Impuesto a las personas jurídicas, expediente N.º 16.306
Primer informe de
mociones vía artículo 137 del Reglamento legislativo
MOCIONES APROBADAS
Moción Nº 15-110 (15-137) del diputado Avendaño Calvo:
“Para que se modifique el artículo 3 del presente proyecto de ley, y en
adelante se lea así:
ARTÍCULO 3.- Tarifa. Anualmente se pagará un importe equivalente al 35%
de un salario base mensual correspondiente al auxiliar administrativo 1, del
Poder Judicial, de conformidad con la ley del presupuesto ordinario de la
República, aprobada en el mes de noviembre anterior al pago de la tarifa”.
Moción Nº 16-110
(16-137) del diputado Avendaño Calvo:
“Para que se modifique el artículo 3 del presente proyecto de ley, y en
adelante se lea así:
ARTÍCULO 3.- Tarifa. Anualmente se pagará un importe equivalente al 35%
de un salario base mensual de referencia, según la determinación contenida en
el artículo 2 de la Ley No. 7337 del 05 de mayo de 1993”.
Moción Nº 57-110 (57-137) de varios diputados:
“Para que se adicione un Transitorio III al proyecto de ley en
discusión, el cual se leerá de la siguiente manera:
"Transitorio III: El Registro Nacional estará obligado a entregar
al interesado que así lo solicite un listado de las sociedades mercantiles,
sucursales de una sociedad extranjera y empresas individuales de
responsabilidad limitada en las cuales figure como representante legal".
Justificación:
Es importante que las personas conozcan a ciencia cierta si se
encuentran registrados o no como personeros de sociedades mercantiles,
sucursales de una sociedad extranjera y empresas individuales de
responsabilidad limitada. En especial,
debido a que el artículo 04 del proyecto de ley en discusión dispone que los
representantes legales serán solidariamente responsables por la no presentación
de la declaración y pago del impuesto establecido.”