PROYECTO DE LEY

 

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA

SOBRE COOPERACIÓN FINANCIERA

 

 

Expediente N 16.143

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

 

Dentro de su política de desarrollo sostenible, el estado costarricense ha impulsado una estrategia en donde el aumento de la productividad y la eficiencia se conviertan en el motor para el mejoramiento de la calidad de vida, y ese aumento en el bienestar social permita alcanzar niveles crecientes de productividad y eficiencia.  De igual forma, esta estrategia cuenta con consideraciones para el establecimiento de áreas prioritarias que incluyen: los riesgos actuales y potenciales sobre la salud humana y el bienestar de la población; el efecto sobre la base ecológica de la economía; los costos de oportunidad; los costos de ajuste implícitos; y los riesgos de irreversibilidad que pueden prevenirse en cada caso, por medio de medidas que permitan reflejar los costos ambientales en los costos de los bienes y servicios producidos a partir de la utilización de los recursos naturales.

 

No obstante y a pesar de tener claro la necesidad de producir con tecnologías y procesos ambientalmente sostenibles, la realidad es que el país aún no cuenta con los niveles de tecnificación de los procesos productivos de manera que sean amigables con el ambiente.

 

Esto es especialmente relevante, en tanto, la relación entre el medio ambiente y la competitividad de las empresas ha sido señalada por diversos autores, tales como Porter y Esty, y más evidente en el caso costarricense donde el 65% de nuestras exportaciones están dirigidas a los mercados de Europa, Estados Unidos y Japón, regiones donde los consumidores tienen niveles crecientes de exigencia ambiental.  La misma lógica es aplicable al medio local donde la conciencia ambiental exige una mayor responsabilidad empresarial frente al ambiente en sus procesos productivos.  Ante esta situación una forma de asegurar la posición competitiva del empresariado local es generando bienes y servicios de alto valor agregado, tomando en cuenta aspectos ambientales y sociales.

 

Por otra parte, de acuerdo con el estudio "Obstáculos al Desarrollo de las Pymes” realizado en el año 2000, por la Fundación para el Desarrollo Sostenible (Fundes), el universo empresarial en Costa Rica estaba constituido por 74.866 empresas, sin contar el cuentapropismo y la informalidad.  De estas empresas, un 78,3% lo constituyen microempresas, y el porcentaje se ampliaría considerablemente si se incluyera el cuentapropismo y la informalidad.  En el caso de las pequeñas y medianas representan el 19,9% del total.  Las empresas grandes (las que tienen más de 100 empleados) ascienden a 1.348 y representan el 1,8% del total.

 

En relación con el sector productivo, la actividad manufactura tiene mayor participación a medida que aumenta el tamaño de las empresas.  Así, el 19% y 17% de las medianas y pequeñas empresas se dedica a esta actividad, respectivamente; mientras que solo el 8% de las microempresas formales lo hacen.  El 60% y 69% de las medianas y pequeñas empresas se ubican en el sector de servicios y comercio.  Los servicios predominan en la mediana empresa, en las que representa el 25% del total, mientras que en las pequeñas los servicios alcanzan casi la misma proporción con el 24%, pero es superado por el comercio con el 32%.  También las PYMES prevalecen dentro del sector exportador ya que de las 1.744 empresas exportadoras, el 74% son PYMES.  La mayor parte de las exportaciones de este sector, realizadas en los últimos años, corresponden a los siguientes productos:  productos frescos (30%), textiles (12%), industria química (11%), plantas, flores y follajes (8%), eléctrica y electrónica (7%) y otros (32%).

 

Como reflejo de ello y la demanda de bienes producidos con tecnologías limpias, la participación comercial en el mundo globalizado requiere que las empresas estén preparadas para cumplir con los estándares de calidad internacionales, sin perder de vista el impacto ambiental que se genera.  En el estudio:  "Situación Ambiental de la Industria en Costa Rica" del año 1999 (financiado por la GTZ) se evaluaron diversos sectores productivos tomándose en consideración criterios de tipo ambiental, social y económico.  La metodología utilizada se basó en la evaluación de cada sector según los criterios anteriormente señalados. Estos criterios fueron ponderados para definir su peso relativo.

 

El más fuerte resultó ser el de impacto ambiental, el resto de los criterios tienen un peso semejante.  Los sectores productivos más contaminantes que se identificaron en dicho estudio:

 

1.         Industria manufacturera:  alimentos, bebidas y tabaco; textiles, cuero y calzado, madera; papel, imprentas y editoriales; químicos, plástico, caucho y farmacéuticos; concreto, cerámica y vidrio; metalmecánica, otros.

2.         Agroindustria:  banano, azúcar, café y otros.

3.         Turismo.

 

Dicho estudio concluye que los métodos de producción en la pequeña y mediana industria, son por lo general, fuertemente contaminantes y poco eficientes, y que los esfuerzos para la disminución de desechos y emisiones son muy pocos.  Ello se evidencia en los siguientes factores:

 


1.         Instalaciones de producción y métodos de gestión anticuados.

2.         Falta de información y sensibilización de las PYMES.

3.         Falta de vigilancia o fiscalización de parte de las autoridades.

4.         Falta de estímulos económicos y posibilidades de financiamiento.

5.         Insuficientes ofertas de asesoría para protección empresarial del medio ambiente.

6.         Poco personal calificado en gestión empresarial de medio ambiente, así como en la protección ambiental integrado en la producción.

 

Para tratar de paliar esta situación, a nivel normativo la Ley orgánica del ambiente en su artículo 113 dispuso la creación de una cartera crediticia ambiental, mediante la cual se autoriza al Sistema Bancario Nacional a financiar los costos de reducción de la contaminación de procesos productivos, mediante créditos a una tasa de interés preferencial.  No obstante, esta cartera no se ha desarrollado ya que no se han implementado los mecanismos idóneos para ello.

 

No se ha identificado que exista una oferta concreta y especializada al alcance de los empresarios de PYMES para el financiamiento de inversiones ambientales.  Los créditos que ofrecen los bancos, básicamente, son los tradicionales para la adquisición de activo fijo, complementados con crédito para capital de trabajo.  En otras palabras, los bancos no disponen de un producto financiero específico para atender la eventual demanda de crédito de las empresas para inversiones ambientales.

 

Por otra parte, existen mecanismos de incentivos para una producción más limpia como el señalado en el artículo 100 de la Ley de Biodiversidad, lo indicado en la Ley N.° 7447, sobre el uso racional de energía y a su propia filosofía de dar crédito a proyectos enmarcados en 'tecnologías limpias', junto a la reciente creación de la Dirección de Gestión de la Calidad Ambiental (Digeca), donde se autoriza al MINAE y demás autoridades públicas a aplicar incentivos específicos de carácter tributario y técnico-científico para las personas que contribuyan a alcanzar los objetivos de esa Ley.

 

Entre ellos se menciona la exoneración de todo tributo para equipos y materiales que el Reglamento de esta Ley defina como indispensables para el desarrollo, la investigación y la transferencia de tecnologías adecuadas para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.  Además, se señala la aplicación de instrumentos económicos y de mercado de gestión ambiental, que sirvan de marco para la sostenibilidad financiera del sistema nacional de gestión de calidad ambiental.

 

Dentro de este orden de ideas, se firma en San José, el 13 de octubre de 2005 el presente Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera.

 

Este convenio le permitirá al país contar con un préstamo por el equivalente a €15.000.000.00 de parte de la KfW, Francfort del Meno, en condiciones ventajosas para la creación de una "Línea de crédito ambiental para microempresas, pequeñas y medianas empresas".

 

El prestatario en este caso sería el Banco Nacional, quien utilizaría los recursos para dotar de fondos una línea de crédito acorde con los fines del convenio.  En este caso, el BNCR recibirá los fondos del KfW y actuará tanto como entidad de primer piso, dando créditos por medio de BN Desarrollo, como entidad de segundo piso, dotando de recursos a otros intermediarios financieros para que puedan otorgar créditos con el objetivo señalado en el convenio antes mencionado.  Del volumen de la línea de crédito al Banco Nacional de Costa Rica, este dedicará el 40% a otorgar créditos directos y el 60% restante a los otros bancos.

 

            Además como complemento del crédito, el Banco Nacional dispondría de un componente de "Fondo de Asistencia Técnica (FAT)", administrado por el Cegesti y el Centro Nacional de producción más limpia, el cual se utilizaría en asesorar empresas en la conveniencia de créditos ambientales, asesorar a los bancos en evaluación ambiental, así como cofinanciar estudios de factibilidad.

 

Con estos recursos se podría financiar, entre otras, las siguientes acciones:

 

1.         Introducción de tecnologías modernas que permitan el uso eficiente de las materias primas, reduciendo los desechos gaseosos generados.

2.         Equipos básicos para medir las emisiones atmosféricas de las empresas, para reducir o evitar la contaminación atmosférica.

3.         Introducción de modernas tecnologías de producción que permitan reducir significativamente la cantidad de emisiones, evitar y reducir la producción de desechos.

4.         Introducir el uso de insumos no contaminantes, reducción de uso de sustancias peligrosas o disminuir la peligrosidad de las sustancias utilizadas.

5.         Medidas para clasificar - reciclar - eliminar y reutilizar los desechos.

6.         Instalación de equipos de limpieza de fin de tubo.

7.         Equipos e instrumentos básicos para medir las emisiones líquidas que salen de las empresas.

8.         Reducción de consumos de aguas dentro del proceso de producción así como aguas residuales.

9.         Establecimiento de circuitos cerrados a fin de reducir el consumo de agua y la cantidad de desagües.

10.       Medidas para evitar el uso de sustancias peligrosas solubles en agua y la mezcla de agua limpia con agua sucia en el interior de la planta.

11.       La instalación, ampliación y modernización de plantas depuradoras planta móvil para tratamiento de agua residual.

12.       Inversiones para ahorrar combustibles fósiles.

13.       Cambio por combustibles menos contaminantes.

14.       Recuperación o reducción en la utilización de energía.

15.       Utilización de vertidos térmicos en la propia planta o planta vecina.

16.       Equipos que contribuyan a reducir sustancialmente la contaminación en el lugar trabajo.

17.       Medidas para mitigar el ruido en el lugar de trabajo.

 

En conclusión, el presente convenio permite elevar el nivel competitivo de las Mipymes nacionales, brindarles herramientas financieras que les permitan producir de una manera ambientalmente sostenible y con ello incrementar su competitividad y como resultado de ello, aumentar sus posibilidades de colocarse en mercados externos mediante las exportaciones.

 

En virtud de lo anterior, sometemos a conocimiento, y aprobación de la Asamblea Legislativa, el proyecto de ley adjunto relativo al Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera.

 

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

DECRETA:

 

 

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y

EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA

SOBRE COOPERACIÓN FINANCIERA

 

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.-       Apruébase, en cada una de sus partes, el Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera, suscrito en San José, el 13 de octubre de 2005, cuyo texto es el siguiente:


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“Convenio

 

 

entre

 

 

el Gobierno de la República de Costa Rica

 

 

y

 

 

 

el Gobierno de la República Federal de Alemania

 

 

 

sobre

 

 

 

Cooperación Financiera

 

 

 

 

2004

 


El Gobierno de la República de Costa Rica

 

y

 

el Gobierno de la República Federal de Alemania,

 

 

en el espíritu de las relaciones amistosas existentes entre la República de Costa Rica y la República Federal de Alemania,

 

deseando consolidar e intensificar estas relaciones amistosas por medio de una Cooperación Financiera entre ambas Partes,

 

conscientes de que el mantenimiento de estas relaciones constituye la base del presente Convenio,

 

con el propósito de contribuir al desarrollo social y económico en la República de Costa Rica,

 

con referencia a las conversaciones de trabajo germano-costarricenses mantenidas del 24 al 26 de febrero de 2004 en San José,

 

han convenido en lo siguiente:

 

Artículo 1

 

El Gobierno de la República Federal de Alemania otorgará al Gobierno de la República de Costa Rica o a otro prestatario que ambos Gobiernos designen de común acuerdo la posibilidad de obtener del KfW, Fráncfort del Meno, un préstamo en condiciones ventajosas concedido en el marco de la cooperación pública al desarrollo por un total de hasta 15.000.000,- EUR (en letras: quince millones de euros) para el proyecto "Línea de crédito ambiental para microempresas, pequeñas y medianas empresas", si dicho proyecto, después de examinado, resulta digno de apoyo y no varía la solvencia de la República de Costa Rica.

 

Artículo 2

 

El empleo de la suma mencionada en el Artículo 1, las condiciones de su concesión y el procedimiento de adjudicación de encargos se fijarán en el contrato que habrá de concertarse entre el KfW y el receptor del préstamo, contrato que estará sujeto a las disposiciones legales vigentes en la República Federal de Alemania.

 


Artículo 3

 

El Gobierno de la República de Costa Rica eximirá al KfW de todos los impuestos y demás gravámenes públicos que se devenguen en la República de Costa Rica en relación con la concertación y ejecución del contrato mencionado en el Artículo 2, párrafo 1.

 

Artículo 4

 

Respecto a los transportes marítimos y aéreos de personas y mercancías resultantes de la concesión del préstamo, el Gobierno de la República de Costa Rica permitirá a los pasajeros y proveedores elegir libremente entre las empresas de transporte, no adoptará medidas que excluyan o dificulten la participación con igualdad de derechos de las empresas de transporte con sede en la República Federal de Alemania, y otorgará en su caso las autorizaciones necesarias para la participación de dichas empresas.

 

Artículo 5

 

Del préstamo por un monto total de 16.500.000,- DM (en letras: dieciséis millones quinientos mil Deutsche Mark; equivalentes a 8.436.316.-- EUR) previsto en el Convenio sobre Cooperación Financiera entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Costa Rica del 30 de septiembre de 1983 para proyectos todavía por determinar se asignaron 14.500.000,-- DM (en letras: catorce millones quinientos mil Deutsche Mark; equivalentes a 7.413.732.28 EUR) al proyecto "Programa de equipos para el mantenimiento vial".  De dicho monto se reprogramará un importe de 105.581,78 EUR (en letras: ciento cinco mil quinientos ochenta y un euros y setenta y ocho céntimos) que se destinará adicionalmente al proyecto "Programa de rehabilitación de la red vial cantonal", si dicho proyecto, después de examinado, resulta digno de apoyo.

 

Artículo 6

 

El presente Convenio entrará en vigencia a partir del recibo de la Nota en la que el Gobierno de la República de Costa Rica comunique, por la vía diplomática, al Gobierno de la República Federal de Alemania que se han cumplido los requisitos internos necesarios para su entrada en vigencia.

 

Hecho en San José, el jueves 13 de octubre de 2005, en dos ejemplares, en alemán y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

 

 

 

Por el Gobierno de la República             Por el Gobierno de la República

                de Costa Rica                                                          Federal de Alemania”

Rige a partir de su publicación.

 

 

            Dado en la Presidencia de la República, San José a los veinte días del mes de enero de dos mil seis.

 

 

 

 

       Abel Pacheco de la Espriella

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

 

 

         Roberto Tovar Faja

MINISTRO DE RELACIONES

     EXTERIORES Y CULTO

 

 

 

 

 

 

 

8 de marzo de 2006.

 

 

 

 

Este texto es copia fiel del expediente Nº 16.143.  Se respetan literalmente la ortografía, el formato y la puntuación del original, según lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su resolución Nº 2001-01508, de las ocho horas con cincuenta y cuatro minutos del 23 de febrero de 2001.