REFORMA DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY No 7386, DE 18 DE MARZO DE 1994, LEY No6450, DE 15 DE JULIO DE 1980, DE CREACIÓN DEL FONDO ESPECIAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

 

Expediente No. 16459

 

GRETTEL ORTIZ ALVAREZ

DIPUTADA

 

09 Noviembre 2006

 

I.     JUSTIFICACIÓN PROYECTO LEY

En la sociedad moderna, el conocimiento juega un papel primordial y determinante en los procesos económicos, políticos, sociales, culturales y ambientales. Las ventajas competitivas, de uno u otro país, dependen de sus inversiones en investigación científica y de sus posibilidades de innovación tecnológica. La sociedad del conocimiento, como se le ha denominado, descansa sobre la riqueza de la ciencia y la diversidad de sus aplicaciones. De esta manera, el estrecho vínculo entre desarrollo científico y desarrollo económico se nutre decididamente de la utilización intensiva del conocimiento y la información.

 

En Costa Rica, las universidades estatales constituyen el puntal del sistema científico-tecnológico. Ellas aglutinan casi la totalidad de los proyectos científicos y de la respectiva masa crítica del país, donde más del 90% de la investigación científica se concibe y ejecuta en estas instituciones.  Es por este papel central que juegan las universidades públicas que debemos elevar los niveles de capacidad de gestión, en condiciones de mercados dominados por una lógica de apertura y competitividad.

 

La pertinencia social del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR), particularmente determinada por la necesidad de conocer, incorporar, desarrollar y adaptar en forma sistemática y continua, la tecnología y las técnicas sucedáneas necesarias para utilizar y transformar, provecho­samente para el país, sus recursos y fuer­zas productivas, está vinculada con su capacidad para formar profesionales de excelencia en el campo tecnológico que les permita participar en forma crí­tica y creativa en las actividades producti­vas nacionales y en la solución de los problemas priorita­rios del país, a fin de  edificar una sociedad más justa.

 

El desarrollo científico y tecnológico potencia el desarrollo social y económico del país por ello, los esfuerzos que realiza el Estado para estimular y fortalecer  la investigación científica y la innovación tecnológica en el marco de una estrategia de desarrollo sostenido integral, buscan garantizar a la sociedad costarricense una mejor calidad de vida, traducida en desarrollo económico y social sin detrimento de los recursos naturales, tal como establece la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, No. 7169.

 

Para ello, el Estado está comprometido a establecer las condiciones necesarias para que la ciencia y la tecnología se constituyan en factores claves para alcanzar y conservar el crecimiento del sector productivo nacional y la competitividad de éste en los mercados internacionales.

La transmisión del conocimiento científico y tecnológico a través de los procesos de enseñanza aprendizaje desarrollados por una institución de educación superior como el ITCR, el desarrollo de actividades de investigación emprendidas por los académicos y la oferta de nuevas carreras de naturaleza científica y tecnológica, se develan como factores determinantes para lograr el desarrollo científico y tecnológico oportuno, competitivo y sostenible que la sociedad costarricense demanda.  Precisamente, estos factores esenciales ya señalados, forman parte de la actividad ordinaria del ITCR.

 

Las posibilidades de acceso a este conocimiento por parte de la población constituyen un factor adicional que garantiza el desarrollo social y la distribución más equitativa de las riquezas generadas por las actividades científicas y tecnológicas.

 

El ITCR, como institución pública de educación superior, mantiene un claro compromiso con el desarrollo de la ciencia y la tecnología, con la excelencia académica –docente, investigativa y de extensión- y con el desarrollo social y económico del país.

 

El ITCR, a la fecha se encuentra a la vanguardia en la pertinencia y oportunidad de sus planes de estudio, lo cual se corrobora con la acreditación nacional e internacional obtenida por varias de las carreras que se ofrece;  la población estudiantil femenina ha aumentado notablemente a partir del año 2000 disminuyendo la brecha que entre varones y féminas ha caracterizado tradicionalmente a este centro de estudios; el crecimiento de la población estudiantil en el período 1990-2005 creció en un 86,5%; recibe el mayor porcentaje (22,8%) de estudiantes provenientes de colegios técnicos en relación con las demás universidades públicas costarricenses; el índice de graduados ocupados (95,3%) supera a los graduados de otras universidades, cuenta con diez unidades de investigación y con decididas políticas para el fomento de proyectos y actividades de investigación y extensión que garanticen un impacto positivo en los aspectos económicos, sociales y ambientales del correspondiente sector.

 

El ITCR se consolida, a treinta y cinco años de su constitución, como una universidad pública comprometida con el desarrollo científico y tecnológico del país y con el progreso económico y social de la sociedad costarricense, toda vez que la educación superior constituye un factor detonante de la movilidad social, en razón de que los niveles de escolaridad superiores se asocian a mayores y mejores oportunidades de inserción laboral y de ingresos.

 

La llegada de nuevos recursos permitirá a esta Institución potenciar el desarrollo científico y tecnológico que a la fecha ha impulsado, y contribuir con el progreso de la sociedad costarricense, al permitirle:

ampliar la admisión de estudiantes, en las distintas modalidades: examen de admisión, matrícula cerrada que facilita el ingreso de estudiantes destacados provenientes de sectores con mayores limitaciones económicas y sociales y estudiantes graduados de colegios universitarios suscriptores del Convenio de Articulación de la Educación Superior;

ofrecer carreras novedosas, de grado y postgrado, vinculadas con la ciencia, la tecnología, y el mejoramiento de la enseñanza de las ciencias, las matemáticas y la educación técnica y;

el incremento y consolidación de nuevos centros de investigación que contribuyan al desarrollo de tecnologías, en particular de aquellas dirigidas a la actividad agropecuaria, agroindustrial, forestal, acuícola, ambiental y turística; que fomenten las investigaciones económicas y científico-sociales, en general, que tiendan a mejorar la comprensión de las relaciones entre la ciencia, la tecnología y la sociedad a fin de hacer más dinámico el papel de la ciencia y la tecnología en la cultura y en el bienestar social.

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

 

REFORMA DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY No 7386, DE 18 DE MARZO DE 1994, LEY No6450, DE 15 DE JULIO DE 1980, DE CREACIÓN DEL FONDO ESPECIAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

ARTÍCULO ÚNICO.- Refórmase el artículo 1 de la Ley No 7386, de 18 de marzo de 1994, Ley No6450, de 15 de julio de 1980, de creación del Fondo Especial de Educación Superior, cuyo texto dirá:

 

“ARTÍCULO 1.- Refórmase el párrafo primero del artículo 3 de la Ley No6450, de 15 de julio de 1980, de creación del Fondo Especial de Educación Superior, cuyo texto dirá:

 

De los ingresos alcanzados con el Impuesto sobre la renta, Ley del impuesto sobre la renta No7092, del 21 de abril de 1988 y sus reformas, el Instituto Tecnológico de Costa Rica recibirá, a partir del 2007, un monto igual al que percibe la Universidad de Costa Rica, la Universidad Nacional y la Universidad Estatal a Distancia por concepto de indexación de las sumas aprobadas en 1994 en el artículo 1 párrafo primero de la Ley No7386. Dicho monto constituirá renta propia e independiente de la Institución a partir del período fiscal 2007. Los recursos adicionales que perciba el Instituto Tecnológico de Costa Rica a los que actualmente recibe por concepto de esta ley, tienen como propósito fundamental dotar de recursos presupuestarios de carácter permanente al ITCR para incrementar la admisión de estudiantes provenientes de los sectores con menores oportunidades económicas y sociales y su permanencia exitosa en la Institución;  ofrecer carreras novedosas, de grado y postgrado, vinculadas con la tecnología y las ciencias conexas, y el mejoramiento de la enseñanza de las ciencias, las matemáticas y la educación técnica y para aumentar y consolidar centros de investigación que contribuyan al desarrollo e innovación de tecnologías, en particular de aquellas que  dirigidas a la actividad que desarrollan la micro, pequeña y mediana empresa agropecuaria, agroindustrial, forestal, acuícola, ambiental y turística, y; que fomenten las investigaciones económicas y científico-sociales, en general, que tiendan a mejorar la comprensión de las relaciones entre la ciencia, la tecnología y la sociedad a fin de hacer más dinámico el papel de la ciencia y la tecnología en la cultura y en el bienestar social.

 

El resto del artículo se mantiene igual’.”

 

Rige a partir de su publicación.

 

 

 

Grettel Ortiz Álvarez

DIPUTADA

 

09 de Noviembre  de 2006.-