2008 de la situación financiero contable del Banco Central de Costa Rica se presenta seguidamente con base en el Balance General y el Estado de Resultados, preparados conforme a lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

 

 

a. Balance General

 

Al cierre de 2008 el saldo de los activos y pasivos del Banco Central registró un aumento anual de ¢86.857,9 millones y de ¢124.035,1 millones, en ese orden, en tanto que el capital de la Institución disminuyó en ¢37.177,1 millones.

 

i) Activo

 

En el activo externo destacó el comportamiento de las disponibilidades en moneda extranjera que registraron una reducción básicamente en los depósitos en el exterior de $299,9 millones y en los aportes a organismos financieros internacionales de $4,6 millones. Ahora bien cuando estos acervos se valoran en moneda nacional muestran crecimientos de ¢62.090,2 millones y ¢28.844,3 millones, en ese orden.

 

Por su parte el activo interno registró un aumento en el saldo de ¢3.615,5 millones (2,8%) en el 2008, variación que se concentró en los otros activos internos (¢2.942,2 millones) y que reflejó, principalmente, la adquisición de equipo de cómputo, software y licencias, así como la compra de billetes y monedas. También contribuyó a ese mayor activo interno el incremento de ¢1.520,7 millones en las inversiones en valores nacionales.

 

En cuanto a la composición de los activos totales, las principales partidas fueron la disponibilidad de divisas (82%) y los aportes a instituciones financieras internacionales (12,0%

 

 

 

 

 

 

 

ii) Pasivo

 

El pasivo interno registró un incremento de ¢111.706,3 millones originado en los siguientes movimientos: i) el aumento de otros pasivos por ¢213.497,4 millones correspondientes principalmente a la creación de una provisión para amortizar el déficit de las revaluaciones monetarias como resultado del efecto neto de éstas para el 2008, ii) el incremento de los pasivos cuasimonetarios por ¢147.889,9 millones concentrado en los depósitos recibidos en moneda extranjera de residentes, iii) el aumento en los pasivos monetarios de ¢124.250,8 millones explicado por el incremento en el saldo de depósitos del sistema financiero (¢86.369,4 millones) y de billetes y monedas en circulación (¢28.741,2 millones) y, iv) la disminución en el nivel de los valores emitidos con residentes por ¢333.458,7 millones, básicamente por cancelaciones netas de BEM y DEP ¢245.306,8 millones) y de valores emitidos en dólares (¢88.151,8 millones). En cuanto al pasivo externo destacó el aumento de ¢12.328,7 millones, originado principalmente en las variaciones de las tasas de cambio de los Derechos Especiales de Giro (DEG) en el rubro de las obligaciones con organismos internacionales.

 

En términos de pasivos totales, los valores emitidos con residentes representaron la mayor participación (40%), seguido de los pasivos monetarios (31,0%) y pasivos cuasimonetarios (14,0%), obligaciones que en conjunto sumaron el 85,0% de los compromisos totales.

 

 

Capital

 

El capital del Banco Central mostró en el 2008 una disminución de ¢37.177,1 millones, lo que se explicó principalmente por la pérdida contable anual de ¢42.738,3  millones[19] . Este balance negativo estuvo determinado por ¢153.756,0 millones[20] de gastos por estabilización monetaria y ¢111.017,6 millones[21] de ingresos netos.

 

b. Estado de Resultados

 

El resultado del ejercicio financiero del Banco Central acumuló una pérdida anual de ¢42.738,3 millones en el 2008, inferior en ¢99.817,6 millones a la del año precedente, explicado por un déficit financiero y operativo de ¢37.281,9 millones y ¢5.456,4 millones, en ese orden. En los ingresos financieros el descenso de ¢7.290,2 millones se originó en menores ingresos netos (¢8.487,7 millones) por los intereses ganados sobre las inversiones en el exterior[22], particularmente por menores depósitos a plazo. Ese flujo se vio parcialmente compensado por el incremento de los   ingresos derivados de las aportaciones a organismos internacionales de ¢1.291,1 millones, los cuales contemplan los dividendos capitalizados del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), Corporación Andina de Fomento (CAF) y Banco Latinoamericano de Exportaciones (BLADEX) correspondientes al periodo anterior.

 

En cuanto a la reducción de ¢50.777,1 millones en los gastos financieros se observaron menores egresos por intereses sobre operaciones de mercado abierto[23] en moneda nacional y en moneda extranjera (¢9.244,7 millones). Lo anterior originado en las mayores cancelaciones y en las menores tasas de interés en el 2008 con respecto al año previo.

 

Los ingresos operativos del Banco Central aumentaron en ¢13.923,3 millones en el 2008, lo que obedeció a los siguientes movimientos: i) el aumento en los ingresos del cobro por participación en el mercado cambiario (¢13.115,4 millones), ii) ingresos de ¢800,9 millones percibidos por las superintendencias por las labores de fiscalización a entidades y, iii) ingresos por ¢243,2 millones por el cobro de servicios prestados a las instituciones financieras del Servicio de Anotación en Cuenta (SAC). Estos ingresos fueron parcialmente compensados por la caída de ¢330,5 millones en los ingresos por servicios financieros del SINPE.

 

Por su parte los gastos operativos aumentaron ¢6.948,1 millones, explicados por los mayores egresos (¢2.241,1 millones) por la compra de billetes y monedas, los mayores gastos por sueldos y salarios (¢2.305,3 millones) y gastos administrativos (¢1.962,2 millones) del Banco Central de Costa Rica y de las superintendencias.

Las revaluaciones monetarias en el 2008 fueron positivas por los incrementos que registró el tipo de cambio nominal, lo que permitió, de acuerdo con lo que establece el artículo 8 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, crear una provisión para la amortización de fluctuaciones cambiarias por ¢220.219,8 millones.

 

 

 

 

 



[1] Elaborado por la Licda. Susana Zúñiga V. y el Lic. Álvaro Hernández H., Asesores, supervisado por el Lic. J. Arcadio Rodríguez G. y el M.Sc. Mauricio Porras L. Jefes de Área, Revisión final  a cargo de la Licda. María del Rocío Cerdas Quesada, Sub Directora del  Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.

[2] Tomado del  Informe de Servicios Técnicos, Expediente N° 15217; “Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 1609 suscrito entre  la C.C.S.S. y el Banco Centroamericano de Integración Económica con la fianza solidaria del Gobierno de la República de Costa Rica para el financiamiento del Proyecto denominado “Plan de Infraestructura Hospitalaria”.  Realizado por la Licda. Annette Zeledón Fallas

[3] Resolución de la Sala Constitucional N° 1607 de las quince horas del 20 de agosto de 1991.

[4] Constitución Política de la República de Costa Rica, artículo 124.

[5] Constitución Política de la República de Costa Rica, artículo 140.

[6] Sala Constitucional, Voto Nº 1097 – 90 de 17:30 horas del 29 de agosto de 1990

[7] Entendido  como el Reglamento sobre operaciones especiales para enfrentar requerimientos extraordinarios de liquidez que ya existe y que sería modificado para incorporar lo requerido para la implementación de la línea de crédito.

[8]  El tipo de cambio utilizado para las respectivas conversiones en este informe es el tipo de cambio de venta del dólar de los Estados Unidos de América al 1 de abril del 2009 Referencia BCCR, de ¢570.51 por dólar.

[9] Constitución Política; ARTÍCULO 170.- Las corporaciones municipales son autónomas.  En el Presupuesto Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico correspondiente.

La ley determinará las competencias que se trasladarán del Poder Ejecutivo a las corporaciones municipales y la distribución de los recursos indicados.

Transitorio.- La asignación presupuestaria establecida en el artículo 170 será progresiva, a razón de un uno coma cinco por ciento (1,5%) por año, hasta completar el diez por ciento (10%) total.

Periódicamente, en cada asignación de los recursos establecidos en el artículo 170, la Asamblea Legislativa deberá aprobar una ley que indique las competencias por trasladar a las corporaciones municipales.  Hasta que la Asamblea Legislativa apruebe cada una de las leyes, no se les asignarán a las municipalidades los recursos correspondientes a ese período, de conformidad con lo indicado en ese mismo numeral.

(El artículo 170, fue así reformado por el artículo único de la Ley No. 8106, de 3 de junio de 2001.)

[10] La Nación. Indicadores Económicos y Financieros. 22 de abril del 2009

[11] Página Web Banco Central. Indicadores Económicos. Tasas de Interés. Consultada  el 22/04/09

 

[12] Acta 93 del 15 de abril del 2009

[13] Base devengado y calculado bajo metodología cuentas monetarias, compatible con la establecida en el Manual de Estadísticas Fiscales del Fondo Monetario Internacional (2001). Este estado es más representativo para efectos de análisis económico. Incluye ingresos y gastos financieros del período y, a partir del 2004 incluye las ganancias o pérdidas de capital generadas por la liquidación de inversiones incluidas en el portafolio de activos externos administrados internamente y por intermedio del Banco Mundial. No contempla partidas como: i) pérdidas o ganancias por revaluaciones de activos y pasivos en moneda extranjera o denominados en dólares. ii) gastos por provisiones sobre activos incobrables, amortizaciones a cuentas de estabilización y revaluación monetaria.

[14] La diferencia con respecto al estado de resultados contable es que el calculado según metodología cuentas monetarias excluye: i) la valoración de mercado de instrumentos derivados financieros aún no liquidados (en términos netos este concepto asciende a ¢-9.974,4 millones) y, ii) la revaluación neta de principal por variaciones en tipo de cambio e inflación (¢-1.770,5 millones).

[15] A partir de agosto de 2007 el cobro pasó de un 10% a un 25%, por lo que es hasta en el 2008 cuando se aprecia el efecto total de la medida. Además, tomando como indicador el tipo de cambio de referencia, en el 2008 también se observó un efecto de aumento en el margen cambiario absoluto, de una media mensual de 4,3 colones en el 2007 pasó a 7,9 colones un año después.

[16] Se consideran los aportes al Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) y a la Corporación Andina de Fomento (CAF).

[17] Las ganancias de capital se originaron, principalmente, por una baja en el rendimiento al vencimiento de los bonos (en especial los bonos del tesoro). En menor medida también se generaron ganancias netas efectivas por el uso de instrumentos de cobertura

[18] Estos gastos difieren de los indicados en el estado de resultados contable, toda vez que excluyen los gastos por depreciación (¢1.629,5 millones) y provisiones por ¢-28,7 millones

[19] Esta pérdida contable difiere de la obtenida en el cálculo del déficit según metodología de cuentas monetarias de ¢29.392 millones, toda vez que contempla los siguientes registros: i) ingresos netos de ¢-9.974 millones por valoraciones a precios de mercado de instrumentos de cobertura, ii) ingresos netos de ¢-1.770 por revaluaciones monetarias sobre principal e intereses, iii) ingresos de ¢29 millones por reversión de provisiones y iv) gastos de ¢1.629 millones por depreciación de muebles, inmuebles y equipo.

[20] Para efectos de presentación en el Estado de Resultados, a este total se le deducen los ingresos por premio en la colocación de bonos de estabilización monetaria (¢12.475,2 millones), los ingresos sobre las tenencias netas de Derechos Especiales de Giro (¢634,5 millones) y se le suma el gasto por obligaciones externas sobre préstamos recuperables (¢1.661,0 millones), con lo que se obtiene el rubro neto “Gastos Financieros” (¢142.307,2 millones).

[21] Corresponde al resultado neto de: i) ingresos financieros (¢105.025,3 millones), ii) ingresos por premio en la colocación de bonos de estabilización monetaria (¢12.475,2 millones), iii) ingresos sobre las tenencias netas de Derechos Especiales de Giro (¢634,5 millones), iv) gastos por obligaciones externas sobre préstamos recuperables (¢1.661,0 millones) y, v) resultado operativo (-¢5.456,4 millones).

[22] Este rubro está compuesto por los ingresos de las inversiones en el exterior, el resultado neto de las ganancias o pérdidas de capital y el resultado neto de las valoraciones de mercado de instrumentos financieros.

[23] Al saldo de los gastos por intereses sobre operaciones de mercado abierto en moneda nacional y extranjera se le

deduce el premio por colocación.