ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACTA DE SESIÓN ORDINARIA Nº 03

(07 de junio de 2011)

 

 

 

 

 

 

 

 

PRIMERA LEGISLATURA

(Del 1° de mayo de 2011 al 30 de abril de 2012)

 

 

PRIMER PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS

(Del 1° de mayo de 2011 al 31 de julio de 2011)

 

 

 

 

DEPARTAMENTO DE COMISIONES

 

 

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y EDUCACIÓN

 

 

 


ÍNDICE

 

A.           Discusión y aprobación del acta  4

 

APROBADA. 5

 

b. audiencia  5

 

Señora Sandra león, rectora universidad nacional 5

Señora Xinia molina R, presidenta junta directiva fbs-una  5

Enrique ALVARADO, asesor legal fbs-una  5

 

B.           DISCUSIÓN DE PROYECTOS  24

 

1.  EXPEDIENTE Nº 16.329 “ADICIÓN DE UN TRANSITORIO A LA LEY MARCO DE PENSIONES Nº 7302” 24

 

2.            EXPEDIENTE Nº 16.818. LEY PARA EL IMPULSO A LA CIENCIA, LA TECNOLÓGIA Y LA INNOVACIÓN. 26

 

Moción Nº 01-03, de varios diputados: 26

APROBADA POR UNANIMIDAD. 27

 

3.            EXPEDIENTE Nº 16.921. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS. 27

 

4.            EXPEDIENTE Nº 17041. REFORMA DE LA LEY Nº 7673, FONDO DE BENEFICIO SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL. 27

 

5.            EXPEDIENTE Nº 17192. INCORPORACIÓN A LOS COLEGIOS PROFESIONALES MEDIANTE EXÁMENES. 27

 

6.            EXPEDIENTE Nº 17214. LEY EXPEDIENTE DIGITAL DE SALUD. 27

 

7.            EXPEDIENTE Nº 17.479 “REFORMA INTEGRAL DE LA LEY Nº 7023, CREACIÓN DEL TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR, COMO ENTE ADSCRITO AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES” 28

 

8.            EXPEDIENTE Nº 17.749 “LEY DE ALFABETIZACIÓN DIGITAL EN ESCUELAS PÚBLICAS PRIMARIAS” 28

 

9.            EXPEDIENTE Nº 17.752 “CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL” 28

 

10.          EXPEDIENTE Nº 17.764 “LEY PARA CONVERTIR EL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO (CUC) EN UNIVERSIDAD DE CARTAGO” 28

 

11.          EXPEDIENTE Nº 17.784 “LEY DE AUTONOMÍA DEL LICEO DE COSTA RICA” 28

 

Moción Nº 02-03, de varios expedientes: 29

APROBADA POR UNANIMIDAD. 30

 

12.         EXPEDIENTE Nº 17827. REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. 30

 

13.          EXPEDIENTE Nº 17902. LEY DE PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN DIFERENCIADA. 30

 

14.         EXPEDIENTE Nº 17932. LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES EN DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL DE COSTA RICA. 30

 

D. CORRESPONDENCIA  31

 


 

 

Asistencia:

 

 

Diputados Presentes:

 

Martín Monestel Contreras, Presidente

Ernesto Chavarría Ruíz, Secretario

Óscar Alfaro Zamora

Mirna Patricia Pérez Hegg

Rodolfo Sotomayor Aguilar

María Eugenia Venegas Renauld

Elibeth Venegas Villalobos

 

 

Asesores de Servicios Técnicos.

 

 

Licda. Milena Soto Dobles.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            ¡Muy buenos días, compañeros diputados y diputadas!

 

            ¡Muy buenos días a los compañeros que hoy tenemos el honor de que nos acompañen esta mañana.

 

            Al ser las nueve horas con veinticuatro minutos, se inicia la sesión Nº 02 de la Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación.

 

 

Discusión y aprobación del acta

 

 

En discusión y aprobación del acta anterior.

 

Voy a hacer una aclaración sobre el expediente Nº 17.784, que no quedó en actas consignado que fue asignado a la subcomisión coordinada por el diputado Ernesto Chavarría Ruiz, Elibeth Venegas Villalobos y a Martín Monestel, con un plazo hasta el 28 de junio para rendir su informe.

 

¿Alguna otra observación al acta?

 


Discutida.

 

APROBADA.

 

 

b. audiencia

 

 

Señora Sandra león, rectora universidad nacional

Señora Xinia molina R, presidenta junta directiva fbs-una

Enrique ALVARADO, asesor legal fbs-una

 

 

            Tenemos el día de hoy, en audiencia, a la señora Sandra León, Rectora de la Universidad Nacional y viene acompañada por la señora Xinia Molina, quien es Presidenta de la Junta Directiva y don Enrique Alvarado, asesor legal del Fondo de Beneficio Social; ellos vienen a referirse sobre el expediente Nº 17.041, que es el proyecto de ley: “Reforma de la Ley Nº 7673, Fondo de Beneficio Social de los Trabajadores de la Universidad Nacional”.

 

            Les vamos a dar un tiempo prudente de quince minutos, después veremos si lo ampliamos o más bien acortamos; luego, posteriormente, los diputados y diputadas tendrán opción a referirse y hacerles algunas preguntas.

 

            Así que, tiene usted la palabra, señora rectora, doña Sandra León.

 

 

SEÑORA SANDRA LEÓN, RECTORA UNIVERSIDAD NACIONAL:

 

 

            ¡Tengan todos y todas muy buenos días!

 

            De verdad que quiero agradecer, en nombre de la Universidad Nacional, el espacio que nos brindan; que tiene básicamente una motivación hacia ustedes de por qué la Universidad Nacional estima completamente fundamental la aprobación de esta ley, presentada en la Asamblea Legislativa.

 

            Quizá, para que se visualice por qué para la Universidad Nacional esta ley es fundamental, tendría que decir que en junio del 2007, la Universidad, a través de su Consejo Universitario, por primera vez en su vida institucional, logra constituir una reserva para destinar al fondo de cesantía de las diferentes organizaciones en la institución.

 

            En la institución tenemos la cooperativa, tenemos también la ASOUNA y tenemos el Fondo de Beneficio Social.  En el momento en que el Consejo Universitario declaró la constitución del Fondo, lo que es importante de señalar es que el Consejo Universitario declara absolutamente indispensable que las organizaciones de la Universidad tengan la misma condición para servir a los funcionarios de la institución en cuanto a la administración de sus fondos de cesantía.

 

            Con esto, lo que quiero decir es que el Consejo, desde ese momento, establece con absoluta claridad que todas las instituciones de la Universidad, las tres que mencioné con anterioridad, deberían tener las mismas condiciones para administrar el fondo de cesantía.

 

            Inmediatamente que se da esa declaración de principios, por parte de la universidad, se identifica que el Fondo de Beneficio Social tiene la Ley Nº 7673, que habla de una oportunidad que tiene el Fondo de Beneficio Social de administrar la cesantía; pero, el problema es que la ley no permite la individualización de los recursos hacia los funcionarios que se incorporan a la cesantía, a través del Fondo de Beneficio Social y tampoco permite la distribución de los rendimientos; de forma que, en este momento, a pesar de que la universidad ha venido depositando en el Fondo de Beneficio Social el equivalente de mil trescientos funcionarios que están adscritos a la cesantía, a través del Fondo de Beneficio Social, topamos con la situación de que lo tenemos como un fondo público, sin poder distribuirse a nivel de los funcionarios.

 

            Desde ese punto de vista, inmediatamente el acuerdo del Consejo Universitario plantea que hay que modificar la ley, casualmente para permitir que se haga una individualización y una distribución de los fondos y de sus rendimientos.

 

            El cambio a la ley que nosotros hemos propuesto, lo que hace es permitirle al fondo poder desagregar, individualizar los fondos para los funcionarios.

 

            Aquí quiero resaltar una cosa que es vital para una universidad como la nuestra y va muy orientado a que el Fondo de Beneficio Social tiene la oportunidad de brindar condiciones muy favorables a los funcionarios para que manejen el fondo de cesantía, lo que no ocurre con las otras instituciones, organización interna; lo que hace que una cantidad muy importante de funcionarios estén adscribiendo su fondo de cesantía en el Fondo de Beneficio Social.

 

            Cuando les digo que es muy favorable, es porque la modalidad, mediante la cual se inscriben fondos de cesantía en el fondo de beneficio social, tiene implicaciones económicas inferiores que para las otras organizaciones de la universidad.

 

            Con esto, lo que quiero plantear es que esta ley, para nosotros como para la universidad, tiene también un sentido de solidaridad y de socialización de los fondos que tiene la universidad, de una manera muy especial.

 

            Nuestro planteamiento es ese; yo me permitiría darle oportunidad a los dos compañeros que me acompañan, por si ellos quieren profundizar en alguno de los temas.

 

            Mi mensaje es en ese sentido, nosotros venimos aquí a procurar que mil trescientos funcionarios de la universidad puedan tener sus fondos de cesantías individualizados y además tener la oportunidad de recibir sus rendimientos.

 

            No sé si doña Xinia quiere…

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            ¡Con mucho gusto!

 

            Gracias, doña Sandra.

 

            Tiene la palabra la licenciada Xinia Molina.

 

 

SEÑORA XINIA MOLINA R. PRESIDENTA JUNTA DIRECTIVA FBS-UNA:

 

 

            ¡Muchas gracias!

 

            ¡Buenos días!

 

            Quiero agradecerles, en nombre del Fondo de Beneficio Social, esta audiencia que queríamos aprovechar.

 

            En realidad, queríamos decirles que, desde el momento en que el Consejo Universitario toma el acuerdo de crear el Fondo de Cesantía en el dos mil siete, que se hace efectivo a partir del dos mil ocho, el fondo se crea en forma gradual; al principio fueron de cero punto cincuenta, en los años siguientes se comienzan a aumentar en un uno por ciento; en este momento la universidad distribuye, a nivel del fondo, el cuatro por ciento que se distribuye en las organizaciones.

 

            En este momento nosotros tenemos mil trescientos funcionarios en la cesantía, lo cual nos ha venido generando un aporte individual de cerca de cincuenta y tres millones; el aporte de la universidad hacia este fondo, en lo que a nosotros nos corresponde, es cerca de seiscientos millones y, en este momento, casi todo ese conjunto, que estamos tratando de trabajarlos en beneficio de los trabajadores, estamos colocando, para los mismo trabajadores, cerca de seiscientos millones.

 

            En realidad el fondo es una de las instituciones más viejas que tiene la Universidad Nacional, dedicada precisamente a fortalecer y contribuir con el desarrollo de los funcionarios y de sus familias; uno de los aspectos fuertes que tiene el Fondo de Beneficio Social, precisamente es el tema de vivienda.

 

            A través del Fondo de Beneficio Social muchos de los funcionarios de nuestra universidad y sus respectivas familias se han logrado beneficiar con el tema de vivienda, que para nosotros es fundamental y con una serie de programas que se impulsan; algunos de ustedes sabrán, que conocen, y en ese sentido también a doña Yolanda, que fue funcionaria de nuestra universidad, que conoce bien lo que ha sido el Fondo de Beneficio de Social y el impacto que esto ha tenido para los funcionarios. 

 

Se cuenta además no solo con el tema de la vivienda, de proyectos de orden social; sino, por ejemplo, se cuenta también con un centro infantil para los hijos de los funcionarios de la universidad, que ha sido realmente importantísimo en esa línea; se cuenta, también, con una serie de programas a nivel de recreación, de salud para los trabajadores de la universidad y sus familias.

 

            Este tema, el Fondo, a nivel de información, surge en el año ochenta y uno e incluso, en ese momento cuando surge, una de las fuentes de financiamiento precisamente era el manejo de la cesantía.  Como se plantea ese tema, inclusive dos años antes de que nazca la Ley de Asociaciones Solidaristas y se venga a trabajar el tema de la cesantía; ya en ese momento se visualizaba, por parte de las autoridades de la universidad, el tema del manejo de la cesantía; pero, no es hasta el año dos mil siete, cuando se hace una realidad en la universidad cuando el Consejo Universitario crea este fondo.

 

            Para nosotros es muy importante, sobre todo porque estamos trabajando con los trabajadores, pero principalmente con los trabajadores que menos oportunidades tienen; nada más a nivel de información, queremos decirles que en este momento la Junta Directiva ha tomado el acuerdo de otorgar recursos a una gran población de la Universidad que anda entre salarios de  doscientos mil a seiscientos mil colones; que  no parece pero es una población enorme, en las cuales les estamos ofreciendo un  importante  plan de vivienda al nueve por ciento.

 

            Precisamente, es para que ustedes vean el impacto enorme que el Fondo de Beneficio Social tiene para los trabajadores de la Universidad. Precisamente, eso es parte de lo que se está trabajando y cuando doña Sandra planteaba el tema de la cesantía y de los beneficios que se pueden dar en el tema, por ejemplo a nivel de la administración de la cesantía, el Fondo de Beneficio Social no le cobra absolutamente nada al trabajador para administrar la cesantía, cosa que sí sucede en otras organizaciones.

 

            Además, no se obliga  tampoco al trabajador a depositar, mientras en algunas instituciones -en este caso la Universidad- deposita el cuatro por ciento, el trabajador tiene que ahorrar el cuatro por ciento, pero en el Fondo de Beneficio Social, el aporte  es que si el funcionario  puede ahorrar perfecto,  pero si no tiene esa capacidad no se les obliga, entonces, no se le cobra a la administración y además no están obligados a ahorrar.

 

Eso es parte de toda una serie de ventajas que se están dando incluso, a nivel de información. En este momento se están otorgando por cuentas individuales que tienen los trabajadores un rendimiento de dieciocho setenta y cinco, cosa que hace no ninguna organización  interna ni  de afuera; a nivel de sistema bancario se está otorgando un rendimiento de dieciocho setenta y cinco.

 

            Con mucho gusto cualquier información a nivel general.

 

Si hay preguntas con mucho gusto;  estamos acá para responder.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

¡Muchas gracias!

 

Don Enrique, si gusta aportar.

 

 

SEÑOR ENRIQUE ALVARADO, ASESOR LEGAL DE FBS DE UNA:

 

 

¡Gracias!

 

¡Buenos días señoras y señores diputados, señoras y  señores asesores!

 

Para no ampliar más el tema y ya con la explicación que  han realizado tanto la señora Rectora y  doña Xinia como Presidenta del Fondo.

 

Básicamente, yo lo que quisiera apuntar o puntualizar es lo siguiente. El Fondo de Beneficio Social por imperio de ley, la Ley 7673 promulgada en el año dos mil novecientos noventa y siete, ostenta la potestad de administrar recursos de cesantía, incluso, en ese sentido  ya han habido pronunciamientos tanto de la Procuraduría General de la República como de la Contraloría General de la República,  los cuales se encuentran anexos al expediente -y ustedes ahí pueden verlos y analizarlos-.

 

Básicamente, lo que se pretende con este proyecto de reforma de ley, es establecer la forma en la cual dichos recursos se van a administrar, es decir, en este momento tenemos la potestad de administración, se da el giro de los dineros por parte de la Universidad a la organización, a favor de los funcionarios.

 

Sin embargo, existe un vacío en la Ley 7673, en el cual no se estableció en su momento, en el momento de la promulgación, no se estableció la forma mediante la cual, dichos recursos se iban a administrar, la forma  en que dichos recursos de cesantía se iban a individualizar y la forma en que se van a poder entregar los rendimientos correspondientes de dicha administración.

 

Si analizan y revisan el texto del proyecto de la reforma a la Ley 7673, el artículo segundo, siguientes y concordantes de dicha ley, pues básicamente lo que  establece es eso, la forma en la cual se van a administrar dichos recursos, lo cual así lo estableció también el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa y de igual manera se pronunció la Contraloría General de la República, estableciendo que no hay absolutamente ningún tipo de inconveniente en las reformas propuestas.

 

¡Muchas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

¡Con mucho gusto!

 

¿Acabó su tiempo?

 

Entonces, vamos a darle la palabra  a las compañeras y compañeros diputados.

 

Se ha anotado la diputada Venegas Villalobos, para referirse al expediente.

 

 

DIPUTADA VENEGAS VILLALOBOS:

 

 

¡Muchas gracias, señor Presidente!

 

¡Muy buenos días compañeras y compañeros diputados!

 

¡Doña Sandra, una cordial bienvenida y a su equipo que la acompaña!

 

¡Señoras y señores de la barra de prensa!

 

En el informe que tenemos de Servicios Técnicos, se presentan algunas dudas respecto al proyecto y yo quisiera que ustedes se refieran a ellas, una es que  en el artículo cinco se hace mención de crear un fondo con estados contables separados y no se aclara a cuales estados se refiere, para que ustedes nos hagan el favor de aclararlo.

 

El artículo tres genera una duda en cuanto a si se van a entregar o no anualmente los dividendos.  Entonces, quisiera conocer por qué,  como que no hay claridad  en ese sentido.   Quisiera que ustedes nos hicieran el favor de aclararlo.

 

¡Muchas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

¡Con mucho gusto, diputada!

 

Tiene la palabra la diputada Acuña Castro.

 

 

DIPUTADA ACUÑA CASTRO:

 

 

¡Buenos días, compañeros diputados!

 

¡Buenos días, doña Sandra y compañeros de la Junta Directiva y del Fondo!

 

¡Compañeros de la barra!

 

Realmente, hoy como diputada estoy acá apoyando y pidiéndoles a los diputados de esta Comisión, que apoyen esta propuesta para que  los trabajadores de la Universidad Nacional puedan tener los frutos del Fondo de Cesantía.

 

Como trabajadora por más de treinta y un años de  la Universidad Nacional y fundadora de este Fondo de Beneficio Social, como el nombre bien lo dice, ha sido un proyecto que fue visionario en su tiempo, que nos generó calidad de vida a los trabajadores de los diferentes estratos operativos, profesionales.

 

Todos hemos recibido beneficios de este proyecto que hoy inclusive,  recuerdo a la Universidad de Costa Rica que muchas veces nos decía ¿cómo hacen ustedes para tener un proyecto tan exitoso? Es un proyecto de los trabajadores, esto es un proyecto nuestro donde cada cinco que se pone ahí lo vemos no solo en proyectos de interés social, porque inclusive, hay gente en proyectos de vivienda para clase más operativa, pero nosotros –yo personalmente- hemos recibido una serie de beneficios de este proyecto porque el Fondo es de todos nosotros.

 

Ahora uno ve una serie de programas sociales en instituciones privadas que están llamando a tener conciencia de que no solo el trabajador llega y da su trabajo diario, sino que se involucre en ese desarrollo social y profesional.

 

El Fondo tiene una serie de proyectos de escuela, como aquí se han señalado, de recreación, proyectos educativos,  es un proyecto modelo y hoy yo vengo como diputada a pedirles a ustedes, que efectivamente hagan justicia con este sector de trabajadores que le han dado mucho al país, formamos muchos profesionales, desde el conserje que está limpiando un aula hasta el académico o catedrático que está dando su clase, todos aportamos a esta sociedad y hoy les pedimos a los diputados que vean este proyecto y que de una vez por todas podamos hacer esta reforma, para que el fondo pueda realmente emparejar  la cesantía como tiene que ser y que los dividendos se le aporten a cada uno de los trabajadores.

 

¡Muchísimas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

¡Con mucho gusto, diputada!

 

¿La señora Rectora se quiere referir?

 

 

SEÑOR ENRIQUE ALVARADO, ASESOR LEGAL DE FBS DE UNA:

 

 

¡Muchas gracias!

 

En relación a las consultas planteadas por la señora diputada Venegas, en relación con el artículo quinto, en el cual se hace referencia a los estados contables separados, es por lo siguiente: Dentro de la organización, no solamente se administran o no solamente se tienen los recursos propios de cesantía, también se administran los recursos propios del giro normal de la administración del Fondo de Beneficio Social como tal. Como bien se dijo anteriormente, nace a la vida jurídica, desde el año mil novecientos ochenta y uno.

 

Entonces, hay una serie de recursos, de aportes tanto patronal como aporte del funcionario universitario, del afiliado, que obviamente deben ser manejados en estados contables completamente aparte de los estados contables de cesantía, que se deben de trabajar y se deben de tener contablemente aparte, por cuanto son derechos laborales que van a ser entregados posteriormente al funcionario universitario al momento en que finalice o que se rompa la relación laboral.

 

            De ahí que deba obligatoriamente llevarse un estado contable aparte de los recursos propios de la organización, del Fondo de Beneficio Social, que administra en beneficio de sus afiliados y que de ahí es donde se generan los recursos para no solamente del beneficio del afiliado como tal, sino la administración del Centro Infantil, del Centro de Recreo y demás, como se estableció anteriormente, y los recursos que van a ser propiamente del derecho laboral, de auxilio de cesantía; por ello es que deben manejarse o administrarse en estados contables o financieros completamente apartes para no confundir dichos recursos.

 

            En relación con la entrega de los rendimientos, pues si la idea es poder entregar rendimientos de forma anual, de conformidad con lo que se establece en el artículo 3 del proyecto de ley, lo cual indudablemente no se ha podido realizar por cuanto al no haberse dado aún esta reforma no ha sido conocida, votada o discutida, pues aun no lo hemos podido realizar. Pero, la idea sería que una vez que podamos individualizar los recursos, que podamos acreditar los rendimientos en las cuentas individuales de los funcionarios, que tengan a bien administrar su cesantía con el Fondo de Beneficio Social, pues poderle hacer también, entrega o una devolución de los rendimientos de forma anual.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Muchas gracias.

 

            Tiene la palabra la diputada Venegas Renauld.

 

 

DIPUTADA VENEGAS RENAULD:

 

 

            Muy buenos días, señora Rectora y distinguidos acompañantes en esta mañana.

 

            Un saludo a toda la gente que está aquí en esta sala.

 

            Doña Sandra, el año pasado, el treinta de noviembre, nosotros tuvimos una sesión a la que asistieron compañeros del solidarismo y justamente era en el marco de este proyecto. Yo no quedé nada satisfecha con la respuesta a las preguntas que hice en esa oportunidad, porque creo    por aquí tengo copia fiel del expediente   que ninguna de las personas me respondió asuntos importantes y quiero demarcarlo siete meses después de que esta reunión se diera.

 

            Yo preguntaba a la observación que ellos habían hecho o al comentario que habían hecho, de que habían criterios legales que impedían que este proyecto tuviese viabilidad, de que por qué no habían hecho una denuncia formal si eso era así, que me parecía que tenían que haberse pronunciado legal y formalmente; luego había preguntado si habían hecho un sondeo de opinión a los trabajadores de la Universidad Nacional para conocer directamente el criterio que tenía la población trabajadora de la Universidad Nacional en relación con este proyecto.

 

            También pregunté sobre los problemas y entrabamientos que ellos señalaban que podían tener, el dejar este fondo de cesantía en manos de la Universidad y pregunté en qué perjudicaba el proyecto al trabajador y a la trabajadora o, si este era un problema de tipo gremial, exclusivamente.  Y la última pregunta que hice ¿si ellos no consideraban que el trabajador y la trabajadora de la UNA deberían de tener libertad para elegir, digamos, el régimen en el cual querían tener su fondo de cesantía?

 

            Yo creo  que ninguna de las preguntas me fue respondida y revisando las respuestas que dio la Contraloría General de la República, que es una de las instancias de obligación, realmente no veo por qué no puede efectivamente el fondo de cesantía ser manejado por la Universidad Nacional y no por el Solidarismo. Creo que el hecho de que esté, incluso, a nivel constitucional no le otorga el derecho de exclusividad al Solidarismo, el manejo de esto.

 

            En ese sentido, creo que ya esto se está convirtiendo en un camino que no tiene sentido, si estamos buscando aquí eficiencia en la gestión que nosotros… mal hacemos como diputados en seguir dándole largas, largas, largas; esto es un asunto muy claro. Aquí no hay ninguna ilegalidad; los que somos universitarios  yo estoy con permiso en este momento   sabemos cómo nacen estas cosas y los beneficios que nos ha traído. Hay que tener la vivencia para saber que ahí no hay nada oscuro en ese sentido, de que los fondos se manejan para darle efectivamente a los trabajadores, muchas oportunidades.

 

            Yo me he visto beneficiada en mi universidad con préstamos que he logrado sacar de mis ahorros, adquirir en momento cosas, porque diay yo  soy una persona que depende de mi salario. 

 

            Yo sí quiero decirles que de mi parte, pues tendrán el apoyo; la Universidad Nacional y  que a los solidaristas los respeto muchísimo, pero en esto a mi juicio, no llevan la razón para nada.

 

            ¡Muchísimas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Con mucho diputada.

 

            Tienen la palabra los señores si tienen alguna referencia.

 


 

SEÑORA SANDRA LEÓN, RECTORA DE LA UNA:

 

 

            Yo celebro que los universitarios comprendan realmente la misión de este tipo de organizaciones dentro de la universidad.  Creo que lo que he oído es esencial, que el Consejo Universitario estableció que los funcionarios tengan la libertad de escoger a cuál asociación o cooperativa o fondo inscriban su derecho de cesantía.  Ahí está la parte fundamental, que el funcionario tenga la libertad de escoger, evidentemente un funcionario con libertad, de encontrar una institución que tiene iguales posibilidades de manejar la cesantía porque, sino no hay una libertad o porque sencillamente hay un área oscura que no permita, casualmente, poder tener los beneficios que el Consejo Universitario estableció con absoluta claridad.

 

También, la Procuraduría General de República se pronunció; está en el expediente y dice claramente:  que el Fondo de Beneficio Social, que la Cooperativa y la ASOUNA tienen potestades de manejar el fondo de cesantía y tienen derecho de administrarlo en las condiciones que él y la institución resuelva.  Creo que es ahí donde está la parte fundamental, de procurar que exista la libertad verdadera porque mientras estemos en esta situación, no hay libertad para escoger y que tengan todas las organizaciones iguales condiciones.

 

Miren, en una universidad nosotros convivimos con posiciones diversas y la Universidad Nacional es una universidad que hace eco del respeto a la diversidad y, desde esa perspectiva, seguramente la Asociación Solidarista tendrá el derecho de plantear los argumentos que ellos crean correctos; no obstante, el balance que  quiero establecer con absoluta claridad, que hace la Universidad Nacional, es que en este caso el solidarismo no lleva verdad, no tiene un planteamiento que nos permita a nosotros visualizar que esto es oportuno para los trabajadores ni justo en forma general, a nivel de la institución.

 

Desde esa perspectiva por eso es que, no obstante tener posiciones a nivel de la universidad y que, inclusive, han transcendido, pues nosotros seguimos insistiendo que esto es un derecho de los trabajadores, un derecho a respetar su libertad y una obligación de la universidad, de hacer todos los esfuerzos para que las instituciones de la universidad tengan exactamente las mismas facilidades para administrar su fondo de cesantía.

 

¿No sé si con eso respondo? Porque ya mi compañero externó lo del artículo 5.

 

La Universidad es sumamente cuidadosa cuando son fondos de destino específico, entonces cuando son fondos de destino específico tenemos necesariamente que separar cuentas, razón por la cual el artículo 5 plantea estados contables separados.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Tiene la palabra la diputada Venegas Villalobos.

 

 

DIPUTADA VENEGAS VILLALOBOS:

 

 

            Acá estoy observando el informe de Servicios Técnicos y en el artículo 6 dice que:  “…esta disposición es contradictoria…” en su redacción, en un inicio estable “…que el trabajador tiene derecho de elegir libremente en cuál organización desea que se le deposite el saldo acumulado y los aportes mensuales futuros…”.  Pero posteriormente se condiciona  “…el traslado de estos fondos de cesantía a una nueva organización, en tanto esa tenga suscrito un convenio en ese sentido con la UNA, situación que contraviene lo establecido en la Ley de Regulación de intermediación financiera de las organizaciones cooperativas del 27 de abril de 1994…”.  Si el Departamento de Servicios Técnicos hace esta observación me parece importante que ustedes nos hagan el favor de aclararlo.

 

Cuando tuvimos acá a los solidaristas, ellos totalmente dicen que este proyecto va en contra de la Ley del Solidarismo, porque es competencia exclusiva del solidarismo, que esos fondos de cesantía deben ser liderados por el solidarismo; acá hemos tenido a los solidaristas, escuchando su posición y realmente ellos presentan fundamentos fuertes  que los afectan directamente. Ahora los escuchamos a ustedes y eso es lo bonito.

 

Esta Comisión tiene la gran responsabilidad de tomar la mejor decisión, pero es importante que no tengamos ninguna duda al respecto,  porque lo que queremos es beneficiar a todos los trabadores y trabajadoras de este país.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Por el orden, diputada.

 

 

DIPUTADA VENEGAS RENAULD:

 

 

            Sí, por el orden; muchas gracias.

 

            Quiero hacer, nada más, una observación a usted señor Presidente, y es que como aquí estamos dos diputadas de apellido Venegas es muy importante diferenciar el segundo apellido porque podrían quedar apreciaciones de la diputada Venegas Villalobos como si fueran las mías y en la anterior intervención de ella nada más se dijo, diputada Venegas; ya usted lo dijo en el Plenario y yo lo vuelvo a corregir aquí.

 

            ¡Muchas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Con mucho gusto.

 

            Voy a tomar en consideración los segundos apellidos para no tener confusiones.

 

            Tiene la palabra el diputado Rodolfo Sotomayor.

 

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

            Muchas gracias, señor Presidente.

 

            Yo la verdad es que voy a ser muy honesto.  Todavía tengo serias dudas en cuanto a la viabilidad de este proyecto, porque no quiero, salvo lo que dijo doña María Eugenia, que por más que esté en la Constitución, no importa porque esto se puede hacer.  Más bien es al revés; uno debe  respetar primero el bloque de constitucionalidad, para después devenir en todo el tema de orden legal.  Lo digo sin ánimo de querer atrasar el proyecto,  para que el proyecto salga sin ningún tipo de escollo y demás, porque  la intensión es buena y sé que al final es justo lo que se pretende.

 

            Yo quiero que me aclare, porque lo busqué y por la premura no lo encontré y puede ser que cuando uno busca muy rápido las cosas por más que estén al frente uno no las encuentra, que me expliquen exactamente cuál es la naturaleza jurídica del Fondo, porque a partir de ahí, en mi despacho podría empezar a hacer los análisis jurídicos necesarios para formarme una opinión.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            Tiene la palabra la señora Xinia Molina.

 

 


 

SEÑORA XINIA MOLINA, PRESIDENTA JUNTA DIRECTIVA FBS-UNA:

 

 

            Tal vez para ir ampliando algunos conceptos.  Efectivamente hay que tomar en cuenta señor diputado, que el Fondo de Beneficio Social surge a la luz en mil novecientos ochenta y uno y el tema del solidarismo surge dos años posteriores, en que se crea la Ley del Solidarismo y es partir de este momento en que hay un marco regulador a nivel de las asociaciones solidaristas y posteriormente esa atribución, también, del manejo de cesantía se le da en el marco de la ley de las cooperativas.

 

            El Fondo de Beneficio….

 

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

            La pregunta es muy clara, yo necesito saber ¿cuál es la naturaleza jurídica? Nada más.

 

 

SEÑORA XINIA MOLINA, PRESIDENTA JUNTA DIRECTIVA FBS-UNA:

 

 

            Es un instituto atípico, porque en este momento no existe una ley general de fondos de beneficio social.  Esta es la figura atípica que tiene.

 

 

SEÑOR ENRIQUE ALVARADO, ASESOR LEGAL FBS-UNA:

 

 

            ¡Gracias!

 

            ¿Si me permite?

 

            En relación con la naturaleza jurídica del Fondo de Beneficio Social tanto la misma Ley 7673 en su artículo 1º como la Sala Constitucional en dos votos los cuales constan en autos, uno del año dos mil cinco y otro del año dos mil siete, han establecido claramente que la naturaleza jurídica de la organización es una persona jurídica, de naturaleza privada, sin ánimo de lucro subjetivo, con potestad de administración de fondos públicos. 

 

La naturaleza jurídica como tal de la organización, se encuentra claramente plasmada en su artículo 1º de la Ley 7673 y, pues para mayor abundamiento en relación con los beneficios y  los establecimientos propios de la naturaleza, en su forma de financiamiento, en su forma de administración y demás, obran en el expediente dos resoluciones, dos votos constitucionales en el cual se establece en un radio superior propiamente las características y propiedades propias de la organización.   

 

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

Es jurisprudencial, entonces.

 

 

SEÑOR ENRIQUE ALVARADO, ASESOR LEGAL FBS-UNA:

 

El artículo 1º de la Ley 7673.

 

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

Habla de persona jurídica privada con potestad ese artículo.

 

 

SEÑOR ENRIQUE ALVARADO, ASESOR LEGAL FBS-UNA:

 

 

El artículo 1º de la Ley 7673 claramente lo establece como una persona jurídica de naturaleza privada sin ánimo de lucro subjetivo.

 

En relación con el artículo 6 de la consulta realizada es lo siguiente: dentro de la propia normativa de lo que se pretende reformar, se establece la potestad de que cada funcionario puede elegir o establecer la organización que quiere que se le administre la cesantía, de ahí que se establezca esa libertad, ya sea la Asociación Solidarista, ya sea la cooperativa o el propio Fondo de Beneficio Social.

 

Obviamente, estas organizaciones tienen que firmar, junto con la Universidad, los compromisos correspondientes en relación con la forma en que se va administrar la cesantía. Esto como una protección para la propia universidad de que no se vayan a hacer malos manejos de dinero con estos fondos, que sabemos que a la hora de la hora, al finalizar la relación laboral del funcionario o la funcionaria con la organización, pues esos recursos deben ser girados o acreditados como pago del derecho de auxilio de cesantía; de ahí que se hable primero de esa libertad y posteriormente de las organizaciones que la Universidad Nacional permita que administren esta cesantía.

 

Sin embargo, quiero hacer, también, una aclaración. Se presentó el proyecto de reforma de ley, ese proyecto de reforma de ley es analizado por la oficina de Servicios Técnicos, se hace una serie de observaciones y de ahí sale un texto sustitutivo, texto sustitutivo en el cual algunos puntos o errores que podrían haber en cuanto a la redacción y demás, fueron debidamente aclarados en los cuales ya he dicho que en el artículo no aparecería este punto específico; más bien para que, por favor, lo revisen y verifiquen propiamente el texto sustitutivo y no el texto original.

 

En relación con la exclusividad que toca la señora diputada Venegas Villalobos, de lo que ha establecido el Movimiento Solidarista referente a la exclusividad que ostentan ellos de administrar cesantía, me parece que no es correcto hablar o pretender por parte del Movimiento Solidarista, tener una exclusividad en cuanto a la administración de cesantía por lo siguiente:  En el año dos mil, cuando se promulgó la Ley de Protección al Trabajador, que entró en vigencia en el año dos mil uno, suceden dos aspectos en relación con el manejo de cesantía muy importantes, en un primer término se le otorga la potestad a las cooperativas, a las asociaciones cooperativas de administrar cesantía y, por eso, ellas también administran cesantía, por lo cual es un error pensar como un primer término que solo las asociaciones solidaristas pueden administrar estos recursos, porque por imperio de ley la misma Ley de protección al trabajador les permite a las cooperativas hacerlo y no solo eso, en el artículo 8 de esta misma ley, de la Ley de protección al trabajador, establece claramente que también podrán administrar cesantía todas aquellas organizaciones que han nacido a la vida jurídica, previo al promulgamiento de la Ley de protección al trabajador, que ya tuvieran en su normativa la potestad de administrar cesantía.

 

Nosotros tenemos esa potestad desde el año de mil novecientos ochenta y uno con la creación del Fondo como tal; desde el año de mil novecientos noventa y siete con la promulgación de la Ley 7673, que le otorga personería jurídica a la organización y de ahí deviene precisamente que tanto la Procuraduría General de la República como la Contraloría como la Contraloría General de la República en los informes o en los dictámenes que ustedes tienen dentro del expediente no observan absolutamente ninguna inconsistencia en cuanto a la administración de cesantía.

 

De ahí que desde el año dos mil siete el Fondo de Beneficio Social ya administra la cesantía y como al inicio el proyecto de reforma de ley lo que pretende hacer es establecer los parámetros mediante los cuales se va a administrar esa cesantía, que por demás ya tenemos a mil trescientos funcionarios a los cuales se les deposita su cesantía en el Fondo de Beneficio Social y que simple y sencillamente lo que pretendemos en este momento es establecer la forma de administración y la forma en la cual le podemos entregar dichos rendimientos.

 


 

EL PRESIDENTE:

 

 

¡Muchas gracias, don Enrique!

 

Tiene la palabra el diputado Alfaro Zamora.

 

Don Oscar ¿usted me pidió la palabra?

 

 

DIPUTADO ALFARO ZAMORA:

 

 

¡Muchas gracias, señor Presidente!

 

¿Hay otros compañeros  por el orden?

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

No hay más, diputado.

 

 

DIPUTADO ALFARO ZAMORA:

 

 

¡Muchas gracias, señor Presidente, compañeras y compañeros diputados!

 

Un saludo a doña Sandra León, a los funcionarios de la Universidad Nacional y a quienes nos acompañan en la barra del público.

 

Quiero manifestarles varias cosas.  En primer lugar el reconocimiento a todas las universidades públicas de este país, que durante las últimas décadas en los últimos años, sesenta unos y en los últimos cuarenta, treinta años, otros vienen generando en torno a nuestra sociedad, a nuestros ciudadanos y ciudadanas que se forman en tales recintos universitarios, generando de este país un mejor país.

 

De principio quiero advertir que estoy de acuerdo con el espíritu de este proyecto.  No veo porqué el sindicato no pueda tener el manejo de dichos recursos, es parte de esa justicia y parte de la equidad en el trato de instituciones. No obstante, estoy leyendo aquí el informe de Servicios Técnicos y veo la necesidad de complementar este proyecto de ley con la modificación de algunos artículos. Me encuentro el texto sustitutivo en este momento, el cual confieso tengo que leerlo.  Yo vengo llegando a esta Comisión en esta legislatura, voy a ser muy honesto con ustedes, entonces, no voy a quedarme en lo que me dice el informe de Servicios Técnicos, sino voy a ir al texto sustitutivo para tener un mejor criterio.

 

Así es que cuenten con mi apoyo en la medida en que consideren que no existe mayor dicotomía entre este proyecto y la legislación actual.

 

¡Muchas gracias, señor Presidente!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            ¡Con mucho gusto, diputado!

 

            Bueno, creo que en relación…  quiero también hacer un comentario sobre este proyecto.

 

En principio como se venía hablando,  hemos tenido la oportunidad de tener en otras audiencias, el año pasado, inclusive, se tenían audiencias acá tanto de la gente de la Asociación y se venía hablando mucho sobre el fondo de este proyecto,  ¿quién iba a manejar realmente  la cesantía?  Si yo como usuario, o profesor de mantenimiento o como quieran llamarle al  puesto tenga dentro de la Universidad Nacional.

 

            ¿Quien administra mi cesantía?  Yo puedo decir la cooperativa, la asociación o el fondo, creo que yo soy quien elijo quien maneje y administre mi cesantía. Creo que en el fondo de tantos discursos legales que aquí se entablan y a veces podemos hablar mucho de estadísticas y números, pero al fin y al cabo aquí, quien decide, es el empleado, la persona que labora dentro de la Universidad Nacional,  no importa donde esté y en qué región esté.

 

            El fondo de este proyecto, tal vez como para que me lo aclaren un poquito, porque es  en lo que más han venido siendo  muy reincidentes.  Se habla de que este nació de una convención colectiva  de la Universidad Nacional y el Sindicato de Trabajadores, entonces, nada más como una pregunta simple que ustedes me aclaren ¿si son o no son sindicalistas?

 

            ¿Me contestan por favor?

 

¡Muchas gracias!

 


 

SEÑORA SANDRA LEÓN, RECTORA DE LA UNA:

 

 

Me parece que derivar hacia ese tema era llegar a un tema obligado, porque casualmente eso ha sido parte del caballito de batalla para pronunciarse en contra de este proyecto.

 

 A mí me parece que al pan pan  al vino vino.  Lo primero que debo señalar es que el Fondo de Beneficio Social sale como una propuesta de la Universidad en una Convención Colectiva, eso es  lo primero, no nace de un planteamiento del Sindicato sino de la Universidad.

 

            Es cierto que en una convención colectiva es el momento que da inicio la idea, pero nace de la Universidad como una propuesta de la Universidad y cuando digo de la Universidad, es del Rector en aquel momento. Primero, esto es  fundamental que se conozca.

 

            Segundo, el Fondo de Beneficio Social que va a administrar la cesantía de mil trescientos trabajadores, está integrado por una representación institucional y una representación del Sindicato de la Universidad, eso significa que es un trabajo colegiado con una participación completamente clara de  parte de la institucionalidad de la institución, a través de sus representantes ante el Consejo Directivo.  Ante el Consejo Directivo del Fondo de Beneficio Social.

 

            Con esto lo que quiero decir es que el Sindicato no administra la cesantía, el Fondo de Beneficio Social es quien administra la cesantía, no el Sindicato. Pero aparte de eso lo que quisiera plantear claramente, es que aquí -perdónenme que sea tan clara-  pero yo no lo tengo prejuicios a los sindicatos. En la Universidad Nacional hemos crecido a la par de un sindicato, hemos crecido para mejorar académicamente. Yo les podría dar ejemplos de cómo a través de una vice rectoría académica que ocupé por cinco años, logré en negociaciones con el Sindicato mejoras increíbles en el ámbito académico, como por ejemplo,  en la Universidad Nacional nadie que no tenga un posgrado se integra en propiedad a la institución.

 

            Se exige producción, se les exige compromiso y jornada de tiempo completo. ¿Qué universidad ha logrado hacer eso con un sindicato? Desde ese punto de vista, yo creo que hay que abandonar prejuicios que no llevan a buenos puertos cuando se procuran mezclar situaciones que no deben ser mezcladas.

 

En primer lugar, insisto, el Sindicato no administra la cesantía, el Fondo de Beneficio Social es el que administra la cesantía y es bipartito, tiene una constitución bipartita.

 

            En este momento, por ejemplo se resuelve por doble voto y en este momento la Presidencia del Fondo de Beneficio Social está en manos de la representación institucional. Esos son ejemplos de que cuando las cosas se quieren hacer bien por los trabajadores, no se dan ese tipo de mezclas. Así que es cierto que nace de una Convención Colectiva, pero lo expliqué como que nace de un deseo institucional de desarrollar calidad de vida  para los funcionarios de la Universidad,  nace con ese espíritu de la Universidad, del Rector en su oportunidad.

 

            Indudablemente, que las convenciones colectivas son de mutuo acuerdo y desde ese punto de vista las convenciones colectivas deben procurar la defensa de la institucionalidad y las convenciones colectivas deben permitir,  no solo permitir sino incentivar el desarrollo de las instituciones y esa es parte de ese buen trabajo que nosotros hemos podido hacer a nivel de la Universidad Nacional, como alguien diría con el Sindicato de la Universidad.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

            ¡Muchas gracias!

 

Creo que ya tenemos suficientes insumos para poder tener este panorama más claro, sobre ¿qué es el Fondo de Beneficio?

 

La próxima semana estaremos  viendo los informes respectivos para votar  este proyecto.

 

Voy a decretar un receso, no sin antes agradecerles por su presencia, a doña Sandra la señora Rectora, a doña Xinia Molina Presidenta de la Junta Directiva y a don Enrique Alvarado.

 

Voy a decretar un receso hasta por un minuto para que ustedes se retiren.

 

Se reanuda la sesión.

 

 

DISCUSIÓN DE PROYECTOS

 

EXPEDIENTE Nº 16.329 “ADICIÓN DE UN TRANSITORIO A LA LEY MARCO DE PENSIONES Nº 7302”

 

En este expediente que coordina la diputada María Eugenia Venegas Renauld, Martín Monestel y Rodolfo Sotomayor, se está analizando el texto  presentado por el diputado Sotomayor y este expediente se votará en la próxima sesión, que sería de hoy en ocho, catorce de junio.

 

¿Está pidiendo la palabra diputado Sotomayor?

 

Le cedo el uso de la palabra.

 

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

¡Muchas gracias, señor Presidente!

 

Nuevamente, muy buenos días a todos.

 

Nada más para dejar constando en actas que ya el texto sustitutivo y el informe respectivo han sido presentados a la Secretaría de la Comisión.   Un informe de mayoría  consta en autos y ya fue presentado me dice la asesora, entonces, nada más para que se sepa que ya en el expediente está presentado y  ojalá podamos votar esto la otra semana.

 

Lo ideal -le soy muy franco- hubiera sido votarlo hoy, pero me parece que también por un tema de espacio para que los compañeros puedan hablarlo un poco más, que podamos evacuar las dudas pertinentes,  yo estaría accediendo a que se vote con su venia,  la otra semana,  pero no pasarnos de esta.

 

Incluso, me informa la asesora que ya ese texto fue presentado y ya circuló por correo electrónico a los respectivos asesores y que esto ya es de conocimiento del pleno de la Comisión.

 

Entonces, en ese orden de ideas, agradezco a usted, que ojalá pudiéramos votar esto y  así dar una solución a un grupo de costarricenses que han quedado -y lo voy a reiterar- cuando se toca el tema, que han quedado en un limbo jurídico injusto que me parece que la Asamblea, como lo hemos venido diciendo aquí,  se lo doy a usted y  se lo doy a la diputada Venegas           Renauld ahora, no le podemos dar largas y largas a los temas, sino hay que darles respuesta.

 

Entonces, basándome en esas palabras, a pesar de que era en otro proyecto de ley, la situación si es similar, así que yo quisiera muy vehementemente con todo respeto, pedirle que la otra semana pudiéramos estarlo votando.

 

¡Muchas gracias!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

Así es, creo que en  esta Comisión nos vamos a caracterizar en ponerles plazos y fechas a los diferentes proyectos y no darle muchas largas, como lo han venido sufriendo los compañeros, que desde el dos mil seis andan visitándonos aquí en la Asamblea Legislativa y creemos, tal vez como lo mencionan ellos, que es un derecho y no un privilegio –algo que me ponen en un cartel aquí–; pero creo que tenemos el texto, creo que a cada uno le ha llegado a sus diferentes correos para que lo analicemos y lo veamos y será de hoy en ocho, el 14 de junio, igual le digo a los señores que están en la barra, que estaremos viendo el fondo del texto de este proyecto.

 

Continuamos.

 

DIPUTADO SOTOMAYOR AGUILAR:

 

 

            ¡Muchas gracias, Presidente!

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            ¡Con gusto, Diputado!

 

            Continuamos.

 

 

EXPEDIENTE Nº 16.818. LEY PARA EL IMPULSO A LA CIENCIA, LA TECNOLÓGIA Y LA INNOVACIÓN.

 

 

Se ha presentado una moción, que le ruego al señor Secretario dar lectura.

 

 

EL SECRETARIO:

 

 

Moción Nº 01-03, de varios diputados:

 

“Para que se convoquen en audiencia para la sesión ordinaria del próximo 14 de junio al señor Ministro de Ciencia y Tecnología (MICIT), Dr. Alejandro Cruz Molina, y al Ph.D. Carlos González Alvarado, Presidente del Consejo Director del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), par que nos brinden su criterio sobre el proyecto de ley EXPEDIENTE Nº 16818: “LEY PARA EL IMPULSO A LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN”.

 


EL PRESIDENTE:

 

 

¡Muchas gracias!

 

En discusión la moción.

 

Discutida.

 

Los señores diputados y diputadas que estén de acuerdo con la moción, sírvanse levantar la mano.  Cinco diputados presentes.

 

APROBADA POR UNANIMIDAD.

 

 

3.         EXPEDIENTE Nº 16.921. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS.

 

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

 

4.         EXPEDIENTE Nº 17041. REFORMA DE LA LEY Nº 7673, FONDO DE BENEFICIO SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL.

 

 

            Hoy tuvimos la audiencia.

 

            Estaría ya para votación el próximo 14 de junio, si Dios lo permite.

 

 

5.         EXPEDIENTE Nº 17192. INCORPORACIÓN A LOS COLEGIOS PROFESIONALES MEDIANTE EXÁMENES.

 

 

            Se trasladaron las audiencias con la Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Costa Rica y del CONARE, posteriormente se programará la fecha.

 

 

6.         EXPEDIENTE Nº 17214. LEY EXPEDIENTE DIGITAL DE SALUD.

 

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

 

 

7.         EXPEDIENTE Nº 17.479 “REFORMA INTEGRAL DE LA LEY Nº 7023, CREACIÓN DEL TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR, COMO ENTE ADSCRITO AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES”

 

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

 

8.         EXPEDIENTE Nº 17.749 “LEY DE ALFABETIZACIÓN DIGITAL EN ESCUELAS PÚBLICAS PRIMARIAS”

 

 

Aún no cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

 

9.         EXPEDIENTE Nº 17.752 “CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL”

 

 

Tampoco cuenta con informe de Servicios Técnicos, así que le pedimos a los señores de Servicios Técnicos tener pronto, ojalá, este informe.

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

 

10.       EXPEDIENTE Nº 17.764 “LEY PARA CONVERTIR EL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO (CUC) EN UNIVERSIDAD DE CARTAGO”

 

 

Aún no cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

 

11.       EXPEDIENTE Nº 17.784 “LEY DE AUTONOMÍA DEL LICEO DE COSTA RICA”

 

 

Se encuentra en subcomisión y tiene plazo hasta el 28 de junio.

 

            Tampoco cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

            Sobre este expediente hay una moción, que le pido al señor Secretario se sirva leer.

 

EL SECRETARIO:

 

 

Moción Nº 02-03, de varios expedientes:

 

 

“Para que se consulte este proyecto al Consejo Superior de Educación y al Liceo de Costa Rica”.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            En discusión la moción.

 

            Tiene la palabra la diputada Venegas Renauld.

 

DIPUTADA VENEGAS RENAULD:

 

 

            Sí, claro aquí hay que diferenciarnos bien, ¿verdad?  Porque no podemos hablar igual…

 

            Compañeros y compañeras, en realidad yo quería justificar por qué he presentado esta moción.

 

            Le doy seguimiento a las actas del Consejo Superior de Educación y he visto que la temática del Liceo de Costa Rica ha estado presente en ese consejo, en materia de su plan de estudios.

 

            Por otra parte, tuve la visita, a finales del año pasado, del personal del Liceo de Costa Rica que me manifestaron algunas preocupaciones respecto a la situación global del Liceo de Costa Rica y hemos visto también, en los medios de comunicación, algunas situaciones particulares con su infraestructura.

 

            Debo agregar que me inicié como educadora en ese colegio, entonces le tengo un particular afecto y desde luego que me interesan todas las instituciones del país; pero, cuando uno ha estado en una, no deja de ponerle una particular atención.

 

            Entonces, me parece importante ver qué es lo que piensa el consejo respecto, propiamente, aunque se le haga la consulta por otra vía, en este caso particular y al personal del Liceo de Costa Rica, como para actualizarnos respecto al proyecto, sobre todo que para los proyectos, un año puede significar mucho en cuanto al abordaje que se puede hacer del mismo.  De ahí la razón de presentar esta moción.

 

 

EL PRESIDENTE:

 

 

            ¡Muchas gracias, Diputada!

 

            En discusión la moción.

 

            ¿Algún diputado quiere referirse a la moción presentada?

 

            En discusión.

 

            Los señores diputados y diputadas que estén a favor de la moción, sírvanse levantar su mano.  Seis diputados presentes.

 

APROBADA POR UNANIMIDAD.

 

            Han ingresado tres proyectos nuevos, a los que posteriormente se asignarán a subcomisión.

 

12.       EXPEDIENTE Nº 17827. REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL.

 

 

            No cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

            (Pendiente asignación a subcomisión)

 

 

13.       EXPEDIENTE Nº 17902. LEY DE PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN DIFERENCIADA.

 

 

No cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

            (Pendiente asignación a subcomisión)

 

 

14.       EXPEDIENTE Nº 17932. LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES EN DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL DE COSTA RICA.

 

 

Aún no cuenta con informe de Servicios Técnicos.

 

            (Pendiente asignación a subcomisión)

 

 

 

D. CORRESPONDENCIA

 

 

INSTITUCIÓN

OFICIO

RECIBIDO

ASUNTO

EXPEDIENTE

Contraloría General de la Rep

DFOE-SOC-0438

Licda. Giselle Segnini

PRORROGA

17.214

 

 

            La correspondencia ha sido repartida a cada diputado.

 

Sin más asuntos que tratar, al ser las diez horas con treinta minutos, se levanta la sesión.

 

 

 

 

 

 

Dip. Martín Monestel Contreras                         Dip. Ernesto Chavarría Ruiz

PRESIDENTE                                                              SECRETARIO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

__________________________________

 

Comisión Permanente Especial de

Ciencia, Tecnología y Educación

Transcripción: mrmu/xra/adm

Rev:sbc:10062011