ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPÚBLICA DOMINICANA, CENTROAMÉRICA-ESTADOS UNIDOS

 

EXPEDIENTE N.° 16047

 

DICTAMEN AFIRMATIVO DE MINORÍA

12 de diciembre de 2006

 

PRIMERA LEGISLATURA

(Del 1° de mayo de 2006 al 30 de abril de 2007)

 

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS

(Del 1° de diciembre de 2006 al 30 de abril de 2007)

 

FRACCIÓN PARTIDO UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

TABLA DE CONTENIDO

I. COSTA RICA FRENTE AL FENÓMENO DE LA GLOBALIZACIÓN Y MUNDIALIZACIÓN 6

II.  UNA VISIÓN REGIONAL       8

III. NUESTRA POLÍTICA COMERCIAL Y LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.          10

III. EL PROCESO DE  NEGOCIACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTRO AMÉRICA, REPÚBLICA DOMINICANA Y ESTADOS UNIDOS.     15

IV. PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN EL MARCO DE LA TRAMITACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTRO AMÉRICA, REPÚBLICA DOMINICANA Y ESTADOS UNIDOS EN LA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COMERCIO EXTERIOR.        18

V. NUESTRO APORTE MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE MOCIONES QUE INCORPORAN CLÁUSULAS INTERPRETATIVAS EN TRATADO.       27

I. LA AGENDA DE IMPLEMENTACIÓN. 41

VI. NUESTRO CONCEPTO DE AGENDA PARA EL DESARROLLO.       46

CUADRO NUMERO 1.   60

CUADRO NUMERO 2    66

VII. CONSIDERACIONES FINALES       69

 

 

DICTAMEN AFIRMATIVO DE MINORÍA

PROYECTO DE LEY

 

EXPEDIENTE Nº 16.047

 

TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPÚBLICA DOMINICANA,

CENTROAMÉRICA-ESTADOS UNIDOS

 

La  suscrita diputada, miembro de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior, rinde DICTAMEN AFIRMATIVO DE MINORÍA sobre el proyecto: “TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPÚBLICA DOMINICANA, CENTROAMÉRICA - ESTADOS UNIDOS”, expediente N.º 16047, publicado en el Alcance N.º 44 a la Gaceta N.º 225 de 22 de noviembre del 2005, basados en los siguientes argumentos:

 

La lectura y reflexión de los muchos criterios remitidos a la Comisión, así como la amplia participación de múltiples actores, incluyendo organizaciones productivas y empresariales, de la sociedad civil, representantes de numerosas instituciones del Poder Ejecutivo y diputados y diputadas de las diferentes fracciones políticas representadas en el Poder Legislativo, a lo largo del proceso de negociación y durante su proceso de discusión, constituyó un insumo de gran valor en la formación de criterio al respecto.

 

Asimismo, el apego al procedimiento parlamentario posibilitó en el ejercicio de las facultades y potestades que corresponde a esta diputada, como representante de una minoría parlamentaria, presentar mociones de cláusulas interpretativas que permiten aclarar temas de trascendencia nacional sobre algunas disposiciones del Tratado.

 

Considero que en la definición de una política económica y social es importante distinguir entre medios y fines. El fin de esta, debe ser la calidad de vida y el desarrollo humano, especialmente de los más vulnerables.  Sin embargo, tengo claridad de que el tan anhelado desarrollo, depende en gran medida del nivel de productividad de nuestro país y de una adecuada distribución de la riqueza.

 

Igualmente, la política de comercio exterior es,  dentro del conjunto de medios e instrumentos que tiene el país para asegurar la productividad, uno de los más exitosos. El Tratado de Libre Comercio con República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos, dentro de este marco de acción de la política comercial nacional, representa una oportunidad para acrecentar de manera reglada las relaciones comerciales con uno de nuestros principales socios comerciales.

 

Dentro de este contexto, doy mi voto positivo para dictaminar el proyecto de ley en cuestión, sumándome a otras minorías parlamentarias y teniendo como resultado un dictamen afirmativo, que en representación de la Fracción Socialcristiana  se ha optado por presentar un informe de minoría afirmativo, por razones que ampliamente expondré en el desarrollo del mismo.

 

Es claro que los socialcristianos anterior a este Tratado, hemos impulsado el fortalecimiento de nuestras instituciones productivas para que éstas compitan en los mercados regionales en condiciones similares a las privadas, pero bajo esquemas de controles que nos aseguren la mayor transparencia en la administración de las mismas y por tanto hubiésemos preferido resolver un marco jurídico en competencia para el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Instituto Nacional de Seguros (INS), no obstante, los cálculos políticos y la falta de visión y liderazgo en el país han postergado la urgente  toma de decisiones que se requiere.

 

Por esta razón y siendo coherente con la posición que asumiéramos el pasado primero de mayo, nuestra misión en el Congreso es la de ser vigilante en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el actual Gobierno de la República, no solo en el ámbito legislativo, sino también, en el de las responsabilidades de orden administrativo que corresponden a todas y cada una de las instituciones estatales, en el cumplimiento de los temas que fueron señalados durante el período de audiencias que se llevó a cabo durante la tramitación del proyecto de ley que nos ocupa.

 

Si bien el TLC, contribuye al desarrollo y la estabilidad comercial de la región  y de nuestro país, es necesario que no nos conformemos solo con el trámite de los proyectos de ley que integran la Agenda de Implementación, pues, nos enfrentamos a una nueva forma de organización comercial que se impone en el mundo entero en la que Costa Rica no es ajena, y nuestro reto es capitalizar todas las oportunidades que se abren para que los costarricenses sean beneficiados.

 

Hemos planteado la necesidad de tramitar una Agenda para el Desarrollo que resguarde nuestros mejores valores como sociedad, donde el desarrollo sea inclusivo y las desigualdad económica y social sean cada vez menores, debemos construir un desarrollo humano sostenible y fortalecer nuestra  democracia.

 

Por lo anterior, someto a este Parlamento algunas de las consideraciones que me han permitido fundamentar mi voto y el presente dictamen afirmativo de minoría:

 

I. COSTA RICA FRENTE AL FENÓMENO DE LA GLOBALIZACIÓN Y MUNDIALIZACIÓN

 

La Costa Rica de hoy enfrenta el fenómeno de la globalización y mundialización con la esperanza de dejar en el pasado el subdesarrollo y con la presión natural de lograr dar el paso para alcanzar una mejor calidad de vida, una adecuada y justa repartición de la riqueza; espacios dignos y competitivos para crear nuevas tecnologías, una educación de calidad; más empleos y la construcción mancomunada de un mejor país bajo una visión solidaria de Estado.

 

Frente a esta realidad, es estratégica la diversificación de nuestras relaciones comerciales, garantizando el acceso a mercados, así como la defensa de la dimensión laboral, ambiental, cultural y de derechos de propiedad intelectual, sin menoscabo de los legítimos intereses nacionales.

 

Debemos procurar una globalización con rostro humano. Para esto es necesario reorganizar el aparato estatal y crear políticas públicas dirigidas a incrementar los niveles de vida de las y los ciudadanos, en especial de aquellos que hoy en día viven en medio de la pobreza. Es más que modificar estructuras institucionales, el reto es trascender la visión meramente economicista e impregnarle el rostro solidario que garantiza el privilegio de la dignidad humana.

 

Hoy la globalización es desafiada en todo el mundo, los países que han sabido enfrentarla han tenido que enfrentar retos que promuevan instrumentos de oportunidades, el desarrollo humano, generando nuevos mercados, gestado nuevas exportaciones y un suelo fértil para recibir cada vez más inversión extranjera.

 

Sin embargo, existen  aquellos que simplemente se han dejado llevar por sus temores y viven en medio de un concepto de aislamiento nacional, que se ha convertido en su principal obstáculo para superar el subdesarrollo.

 

Esto nos plantea cómo debemos conducir la globalización, demostrar que hemos aprendido de nuestros errores pasados, para que no solo no fracase la globalización en la promoción del desarrollo, y se siga generando pobreza e inestabilidad.

 

Si realizamos los cambios, entonces hay esperanza de que un proceso más humano de globalización constituya una poderosa fuerza para el bien y los países en desarrollo, encuentren en este fenómeno de mundialización, un paso hacia el primer mundo.

 

En resumen, se necesitan políticas para un crecimiento sostenible, equitativo y democrático.  Esa es la razón del desarrollo a fin de transformar las sociedades, mejorar las vidas de los pobres, permitir que todos tengan la oportunidad de salir adelante y acceder a la salud y la educación.

 

II.  UNA VISIÓN REGIONAL

 

En los últimos 15 años, los países de Centroamérica han apostado al proceso de apertura comercial, mediante la implementación de políticas y programas orientados a atraer inversión extranjera directa, diversificar la oferta exportable y el desarrollo de parques industriales y zonas francas, que faciliten el desarrollo del sector exportador.

 

No obstante,  los países centroamericanos han aspirado a firmar un TLC con los Estados Unidos desde hace varios años, en razón de que la Iniciativa de la Cuenca del Caribe no constituye un instrumento lo suficientemente seguro, a lo que se suma la desventaja que representaba en ese momento el hecho de que tanto  México y Canadá han concretado sus acuerdos de libre comercio con Estados Unidos, bajo condiciones más ventajosas que las que ofrece la ICC.

 

Con el fin de normar y acelerar dicho proceso, los países de la Región han suscrito acuerdos y tratados comerciales bilaterales y multilaterales como el  que se firmó con México a principio de los noventa, o con República Dominicana en 1998. 

 

Ahora bien, el TLC de Centroamérica y República Dominicana con los Estados Unidos, ratificado por todos los países en el año 2006, con la excepción de Costa Rica, incluye obligaciones en el ámbito laboral, ambiental, propiedad intelectual, administración de tratados y resolución de controversias entre otras.

 

Dentro del mismo se plantean grandes oportunidades para el mejoramiento de la normativa de la integración centroamericana en diversos campos en que no existía legislación en la región, tales como, compras del sector público, propiedad intelectual e inversión.  Amén de que ofrece una buena coyuntura para que Centroamérica impulse reformas adicionales que permitan construir un nuevo modelo de desarrollo.

 

En los últimos años, Centroamérica ha sido ampliamente investigada y cuestionada, en especial por las y los propios centroamericanos.  Estos esfuerzos de análisis han conformado muchas agendas, que van desde el análisis de los problemas de desarrollo hasta múltiples propuestas para aprovechar las oportunidades de transformación estructural que se presentan al istmo.

 

Sin embargo, estos esfuerzos, sintetizados en variedad de formas, no han generado aún el debate esperado, que contribuya realmente a resolver los problemas de desarrollo más álgidos.  Más aún, parece existir una carencia de agentes catalizadores, con capacidad para formular e impulsar iniciativas claves, de generar pensamiento estratégico y de manejar la coyuntura en los diversos ámbitos; todos estos, pasos necesarios para enrumbar a Centroamérica hacia caminos de mayor desarrollo.

 

Para responder a estos retos y oportunidades, es necesario reflexionar y buscar nuevos caminos para la gobernabilidad y el desarrollo humano sostenible en la Región con una visión de futuro.

 

Es necesario que se cumpla con una Agenda pendiente para el desarrollo  para Centroamérica que debe ser flexible y abierta con un enfoque multidisciplinario y pluralista que posibilite un debate democrático y la toma de decisiones políticas.

 

III. NUESTRA POLÍTICA COMERCIAL Y LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.

 

La política comercial define las condiciones de comercio con el resto del mundo, incluye las definiciones de las barreras arancelarias y las barreras no arancelarias, estableciendo el grado en que un país aprovechará sus oportunidades económicas en el contexto internacional.

 

Esta puede ser el resultado entre otros instrumentos, de tratados de libre comercio que involucran aspectos como la reducción de las barreras al comercio, normas de origen, compras del sector público, inversiones, protección a la salud, protección a los trabajadores y al medio ambiente, respeto a los derechos de propiedad intelectual, defensa comercial y solución de conflictos.

 

La historia del progreso de Costa Rica ha estado relacionada con su participación en el comercio internacional que nos remonta a la época colonial con el cacao y el tabaco, en el siglo XIX con el café y el banano en el siglo XX se amplía la exportación con otros productos como la caña de azúcar y la carne.

     

     A mediados de este siglo, se inició un proceso de proteccionismo mediante la imposición de altas barreras arancelarias para proteger a la industria local de la competencia externa.  En los años sesenta se pasó del proteccionismo local al proteccionismo a nivel centroamericano, a través de la integración económica.  Al inicio la estrategia permitió un alto crecimiento económico pero, debido al tamaño del mercado centroamericano, rápidamente se agotó.

 

Entre 1980 y 1982, Costa Rica sufrió una aguda crisis económica que nos obligó a cambiar la estrategia y a participar más activamente en el comercio internacional.

 

En los últimos 20 años, hemos logrado consolidar una política comercial orientada principalmente a impulsar el desarrollo socioeconómico del país, mediante la generación de mayores oportunidades de comercio y crecientes flujos de inversión, integrándose más ampliamente a la economía internacional, por medio de la reducción de las barreras arancelarias en forma unilateral, la firma de tratados de libre comercio y la participación del país en la Organización Mundial del Comercio desde 1994.

 

Los tratados de libre comercio en vigencia son:

 

-Tratado General de Integración Económica Centroamericana (1962)

-Tratado de Libre Comercio y de Intercambio Preferencial con Panamá (1973)

-Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) (1990 y 1994)

-Tratado de Libre Comercio con México (1995)

-Tratado de Libre Comercio de Centroamérica con Chile (2002)

-Tratado de Libre Comercio de Centroamérica con República Dominicana (2002)

-Tratado de Libre Comercio con Canadá (2002)

- Tratado de Libre Comercio con la Comunidad del Caribe (CARICOM).

 

El Tratado de libre comercio negociado y en trámite legislativo es:

 

Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Estados Unidos – CAFTA-.

 

Este último instrumento comercial viene a sumarse a los esfuerzos que ha venido realizando el país en el campo de la política comercial.

 

El objetivo de la política comercial costarricense según el Informe anual de COMEX 2005-2006, ha sido promover, facilitar y consolidar la integración del país con la economía internacional. Para ello, el diseño de la política comercial se ha basado en  siete ejes  principalmente:

 

Promover los cambios internos necesarios para desarrollar una economía más eficiente que facilite el incremento del comercio exterior.

Mejorar y asegurar el acceso de los productos costarricenses a los mercados externos.

Defender los intereses comerciales costarricenses ante las acciones proteccionistas de otros países.

Establecer reglas y procedimientos para el manejo adecuado de las relaciones comerciales.

Vincular ampliamente a todos los sectores del país con la actividad exportadora.

Promover la oferta exportable costarricense en el exterior.

Promover las condiciones necesarias para el fomento de la inversión nacional y atracción de la inversión extranjera.

 

En este contexto, los esfuerzos emprendidos durante este período han generado importantes frutos para el país, dándole continuidad a una política que incluye la suscripción de tratados de libre comercio con importantes socios comerciales como ya citamos.

 

El aprovechamiento de las oportunidades comerciales ofrecidas por los tratados de libre comercio vigentes, permitió que durante el año anterior el número de empresas exportadoras directas ascendiera a aproximadamente 1.850,  alrededor de 100 empresas más que en el 2004.

 

Esto sin duda alguna, ha impactado en la creación de nuevos empleos y el posicionamiento de nuevos productos en materia de computación y medicina; y  en avances en materia de comercialización de productos agrícolas.  

 

En materia agrícola, las exportaciones del sector experimentaron un crecimiento del 7%.  El esfuerzo del sector agrícola costarricense por incursionar en nuevos mercados y diversificar sus productos, le ha permitido al país ubicarse entre los principales suplidores del mundo de productos no tradicionales, en mercados tan competitivos como el estadounidense y el europeo.

 

En el sector industrial, la mayor actividad exportadora provino principalmente de la venta de equipos médicos y circuitos integrados, cuyas exportaciones aumentaron casi dos y tres veces respectivamente comparado con el 2004.  Las empresas exportadoras ubicadas en zona franca, también contribuyeron a esta mejora en la actividad industrial, con un aumento del 14% en sus ventas durante el último año.

 

Esta evolución positiva del sector exportador se refleja, en los principales destinos de exportación. Las ventas costarricense mostraron un notable dinamismo en todos los destinos.  Tal es el caso de Asia, Canadá, República Dominicana y Centroamérica, donde en todas las exportaciones nacionales experimentamos incrementos en los últimos doce meses del 68,6%, 61,5%, 38,7% y 10,5% respectivamente.

 

Durante el 2005, Costa Rica envió cerca de 3.678 productos diferentes a 146 mercados distintos, resultados que confirman el éxito del proceso de diversificación de nuestro sector exportador, en cuanto a origen y destino.

 

El crecimiento de las exportaciones de bienes y servicios ha sido el elemento más dinámico para el crecimiento de la economía, representando en el 2004 la mitad de la producción.  Lo que quiere decir que alrededor de la mitad del aparato productivo y del empleo está vinculado con las exportaciones. Asimismo, el incremento en los salarios reales promedio del sector privado, asociado a dicho crecimiento se incrementó en un 61% y en un 73% en el sector público.

 

Parte de estos esfuerzos son también los procesos de negociación con miras a alcanzar una Unión Aduanera con los países de la región centroamericana; el inicio de la fase de valoración para un Acuerdo de Asociación con la Unión Europea; y la participación activa en las negociaciones multilaterales en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

 

Podemos decir que la política comercial que han implementado las últimas administraciones, ha sido dirigida a buscar el aprovechamiento y mejora en las relaciones de cooperación.

 

Al respecto, no podemos más que reconocer que la política de comercio exterior que ha llevado a cabo Costa Rica ha sido positiva, pero con enormes posibilidades de mejorar y así se reconoce tanto a lo interno como en el ámbito internacional por sus resultados.

 

En general, Costa Rica se ha distinguido en América Latina y el Caribe por el crecimiento de sus exportaciones de bienes y servicios; la diversificación de sus exportaciones de bienes. A su vez, hemos destacado en el tema de los servicios turísticos donde ocupamos un lugar privilegiado.

 

III. EL PROCESO DE  NEGOCIACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTRO AMÉRICA, REPÚBLICA DOMINICANA Y ESTADOS UNIDOS.

 

Costa Rica ha buscado negociar tratados de libre comercio con distintos socios comerciales como una forma de materializar el objetivo central de su política de comercio exterior, a saber; promover, facilitar y consolidar una integración creciente del país a la economía internacional. 

 

Por ser  Estados Unidos nuestro principal socio comercial, hacia donde se dirige más de la mitad de nuestras exportaciones y de donde el país abastece más de la mitad de los productos que consume y, reconocer las debilidades de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, la negociación de un Tratado de Libre Comercio con ese país, constituía un objetivo de gran importancia para Costa Rica.

 

Los antecedentes de este proceso datan de 1992, cuando los países centroamericanos plantearon por primera vez a Estado Unidos, su interés de negociar un TLC, con el propósito de contar con un marco común de derechos y deberes para regular las relaciones comerciales mutuas que dieran base sólidas y de beneficio a todos los países.

 

En ese momento, la existencia de un tratado entre Estados Unidos y México,  producía un desvío de inversión hacia México, en detrimento de la inversión en los países centroamericanos.   Varios años después -en septiembre del 2001-,  el tratado se concretó, cuando autoridades de los países centroamericanos y de Estados Unidos acordaron dar inicio a una fase exploratoria tendiente al lanzamiento oficial de las negociaciones.

 

Con ese fin, se emitió una declaración conjunta en la que se estableció el compromiso de ambas partes de explorar posibilidades, de profundizar y fortalecer los lazos de comercio bilateral entre ellos.   Para esto, en noviembre de 2001 se inicia un programa de diálogos técnicos en temas claves y se lleva a cabo el primer taller de discusión técnica entre los seis países. 

 

Durante el 2002 se realizaron seis talleres técnicos de preparación para las negociaciones entre los equipos de gobierno de los países centroamericanos y Estados Unidos, como etapa preparatoria para el inicio de las negociaciones.

 

Como resultado de los mismos se logró la definición del marco que delimitaría el alcance de la negociación.  Con base en este proceso, los países acordaron dar inicio a la negociación de un tratado de libre comercio, el cual fue lanzado oficialmente el  8 de enero de 2003.  Este proceso fue lento si se compara con el que demandó el proceso de negociación del TLC de Costa Rica con Canadá, que fue menor a un año.

 

En Costa Rica, de conformidad con la Constitución Política, le corresponde al Poder Ejecutivo la negociación de los tratados de libre comercio y a la Asamblea Legislativa su aprobación o improbación; a su vez, al Ministerio de Comercio Exterior, le correspondió la tarea de dirigir y conducir las negociaciones  en  coordinación con otras instituciones públicas.

 

En el proceso de construcción de las posiciones de Costa Rica, hubo un amplio proceso de información y de participación con los representantes del sector productivo y otros sectores de la sociedad. Este proceso de formulación de este proyecto se ha distinguido de otros, precisamente por haber contado con tanta participación e información.

 

Lo anterior, pone de manifiesto que no se trata de un proyecto aislado, sino es consecuencia de una política de Estado, gradual y sostenida, que el país ha venido impulsando desde hace más de 20 años.

 

El proceso de negociación  produjo numerosas rondas, nueve en total, en las que Centroamérica realizó reuniones de coordinación de la posición conjunta que se plantearía en la mesa de negociación.

 

Los países centroamericanos concluyeron en diciembre del 2003 su negociación, excepto Costa Rica que continúo hasta alcanzar un balance en el proceso, concluyendo su negociación el 25 de enero de 2004, en una décima ronda, en la que se lograron acuerdos en los temas de productos agrícolas, telecomunicaciones y seguros.

 

Este Tratado viene a constituir un área de libre comercio que incluye a los cinco países de Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos. 

 

En resumen, este Tratado  ofrece una serie de resultados que pueden, para efectos prácticos, centrarse en tres aspectos principalmente: se pasa de una concesión unilateral y discrecional como es la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, a un tratado internacional, se establecen menores barreras para nuestras exportaciones, y se resguardan ventajas comparativas a favor de Costa Rica.

 

IV. PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN EL MARCO DE LA TRAMITACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTRO AMÉRICA, REPÚBLICA DOMINICANA Y ESTADOS UNIDOS EN LA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COMERCIO EXTERIOR.

 

En cuanto al procedimiento realizado por la Comisión de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior, para llegar a Dictaminar el Tratado, es importante señalar lo siguiente:

 

En primer lugar este tratado tiene una serie de características que lo distinguen, se trata de un tratado multilateral, que posee un plazo final para notificar la aprobación por parte de la Asamblea Legislativa, tanto del tratado en sí, como de una serie de normas que deben acompañarlo. Esto se encuentra debidamente incorporado en el artículo 22.5 inciso 2 del tratado.

 

De esta manera, se puede afirmar que el tratado posee una condición resolutoria o final respecto del plazo para que los países signatarios puedan dar por incorporada esta iniciativa dentro de su Ordenamiento Jurídico.

 

La Asamblea Legislativa posee la facultada para Aprobar o Improbar el tratado negociado por el Poder Ejecutivo, en este caso en particular, debe hacerlo dentro de un plazo que definieron los negociantes y que se impusieron como límite para poder ser considerados como miembros de esta iniciativa comercial. Por ello, si la Asamblea Legislativa no logra votar definitivamente el tratado dentro de un plazo razonable, Costa Rica por omisión quedará fuera por incumplimiento de deberes de la Asamblea, esto porque si bien es cierto la Asamblea podría legítimamente improbarlo, la votación debe realizarse dentro de un plazo que permita cumplir con los demás requisitos para la notificación del Tratado y así permitir que una decisión positiva pueda ser eficaz.

 

El Reglamento de la Asamblea Legislativa solo contiene un asunto para el cuál se prevé la votación dentro de un plazo determinado, se trata de los Presupuestos de la República, los cuales por disposición expresa de la Constitución Política, deben ser presentados a la Asamblea Legislativa, a mas tardar el 1º de septiembre y deben estar definitivamente aprobados antes del 30 de noviembre.

 

Para cumplir con ello, el Reglamento de la Asamblea Legislativa establece un procedimiento especial, regulado en los artículos 178 y 179 el procedimiento aplicable a los Presupuestos Ordinarios y 180 el aplicable a las modificaciones presupuestarias y presupuestos extraordinarios. 

 

Al ser que este proyecto necesariamente requiere llegar dentro de un plazo razonable a su votación, de manera tal que de resultar aprobado, pueda ser eficaz (porque como se dijo con anterioridad, si el Tratado no es aprobado dentro de un plazo que permita al país, cumplir con los demás requisitos necesarios para realizar la notificación de que habla el artículo 22.5 inciso 2) del Tratado, esto resultaría inaplicable, porque Costa Rica, no podría ser parte de este, en virtud de que se le aplicaría la condición resolutoria allí determinada) y surtir efectos jurídicos, la Presidencia de la Asamblea Legislativa, considerando una tercera solicitud de prórroga de la Comisión Dictaminadora, integrando en derecho y tomando como referencia la resolución de la presidencia en la Tramitación del Proyecto de Ley de Pacto Fiscal y Reforma Estructural Fiscal, Expediente Nº 15.516, (resolución que fue analizada y avalada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución Nº 3671-2006) resuelve conceder un plazo improrrogable a la Comisión de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior para dictaminar el proyecto, ya vencido el plazo aplicaría lo regulado en el Reglamento para los presupuesto, en el sentido que las mociones se darán por desechadas y se somete a votación el proyecto.

 

La Diputada que suscribe este dictamen, pertenece a una Fracción minoritaria, dentro de la composición actual del Parlamento. Como miembro de la Comisión de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior, apruebo el procedimiento que se llevó a cabo en ese órgano, en virtud de que este foro es un claro reflejo de la imposiilidad que tiene cualquier fracción en esta Asamblea, de imponer arbitrariamente su voluntad, al constituir todos los partidos representados dentro del Asamblea Legislativa una minoría en si misma.

 

Volviendo al tema de la composición de la Asamblea, es importante señalar que si bien líneas atrás se manifiesta que todas las fracciones constituimos minorías reglamentarias, no todas las minorías son iguales y en esta Asamblea existen dos fracciones que si bien por si mismas no logran constituir una mayoría parlamentaria, lo cierto es que son fracciones cuyo número de integrantes les otorga muchas ventajas administrativas y políticas dentro del quehacer legislativo. Ese es el caso de la Fracción del Partido Liberación Nacional y la Fracción del Partido Acción Ciudadana.

 

 

Es importante recalcar que por la naturaleza del presente proyecto de ley, el reglamento de la Asamblea Legislativa no contiene reguladas las “cláusulas interpretativas”, por lo tanto, durante todo el proceso, nos hemos referido al proyecto únicamente por el fondo y nunca se ha modificado el tratado en sí.

 

Es indiscutible que durante el procedimiento en comisión algunas de las minorías allí representadas, tuvimos que luchar por ser escuchadas y que nuestras propuestas fueran tomadas en cuenta, en virtud de que en el seno de la Comisión se llevaba a cabo una lucha muy fuerte por parte de dos de las fracciones, siendo una de ellas mayoritaria, impidiendo mediante sus constantes esfuerzos por bloquear el avance en los diferentes momentos del proceso de discusión: etapa de audiencias, conocimiento de mociones de revisión y cláusulas interpretativas.

 

Fue por ello que en fecha 25 de octubre de 2006, durante la sesión extraordinaria número 58 , llamé la atención a la Presidenta de esa Comisión para que se buscara un mecanismo que permitiera que una fracción como la que represento, pudiera hacer cumplir los derechos y obligaciones para con la Patria. Además, no considero que fuera legitimo impedir que otras Fracciones y los demás Diputados que lo tuvieran a bien, pudieran presentar mociones de orden y de revisión, si era necesario generar un espacio, para discutir el proyecto por el fondo.

 

Por esto y con base en una de las más transparentes negociaciones, se logro aprobar una moción para ordenar el debate y se pudo generar un espacio para ser escuchados y que nuestras propuestas fueran discutidas y la comisión adopto un mecanismo democrático en el cual sin violentar los derechos de los legisladores, todos los Diputados y Fracciones, tuvimos la oportunidad de ser escuchadas, discutir incansablemente el proyecto y las cláusulas interpretativas que todas las fracciones presentamos, siendo este mecanismo utilizado no solamente por esta Diputada y otros, sino que también fue empleado, para establecer sesiones extraordinarias para discutir el proyecto por el fondo.

 

Es claro que todos coincidimos en que ese mecanismo de ordenar las sesiones era el mecanismo más democrático y eficiente para que todas las minorías pudiéramos ser escuchadas y la Comisión pudiera cumplir con dictaminar dentro del plazo establecido por la Presidencia.

 

Algunos han cuestionado el procedimiento que se llevó a cabo durante el trámite del Tratado en Comisión, cuando en realidad se otorgó la palabra por el fondo a todo aquél Diputado que de conformidad con el Reglamento la solicito, ya fuera para referirse al proyecto, o defender o atacar mociones.

 

En ningún momento se limitó la posibilidad de presentar mociones, a ningún Diputado o Diputada, e inclusive, durante la penúltima sesión el Diputado Merino del Río, presentó la moción de orden 1-87, sesión extraordinaria número 87 del 12 de diciembre de 2006, para que se le concediera audiencia a los señores Eugenio Trejos Benavides y Henry Mora Jiménez, presidente y secretario respectivamente, del Frente Nacional de apoyo a la Lucha Contra el TLC, moción que  fue debidamente tramitada, discutida y votada; además durante todo el trámite se presentaron y conocieron una gran cantidad de mociones de orden, de fondo (cláusulas interpretativas), de revisión, apelación, en fin de todo lo que la “inventiva parlamentaria” nos permitió.

 

Lo anterior, aún a sabiendas de que  de conformidad con el artículo 121 inciso 4) de la Constitución Política, en esta materia le corresponde a la Asamblea Legislativa únicamente la aprobación o improbación del Tratado, así lo ha  ratificado la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en reiteradas ocasiones, por ende el Tratado no podía ser modificado y en el fondo, su contenido siempre sería el mismo, por lo que su discusión permitió, aclarar conceptos y conocer aún mejor su estructura y contenido,  posibilitando además la existencia de un espacio posterior aún dentro de la Comisión, para que se presentaran nuevas mociones de cláusulas interpretativas que pudieran aclarar las dudas que de la discusión por el fondo surgieron.

 

Hubo suficiente tiempo y espacio para analizar el contenido del Tratado y las cláusulas interpretativas, esto por cuanto es claro que no existen enmiendas  debido a que la Asamblea Legislativa únicamente aprueba o imprueba el tratado. Sobre la aplicación de las cláusulas interpretativas cabe destacar que en las últimas tres sesiones, se convirtió en un instrumento de bloqueo parlamentario, mediante el cual algunas fracciones con el único fin de obstaculizar la tramitación del proyecto se reservaron el derecho de presentar mociones que les asistió por más de un año, en virtud de que el conocimiento del proyecto en comisión inició en diciembre de 2005 y finalizó el 12 de diciembre de 2006,  presentando más del 90% de sus mociones, en la última semana, generándose una imposibilidad material para conocerlas, procurando los proponentes generar “vicios de procedimiento”.

 

Sin embargo, es necesario reafirmar que este tipo de excesos en la utilización de las potestades legislativas, no son legítimas y que no se da una violación a los derechos de los legisladores cuando por razones de tiempo no se logran conocer todas las mociones durante el trámite en Comisión, en virtud de que los proponentes tienen la posibilidad de reiterar las mociones a través de las mociones 137, 138 y las mociones de orden en el trámite de Plenario.

 

Esta tesis ha sido acogida por la Sala Constitucional en diferentes votos, de los cuales interesa destacar la resolución 2005-07961, de las diecisiete horas con cincuenta minutos del veintiuno de junio de dos mil cinco, que en lo que interesa dice:

 

“En el caso concreto no se estima que la decisión del Presidente de la Comisión haya violado el derecho de enmienda de los diputados cuyas mociones estaban aún pendientes al momento de vencerse el plazo de la comisión, porque como bien señala el dictamen de servicios técnicos en que se apoya la decisión, no se altera dicha potestad si con posterioridad, se pueden reiterar dichas mociones en el plenario, mediante mociones de fondo, reiteración, de orden o bien ejercer su derecho a la apelación de conformidad con los artículos 137, 138, 153, 156, y 163 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. En ese sentido se mantiene la posibilidad de ejercer la potestad en forma íntegra, pero diferida a un momento posterior dentro del mismo procedimiento.”

 

En cuanto al respeto de los principios democráticos dentro del procedimiento, como bien lo ha dicho la Sala Constitucional:

 

“la regulación de la organización, funcionamiento y procedimientos de un órgano vital para la existencia del sistema democrático es un tópico que reviste mayor importancia. Por ello, las regulaciones internas de la Asamblea Legislativa tienen que estar inspiradas en los valores y principios democráticos, de tal forma que se propicien y logren los equilibrios institucionales entre el partido mayoritario y la oposición, y las fuerzas emergentes; entre los órganos del Estado y en especial con el Poder Ejecutivo; entre los mecanismos para coincidir y las reglas para disentir; entre la posibilidad de adoptar decisiones políticas y la garantía de una oposición efectiva y responsable(la negrita y subrayado no es del original); y entre la potestad de legislar y otras atribuciones que la Constitución Política le impone al Parlamento, en particular la función del control político, (…).. Así, entre los principios fundamentales que debe respetarse para que los acuerdos legislativos se lleven a cabo (sin que esto implique una lista taxativa y cerrada), se encuentran la participación de los diversos grupos políticos que integran el Parlamento, en condiciones de igualdad y libertad, además de la debida publicidad de los asuntos que se tramitan, a fin de que sean producto de la dialéctica entre las mayorías y minorías. Se pretende con ello que a través de los procedimientos legislativos se cumpla el principio democrático: la integración de los diversos intereses políticos, lo que justifica que ciertas materias se reserven al Parlamento”.[1]

 

En este proyecto, se ha respetado el “principio de publicidad”, al punto que no solamente el proyecto fue publicado, sino que se realizaron las consultas facultativas y obligatorias, de conformidad con lo establecido y aquellas adicionales que se consideraron necesarias durante el proceso y las manifestaciones escritas u opiniones enviadas por ciudadanos, ciudadanas y organizaciones, donde a pesar de no ser consultadas manifestaron sus posiciones e hicieron llegar diversos estudios e informes al seno de la Comisión.

 

De igual manera en materia de publicidad, se decidió sesionar en el Plenario Legislativo, con el afán de permitir la transmisión de las sesiones, se realizaron Foros Regionales en todo el país, según consta en la moción 5-32 aprobada durante la sesión número 32 del 23 de agosto de 2006,  Esto si bien no forma parte  integral del Tratado, si constituye información de referencia que podría servir a los costarricenses para entender mejor su contenido.

 

 Se contó con suficiente tiempo, tanto para estudiar el proyecto, como para analizar las respuestas que por escrito fueron presentadas a la Comisión y escuchar a una gran cantidad de especialistas y agrupaciones que deseaban manifestar su posición sobre el tema.

 

Se ha cumplido a cabalidad con las disposiciones establecidas dentro del Reglamento de la Asamblea Legislativa, En este caso es importante referirse al numeral 80 que dice textualmente:

 

 “Los informes de las Comisiones Permanentes deberán ser rendidos, a más tardar treinta días hábiles después de haberse puesto a despacho el asunto respectivo. Para ampliar ese término, el Presidente de la Comisión deberá hacer una solicitud por escrito al Presidente de la Asamblea Legislativa. Si al vencer el término para rendir informe, la Comisión aún no ha hecho ni ha solicitado una prórroga, el Presidente de la Asamblea Legislativa amonestará a la Comisión y le solicitará su informe, en término adicional que él fijará, con la advertencia de que, si a partir de la fecha fijada no se hubiere rendido por lo menos un informe, los diputados de esa comisión no devengarán sus dietas regulares”

 

 

Esto hizo necesario que la Presidencia de la Asamblea otorgara a la Comisión tres prórrogas para cumplir con su deber de dictaminar el proyecto e inclusive la última prórroga conferida, que fue solicitada por esta diputada que suscribe, mediante moción de orden aprobada por unanimidad de los presentes en el seno de la Comisión dictaminadora, la presidencia si bien concedió un plazo improrrogable, lo hizo con un mes de anticipación y otorgando un lapso mayor al solicitado.

 

Dentro de ese mes, la Comisión hizo grandes esfuerzos por discutir el proyecto (que no podía ser modificado por su naturaleza) por el fondo, conocer las mociones de cláusulas interpretativas, esto talvez se hubiera logrado de no ser que algunos Diputados, presentaron más de un noventa por ciento de todas la mociones que se conocieron durante el proceso, en las últimas tres sesiones.

 

Todas las fracciones tuvimos conocimiento de lo resuelto por la presidencia de la Asamblea Legislativa, en cuanto a la concesión de una última prórroga dentro de la cuál el proyecto debía se dictaminado (de hecho lo conocimos más de un mes antes de que surtiera efectos). Además, dicha resolución fue avalada por 38 Diputados que votaron en contra la apelación presentada a dicha  resolución.

 

Con ese plazo y con las reglas del juego claras, a todas las fracciones se nos permitió con amplitud presentar mociones de orden, de cláusulas interpretativas y ampliar nuestra discusión por el fondo e incluso presentar revisiones, esto, dentro de los parámetros reglamentarios, limitando únicamente la presentación de mociones de revisión a los Diputados que no eran miembros de la Comisión, ya que al no ser parte del órgano y no tener derecho a voto, y lo que se revisa es precisamente la votación, no procede permitir su participación mediante la revisión, de conformidad con los artículos 5 y 6 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

 

 

Es de rescatar que las mociones que no fueron conocidas y se tuvieron por rechazadas, pueden ser reiteradas en el Plenario Legislativo aplicando el artículo 137 del Reglamento.

 

En cuanto al Derecho de enmienda, todos los Diputados miembros y no miembros de la Comisión tuvimos derecho a presentar y defender las mociones. Esto con la salvedad de las mociones que irrazonablemente fueron presentadas en las últimas tres sesiones con el fin único de bloquear el procedimiento y de que la imposibilidad de conocerla generara un vicio dentro del mismo.

 

Ese ardid utilizado, no constituye de ninguna forma una vulneración del Derecho de enmienda de los Diputados, en primer lugar porque las cláusulas interpretativas poseen una naturaleza distinta, que no permite modificar el proyecto, sino simplemente aclararlo, esto en virtud de que la competencia legislativa en este tema se limita a la aprobación o improbación del Tratado como se mencionó anteriormente, esto por un lado y por otro lado el Reglamento Legislativo otorga la posibilidad de presentar nuevas mociones durante otra etapa del procedimiento a través de las mociones reguladas en los artículos 137 y 138 de ese cuerpo normativo.

 

V. NUESTRO APORTE MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE MOCIONES QUE INCORPORAN CLÁUSULAS INTERPRETATIVAS EN TRATADO.

 

Dentro de nuestro Estado de Derecho, la Constitución Política al ser la carta fundamental y marco de acción democrática del país, delimita claramente el accionar de los poderes de la República y define sus competencias. Precisamente el artículo 14º constitucional le confiere al Poder Ejecutivo el poder de negociar convenios, tratados y concordatos. No obstante, la misma es clara en atribuirle al Poder Legislativo la aprobación de los mismos.

 

Artículo 140.-

“Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:

... 10) Celebrar convenios, tratados públicos y concordatos, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa o por una Asamblea Constituyente, cuando dicha aprobación la exija esta Constitución.

Los protocolos derivados de dichos tratados públicos o convenios internacionales que no requieran aprobación legislativa, entrarán en vigencia una vez promulgados por el Poder Ejecutivo.

( Así reformado por ley N.4123 de 30 de mayo de 1968 )” [2]

 

En referencia a lo expuesto anteriormente, la Sala Constitucional ha dicho lo siguiente:

“A la Asamblea Legislativa por su parte, le corresponde únicamente la función de aprobarlos o improbarlos (véase el voto 1990-1026 de la Sala Constitucional). Es necesario reiterar, que el texto del tratado no puede ser objeto de enmiendas por el Legislativo, porque ello implicaría sustituir, en segunda instancia al Ejecutivo en la fase de negociación, y significaría asimismo, la producción de un nuevo tratado que tendría como ausentes al Ejecutivo nacional y al Ejecutivo o Ejecutivos de los otros países que acordaron el texto original. Tales cambios o modificaciones se insertarían ya no por decisión del Poder Ejecutivo, sino del Legislativo. Considera la Sala que esto sería usurpación de una competencia que el constituyente originario otorgó de manera exclusiva al Poder Ejecutivo.”[3]

 

En concordancia con lo dicho por la Sala Constitucional, es importante hacer referencia a lo establecido en el artículo 2 inciso d) de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, en cuanto a la definición de reservas a este instrumento jurídico comercial, ya que el artículo 22.4 del tratado que refiere este dictamen, prohíbe expresamente la inclusión de reservas sin consentimiento escrito de las otras partes.

 

La Convención de Viena define el concepto de reserva de la siguiente manera: “se entiende por "reserva" una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a el, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado;”[4]

 

Dentro del proceso de discusión del expediente legislativo 16.047, con el objetivo de aclarar diversos temas como: territorio, alcances jurídicos, autonomía municipal, Comisión de Libre Comercio, expropiación, recurso hídrico, servicios profesionales, planes de jubilación, legislación laboral, ambiental y armas entre otras; que han sido cuestionados por los sectores que se oponen a la aprobación del tratado, se han presentado y aprobado, diversas cláusulas interpretativas.

 

Este instrumento aclaratorio, está claramente regulado en la Convención de Viena, que dispone que “un tratado deberá interpretarse de buena fe, conforme al sentido común y lógico que haya de atribuirse a los términos escritos del tratado, al contexto en que fue gestado y teniendo muy en cuenta su objeto y fin...” [5]

 

En relación con lo expuesto, nuestra Sala Constitucional ha dicho:

 

“...la Sala ha considerado la procedencia de las cláusulas interpretativas con algunas advertencias. Primero, debe entenderse el sentido de la norma y tener presente que la interpretación del Convenio, debe hacerse a la vez de forma razonable, que además se debe aplicar el principio de in dubio mitius, de manera que si una disposición resulta ambigua, el significado que deba preferirse es el menos oneroso para la parte que asume una obligación dentro del texto, o que interfiere menos con la soberanía de una parte, o que implica menos restricciones para las partes, y finalmente se debe recordar que no es admisible una interpretación que vuelva sin sentido o ineficaz dicha estipulación (ver sentencia No. 1998-8662). La interpretación debe limitarse a la función consistente en desentrañar el sentido de los textos obscuros. De lo contrario, una extralimitación de esa naturaleza sería contraria al principio de pacta sunt servanda, pues se alejaría unilateralmente de los términos pactados de buena fe, además de invadir la Asamblea Legislativa conforme señalamos, las potestades que establece el artículo 140 inciso 10) de la Constitución Política, respecto de la potestad exclusiva del Ejecutivo para la discusión, negociación y suscripción de tratados internacionales.”

 

En concordancia con el objetivo que persiguen las cláusulas interpretativas, hemos mocionado con el fin de aclarar términos y medidas aplicables dentro del tratado, que han sido motivo de preocupación de varios sectores.

 

Siendo consecuente con nuestra posición responsable y conciliadora, como fracción, presentamos doce mociones de interpretación, con las que buscamos:

 

Aclarar la definición de “Territorio Costarricense” en el tratado, dejando claro que esta es únicamente de aplicación a los efectos del mismo y no tiene relación con la definición constitucional de territorio soberano. Con esta iniciativa se aclara que el Tratado no modifica de ninguna manera el territorio nacional.

 

La moción aprobada dice textualmente:

 

“La definición de territorio costarricense en el Tratado es de aplicación solo a los efectos del tratado y no tiene relación con la definición del territorio soberano que establezca para otros propósitos”

 

Durante la discusión del Tratado en Comisión, se han presentado diferentes dudas sobre el funcionamiento y las potestades en la toma de decisiones, por parte del representante del país ante la Comisión de Libre Comercio.

 

Por esto, es necesario delimitar su campo de acción, dejando claro que éste no podrá acordar que las decisiones que afectan al país se tomen sin su participación en el consenso.

 

En este primer consenso y por disposición del propio tratado, tendría que estar presente el representante nacional aceptando que se tomen posteriores decisiones sin su participación.

 

En este supuesto, era importante mocionar para aclarar que en los casos en que se vaya a acordar que la Comisión tomará posteriores decisiones sin todos su miembros, el representante nuestro no debe aceptar que éstas puedan acordarse sin su participación.

 

En este sentido se presentó una moción que dice textualmente:

 

“El representante de Costa Rica ante la Comisión de libre Comercio, no podrá acordar que las decisiones que afecten a Costa Rica se tomen sin su participación en el consenso” 

 

La aprobación de esta moción, no crea obligaciones nuevas entre las partes del Tratado, sino que más bien normatiza de forma interna las actuaciones y el comportamiento del representante de nuestro país ante dicho órgano.

 

 

Dejar claro que en materia de expropiaciones no se le impone al país obligaciones distintas a las establecidas en las normas de derecho interno. Para aclarar esto se presentó una moción en referencia al Capítulo 10 artículo 10.7 y anexo 10-C, en relación con la expropiación indirecta o actos equivalentes a expropiación que dice textualmente:

 

“El tratado no impone obligaciones distintas a Costa Rica, en materia de expropiaciones, distintas a las contenidas en su derecho interno ni modifica el artículo 45 de la Constitución Política.

 

Lo anterior es consecuente con la no afectación del tratado en nuestras potestades constitucionales y legales en materia de expropiación, ya que algunos sectores adujeron que con el artículo mencionado se imponía un régimen distinto de expropiación.

 

 

Por otro lado, se mocionó con el objeto de aclarar que ninguna disposición del tratado, implica una modificación a la legislación nacional que regula el sector de los servicios profesionales y de igual manera, no se afectarán las normativas vigentes para los Colegios Profesionales.

 

La moción dice textualmente:

 

“El tratado no impone al estado Costarricense ni a los Colegios Profesionales ninguna obligación con respecto al sector de Servicios Profesionales que implique la modificación de la legislación nacional aplicable al sector.

El Estado podrá emitir las leyes, reglamentos o directrices administrativas que estimen necesarias para garantizar el cumplimiento de los fines de interés público en el ejercicio profesional.”

 

Con esto se aclara que no existe la posibilidad de una invasión de profesionales extranjeros que puedan ejercer en el país, sin cumplir con las obligaciones y requisitos que exige la legislación nacional en materia de ejercicio de la profesión.

 

Cabe destacar el país ha incorporado reservas con respecto a la aplicación del tratado, donde se incluye únicamente  aquella legislación dentro de la cual existen disposiciones que pueden ser disconformes con las obligaciones contenidas en el tratado, donde se encuentran enlistadas reservas relacionadas con el sector de servicios profesionales, quedando claro que no se impone ni apertura ni desregulación de este sector.

 

Otro de los puntos de interés aclaratorio es el Comercio Trasfronterizo, donde para efecto de dejar aún más claro lo establecido en la reserva II-CR-· de la lista de Costa Rica para el anexo II en materia de Servicios Sociales, se mocionó textualmente de la siguiente manera:

 

“ Costa Rica mantiene el derecho de adoptar o mantener cualquier medida, incluso cuando sea contraria a las disposiciones del Capítulo 10 sobre inversión y el Capítulo 11 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios, respecto a la ejecución de leyes y al suministro de servicios de readaptación social, así como los siguientes servicios en la medida que sean servicios públicos que se establezcan o mantengan por un interés público: seguro o seguridad de ingreso, servicios de seguridad social, bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud, atención infantil, servicios de alcantarillado público y servicios de suministro de agua.”

 

Con lo anterior se deja claro que lo establecido en el tratado, no afecta ni menoscaba las potestades constitucionales y legales del país en esta materia, ya que nos reservamos el derecho de adoptar o mantener cualquier medida respecto a la ejecución de las leyes y al suministro de los servicios mencionados.

 

 

Se buscó aclarar que ninguna de las obligaciones del tratado condiciona las políticas nacionales en materia de educación o elimina competencias del Estado. Para esto, se mocionó de la siguiente manera textualmente:

 

“Ninguna de las obligaciones estipuladas en el tratado condiciona las políticas nacionales en materia de educación, ni elimina las competencias del Estado, pudiendo adoptar o mantener cualquier medida que considere necesaria en materia de educación pública”

 

Cabe destacar que para analizar este instrumento jurídico, es necesario diferenciar las disposiciones aplicables a la educación pública y privada. Esto por cuanto, en materia de educación pública Costa Rica no asumió ningún compromiso, por lo tanto, el tratado no implica ninguna modificación a la legislación nacional vigente. Además, en el anexo II del Tratado, expresamente dispone en la reserva II-CR-3 que el país se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida respecto a la educación pública.

 

Por su parte, en cuanto a la educación privada, sí son aplicables las disposiciones del capítulo 10 sobre Inversión y el Capítulo 11 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios, en lo relativo a la competencia y a la no discriminación sobre la base de criterios objetivos y transparentes. Sin embargo, no se prevé dentro de este instrumento ninguna modificación al régimen actual que regula la educación privada.

 

Otro elemento de vital importancia es la aclaración de que dentro del capítulo 12 del tratado, se excluyen los planes de jubilación públicos o sistemas legales de seguridad social, excepto cuando se presten en condiciones de competencia.

 

En este sentido se mocionó de la siguiente manera:

 

“Quedan excluidos del ámbito de aplicación del Capítulo 12 los planes de jubilación públicos o sistemas legales de seguridad social. No obstante, si el Estado permite que estas actividades y servicios sean prestados por sus instituciones financieras en competencia con una entidad pública o una institución financiera se aplicará el Capítulo”

 

Gran parte del desarrollo social, político y económico de Costa Rica se ha basado en el reconocimiento y la protección en beneficio de los trabajadores, de un conjunto de derechos o “Garantías Sociales” que no solamente permiten que dichos trabajadores realicen un aporte importante en el desarrollo nacional, sino que también favorecen  condiciones para que ellos mismos puedan tener una mejor calidad de vida. Esto de trascendental importancia ideológica para nuestra fracción, porque representa gran parte del sustento ideológico y los principios que nos motivan.

 

Buscamos reafirmar que dentro del tratado se respeta la Constitución Política de Costa Rica y reconoce el derecho del Estado de mejorarla y establecer, modificar o derogar sus propias normas, estándares y políticas en materia laboral, así como la posibilidad de determinar las acciones reguladoras o de la administración sobre temas laborales.

 

En ese sentido se mocionó de la siguiente manera:

 

“El Estado reafirma el pleno respeto a la Constitución Política de Costa Rica y reconoce el derecho del Estado de mejorarla y de establecer, modificar o derogar sus propias normas, estándares y políticas en materia laboral, así como la posibilidad de determinar las acciones reguladoras o de la administración sobre temas laborales. Todo de conformidad con la declaración de la OIT relativa a los principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998 y demás convenios internacionales vigentes”

 

De igual manera, se aclara que el tratado no modifica ni elimina en ninguna medida el ordenamiento procesal laboral ni el procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo, para presentar reclamos y mecanismos de impugnación ante la OIT, ya que la definición laboral que establece el tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo tratado.

 

Para esto mocionamos de la siguiente manera:

 

“El tratado no modifica ni elimina en ninguna medida el ordenamiento procesal laboral, ni el procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo, para presentar reclamos, ni los mecanismos de impugnación ante la OIT

 

En materia procesal laboral, el tratado lo único que hace es incluir algunos requisitos mínimos de procedimiento, que los países se comprometen a tener para asegurar que los procedimientos laborales cumplan con el debido proceso, cosa que ya Costa Rica cumple.

 

Por otro lado, se aclara que la definición de legislación laboral que tiene el tratado, no cambia el significado del mismo que posee nuestro país en el derecho interno. En este sentido se mocionó:

 

“La definición de legislación laboral establecida en el tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo tratado y no una referencia obligatoria para Costa Rica en otros ámbitos que no sea la aplicación del Tratado, específicamente el capítulo 16. Dicha definición no puede tomarse como una limitación para que se establezcan definiciones diferentes en el marco de la legislación laboral.”

 

 

Dentro del tema de Medio Ambiente, reafirmamos que la definición de legislación ambiental establecida en el tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo tratado y no es una referencia obligatoria para nuestro país en otros ámbitos.

 

Es importante aclarar que el tratado es un instrumento comercial que no busca ni pretende dictar normas o políticas ambientales. La incorporación del Capítulo Ambiental dentro del tratado, tiene como objetivo establecer disposiciones dirigidas a evitar que la aplicación de la legislación ambiental se vea afectada para favorecer intereses comerciales.

 

Por esto se presentó la siguiente moción, en conjunto con la diputada Arguedas Maklouf:

 

“La definición de legislación ambiental incluida en le tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo Tratado y  no es una referencia obligatoria para Costa Rica en otros ámbitos que no sea la aplicación del Tratado. Dicha definición no puede tomarse como una limitación para que se establezcan definiciones diferentes en el marco de la legislación ambiental nacional.”  

 

De igual manera, dejar clarificado  que la interpretación de las disposiciones contenidas en el Tratado sobre “requisitos  de desempeño e inversión” no se oponen a lo establecido en el Convenio de Biodiversidad Biológica, ratificado por nuestro país.

Para esto se mocionó de la siguiente manera:

 

La Asamblea Legislativa de la república de Costa Rica interpreta que las disposiciones contenidas en el artículo 10.9 “requisitos de desempeño”, inciso 1, subinciso f) del Capítulo 10 “inversión” no se opone a las disposiciones contenidas en los artículos 15 y 16 del Convenio sobre Biodiversidad Biológica aprobado mediante ley número 7416 del 08 de junio de 1994.”

 

Bajo los mismos principios, apoyamos otras iniciativas indistintamente de la procedencia política en temas como por ejemplo: Régimen Municipal, agua y armas y sobre la obligatoriedad de cumplimiento con las disposiciones del Tratado.

 

Lo anterior puesto que dentro del proceso de discusión, han surgido dudas sobre este aspecto. Además debe clarificarse que el tratado es vinculante y debe ser cumplido por todas las partes, y que el hecho de que Estados Unidos a pesar de poseer un Sistema de Derecho Común y nosotros Derecho Civil como en la mayoría de Latinoamérica, no goza de ningún trato diferenciado por el mecanismo utilizado para aprobar los tratados internacionales, que para ellos dicha figura jurídica se conoce como acuerdos internacionales, y son de aplicación interna no directa.

 

El tratado en este sentido es claro al establecer que las partes garantizan la adopción de medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de este instrumento incluso a nivel estatal. Además, está claro que el incumplimiento de las obligaciones por cualquiera de las partes, tiene las mismas consecuencias sin diferencia alguna, permitiendo el uso de los mecanismos de solución de controversias y la suspensión de beneficios en caso de incumplimientos.

 

A continuación se presentan las mociones apoyadas por esta diputada, que si bien no fueron presentadas por mi persona, las apoyé por considerar de vital trascendencia para el entendimiento del Tratado:

 

 

Moción de fondo 3-64 de varios señores diputados:

 

“Para que se agregue un nuevo artículo a la ley de aprobación del Tratado, como cláusula interpretativa al artículo 1.4 del Tratado, "Alcance de las Obligaciones", que diga:

 

Artículo nuevo:  la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que el artículo 1.4 del Tratado debe interpretarse en el sentido que todas las Partes tienen la misma obligación de cumplir con las disposiciones del Tratado y por ende debe ser cumplido de buena fe observando los principios de Derecho Internacional Público como el de "pacta sunt servanda" y la costumbre internacional.  Asimismo se considera que este Tratado no podrá generar obligaciones válidas para el país en caso de encontrarse en contraposición con nuestra Constitución Política”.

 

Moción 3-65 del ex diputado Aiza Campos:

 

“Para que se agregue como artículo nuevo a la ley de aprobación del “Tratado de Libre Comercio República Dominicana – Centroamérica – Estados Unidos”, una cláusula interpretativa sobre lo que se dispone en el Capítulo Nueve, Contratación Pública, Sección B, Entidades Gubernamentales a nivel su-central, lista de Costa Rica.

 

Artículo .-  Cláusula Interpretativa

 

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que a pesar de que las municipalidades de Costa Rica hayan sido listadas en el Capítulo Nueve, Contratación Pública, en la Sección B, como Entidades Gubernamentales a nivel sub-central, eso no compromete el carácter autónomo de los Gobiernos Locales o municipales en la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón de Costa Rica, según lo disponen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República”.

 

Moción de fondo 8-67 de varios diputados:

 

“Para que se agregue un nuevo artículo a la ley de aprobación del Tratado, como cláusula interpretativa que diga:

 

ARTÍCULO NUEVO: Sobre el recurso hídrico.

 

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que ninguna de las disposiciones de este Tratado menoscaban la potestad regulatoria del Estado en materia del recurso hídrico”.

 

Moción de fondo 1-72 del diputado Merino del Río:

 

“Para que, de conformidad con los artículos 123 y 124 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se adicione un artículo nuevo al proyecto de ley de aprobación “Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos”, que en adelante se leerá de la siguiente manera:

 

“ARTÍCULO NUEVO.-   La República de Costa Rica interpreta que lo establecido en el Capítulo 3 “Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado”, el Capítulo 10 “Inversión” o cualquier otra disposición del Tratado no es incompatible con los controles, restricciones, limitaciones y prohibiciones establecidos en la legislación nacional o que, por cualquier razón de interés público, el Estado Costarricense decida establecer en el futuro, sobre la importación, la exportación, el comercio o la tenencia de armas, explosivos o municiones, sus partes o componentes, así como de equipo, maquinaria, vehículos, naves, aeronaves o cualquier otro dispositivo o implemento de uso bélico o militar”.

 

Moción 5-73 del diputado Salom Echeverría:

 

“Para que se incluya un artículo al Proyecto de Ley conocido en el Expediente 16.047, Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica, Estados Unidos, cuyo texto dirá:

 

Artículo.- (...)

 

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica en ejercicio de sus competencias constitucionales, en cuyo seno reside la representación del pueblo, hace la siguiente declaración:  Interprétese que en la sección B, del anexo 9.1.2 (b)(i) en cuanto indica que “entidades gubernamentales a nivel sub-central”, debe entenderse por Gobierno Municipal en los términos establecidos en el artículo 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y, por tanto, autónomos del Gobierno a nivel central”.

 

Moción de fondo 6-73 del diputado Quirós Lara y la diputada Arguedas Maklouf:

 

“Para que se agregue un artículo nuevo a la ley de aprobación “Tratado de Libre Comercio República Dominicana — Centroamérica — Estados Unidos”, como cláusula interpretativa, que diga:

 

Artículo.— La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que, con respecto al Capítulo Nueve, Contratación Pública, Anexo 9.1.2 (b)(i), Sección G, Notas Generales, la nota general número 1 de Costa Rica que textualmente indica que:  “Este Capítulo no se aplica a los programas de compras de la Administración Pública para favorecer a las Pequeñas, Medianas y Micro Empresas (PYMES)” implica que las entidades públicas del Gobierno de Costa Rica, al adjudicar contratos de compras de bienes, servicios o servicios de construcción, podrán aplicar preferencias a favor de las PYMES nacionales, en aplicación de programas desarrollados específicamente para estos efectos, sin que ello constituya una violación al Tratado”.

 

Moción 2-74 (2-73) de las diputadas Fonseca Corrales y Zamora Chaves, y los diputados Molina Gamboa, Salom Echeverría y Madrigal Brenes:

 

“Para que se incluya un artículo (...) al proyecto de ley que contiene el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica, el Gobierno de la República de Guatemala, el Gobierno de la República de Honduras, el Gobierno de Nicaragua, el Gobierno de la República de El Salvador, el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, cuyo texto dirá:

 

Artículo.- (...) Principios generales aplicables a cualquier medida cubierta por el Capítulo 9

 

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, en ejercicio de sus competencias constitucionales, en cuyo seno reside la representación del pueblo, hace la siguiente declaración interpretativa:

 

Interprétase que, en el Capítulo Nueve, artículo 9.2. concerniente a los principios generales aplicables a cualquier medida cubierta por este capítulo, se entiende que sobre ellos prevalecen los principios de rango constitucional que informan la Contratación Pública, contenidos en el artículo 182 de la Constitución Política”.

 

 

 

 

I. LA AGENDA DE IMPLEMENTACIÓN.

 

En el marco del proceso de negociación de un instrumento comercial, los países negociantes adquieren compromisos ineludibles que se convierten en una agenda interna a nivel institucional y legislativo. Para el caso que nos ocupa, esta agenda contempla trece proyectos  de ley.

 

Por esto el esfuerzo, no sólo se concentra en el Tratado, sino también, en la elaboración de los proyectos y reglamentos necesarios para la implementación del TLC con los Estados Unidos, los cuales cubren áreas de telecomunicaciones, seguros, representación de casas extranjeras, propiedad intelectual, reglas de origen, disposiciones y procedimientos aduaneros a la luz del tratado y medidas anti corrupción.  En este proceso se coordinó con las entidades públicas y organizaciones privadas atinentes en cada tema.

 

La agenda de implementación y la agenda para el desarrollo contemplan muchas cosas que son necesarias, son deseables y son viables, con el tratado o sin el tratado, pero singularmente, es la implementación de un acuerdo como estos, lo que muy a menudo lleva a que tengamos el diálogo, el esfuerzo de implementación, la asignación de recursos y el consenso político, para dar estos pasos.

 

Por lo tanto, es importante que esa agenda  se dé, no únicamente porque ayuda a ser viable al Tratado, sino, porque lo ayuda a lograr los resultados que se desean en beneficio del país. Algunas iniciativas que serán discutidas en la Asamblea legislativa, en el marco de esta agenda, donde la Fracción Socialcristiana actuará responsablemente proponiendo y defiendo los intereses de las y los costarricenses, amparados en los principios que nos rigen como grupo parlamentario son:

 

La Ley de fortalecimiento y modernización de las entidades públicas del sector telecomunicaciones, expediente Nº 16.397, donde se definen los tres roles que el Estado tendrá en el sector telecomunicaciones (rector, regulador y operador) y se sientan las bases para modernizar y fortalecer a las entidades públicas que ejercerán esos roles.

 

A su vez se encuentra, la Ley General de Telecomunicaciones, expediente Nº 16.398 que desarrolla el marco para la regulación y prestación de las telecomunicaciones (apertura y regulación de los servicios de internet, base de datos y telefonía celular) y crea las condiciones para el desarrollo del mercado  y la competencia efectiva entre los operadores participantes.

 

Cabe destacar que en el momento de la discusión de ambas iniciativas, lucharemos por generar un proceso de fortalecimiento institucional efectivo, que permita al Estado participar en negocios rentables y a su vez garantizar a los ciudadanos y ciudadanas un acceso efectivo y de calidad en los servicios que brinda el sector, bajo los principios de solidaridad y universalidad.

 

En relación con el Instituto Nacional de Seguros se presentaron dos leyes, la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, expediente Nº 16.305, que desarrolla el marco para la autorización, regulación y funcionamiento de las entidades aseguradoras, reaseguradoras, intermediarios de seguros y de los servicios auxiliares. Crea las condiciones para el desarrollo del mercado asegurador y la competencia efectiva de las entidades  participantes y la Ley reguladora del Contrato de Seguros, expediente Nº16.304, que propone modernizar la normativa que rige al contrato de seguros.

 

Como lo indiqué antes, mi posición en cuanto al tema de seguros y telecomunicaciones es a favor de su modernización y apertura, porque creo que esta tarea es impostergable, aunque ambos temas debieron ser abordados con anterioridad al TLC y no dentro de este contexto, por cuanto, merecen un análisis minucioso y reposado que requiere voluntad para construir el consenso en torno a todos aquellos aspectos que ocupan el interés de las diferentes Fracciones Políticas representadas en la Asamblea Legislativa.

 

Con relación a la elaboración de los proyectos en materia de propiedad intelectual y representación de casas extranjeras, se tuvo la participación del Ministerio de Comercio Exterior, el Ministerio de Hacienda (Dirección General de Aduanas), el Ministerio de Justicia y Gracia, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y organizaciones privadas relacionadas con el tema. 

 

En materia de propiedad intelectual y representación de casas extranjeras, cabe señalar que nuestra legislación está rezagada, por cuanto en los Tratados Comerciales ya en vigencia, ponen a nuestros productores a competir en condiciones desiguales y por tanto desventajosas.

 

Es por ello, que los proyectos de ley resultantes se presentaron a la corriente legislativa en los primeros meses del 2006. A saber:

 

La reforma a la Ley de Protección al Representante de Casas Extranjeras, expediente Nº 16.116,  introduce modificaciones a las disposiciones sobre las causas justas para la terminación de los contratos, con y sin responsabilidad para la casa extranjera. Promueve el establecimiento de un mayor número de relaciones comerciales entre dichas casas y los representantes, y  regula la indemnización por daños y perjuicios que se reclame e incentiva el uso de medios alternos de solución de controversias.

 

El Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en materia de Patentes (1980), expediente Nº 16.123,  regula el reconocimiento internacional del depósito de microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes.

 

El Tratado sobre el Derecho de las Marcas (1994), expediente Nº 16.144, tiene como objetivo facilitar la utilización de los sistemas nacionales e internacionales de registro de marcas, mediante la simplificación y la armonización de los procedimientos y la eliminación de obstáculos en los países parte del Tratado.

 

Otro proyecto de ley, responde a la necesidad de que nuestro país promueva la legislación interna para que sea conforme con la protección que brinda el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV-1991), antes de proceder a la ratificación de este convenio.  Se trata de la Ley de Protección a las Obtenciones Vegetales, expediente Nº 16.327, que establece el régimen jurídico nacional que será aplicable para la protección de los derechos de los obtentores de nuevas variedades vegetales, salvaguardando el derecho al uso de parte del pequeño y mediano agricultor.

 

Con la Reforma de varios artículos de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, expediente Nº 16.118, se pretende aclarar el ámbito de los signos que pueden constituir una marca y clarifica las regulaciones sobre las licencias de uso de marca. Plantea una serie de modificaciones a las regulaciones sobre la duración de la protección de la patente, para evitar  prácticas abusivas por parte de las autoridades administrativas.

 

La Reforma y adición de varios artículos de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, expediente Nº 16.117, fortalece y facilita la protección y observancia de estos derechos a la luz de los nuevos avances tecnológicos, principalmente mediante la tipificación de delitos contra la evasión de medidas tecnológicas y las señales de satélites.

 

Asimismo, el Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de América sobre Cooperación Ambiental, expediente Nº16.279, establece un marco común que permita promover la cooperación destinada a proteger, mejorar y conservar el ambiente y los recursos naturales entre los países firmantes del Acuerdo.

 

Otros proyectos  por presentarse a la Asamblea Legislativa son una reforma al Código Penal, que busca el establecimiento de sanciones monetarias a empresas vinculadas con los delitos de soborno y corrupción; y el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (1991)-UPOV, el cual establece un régimen de protección a los obtentores de nuevas variedades vegetales, a partir de estándares internacionalmente acordados.

 

De aprobarse el Tratado por la Asamblea Legislativa, deberá realizarse un intercambio de notas con los demás países parte, por medio del cual se les hará saber que Costa Rica ha concluido los procedimientos necesarios y ha cumplido con los compromisos asumidos, estando listos para poner en vigencia el acuerdo comercial.

 

VI. NUESTRO CONCEPTO DE AGENDA PARA EL DESARROLLO.

 

Mucho se habla en el país de “agendas”, es por ello, que los socialcristianos hemos integrado variables fundamentales para el desarrollo, tales como: educación, salud, infraestructura y producción.

 

Para los Socialcristianos la incidencia del TLC en nuestro país, dependerá de nuestra capacidad de poner en marcha una Agenda para el Desarrollo que incluya las variables -antes mencionadas- que logren impactar más allá del tratado y se conviertan en un motor de desarrollo nacional.

 

Sin duda alguna, nuestra capacidad en el diseño y ejecución de políticas públicas, destinadas a aprovechar las nuevas oportunidades de comercio e inversión que ofrece este instrumento comercial, así como contrarrestar los efectos negativos en los sectores económicos y sociales vulnerables, serán vitales en el impacto final.

 

El tratado debe observarse como un instrumento complementario y no como un sustitutivo de políticas nacionales de desarrollo o mucho menos como un modelo de desarrollo en sí mismo.

 

La Agenda para el Desarrollo es el punto de partida de los acuerdos destinados a definir una nueva Agenda Legislativa.  Esta agenda debe ser pensada bajo la premisa del bien común, como un  compromiso con visión de largo plazo, que considere a todos los actores sociales y sujeta a revisión permanente. Debe nutrirse de la concurrencia de los diversos grupos sociales y políticos que interactúan en la vida nacional para que resulte consecuente ideológicamente y sea el rostro de un modelo de desarrollo solidario y humanista.

 

De esta Agenda para el Desarrollo necesariamente tendrán que desprenderse un plan y un conjunto de acciones concretas y políticas de corto, mediano y largo plazo, que aseguren su cumplimiento y se expliciten los qué?, los porqué? y los cómo?, partiendo de un entendimiento de nuestro presente y de nuestros propósitos sobre el futuro de Costa Rica.

 

Algunos desafíos que se deben abordar y con los que estamos comprometidos los socialcristianos son los siguientes:

 

Reducir las grandes desigualdades económicas y sociales, fortalecer un eficaz Estado de Derecho, garantizando por parte del Estado la seguridad de las personas y sus bienes, el respeto a los pueblos indígenas, a las personas con alguna discapacidad, reconociendo y promoviendo su igualdad de derechos y oportunidades; un proyecto político con enfoque de género.

 

El Estado debe ser el coordinador y conductor del esfuerzo nacional, así como el promotor con sentido de equidad en el desarrollo sostenido y sostenible en lo político, social, económico y ambiental, garante de la seguridad jurídica y ciudadana.

 

Cabe destacar algunas áreas dentro de esta agenda para el desarrollo:

 

Combate a la pobreza:

 

Su fin último debe ser la erradicación de la pobreza extrema, realidad que ofende la dignidad y sensibilidad del pueblo costarricense y que pone en duda la validez y eficacia de las instituciones y del sistema político democrático.

 

En esta dirección cabe resaltar nuestra coherencia, al presentar el proyecto que reforma el artículo 59 de la Ley del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANVI), dirigida a la erradicación de tugurios, el cual ya fue debidamente aprobado en el plenario legislativo. A su vez ,  presentamos el proyecto de ley de Reforma a la ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares Número 5662, que pretende realizar una reforma integral a dicha ley con el objeto de priorizar y maximizar los recursos para el efectivo combate de la pobreza.

 

Por otro lado, apoyamos el proyecto 16.240 denominado Ley de Fortalecimiento Financiero del Instituto Mixto de Ayuda Social, ya que la misma nace del proyecto presentado por la Gerencia del IMAS durante la Administración Pacheco de La Espriella, producto del diagnóstico, estudio y aporte de los funcionarios de la institución y de las observaciones de las dos últimas Juntas Directivas de la Institución. Con esta iniciativa, se pretende revitalizar el campo financiero, liberar ataduras que impiden el cumplimiento de la misión institucional y  sobre todo, generar una mayor inversión social.

 

 

Obra Pública:

 

 Apoyamos el proyecto de Reforma Parcial a Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, expediente 15.922, con el fin de facilitar los procesos en donde participan las empresas interesadas en obtener este tipo de concesión,  paralelo a la responsabilidad ambiental que nos permite una producción limpia.

 

 

 

Descentralización:

 

Otra de las propuestas hace referencia al fortalecimiento institucional y al mejoramiento de la calidad en materia de regulación. Un país con estabilidad política, con instituciones eficientes y con regulaciones adecuadas, es un país en el cual el comercio tendrá un mayor impacto sobre el desarrollo.

 

En este sentido, tanto la Contraloría General de la República como el Informe del Estado de la Nación han señalado en reiteradas ocasiones el alto costo de oportunidad que representa la ineficiencia e ineficacia  en la prestación de los servicios que brinda el Estado para el desarrollo nacional.

 

Se ha señalado que el Estado tiene una administración pública ineficiente, que lo convierten en un aparato rígido, lento y caro que le impide ejecutar con eficiencia y eficacia las acciones fundamentales que le corresponden.

 

En este tema, la Fracción socialcristiana considera necesario revisar el papel del Estado para ponerlo en función de los objetivos y garantías constitucionales -individuales y sociales- para recuperar la libertad y la solidaridad. Deben recuperarse las funciones básicas como seguridad ciudadana, justicia, infraestructura, inversión en capital humano y acción social.

 

Las reformas al Estado requieren sin embargo de la existencia previa de una visión o modelo a seguir. El modelo institucional que poseemos incluyendo a las municipalidades, no están a la altura  de una nación en proceso de cambio dentro del contexto  mundial.

 

Costa Rica requiere un Estado moderno, sin duplicidad de funciones y gastos innecesarios lo que lleva a la consecuente revisión de las funciones públicas, su regulación general, de las actividades privadas y la regulación específica de los servicios públicos.

 

Es imprescindible no sólo para crear las condiciones propicias para el comercio internacional, sino  para garantizar un eficiente funcionamiento de los procesos, programas y proyectos que son atendidos por las instituciones  en beneficio de los costarricenses.

 

Es necesario en este contexto, retomar la Planificación Nacional y continuar con desarrollo de Gobierno Digital.  Dirigir la atención a las dependencias gubernamentales que tienen un importante rol en la ejecución de las tareas propias de los diferentes instrumentos comerciales para asegurar el aprovechamiento de los beneficios que conllevan. 

 

Así también, es necesario dirigir esfuerzos al fortalecimiento de la Dirección General de Aduanas, a la Dirección de Aplicación de los Acuerdos Comerciales, a la Oficina de Prácticas de Comercio Desleal, de la Comisión para la Promoción de la Competencia,  el Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Promotora del Comercio Exterior, la Oficina de Registro de Patentes, los laboratorios y oficinas responsables de sanidad e inocuidad animal y vegetal, el Ministerio de Salud en lo relativo a medicamentos, entre otras.

 

En esta misma dirección, la descentralización territorial juega un importante papel para nosotros los socialcristianos ,por razones democráticas, de libertad y de eficiencia.  Sin descentralización no hay una verdadera reforma del Estado.  Descentralizar significa acercar la administración de los servicios públicos a los usuarios, para que ellos sean los inspectores más directos.  Esto supone pensar en instancias territoriales en asocio con las Municipalidades.

 

Lo dicho supone el necesario traslado de competencias del gobierno nacional al gobierno local. Para ello debemos hablar de una verdadera descentralización, no de una mera desconcentración de instituciones, competencias o recursos públicos, ya que esto involucra además el traslado de responsabilidades políticas, económicas y sociales a los gobiernos locales.

 

 

Producción:

 

Debemos fomentar el desarrollo rural y para esto es vital construir una adecuada infraestructura productiva, por esto apoyamos la creación de una ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, cuyo proyecto se encuentra mediante el expediente 16.480.

 

Esta iniciativa pretende establecer un marco regulatorio bajo el cual se pueda impulsar el desarrollo, la competitividad, la productividad y la movilidad social de los sectores productivos . Incluiría brindar estímulos fiscales para que las instituciones financieras privadas puedan crear unidades de banca de desarrollo, establecer que la banca privada constituya un fondo para realizar préstamos y dar garantías en condiciones diferenciadas a sus operaciones regulares y lograr que los bancos públicos y privados establezcan un sistema de apoyo técnico empresarial y capacitación.

 

Es vital el apoyo al desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa y la  inclusión de mecanismos que permitan a los trabajadores estar mejor capacitados para condiciones especiales de trabajo y de movilidad laboral y considerar las necesidades particulares de la mujer trabajadora, de la población con discapacidad y la erradicación del trabajo infantil. En esta dirección presentamos a la corriente legislativa el proyecto 16.482, denominado Ley de Promoción a las Cooperativas de Trabajo Asociado o Autogestión.

 

Otro importante proyecto  que impacta el área económica es la “Ley para el desarrollo, promoción y fomento de la actividad agropecuaria orgánica”.  Expediente No. 16.028.

 

El proyecto fue aprobado por el Plenario Legislativo y convertido en Ley de la República el 27 de octubre de 2006, Ley 8542  dada la urgencia de que el país cuente con un cuerpo jurídico que no solo proponga regulaciones básicas para el desarrollo de la actividad, sino que la promocione y fomente, de manera que se asuma como una actividad estratégica y como una alternativa clara de desarrollo que le permitan desenvolverse de cara al mercado interno y externo con seguridad, y diseñar políticas que ayuden a enfrentar sus amenazas.

 

Esta Ley fue declarada de interés público para la actividad agropecuaria orgánica, por los beneficios que se derivan de su producción en sus diversas manifestaciones; a tal efecto, el Estado debe incluirla dentro del Plan Nacional de Desarrollo.

 

Tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo, promoción, fomento y gestión de la actividad agropecuaria orgánica, fortalecer los mecanismos de control y promoción de los productos derivados de la actividad agropecuaria orgánica; así como procurar la competitividad y rentabilidad de los mismos, además de procurar un efectivo beneficio de la salud humana, animal y vegetal en conjunto, como complemento para el desarrollo de políticas públicas referidas al uso del suelo, el recurso hídrico y la biodiversidad.

 

En cumplimiento de tales objetivos deben tenerse como prioritarios el beneficio especial de personas micro, pequeñas y medianas productoras y sus familias, la promoción de la equidad de género, el respeto a la diversidad cultural y el adecuado reparto de la riqueza, así como la protección del ambiente y la salud de todos los seres humanos.

 

Educación:    

 

En el campo de la  Educación, de importancia trascendental, la propuesta se dirige a promover la universalidad, la calidad y la excelencia, en un mundo cada vez más tecnificado e informatizado.

 

Para lograr esto, debemos mejorar la infraestructura escolar, la cobertura y garantizar una educación a la niñez a la juventud y a los adultos en igualdad de condición.  Ya en varias oportunidades he manifestado no solo con palabras sino con hechos, mi compromiso en este tema y los proyectos de ley encaminados a lograr los objetivos señalados.

 

En este contexto se hace imprescindible implementar un nuevo modelo educativo. Por eso impulsamos el aumento presupuestario mediante una reforma constitucional que aumenta el presupuesto del 6% al 8% del PIB y un Foro permanente para la Educación, de la Constitución Política de la República de Costa Rica, para el fortalecimiento de la Educación mediante el proyecto 15.638, denominado Reforma del Artículo 78, garantizando el acceso universal y equitativo a una educación de calidad.

 

La iniciativa establece que el gasto público en educación debe incrementarse medio punto porcentual por año porque somos conscientes que este tema hay que tratarlo con responsabilidad fiscal, para mejorar de manera integral la calidad y la cobertura en educación a nivel nacional.

 

Creemos que la realidad que vive Costa Rica, nos advierte de la importancia de introducir cambios estructurales en el sistema educativo costarricense.  Invertir en educación es garantizarle a la infancia y juventud costarricense oportunidades reales de desarrollo, en procura de lograr la equidad social.

 

Esta iniciativa es un paso importante pero para llegar al fortalecimiento del sistema educativo del país se requiere de acciones que trasciendan una administración y se convierta en un acuerdo nacional, en una política pública de Estado, coherente, duradera y respetada, por eso hicimos una exitativa al Ministro de Educación, para convocar a un Foro Permanente Nacional para la Educación, donde todos los actores nacionales construyamos juntos y con visión de largo plazo, la política educativa que queremos para la presente y futuras generaciones.

 

En esta cruzada estaremos siempre los socialcristianos y prueba de ello es que  también se han hecho propuestas, para mejorar la educación costarricense mediante la creación de la Comisión Permanente de Educación y; en materia  de becas que otorga el FONABE, para que se destine un 10% para estudiantes con discapacidad, esto mediante el proyecto 16.407, denominado Modificación de los artículos 2,4,6,7 y 8 de la ley 7658 Creación del Fondo Nacional de Becas.

 

A este esfuerzo se suman los realizados durante la tramitación del Presupuesto Ordinario de la República para el 2007, mediante los cuales logramos la aprobación de una moción para redireccionar Ë1949 millones al Ministerio de Educación que se destinarán a su programa de Equidad Social, con ello nos garantizamos que para el 2007 este sector contará con mayores recursos, para cumplir con sus objetivos de promover mejores oportunidades a nuestros estudiantes.

 

 

 

 

Trabajo:

 

El país requiere una política laboral constantemente actualizada y consensuada y un efectivo cumplimiento de la legislación laboral, garantizando los derechos y garantías sociales de los trabajadores.

 

En materia de trabajo y empleo nuestro compromiso debe ser el de cumplir y hacer cumplir la legislación laboral nacional e internacional, contenida en los convenios fundamentales de la OIT ya ratificados por Costa Rica y dos en mora cuyos contenidos constituyen las normas mínimas de aceptación internacional.

 

Como aporte en esta área, presentamos a la corriente legislativa el proyecto 16.485 denominad Ley de los Derechos de los Trabajadores Gastronómicos y el proyecto 16.285  ley de Incentivos para la generación de empleo y  nuevas empresas de servicios en zonas de menor desarrollo relativo, con el objeto de incentivar la creación de pequeñas y medianas empresas que se instalen en estas zonas.

La obsolescencia de los procedimientos judiciales es señalada constantemente como una de las causas del retraso judicial que resiente y caracteriza el sistema de administración de justicia.

Como respuesta, la Corte Suprema de Justicia se ha propuesto impulsar un proyecto de Ley de Reforma Procesal Laboral, Expediente Nº 15.900 que sin alejarse mucho del proceso común y la existencia de un procedimiento autónomo para la aplicación de las disposiciones laborales sustantivas.

Este constituye el instrumento más importante para la vigencia y el desarrollo adecuado del criterio fundamental que orienta el Derecho de Trabajo, que es la necesidad de otorgar una adecuada tutela a la parte más débil de la relación laboral (el trabajador), sin menoscabo de los derechos fundamentales de los empleadores.

Con tribunales especializados y disposiciones adjetivas también  especiales, ese criterio fundamental que en esencia constituye el llamado “principio protector”, que se puede materializar y desarrollar mejor en un entorno de cultura jurídica específica.  Se fortalece el sistema del Código introduciendo estructuras procesales más sencillas, más acordes con los cambios que ha experimentado en el tiempo la doctrina procesal y más adecuadas a las necesidades de la sociedad costarricense actual.

La reforma al Código comprende múltiples propuestas en temas como el derecho colectivo de trabajo; la prescripción de los derechos en el campo laboral y, el procedimiento para la solución de conflictos  jurídicos individuales.

Además, se le introducen una serie de innovaciones propiamente en el campo de la Jurisdicción Especial de Trabajo y se mejora la estructura del Código.  Todo conforme con importantes sentencias de la Sala Constitucional sobre temas de derecho colectivo (huelga en los servicios esenciales, prescripción de los derechos laborales, constitucionalidad de los laudos y convenciones colectivas en el sector público), así como recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo. 

 

En relación con este tema de legislación laboral, el entendimiento de seis Jefes de Fracción política ( Partido Acción Ciudadana, Frente Amplio, Unión Nacional, Restauración Nacional y Unidad Social Cristiana), hizo posible su acompañamiento en una misiva de nuestra fracción, dirigida al Ministro de la Presidencia Rodrigo Arias, con el fin de solicitarle al Poder Ejecutivo el envío al Congreso de dos Convenios Internacionales, tendientes a resguardar los derechos laborales existentes en nuestra legislación y saldar así el compromiso que tiene el país con la Organización Internacional del Trabajo, que se firmó en 1978 y 1981.

 

Una de estas iniciativas protege a quienes laboran en la administración pública, contra cualquier acto que limite o violente su libertad sindical y la otra, busca garantizar el fomento de la negociación colectiva promovida por decisión libre y voluntaria en las diversas áreas de la actividad económica.  

 

 

 

Política anti-corrupción :

 

Es imperativo impulsar una política contra la corrupción para atajar los perjuicios que provoca este flagelo, que, además ocasiona graves daños a la moral social y al confiabilidad hacia las instituciones públicas y privadas.

 

En este sentido, hay tres proyectos de vital importancia en la corriente legislativa: el 16.345 denominado Ley para evitar el favorecimiento indebido en las negociaciones de préstamos internacionales y asegurar la sana administración y eficiente ejecución de los recursos contratados; el 16.420 Adición a un párrafo segundo al artículo 21 de la ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, ley 8422 del 29 de octubre del 2004 y el 16.400 Reforma al artículo 323 de la Ley 4573 del Código Penal del 15 de noviembre de 1970, para aumentar las penas por delitos de receptación.

 

Debe promoverse la rendición de cuentas y la transparencia de los actos del poder público.  El Estado debe someterse a revisión para ser reformado y fortalecido en pro de un mayor desarrollo institucional.

 

En su accionar, el Estado debe estar orientado al bien común; a promover un régimen económico y social, fundamentado en principios de justicia social, y garantizar un crecimiento económico con equidad y el desarrollo humano sostenible.

 

Todo esto requiere de que se dote a la administración pública de los mejores recursos humanos, técnicos y financieros para hacer eficiente su capacidad de gestión de los bienes públicos, asegurando la sostenibilidad de las políticas de Estado en el largo plazo.

 

 

Finanzas Públicas:

 

Entendemos que la estabilidad macroeconómica no se  alcanza, sino se incrementa la eficiencia y eficacia fiscal del Estado.  El tema fiscal no puede entenderse como la resolución del problema tributario o la simple captación de impuestos.

 

 Dentro de este tema se debe comprender:  el gasto público, la deuda pública, los ingresos del Estado, el patrimonio del Estado, la administración tributaria, el control y evaluación del gasto, la descentralización y el combate a la corrupción y la impunidad, teniendo claro que en materia de impuestos, estos deben enmarcarse bajo principios que garantice que sean progresivos y no confiscatorios.

 

 

Administración de Justicia:

 

La garantía de la sociedad implica, la condición de bienestar, por la acción de desarrollo promovida por el Estado, así como las medidas destinadas a contrarrestar los riesgos y amenazas sobre las condiciones de vulnerabilidad de la sociedad y sus instituciones y el compromiso con acciones para el fortalecimiento del Sistema Policial, el Sistema Penitenciario, la Defensa Penal y el Sistema de Investigación Criminal, mediante políticas públicas y las acciones legislativas necesarias, con el fin de evaluar, revisar y corregir el marco jurídico e institucional de los operadores de justicia, que han demostrado su ineficiencia.

 

Ciencia y Tecnología:

 

Debemos enfrentar el reto de disminuir la brecha digital e ir acorde con los avances tecnológicos y científicos, la informática, las telecomunicaciones y las normativas sobre transferencia tecnológica, donde la interconexión y los medios digitales nos obligan a tener un  Estado Solidario y responsable, para posibilitar el acceso efectivo, sin dejar de lado el costo económico y la calidad.

 

En este campo, sin duda, es fundamental la inversión en investigación, por ello dentro de la tramitación del Presupuesto Ordinario para el 2007, mocionamos para devolver al Consejo  Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas Ë70,000,000, ya que consideramos que estos recursos son una puerta abierta al desarrollo del país, en medio de la competencia internacional.

 

Salud:

 

Debemos trabajar en el fortalecimiento institucional y financiero de la salud pública, para asegurar el acceso universal, con alta calidad en los servicios,  amplia cobertura y políticas públicas claras en prevención, que garanticen el desarrollo humano sostenible y la atención, con prioridad, a los grupos humanos vulnerables de la población.

 

Apoyamos el proyecto de ley de Reforma al artículo 68 de la ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, número 7169 del 26 de junio de 1990, ya que esta, busca que la industria farmacéutica nacional desarrolle investigación en los campos científico y tecnológico para la generación de medicamentos y genéricos.

 

A su vez, se encuentra el proyecto 16.437 denominado Reforma a la ley de Patentes de Invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad , número 6867 del 25 de abril de 1983 y sus reformas. Esta iniciativa busca modificar las tarifas para impedir que se registren en Costa Rica, patentes que han sido rechazadas en otros países, evitando así que se registren productos farmacéuticos antiguos.

 

En concordancia con lo anterior se encuentra el expediente 16.439, Reformas a la ley de información no divulgada. Cuyo objeto es darle definición a lo que constituye un nuevo producto farmacéutico y su composición y definir cuál  información no es divulgada y cuál es pública.

 

Llamamos la atención, sobre la importancia de legislar en beneficio de las futuras generaciones, por es importante discutir de manera seria y responsable, la iniciativa del  expediente 14.585, denominada Ley de Recurso Hídrico. Así como la reforma constitucional que reforma el inciso 14 de artículo 121,que se encuentra en primer debate en el plenario, mediante el expediente 14.757

 

De igual manera, cabe resaltar que de manera coherente apoyamos con nuestro voto, el Contrato de Préstamo Externo número CR- P4 suscrito por el Gobierno de la República y el Banco Japonés para la Cooperación Internacional, para financiar el Proyecto de Medio Ambiente del Área Metropolitana de San José. 

 

Finalmente, como ha quedado expuesto dentro del presente dictamen, la Agenda para el Desarrollo debe ser vista de manera integral y todas y todos, debemos aportar nuestra visión y criterio proactivo, con el fin de enriquecerla y operativizarla para que cumpla su papel dentro del desarrollo nacional.

 

Es por esto que la agenda para el desarrollo es el eje o columna vertebral en torno al cual se plantean, el Tratado de libre comercio y su Agenda de Implementación necesarias, no solo a los requerimientos específicos para asegurar un impacto positivo de este instrumento jurídico comercial, sino que, constituyen insumos  fundamentales para alcanzar importantes avances en materia de desarrollo. 

 

 

 

Finalmente, en este apartado es importante indicar que nuestro solicitud de una agenda para el desarrollo de Costa Rica, se suma al pedido que muchos de los grupos de la sociedad civil, en forma verbal durante las numerosas audiencias que se realizaron o que en forma escrita hicieron llegar a la Comisión.  Se trata de un  llamado al Gobierno de la República  como a los y las diputadas de este Parlamento para no solo escuchar sino  procurar que sus señalamientos sean de la atención nuestra y de nuestros gobernantes a fin de que se realicen las acciones necesarias para atender sus necesidades de forma oportuna.

 

Es menester dejar patente que a lo largo de sus manifestaciones sobre el TLC ya fuera a favor, o en contra de este, la constante en casi todas ellas fue la referencia obligada a las gestiones necesarias para superar viejos problemas, que obstaculizaban su desarrollo y que queremos anexar como muestra de respeto y el símbolo de compromiso que debe asumir el gobierno de la República y este Parlamento en procura del cumplimiento de los mismos. 

 

A continuación, se presenta un cuadro, que pretende mostrar de manera resumida la mayoría de los señalamientos hechos sobre la Agenda de Desarrollo.

 

 

 

CUADRO NUMERO 1:  DEMANDAS DE LOS SECTORES AL PODER EJECUTIVO, PARA SER IMPLEMENTADAS DENTRO DE LA AGENDA PARA EL DESARROLLO.

 

(señalamientos hechos por diferentes actores durante el período

de audiencias)

 

 

CORPORACION HORTICOLA

 

ACTA 5

 

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Mejorar la educación y el acceso a información

Modernizar la institucionalidad  pública

Definir una política:

- macroeconómica socialmente responsable, atrayente de inversiones y con sostenibilidad ambiental.

-orientada a la micro y a la pequeña empresa.

-de inversiones en infraestructura y servicios para la producción, comercialización e industrialización.

-modernización del sistema financiero. En todo el mundo se financia sobre la base de viabilidad de proyectos, en CR se financia sobre la base de hipotecas sobre garantías.

Favorecer el desarrollo y pleno aprovechamiento de la infraestructura básica de acopio y frío, mediante el acceso a fondos de inversión pública y privada para el procesamiento y comercialización de productos hortícolas sensibles de exportación.

Definir alianzas de trabajo y cooperación pública-privada para el desarrollo de mecanismos alternativos y servicios para la comercialización de hortalizas, propiciando condiciones de revalorización. Los horticultores deberían producir en verdaderas fábricas hortícolas, conviene impulsar el proyecto de mall hortícola y organizar un hortitour.

Fortalecer temas como el sanitario, calidad, inocuidad agropecuaria, aduanas, exoneración, Unión Aduanera Centroamericana

Propiciar Investigación, transferencia tecnológica,

Mejorar infraestructura (puertos, carreteras, aeropuertos)

Mejorar la legislación ambiental

Costa Rica debe también identificar una marca, como la que tiene Europa o Chile.

 

CAMARA DE AGRICULTURA

 

ACTA 11

Hay sectores que requieren  de un acompañamiento para desarrollarse efectivamente con la apertura comercial. Esos sectores son el lácteo, carne bovina, carne de cerdo, arroz, apicultura, aceites.

 

La Cámara confeccionó una agenda de competitividad para el sector agropecuario, y cada sector en particular la propia. En el primer caso, se trabajó con una comisión del Gobierno anterior coordinada por Mario Riggioni.

 

Los temas transversales desarrollados por la agenda de la Cámara son:

 

Entidades del sector agropecuario requieren de una sinergia institucional (reorganización, simplificación de trámites, coordinación). La Cámara está de acuerdo con la idea del Ministerio de la Producción.

 

Se debe garantizar la salud pública, la salud animal y vegetal. Se debe fortalecer el servicio de salud animal y vegetal, para que tenga una clara y firme reglamentación, debe tener suficiente financiamiento. Se debe lograrse la modernización y la agilización del servicio de salud para poder exportar y para poder recibir las importaciones que sean lo más inocuas, lo más salubres para la población y para el hato nacional y para todo lo que es el tema vegetal. 

 

Se debe homologar este sistema sanitario con los países con los cuales ya tenemos tratados de libre comercio. 

 

Son sumamente importantes los fondos de cooperación del BID, que vienen a ser un componente para promocionar la competitividad de las instituciones como el CID, Hacienda, MEIC, INTA y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.  Esto para poder hacer la transferencia de tecnología, buscar mayor desarrollo y dar oportunidad al sector a movilizar los productos con mucha más facilidad y eficiencia dentro del país, hacia los puertos de exportación.

 

Se necesitan fondos, modernización y el fortalecimiento de aduanas. Es fundamental resolver también la insuficiencia portuaria para poder salir al exterior.

 

Se requiere el fortalecimiento continúo y el mejoramiento tecnológico del Programa TICA. 

 

Se debe resolver el tema de la certificación de este país ante organismos internacionales, el país libre de enfermedades zooticas de la lista A de la Organización Interamericana de Epizootias.  Hay sectores que tienen imposibilidad material para poder exportar sus productos a terceros países, producto de que el país no está acreditado como libre de esas enfermedades, ejemplo concreto: fiebre porcina clásica para el sector porcino. 

 

Para realizar esa certificación, se debe hacer el censo agropecuario, revisión epidemiológica en fronteras, tener control en fronteras con Nicaragua, debido a que el país vecino es un país endémico en la enfermedad. 

 

Es un punto fundamental para el sector agropecuario el fortalecimiento de Programas como el Gusano Barrenador, que ya está a punto de terminar, pero que permite hacer todo lo que son los procesos de trazabilidad, controles epidemiológicos y certificar el país. 

 

Es sumamente importante una institución como el INTA, que es la generadora de investigación y desarrollo. Hay que dotarla de capital semilla procurar que en él se concentren todas las instituciones del Estado que, hoy por hoy, están disgregadas en diferentes instituciones, todas haciendo investigación. Es indispensable concentrar todas esas instituciones, tales como el Connita y el Fitacori, para que tengamos una sola institución que haga investigación clara y transparente y apegada a las necesidades del sector productivo.

 

Hoy por hoy, podemos construir alimentación para ganado, cerdo, pollos con materias nacionales y no internacionales, la investigación está dada y se requiere terminar esos procesos para hacer más eficientes a nuestro sector y tener ventajas comparativas por las grandes facilidades climatológicas que tiene este país, que no las tienen otros países.  

 

Se requiere la creación del Instituto de Sanidad e Inocuidad Animal, esto debe estar adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, debe fortalecerse y tenemos que hacerlo crecer eficientemente, porque son los instrumentos fundamentales para la exportación.

 

Se debe resolver el problema de la Dirección Fitosanitaria y Sanitaria, el tema del fideicomiso y el tema de OIRSA.

 

Se requiere una reforma de ley: que garantice utilizar fondos de emergencia para el sector agropecuario; la aprobación de una banca de desarrollo que contemple los ciclos productivos del sector agropecuario, que tenga plazos e intereses adecuados para el sector agropecuario que se puedan acceder (están de acuerdo con la unificación de fideicomisos, pero piden participar en los criterios técnicos para definir el financiamiento).  

 

Se requiere incorporar el sector agropecuario primario a las PYMES, no puede ser que las PYMES sea solo para el valor agregado o la transformación.

 

Se requiere el apoyo a aquellas cámaras o grupos que deseen hacer entes públicos no estatales. 

 

Es fundamental el tema ambiental, se requiere la organización de este. No pueden seguirse promulgando leyes indiscriminadamente.

 

Se requiere un mejoramiento de la infraestructura de  puertos, aeropuertos y caminos vecinales y una reforma a la Ley de contratación de obra pública.

UPANACIONAL

 

ACTA 16

Hablan de que no hay capacidad de implementar una agenda de competitividad pues solamente se disponen de 14.1 millones de dólares, lo cual a criterio de esta organización, es totalmente insuficiente. Califican la propuesta de  agenda complementaria como una farsa.

 

CAMARA DE PORCICULTORES

 

ACTA 19

Esta Cámara, como parte de la agenda de competitividad, hace referencias a lo que ellos denominan “temas de reconversión”, dichos temas son los siguientes:

 

El fortalecimiento de los servicios sanitarios, calidad e inocuidad agropecuaria, aduanas, investigación y transferencia de tecnología, infraestructura, legislación ambiental, recursos financieros, el mejoramiento de la comunicación inter e intra institucional y la eficiente administración de los recursos escasos.

 

CÁMARA NACIONAL DE            PRODUCTORES DE LECHE

 

ACTA 22

Apoyan la Agenda de Competitividad planteada por la Cámara de Agricultura.

“...una agenda complementaria que resuelva los grandes problemas estructurales que tiene nuestro sector, o el sector agropecuario en general, en áreas estratégicas como es la parte de servicios sanitarios, calidad e inocuidad agropecuaria, la reforma integral del tema aduanero, el tema de investigación y transferencia de tecnologías, resuelva la carencia infraestructural, racionalice el tema ambiental y produzca recursos financieros adecuados para poder atender la necesidad de los grupos que más lo necesitan.”

 

Reforma Integral del Sistema de Salud Animal, lo que en la actualidad significa la implementación del proyecto de ley SENASA, su reglamentación y un adecuado aseguramiento presupuestario para su ejecución.

Una adecuación de todas las normas técnicas nacionales para productos lácteos,

Fortalecimiento de la oficina de verificación de origen, que en nuestro caso es de vital importancia, una administración adecuada de contingentes y, obviamente, un esfuerzo muy grande que requerimos como sector, es llegar a una adecuada armonización arancelaria regional por los productos lácteos.

Creación del Ministerio de la Producción

Creación de un sistema de aseguramiento de calidad y de sanidad que permita tener confianza a nivel internacional y poder accesar mercados importantes como los Estados Unidos.

Permanencia del Programa Gusano Barrenador.

Empréstito de Competitividad con el BID.

 

CORPORACIÓN ARROCERA NACIONAL

(CONARROZ)

 

ACTA 23

Plantean la necesidad de apostar una agenda de desarrollo, mencionan la agenda de competitividad planteada a la Administración Pacheco.

Modificar el reglamento de aplicación de salvaguarda a nivel centroamericano. El artículo 19 del GATT es utilizable

Mejorar la infraestructura vial en las zonas de producción arrocera.

Solicitan la aprobación de un Fondo de Estabilización Arrocera.

Consideran necesario fortalecer la investigación y transferencia de tecnología, el desarrollo de la banca de desarrollo mediante “el mecanismo de avales y de garantías para gente que no tiene espacio”

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL                       DE LA CAÑA DE AZÚCAR

(LAICA)

 

ACTA 25

Señalan que fueron partícipes de la agenda complementaria que presentó la Cámara Nacional de Agricultura,  aportaron tres temas fundamentalmente: 

-la parte de cogeneración: los ingenios pueden ser participes de la producción eléctrica nacional.

-la parte del etanol,

-la colaboración.

 

CÁMARA DE GANADEROS DE GUANACASTE

(CORFOGA)

 

ACTA 25

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

Incrementar el uso de pasturas mejoradas, las prácticas de suplementación y mineralización, se ha dado una escasa inversión e investigación y transferencia tecnológica, deben incrementarse la capacitación y adopción de tecnología y hay una falta de reconocimiento por la protección de los recursos naturales.

Una agenda integral para el mejoramiento de la competitividad estructurados en proyectos sectoriales que están asociados al desarrollo de una política de mejoramiento de la competitividad:

Reactivación del sector cárnico bovino, que está conformado por cuatro programas: un programa de financiamiento para la repoblación ganadera; un programa de financiamiento para la reconversión industrial; un programa de investigación, capacitación y transferencia tecnológica en el agronegocio y un programa de fortalecimiento a las organizaciones básicas.

Proyecto de calidad para las exportaciones de carne bovina de Costa Rica, que incluye la clasificación de canales, un proyecto de inocuidad, otro de rastreabilidad, un proyecto de carne natural y uno sobre bienestar animal.  Los otros dos proyectos que lo acompañan es el de información al consumidor y el de fomento de las exportaciones.

En materia de Legislación apoyan la agenda planteada por la Cámara de Agricultura, la reglamentación a la Ley SENASA, una ley que está en la Comisión de Asuntos Agropecuarios para el transporte de ganado, así como los avances en el establecimiento de una banca de desarrollo.

CÁMARA NACIONAL DE AVICULTORES

 

ACTA 26

Esta organización hace el siguiente planteamiento en materia de agenda complementaria:

 

Fortalecimiento de la Ley SENASA, es la modernización que requería el sector pecuario para poder sacar adelante y defender los intereses del sector.

 

UNIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS COSTARRICENSES

(UNAG)

 

ACTA 26

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Fortalecimiento de las aduanas, actualmente no funcionan por problemas de corrupción.

Es necesario superar la ineficiencia institucional. La Oficina de Prácticas de Comercio Desleal no tiene capacidad de administrar un Tratado de Libre Comercio.

Se debe dar fomento a la producción mediante:

-acompañamiento a nivel de investigación,

 -requiere de mercado,

-de un banco de desarrollo agropecuario que no tenga que ser visto por la SUGEF.

-Acompañamiento del CNP, del MAG.

Reforma agraria integral que contemple incluso la biodiversidad, el agua como elementos fundamentales para alimentación.

Salud del sector agropecuario.

Educación: que sea en igualdad de condiciones, en todo el país.

Una Escuela Nacional Agraria que de capacitación al agricultor costarricense.

Vivienda digna, infraestructura y acceso a la tierra.

MOVIMIENTO AGRARIO NACIONAL

 

ACTA  28

 

Plantean las siguientes acciones:

 

Urge Proyecto de la Banca de Desarrollo.

Reformas Agrícolas Alternativas.

Proyecto de ley de seguridad alimentaria.

 

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

 

ACTA  31

El país debe solucionar el complicado proceso de tramitología que enfrenta debe realizarse una simplificación de trámites.

Es de vital Importancia dar un estímulo a la competitividad.

Se debe bajar l costo de hacer negocios para las PYMES y estimular el desarrollo de nuevas empresas

Hay que generar una agenda de trabajo, de desarrollo de común acuerdo con los sectores productivos que permita enfrentar los retos de manera más eficiente.

Crear un nuevo marco institucional que permita modernizar la prestación de servicios por parte de las entidades públicas.

Promover proyectos en zonas del país que tengan un bajo índice de desarrollo humano.

Generar políticas públicas que apunten hacia el desarrollo de pequeños y medianos productores  a nivel nacional.

Replanteamiento del Proyecto de la Banca de Desarrollo

Crear un mejor aprovechamiento de los canales de comercialización

Implementación de la reglamentación de la ley de salud animal.

 

CÁMARA DE INDUSTRIAS

 

ACTA 14

 

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Mejorar la educación (inglés, informática).

Infraestructura

Banca de desarrollo

Apoyo a la pequeña y mediana empresa con información de mercados.

Mejorar y fortalecer la administración de los tratados comerciales en vigencia.

Mejorar en aduanas. Debe avanzar la Unión Aduanera centroamericana.

Avanzar en la simplificación de trámites y gobierno digital.

 

 

UCCAEP

 

ACTA 15

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Corregir el déficit fiscal

Infraestructura

Propiciar condiciones para la seguridad jurídica de los inversionistas

Reforma financiera para acceso al crédito (banca de desarrollo).

Educación:   Mejorar la calidad de la educación y adecuarla a las necesidades del país y su población.  Realizar acciones concretas para disminuir la deserción, fortalecer la educación vocacional, universalizar la enseñanza de idiomas e informática, disminuir brechas entre la educación pública privada, urbana y rural.

 

 

CAMARA DE COMERCIO

 

ACTA 18

 

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

Mejorar la educación

Infraestructura: puertos aeropuertos carreteras de buena calidad.

Mejorar el acceso al crédito para pequeñas y medianas empresas.

Innovación y desarrollo tecnológico

Simplificación de trámites

 

CÁMARA COSTARRICENSE  NORTEAMERICANA DE COMERCIO

(AMCHAM)

 

ACTA 21

En relación con la agenda complementaria plantean los siguientes temas:

La aprobación de una reforma fiscal apropiada y que ayude a la competitividad,

Una mejora radical en la infraestructura,

un impulso al desarrollo y robustecimiento de las PYMES, articulando la legislación vigente y acompañándola con políticas estatales claramente definidas para el desarrollo del sector.

Una política nacional de inversiones, donde se fomente el desarrollo de PYMES y la inversión en zonas de menor desarrollo relativo.

Una mejora regulatoria importante y simplificación de trámites,

Una mayor seguridad jurídica, por ejemplo, una mayor seguridad registral. 

Se requiere de una reforma educativa para adecuar la enseñanza a las necesidades del país y del sector productivo, produciendo una brecha entre la educación pública, privada, rural y urbana,

Una reforma financiera para dividir los márgenes de intermediación financiera,

Se requiere modernizar la legislación laboral para adoptar esquemas menos rígidos, que beneficien tanto a trabajadores como a patrones, y así facilitar la creación de nuevas oportunidades laborales sin menoscabo de los derechos adquiridos por los trabajadores en la legislación vigente.

CÁMARA DE COMERCIO EXTERIOR Y DE REPRESENTANTES DE CASAS EXTRANJERAS

(CRECEX)

 

ACTA 23

Consideran necesaria la reforma a la Ley 6209 planteada en el Expediente Legislativo 16.116.

Además consideran necesario:

Apoyar a la PYMES para darle acceso a las nuevas tecnologías y para eso se necesita de inversión en capacitación, inversión en equipos, inversión en tecnología de negocios, por eso nosotros necesitamos y estamos dispuestos a hacer y poner todo nuestro esfuerzo en un programa real de cooperación para el desarrollo de nuestro sector.

Una ley de concesión de obra pública.

Plantean la necesidad de avanzar en una agenda de desarrollo pero no extienden más allá el criterio.

FECON

 

ACTA 7

Proponen la aprobación de la reforma constitucional de Garantías Ambientales.

En CR se encuentra ausente una política agrícola.

COMISION DE NOTABLES

 

ACTA 8

Consideran que se requiere lograr una integración hacia adentro de nuestro país, puesto que no será posible ignorar la creciente fragmentación, desigualdad social y económica, junto con el estancamiento del porcentaje de pobres en la sociedad costarricense.

 

Luego de escuchar diversos expertos, consideraron que si bien ninguno ha estado en contra de la apertura comercial, todos expresaron la necesidad de que se requiere una agenda de desarrollo humano, social y en crecimiento, de una serie de leyes y proyectos que nos permitan prepararnos mejor en todos los campos, con énfasis especial en la ética del desarrollo y de la necesidad de un proyecto país.

 

Debemos buscar mecanismos para que los beneficios del tratado lleguen a personas e instituciones sociales necesitadas, los beneficios de la apertura comercial se han concentrado en un sector minoritario de la población.

 

Hay claras evidencias de que los mecanismos de solidaridad se han debilitado, en parte, al dársele prioridad a la apertura sobre otros componentes del desarrollo humano. El informe 11 del Estado de la Nación señala que CR es un país en camino al empobrecimiento, tenemos una pobreza generalizada del 21.7% con tendencia al aumento.

 

El país requiere un sistema educativo más oportuno, efectivo e incluyente.

 

El país requiere algo así como un acuerdo o pacto nacional que vaya paralelo o simultáneo con la apertura comercial, con el TLC o sin él.

 

La agenda complementaria remitida al Asamblea Legislativa es un conjunto de medidas que la comisión, si bien reconoce como importantes, considera insuficiente ante la magnitud de los retos del desarrollo nacional. Con el fin de contribuir a este proceso, un grupo de científicos se permitieron presentar el proyecto de Agenda Siglo XXI.

 

La agricultura debe entrar de lleno en el tema de la tecnología.

 

CR requiere reformas estructurales en educación, en ciencia y tecnología.

CONSEJO UNIVERSITARIO UNA

 

ACTA 36

Hablan de falta de una política clara a nivel nacional en diferentes áreas, en el área agrícola, en el área industrial, de política educativa, de ciencia y tecnología, de política fiscal, que garanticen el crecimiento económico.

 

Consideran que el ICE e INS, estarían, sometiéndose a procesos de competencia sin considerar los necesarios ajustes y las asimetrías que existen entre estas empresas y la empresas transnacionales.

 

Hacen énfasis en desarrollo de la ciencia y la tecnología y una búsqueda de alternativas de encadenamientos (documento Estrategia Siglo XXI).

 

 

CONSEJO UCR

 

ACTA 39

Consideran que para lograr una relación comercial equitativa entre economías disímiles y asimétricas, y atenuar los efectos de la liberación comercial sobre la economía y el desarrollo local, serían necesarios mecanismos compensatorios, salvaguardias adecuadas y sobre todo, mucha cooperación a favor de la economía más pobre. Aseguran que el Tratado no contiene un programa de cooperación para Costa Rica y además, las salvaguardias son muy limitadas para proteger la producción local frente a la de EEUU.

 

Externan preocupación por la situación de insumos para investigación por disposiciones de propiedad intelectual (en centros de investigación y universidades) mencionan materiales educativos, acceso al conocimiento, equipo, programas que se necesitan para llevar a cabo investigación

 

Se refieren a la poca capacidad regulatoria y supervisora del Estado costarricense (educación privada)

 

CONSEJO INSTITUCIONAL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA (TEC )

 

ACTA 40

En general comentan que no se cuenta con una agenda de desarrollo nacional concertada

 

Consideran que de previo a la ratificación del TLC, es necesario reformular la llamada agenda complementaria, a fin de que sea esta realmente una agenda que promueva, a nivel interno, las condiciones que permitan mejorar la competitividad de nuestras empresas, así como resguardar y mejorar nuestros indicadores sociales.

 

Apuntan que se debe fraguar una nueva estrategia que permita resolver los problemas estructurales acumulados, el déficit fiscal, el déficit comercial y un tercer déficit, que es el socioproductivo, cual es el de los encadenamientos que se dan en la producción.

 

Mencionan la distribución inequitativa de la riqueza y los bajos índices de desarrollo social de Limón, Puntarenas, Guanacaste e incluso Alajuela.

 

Hablan de atender los factores más problemáticos para las empresas, con el fin de potenciar el emprendedurismo, para que el desarrollo tecnológico y empleo no dependan de empresas transnacionales. También promocionar eslabonamientos positivos, entre las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales y las empresas más dinámicas de exportación nacional, bien sean nacionales o transnacionales.

 

Comentan la importancia de la banca de desarrollo, que ayude a formalizar empresas pequeñas.

 

Apuntan la necesidad de incrementar inversión en ciencia y tecnología (elevar el  0.5% del PIB que se destina  a ello hasta un 2%, según recomienda ONU)

 

Consideran importante incrementar inversión en educación y reducir brechas entre educación urbana, rural, pública y privada.

 

En cuanto a reforma tributaria comentan la injusta y regresiva estructura tributaria actual. Adicionalmente apuntan la importancia de que el gasto público sea eficiente y eficaz. Mencionan brevemente la transparencia, los controles, las disposiciones de enriquecimiento ilícito, entre otras.

 

ANEP

 

ACTA 10

Plantean la necesidad de una Agenda de Desarrollo

 

Señalan que CR debe transformarse en un avión con dos motores, no solo el de la inversión extranjera y la exportación, sino también de los productores y el empleo dirigido a la producción para el mercado interno.

CONACOOP

 

ACTA 14

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Encadenamientos permanentes entre empresas locales y nuevas empresas, inversión en infraestructura, como carreteras y puertos, investigación científica, legislación más expedita y menos entrabada para el desarrollo de los negocios.  Asimismo, plantean la necesidad de crear una banca de desarrollo y el fortalecimiento de la base institucional de apoyo a la producción, sobre todo en el sector agrícola.

En la esfera social es imperativo respaldar a sectores que generan empleo y distribuyen riqueza, reactivar los sectores productivos sobre la base de generación de valor agregado, fortalecer áreas sensibles: salud, educación vivienda; aprobar proyectos de impacto local y territorial, fortalecer entes de fomento y desarrollo, impulsar proyectos productivos de la mujer y poblaciones vulnerables, apoyar proyectos ambientalmente limpios.

 

 

MOVIMIENTO SOLIDARISTA

 

ACTA 16

Esta organización hace los siguientes planteamientos en materia de agenda complementaria:

 

Fortalecimiento de la educación técnica

Impulsar programas de reconversión agrícola, industrial y tecnológica, basados en la asistencia técnica, asesoría y cooperación nacional e internacional.

Disponer de servicios públicos de calidad a costos competitivos internacionalmente; disponer de infraestructura vial, portuaria, aeroportuaria y tecnológica, de calidad mundial.

 Impulsar la desregulación de trámite y requisito, que faciliten la creación de empresas y mejorar el acceso al crédito, sobre todo para la pequeña y mediana empresa. 

Impulsar un programa que promueva la competitividad sectorial y la inserción en los mercados internacionales, especialmente en el mercado de los Estados Unidos.

 Reforma fiscal integral, con características de progresividad y equidad. 

 

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES

 

ACTA  32

Todo instrumento de política económica debe buscar una efectiva realización de los derechos humanos. 

TLC debe estar acompañado de mecanismos compensatorios y de redistribución de la riqueza.

Ambigüedades del Tratado se pueden solventar por medio de una cláusula interpretativa.

En el sector salud el país debe fomentar el progreso de la investigación nacional, promover la cooperación médica y científica internacional par el desarrollo de la biotecnología y la industria farmacéutica.

Definir la agenda correspondiente que ha sido pospuesta en el tema laboral.

En el tema de seguros esta la necesidad de un marco regulatorio adecuado para que los consumidores puedan percibir los eventuales beneficios de la competencia.

 

DEFENSORÍA

2DA COMPARECENCIA

 

ACTA 41

 

 

Aseguran desconocer los contenidos de la agenda complementaria, con excepción de los empréstitos.

Consideran que la incorporación tardía de temas ha generado un proceso acelerado, no participativo para conocer y aprobar leyes que se requieren, tales como la modernización del INS y del ICE. (pone de ejemplo la actual inexistencia de una Superintendencia de Seguros)

MEP

 

ACTA 37

 

 

Sobre Propiedad Intelectual argumenta que existe una tendencia mundial a usarla como un instrumento para cerrar el acceso al conocimiento. Considera que el país debería participar mucho más activamente en los foros internacionales para ir cambiando las reglas del juego con que se maneja la propiedad intelectual (por ejemplo en cuanto a obras literarias) y ser cuidadoso  en la legislación nacional y su aplicación y aclarar áreas grises (como ejemplo la necesidad de fotocopias para estudio, no para venta o clonación de libros) también menciona falta de inversión pública en materiales educativos.

Menciona vagamente posibles acciones para reconstituir el INA y colegios universitarios. Acompañado de mejora en cobertura, relevancia y calidad de la educación secundaria.

 

 

 

CUADRO NUMERO 2: DEMANDAS DE LOS SECTORES AL PODER EJECUTIVO, PARA SER IMPLEMENTADAS DENTRO DE LA AGENDA PARA EL DESARROLLO.

 

 

(señalamientos hechos por diferentes actores en otras instancias o

por medio escrito)

 

SECTOR CÍTRICOS

Foro “El Sector Agropecurio y el TLC

Centroamérica-Estados Unidsos

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 de nov. 2005

Adecuar la institucionalidad para mejorar la competitividad.

Mejorar las instalaciones portuarias y carreteras.

Consolidar y sostener los principales mercados

Diversificar y mejorar la tecnología de producción

Simplificación de trámites


CÁMARA NACIONAL DE PRODUCTORES Y EXPORTADORES DE PIÑA

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Consolidar el TLC con Estados Unidos.

Reglas claras en la generación de mano de obra.

Promover el desarrollo de bosques para la fabricación de tarimas.

Mejor infraestructura portuaria y vial del país.

No perder las oportunidades que se le dan al país.

CÁMARA NACIONAL DE PORCICULTORES

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Renegociar los términos establecidos en el TLC.

Que exista una agenda de competitividad que garantice la reestructuración del Estado y el incremento de la competitividad sectorial.

Es necesario contar con una agenda concreta que brinde las herramientas necesarias.

INSTITUTO DEL CAFÉ

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Nueva Ley de Migración para regular la dependencia de mano de obra de emigrantes.

Derechos de propiedad intelectual.

Protección de las denominaciones de origen.

Mejoramiento de la capacidad institucional de la administración de aduanas.

PROGRAMA DE RAICES TROPICALES

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Mejorar la estrategia comercialización, agro industrialización y financiamiento.

Reducir costos de producción.

Implementar un Programa Nacional Sectorial de Desarrollo Empresarial para pequeños y medianos productores.

Medidas de calidad, origen y trazabilidad.

Desarrollar una red de infraestructura eficiente, priorizada, según áreas de producción.

PROGRAMA NACIONAL DE FRIJOL

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Romper el esquema de fijación del arancel.

Crédito adecuado a condiciones socioeconómicas de productores.

Seguro adecuado al ciclo del cultivo.

Acceso a semilla certificada.

Servicios de apoyo: caminos, agua, electricidad, etc.

PROGRAMA NACIONAL DE AGRICULTURA ORGÁNICA

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Promover crecimiento de la producción.

Fomentar lo mercados nacionales (consumo familiar).

Fortalecer exportación Unión Europea, Estados Unidos y Japón, compitiendo con mejor calidad.

CÁMARA COSTARRICENSE FORESTAL

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Establecimiento de reglas de origen de la producción.

Aplicación de procedimientos aduaneros eficientes.

Dictado de medidas sanitarias y fitosanitarias.

Estrategias de financiamiento para el establecimiento y manejo de plantaciones forestales.

Mejoramiento tecnológico.

CÁMARA NACIONAL DE AVICULTORES

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Se debe favorecer el desarrollo de las instituciones que deben apoyar la competitividad.

Es necesario más control en las aduanas.

El sector recomienda la aprobación por parte del TLC.

 

CORPORACIÓN GANADERA

Foro “El Sector Agropecuario y el TLC Centroamérica-Estados Unidos”

Colegio Ing. Agrónomos-IDA

22 y 23 Noviembre 2005.

Ejecutar proyectos contenidos en la agenda paralela por $26.5 millones.

UNION COSTARRICENSE CÁMARAS Y ASOCIACIONES DE LA EMPRESA PRIVADA

(19 Dic. 2005, P-252-05)

Ley de Modernización del ICE

Ley Marco de Telecomunicaciones

Ley de Seguros

Préstamos para mejora educativa, modernización de la Hacienda del Estado y para financiar el programa de inversiones productivas para apoyar la competitividad y el fortalecimiento de las PyMES.

Establecimiento de una agenda nacional de competitividad.

Definir acciones concretas a favor de los sectores vulnerables, con el fin de contribuir a su reconversión.

 

CAJA COSTARRICENSE   SEGURO SOCIAL

(7 marzo 2006, N°9961)

 

Incorporar dentro del marco jurídico un mecanismo para la resolución de las controversias (Seguro de Riesgos del Trabajo)

Es necesario fortalecer:

-La capacidad de la CCSS de identificar, facturar y cobrar procedimientos y atenciones que pueden ser asignadas al Seguro de Riesgos del Trabajo.

-La capacidad de la Institución rectora en esta materia, para diseñar y ejecutar un plan nacional de seguridad y salud en el trabajo.

Ampliar la Ley N° 6914, a fin de incluir otros insumos, tales como implementos médicos.

Aprobar la propuesta de reforma a los Artículos 43, y 54 de la Ley de Tránsito por vías terrestres.

Revisar el monto de cobertura del Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores y su correspondiente nivel de prima.

Fortalecimiento de la Oficina de Patentes del Ministerio de Justicia: infraestructura, recursos humanos y calidad.

Mejora de las bases de datos y de los sistemas de registro de medicamentos. (Ministerio de Salud).

Solicitar al Poder Ejecutivo preparar una plataforma de información que facilite el aprovechamiento de las importaciones paralelas; asimismo potenciar sus efectos en la disminución del arbitraje de precios que desarrollan la empresas farmaceúticas.

El Ministerio de Salud desarrolle un mecanismo de registro automático, basado en países de referencia, a efectos de acelerar la entrada de productos al país, disminuyendo su período de protección y facilitando el desarrollo de medicamentos genéricos

Ministerio de Salud fortalezca el Departamento de Registros y Controles.

Se dicte el Reglamento de aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual.

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

(1 Febrero 2006, PE-2006-0067)

Establecer mecanismos legales que garanticen el financiamiento del Cuerpo de Bomberos, y se establezcan exenciones tributarias y otros beneficios compatibles con su espíritu social.

“(…) el Ministerio de Hacienda debería liquidar importantes sumas de dineros que representan las inversiones del INS para que éste proceda a invertirlas con otros emisores; por los montos de dinero que hablamos podrían darse incluso efectos macroeconómicos cuando ese efectivo entre a circular y las entidades financieras y el mismo Estado empiecen a tomar medidas para captarlo…”

Ley de Seguros, que debe considerar:

Actualización de la legislación referente al contrato de seguros.

Creación de un ente supervisor de los seguros.

Regulación de la actividad de intermediación de seguros.

Regulación de la actividad aseguradora y reaseguradora.

Modernización y flexibilización del INS, en un sistema similar al de los Bancos Estatales:

Exclusión del ámbito de actuación de MIDEPLAN.

Diversificación de inversiones.

Exclusión del ámbito de la Autoridad Presupuestaria en cuanto a creación de plazas y materia presupuestaria.

Flexibilización de la Contratación Administrativa.

Capitalización de Utilidades.

Eliminación de cargas económicas específicas no exigibles al resto de competidores (Fondo de Emergencias, Consejo de Seguridad Vial y Bomberos)

Facultad para constituir sociedades anónimas y alianzas estratégicas en Costa Rica y en el extranjero.

Sometimiento a competencia de tribunales civiles.

BANCO NACIONAL                      DE COSTA RICA

(22 Febrero 2006, GG-0054-06)

Reforma a la Ley de Concesión de Obra Pública

Se apruebe una Ley de Seguros.

El proyecto de Ley 14.889 (reforma al artículo 59, de la Ley 1644), orientado a establecer con total claridad que los dineros que la banca privada costarricense deposita en la banca estatal, como peaje por la captación de fondos a la vista del público, sean destinados al Programa BN Desarrollo.

Aprobación de reformas a los procesos de contratación administrativa.

El Banco Nacional pueda participar activamente en negocios que hoy en día se hayan vedados, tales como el arrendamiento financiero y operativo o ciertas áreas de la banca de inversión.

 

 

 

 

 

VII. CONSIDERACIONES FINALES

 

He considerado necesario el presentar este dictamen positivo de minoría por cuanto,  es necesario dejar patentes mis planteamientos sobre el TLC desde los marcos ideológicos y doctrinarios de la Fracción Política que represento.

 

De conformidad con mi compromiso con el presente y futuro de Costa Rica intente durante el proceso de discusión en comisión tender puentes entre nosotros y nuestras agrupaciones partidarias.

 

Entiendo que en aras de ese compromiso es necesario, que pese a nuestra diversidad ideológica y doctrinaria, nos pongamos de acuerdo en función del bienestar de la nación.

 

Es imperativo traducir nuestra visión de una agenda para el desarrollo en planes, acciones y políticas públicas concretas. Esta Agenda para el Desarrollo es concebida como un punto de partida, que debe verse de manera paralela a la Agenda de Implementación del Tratado y bajo un compromiso de celeridad y voluntada política.

 

Ética y política constituyen nociones que bien entendidas son inseparables.  Una actividad política sin ética es una aventura individual y una irresponsable actitud ciudadana.

 

Estoy convencida que nuestro quehacer debe enmarcarse en el contexto de la dinámica mundial, que ofrece grandes oportunidades y amenazas.  Ésta se caracteriza por la velocidad de los grandes cambios, por la transición que experimentan las sociedades, y por el gran debate respecto a la forma de ejercicio del poder en el mundo, a lo que se suma la crisis sobre la credibilidad de la política y los políticos.

 

Bajo este esquema nuestra responsabilidad es contribuir a alcanzar el presente y sentar las bases para el diseño del futuro.

 

Con mi voto positivo, para dictaminar el proyecto del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana- Centroamérica y Estados Unidos, pretendo contribuir en la construcción de las soluciones puntuales que tiene este país y para los que el TLC representa una plataforma de apoyo importante para generar los recursos que requieren los cambios que todos en este plenario y esta servidora hemos venido exigiendo al gobierno.

 

Se ha señalado que no tiene sentido aprobar o reprobar un Tratado y pretender enfrentar  sus consecuencias, cualesquiera que éstas sean, si el país no corrige vacíos, rezagos y deficiencias que arrastra en el esquema de desarrollo que ha seguido en las últimas décadas.

 

Hemos logrado avances  importantes en el tema de la integración y la apertura, que se han reconocido como exitosos pero, de mayor importancia quizás resulta trabajar en la integración hacia dentro, pues no se puede ignorar la creciente fragmentación , desigualdad social y económica y estancamiento de la pobreza en la sociedad costarricense.

 

Requerimos de una visión del desarrollo humano, que se fundamenta en la persona humana, en el principio del bien común, el destino universal de los bienes, la solidaridad, la subsidiaridad, el principio de participación, los valores fundamentales de la vida, verdad, libertad y justicia.

 

La construcción de una nueva Costa Rica requiere por tanto de la ejecución de políticas públicas de equidad, inclusión social, justa distribución del ingreso, igualdad de oportunidades, sostenibilidad social y solidaridad como vía de desarrollo costarricense.

 

Como se puede ver la Agenda para el Desarrollo es mucho más que la creación de un ambiente de competitividad que con derecho reclaman los sectores productivos de este país, en las diferentes audiencias que se han recibido en la Comisión y donde lo demandado conforma tan solo una parte.

 

No obstante, resulta ser una parte muy importante. Aunque hubiera querido que algunas cosa hubiesen sido diferentes, lo cierto es que, no puedo desconocer que la economía costarricense depende del mercado internacional en una forma importante, el 70% del crecimiento de la producción nacional, en los últimos años, ha sido el crecimiento del sector exportador de nuestra economía.

 

El otro 30% se ha dado en una parte, gracias a los ingresos que domésticamente se generan por aquellos que logran o que pueden o crecen exportando.  Hoy día se exporta más de la mitad del valor agregado nacional, generando valiosísimos empleos directos e indirectos para los costarricenses.

 

El sector exportador es un sector muy dinámico, más de la mitad de las exportaciones van al mercado de los Estados Unidos, y más de la mitad de la inversión viene de los Estados Unidos.  No puedo cerrar los ojos ante esta realidad y darle la espalda a lo que ello puede significar para Costa Rica.

 

Entiendo que el comercio internacional complejo y sofisticado como es hoy día, requiere de reglas claras, pero también entiendo que un proceso de apertura no puede darse sin medidas complementarias, sin asistencia para la producción y sin una verdadera agenda para el desarrollo que evite un alto costo de transición.

 

Tampoco podemos posponer indefinidamente esta decisión esperando haberla completado, porque estaríamos propiciando el efecto negativo que queremos evitar de quedarnos rezagados en nuestro desarrollo.

 

Una Agenda para el Desarrollo que nos permita maximizar potencial, para aquellos sectores, para las que se abren oportunidades, pero que tal vez, por ser pequeños, no están en inmediata capacidad de aprovecharlas  rápidamente, para maximizar el potencial de enfrentar retos; para aquellos sectores que enfrentarán retos y que merecen que en esto se les apoye de una forma solidaria de parte del Estado; para fortalecer y mejorar las instituciones del estado, que tienen responsabilidades relacionadas al comercio, porque si el tratado tiene éxito, esas responsabilidades se aumentarán, ese comercio aumentará y el Estado deberá estar listo para ello, y en general para promover que un tratado de este tipo sea un instrumento de desarrollo equitativo y sostenible.

 

Si como producto de la entrada en vigencia del Tratado se logra avanzar en los temas señalados, es posible que este deje de ser un elemento de confrontación y se convierta en un motor que promueva el desarrollo del país y fortalezca nuestro sistema democrático.

 

Por los motivos expuestos anteriormente, someto a consideración del Plenario el presente dictamen, y solicitamos a las señoras y señores diputados su apoyo para que este proyecto se convierta en ley de la República.  El texto es el siguiente:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

 

DECRETA:

 

 

TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPÚBLICA DOMINICANA – CENTROAMÉRICA – ESTADOS UNIDOS

 

 

ARTÍCULO 1.-   Apruébase en cada una de sus partes el Tratado de Libre Comercio República Dominicana – Centroamérica – Estados Unidos, suscrito el día cinco de agosto del año dos mil cuatro, cuyo texto es el siguiente:

 

*Este proyecto es copia fiel del expediente N 16.047.  Se respetan literalmente la ortografía, el formato y la puntuación del original, según lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su resolución N 2001-01508, de las ocho horas con cincuenta y cuatro minutos del 23 de febrero de 2001.

 

ARTÍCULO 2.-   La definición de territorio costarricense en el Tratado es de aplicación solo a los efectos del Tratado y no tiene relación con la definición de territorio soberano establecida en el párrafo final del artículo 5, el artículo 6 y el artículo 121, inciso 14 numeral b) de la Constitución Política de Costa Rica, que el país establezca para otros propósitos.

 

ARTÍCULO 3.-   La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que el artículo 1.4 del Tratado debe interpretarse en el sentido que todas las Partes tienen la misma obligación de cumplir con las disposiciones del Tratado y por ende debe ser cumplido de buena fe observando los principios de Derecho Internacional Público como el de "pacta sunt servanda" y la costumbre internacional.  Asimismo se considera que este Tratado no podrá generar obligaciones válidas para el país en caso de encontrarse en contraposición con nuestra Constitución Política.

 

ARTÍCULO 4.-   La República de Costa Rica interpreta que lo establecido en el Capítulo 3 “Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado”, el Capítulo 10 “Inversión” o cualquier otra disposición del Tratado no es incompatible con los controles, restricciones, limitaciones y prohibiciones establecidos en la legislación nacional o que, por cualquier razón de interés público, el Estado Costarricense decida establecer en el futuro, sobre la importación, la exportación, el comercio o la tenencia de armas, explosivos o municiones, sus partes o componentes, así como de equipo, maquinaria, vehículos, naves, aeronaves o cualquier otro dispositivo o implemento de uso bélico o militar.

 

ARTÍCULO 5.-   Principios generales aplicables a cualquier medida cubierta por el Capítulo 9

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, en ejercicio de sus competencias constitucionales, en cuyo seno reside la representación del pueblo, hace la siguiente declaración interpretativa:

 

Interprétase que, en el Capítulo Nueve, artículo 9.2. concerniente a los principios generales aplicables a cualquier medida cubierta por este capítulo, se entiende que sobre ellos prevalecen los principios de rango constitucional que informan la Contratación Pública, contenidos en el artículo 182 de la Constitución Política.

 

ARTÍCULO 6.-   Cláusula Interpretativa

 

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta, que a pesar de que las municipalidades de Costa Rica hayan sido listadas en el Capítulo Nueve, Contratación Pública, en la Sección B, como Entidades Gubernamentales a nivel sub-central, eso no compromete el carácter autónomo de los Gobiernos Locales o municipales en la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón de Costa Rica, según lo disponen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República.

 

ARTÍCULO 7.-   La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica en ejercicio de sus competencias constitucionales, en cuyo seno reside la representación del pueblo, hace la siguiente declaración:  Interprétese que en la sección B, del anexo 9.1.2 (b)(i) en cuanto indica que “entidades gubernamentales a nivel sub-central”, debe entenderse por Gobierno Municipal en los términos establecidos en el artículo 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y, por tanto, autónomos del Gobierno a nivel central.

 

ARTÍCULO 8.-   La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que, con respecto al Capítulo Nueve, Contratación Pública, Anexo 9.1.2 (b)(i), Sección G, Notas Generales, la nota general número 1 de Costa Rica que textualmente indica que:  “Este Capítulo no se aplica a los programas de compras de la Administración Pública para favorecer a las Pequeñas, Medianas y Micro Empresas (PYMES)” implica que las entidades públicas del Gobierno de Costa Rica, al adjudicar contratos de compras de bienes, servicios o servicios de construcción, podrán aplicar preferencias a favor de las PYMES nacionales, en aplicación de programas desarrollados específicamente para estos efectos, sin que ello constituya una violación al Tratado.

 

ARTÍCULO 9.-  En materia de expropiación, el Tratado no impone obligaciones distintas a Costa Rica en materia de expropiaciones a las contenidas en su derecho interno, ni modifica el artículo 45 de la Constitución Política.

 

ARTÍCULO 10.-   La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que las disposiciones contenidas en el Artículo 10.9 “Requisitos de Desempeño”, inciso 1, subinciso f), del Capítulo 10, “Inversión” no se opone a las disposiciones contenidas en los artículos 15 y 16 del Convenio de Biodiversidad Biológica, ratificado mediante la Ley N 7416, del 8 de junio de 1994.

 

ARTÍCULO 11.- Quedan excluidos del ámbito del Capítulo 12 los planes de jubilación públicos o sistemas legales de seguridad social.  No obstante, si el Estado permite que estas actividades y servicios sean prestados por sus instituciones financieras en competencia con una entidad pública o una institución financiera se aplicará el Capítulo.

 

ARTÍCULO 12.-  El Tratado reafirma el pleno respeto a la Constitución Política de Costa Rica y reconoce el derecho del Estado de mejorarla y de establecer, modificar o derogar sus propias normas, estándares y políticas en materia laboral, así como la posibilidad de determinar las acciones reguladoras o de la Administración sobre los temas laborales.  Todo de conformidad con la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998 y demás convenios internacionales vigentes.

 

ARTÍCULO 13.-  El Tratado no modifica ni elimina en ninguna medida el ordenamiento procesal laboral, ni el procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo, para presentar reclamos, ni los mecanismos de impugnación ante la OIT.

 

ARTÍCULO 14.-  La definición de legislación laboral establecida en el Tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo Tratado y no es una referencia obligatoria para Costa Rica en otros ámbitos que no sea la aplicación del Tratado, específicamente el Capítulo 16.  Dicha definición no puede tomarse como una limitación para que se establezcan definiciones diferentes en el marco de la legislación laboral nacional.

 

ARTÍCULO 15.-  La definición de legislación ambiental establecida en el Tratado, tiene como único ámbito de aplicación el mismo Tratado y no es una referencia obligatoria para Costa Rica en otros ámbitos que no sea la aplicación del Tratado.  Dicha definición no puede tomarse como una limitación para que se establezcan definiciones diferentes en el marco de la legislación ambiental nacional.

 

ARTÍCULO 16.-  El representante de Costa Rica ante la Comisión de Libre Comercio no podrá acordar que las decisiones que afecten a Costa Rica se tomen sin su participación en el consenso.

 

ARTÍCULO 17.-  El Tratado no impone al Estado costarricense ni a los Colegios Profesionales ninguna obligación con respecto al sector de Servicios Profesionales que implique la modificación de la legislación nacional aplicable al sector.

 

El Estado podrá emitir las leyes, reglamentos o directrices administrativas que se estimen necesarias para garantizar el cumplimiento de los fines de interés público en el ejercicio profesional.

 

ARTÍCULO 18.-   Sobre el recurso hídrico.

 

            La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica interpreta que ninguna de las disposiciones de este Tratado menoscaban la potestad regulatoria del Estado en materia del recurso hídrico.

 

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL PLENARIO LEGISLATIVO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

 

 

LORENA VÁZQUEZ BADILLA

DIPUTADA

 

 

Dado en la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, a las __________del 20 de diciembre del año dos mil seis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las doce horas con diez minutos del veintiuno de enero del dos mil cinco. Resolución Nº 2005-00398.

[2] Constitución Política República de Costa Rica.

[3] Voto 2005-7428 y 1990-1026 Sala Constitucional Corte Suprema de Justicia.

[4] Artículo 2 inciso d) Convención de Viena Sobre Derecho de los Tratados.

[5] Artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.