COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (EXPEDIENTE . 16.263)

 

DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA

 

LEY PARA HACER EFECTIVA LA EDUCACIÓN ESTATAL A DISTANCIA A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN TELEVISIVA Y RADIOFÓNICA

 

PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE No. 16.314

 

Asamblea Legislativa:

 

Los diputados y diputada que suscriben, miembros de la Comisión Especial Dictaminadora de la Ciencia, Tecnología e Innovación, (expedienten . 16.263), rinden DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA sobre el proyecto: “LEY PARA HACER EFECTIVA LA EDUCACIÓN ESTATAL A DISTANCIA A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN TELEVISIVA Y RADIOFÓNICA” expediente . 16.314, publicado en La Gaceta N°. 181 del 21 de septiembre de 2006, iniciativa del  Diputado Sánchez Sibaja, Jorge Eduardo, con base en lo siguiente:

 

La exposición de motivos del Proyecto de Ley  establece que la Universidad Estatal a Distancia es una institución especializada en la educación a distancia, y que mediante el uso de medios de comunicación social esta podría cumplir de una mejor manera con el mandato constitucional de democratizar y universalizar la educación.

 

Que la Ley de Creación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) No. 6044. Publicada en "La Gaceta" No.50 de 12 de marzo de 1977, en su artículo primero establece que: “ARTÍCULO 1°:Créase la Universidad Estatal a Distancia (UNED como una institución de educación superior especializada en enseñanza a través de los medios de comunicación social.”, la UNED dada su naturaleza a desarrollado una unidad de producción audiovisual de primer orden lo que le ha permitido contar con una amplísima producción de materiales en todas las áreas del saber, sin embargo hasta la fecha la Universidad no ha podido contar con esos “…medios de comunicación social.”  que establece el artículo uno de la Ley que la crea, y que vendrían a contribuir enormemente en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los educandos en todos los niveles.

Que la UNED cuenta con la capacidad técnica y económica para establecer una radio y televisión netamente educativa una vez que los señores y señoras diputados(as) aprueben en Ley de la República el citado Proyecto de Ley.

El Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa señala que el presente Proyecto de Ley no puede ser delegado a una Comisión con Potestad Legislativa Plena debido a que trata materia de concesiones; por otro lado señala que el proyecto debe ser consultado a la Universidad Estatal a Distancia (UNED) y al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

Dicho expediente fue consultado a los siguientes entes:

Universidad Estatal a Distancia

Sistema Nacional de Radio y Televisión

Ministerio de Educación Pública

Cámara de Radio

Consejo Nacional de Rectores

Universidad de Costa Rica

Universidad Nacional

Instituto Tecnológico de Costa Rica

Consejo Superior de Educación

Instituto Costarricense de Electricidad.

Las instituciones antes mencionadas destacaron mayormente la importancia que reviste el proyecto de ley, ya que el hecho de que la UNED cuente con una televisora y una radio netamente educativa vendría a beneficiar a todo el estudiantado y a la sociedad costarricense en general.

El Consejo Universitario de la UNED avaló en todos sus extremos el proyecto y manifestó lo siguiente:

“Desde que se discutía el proyecto para la creación de la UNED, en la década de los años setenta y posteriormente en su Ley de creación, se visualizó el uso de los medios de comunicación social por parte de la Universidad Estatal a Distancia, para lo cual es necesario contar con una radio y una televisión propias”

 “El otorgamiento de dichas frecuencias permite a la UNED fortalecer su misión social y ampliar la oferta educativa y cultural  del país utilizando estos medios”

“A pesar de no contar con dichas frecuencias, la UNED ha logrado desarrollar una amplia producción audiovisual, conformar un equipo técnico y profesional  de alto nivel y consolidar una experiencia que le garantizaría hacer un uso inmediato y fructífero de dichas frecuencias”

“Con la aprobación de esta Ley, se viene a fortalecer a la Universidad Estatal a Distancia, en el cumplimiento de la misión democratizadora del conocimiento que le corresponde. ”

“La importancia de que por medio de la UNED se cuente con una radio y televisión totalmente educativas, que vengan a beneficiar los procesos de enseñanza-aprendizaje para todos los sectores del país.”

“Consecuentemente, el Consejo Universitario de la Universidad Estatal a Distancia invita a los Señores Diputados y Señoras Diputadas aprobar el proyecto en cuestión a la brevedad posible, ya que ello redundaría en más y mejor educación para los costarricenses.”

El Instituto Costarricense de Electricidad manifiesta lo siguiente: “ … al no afectar a los intereses del Instituto, no nos oponemos al proyecto de ley ni encontramos objeción alguna con el texto presentado.”

La Comisión recibió en audiencia:  Msc. Rodrigo Arias Camacho, Rector de la UNED; Alicia Fournier, presidenta Ejecutiva del SINART y los señores Luis Fernando Villalobos, Carlos Freer y Carlos Araya en representación del Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica.

Los Diputados y Diputadas que conforman la COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (EXPEDIENTE . 16.263), después de analizar la iniciativa, votaron afirmativamente el proyecto de Ley en cuestión, y recomiendan al Plenario Legislativo la aprobación del mismo.

El texto del Proyecto de Ley dictaminado es el siguiente:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA HACER EFECTIVA LA EDUCACIÓN ESTATAL A DISTANCIA A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN TELEVISIVA Y RADIOFÓNICA

Artículo 1.- Otórgase a la Universidad Estatal a Distancia(UNED) en concesión especial por un período de noventa y nueve años, renovable por períodos iguales, una frecuencia de radio en la banda de FM con sus respectivas frecuencias de enlace, y una frecuencia de televisión en las bandas de UHF o VHF con su respectiva frecuencia principal, frecuencias repetidoras y frecuencias de enlace de microondas, o sus equivalentes en el caso que las nuevas tecnologías digitales o de otro tipo lo requieran para el cumplimiento de su objetivo fundamental de llevar la educación y la cultura a toda la población nacional a través de los medios de comunicación social.

Artículo 2.- El Estado no cobrará ninguna contraprestación, canon o tarifa a la UNED por el uso de las frecuencias dadas en concesión especial por esta ley y gozará de toda exención sobre el pago de los impuestos correspondientes.

Artículo 3.- Declárese de interés público el uso de las frecuencias otorgadas por esta ley a la Universidad Estatal a Distancia. En caso de que no exista disponibilidad de frecuencias en el momento de aprobarse esta ley, esta entidad de educación superior estatal tendrá prioridad para la entrega de estas frecuencias por parte del Departamento de Control de Radio del Ministerio de Gobernación.

Artículo 4.- La UNED una vez que cuente con las frecuencias radiales y televisivas respectivas podrá coordinar, con los entes que la legislación le permita, la producción de programas que apoyen el plan de estudios en los diferentes ciclos educativos y actividades culturales.

Artículo 5.- El Ministerio de Gobernación recuperará por medio del Departamento de Control de Radio, u órgano encargado al efecto, en apego al debido proceso, de las frecuencias a nivel radial o televisivo que se encuentren sin uso o siendo explotadas en forma irregular, las requeridas para ser otorgadas a la UNED. No podrán ser retiradas para estos efectos las frecuencias otorgadas por ley al Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. o de los centros de educación superior estatal.

Rige a partir de su publicación.

 

 

Dado en la sala de Sesiones de la COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (EXPEDIENTE . 16.263), San José, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil siete

 

 

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Federico Tinoco  Carmona                          Hilda González Ramírez

Diputado Secretario                                    Diputada

 

 

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Carlos Manuel Gutiérrez Gómez

Diputado