COMISIÓN
ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN
(Expediente No. 16.263)
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DICTAMEN
AFIRMATIVO UNÁNIME
12 DE JUNIO
DE 2008
LEY
PARA LA CREACIÓN DEL DÍA NACIONAL
DE
LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
Expediente
No. 16.815
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Las
diputadas y diputados que suscriben, miembros de la Comisión Especial
Dictaminadora de la Ciencia, Tecnología e Innovación, (Expediente No. 16.263)
rendimos DICTAMEN AFIRMATIVO UNÁNIME sobre el proyecto: “LEY PARA LA CREACIÓN
DEL DÍA NACIONAL DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA” expediente No. 16.815, publicado La Gaceta Nº 228 del 27 de noviembre de 2007, iniciativa de la
Diputada Bravo Pérez y otros diputados, con base en los siguientes motivos:
Este
proyecto indica en su exposición de
motivos lo siguiente:
“La
capacidad de un país de generar conocimiento científico-tecnológico constituye
un elemento esencial para plantear estrategias de desarrollo viables,
sostenibles y con equidad. Esa capacidad
endógena para generar ciencia y tecnología depende de una gran cantidad de
factores e insumos, entre los cuales desempeña un rol fundamental la
convicción, por parte de amplios sectores de la sociedad, de que la creación
científica y tecnológica es un ingrediente indispensable para el
desarrollo. En un país como Costa Rica,
en el cual la ciencia y la tecnología no se han insertado adecuadamente en los
esquemas de desarrollo, es necesario llamar la atención de la población sobre
la relevancia que estos componentes poseen en la vida cotidiana.
Es por esta razón que el país
requiere consolidar el día nacional de la ciencia y la tecnología, con un rango
de ley de la República. Una celebración
de esta naturaleza facilitará el espacio de reflexión y divulgación sobre la
trascendencia de la ciencia y la tecnología.
Reconocemos que el Decreto Ejecutivo N.º 19791, de 12 de julio de 1990,
que establece el día 1º de agosto como el Día Nacional de la Ciencia y la
Tecnología, dio un importante paso para sacar de la invisibilidad el tema de la
ciencia y la tecnología. Pero es preciso
insistir en que sin un desarrollo científico y tecnológico nacional vigoroso,
el país no logrará transitar hacia derroteros prósperos y equitativos. La participación de todos los grupos
sociales, en la orientación de las acciones en ciencia y tecnología, es
fundamental; pero para que esto sea una realidad, es preciso que toda persona
se sensibilice ante estas temáticas.
La comunidad científica y
tecnológica del país, en unión con la sociedad costarricense, puede y debe
facilitar nuevas formas de afrontar los retos que los cambios mundiales nos
presentan. El día nacional de la ciencia
y la tecnología, con rango de ley nacional, será una oportunidad para vincular
a todos los sectores, en torno a una de las acciones humanas que nos ha
permitido evolucionar, sin que olvidemos jamás, que esas acciones deben estar
siempre guiadas hacia el bien común, la paz y la prosperidad de todas las
personas que habitan el planeta.”
Los
diputados y diputados miembros de esta Comisión apoyamos las consideraciones de
la proponente de esta iniciativa. El
reconocimiento mediante ley de una
celebración establecida por decreto ejecutivo
revalida el sentimiento de que
como nación debemos perseguir un desarrollo científico y tecnológico de
avanzada.
Este
proyecto fue consultado al Ministerio de Ciencia y Tecnología, la Cámara de Industrias de Costa Rica, a la Cámara Costarricense de Tecnologías de
Información y Comunicación, al Centro Nacional de Alta Tecnología, al Consejo Nacional para Investigaciones
Científicas y Tecnológicas, y al
Ministerio de Educación Pública y universidades estatales.
El
Consejo Universitario de la Universidad Nacional manifestó a esta Comisión que
apoyaba el proyecto consultado porque el reconocimiento mediante ley de la
República de una celebración establecida por decreto ejecutivo “facilitará la
consolidación de espacios de sensibilización, reflexión, análisis y difusión en
torno al papel fundamental de la ciencia y la tecnología y propiciará la
participación de todos los sectores de la sociedad en esta celebración”.
El
Ministerio de Educación Pública manifestó que no tiene objeción al proyecto,
“en razón de la materia de su competencia”.
El
Ministerio de Ciencia y Tecnología se mostró complacido con el proyecto. Además solicitó que se variara la fecha del 1º de agosto al 10 de agosto
debido a que han notado que “se dificulta darle la relevancia que esta
celebración merece por estar muy cercano con las celebraciones a la Virgen de
los Ángeles”. Asimismo que se incluyera
la declaratoria del 11 de setiembre como “Día de la Innovación” y el 16 de
octubre como “Día del Emprendedurismo”.
El
CONICIT, por su parte, manifestó su deseo de que se cambiara la fecha de celebración del día propuesto en el
proyecto al 22 de agosto o que se mantuviera el 1º de agosto.
Ante
la falta de consenso por las posibles fechas a trasladar, quizás producto de la
falta de claridad en el tema de rectoría y estrategia política del sector de
ciencia y tecnología, esta Comisión consideró conveniente mantener el día
propuesto originalmente.
En
virtud de las razones antes expuestas sometemos a consideración del Plenario
Legislativo esta iniciativa, recomendando su aprobación. El texto es el
siguiente:
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY
PARA LA CREACIÓN DEL DÍA NACIONAL
DE
LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
ARTÍCULO
ÚNICO.- Créase el Día Nacional de la
Ciencia y la Tecnología, a celebrarse cada año el día 1º de agosto. Se insta a todas las instituciones nacionales
relacionadas con la actividad científica y tecnológica, en sus diversas manifestaciones,
a promover acciones que involucren a toda la sociedad en esta celebración.
Rige a partir del día de su
publicación.
DADO
EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, San José, a los doce
días del mes de junio de dos mil ocho.
Federico Tinoco Carmona
Hilda González Ramírez
PRESIDENTE
SECRETARIA
Elsa Grettel Ortiz Alvarez Patricia
Romero Barrientos
Carlos Manuel Gutiérrez Gómez
DIPUTADOS (AS)
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