COMISIÓN
ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
(Expediente No. 16.263)
LEY
ESPECIAL PARA FACILITAR LA DIFUSIÓN DEL
CONOCIMIENTO POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD
DE
COSTA RICA (UCR) MEDIANTE LA VÍA
TELEVISIVA
Y
RADIOFÓNICA
EXPEDIENTE
No. 16.787
SEGUNDO
INFORME SOBRE LAS MOCIONES REMITIDAS POR
EL
PLENARIO LEGISLATIVO, DE CONFORMIDAD CON LO
ESTABLECIDO
EN EL ARTÍCULO 137 DEL REGLAMENTO
DE
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
24
de noviembre de 2009
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Los
suscritos diputados, miembros de la
Comisión Especial Dictaminadora de la
Ciencia, Tecnología e Innovación (Expediente No. 16.263), rendimos informe al Plenario
Legislativo sobre tres mociones presentadas vía artículo 137 del Reglamento de la Asamblea Legislativa,
referente al proyecto: “LEY ESPECIAL PARA FACILITAR LA DIFUSIÓN DEL
CONOCIMIENTO POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD
DE COSTA RICA (UCR) MEDIANTE LA VÍA
TELEVISIVA Y RADIOFÓNICA”, expediente
No. 16.787.
Las
mociones se tramitaron en la sesión No. 53 celebrada el veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, en
la sala de sesiones de la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios.
Federico
Tinoco Carmona
PRESIDENTE
Patricia
Romero Barrientos
SECRETARIA
MOCIÓN APROBADA
Moción N.º 2-53 (2-137), del diputado Gutiérrez
Gómez:
“Para que en el Artículo 2 del proyecto de ley
en discusión en lugar de "Carta Magna" se lea correctamente
"Constitución Política"
MOCIONES DESECHADAS
Moción N.º 1-53 (1-137), del diputado Gutiérrez
Gómez:
“Para que se modifique
el Artículo 1 del proyecto de ley en discusión y se lea así:
‘ARTÍCULO
1.- Otorgarle a la Universidad de Costa Rica
(UCR) en concesión especial por un periodo de 99 años, renovables por períodos iguales, las frecuencias que ya tienen
concesión para el servicio de radiodifusión sonora, así como el canal en la
banda de UHF (ULTRA ALTA FRECUENCIA) para el servicio de radiodifusión
televisiva, las frecuencias repetidoras y frecuencias de enlace de microondas,
o sus equivalentes en las nuevas tecnologías digitales o de otro tipo, con el
fin de facilitar la difusión del conocimiento, la educación y la cultura a
todos los niveles.
En
el caso de que surjan nuevas tecnologías que impliquen la radiodifusión de
frecuencia en el espectro radioeléctrico, se le asignará a la UCR una
frecuencia dentro de éstos, conservando las mismas condiciones de la concesión
vigente"
Moción N.º 3-53 (3-137), de la diputada Vásquez
Badilla:
“Para que se agregue un nuevo artículo al
proyecto en discusión y se lea así:
Artículo Nuevo: El Poder Ejecutivo, de conformidad con el
artículo 21 de la ley General de Telecomunicaciones, N° 8642, recuperará las
frecuencias de radiodifusión y televisión que se encuentren sin uso o siendo
explotadas en forma irregular, para asignarlas a la UCR”