COMISIÓN
PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN
EXPEDIENTE
16.144
PLENARIO
INFORME MOCIONES 41 BIS 15-11-07, (1
APROBADA)
TEXTO
NO OFICIAL, ÚNICAMENTE PARA TRABAJO DE LA COMISIÓN
19-11-07
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DE MARCAS Y
SU REGLAMENTO
ARTÍCULO
ÚNICO.-
Apruébese, en cada una de sus partes, la
adhesión de Costa Rica al Tratado sobre el Derecho de Marcas y su Reglamento,
cuyo texto es el siguiente:
de Marcas
y
Reglamento
Hechos en Ginebra el 27 de octubre de 1994
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
GINEBRA 1996
Artículo 1
Expresiones abreviadas
A
los efectos del presente Tratado y salvo indicación expresa en contrario:
i) se
entenderá por «Oficina» el organismo encargado del registro de las marcas por
una Parte Contratante»;
ii) se
entenderá por «registro» el registro de una marca por una Oficina;
iii) se
entenderá por «solicitud» una solicitud de registro;
iv) el
término «persona» se entenderá referido tanto a una persona natural como a una
persona jurídica;
v) se
entenderá por «titular» la persona indicada en el registro de marcas como
titular del registro;
vi) se
entenderá por «registro de marcas» la recopilación de los datos mantenida por
una Oficina, que incluye el contenido de todos los registros y todos los datos
inscritos respecto de dichos registros, cualquiera que sea el medio en que se
almacene dicha información;
vii) se entenderá por
«Convenio de París» el Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial, firmado en París el 20 de marzo de 1883, en su forma revisada y
modificada;
viii) se
entenderá por «Clasificación de Niza» la clasificación establecida por el
Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y
Servicios para el Registro de las Marcas, firmado en Niza el 15 de junio de
1957, en su forma revisada y modificada;
ix) se
entenderá por «Parte Contratante» cualquier Estado u organización
intergubernamental parte en el presente Tratado;
x) se
entenderá que las referencias a un «instrumento de ratificación» incluyen
referencias a instrumentos de aceptación y aprobación;
xi) se
entenderá por «Organización» la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual;
xii) se
entenderá por «Director General» el Director General de la Organización;
xiii) se
entenderá por «Reglamento» el Reglamento del presente Tratado a que se refiere
el Artículo 17.
Artículo 2
Marcas a las que se aplica el Tratado
1) [Naturaleza
de las marcas]
a) El
presente Tratado se aplicará a las marcas que consistan en signos visibles, bien
entendido que sólo las Partes Contratantes que acepten el registro de marcas
tridimensionales estarán obligadas a aplicar el presente Tratado a dichas
marcas.
b) El
presente Tratado no se aplicará a los hologramas ni a las marcas que no
consistan en signos visibles, en particular las marcas sonoras y las
marcas olfativas.
2) [Tipos
de marcas]
a) El
presente Tratado se aplicará a las marcas relativas a productos (marcas de
producto) o a servicios (marcas de servicio), o relativas a productos y servicios.
b) El
presente Tratado no se aplicará a las marcas colectivas, marcas de
certificación y marcas de garantía.
Artículo 3
Solicitud
1) [Indicaciones
o elementos contenidos en una solicitud o que la acompañan; tasa]
a) Cualquier Parte
Contratante podrá exigir que una solicitud contenga algunas o todas las
indicaciones o elementos siguientes:
i) una
petición de registro;
ii) el
nombre y la dirección del solicitante;
iii) el nombre de un Estado
de que sea nacional el solicitante, si es nacional de algún Estado, el nombre
de un Estado en que el solicitante tenga su residencia, si la tuviere, y el
nombre de un Estado en que el solicitante tenga un establecimiento industrial o
comercial real y efectivo, si lo tuviere;
iv) cuando
el solicitante sea una persona jurídica, la naturaleza jurídica de dicha
persona jurídica y el Estado y, cuando sea aplicable, la unidad territorial
dentro de ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya constituido la
mencionada persona jurídica;
b) El
solicitante podrá presentar en lugar o además de la declaración de intención de
usar la marca, a que se hace referencia en el apartado a) xvii), una
declaración de uso efectivo de la marca y pruebas a tal efecto, tal como lo
estipule la legislación de la Parte Contratante.
c) Cualquier
Parte Contratante podrá solicitar que, respecto de la solicitud, se paguen
tasas a la Oficina.
2) [Presentación] Por lo que se refiere a los requisitos de
presentación de la solicitud, ninguna Parte Contratante rechazará la solicitud,
i) cuando
ésta se presente por escrito en papel, si se presenta, con sujeción a lo
dispuesto en el párrafo 3), en un formulario correspondiente al Formulario de
solicitud previsto en el Reglamento,
ii) cuando
la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y la solicitud se transmita de esta forma, si la copia en papel
resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el
párrafo 3), al formulario de solicitud mencionado en el punto i).
3) [Idioma] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que
la solicitud se presente en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la
Oficina. Cuando la Oficina admita más de un idioma, podrá exigirse al
solicitante que cumpla con cualquier otro requisito en materia de idioma
aplicable respecto de la Oficina, a reserva de que no podrá exigir que la
solicitud esté redactada en más de un idioma.
4) [Firma]
a) La
firma mencionada en el párrafo 1) a) xvi) podrá ser la firma del solicitante o
la firma de su representante.
b) No
obstante lo dispuesto en el apartado a), cualquier Parte Contratante podrá
exigir que las declaraciones mencionadas en el párrafo 1) a) xvii) y b) estén
firmadas por el propio solicitante incluso si tiene un representante.
5) [Solicitud
única para productos y/o servicios pertenecientes a varias clases] La misma solicitud podrá referirse a varios
productos y/o servicios independientemente de que pertenezcan a una o varias
clases de la Clasificación de Niza.
6) [Uso
efectivo] Cualquier Parte
Contratante podrá exigir que, cuando se haya presentado una declaración de
intención de usar la marca en virtud del párrafo 1) a) xvii), el solicitante presente
a la Oficina, dentro de un plazo fijado por la ley y con sujeción al plazo
mínimo prescrito en el Reglamento, pruebas del uso efectivo de la marca, tal
como lo exija la mencionada ley.
7) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna Parte
Contratante podrá exigir que se cumplan respecto de la solicitud requisitos
distintos de los mencionados en los párrafos 1) a 4) y 6). En particular, no se podrá exigir respecto de
la solicitud mientras esté en trámite:
i) que
se suministre cualquier tipo de certificado o extracto de un registro de
comercio;
ii) que
se indique que el solicitante ejerce una actividad industrial o comercial, ni
que se presenten pruebas a tal efecto;
iii) que
se indique que el solicitante ejerce una actividad que corresponde a los productos
y/o servicios enumerados en la solicitud, ni que se presenten pruebas a tal
efecto;
iv) que
se presenten pruebas a los efectos de que la marca ha sido registrada en el
registro de marcas de otra Parte Contratante o de un Estado parte en el Convenio
de París que no sea una Parte Contratante, salvo cuando el solicitante invoque
la aplicación del Artículo 6quinquies del Convenio de París.
8) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se
presenten pruebas a la Oficina durante el examen de la solicitud, cuando la
Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de cualquier indicación o
elemento contenido en la solicitud.
Artículo 4
Representación; domicilio legal
1) [Representantes
admitidos a ejercer] Toda Parte
Contratante podrá exigir que una persona nombrada representante a los efectos
de cualquier procedimiento ante la Oficina sea un representante admitido a
ejercer en la Oficina.
2) [Representación
obligatoria; domicilio legal]
a) Toda
Parte Contratante podrá exigir que, a los efectos de cualquier procedimiento
ante la Oficina, toda persona que no tenga una residencia ni un establecimiento
industrial o comercial real y efectivo en su territorio esté representada por
un representante.
b) Toda
Parte Contratante, en la medida en que no exija la representación de
conformidad con el apartado a), podrá exigir que, a los efectos de cualquier
procedimiento ante la Oficina, la persona que no tenga una residencia ni un establecimiento
industrial o comercial real y efectivo en su territorio tenga un domicilio
legal en ese territorio.
3) [Poder]
a) Cuando
una Parte Contratante permita o exija que un solicitante, un titular o
cualquier otra persona interesada esté representada por un representante ante
la Oficina, podrá exigir que el representante sea nombrado en una comunicación
separada (denominada en adelante «poder»), indicando el nombre del solicitante,
del titular o de la otra persona, según proceda, y firmada por el mismo.
b) El
poder podrá referirse a una o más solicitudes y/o registros identificados en el
poder o, con sujeción a cualquier excepción indicada por la persona designante,
a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros de esa persona.
c) El
poder podrá limitar las facultades del representante a ciertos actos. Cualquier Parte Contratante podrá exigir que
todo poder en virtud del cual el representante tenga derecho a retirar una
solicitud o a renunciar a un registro, contenga una indicación expresa a tal
efecto.
d) Cuando
se presente en la Oficina una comunicación de una persona que se
designe en la comunicación como un representante, pero en el momento de recibir
la comunicación la Oficina no estuviera en posesión del poder necesario, la Parte
Contratante podrá exigir que el poder se presente en la Oficina dentro del
plazo fijado por la Parte Contratante, con sujeción al plazo mínimo establecido
en el Reglamento. Cualquier Parte
Contratante podrá disponer que, cuando el poder no haya sido presentado en la
Oficina en el plazo fijado por la Parte Contratante, la comunicación realizada
por dicha persona no tendrá ningún efecto.
e) Por
lo que se refiere a los requisitos de presentación y contenido del poder,
ninguna Parte Contratante rechazará los efectos del poder,
i) cuando
el poder se presente por escrito en papel si, con sujeción a lo dispuesto en el
párrafo 4), se presenta en un formulario correspondiente al Formulario de poder
previsto en el Reglamento,
ii) cuando
la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y el poder se transmita de esa forma, si la copia en papel
resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el
párrafo 4), al Formulario de poder mencionado en el punto i).
4) [Idioma] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que
el poder se presente en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la
Oficina.
5) [Referencia al poder] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que cualquier comunicación a
esa Oficina efectuada por un representante a los fines de un procedimiento ante
esa Oficina, contenga una referencia al poder sobre cuya base actúa el
representante.
6) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los
referidos en los párrafos 3) a 5) respecto de las cuestiones tratadas en esos
párrafos.
7) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá
exigir que se presenten pruebas a la Oficina cuando la Oficina pueda dudar
razonablemente de la veracidad de cualquier indicación contenida en cualquiera
de las comunicaciones referidas en los párrafos 2) a 5).
Fecha de presentación
1) [Requisitos
permitidos]
a) Con
sujeción a lo dispuesto en el apartado b) y en el párrafo 2), una Parte
Contratante asignará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en que
la Oficina haya recibido las siguientes indicaciones y elementos en el idioma
previsto en el Artículo 3.3):
i) una
indicación expresa o implícita de que se pretende registrar una marca;
ii) indicaciones
que permitan establecer la identidad del solicitante;
iii) indicaciones
suficientes para entrar en contacto por correo con el solicitante o con su
representante, si lo hubiere;
iv) una
reproducción suficientemente clara de la marca cuyo registro se solicita;
v) la
lista de los productos y/o servicios para los que se solicita el registro;
vi) cuando
sea aplicable el Artículo 3.1) a) xvii) o b), la declaración a que se hace
referencia en el Artículo 3.1) a) xvii) o la declaración y las pruebas a que se
hace referencia en el Artículo 3.1) b), respectivamente, tal como lo estipule
la legislación de la Parte Contratante, debiendo estas declaraciones, si la mencionada
legislación así lo estipula, estar firmadas por el propio solicitante incluso
si tiene representante.
b) Cualquier
Parte Contratante podrá asignar como fecha de presentación de la solicitud la
fecha en la que la Oficina reciba sólo algunas, en lugar de todas, las
indicaciones y elementos mencionados en el apartado a), o los reciba en un
idioma distinto del exigido en virtud del Artículo 3.3).
2) [Requisito
adicional permitido]
a) Una
Parte Contratante podrá prever que no se asignará ninguna fecha de presentación
mientras no se hayan pagado las tasas exigidas.
b) Una
Parte Contratante sólo podrá exigir el cumplimiento del requisito mencionado en
el apartado a) si exigía su cumplimiento en el momento de adherirse al presente
Tratado.
3) [Correcciones
y plazos] Las
modalidades y plazos para las correcciones previstas en los párrafos 1) y 2) se
prescribirán en el Reglamento.
4) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá pedir que se cumplan requisitos distintos de los
mencionados en los párrafos 1) y 2) respecto de la fecha de presentación.
Registro único para productos
y/o servicios pertenecientes a varias clases
Cuando se
hayan incluido en una solicitud única productos y/o servicios que pertenezcan a
varias clases de la Clasificación de Niza, dicha solicitud dará por resultado
un registro único.
División de la solicitud y el registro
1) [División
de la solicitud]
a) Toda
solicitud que enumere varios productos y/o servicios (denominada en adelante
«solicitud inicial») podrá,
i) por
lo menos hasta la decisión de la Oficina sobre el registro de la marca,
ii) durante
cualquier procedimiento de oposición contra la decisión de la Oficina de
registrar la marca,
iii) durante
cualquier procedimiento de apelación contra la decisión relativa al registro de
la marca,
ser
dividida por el solicitante o a petición suya en dos o más solicitudes
(denominadas en adelante «solicitudes fraccionarias»), distribuyendo entre
estas últimas los productos y/o servicios enumerados en la solicitud
inicial. Las solicitudes fraccionarias
conservarán la fecha de presentación de la solicitud inicial y el beneficio del
derecho de prioridad, si lo hubiere.
b) Con
sujeción a lo dispuesto en el apartado a), cualquier Parte Contratante tendrá
libertad para establecer requisitos para la división de una solicitud,
incluyendo el pago de tasas.
2) [División
del registro] El párrafo
1) será aplicable, mutatis mutandis, respecto de la división de un registro. Dicha división deberá permitirse
i) durante
cualquier procedimiento en el que un tercero impugne la validez del registro
ante la Oficina,
ii) durante
cualquier procedimiento de apelación contra una decisión adoptada por la
Oficina durante los procedimientos anteriores,
con la salvedad de que
una Parte Contratante podrá excluir la posibilidad de la división del registro,
si su legislación nacional permite a terceros oponerse al registro de una marca
antes de que se registre la misma.
Firma
1) [Comunicación
en papel] Cuando una
comunicación a la Oficina de una Parte Contratante se presente en papel y sea
necesaria una firma, esa Parte Contratante
i) deberá,
con sujeción al punto iii), aceptar una firma manuscrita,
ii) tendrá
libertad para permitir, en lugar de una firma manuscrita, la utilización de
otros tipos de firma, tales como una firma impresa o estampada, o la
utilización de un sello,
iii) podrá
pedir la utilización de un sello en lugar de una firma manuscrita cuando la
persona natural que firme la comunicación posea su nacionalidad y dicha persona
tenga su dirección en su territorio,
iv) cuando
se utilice un sello, podrá pedir que el sello vaya acompañado de la indicación
en letras del nombre de la persona natural cuyo sello se utilice.
2) [Comunicación
por telefacsímile]
a) Cuando
una Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile, considerará que la comunicación ha sido firmada si, en la
impresión producida por telefacsímile, aparece la reproducción de la firma, o
la reproducción del sello, acompañada, cuando se exija en virtud de lo
dispuesto en el párrafo 1) iv), de la indicación en letras del nombre de la
persona natural cuyo sello se utilice.
b) La
Parte Contratante mencionada en el apartado a) podrá exigir que el documento
cuya reproducción haya sido transmitida por telefacsímile sea presentado en
la Oficina dentro de cierto plazo, con sujeción al plazo mínimo prescrito en el
Reglamento.
3) [Comunicación
por medios electrónicos] Cuando una
Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
medios electrónicos, deberá considerar firmada la comunicación si esta Oficina
identifica al remitente de la comunicación por medios electrónicos, tal como lo
haya prescrito la Parte Contratante.
4) [Prohibición del requisito de certificación] Ninguna Parte Contratante podrá
exigir la atestación, certificación por notario, autenticación, legalización o
cualquier otra certificación de una firma u otro medio de identificación
personal referido en los párrafos anteriores, salvo cuando la firma se refiera
a la renuncia de un registro, si la legislación de la Parte Contratante así lo
estipula.
Artículo 9
Clasificación de productos y/o servicios
1) [Indicaciones
de productos y/o servicios] Cada registro y cualquier publicación
efectuados por una Oficina que se refiera a una solicitud o a un registro y en
que se indiquen productos y/o servicios, deberá designar los productos y/o
servicios por sus nombres, agrupándolos según las clases de la Clasificación de
Niza, y cada grupo deberá ir precedido por el número de la clase de esa
Clasificación a que pertenezca ese grupo de productos o servicios y presentado
en el orden de las clases de dicha Clasificación.
2) [Productos
y/o servicios en la misma clase o en varias clases]
a) Los
productos o servicios no podrán considerarse similares entre sí por razón de
que, en cualquier registro o publicación de la Oficina, figuran en la misma
clase de la Clasificación de Niza.
b) Los
productos o servicios no podrán considerarse diferentes entre sí por razón de
que, en cualquier registro o publicación de la Oficina, figuran en diferentes
clases de la Clasificación de Niza.
Artículo 10
Cambios en los nombres o en las direcciones
1) [Cambios
en el nombre o en la dirección del titular]
a) Cuando
no haya cambio en la persona del titular, pero sí lo haya en su nombre y/o en
su dirección, toda Parte Contratante aceptará que la petición de inscripción
del cambio por la Oficina en su registro de marcas se formule mediante una
comunicación firmada por el titular o su representante, y en la que se indique
el número del registro en cuestión y el cambio que se ha de registrar. Por lo que se refiere a los requisitos de
presentación de la petición, ninguna Parte Contratante rechazará la petición
i) cuando
ésta se presente por escrito en papel, si se presenta, con sujeción a lo
dispuesto en el apartado c), en un formulario correspondiente al Formulario de
petición previsto en el Reglamento,
ii) cuando
la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la copia en papel resultante
de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el apartado
c), al Formulario de petición referido en el punto i).
b) Cualquier Parte
Contratante podrá exigir que la petición indique
i) el
nombre y la dirección del titular;
ii) cuando
el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de ese
representante;
iii) cuando
el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio.
c) Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que la petición se formule en el idioma o en uno
de los idiomas admitidos por la Oficina.
d) Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición, se pague una tasa
a la Oficina.
e) Bastará
con una petición única aun cuando la modificación se refiera a más de un
registro, siempre que en la petición se indiquen los números de todos los
registros en cuestión.
2) [Cambio
en el nombre o en la dirección del solicitante]
El párrafo 1) se aplicará, mutatis mutandis, cuando
el cambio se refiera a una solicitud o solicitudes, o a una solicitud o solicitudes
y a un registro o registros, a condición de que, cuando el número de cualquier
solicitud aún no se haya asignado o no sea conocido por el solicitante o su
representante, se identifique de otro modo la solicitud en la petición, tal
como lo prescriba el Reglamento.
3) [Cambio
en el nombre o en la dirección del representante o en el domicilio legal] El párrafo 1) se aplicará, mutatis
mutandis, a cualquier cambio en el nombre o en la dirección del
representante, en su caso, y a cualquier cambio relativo al domicilio legal, en
su caso.
4) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los
mencionados en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición mencionada en este
artículo. En particular, no podrá exigir que se le proporcione ningún tipo de
certificado relativo al cambio.
5) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá pedir
que se presenten pruebas a la Oficina cuando ésta pueda dudar razonablemente de
la veracidad de cualquier indicación contenida en la petición.
Cambio en la titularidad
1) [Cambio
en la titularidad del registro]
a) Cuando
se haya producido un cambio en la persona del titular, toda Parte Contratante
aceptará que la petición de inscripción del cambio por la Oficina en su
registro de marcas se haga en una comunicación firmada por el titular o su
representante, o por la persona que haya adquirido la titularidad (denominado
en adelante el «nuevo propietario») o su representante, y en la que se indique
el número del registro en cuestión y el cambio que se ha de registrar. Por lo que se refiere a los requisitos de
presentación de la petición, ninguna Parte Contratante rechazará la petición
i) cuando
ésta se presente por escrito en papel, si se presenta, con sujeción a lo
dispuesto en el párrafo 2) a), en un formulario correspondiente al Formulario
de petición previsto en el Reglamento,
ii) cuando
la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la copia en papel
resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el
párrafo 2) a), al Formulario de petición referido en el punto i)
b) Cuando
el cambio de titularidad sea el resultado de un contrato, toda Parte
Contratante podrá exigir que la petición indique ese hecho y vaya acompañada, a
elección de la parte peticionaria, de uno de los siguientes elementos:
i) una
copia del contrato, cuya copia podrá exigirse que se certifique, por un notario
público o cualquier otra autoridad pública competente, que está en conformidad
con el contrato original;
ii) un
extracto del contrato en el que figure el cambio de titularidad, cuyo extracto podrá
exigirse que se certifique por un notario público o cualquier otra autoridad
pública competente;
iii) un
certificado de transferencia no certificado en la forma y con el contenido
establecidos en el Reglamento, y firmado tanto por el titular como por el nuevo
propietario;
iv) un
documento de transferencia no certificado en la forma y con el contenido
establecidos en el Reglamento, y firmado tanto por el titular como por el nuevo
propietario.
c) Cuando
el cambio de titularidad sea el resultado de una fusión, toda Parte Contratante
podrá exigir que la petición indique ese hecho y vaya acompañada de una copia
de un documento que haya sido emitido por la autoridad competente y pruebe la
fusión, como una copia de un extracto de un registro de comercio, y que esa
copia esté certificada por la autoridad que emita el documento, por un notario
público o por cualquier otra autoridad pública competente, en el sentido de que
está en conformidad con el documento original.
d) Cuando
haya un cambio en la persona de uno o varios cotitulares, pero no de la
totalidad, y tal cambio de titularidad sea el resultado de un contrato o una
fusión, cualquier Parte Contratante podrá exigir que cualquier cotitular
respecto del que no haya habido cambio en la titularidad dé su consentimiento
expreso al cambio de titularidad en un documento firmado por él.
e) Cuando
el cambio de titularidad no sea el resultado de un contrato ni de una fusión,
sino que resulte, por ejemplo, de la aplicación de la ley o de una decisión
judicial, toda Parte Contratante podrá exigir que la petición indique ese hecho
y vaya acompañada de una copia de un documento que pruebe el cambio, y que esa
copia esté certificada en el sentido de que está en conformidad con el
documento original por la autoridad pública que emita el documento, por un
notario público o por cualquier otra autoridad pública competente.
f) Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que la petición indique
i) el
nombre y la dirección del titular;
ii) el
nombre y la dirección del nuevo propietario;
iii) el
nombre de un Estado del que sea nacional el nuevo propietario, si éste es
nacional de algún Estado, el nombre de un Estado en que el nuevo propietario
tenga su residencia, de tenerla, y el nombre de un Estado en que el nuevo
propietario tenga un establecimiento industrial o comercial real y efectivo, de
tenerlo;
iv) cuando el nuevo
propietario sea una persona jurídica, la naturaleza jurídica de dicha persona
jurídica y el Estado y, cuando sea aplicable, la unidad territorial dentro de
ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya constituido la mencionada
persona jurídica.
v) cuando
el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de ese
representante;
vi) cuando
el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio;
vii) cuando
el nuevo titular tenga un representante, el nombre y la dirección de ese
representante;
viii) cuando
se exija que el nuevo titular tenga un domicilio legal en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 4.2) b), dicho domicilio.
g) Toda
Parte Contratante podrá exigir que, respecto de una petición, se pague una tasa
a la Oficina.
h) Bastará
con una petición única aun cuando el cambio se refiera a más de un registro, a
condición de que el titular y el nuevo propietario sean los mismos para cada
registro y siempre que se indiquen en la petición los números de todos los
registros en cuestión.
i) Cuando
el cambio de titularidad no afecte a todos los productos y/o servicios
relacionados en el registro del titular, y la legislación aplicable permita el
registro de tal cambio, la Oficina creará un registro separado relativo a los
productos y/o servicios respecto de los cuales haya cambiado la titularidad.
2) [Idioma;
traducción]
a) Toda
Parte Contratante podrá exigir que la petición, el certificado de transferencia
o el documento de transferencia referidos en el párrafo 1) se presenten en el
idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
b) Toda
Parte Contratante podrá exigir que, si los documentos referidos en el párrafo
1) b) i) y ii), c) y e) no figuran en el idioma o en uno de los idiomas
admitidos por la Oficina, la petición se acompañe de una traducción o de una
traducción certificada del documento exigido en el idioma o en uno de los
idiomas admitidos por la Oficina.
3) [Cambio
en la titularidad de la solicitud] Los
párrafos 1) y 2) se aplicarán mutatis mutandis cuando el cambio de
titularidad se refiera a una solicitud o solicitudes, o a una solicitud o
solicitudes y a un registro o registros, a condición de que, cuando el número
de cualquier solicitud aún no se haya publicado o no sea conocido por el
solicitante o su representante, se identifique de otro modo esa solicitud en la
petición, tal como lo prescriba el Reglamento.
4) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna Parte
Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados
en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición referida en este artículo. En particular, no se podrá exigir:
i) con
sujeción a lo dispuesto en el párrafo 1) c), que se presente un certificado o
un extracto de un registro de comercio;
ii) que
se indique que el nuevo propietario realiza una actividad industrial o
comercial, ni que se presenten pruebas a tal efecto;
iii) que
se indique que el nuevo propietario realiza una actividad que corresponde a los
productos y/o servicios afectados por el cambio de titularidad, ni que se
presenten pruebas a cualquiera de estos efectos;
iv) que
se indique que el titular transfirió, total o parcialmente, su negocio o el
activo intangible pertinente al nuevo propietario, ni que se presenten pruebas
a cualquiera de estos efectos.
5) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá
exigir que se presenten pruebas a la Oficina, o pruebas adicionales si fuese
aplicable el párrafo 1) c) o e), cuando esa Oficina pueda dudar razonablemente
de la veracidad de cualquier indicación contenida en la petición o en cualquier
otro documento mencionado en el presente artículo.
Corrección de un error
1) [Corrección
de un error respecto de un registro]
a) Cada
Parte Contratante deberá aceptar que la petición de corrección de un error que
se haya cometido en la solicitud o en otra petición comunicada a la Oficina y
que se refleje en su registro de marcas y/o en cualquier publicación de la
Oficina se efectúe en una comunicación firmada por el titular o su
representante, en la que se indique el número del registro en cuestión, el
error que se ha de corregir y la corrección que se ha de efectuar. En cuanto a los requisitos de presentación de
la petición, ninguna Parte Contratante rechazará la petición
i) cuando
ésta se presente por escrito en papel, si se presenta, con sujeción a lo
dispuesto en el apartado c), en un formulario correspondiente al Formulario de
petición previsto en el Reglamento,
ii) cuando
la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y la petición se presente de esa forma, si la copia en papel
resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el
apartado c), al Formulario de petición mencionado en el punto i).
b) Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que la petición indique
i) el
nombre y la dirección del titular;
ii) cuando
el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de ese
representante;
iii) cuando
el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio.
c) Toda
Parte Contratante podrá exigir que la petición se formule en el idioma o en uno
de los idiomas admitidos por la Oficina.
d) Toda
Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición, se pague una tasa
a la Oficina.
e) Bastará
con una petición única aun cuando la corrección se refiera a más de
un registro de la misma persona, siempre que el error y la corrección
solicitada sean los mismos para cada registro, y que se indiquen en la petición
los números de todos los registros en cuestión.
2) [Corrección
de un error respecto de las solicitudes]
El párrafo 1) será aplicable mutatis mutandis cuando
el error se refiera a una solicitud o solicitudes, o a una solicitud o
solicitudes y a un registro o registros, siempre que, cuando el número de
cualquier solicitud aún no se haya publicado o no sea conocido por el
solicitante o su representante, se identifique de otro modo esa solicitud, tal
como se establece en el Reglamento.
3) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los
referidos en los párrafos 1) y 2) respecto de la petición mencionada en este
artículo.
4) [Pruebas] Cualquier Parte Contratante podrá exigir
que se presenten pruebas a la Oficina cuando la Oficina pueda dudar
razonablemente que el presunto error sea efectivamente un error.
5) [Errores
de la Oficina] La Oficina
de una Parte Contratante corregirá sus propios errores, ex officio o
previa solicitud, sin tasa.
6) [Errores
que no podrán corregirse] Ninguna
Parte Contratante estará obligada a aplicar los párrafos 1), 2) y 5) a
cualquier error que no pueda corregirse en virtud de su legislación.
Artículo 13
Duración y renovación del registro
1) [Indicaciones o elementos contenidos en una petición de
renovación o que la acompañen; tasas]
a) Toda
Parte Contratante podrá exigir que la renovación de un registro esté sujeta a
la presentación de una petición y que tal petición contenga algunas o todas las
indicaciones siguientes:
i) una
indicación de que se solicita una renovación;
ii) el
nombre y la dirección del titular;
iii) el
número del registro en cuestión;
iv) a
elección de la Parte Contratante, la fecha de presentación de la solicitud que
dio lugar al registro en cuestión o la fecha del registro en cuestión;
v) cuando
el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de ese
representante;
vi) cuando
el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio;
vii) cuando
la Parte contratante permita que se efectúe la renovación de un registro sólo
respecto de algunos de los productos y/o servicios inscritos en el registro de
marcas y cuando se pida esa renovación, los nombres de los productos y/o
servicios inscritos en el registro para los cuales se pida la renovación, o los
nombres de los productos y/o servicios inscritos en el registro para los cuales
no se pida la renovación, agrupados según las clases de la Clasificación de
Niza, precedido cada grupo por el número de la clase de esa Clasificación a que
pertenezca ese grupo de productos o servicios y presentado en el orden de las
clases de dicha Clasificación;
viii) cuando
una Parte Contratante permita que se presente una petición de renovación por
una persona distinta del titular o su representante y la petición se presente
por tal persona, el nombre y la dirección de esa persona;
ix) una
firma del titular o de su representante o, cuando sea aplicable el punto viii),
una firma de la persona mencionada en ese punto.
b) Toda
Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición de renovación, se
pague una tasa a la Oficina. Una vez que
se haya pagado la tasa respecto del período inicial del registro o de cualquier
período de renovación, no podrá exigirse pago adicional para el mantenimiento
del registro respecto de ese período.
Las tasas asociadas con el suministro de una declaración y/o prueba de
uso, no se considerarán, a los fines de este apartado, como pagos exigidos para
el mantenimiento del registro y no estarán afectadas por este apartado.
c) Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que se presente la petición de renovación, y se
pague la tasa correspondiente mencionada en el apartado b), a la Oficina dentro
del período fijado por la legislación de la Parte Contratante, con sujeción a
los períodos mínimos prescritos en el Reglamento.
2) [Presentación] Por lo que respecta a las exigencias
relativas a la presentación de la petición de renovación, ninguna Parte
Contratante podrá rechazar la petición,
i) cuando
la petición se presente por escrito en papel si, con sujeción a lo dispuesto en
el párrafo 3), se presenta en un formulario correspondiente al Formulario de
petición previsto en el Reglamento,
ii) cuando la Parte
Contratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por
telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la copia en papel
resultante de tal transmisión corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el
párrafo 3), al Formulario de petición mencionado en el punto i).
3) [Idioma] Toda Parte Contratante podrá
exigir que la solicitud de renovación se formule en el idioma o en uno de los
idiomas admitidos por la Oficina.
4) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los
mencionados en los párrafos 1) a 3) respecto de la petición de renovación. En particular, no se podrá exigir:
i) ninguna
reproducción u otra identificación de la marca;
ii) que
se presenten pruebas a los efectos de que se ha registrado la marca, o que se
ha renovado su registro, en el registro de marcas de cualquier otra Parte
Contratante;
iii) que
se proporcione una declaración y/o se presenten pruebas en relación con el uso
de la marca.
5) [Pruebas] Toda Parte Contratante podrá
exigir que se presenten pruebas a la Oficina durante el examen de la petición
de renovación, cuando dicha Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad
de cualquier indicación o elemento contenido en la petición de renovación.
6) [Prohibición
del examen substantivo] A los
fines de efectuar la renovación, ninguna Oficina de una Parte Contratante podrá
examinar el registro en cuanto a su fondo.
7) [Duración] La duración del período inicial del
registro y la duración de cada período de renovación será de 10 años.
Artículo 14
Observaciones en caso de rechazo previsto
Una
solicitud o una petición formulada en virtud de los Artículos 10 a 13 no podrá
ser rechazada en su totalidad o en parte por una Oficina sin dar al solicitante
o a la parte peticionaria, según sea el caso, la oportunidad de formular
observaciones sobre el rechazo previsto en un plazo razonable.
Artículo 15
Obligación de cumplir con el Convenio de París
Cualquier
Parte Contratante deberá cumplir con las disposiciones del Convenio de París
que afecten a las marcas.
Artículo 16
Marcas de servicio
Cualquier
Parte Contratante registrará las marcas de servicio y aplicará a las mismas las
disposiciones del Convenio de París relativas a las marcas de producto.
Reglamento
1) [Contenido]
a) El
Reglamento anexo al presente Tratado establecerá reglas relativas:
i) a
cuestiones que el presente Tratado disponga expresamente que serán «prescritas
en el Reglamento»;
ii) a
cualquier detalle útil para la aplicación del presente Tratado;
iii) a
cualesquiera exigencias, cuestiones o procedimientos administrativos.
b) El
Reglamento también contendrá Formularios internacionales tipo.
2) [Conflicto
entre el Tratado y el Reglamento]
En caso de conflicto entre las disposiciones del presente Tratado y las
del Reglamento, prevalecerán las primeras.
Revisión; protocolos
1) [Revisión] El presente Tratado podrá ser revisado por
una conferencia diplomática.
2) [Protocolos] A los fines de desarrollar una
mayor armonización del derecho de marcas, podrán adoptarse protocolos por una
conferencia diplomática en tanto que dichos protocolos no contravengan las
disposiciones del presente Tratado.
Artículo 19
Procedimiento para ser parte en el Tratado
1) [Elegibilidad] Las siguientes entidades podrán firmar y, con sujeción a lo dispuesto en
los párrafos 2) y 3) y en el Artículo 20.1) y 3), ser parte en el presente
Tratado:
i) todo
Estado miembro de la Organización respecto del que puedan registrarse marcas en
su Oficina;
ii) toda
organización intergubernamental que mantenga una Oficina en la que puedan
registrarse marcas con efecto en el territorio en el cual se aplique el tratado
constitutivo de dicha organización intergubernamental, en todos sus Estados
miembros o en aquellos de sus Estados miembros que sean designados a tal fin en
la solicitud pertinente, a condición de que todos los Estados miembros de la
organización intergubernamental sean miembros de la
Organización;
iii) todo
Estado miembro de la Organización respecto del que solamente puedan registrarse
marcas por conducto de la Oficina de otro Estado especificado que sea miembro
de la Organización;
iv) todo
Estado miembro de la Organización respecto del que solamente puedan registrarse
marcas por conducto de la Oficina mantenida por una organización
intergubernamental de la que sea miembro ese Estado;
v) todo
Estado miembro de la Organización respecto del que solamente puedan registrarse
marcas por conducto de una Oficina común a un grupo de Estados miembros de la
Organización.
2) [Ratificación
o adhesión] Toda
entidad mencionada en el párrafo 1) podrá depositar:
i) un
instrumento de ratificación, si ha firmado el presente Tratado,
ii) un
instrumento de adhesión, si no ha firmado el presente Tratado.
3) [Fecha
efectiva de depósito]
a) Con
sujeción a lo dispuesto en el apartado b), la fecha efectiva del depósito de un
instrumento de ratificación o adhesión será,
i) en
el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1) i), la fecha en la que se
deposite el instrumento de ese Estado;
ii) en
el caso de una organización intergubernamental, la fecha en la que se haya
depositado el instrumento de dicha organización intergubernamental;
iii) en
el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1) iii), la fecha en la que se
cumpla la condición siguiente: ha sido depositado el instrumento de ese Estado
y ha sido depositado el instrumento del otro Estado especificado;
iv)
en el caso de un Estado
mencionado en el párrafo 1) iv), la fecha aplicable en virtud de lo dispuesto
en el punto ii) supra;
v) en
el caso de un Estado miembro de un grupo de Estados mencionado en el párrafo 1)
v), la fecha en la que hayan sido depositados los instrumentos de todos
los Estados miembros del grupo.
b) Todo
instrumento de ratificación o de adhesión (denominado en este apartado «el
instrumento») podrá ir acompañado de una declaración que condicione la
efectividad del depósito de dicho instrumento al depósito del instrumento de un
Estado o de una organización intergubernamental, o a los instrumentos de otros
dos Estados, o a los instrumentos de otro Estado y de una organización
intergubernamental, especificados por su nombre y calificados para ser parte en
el presente Tratado. El instrumento que
contenga tal declaración será considerado depositado el día en que se haya
cumplido la condición indicada en la declaración. No obstante, cuando el depósito de un
instrumento especificado en la declaración también vaya acompañado por una
declaración de esa naturaleza, dicho instrumento será considerado depositado el
día en que se cumpla la condición especificada en la segunda declaración.
c) Toda
declaración formulada en virtud del apartado b) podrá ser retirada en cualquier
momento, en su totalidad o en parte. El
retiro de dicha declaración será efectivo en la fecha en que el Director
General reciba la notificación del mismo.
Artículo 20
1) [Instrumentos
que se tomarán en consideración] A los
fines de lo dispuesto en el presente artículo, sólo se tomarán en consideración
los instrumentos de ratificación o de adhesión que sean depositados por las
entidades mencionadas en el Artículo 19.1), y que tengan una fecha efectiva con
arreglo a lo dispuesto en el Artículo 19.3).
2) [Entrada
en vigor del Tratado] El
presente Tratado entrará en vigor tres meses después de que cinco Estados hayan
depositado sus instrumentos de ratificación o adhesión.
3) [Entrada
en vigor de las ratificaciones o adhesiones posteriores a la entrada en vigor
del Tratado] Cualquier
entidad no incluida en el párrafo 2) quedará obligada por el presente Tratado
tres meses después de la fecha en la que haya depositado su instrumento de ratificación
o adhesión.
Artículo 21
Reservas
1) [Tipos
especiales de marcas] Cualquier
Estado u organización intergubernamental podrá declarar mediante una reserva
que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 2.1) a) y 2) a), cualquiera de las
disposiciones contenidas en los Artículos 3.1) y 2), 5, 7, 11 y 13 no será
aplicable a las marcas asociadas, a las marcas defensivas o a las marcas
derivadas. Dicha reserva deberá
especificar a cuáles de las disposiciones mencionadas se refiere la reserva.
2) [Modalidades] Cualquier reserva formulada en
virtud del párrafo 1) deberá efectuarse mediante una declaración que acompañe
el instrumento de ratificación o de adhesión al presente Tratado por el Estado
u organización intergubernamental que formule la reserva.
3) [Retiro] Cualquier reserva en virtud del
párrafo 1) podrá ser retirada en cualquier momento.
4) [Prohibición
de otras reservas] No se
podrá formular ninguna reserva al presente Tratado, salvo la permitida en
virtud del párrafo 1).
Artículo 22
Disposiciones transitorias
1) [Solicitud única para
productos y servicios pertenecientes a varias clases; división de la solicitud]
a) Cualquier
Estado u organización intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto
en el Artículo 3.5), una solicitud sólo podrá presentarse en la Oficina
respecto de productos o servicios que pertenezcan a una clase de la
Clasificación de Niza.
b) Cualquier
Estado u organización intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo
dispuesto en el Artículo 6, cuando se hayan incluido productos y/o servicios
pertenecientes a varias clases de la Clasificación de Niza en una misma
solicitud, tal solicitud dará lugar a dos o más registros en el registro de
marcas, a condición de que cada uno de tales registros contenga una referencia
a todos los demás registros resultantes de dicha solicitud.
c) Cualquier
Estado u organización intergubernamental que haya formulado una declaración en
virtud del apartado a) podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el
Artículo 7.1), no podrá dividirse una solicitud.
2) [Poder
único para más de una solicitud y/o registro]
Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 4.3) b), un poder sólo
podrá referirse a una solicitud o a un registro.
3) [Prohibición
del requisito de certificación de firma en un poder y en una solicitud] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo
8.4), podrá requerirse que la firma de un poder o la firma por el solicitante
de una solicitud sea objeto de una atestación, certificación por notario,
autenticación, legalización u otra certificación.
4) [Petición
única en más de una solicitud y/o registro con respecto a un cambio de nombre o
dirección, un cambio en la titularidad o la corrección de un error] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo
10.1) e), 2), y 3), el Artículo 11.1) h) y 3) y el Artículo 12.1) e) y 2), una
petición de inscripción de un cambio de nombre y/o de dirección, una petición
de inscripción de un cambio de titularidad o una petición de corrección de un
error sólo podrá referirse a una solicitud o a un registro.
5) [Presentación,
con ocasión de la renovación, de declaración y/o pruebas relativas al uso] Cualquier Estado u organización
intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo
13.4) iii), requerirá, con ocasión de la renovación, que se presente una
declaración y/o prueba relativas al uso de la marca.
6) [Examen
substantivo con ocasión de la renovación]
Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el Artículo 13.6), con ocasión de la
primera renovación de un registro que cubra servicios, la Oficina podrá
examinar dicho registro en cuanto al fondo, con la salvedad de que dicho examen
se limitará a la eliminación de registros múltiples basados en solicitudes
presentadas durante un período de seis meses siguientes a la entrada en vigor
de la ley de dicho Estado u organización que, antes de la entrada en vigor del
presente Tratado, haya establecido la posibilidad de registrar marcas de
servicios.
7) [Disposiciones
comunes]
a) Un
Estado o una organización intergubernamental sólo podrá hacer una declaración
de conformidad con los párrafos 1) a 6) si, en el momento de depositar su
instrumento de ratificación o adhesión al presente Tratado, la aplicación
continuada de su legislación, sin dicha declaración, sería contraria a las
disposiciones pertinentes del presente Tratado.
b) Cualquier
declaración formulada en virtud de los párrafos 1) a 6) deberá acompañar al
instrumento de ratificación o de adhesión al presente Tratado por el Estado u
organización intergubernamental que formule la declaración.
c) Cualquier
declaración formulada en virtud de los párrafos 1) a 6) podrá ser retirada en
cualquier momento.
8) [Pérdida
de efectos de una declaración]
a) Con
sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier declaración efectuada en
virtud de los párrafos 1) a 5) por un Estado considerado país en desarrollo de
conformidad con la práctica establecida de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, o por una organización intergubernamental de la que cada uno de sus
miembros sea uno de dichos Estados, perderá sus efectos al final de un plazo de
ocho años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado.
b) Con
sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier declaración efectuada en
virtud de los párrafos 1) a 5) por un Estado distinto de los Estados
mencionados en el apartado a), o por una organización intergubernamental
distinta de las organizaciones intergubernamentales mencionadas en el apartado
a), perderá sus efectos al final de un plazo de seis años a partir de la fecha
de entrada en vigor del presente Tratado.
c) Cuando
una declaración efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) no haya sido
retirada en virtud de lo dispuesto en el párrafo 7) c), o no haya perdido sus
efectos en virtud de lo dispuesto en los apartados a) o b), antes del 28 de
octubre de 2004, perderá sus efectos el 28 de octubre de 2004.
9) [Procedimiento
para ser parte en el Tratado] Hasta el
31 de diciembre de 1999, cualquier Estado que, en la fecha de adopción del
presente Tratado, sea miembro de la Unión Internacional (de París) para la
Protección de la Propiedad Industrial sin ser miembro de la Organización, no
obstante lo dispuesto en el Artículo 19.1) i), podrá ser parte en el presente
Tratado si pueden registrarse marcas en su propia Oficina.
Artículo 23
Denuncia del Tratado
1) [Notificación] Cualquier Parte Contratante podrá denunciar
el presente Tratado mediante notificación dirigida al Director General.
2) [Fecha
efectiva] La
denuncia surtirá efecto un año después de la fecha en la que el Director
General haya recibido la notificación.
La denuncia no afectará a la aplicación del presente Tratado a ninguna
solicitud pendiente o a ninguna marca registrada, en la Parte Contratante
denunciante o respecto de la misma, en el momento de la expiración del
mencionado plazo de un año, con la salvedad de que la Parte Contratante
denunciante, tras la expiración de dicho plazo de un año, podrá dejar de
aplicar el presente Tratado a cualquier registro a partir de la fecha en la que
deba renovarse dicho registro.
Artículo 24
Idiomas del Tratado; firma
1) [Textos
originales; textos oficiales]
a) El
presente Tratado se firmará en un solo ejemplar original en español, árabe,
chino, francés, inglés y ruso, considerándose igualmente auténticos todos los
textos.
b) A
petición de una Parte Contratante, el Director General establecerá un texto
oficial en un idioma no mencionado en el apartado a) que sea idioma oficial de
esa Parte Contratante, previa consulta con dicha Parte Contratante y con
cualquier otra Parte Contratante interesada.
2) [Plazo
para la firma] El
presente Tratado quedará abierto a la firma en la Sede de la Organización
durante un año a partir de su adopción.
Artículo 25
Depositario
El
Director General será el depositario del presente Tratado.
DEL TRATADO SOBRE EL DERECHO DE MARCAS
Lista de Reglas
Regla 1: Expresiones abreviadas
Regla 2: Forma de indicar los nombre y las direcciones
Regla 3: Detalles relativos a la solicitud
Regla 4: Detalles relativos a la representación
Regla 5: Detalles relativos a la fecha de presentación
Regla 6: Detalles relativos a la firma
Regla 7: Forma de identificación de una solicitud sin su número de
solicitud
Regla 8: Detalles relativos a la duración y a la renovación
Formulario N.º 1 Solicitud de registro de una marca
Formulario N.º 2 Poder
Formulario N.º 3 Petición
de inscripción de cambio(s) en nombre (s) y/o dirección (es)
Formulario N.º 4 Petición
de inscripción de un cambio en la titularidad respecto de registros y/o
solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 5 Certificado
de transferencia respecto de registro y/o solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 6 Documento
de transferencia por el que se efectúa la transferencia de la titularidad de
solicitudes y/o registros
Formulario N.º 7 Petición
de corrección de error(es) en registros y/o solicitudes de registro de marcas
Formulario N.º 8 Petición de renovación de un registro
Regla 1
Expresiones abreviadas
1) [«Tratado»;
«Artículo»]
a) En
el presente Reglamento, se entenderá por «Tratado» el Tratado sobre el Derecho
de Marcas.
b) En
el presente Reglamento, la palabra «Artículo» se refiere al Artículo
especificado del Tratado.
2) [Expresiones
abreviadas definidas en el Tratado] Las
expresiones abreviadas definidas en el Artículo 1 a los fines del Tratado
tendrán el mismo significado a los fines del Reglamento.
Regla 2
Forma de indicar los nombres y las direcciones
1) [Nombres]
a) Cuando
se haya de indicar el nombre de una persona, cualquier Parte Contratante podrá
exigir,
i) cuando
la persona sea una persona natural, que el nombre que habrá de indicarse será
el apellido y el nombre o nombres de esa persona, o que el nombre que habrá de
indicarse será, a elección de esa persona, el nombre o nombres habitualmente
utilizados por esa persona;
ii) cuando
la persona sea una persona jurídica, que el nombre que habrá de indicarse será
la designación oficial completa de la persona jurídica.
b) Cuando
se haya de indicar el nombre de un representante que sea una empresa o una
asociación, cualquier Parte Contratante aceptará como indicación del nombre la
indicación que la empresa o la asociación utilicen habitualmente.
2) [Direcciones]
a) Cuando
se haya de indicar la dirección de una persona, cualquier Parte Contratante
podrá exigir que la dirección se indique de tal manera que satisfaga las
exigencias habituales para la rápida distribución postal a la dirección
indicada y, en todo caso, esté compuesta por todas las unidades administrativas
pertinentes incluyendo el número de casa o edificio, si lo hubiera.
b) Cuando
una comunicación a la Oficina de una Parte Contratante esté dirigida a nombre
de dos o más personas con direcciones diferentes, esa Parte Contratante podrá
exigir que tal comunicación indique una dirección única como dirección para la
correspondencia.
c) La
indicación de una dirección podrá contener un número de teléfono y un número de
telefacsímile y, a los fines de la correspondencia, una dirección diferente de
la dirección indicada en virtud del apartado a).
d) Los
apartados a) y c) se aplicarán, mutatis mutandis, a los domicilios
legales.
3) [Grafía
que se ha de utilizar] Cualquier
Parte Contratante podrá exigir que cualquiera de las indicaciones mencionadas en
los párrafos 1) y 2) se comunique en la grafía utilizada por la Oficina.
Regla 3
1) [Caracteres
estándar] Cuando, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3.1) a) ix), la solicitud contenga una
declaración en el sentido de que el solicitante desea que se registre y se
publique la marca en los caracteres estándar utilizados por la Oficina de la
Parte Contratante, la Oficina registrará y publicará esa marca en tales
caracteres estándar.
2) [Número
de reproducciones]
a) Cuando
la solicitud no contenga una declaración en el sentido de que el solicitante
desea reivindicar el color como característica distintiva de la marca, una
Parte Contratante no podrá exigir más de
i) cinco
reproducciones de la marca en blanco y negro cuando la solicitud no pueda
contener, en virtud de la legislación de esa Parte Contratante, o no contenga
una declaración en el sentido de que el solicitante desea que la marca se
registre y se publique en los caracteres estándar utilizados por la Oficina de
dicha Parte Contratante;
ii) una
reproducción de la marca en blanco y negro cuando la solicitud contenga una
declaración en el sentido de que el solicitante desea que la marca se registre
y se publique en los caracteres estándar utilizados por la Oficina de dicha
Parte Contratante.
b) Cuando
la solicitud contenga una declaración en el sentido de que el solicitante desea
reivindicar el color como característica distintiva de la marca, una Parte
Contratante no podrá exigir más de cinco reproducciones de la marca en blanco y
negro y cinco reproducciones de la marca en color.
3) [Reproducción
de una marca tridimensional]
a) Cuando,
en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3.1) a) xi), la solicitud contenga
una declaración en el sentido de que la marca es una marca tridimensional, la
reproducción de la marca consistirá en una reproducción gráfica o fotográfica
bidimensional.
b) La
reproducción proporcionada en virtud de lo dispuesto en el apartado a), a
elección del solicitante, podrá consistir en una vista única de la marca o en
varias vistas diferentes de la marca.
c) Cuando
la Oficina considere que la reproducción de la marca proporcionada por el
solicitante en virtud de lo dispuesto en el apartado a) no muestra
suficientemente los detalles de la marca tridimensional, podrá invitar al
solicitante a proporcionar, dentro de un plazo razonable fijado en la
invitación, hasta seis vistas diferentes de la marca y/o una descripción de esa
marca mediante palabras.
d) Cuando
la Oficina considere que las diferentes vistas y/o la descripción mencionada en
el apartado c) continúan siendo insuficientes para mostrar los detalles de la
marca tridimensional, podrá invitar al solicitante a proporcionar, dentro de un
plazo razonable fijado en la invitación, un espécimen de la marca.
e) El
párrafo 2) a) i) y b) será aplicable mutatis mutandis.
4) [Transliteración
de la marca] A los
fines de lo dispuesto en el Artículo 3.1) a) xiii), cuando la marca esté
compuesta o contenga elementos en una grafía distinta de la utilizada por la
Oficina o números expresados en cifras distintas de las utilizadas por la
Oficina, se podrá exigir una transliteración de tal elemento a la grafía y
numeración utilizadas por la Oficina.
5) [Traducción
de la marca] A los
fines de lo dispuesto en el Artículo 3.1) a) xiv), cuando la marca consista o
contenga una palabra o palabras en un idioma distinto del idioma o de uno de
los idiomas admitidos por la Oficina, se podrá exigir una traducción de esa
palabra o palabras a ese idioma o a uno de esos idiomas.
6) [Plazo
para proporcionar prueba del uso real de la marca] El plazo mencionado en el Artículo
3.6) no será inferior a seis meses calculados desde la fecha asignada a la
solicitud por la Oficina de la Parte Contratante en la que se haya presentado
esa solicitud. El solicitante o el
titular tendrá derecho a una prórroga de ese plazo, con sujeción a las
condiciones previstas por la legislación de esa Parte Contratante, por períodos
de seis meses cada uno, por lo menos, hasta una prórroga total de dos años y
medio, por lo menos.
Detalles relativos a la representación
El plazo
mencionado en el Artículo 4.3) d) se calculará a partir de la fecha de
recepción de la comunicación referida en ese Artículo por la Oficina de la
Parte Contratante interesada y no será inferior a un mes cuando la dirección de
la persona en cuyo nombre se hace la comunicación se encuentre en el territorio
de esa Parte Contratante, ni inferior a dos meses cuando tal dirección se
encuentre fuera del territorio de esa Parte Contratante.
Regla 5
Detalles relativos a la fecha de presentación
1) [Procedimiento
en caso de incumplimiento de los requisitos] Si, en el momento de su recepción por la Oficina,
la solicitud no cumple con cualquiera de los requisitos aplicables del Artículo
5.1) a) o 2) a), la Oficina invitará rápidamente al solicitante a que cumpla
con tales requisitos dentro de un plazo indicado en la invitación, el cual será
de un mes, por lo menos, a partir de la fecha de la invitación cuando la
dirección del solicitante se encuentre en el territorio de la Parte Contratante
en cuestión y de dos meses, por lo menos, cuando la dirección del solicitante
se encuentre fuera del territorio de la Parte Contratante en cuestión. El cumplimiento de la invitación podrá estar
sujeto al pago de una tasa especial. Aun
cuando la Oficina omita enviar la mencionada invitación, dichos requisitos no
se verán afectados.
2) [Fecha
de presentación en caso de corrección]
Si, dentro del plazo indicado en la invitación, el solicitante cumple
con la invitación mencionada en el párrafo 1) y paga cualquier tasa especial
exigida, la fecha de presentación será la fecha en la que la Oficina reciba
todas las indicaciones y elementos necesarios mencionados en el Artículo 5.1)
a) y, cuando sea aplicable, si ha sido pagada a la Oficina la tasa requerida
mencionada en el Artículo 5.2) a). En
caso contrario, se considerará no presentada la solicitud.
3) [Fecha
de recepción] Cada Parte
Contratante tendrá libertad para determinar las circunstancias en las que la
recepción de un documento o el pago de una tasa se considerará que constituye
la recepción o el pago en la Oficina en los casos en que el documento haya sido
efectivamente recibido por o el pago haya sido efectivamente hecho a
i) una
agencia o sucursal de esa Oficina,
ii) una
Oficina nacional en nombre de la Oficina de la Parte Contratante, cuando la
Parte Contratante sea una organización intergubernamental mencionada en el
Artículo 29.1) ii),
iii) un
servicio postal oficial,
iv) un
servicio de distribución distinto de un servicio postal oficial, especificado
por la Parte Contratante.
4) [Utilización
de telefacsímile] Cuando una
Parte Contratante permita la presentación de una solicitud mediante
telefacsímile, y la solicitud sea presentada mediante telefacsímile, la fecha
de recepción del telefacsímile por la Oficina de esa Parte Contratante
constituirá la fecha de recepción de la solicitud; ello no obstante, dicha
Parte Contratante podrá exigir que el original de tal solicitud llegue a la
Oficina dentro de un plazo que será de un mes por lo menos a partir del día en
que el telefacsímile fue recibido por dicha Oficina.
Regla 6
Detalles relativos a la firma
1) [Personas
jurídicas] Cuando una
comunicación sea firmada en nombre de una persona jurídica, cualquier Parte
Contratante podrá exigir que la firma o el sello de la persona natural que
firme o cuyo sello se utilice vaya acompañado de una indicación en letras del
apellido y del nombre o nombres de esa persona o, a elección de dicha persona,
del nombre o nombres habitualmente utilizados por esa persona.
2) [Comunicación
mediante telefacsímile] El plazo
mencionado en el Artículo 8.2) b) no será inferior a un mes a partir de la
fecha de recepción de una transmisión por telefacsímile.
3) [Fecha] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que
una firma o un sello sea acompañado de una indicación de la fecha en que se
efectuó la firma o el sello. Cuando se
exija esa indicación pero no se facilite, la fecha en la que la firma o el
sello se considera estampado será la fecha en la que la comunicación que
contenga la firma o el sello fue recibida por la Oficina o, si la Parte
Contratante lo permite, una fecha anterior a esa última fecha.
Regla 7
Forma de identificación de una solicitud sin su número de solicitud
1) [Forma
de identificación] Cuando se
requiera que una solicitud sea identificada mediante su número de solicitud,
pero cuando dicho número no haya sido otorgado todavía, o el solicitante o su
representante no lo conozcan, se considerará identificada esa solicitud si se
proporciona lo siguiente:
i) el
número provisional de solicitud, en su caso, asignado por la Oficina, o
ii) una
copia de la solicitud, o
iii) una
reproducción de la marca, junto con la indicación de la fecha en la que, a
conocimiento del solicitante o del representante, la solicitud fue recibida por
la Oficina y un número de identificación asignado a la solicitud por el
solicitante o el representante.
2) [Prohibición
de otros requisitos] Ninguna
Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos distintos de los
referidos en el párrafo 1) con el fin de identificar una solicitud cuando su
número de solicitud no haya sido asignado todavía, o el solicitante o su
representante no lo conozcan.
Regla 8
Detalles relativos a la duración y a la renovación
A los
fines de lo dispuesto en el Artículo 13.1) c), el período durante el que podrá presentarse
la petición de renovación y podrá pagarse la tasa de renovación comenzará por
lo menos seis meses antes de la fecha en la que debe efectuarse la renovación y
terminará, por lo menos, seis meses después de esa fecha. Si se presenta la petición de renovación y/o
se pagan las tasas de renovación después de la fecha en la que debe efectuarse
la renovación, cualquier Parte Contratante podrá supeditar la renovación al
pago de un recargo.
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 1
SOLICITUD DE REGISTRO DE UNA MARCA
presentada
en la Oficina de......
|
Para uso
de la Oficina únicamente |
|
Número
de referencia del solicitante:* . . . . . . . . . . Número de
referencia del representante:* . . .
. . . . . |
_________________________________________________________________
1. Petición
de registro
Por la
presente se solicita el registro de la marca reproducida en la presente
solicitud.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
2. Solicitante
(s)
2.1 Si el solicitante es una personal natural
a) su
(s) apellido (s):*
b) su
(s) nombre (s):*
2.2 Si el solicitante es una persona jurídica,
la designación oficial completa de la entidad:
2.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
2.4 Estado de nacionalidad de la persona:
Estado de residencia de la
persona:
Estado de establecimiento de la
persona:**
2.5 Cuando el solicitante sea una persona jurídica, indíquese:
- la naturaleza jurídica de la persona
jurídica:
- el Estado y, cuando sea
aplicable, la unidad territorial dentro de ese Estado en virtud de cuya
legislación se haya organizado la persona jurídica:
2.6 Márquese este recuadro si hay
más de un solicitante; en caso afirmativo, relaciónese en una hoja adicional e
indíquese, respecto de cada uno, los datos de los puntos 2.1 ó 2.2, 2.3, 2.4 y
2.5.***
_________________________________________________________________
3. Representante
3.1 El solicitante no está
representado.
3.2 El solicitante está representado.
3.2.1 Identificación del representante
3.2.1.1 Nombre (s) y apellido (s):
3.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
3.2.2 El poder ya obra en posesión de la Oficina.
Número de
serie: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .*
3.2.3 Se adjunta el poder.
3.2.4 El poder se entregará en una
fecha posterior.
3.2.5 No es necesario un poder.
_________________________________________________________________
4. Domicilio
legal**
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
5. Reivindicación
de prioridad
El solicitante
reivindica la prioridad siguiente:
5.1 País(Oficina) de primera presentación*:
5.2 Fecha de primera presentación:
5.3 Número de solicitud de la primera presentación (si está
disponible):
5.4 La copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica**
5.4.1 se adjunta.
![]()
5.4.2 se aportará dentro de los tres meses siguientes a la
fecha de presentación de la presente solicitud.
5.5 La traducción de la copia certificada
![]()
5.5.1 se adjunta.
5.5.2 se aportará dentro de los tres
meses siguientes a la fecha de presentación de la presente solicitud.
![]()
5.6 Márquese este recuadro si se
reivindica la prioridad de más de una presentación; en este caso, relaciónense
en una hoja adicional e indíquese, respecto de cada una de ellas, la información
mencionada en los puntos 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y 5.5 y los productos y/o servicios
mencionados en cada una de ellas.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
6. Registro
en el país (la Oficina) de origen*
![]()
El (los)
certificado (s) de registro en el país (la Oficina) de origen figura (n)
adjunto (s).
_________________________________________________________________
7. Protección
resultante de la exhibición en una exposición
Márquese
este recuadro si el solicitante desea beneficiarse de cualquier protección
resultante de la exhibición de productos y/o servicios en una exposición. En
este caso, facilítense los detalles en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
8. Reproducción
de la marca
(8 cm x 8
cm)

_________________________________________________________________
8.1 El solicitante desea
que la Oficina registre y publique la marca en los caracteres estándar
utilizados por ésta.*
8.2 Se reivindica el color como
característica distintiva de la marca
8.2.1 Nombre(s) del (de los) color(es)
reivindicado (s):
8.2.2 Partes principales de la marca que figuran en ese (esos) color
(es):
8.3 La marca es tridimensional.
![]()
Se
adjuntan …** vistas diferentes de la
marca.
8.4 Se adjunta (n) . . . *** reproducción (es) de la marca en
blanco y negro.
8.5 Se adjunta (n) . . . ***
reproducción (es) de la marca en color.
_________________________________________________________________
9. Transliteración
de la marca
La marca o
parte de la marca ha sido transliterada en la siguiente forma:
_________________________________________________________________
10. Traducción
de la marca
La marca o
parte de la marca ha sido traducida en la siguiente forma:
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
11. Productos
y/o servicios
Nombres de
los productos y/o servicios:*
Márquese
este recuadro si el espacio anterior no es suficiente; en tal caso, indíquense
los nombres de los productos y/o servicios en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
12. Declaración
relativa a la intención de uso o al uso real; prueba del uso real
![]()
12.1 Márquese este recuadro si se adjunta una
declaración.
12.2 Márquese este recuadro si se
adjuntan una prueba del uso real.
_________________________________________________________________
13. Requisitos
relativos a los idiomas
Márquese
este recuadro si se adjunta un anexo para satisfacer cualquier requisito lingüístico
aplicable respecto de la Oficina.**
_________________________________________________________________
14. Firma
o sello
14.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
14.2 Márquese el recuadro adecuado, según
corresponda, si se firma o se utiliza el sello por o en nombre del
![]()
14.2.1 solicitante.
14.2.2 representante.
14.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
14.4 Firma o sello:
_________________________________________________________________
15. Tasa
(s)
15.1 Moneda e importe(s) de la(s) tasa(s)
pagada(s) en relación con la presente solicitud:
15.2 Método de pago:
_________________________________________________________________
16. Hojas
adicionales y anexos
Márquese este
recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos, e indíquese el número
total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO Nº 2
PODER
para
procedimientos ante la Oficina de.......
|
Para uso
de la Oficina únicamente |
|
Número
de referencia de la persona que
efectúa el nombramiento:* ..................... |
_________________________________________________________________
1. Nombramiento
El abajo firmante nombra como su
representante a la persona que se identifica en el punto 3, infra.
_________________________________________________________________
2. Nombre
de la persona que efectúa el nombramiento**
_________________________________________________________________
3. Representante
3.1 Nombre (s) y apellido (s):
3.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
_________________________________________________________________
4. Solicitud
(es) y/o registro (s) en cuestión
Este poder concierne:
4.1 a todas las solicitudes y/o registros
actuales y futuros de la persona que efectúe el nombramiento, con sujeción a
cualquier excepción indicada en una hoja adicional.
4.2 a la (s) siguiente (s)
solicitud (es) y/o registro(s):
4.2.1 a la (s) solicitud (es) relativa (s) a la
(s) siguiente (s) marca (s):*
4.2.2 a la(s) solicitud(es) con el(los)
siguiente(s) número(s)** de
solicitud, así como a cualquier(cualesquiera) registro(s) resultante (s) de la
(s) misma (s):
4.2.3 al (a los) registro (s) con el (los) siguiente
(s) número (s) de registro:
4.2.4 Si no fuera
suficiente el espacio disponible en 4.2.1, 4.2.2 ó 4.2.3 márquese este recuadro
y proporciónese la información en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
5. Alcance
del poder
5.1 Márquese este recuadro si el
representante está facultado para actuar como representante para todos los
fines, incluso, cuando la persona que efectúe el nombramiento sea un
solicitante o un titular, para los siguientes fines:
![]()
5.1.1 el retiro de la (s) solicitud
(es).
![]()
5.1.2 la renuncia del (de los) registro
(s).
![]()
5.2 Márquese este recuadro si el
representante no está facultado para actuar como representante para todos los
fines e indíquense aquí o en una hoja adicional los fines excluidos de los
poderes del representante:
_________________________________________________________________
6. Firma
o sello
6.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
6.2 Fecha de la firma o del estampado del sello:
6.3 Firma o sello:
_________________________________________________________________
7. Hojas
adicionales y anexos
Márquese
este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos, e indíquese el
número total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO Nº 3
PETICION
DE INSCRIPCION DE CAMBIO(S)
EN EL (LOS)
NOMBRE (S) O DIRECCIÓN (ES)
respecto
de registro (s)
y/o
solicitud (es) de registro de marca (s)
presentada
en la Oficina de . . . . . . . . .
|
Para uso
de la oficina únicamente |
|
Número
de referencia del titular y/o
solicitante: ……... Número
de referencia del representante:* …....... |
_________________________________________________________________
1. Petición
de inscripción
Por la presente se pide la inscripción
del (de los) cambio (s) indicado (s) en la presente petición.
_________________________________________________________________
2. Registro
(s) y/o solicitud (es) en cuestión
La presente petición concierne al
(a los) siguiente (s) registro (s) o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si el espacio disponible bajo
2.1 ó 2.2 no es suficiente, márquese este recuadro y proporciónese la
información en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
3. Titular
(es) y/o solicitante (es)
3.1 Si el titular y/o el solicitante es una
persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular y/o solicitante es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Números de teléfono: (con el prefijo) |
Números de telefacsímile: (con el prefijo) |
![]()
3.4 Márquese este recuadro si existe
más de un titular y/o solicitante; en ese caso, relaciónese a éstos en una hoja
adicional e indíquense, respecto de cada uno, los datos referidos en los puntos
3.1 ó 3.2 u 3.3.
_________________________________________________________________
4. Representante
4.1 Nombre y apellido:
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Números de teléfono: (con el prefijo) |
Números de telefacsímile: (con el prefijo) |
4.3 Número de serie del poder:**
_________________________________________________________________
5. Domicilio
legal
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
6. Indicación
del (de los) cambio(s)
6.1 Datos que han de cambiarse*
Datos
después del cambio:*
6.2 Márquese este recuadro si el
espacio anterior es insuficiente; en tal caso, indíquense en un hoja adicional
los datos que han de cambiarse, así como los datos después del cambio.
_________________________________________________________________
7. Firma
o sello
7.1 Nombre de la persona natural que firme o cuyo sello se
utilice:
7.2 Márquese el recuadro adecuado, según
corresponda, si se firma o se utiliza el sello por o en nombre del
7.2.1 titular y/o solicitante.
![]()
7.2.2 representante.
7.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
7.4 Firma o sello:
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
8. Tasa
8.1 Moneda e importe de la tasa pagada en
relación con la presente petición de inscripción de cambio (s):
8.2 Método de pago:
_________________________________________________________________
9. Hojas
adicionales y anexos
Márquese
este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos, e indíquese el
número total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO N.º 4
PETICION
DE INSCRIPCION DE
UN CAMBIO
EN LA TITULARIDAD
respecto
de registro
y/o
solicitud de registro de marcas
presentada
en la Oficina de . . . . .
|
Para uso
de la Oficina únicamente |
|
Número
de referencia del titular y/o solicitante:*
....……... Número
de referencia del representante:* ……...... |
_________________________________________________________________
1. Petición
de inscripción
Por la presente se pide la
inscripción del cambio en la titularidad indicado en la presente petición.
_________________________________________________________________
2. Registro
(s) y/o solicitud (es) en cuestión
La presente petición concierne al
(a los) siguientes (s) registro (s) y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si el espacio disponible bajo
2.1 ó 2.2 no es suficiente, márquese este recuadro y proporciónese la
información en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
3. Productos
y/o servicios afectados por el cambio
3.1 Márquese este recuadro si están
afectados por el cambio todos los productos y/o servicios relacionados en la(s)
solicitud (es) y/o el (los) registro (s) mencionados en el punto 2.
![]()
3.2 Márquese este recuadro si el
punto 2 menciona sólo una solicitud o registro, y si sólo algunos de los
productos y/o servicios relacionados en esa solicitud o registro están
afectados por el cambio, e indíquense los productos y/o servicios que deben
aparecer en la solicitud o registro del nuevo titular (en cuyo caso los
productos y/o servicios no indicados se mantendrán en la solicitud o registro
del solicitante o titular):
![]()
3.3 Márquese este recuadro cuando
el punto 2 mencione más de una solicitud o registro y si respecto de uno de
ellos por lo menos el cambio no afecta a la totalidad de los productos y/o
servicios relacionados. En este caso,
indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de cada solicitud y/o
registro, si el cambio afecta a todos los productos y/o servicios o sólo a
algunos de ellos. Respecto de cualquier
solicitud o registro en que sólo estén afectados por el cambio algunos de los
productos y/o servicios, háganse las indicaciones en la forma indicada en el
punto 3.2.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
4. Bases
para el cambio en la titularidad
4.1 El cambio en la titularidad
resulta de un contrato.
Se adjunta
uno de los siguientes documentos:
4.1.1 una copia del
contrato certificada conforme con el original.
4.1.2 un extracto del contrato
certificado auténtico.
4.1.3 un certificado de transferencia.
4.1.4 un documento de transferencia.
4.2 El cambio en la titularidad
resulta de una fusión.
Se adjunta una copia, certificada
conforme con el original, del siguiente documento que prueba la fusión:
4.2.1 un extracto del registro del
comercio.
4.2.2 otro documento
procedente de la autoridad competente.
4.3 El cambio de la titularidad no
resulta de un contrato ni de una fusión.
4.3.1 Se adjunta una copia,
certificada conforme con el original, de un documento que prueba el cambio.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
5. Titular
(es) y/o solicitante (s)
5.1 Si el titular y/o el solicitante es una
persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
5.2 Si el titular y/o solicitante es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número(s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número(s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
5.4 Márquese este recuadro si hay
más de un titular y/o solicitante afectado por el cambio; en tal caso, relaciónense
en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos
mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y 5.3.
![]()
5.5 Márquese este recuadro si el
titular y/o el solicitante, o uno de los titulares y/o solicitantes han
cambiado los nombres y/o direcciones sin pedir la inscripción de ese cambio, y
adjúntese un documento que pruebe que la persona que ha transferido la
titularidad y el titular y/o solicitante son la misma persona.
_________________________________________________________________
6. Representante
del titular y/o solicitante
6.1 Nombre y apellido:
6.2 Dirección (incluido el código postal y el
país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
6.3 Número de serie del poder:**
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
7. Domicilio
legal del titular y/o solicitante
_________________________________________________________________
8. Nuevo(s)
titular(es)
8.1 Si el nuevo titular es una persona
natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
8.2 Si el nuevo titular es una persona
jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
8.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
8.4 Estado de nacionalidad de la persona:
Estado de
residencia de la persona:
Estado de establecimiento
de la persona:**
8.5 Cuando el nuevo propietario sea una
persona jurídica, indíquese
- la naturaleza jurídica de la persona
jurídica:
- el Estado y, cuando
proceda, la unidad territorial dentro de ese Estado, en virtud de cuya
legislación se haya organizado la persona jurídica:
![]()
8.6 Márquese este
recuadro si hay más de un nuevo titular; en tal caso, relaciónense en una hoja
adicional e indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en
los puntos 8.1 ó 8.2, 8.3, 8.4 y 8.5.***
_________________________________________________________________
9. Representante
del nuevo titular
9.1 El nuevo titular no está
representado.
9.2 El nuevo titular está
representado.
9.2.1 Identificación del representante
9.2.1.1 Nombre (s) y apellido (s):
9.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el
país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
9.2.2 El poder ya obra en posesión
de la Oficina. Número de serie: …………………. *
9.2.3 Se adjunta el poder.
9.2.4 El poder se entregará en una
fecha posterior.
![]()
9.2.5 No es necesario un poder.
_________________________________________________________________
10. Domicilio
legal del nuevo titular**
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
11. Firma
y sello
11.1 Nombre o de la persona natural que firma o cuyo sello se
utiliza:
11.2 Márquese el recuadro adecuado, según
corresponda, si se firma o se utiliza el sello por o en nombre del
11.2.1 titular y/o solicitante.
11.2.2 nuevo titular.
![]()
11.2.3 representante.
11.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
11.4 Firma o sello:
_________________________________________________________________
12. Tasa
12.1 Moneda e importe de la tasa pagada en
relación con la presente petición de inscripción de un cambio en la
titularidad:
12.2 Método de pago:
_________________________________________________________________
13. Hojas
adicionales y anexos
Márquese
este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos, e indíquese el
número total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO N.º 5
CERTIFICADO
DE TRANSFERENCIA
respecto
de registros
y/o
solicitudes de registro de marcas
presentado
en la Oficina de . . . . . .
|
Para uso
de la oficina únicamente |
_________________________________________________________________
1. Certificación
El (los) cedente (s) y el (los)
cesionario (s) abajo firmantes certifican que la titularidad del (de los) registro
(s) y/o de la (s) solicitud (es) identificado (s) a continuación ha sido
transferida por contrato.
_________________________________________________________________
2. Registro
(s) y/o solicitud (es) en cuestión
El presente certificado concierne
la transferencia del (de los) siguiente (s) registro (s) y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:*
![]()
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó
2.2 no son suficientes, márquese este recuadro y proporciónese la información
en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
3. Productos
y/o servicios afectados por la transferencia
![]()
3.1 Márquese este recuadro si han
sido afectados por la transferencia todos los productos y/o servicios
relacionados en la (s) solicitud (es) y/o el (los) registro (s) mencionados en
el punto 2.
3.2 Márquese este recuadro si el punto
2 menciona sólo una solicitud o registro, y si sólo algunos de los productos
y/o servicios relacionados en esa solicitud o registro han sido afectados por
la transferencia, e indíquense los productos y/o servicios que han sido
afectados por la transferencia:
3.3 Márquese este recuadro cuando
el punto 2 mencione más de una solicitud o registro y si respecto de uno de
ellos por lo menos la transferencia no ha afectado a la totalidad de los
productos y/o servicios relacionados. En
este caso, indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de cada
solicitud y/o registro, si la transferencia afecta a todos los productos y/o
servicios o sólo a algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud o registro
en que sólo hayan sido afectados por la transferencia algunos de los productos
y/o servicios, háganse las indicaciones en la forma indicada en el punto 3.2.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
4. Cedente
(s)
4.1 Si el cedente es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s):*
4.2 Si el cedente es una persona jurídica, la
designación oficial completa de la entidad:
4.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
4.4 Márquese este recuadro si hay
más de un cedente; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos
4.1 o 4.2 y 4.3.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
5. Cesionario
(s)
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
(a) su (s) apellido (s):*
(b) su (s) nombre (s): *
5.2 Si el cesionario es una persona jurídica,
la designación oficial completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímile: (con el prefijo) |
5.4 Márquese este recuadro si hay
más de un cesionario; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos
5.1 ó 5.2 y 5.3.
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
6. Firmas
o sellos
6.1 Firma (s) o sello (s) del (de los) cedente (s).
6.1.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona
(s) natural (es) que firma(n) o cuyo (s) sello (s) se utiliza (n):
6.1.2 Fecha de la (s) firma (s) o del estampado
del (de los) sello(s):
6.1.3 Firma(s) o sello(s):
6.2 Firma (s) o sello (s) del (de los) cesionario (s).
6.2.1 Nombre (s) y apellido (s) de la (s) persona
(s) natural (es) que firma (n) o cuyo sello (s) se utiliza (n):
6.2.2 Fecha de la (s) firma (s) o del estampado
del (de los) sello (s):
6.2.3 Firma (s) o sello (s):
_________________________________________________________________
7. Hojas
adicionales y anexos
Márquese
este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos, e indíquese el
número total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO Nº 6
DOCUMENTO
DE TRANSFERENCIA
respecto
de registro (s)
y/o
solicitud(es) de registro de marcas
presentado
en la Oficina de .......
|
Para uso
de la oficina únicamente |
_________________________________________________________________
1. Declaración de transferencia
El (los)
cedente (s) abajo firmante (s) transfieren (n) al (a los) cesionario (s) abajo
firmante (s) la titularidad del (de los) registro (s) y/o de la (s) solicitud
(es) que se identifica (n) a continuación.
_________________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud(es) en cuestión
El
presente documento concierne la transferencia del(de los) siguiente(s) registro
(s) y/o solicitud (es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:*
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó
2.2 no son suficientes, márquese este recuadro y proporciónese la información
en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
3. Productos y/o servicios afectados por la
transferencia
3.1 Márquese este recuadro si
están afectados por la transferencia todos los productos y/o servicios
relacionados en la (s) solicitud(es) y/o el (los) registro (s) mencionados en
el punto 2.
3.2 Márquese este recuadro si el
punto 2 menciona sólo una solicitud o registro, y si sólo algunos de los
productos y/o servicios relacionados en esa solicitud o registro están
afectados por la transferencia, e indíquense los productos y/o servicios que
están afectados por la transferencia:
3.3 Márquese este recuadro cuando
el punto 2 mencione más de una solicitud o registro y si respecto de uno de
ellos por lo menos la transferencia no afecta a la totalidad de los productos
y/o servicios relacionados. En este
caso, indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de cada solicitud
y/o registro, si la transferencia afecta a todos los productos y/o servicios o
sólo a algunos de ellos. Respecto de
cualquier solicitud y/o registro en que sólo estén afectados por la
transferencia algunos de los productos y/o servicios, hágase la indicación en
la forma indicada en el punto 3.2.
_________________________________________________________________
4. Cedente (s)
4.1 Si el cedente es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
4.2 Si el cedente es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
4.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: (con el prefijo) |
Número (s) de telefacsímil: |
4.4 Márquese este recuadro si hay
más de un cedente; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos
4.1 ó 4.2 y 4.3.
_________________________________________________________________
5. Cesionario (s)
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
5.2 Si el cesionario es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
5.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: |
Número (s) de telefacsímil: |
5.4 Márquese este recuadro si hay
más de un cesionario; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos
5.1 ó 5.2 y 5.3.
_________________________________________________________________
6. Indicaciones adicionales (véase el Anexo al presente Formulario (adjunto)
(el
suministro de cualquiera de estas indicaciones es facultativo a los fines de la
inscripción del cambio en la titularidad)
Márquese
este recuadro si se utiliza el Anexo.
_________________________________________________________________
7. Firmas o sellos
7.1 Firma
(s) o sello (s) del (de los) cedente (s).
7.1.1 Nombre (s) y apellido (s)
de la (s) persona (s) natural (es) que firma (n) o cuyo (s) se utiliza (n):
7.1.2 Fecha de la (s) firma (s)
o del estampado del (de los) sello (s):
7.1.3 Firma (s) o sello (s):
7.2 Firma (s) o sello (s) del (de los)
cesionario (s).
7.2.1 Nombre (s) y apellido (s)
de la (s) persona (s) natural(es) que firma (n) o cuyo(s) sello (s) se
utiliza(n):
7.2.2 Fecha de la(s) firma(s) o
del estampado del (de los) sello(s):
7.2.3 Firma(s) o sello(s):
_________________________________________________________________
8. Hojas adicionales, documentos y anexos
Márquese este
recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o documentos, e indíquese el número
total de dichas hojas y/o documentos:
Márquese
este recuadro si se adjunta un anexo e indíquense el número de páginas del
anexo y el número de hojas adicionales al mismo:
_________________________________________________________________
Anexo
al Formulario Nº 6
a
un documento de transferencia (punto 6)
A. Transferencia de activo intangible o
negocios
a) Márquese este recuadro
cuando se haga la transferencia con el activo intangible o los negocios
pertinentes respecto de todos los productos y/o servicios relacionados en la
(s) solicitud (es) y/o registro (s) mencionado (s) en el punto 2 del documento
de transferencia.
b) Márquese este recuadro
cuando el punto 2 del documento de transferencia mencione sólo una solicitud o
registro y si la transferencia se hace con el activo intangible o los negocios
pertinentes respecto de sólo algunos de los productos y/o servicios relacionados
en esa solicitud o registro, e indíquense los productos y/o servicios respecto
de los que se hace la transferencia con el activo intangible o los negocios
pertinentes:
c) Márquese este recuadro
cuando el punto 2 del documento de transferencia mencione más de una solicitud
o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos se hace la transferencia
con el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de menos de la
totalidad de los productos y/o servicios relacionados. En tal caso, indíquese en una hoja adicional,
separadamente respecto de cada solicitud y/o registro, se hace la transferencia
con el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de todos los
productos y/o servicios o sólo respecto de algunos de ellos. Por lo que se refiere
a cualquier solicitud o registro del que se hace la transferencia con el activo
intangible o los negocios pertinentes respecto de sólo algunos de los productos
y/o servicios, hágase la indicación en la forma especificada en el punto b).
_________________________________________________________________
B. Transferencia de derechos resultantes
del uso
Los
derechos, derivados del uso de la marca, se transfieren respecto de
a) todos los registros y/o
solicitudes.
b) sólo el(los) registro (s)
y/o la (s) solicitud (es) siguiente (s):
C. Transferencia del derecho de demanda
El
cesionario tendrá derecho a entablar demanda por infracciones anteriores.
D. Remuneración
a) La transferencia se efectúa
contra dinero recibido.
b) La transferencia se efectúa
contra dinero recibido y otros productos y valores.
c) El cedente reconoce haber
recibido la remuneración mencionada.
E. Fecha efectiva de la transferencia
a) La transferencia es efectiva
a partir de la fecha de la firma del presente documento de transferencia.
![]()
b) La transferencia es efectiva
a partir de la fecha siguiente:
....
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO Nº 7
PETICION
DE CORRECCION DE ERRORES
en
registro (s) y/o solicitud (es) de registro de marcas
presentada
en la Oficina de ........
|
Para uso
de la oficina únicamente |
|
Número de referencia del titular y/o solicitante:* Número de referencia del
representante:* :::::::::::: |
_________________________________________________________________
1. Petición de corrección
Por la
presente se pide (n) la (s) corrección (es) identificada (s) en la presente
petición.
_________________________________________________________________
2. Registro (s) y/o solicitud (es) en cuestión
La
presente petición concierne el (los) siguiente (s) registro (s) y/o solicitud
(es):
2.1 Número (s) de registro:
2.2 Número (s) de solicitud:**
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó
2.2 no son suficientes, márquese este recuadro y proporciónese la información
en una hoja adicional.
_________________________________________________________________
3. Titular (es) y/o solicitante (s)
3.1 Si el titular y/o solicitante es una
persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular y/o
solicitante es una persona jurídica, la designación oficial completa de la
entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: |
Número (s) de telefacsímil: |
3.4 Márquese este recuadro si hay
más de un titular y/o solicitante; en tal caso, relaciónense en una hoja
adicional e indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en
los puntos 3.1 ó 3.2 y 3.3.
_________________________________________________________________
4. Representante
4.1 Nombre (s) y apellido (s):
4.2 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: |
Número (s) de telefacsímil: |
4.3 Número de serie del poder:**
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
5. Domicilio legal
_________________________________________________________________
6. Indicación del (de los) error (es) y la (s)
corrección(es)
6.1 Datos que han de corregirse:
Datos después de la corrección:
6.2 Márquese este recuadro si el
espacio anterior es insuficiente; en tal caso, indíquense en una hoja adicional
los datos que han de corregirse, así como los datos después de la corrección.
_________________________________________________________________
7. Firma o sello
7.1 Nombre de la persona natural que firma o
cuyo sello se utiliza:
7.2 Márquese el recuadro
adecuado, según corresponda, si se firma o se utiliza el sello por o en nombre
del
7.2.1 titular y/o solicitante.
7.2.2 representante.
7.3 Fecha de la firma o del estampado del
sello:
7.4. Firma o sello:
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
8. Tasa
8.1 Moneda
e importe de la tasa pagada en relación con la presente petición de corrección:
8.2 Método de pago:
_________________________________________________________________
9. Hojas adicionales y anexos
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos e
indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_________________________________________________________________
FORMULARIO
INTERNACIONAL TIPO N.º 8
PETICION
DE RENOVACION DE UN REGISTRO
presentada
en la Oficina de .........
|
Para uso de la oficina
únicamente |
|
Número de referencia del
titular:* Número de referencia del
representante:* |
_____________________________________________________________
1. Indicación de que se pide una renovación
Por la presente se pide la renovación del
registro identificado en la presente petición.
_________________________________________________________________
2. Registro en cuestión
2.1 Número de registro:
2.2 Fecha
de presentación de la solicitud que dio lugar al registro:
Fecha de
registro:
_________________________________________________________________
3. Titular(es)
3.1 Si el titular es una persona natural,
a) su (s) apellido (s):*
b) su (s) nombre (s):*
3.2 Si el titular es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
3.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
|
Número (s) de teléfono: |
Número (s) de telefacsímile: |
3.4 Márquese este recuadro si hay
más de un titular; en caso afirmativo, relaciónense en una hoja adicional e
indíquese, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos
3.1 ó 3.2 y 3.3.
_________________________________________________________________
4. Representante del titular
4.1 Nombre (s) y apellido (s):
4.2 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
Número (s) de teléfono: Número
(s) de telefacsímil:
(con el prefijo) (con
el prefijo)
4.3 Número de serie del poder:*
_________________________________________________________________
5. Domicilio legal del titular
_________________________________________________________________
6. Productos y/o servicios*
6.1 Se pide la renovación para todos
los productos y/o servicios cubiertos por el registro.
6.2 Se pide la renovación
solamente para los siguientes productos y/o servicios cubiertos por el
registro:**
6.3 Se pide la renovación para
todos los productos y/o servicios cubiertos por el registro, excepto los
siguientes:***
6.4 Márquese este recuadro si el
espacio anterior es insuficiente y utilícese una hoja adicional.
_________________________________________________________________
7. Persona que no sea el titular o el representante del titular, que
presenta esta petición de renovación
Importante: Una persona que no
sea el titular o el representante del titular podrá presentar una petición de
renovación únicamente cuando la Parte Contratante así lo permita. En consecuencia, el presente punto no podrá
ser completado si la Parte Contratante cuya Oficina es la Oficina identificada
en la primera página de esta petición de renovación no permite que la petición
de renovación sea presentada por una persona que no sea el titular o el
representante del titular.
Márquese
este recuadro si esta petición de renovación es presentada por una persona que
no sea el titular o el representante del titular.
7.1 Si la persona es una persona natural
a) su (s) apellido (s):
b) su (s) nombre (s):
7.2 Si la persona es una
persona jurídica, la designación oficial completa de la entidad:
7.3 Dirección (incluidos el código postal y
el país):
Número (s) de teléfono: Número
(s) de telefacsímil:
(con el prefijo) (con
el prefijo)
_________________________________________________________________
8. Firma o sello
8.1 Nombre de la persona natural que firma o
cuyo sello se utiliza:
8.2 Márquese el recuadro
adecuado, según corresponda, si se firma o se utiliza el sello por o en nombre
del
8.2.1 titular.
8.2.2 representante del
titular.
8.2.3 la persona mencionada
en el punto 7.
8.3 Fecha de la firma o del estampado del
sello:
8.4 Firma o sello:
_________________________________________________________________
9. Tasa
9.1 Moneda
e importe de la tasa pagada en relación con la presente petición de renovación:
9.2 Método de pago:
_________________________________________________________________
10. Hojas adicionales
Márquese
este recuadro si se adjuntan hojas adicionales e indíquese el número total de
dichas hojas:”
_________________________________________________________________
Certifico que el texto que precede
es copia fiel del texto original en español del Tratado sobre el Derecho de
Marcas y del Reglamento del Tratado sobre el Derecho de Marcas, adoptados en
Ginebra el 27 de octubre de 1994.
Kamil
Idris
Director
General
Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual
29 de noviembre
de 2005
Jorge Arturo Aguilar Castillo
Jefe de la Oficina Asesora de Tratados
Dirección General de Política Exterior
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
CERTIFICA:
Que las anteriores ochenta y cuatro
fotocopias son fieles y exactas al texto original del “Tratado sobre el Derecho
de Marcas y su Reglamento”. Se extiende
la presente certificación, para los efectos legales correspondientes, en la
Oficina Asesora de Tratados - Dirección General de Política Exterior del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintitrés días del mes de
enero del año dos mil seis. --------------------------------------------
ARTÍCULO
NUEVO: Las disposiciones
contenidas en la Ley de Marcas y otros signos distintivos, Ley N.º 7978 del 6
de enero del 2006, no serán aplicables a los procedimientos cubiertos por el
Tratado, el cual será aplicable en forma directa en su lugar. (Moción 1-015 (1-41 bis) de la
diputada Vásquez Badilla)
Rige
a partir de su publicación.
G:Red/Ple/16144R-2-FIN
Miriam
Lee Miriam / confronta Laura
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante a la presente solicitud.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea los nombres y apellidos completos del solicitante o bien los nombres habitualmente utilizados por el solicitante.
*** Cuando se relacionen varios solicitantes en la hoja adicional con direcciones diferentes y no haya representante, deberá subrayarse en la hoja adicional la dirección a efectos de correspondencia.
* Debe dejarse en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el solicitante o el representante no conocen aún el número de serie.
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el título del punto 4 cuando el solicitante no tenga o, si hay más de un solicitante, cuando ninguno de los solicitantes tenga una residencia o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio de la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en la primera página de la presente solicitud, salvo cuando se indique un representante local en el punto 3.
* Cuando la solicitud cuya prioridad se reivindica haya sido presentada en una Oficina distinta de una Oficina nacional (p. ej., la OAPI, la Oficina de Marcas del Benelux y la Oficina para la Armonización del Mercado Interior (marcas y dibujos y modelos) se deberá indicar el nombre de esa Oficina en lugar del nombre del país. En caso contrario, no deberá indicarse el nombre de la Oficina sino el del país.
** Se entenderá por "copia certificada" una copia de la solicitud cuya prioridad se reivindica, certificada como copia fiel del original por la Oficina que hubiese recibido dicha solicitud.
* Debe rellenarse cuando el solicitante desea suministrar pruebas en virtud del Artículo 6quinquies A.1) del Convenio de París al presentar la solicitud.
* Tal deseo no puede expresarse respecto de marcas que contengan o consistan en elementos figurativos. Si, en opinión de la Oficina, contiene tales elementos, la Oficina ignorará el deseo del solicitante y registrará y publicará la marca tal como aparece en el recuadro.
** Si no se incluyen diferentes vistas de la marca en el recuadro previsto en el punto 8, pero sí se adjuntan, márquese este recuadro e indíquese el número de esas diferentes vistas.
* Cuando los
productos y/o servicios pertenezcan a más de una clase de la Clasificación de
Niza, deberán agruparse según las clases de esa Clasificación. Deberá indicarse
el número de cada clase, y los productos y/o servicios pertenecientes a la
misma clase deberán agruparse según la indicación del número de esa clase. Cada
grupo de productos o servicios debe presentarse en el orden de las clases de la
Clasificación de Niza. Cuando todos los productos o servicios pertenezcan a una
clase de la Clasificación de Niza, se deberá indicar el número de esa clase.
** Este recuadro no debe marcarse si la Oficina no admite más de un idioma.
* Puede
indicarse en este espacio el número de referencia asignado por la persona que
efectúa el nombramiento en este poder.
** Si la persona que efectúa el nombramiento es el solicitante (o uno de los solicitantes), el nombre y el apellido que se han de indicar son los de ese solicitante, como se indica en la (s) solicitud (es) a que se refiere este poder. Si esa persona es el titular (o uno de los titulares), el nombre y el apellido que se han de indicar son los de ese titular, tal como figuran en el registro de marcas. Si esa persona es una persona interesada distinta de un solicitante o de un titular, el nombre que se ha de indicar es el nombre completo de esa persona o el nombre habitualmente utilizado por esa persona.
* Complétese este punto si se presenta
el poder a la Oficina junto con la (s) solicitud (es).
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan otorgado un número de identificación a la solicitud.
* En este
espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el titular y/o
solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante a la
presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan asignado un número de identificación a la solicitud.
* El (los)
nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que
estaban indicados en la (s) solicitud (es) o los que están inscritos en el
(los) registro (s) a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o el solicitante o su representante no conocen aún el número de serie.
* Indíquese el (los) nombre (s) y apellido (s) y/o la (s) dirección (es) después del cambio.
* En este
espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el titular y/o
solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante a la
presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan otorgado un número de identificación a la solicitud.
* El (los)
nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que
estaban indicados en la (s) solicitud (es) o los que están inscritos en el
(los) registro (s) a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o el solicitante o el representante no conocen aún el número de serie.
* El (los)
nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea los
nombres y apellidos completos del nuevo titular, o bien los nombres
habitualmente utilizados por el nuevo titular.
** "Establecimiento" significa
un establecimiento industrial o comercial real y efectivo.
*** Cuando se relacionen varios nuevos titulares en la hoja adicional con diferentes direcciones y no haya representante, deberá subrayarse la dirección a efectos de correspondencia en la hoja adicional.
* Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el nuevo titular o el representante no conocen aún el número de serie.
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el título del punto 10 cuando el nuevo titular no tenga o, si hay más de un nuevo titular, cuando ninguno de los nuevos titulares tenga una residencia o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio de la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en la primera página de la presente petición, salvo cuando se indique un representante en el punto 9.
* Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado un número de identificación o la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la (s) solicitud (es) o están inscritos en el (los) registro( s) a que se refiere el presente certificado.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea el (los) nombre (s) y apellido (s) completos del cesionario, o bien los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.
* Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado un número de identificación o la solicitud.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la (s) solicitud (es), o están inscritos en el (los) registro (s), a que se refiere el presente documento.
* El (los) nombre (s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea el (los) nombre (s) y apellido(s) completos del cesionario, o bien los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante a la presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud, o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan otorgado un número de identificación a la solicitud.
* El (los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la (s) solicitud (es), o están inscritos en el registro, a que se refiere la presente petición.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o solicitante o el representante no conocen aún el número de serie.
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el titular y/o el número de referencia asignado por el representante a la presente petición de renovación.
* El (los) nombre(s) y apellido (s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que se han inscrito en el registro a que se refiere la presente petición.
* Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular o el representante no conocen aún el número de serie.
** La lista de los productos y/o servicios para los que se pide la renovación deberá presentarse tal como aparezca en el registro (agrupados con arreglo a las clases de la Clasificación de Niza, empezando por indicar el número de la clase pertinente y presentados en el orden de las clases de esa Clasificación, cuando los productos o servicios pertenezcan a más de una clase).
*** Los productos y/o servicios para los que no se pide la renovación, cuando pertenezcan a más de una clase de Clasificación de Niza, deberán agruparse con arreglo a las clases de dicha Clasificación, empezando por indicar el número de la clase pertinente y presentarse en el orden de las clases de dicha Clasificación.