PROYECTO DE
LEY
AUTORIZACIÓN AL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD Y CUALQUIER OTRA
EMPRESA QUE BRINDE
SERVICIO TELEFÓNICO
PARA QUE
RECAUDEN DE CADA LÍNEA TELEFÓNICA EL APORTE
DE TODAS
LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS DEL
SERVICIO
TELEFÓNICO NACIONAL CUYO DESTINO
SERÁ EL
FINANCIAMIENTO DE
ROJA
COSTARRICENSE
Expediente
N.º 16.032
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Los
costarricenses estamos concientes de la necesidad de otorgar nuestra
contribución a una institución humanitaria que ha sido declarada Benemérita de
Actualmente,
1.- Fondos propios:
Correspondientes
a actividades de generación o captación de fondos que se emiten por medio de
políticas generales del Consejo Nacional, cuyo objetivo es obtener recursos que
lleguen a los comités auxiliares o bien actividades propias que son ejecutadas
localmente por parte de los 119 comités auxiliares, entre los cuales están:
- Servicios de traslado de pacientes
C.C.S.S.
- Servicios de traslado de pacientes
I.N.S.
- Tico Bingo.
- Familias contribuyentes.
- Guías telefónicas.
- Salas de bingos.
- Bingos populares.
- Cobertura de eventos especiales.
- Servicios de funeraria.
- Alquileres de locales comerciales y
edificios.
- Cajas recaudadoras de servicios
públicos.
- Hospedaje y hotelería.
- Festejos y ferias populares.
- Colectas.
- Subastas ganaderas.
Sin
embargo, del detalle de actividades generadoras de fondos propios podemos citar
la situación prevaleciente de tres de ellas:
El servicio
de traslados de pacientes tanto al INS como a
El caso del
Tico Bingo también se constituye como una actividad generadora de fondos
propios, caracterizada por ser la principal fuente de financiamiento. Sin
embargo, las expectativas de ingreso de comisiones para los comités, de acuerdo
a sus ventas, así como los excedentes obtenidos luego de la ejecución del
evento, no han sido las mejores, principalmente durante el período 2005. La
situación es tal que para el primer sorteo realizado en abril del 2005 se
estimaba obtener excedentes operativos por la suma de 45 millones de colones y
solamente se obtuvieron 33 de ellos.
De igual
manera, para el sorteo del día del padre, en junio del 2005, se esperaba
recaudar 70 millones de colones y solo se obtuvo 12 millones de colones;
situación que perjudica el financiamiento del presupuesto establecido, al
obtener por ende menos recursos de los proyectados para su ejecución.
En lo
referente a la actividad de la distribución de guías telefónicas del Instituto
Costarricense de Electricidad, que realizaba
En resumen,
la generación de fondos propios por medio de diferentes actividades se
complica, provocando una inestabilidad financiera, poniendo en riesgo la acción
humanitaria que lleva a cabo
2.- Fondos públicos:
Esta fuente
de ingresos también ha repercutido en la inestabilidad financiera de

Fuente: Unidad
de Presupuesto, Cruz Roja Costarricense
Como puede
observarse, con la revisión y aprobación por parte de
Además del
recorte presupuestario existen varias limitantes en lo que respecta a la
administración e ingreso de los fondos públicos, ya que si bien es cierto el
presupuesto aprobado es de Ë1.743.690.400,ºº al 30 de junio del
2005, ante el cierre del primer semestre solamente habían ingresado Ë788.988.773,95,
es decir solo el 45,25% de los recursos presupuestados, dejando una
incertidumbre de que para finales del periodo 2005 puedan ingresar el 54,75%
restante, ya que las proyecciones no son positivas.
Muchas de las circunstancias que dan
pie a estas limitantes y que también perjudican el hecho de mantener un flujo
frecuente de fondos que permita financiar la operatividad de
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BENEMÉRITA
CRUZ ROJA COSTARRICENSE |
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FINANCIAMIENTO
GENERAL |
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FONDOS
PROPIOS |
4.766.310.700,00 |
|
FONDOS
PÚBLICOS |
1.743.690.400,00 |
|
PRESUPUESTO
ACTUAL |
6.510.001.100,00 |
|
PRESUPUESTO
ADECUADO |
9.150.001.100,00 |
|
DIFERENCIA |
2.640.000.000,00 |
Los
siguientes son programas que por falta de presupuesto no se han podido ejecutar
o bien se han visto limitados en su ejecución:
Comités
auxiliares:
- Programas que permitan mejorar las
condiciones de vida de las personas y grupos más vulnerables mediante la
promoción y el desarrollo de procesos de educación en salud, autogestión
comunitaria y promoción humana.
- Programas en la preparación de la
población, con especial énfasis en las comunidades y regiones más vulnerables,
para incrementar sus capacidades ante situaciones de emergencias y desastres.
- Fortalecer y mejorar la capacidad de
respuesta ante el 38% de incidentes de atención prehospitalaria en las
comunidades que no se atienden.
- Fortalecer y mejorar la capacidad de
respuesta de
- Promover y desarrollar una estrategia
de información de carácter interno y externo a la comunidad sobre la doctrina,
misión y objetivos de
Estructuras
regionales:
- El fortalecimiento administrativo de
cara a la desconcentración institucional que favorecerá el trabajo en las
regiones, la gestión administrativa, información de políticas y sistemas de
control interno.
- El desarrollo de bodegas regionales
que resguarden equipo de primera intervención, rescate y emergencias que
permitan fortalecer el apoyo de las operaciones de un comité auxiliar en
cualquiera de las localidades de dicha región en caso de accidentes y desastres.
Sede
central:
- La ejecución de procesos de
capacitación profesional para el personal administrativo y operativo.
- Fortalecer los mecanismos de
rendición de cuentas de
- Que el personal cruzrojista
contratado a nivel nacional cuente con una remuneración digna, de acuerdo al
puesto que desempeña y a la responsabilidad que asume, situación que
actualmente es una de las grandes debilidades institucionales, causantes de la
pérdida de recurso humano capacitado que opta por otro puesto, quizá menos
humanitario, pero mejor remunerado.
La
información suministrada por las autoridades de
Nuevas
fuentes de financiamiento:
Con el afán
de cumplir y llevar a buen término las áreas mencionadas anteriormente, se
necesita obtener nuevos recursos que permitan la sostenibilidad no solo del
presupuesto operativo de
Se estima
que actualmente se cuenta con 2.020.000 de líneas telefónicas adscritas a la
telefonía nacional. Si en la facturación emitida de cada línea se contemplara
un rubro de Ë80,00 mensuales por concepto de aporte a
Ahora bien,
según las necesidades establecidas para ser financiadas con estos recursos se
tomará en cuenta para la administración de los fondos la siguiente segregación
estructural: un 10% para el financiamiento de las operaciones de la sede
central, un 73% para los comités auxiliares y un 17% para el fortalecimiento
integral de las juntas regionales.
A efecto de
cumplir con las exigencias de transparencia de nuestra sociedad, el proyecto
establece expresamente que
Es
importante mencionar que el uso de recursos de
Dichas
regulaciones respaldan el trabajo continuo de mejoramiento en el buen uso de
los recursos de esta Institución.
Por todo lo
anterior, someto a consideración de
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD Y CUALQUIER OTRA
EMPRESA QUE BRINDE
SERVICIO TELEFÓNICO
PARA QUE
RECAUDEN DE CADA LÍNEA TELEFÓNICA EL APORTE
DE TODAS
LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS DEL
SERVICIO
TELEFÓNICO NACIONAL CUYO DESTINO
SERÁ EL
FINANCIAMIENTO DE
ROJA
COSTARRICENSE
ARTÍCULO
1º.- Autorízase al Instituto
Costarricense de Electricidad y cualquier empresa que brinde el servicio
telefónico en el territorio nacional para que recaude un monto de ochenta
colones (Ë80,00) mensuales en la facturación de cada línea telefónica
de las personas físicas y jurídicas del servicio telefónico nacional. Este
monto será ajustado en el mes de enero de cada año conforme a la tasa de
inflación del país, determinada por el Banco Central de Costa Rica.
ARTÍCULO
2º.- El Instituto Costarricense de
Electricidad y cualquier empresa que brinde el servicio telefónico en el
territorio nacional trasladará a
ARTÍCULO
3°.- El Instituto Costarricense de
Electricidad y cualquier empresa que brinde el servicio telefónico en el
territorio nacional podrá retener hasta un 2% de cada recaudación mensual para
cubrir los gastos administrativos del proceso de facturación generados por esta
Ley, dicha determinación se realizará según los costos, previa comprobación de
ARTÍCULO
4°.- Los recursos económicos provenientes
de la presente Ley se destinarán conforme a la siguiente distribución: un 10%
para el financiamiento de las operaciones de la sede Central, un 73% para los
comités auxiliares y un 17% para el fortalecimiento administrativo de las
juntas regionales y la respuesta regional de emergencias y desastres.
ARTÍCULO
5°.-
Rige a
partir de su publicación.
Federico
Vargas Ulloa
DIPUTADO
12 de
octubre de 2005.-
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de
Permanente de Asuntos
Sociales.