ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS

Comisión Permanente Especial para el Control

del Ingreso y el Gasto Públicos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACTA SESIÓN ORDINARIA N° 28

Jueves 6 de noviembre del 2014

 

 

 

 

 

 

 

PRIMERA LEGISLATURA

(Del 1° de mayo de 2014 al 30 de abril de 2015)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS

(Del 1° de setiembre del 2014 al 30 de noviembre del 2014)

 

 

ÍNDICE

 

a-  DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA   7

Aprobada. 7

 

b-  ASUNTOS DEL RÉGIMEN INTERNO   7

 

Moción N° 1-28 del diputado Guevara Guth: 8

Aprobada por unanimidad. 9

 

Moción N° 2-28 del diputado Solís Fallas: 9

Aprobada. 10

 

C-  CORRESPONDENCIA   10

Ha sido entregada. 10

 

Moción N° 3-28 de la diputada Campbell Barr: 11

Aprobada por unanimidad. 11

 

D-    FISCALIZACIÓN PERMANENTE DE LA HACIENDA PÚBLICA   12

 

1. EXPEDIENTE Nº 19253. COMPARECENCIA ANTE LA COMISIÓN DE LA SEÑORA ALICIA AVENDAÑO, DIRECTORA DE LA SECRETARIA TÉCNICA DE GOBIERNO DIGITAL Y AL SEÑOR FABIÁN QUIRÓS, DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA CON EL OBJETIVO DE QUE SE REFIERAN A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA ÚNICO DE COMPRAS DEL ESTADO. 12

 

2. EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES. 12

 

Este expediente tiene cinco informes, todos de minoría.

 

Moción de dispensa N°4-28 del diputado Vargas Varela. 13

Aprobada por unanimidad. 13

 

Hay dos Informes de Subcomisión.  Uno, es de la diputada Maureen Clarke, el primero.  Y el otro es del diputado Guevara Guth. 13

 

Informe de  Subcomisión de la diputada Maureen Clarke. 13

Rechazado. 24

 

Informe de Subcomisión del diputado Guevara Guth: 24

Rechazado. 32

 

Pasamos a los otros tres informes que no son de Subcomisión, si no de diputados que pertenecen a la Comisión. 32

 

Informe de minoría 

Rechazado. 42

 

Pasamos al Informe de la diputada Epsy Campbell. 42

 

Rechazado. 51

 

 

3.     EXPEDIENTE Nº 18856. PARA QUE SE LLAMEN A COMPARECER ANTE LA COMISIÓN EL SEÑOR REGULADOR GENERAL Y LAS SEÑORAS Y SEÑORES MIEMBROS DE LA ACTUAL JUNTA DIRECTIVA DE LA ARESEP Y SE REFIERAN A LAS POSICIONES ASUMIDAS EN EL SENO DEL ÓRGANO COLEGIADO, CON RELACIÓN A LA FIJACIÓN, APROBACIÓN DE TARIFAS Y DISPOSICIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, ASÍ COMO LA CALIDAD Y GESTIÓN DE LOS MISMOS Y SU IMPACTO EN LA SITUACIÓN FISCAL DEL PAÍS. 61

 

Se extiende el plazo para rendir el informe por trece días                                     61

 

4.     EXPEDIENTE Nº 18692. INVESTIGACIÓN A FIN DE QUE SUMINISTREN INFORMACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO, CONTRATACIÓN DE PERSONAL, CONSULTORÍAS Y EJECUCIÓN DE LA LEY Nº 8725, APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 7498-CR Y SUS ANEXOS, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE LIMÓN CIUDAD-PUERTO. 61

 

Se nombra una Subcomisión integrada por los diputado: Gerardo Vargas Varela, (coordinador); don Antonio Álvarez Desanti y diputada Epsy Campbell Barr. Plazo veintidós días para rendir el informe. 62

 

 

5.     EXPEDIENTE Nº 18634. INVESTIGACIÓN SOBRE LA INFORMACIÓN AL FIDEICOMISO PARA INFRAESTRUCTURA CARCELARIA. 62

 

Por mayoría, se acuerda archivarlo. 63

 

6.     EXPEDIENTE Nº 18820. INVESTIGACIÓN DE TODO LO RELATIVO AL CASO DE LA REFINERÍA QUE PRETENDEN DESARROLLAR CONJUNTAMENTE RECOPE Y CNPCI A TRAVÉS DE SORESCO Y CUALESQUIERA OTROS TEMAS RELACIONADOS. 63

 

Sobre este expediente la propuesta es esperar. 66

 

7.     EXPEDIENTE Nº 18866. PARA QUE COMPAREZCA EL DR. GUILLERMO CONSTENLA UMAÑA, PRESIDENTE EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS Y ACLARE SITUACIONES RELACIONADAS CON: A) PÓLIZA U-500 DE REASEGURO DEL ICE; B) EL CURSO DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN, CUMPLIMIENTO DE PLAZOS, AUTORIZADOS E INCREMENTO PRESUPUESTARIO EN EL DENOMINADO PROYECTO DEL HOSPITAL DEL TRAUMA; C) ADQUISICIÓN Y POSIBLES ANOMALÍAS EN LA COMPRA Y REPARACIONES DEL EDIFICIO DE INSURANCE SERVICIOS S.A. EN CURRIDABAT , Y; D) SITUACIÓN DEL AUMENTO DE SALARIO DE ALTOS PERSONEROS DEL I.N.S. 66

 

Pasa al Archivo. 66

 

8.     EXPEDIENTE Nº 18882. INVESTIGUE LOS ANTECEDENTES, CRITERIOS, ACTAS, DOCUMENTOS E INFORMES QUE SE HAYAN ELABORADO Y EMITIDO EN EL PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2011-LI-00000-4-OD 100, PROYECTO AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RUTA NACIONAL VIA 1 CARRETERA INTERNACIONAL NORTE, SECCIÓN: CAÑAS-LIBERIA, TRAMITADO POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y LA COMISIÓN PERMANENTE DE CONTRATACIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, CONAVI. 66

 

Por acuerdo de esta Comisión se archiva. 67

 

9.     EXPEDIENTE Nº 18932. CONCESIÓN SAN JOSÉ-SAN RAMÓN. 67

 

¿No hay objeciones para archivarlo?  Lo archivamos. 67

 

10.   EXPEDIENTE Nº 19179. INVESTIGACIÓN SOBRE LAS COMPRAS REALIZADAS POR LA JUNTA DE ADQUISICIONES DEL I.C.E. CREADA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES Y ATRIBUCIONES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO DE LA LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD N° 449 DEL 8 DE ABRIL DE 1948, LEY DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES N° 8660, ASÍ COMO LA LEY GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÜBLICA. CON LA FINALIDAD DE CONOCER SI HA EXISTIDO MAL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS   67

 

Se archiva. 67

 

11. EXPEDIENTE Nº 19183.  INVESTIGACIÓN SOBRE 1- LOS COSTOS QUE CONLLEVA PARA RECOPE LA CAPACIDAD INSTALADA PARA LA REFINERÍA DE PETRÓLEO QUE SE ENCUENTRA OCIOSA O NO OPERABLE                                          

 

Se mantiene. 67

 

12.   EXPEDIENTE Nº 19319. PARA QUE SE CONVOQUE POR SEPARADO EN AUDIENCIA A CARLOS OBREGÓN QUESADA, PRESIDENTE EJECUTIVO DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Y A JULIETA BEJARANO HERNÁNDEZ, DIRECTORA LEGAL DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, PARA QUE SE REFIERAN A LOS FIDEICOMISOS EN EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. 68

 

Se integra una Subcomisión con los diputados: Ottón Solís Fallas, el diputado Johnny Leiva Badilla (Coordinador); y la diputada Maureen Clarke Clarke.  Plazo veintidós días para rendir informe.

 

13.   EXPEDIENTE Nº 19335. INVESTIGACIÓN A LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA ENTORNO A LOS SALARIOS DE LOS ALTOS MANDOS DE LA INSTITUCIÓN, EN CUENTA EL DEL GERENTE GENERAL ALLAN BENAVIDES VÍLCHEZ, QUIEN EN UN AÑO OBTUVO UN AUMENTO DEL 80% EN SU SALARIO MENSUAL QUEDANDO EN 10.685.045 MILLONES DE COLONES Y A LA DE LA SUB GERENTE LISSETTE MONTOYA GAMBOA, QUIEN GOZA DE UN SALARIO MENSUAL DE 7.5 MILLONES DE COLONES Y SE LLAME A AUDIENCIA A: SR ALLAN BENAVIDEZ VÍLQUEZ, GERENTE DE LA ESPH, SRA LISSETTE MONTOYA GAMBOA, SUB GERENTE DE LA ESPH, DR. ÁLVARO MARTÍN PARADA GÓMEZ, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA, SR LUIS PAULINO ACOSTA HERNÁNDEZ, AUDITOR INTERNO DE LA ESPH, SR GILBERTH GONZALEZ FALLAS, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE LA ESPH, SR LUIS ENRIQUE SALAS ESQUIVEL, DIRECTOR RECURSOS HUMANOS DE LA ESPH, SR. YAMIL DE LA O GÓMEZ, REPRESENTANTE DEL SITET EN LA ESPH. 68

 

 

Este expediente es nuevo y se mantiene. 68

 

14.   EXPEDIENTE Nº 19379. PARA QUE SE CONVOQUE A AUDIENCIA A JORGE TORRES CARRILLO Y A WILBERT VILLEGAS GÓMEZ, SUBDIRECTOR Y JEFE DE OPERACIONES RESPECTIVAMENTE, DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y SEGURIDAD NACIONAL. PARA QUE CONTESTEN A LOS DIPUTADOS DE ESTA COMISIÓN SOBRE SUS FUNCIONES Y EL USO DE LOS FONDOS PÚBLICOS ASIGNADOS A LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y SEGURIDAD NACIONAL. 68

 

Se nombra Subcomisión integrada por los diputados Otto Guevara (Coordinador); Ottón Solís Fallas y don Antonio Álvarez Desanti; plazo para rendir informe  veinidos días. 69

 

15.   EXPEDIENTE Nº 19387. INVESTIGACIÓN ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO Y LA SITUACIÓN DEL SISTEMA DE BECAS EN LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA. 69

 

Se archiva. 70

 

16.   EXPEDIENTE Nº 19388. INVESTIGACIÓN AL MINISTERIO DE AMBIENTE, AL MINISTERIO DE HACIENDA, A LA CONAC Y AL SINAC EN TORNO DEL PROCESO DE COMPRA DE LOS TERRENOS DEL INBIO PARQUE EN SANTO DOMINGO DE HEREDIA A PESAR DE SUPUESTAMENTE NO CONTAR CON LA DEBIDA AUTORIZACIÓN DE COMPRA Y DONDE SE PRESUME QUE SE ESTÁ PAGANDO 4.981 MILLONES DE COLONES POR EL TERRENO QUE VIENE CON DEUDAS QUE OSCILAN ENTRE LOS 3 Y 5 MILLONES DE DÓLARES, MONTO QUE SUPUESTAMENTE NO ES PARTE DEL PROCESO DE COMPRA. ASIMISMO, SE LLAME A AUDIENCIA A LAS SIGUIENTES PERSONAS: SR. ALFIO PIVA, MIEMBRO FUNDADOR Y EX PRESIDENTE DE INBIO PARQUE, EX VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SR. EDGAR AYALES, EX MINISTRO DE HACIENDA, SR. HELIO FALLAS, MINISTRO DE HACIENDA, SR. JULIO JURADO, DIRECTOR EJECUTIVO DEL SINAC, SRA. PATRICIA MADRIGAL, VICEMINISTRA DE AMBIENTE PRESIDENTA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CONAC, SR. RODRIGO GÁMEZ, PRESIDENTE DEL INBIO PARQUE, SR. RANDALL GARCÍA, DIRECTOR DEL INBIO PARQUE. 70

 

Ese expediente, ya lo habíamos hablado,  lo mantenemos. 70

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DIPUTADOS Y DIPUTADAS PRESENTES

 

Gerardo Vargas Varela, Presidente

Epsy Campbell Barr, Secretaria

Ottón Solís Fallas

Maureen Clarke Clarke

Otto Guevara Guth

Johnny Leiva Badilla

 

 

ASESORES:

 

Sra. Susana Zúñiga Van Der Laat, Asesora Económica

Sra.  Tatiana Martínez Pérez,  Asesora Jurídica

Departamento de Servicios Técnicos

 

Sra. Ana María Ruiz Céspedes

Contraloría General de la República

 

 

Presidente:

 

Buenas tardes señoras diputadas y señores diputados.

 

Al ser las trece horas, con quince minutos, con el quorum del Reglamento, iniciamos la sesión.

 

 

 

a-  DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA

 

 

En discusión el Acta anterior. ¿Suficientemente discutida?

 

Aprobada.

 

 

b-  ASUNTOS DEL RÉGIMEN INTERNO

 

 

Con respecto a este capítulo han presentado tres mociones que vamos a dar lectura.

 

Don Otto, ¿usted tiene dos mociones presentadas, procedemos a leer las dos?

 

 

Diputado Guevara Guth:

 

La primera que presenté la retiro.

 

Presidente:

 

Retirada.

 

Por lo tanto tenemos dos mociones.

 

 

Moción N° 1-28 del diputado Guevara Guth:

 

“Para que se reciba en audiencia al señor Mario Rivera Turcios, Gerente General del Banco de Costa Rica y a Ronald Solís Bolaños, Presidente de Junta Directiva del Banco de Costa Rica, para que se refieran al detalle de gastos de esa Institución según se detalla en documento adjunto a esta moción”.

 

Tiene la palabra el diputado Guevara Guth.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Muchas gracias diputado Presidente.

 

Hace unos meses trascendió que los jerarcas de los bancos estatales se habían recetado, de alguna manera, en acuerdos con sus juntas directivas, unos incrementos salariales muy alto. 

 

 

Luego, llegó a mi despacho una nota del Sindicato de Trabajadores del Banco de Costa Rica denunciando lo que podrían ser abusos en el uso de los fondos del Banco. Entonces elaboré una lista de temas sobre los cuales quisiera que don Mario Ribera Turcios, el Gerente General, y don Ronald Solís, Presidente de la Junta Directiva, actual, se refieran a esta Comisión. La idea es de una vez aportar todo esto es para que sepan ellos y vengan preparados, precisamente para dar información sobre estos temas sobre los cuales se les cuestionaría, para que los diputados de esta Comisión podamos profundizar en la forma en que se está utilizando a esa empresa del Estado y la forma en que se utilizan ese tipo de fondos. Aparentemente hay muchos abusos, hay mucho despilfarro, y eso es algo que yo quiero que nosotros lo podemos explicitar, si es que efectivamente eso es así. 

 

Presidente:

 

Gracias diputado Guevara Guth.

 

El diputado  Guevara Guth presentó una moción para que comparezcan aquí el Presidente del Banco de Costa Rica y el Gerente, en relación con los aumentos que se han hecho públicos.

 

Tiene la palabra la diputada Maureen Clarke.

 

Diputada Clarke Clarke:

 

Gracias señor diputado Presidente.

 

Yo quiero preguntarle a don Otto, ¿si está pidiendo el aporte que hace el Banco anualmente a los funcionarios, de los dividendos de…

 

Diputado Guevara Guth:

 

Todo eso está acá, está solicitado, está en la parte… el trece.  Así es. 

 

Diputada Clarke Clarke:

 

Gracias.

 

Presidente:

 

¿Suficientemente discutida?  Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción sírvanse levantar su mano.

 

Aprobada por unanimidad.

 

Hay otra moción del diputado Ottón Solís.

 

Moción N° 2-28 del diputado Solís Fallas:

 

“Para que se le solicite al Departamento de Servicios Técnicos un listado de los Créditos Externos vigentes contratados por el país, en los que exista la obligación de rendir informes periódicos sobre la ejecución a la Asamblea Legislativa y a esta Comisión, indicando para cada caso si se está cumpliendo o no con la obligación señalada y la referencia del último informe rendido”.

 

Diputado Solís Fallas.

 

Diputado Solís Fallas:

 

Gracias diputado Presidente.

 

Se explica por sí misma.  Yo pienso que la Comisión de Ingreso y Gasto tiene potestades para… sin que digan los préstamos que deberán rendir su informe a esta Comisión pedir informes, porque esa es nuestra función.

 

Sin embargo, aquí se adoptó la costumbre en algunos préstamos, no en todos describir esa coletilla en el proyecto de ley que aprueba créditos externos para proyectos de inversión, la coletilla que dice: “… se informará sobre el nivel de ejecución a la Comisión de Ingreso y gasto…”  La idea es que se nos informe y si se ha cumplido con eso por parte de los órganos ejecutores de esos préstamos.

 

Gracias diputado.

 

Presidente: 

 

¿Suficientemente discutida?  Discutida.

 

Los diputados y diputadas y estén a favor de la moción sírvase levantar su mano.

 

Aprobada.

 

 

C-  CORRESPONDENCIA

 

Ha sido entregada.

 

Tiene la palabra la diputada Campbell.

 

Diputada Campbell Barr:

 

Voy a hacer una moción, pero la voy a leer antes de terminarla porque sino no la vamos a poder ver aquí.  Yo quiero ver si llegamos al acuerdo que a partir de las informaciones que se han girado en los medios de comunicación, que convocáramos a la administración de esta Asamblea Legislativa y al Directorio para mirar todo el tema de las contrataciones.

 

Me parece que esta Comisión no puede hacer como caso omiso: convocamos a todo mundo, le decimos a todo mundo que rinda cuentas sobre diferentes temas, y no hacemos lo propio a pesar de que en los medios de comunicación un día sí y otro también se están planteando temas relacionados con contrataciones dentro de esta Asamblea Legislativa. 

 

Me parece que en el mismo sentido, en el que nosotros generamos autoridad moral en temas de salarios, para poder hablar de los salarios del resto, creo que en estos temas no podemos hacer como si no se tratara de fondos públicos.

 

Así que quisiera solicitarles a ustedes que apoyen la moción para convocar a la administración de la Asamblea y al Directorio para que informe sobre contrataciones y otros que han sido difundidos a través de los medios de comunicación. 

 

Presidente:

 

Voy a dar un receso de tres minutos para que la diputada termine redactar la moción.

 

Se reanuda la sesión

 

Diputada Epsy Campbell.

 

Diputada Campbell Barr:

 

Moción N° 3-28 de la diputada Campbell Barr:

 

“Para que se convoque a la Administración de la Asamblea y Directorio e informe sobre contrataciones y otros manejos de fondos públicos difundidos a través de la Prensa Nacional”.

 

Quiero decir, además, que recibí un par de correos electrónicos y mensajes de facebook relacionados con este tema, en donde me preguntaba a mí misma y le preguntaban en general a los diputados y diputadas, y yo creo que la ciudadanía también tiene como el derecho que nosotros hagamos un informe sobre este tema.

 

Así que les voy a pedir el voto afirmativo.

 

Presidente:

 

¿Suficientemente discutida?

 

Discutida.

 

Los diputados y diputadas a favor de la moción, sírvanse levantar su mano.

 

Aprobada por unanimidad.

 

 

D-   FISCALIZACIÓN PERMANENTE DE LA HACIENDA PÚBLICA

 

Vamos a entrar al tema de Fiscalización Permanente de la Hacienda Pública.  Antes de entrar, quiero explicar lo siguiente.

 

Hoy, no hicimos solicitud de comparecencia de ninguna de las mociones que están ahí presentadas, con el objetivo de que podamos revisar los dieciséis proyectos que tenemos. A ver si todavía siguen siendo del interés de esta Comisión los dieciséis proyectos.  

 

Y además, hay unos informes que tenemos que conocer, unos votar y también, unas comisiones que hacen falta  de nombrar.

 

Entonces, por eso el día de hoy, decidí que lo dedicáramos a los proyectos en general para volver a revisar otra vez la Agenda que tenemos.

 

Vamos a empezar con el Expediente N° 19253.

 

 

1. EXPEDIENTE Nº 19253. COMPARECENCIA ANTE LA COMISIÓN DE LA SEÑORA ALICIA AVENDAÑO, DIRECTORA DE LA SECRETARIA TÉCNICA DE GOBIERNO DIGITAL Y AL SEÑOR FABIÁN QUIRÓS, DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA CON EL OBJETIVO DE QUE SE REFIERAN A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA ÚNICO DE COMPRAS DEL ESTADO.

      

Ahí, lo que hacía falta era la presentación de un informe y la firma de nosotros.  Ese Informe, ya ha sido firmado y está debidamente presentado el Informe de este Expediente, el día de hoy. 

 

¿El día de hoy, verdad?  El día de hoy, ya fue debidamente presentado el Informe de ese expediente.

 

 

2. EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

 

En relación con ese Expediente entonces, yo voy a presentar una moción para dispensar esos Informes de lectura, y entrar directamente después, a la votación de los expedientes.

 

Hay una moción de orden que la señora secretaria se servirá leer.

 

 

Secretaria:

 

Moción de dispensa N°4-28 del diputado Vargas Varela.

 

“Para que se dispensen de lectura los informes de Subcomisión  presentados sobre el expediente N° 19178 y su contenido conste en el acta.”

 

Presidente:

 

¿En discusión la moción?

 

Los diputados y diputadas que estén a favor de la moción, sírvanse levantar su mano

 

Aprobada por unanimidad.

 

Entonces, tenemos que entrar a la votación de esos cinco informes, en este  orden.

 

Hay dos Informes de Subcomisión.  Uno, es de la diputada Maureen Clarke, el primero.  Y el otro es del diputado Guevara Guth.

 

Entonces, vamos a votar uno a uno.

 

En primer lugar, el Informe de  Subcomisión de la diputada Maureen Clarke.

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICOS

EXPEDIENTE Nº 19.178

“PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES

INFORME DE SUBCOMISIÓN

 

08 DE OCTUBRE 2014

 

INFORME DE SUBCOMISIÓN

 

“Para que se convoque y llame audiencia a los miembros del consejo de la superintendencia de telecomunicaciones (SUTEL) y al señor Carlos Raúl Gutiérrez, en su condición de ex presidente de dicho consejo, para que se refieran a la situación relacionada con las modificaciones que se están impulsando respecto del cobro de las tarifas de internet a los usuarios de dispositivos móviles”

 

EXPEDIENTE 19.178

Quienes suscriben, en su condición de miembros de la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Público, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 89 y 194 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y en concordancia con el artículo 181 de la Constitución Política, se rinde el siguiente informe sobre el EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

MAUREEN CLARKE CLARKE

DIPUTADA

 

1.    CONSIDERACIONES GENERALES

 

1.1  Naturaleza de la Comisión Legislativa

El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (que tiene rango constitucional en lo que compete)  indica que la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y Gasto Público, es el órgano encargado legislativo que tiene la condición de dictaminadora e investigadora y además la fiscalización y vigilancia permanente de la Hacienda Pública, con el concurso de la Contraloría General de la República.   

1.2  Límites constitucionales al trabajo de las comisiones parlamentarias respecto al ámbito del control político.

En reiterada jurisprudencia, la Sala Constitucional ha sido conteste en que:

La potestad de investigación  dada a la Asamblea Legislativa, la cual se realiza a través de comisiones, entendidas como instrumento de control político, cumple una función de esclarecimiento de situaciones o actuaciones de funcionarios públicos o de personajes de la vida pública, en relación con determinados hechos, que son expuestas a la opinión pública, a fin de esclarecer si son, o no, irreprochables.  Así, en el tanto lo investigado por dichas comisiones ayude a formar opinión pública y sea una prolongación de ésta, se está realizando el principio democrático, base de nuestro sistema jurídico (...) [1] El destacado no es del original.     

De la misma forma, indica:

La potestad de investigación legislativa, tiene como finalidad general, servir de instrumento a la Asamblea para que ejerza en forma más eficaz, las funciones que la propia Constitución le ha otorgado  -entre ellas el control político-, cuando para ello, se requiere investigar un determinado asunto.  Nótese que no se trata de un estudio, sino de una investigación propiamente, pues en el primer caso no estaríamos en presencia de las comisiones establecidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, sino del otro tipo de investigaciones especiales previstas en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. En resumen, las comisiones de investigación derivan su potestad de la Constitución Política y pueden cumplir diversas funciones, entre las que destaca la de control político. Esta potestad de investigación está íntimamente relacionada con la naturaleza misma de las Comisiones, a la que dada la multiplicidad de objetos y funciones que cumplen esos órganos, es versátil, en el tanto cumplen diversas finalidades.(...) El destacado no es del original.[2] 

 

COMPARECENCIAS

 

                        Nombre

Puesto

Acta y Fecha

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9 26/06/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

 Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 11   10/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 11   10/07/2014

Erick Ulate Quesada

Presidente de Consumidores de Costa Rica

Nº 11   10/07/2014

Alonso Castro Mattei

Director del centro de informática de UCR

Nº 12   17/07/2014

Gisella Kooper Arguedas

Ministra del MICITT

Nº 12   17/07/2014

(AUSENTE)

 

CONCLUSIONES

1.    Tal y como se consigna a partir de la opinión experta consultada en esta comisión, el cambio en la modalidad de cobro que se aplicaría a los clientes pospago busca corregir una distorsión de mercado que se fue originada desde 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad únicamente a los clientes prepago.

 

2.    Que Sutel no comunicó con suficiente claridad y de forma oportuna a las y los usuarios sobre el cambio de modelo tarifario.

 

3.    Como lo consignan las respuestas recibidas por el señor Jaime Palermo, Gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad, la institución es el operador con mayores niveles de exigencia, ya que es el único declarado por el regulador como un Operador con Poder Significativo de Mercado (PSM). Esto hace que sea imperativo conocer la posición del ICE, ya que como empresa del Estado, representa los intereses de las y los costarricenses.

 

4.    Siguiendo el razonamiento del tercer punto supracitado: El ICE planteó a la Sutel en el año 2012 la posibilidad de adecuar la tarifa para poder cobrar justamente a quienes saturan la red, sin embargo, el ente regulador rechazó la propuesta y a finales de 2012 aprobó la modalidad de descarga (únicamente para el servicio de datos móviles prepago). El ICE indica que, de esta forma Sutel creó una distorsión tarifaria dentro de un mismo servicio (datos móviles), sin ninguna justificación regulatoria aceptable, provocando inestabilidad en el mercado móvil, es decir, el ente regulador creó una distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

 

5.    Sobre la competencia del ente regulador (Sutel) para fijar tarifas, y del Poder Ejecutivo en materia de política pública referida a telecomunicaciones, se hace indispensable citar y analizar el artículo 10 y 50 de la Ley General de Telecomunicaciones, número 8642:

 

ARTÍCULO 10.-   Definición de competencias

Corresponde al Poder Ejecutivo dictar el Plan nacional de atribución de frecuencias.  En dicho Plan se designarán los usos específicos que se atribuyen a cada una de las bandas del espectro radioeléctrico, para ello se tomarán en consideración las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (Citel).  Además, se definirán los casos en que las frecuencias no requieren asignación exclusiva, para lo cual se tomarán en consideración los siguientes criterios: disponibilidad de la frecuencia, tiempo de utilización, potencia de los equipos, tecnología aplicable, ancho de banda, modulación de la portadora de frecuencia y zona geográfica.

El Poder Ejecutivo podrá modificar el Plan nacional de atribución de frecuencias por razones de conveniencia y oportunidad.

El Poder Ejecutivo asignará, reasignará o rescatará las frecuencias del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en el Plan nacional de atribución de frecuencias, de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria, de conformidad con la Constitución Política y lo dispuesto en esta Ley.

A la Sutel le corresponderá la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales. La negrita no pertenece al original.

ARTÍCULO 50.-   Precios y tarifas

Las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público serán establecidas inicialmente por la Sutel, conforme a la metodología de topes de precio o cualquier otra que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos, de acuerdo con las bases, los procedimientos y la periodicidad que se defina reglamentariamente.

Cuando la Sutel determine, mediante resolución motivada, que existen las condiciones suficientes para asegurar una competencia efectiva, los precios serán determinados por los proveedores de los servicios de telecomunicaciones… La negrita no pertenece al original.

De la interpretación de ambos artículos se concluye que Sutel, dentro de sus potestades regulatorias, tuvo que prever, bajo un análisis riguroso del modelo tarifario que se aprobó en 2012, la posibilidad de crear tal distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

Al mismo tiempo, debe reconocerse la importancia de que El Poder Ejecutivo asigne, reasigne o rescate las frecuencias del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en el Plan nacional de atribución de frecuencias, de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria; sin embargo, el Gobierno actual se limitó a decir que el tema de la fijación de tarifas en el mercado de las telecomunicaciones depende exclusivamente de Sutel, desconociendo las competencias del artículo 10 de la Ley General de Telecomunicaciones y el 7 del Reglamento a la misma Ley, en materia de atribución de frecuencias y en los lineamientos del Plan nacional de atribución de frecuencias. Ver las declaraciones del anexo 1: Noticia.

6.    Que los operadores no pueden cobrar por el uso excesivo de la red, a menos que el ente regulador establezca una modalidad tarifaria que permita ejercer ese tipo de controles.

 

RECOMENDACIONES

A la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel)

1.    Dentro de las posibilidades presupuestarias y administrativas del Ente regulador, definir y ejecutar campañas de información, a parte de las audiencias públicas, que se lleven a cabo previo a la presentación de las posibles propuestas de cambios en modelos tarifarios que se discutan, con la finalidad de informar y justificar en tiempo y forma a los consumidores acerca de los cambios en el modelo de fijación de tarifa y la forma en que ello repercutirá en la economía de las y los usuarios del servicio.

 

2.    Procurar la corrección de la distorsión del mercado que se originó desde 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad solamente a los clientes prepago, siempre y cuando se garanticen y respeten los derechos de las y los usuarios.

 

3.    Llamar la atención a Sutel para que en situaciones similares en el futuro, se atenga a los modelos tarifarios establecidos por esta entidad, a fin de evitar no sólo distorsiones en lo que se refiere al mercado de telecomunicaciones, también situaciones de descontento social, ante lo que se ve como una decisión autoritaria, por no realizar de forma adecuada un proceso de comunicación explicando las causas que les motivan a tomar decisiones de ese tipo.

 

Al Poder Ejecutivo

1.    Revisar las competencias que le confiere la legislación actual en materia de telecomunicaciones, para determinar si es conveniente para los intereses del Estado acordar la reasignación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico.

2.    Mantener actualizada a esta comisión legislativa sobre la Política Pública que impulse por medio del Plan Nacional de Telecomunicaciones.

 

ANEXOS

1. Noticia: http://www.crhoy.com/gobierno-advierte-tema-de-cobro-de-internet-por-descarga-es-sutel-quien-toma-la-decision/”.

Presidente:

¿Diputada, quiere referirse?

 

Diputada Clarke Clarke:

 

Muchas gracias señor diputado Presidente.  Voy a referirme más que todo a las conclusiones y las recomendaciones del Informe.

 

En él, básicamente tal y como se consigna a partir de la opinión experta consultada en esta Comisión, el cambio en la modalidad de cobro que se aplicaría a los clientes postpago, busca corregir una distorsión de mercado que  fue originada desde el 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad únicamente, a los clientes prepago.

 

Sutel no comunicó con suficiente claridad y de forma oportuna a los usuarios sobre el cambio del modelo tarifario.  Y como lo consignan en su respuesta don Jaime Palermo, Gerente de Telecomunicaciones del ICE, la Institución es el Operador con mayores niveles de exigencia, ya que es el único declarado por el Regulador como un Operador con Poder Significativo de Mercado.  Esto hace, que sea imperativo conocer, o hizo que fuera imperativo conocer la posición del ICE como empresa del Estado, ya que representa los intereses de las y los costarricenses.

 

Siguiendo ese razonamiento, el ICE planteó a la Sutel en el año 2012, la posibilidad de adecuar la tarifa para poder cobrar, justamente, a quiénes saturan la red.  Sin embargo, el ente regulador rechazó la propuesta y a finales del 2012, aprobó la Modalidad de Descarga.  El ICE indica que de esa forma, Sutel creó una distorsión tarifaria dentro de un mismo servicio, los datos móviles.  Sin ninguna justificación regulatoria aceptable, provocando inestabilidad en el mercado móvil.  Es decir, el Ente Regulador creó una distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

 

Sobre la competencia Sutel, para fijar tarifas y el Poder Ejecutivo, en materia de política pública referida a telecomunicaciones, se hace indispensable citar y analizar el artículo 10 y 50 de la Ley General de Telecomunicaciones.  Que establece que es al Poder Ejecutivo el que puede modificar el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias por razones de conveniencia y oportunidad.

 

Y deberá asignar el Poder Ejecutivo y reasignar o rescatar, las frecuencias del Espectro Radioeléctrico de acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria de conformidad con la Constitución Política y lo dispuesto en la Ley.

 

A la Sutel le corresponderá: “La comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.

 

También, el artículo 50 establece que: “Las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público, serán establecidas inicialmente, por la Sutel conforme a la metodología de topes de precios o cualquier otro que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos”.

 

En conclusión, se recomienda a la Superintendencia de Telecomunicaciones dentro de las posibilidades presupuestarias y administrativas del ente Regulador: “Definir y ejecutar campañas de información aparte de las audiencias públicas que se lleven a cabo, previo a la presentación de las posibles propuestas de cambios en modelos tarifarios que se discutan, con la finalidad de informar y justificar en tiempo y forma a los consumidores acerca de los cambios en el modelo de fijación de tarifa y la forma en que ello repercutirá en la economía de las y los usuarios del servicio”.

 

Procurar la corrección de la distorsión del mercado que se originó desde el 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad solamente a los clientes prepago, siempre y cuando se garanticen y respeten los derechos de las y los usuarios. 

 

Y llamar la atención a Sutel, para que en situaciones similares en el futuro se atenga a los modelos tarifarios establecidos por esa entidad, a fin de evitar, no solo distorsiones en lo que se refiere al mercado de telecomunicaciones, si no también, situaciones de descontento social, cómo en este caso.  Ante lo que se ve cómo una decisión autoritaria por no realizar de forma adecuada, un proceso de comunicación explicando las causas que les motivan a tomar las decisiones de este tipo.

 

Al Poder Ejecutivo, se recomienda: “Revisar las competencias que le confiere la legislación actual en materia de telecomunicaciones, para determinar si es conveniente para los intereses del Estado, acordar la reasignación de bandas de frecuencias del Espectro Radioeléctrico”.

 

Mantener actualizada esta Comisión Legislativa, sobre la Política Pública que impulse por medio de Plan Nacional de Telecomunicaciones.

 

¡Eso sería!

 

Presidente:

 

¿Algún otro Diputado?

 

Vamos a someter a votación este Informe de Subcomisión, de la diputada Maureen Clarke.

 

¿Diputados a favor del Informe?

 

6 diputados presentes.  2 diputados a favor.  4 en contra.

 

Rechazado.

 

Pasamos al Informe de Subcomisión del diputado Guevara Guth:

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICOS

 

EXPEDIENTE Nº 19.178

“PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES

INFORME DE COMISIÓN

 

SEPTIEMBRE 2014

 

INFORME DE COMISIÓN

 

“Para que se convoque y llame audiencia a los miembros del consejo de la superintendencia de telecomunicaciones (SUTEL) y al señor Carlos Raúl Gutiérrez, en su condición de expresidente de dicho consejo, para que se refieran a la situación relacionada con las modificaciones que se están impulsando respecto del cobro de las tarifas de internet a los usuarios de dispositivos móviles”

 

EXPEDIENTE 19.178

 

Quienes suscriben, en su condición de miembros de la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Público, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 89 y 194 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y en concordancia con el artículo 181 de la Constitución Política, se rinde el siguiente informe sobre el EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

__________________________

OTTO GUEVARA GUTH

DITUTADO

2.     CONSIDERACIONES GENERALES

 

1.3   Naturaleza de la Comisión Legislativa

El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (que tiene rango constitucional en lo que compete)  indica que la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y Gasto Público, es el órgano encargado legislativo que tiene la condición de dictaminadora e investigadora y además la fiscalización y vigilancia permanente de la Hacienda Pública, con el concurso de la Contraloría General de la República.   

1.4   Límites constitucionales al trabajo de las comisiones parlamentarias respecto al ámbito del control político.

1.5   En reiterada jurisprudencia, la Sala Constitucional ha sido conteste en que:

La potestad de investigación  dada a la Asamblea Legislativa, la cual se realiza a través de comisiones, entendidas como instrumento de control político, cumple una función de esclarecimiento de situaciones o actuaciones de funcionarios públicos o de personajes de la vida pública, en relación con determinados hechos, que son expuestas a la opinión pública, a fin de esclarecer si son, o no, irreprochables.  Así, en el tanto lo investigado por dichas comisiones ayude a formar opinión pública y sea una prolongación de ésta, se está realizando el principio democrático, base de nuestro sistema jurídico (...) [3] El destacado no es del original.     

De la misma forma, indica:

La potestad de investigación legislativa, tiene como finalidad general, servir de instrumento a la Asamblea para que ejerza en forma más eficaz, las funciones que la propia Constitución le ha otorgado  -entre ellas el control político-, cuando para ello, se requiere investigar un determinado asunto.  Nótese que no se trata de un estudio, sino de una investigación propiamente, pues en el primer caso no estaríamos en presencia de las comisiones establecidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, sino del otro tipo de investigaciones especiales previstas en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. En resumen, las comisiones de investigación derivan su potestad de la Constitución Política y pueden cumplir diversas funciones, entre las que destaca la de control político. Esta potestad de investigación está íntimamente relacionada con la naturaleza misma de las Comisiones, a la que dada la multiplicidad de objetos y funciones que cumplen esos órganos, es versátil, en el tanto cumplen diversas finalidades.(...) El destacado no es del original.[4]   

 

 

COMPARECENCIAS

 

                        Nombre

Puesto

Acta y Fecha

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9  26/06/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

 Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 11   10/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 11   10/07/2014

Erick Ulate Quesada

Presidente de Consumidores de Costa Rica

Nº 11   10/07/2014

Alonso Castro Mattei

Director del centro de informática de UCR

Nº 12   17/07/2014

Gisella Kooper Arguedas

Ministra del MICITT

Nº 12   17/07/2014

(AUSENTE)

 

Conclusiones

 

Aporte del Diputado Otto Guevara Guth

 

De las audiencias, el análisis de los documentos presentados en la Comisión Para el Control del Ingreso y del Gasto Públicos y el oficio DM-426-MICITT-2014, enviado por la Ministra De Ciencia y Tecnología (Anexo 1) se concluye que:

 

1-    El servicio de acceso a Internet que actualmente brindan las tres operadoras mayoritarias no cumple con los estándares de calidad.

2-    El cambio en la modalidad de cobro por descarga pretendido por SUTEL, debería ser una opción voluntaria para los usuarios y no una imposición por parte de la SUTEL.

3-    La SUTEL tiene como objetivos promover la competencia en el sector de las telecomunicaciones y defender los derechos de los usuarios. Por lo tanto, los esfuerzos de la SUTEL deberían enfocarse en promover una sana competencia y en obligar a los Operadores a tener una mejora sustancial en la calidad del servicio

4-    El ordenamiento y distribución del espectro radioeléctrico nacional no es el adecuado, lo cual influye en que las conexiones a Internet mediante el uso de dispositivos telefónicos móviles se ve afectado en cuanto a la calidad de las mismas. El estudio “890-SUTEL-DGC-2013 NECESIDADES DE ESPECTRO PARA EL FUTURO DESARROLLO DELOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES (IMT) EN COSTA RICA Y RECOMENDACIÓN DE REFORMA AL PLAN NACIONAL ATRIBUCIÓN DE FRECUENCIAS” concluyó:

“En resumen respecto de la problemática descrita, sobre la carencia de una adecuada planificación, debe indicarse que según los arreglos de frecuencias de la UIT aplicables a Costa Rica, existen, tal y como se detallará en próximas secciones, 1015 MHz designados para el desarrollo de servicios IMT. No obstante, solo existen 750 MHz realmente habilitados en Costa Rica a la fecha para servicios IMT, de los cuales únicamente 250 MHz son efectivamente utilizados para la prestación de servicios IMT (120 MHz Grupo ICE, 60 MHz Movistar y 70 MHz Claro) y 70 MHz se encuentran actualmente disponibles para el inicio de procedimientos concursales, los 430 MHz restantes son  utilizados de forma parcial y en otros servicios. Asimismo, del total (1015 MHz) existen también 230 MHz que requieren procesos de reasignación para su disposición en servicios IMT y finalmente, 35 MHz que se deberán identificar para el futuro desarrollo de este servicio. (El resaltado no es del original)

La situación anterior, genera una interrogante sobre las fechas en que se iniciarán los procedimientos legales requeridos para la disposición del recurso para servicios IMT y su posterior licitación de conformidad con el artículo 12 de la LGT. Por lo tanto, esta Dirección General de Calidad considera que para eliminar tal incertidumbre en el sector, el Poder Ejecutivo debe, a través de herramientas de planificación como el CAE (la cual es internacionalmente reconocida dentro de las mejores prácticas en el sector) hacer una revisión formal del PNAF para su ajuste alineado con el CAE, a fin de que sea sometido al proceso de consulta pública en el menor plazo posible para hacer válida y eficaz publicación y vigencia.”

 

La Ley General de Telecomunicaciones dice sobre la asignación del espectro radioeléctrico:

 

“ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

 

ARTÍCULO 7.- Planificación, administración y control

El espectro radioeléctrico es un bien de dominio público. Su planificación, administración y control se llevará a cabo según lo establecido en la Constitución Política, los tratados internacionales, la presente Ley, el Plan nacional de desarrollo de las telecomunicaciones, el Plan nacional de atribución de frecuencias y los demás reglamentos que al efecto se emitan. ARTÍCULO 8.- Objetivos de la planificación, la administración y el control

Los objetivos de la planificación, la administración y el control del espectro radioeléctrico son los siguientes:

a) Optimizar su uso de acuerdo con las necesidades y las posibilidades que ofrezca la tecnología.

b) Garantizar una asignación justa, equitativa, independiente, transparente y no discriminatoria.

c) Asegurar que la explotación de las frecuencias se realice de manera eficiente y sin perturbaciones producidas por interferencias perjudiciales.

ARTÍCULO 10.- Definición de competencias

Corresponde al Poder Ejecutivo dictar el Plan nacional de atribución de frecuencias. En dicho Plan se designarán los usos específicos que se atribuyen a cada una de las bandas del espectro radioeléctrico, para ello se tomarán en consideración las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (Citel). Además, se definirán los casos en que las frecuencias no requieren asignación exclusiva, para lo cual se tomarán en consideración los siguientes criterios: disponibilidad de la frecuencia, tiempo de utilización, potencia de los equipos, tecnología aplicable, ancho de banda, modulación de la portadora de frecuencia y zona geográfica.

El Poder Ejecutivo podrá modificar el Plan nacional de atribución de frecuencias por razones de conveniencia y oportunidad.

El Poder Ejecutivo asignará, reasignará o rescatará las frecuencias del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en el Plan nacional de atribución de frecuencias, de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria, de conformidad con la Constitución Política y lo dispuesto en esta Ley.

A la Sutel le corresponderá la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.” (El resaltado no es del original).

 

Recomendaciones al MICITT y SUTEL:

 

1.    A SUTEL:

-       Cumplir de forma más rigurosa con sus funciones de velar por los derechos de los usuarios y la calidad de los servicios que reciben.

-       Aplicar las sanciones previstas en la regulación en los casos que lo ameriten.

-       Realizar los estudios técnicos necesarios para la asignación del espectro radioeléctrico. (Ver Anexo 1)

2.    A MICITT:

-       Ordenar el espectro radioeléctrico, asignando las frecuencias de forma eficiente tomando en cuenta los estudios técnicos que tiene que realizar la SUTEL. (Ver Anexo 1.

ANEXO 1.

Adjunto respuesta de la ministra de MICITT sobre las gestiones por realizar y realizadas para ordenar el espectro radioeléctrico”.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Gracias diputado Presidente, muy rápidamente.  Luego, de valorar los aportes que se hicieron acá, mediante las personas que nos acompañaron en audiencia y el análisis de documentos que se presentaron a la Comisión, concluí en lo siguiente:

 

Uno, que el servicio de acceso a internet que actualmente brinda las tres operadoras mayoritarias, no cumple con los estándares de calidad.

 

Dos, que el cambio de modalidad de cobro por descarga, pretendida por Sutel debería ser una opción voluntaria para los usuarios y no una imposición por parte de la Sutel.

 

Tres, que la Sutel tiene como objetivos promover la competencia en el sector de las telecomunicaciones y defender los derechos de los usuarios.  Por lo tanto, los esfuerzos de la Sutel, deberían enfocarse en promover una sana competencia y en obligar a los operadores a tener una mejora sustancial  en la calidad del servicio.  Calidad que hoy, todavía es muy deficiente.

 

Y luego, punto cuarto, el ordenamiento y distribución del Espectro Radioeléctrico Nacional, no es el adecuado; lo cual influye en que las conexiones a internet mediante el uso de dispositivos telefónicos móviles, se vea afectado en cuánto a la calidad de las mismas.

 

Ahí transcribo otros elementos. Unos estudios, etcétera, pero esas son las principales conclusiones y de ahí, unas recomendaciones:

 

La recomendación a Sutel, para que cumpla de forma más rigurosa con sus obligaciones de velar por los derechos de los usuarios y la calidad de los servicios que reciben.

 

Dos, aplicar las sanciones previstas en la regulación en los casos que lo ameriten, en casos de problemas de calidad.

 

Y tres, realizar los estudios técnicos necesarios para la asignación del Espectro Radioeléctrico.

 

Y luego, a Micitt, la recomendación para Micitt, para el Ministerio de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones: “Ordenar el Espectro Radioeléctrico asignando las frecuencias de forma eficiente, tomando en cuenta los estudios técnicos que tienen que realizar la Sutel”.

 

Eso es resumido el Informe de éste miembro de la Subcomisión.

 

Presidente:

 

Sometemos a votación este Informe de Subcomisión del diputado Guevara Guth.

 

¿Diputados y diputadas que estén a favor del Informe, sírvanse levantar su mano?

 

6 diputados presentes.  1 a favor.  5 en contra.

 

Rechazado.

 

Pasamos a los otros tres informes que no son de Subcomisión, si no de diputados que pertenecen a la Comisión.

 

El primero, que ha sido presentado ha sido él de este servidor, Gerardo Vargas.

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICOS

 

EXPEDIENTE Nº 19.178

 

“PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES

 

INFORME DE MINORIA

 

OCTUBRE  2014

 

INFORME DE COMISIÓN

 

“Para que se convoque y llame audiencia a los miembros del consejo de la superintendencia de telecomunicaciones (SUTEL) y al señor Carlos Raúl Gutiérrez, en su condición de ex presidente de dicho consejo, para que se refieran a la situación relacionada con las modificaciones que se están impulsando respecto del cobro de las tarifas de internet a los usuarios de dispositivos móviles” .

EXPEDIENTE 19.178

 

Quienes suscriben, en su condición de miembros de la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Público, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 89 y 194 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y en concordancia con el artículo 181 de la Constitución Política, se rinde el siguiente informe sobre el EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

 

 

GERARDO VARGAS VARELA

DIPUTADO

 

1.       CONSIDERACIONES GENERALES

1.1  Naturaleza de la Comisión Legislativa

El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (que tiene rango constitucional en lo que compete)  indica que la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y Gasto Público, es el órgano encargado legislativo que tiene la condición de dictaminadora e investigadora y además la fiscalización y vigilancia permanente de la Hacienda Pública, con el concurso de la Contraloría General de la República.   

1.2  Límites constitucionales al trabajo de las comisiones parlamentarias respecto al ámbito del control político.

 

En reiterada jurisprudencia, la Sala Constitucional ha sido conteste en que:

La potestad de investigación  dada a la Asamblea Legislativa, la cual se realiza a través de comisiones, entendidas como instrumento de control político, cumple una función de esclarecimiento de situaciones o actuaciones de funcionarios públicos o de personajes de la vida pública, en relación con determinados hechos, que son expuestas a la opinión pública, a fin de esclarecer si son, o no, irreprochables.  Así, en el tanto lo investigado por dichas comisiones ayude a formar opinión pública y sea una prolongación de ésta, se está realizando el principio democrático, base de nuestro sistema jurídico (...) [5] El destacado no es del original.     

De la misma forma, indica:

La potestad de investigación legislativa, tiene como finalidad general, servir de instrumento a la Asamblea para que ejerza en forma más eficaz, las funciones que la propia Constitución le ha otorgado  -entre ellas el control político-, cuando para ello, se requiere investigar un determinado asunto.  Nótese que no se trata de un estudio, sino de una investigación propiamente, pues en el primer caso no estaríamos en presencia de las comisiones establecidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, sino del otro tipo de investigaciones especiales previstas en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. En resumen, las comisiones de investigación derivan su potestad de la Constitución Política y pueden cumplir diversas funciones, entre las que destaca la de control político. Esta potestad de investigación está íntimamente relacionada con la naturaleza misma de las Comisiones, a la que dada la multiplicidad de objetos y funciones que cumplen esos órganos, es versátil, en el tanto cumplen diversas finalidades.(...) El destacado no es del original.[6]   

 

COMPARECENCIAS

                        Nombre

Puesto

Acta y Fecha

 

 

 

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9 26/06/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

 Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 11   10/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 11   10/07/2014

Erick Ulate Quesada

Presidente de Consumidores de Costa Rica

Nº 11   10/07/2014

Alonso Castro Mattei

Director del centro de informática de UCR

Nº 12   17/07/2014

Gisella Kooper Arguedas

Ministra del MICITT

Nº 12   17/07/2014

(AUSENTE)

 

Conclusiones:

1.    El tema de asignación de frecuencias, constituye una distorsión al expediente, dado que el tema es irrelevante técnicamente para establecer el modelo de cobro de las descargas de internet.

2.    En un Mercado en Competencia, aunque la misma aun no se ha declarado por parte de la SUTEL, se debe brindar a los operadores el espacio necesario para tomar la decisión de hacerse o no, atractivos a sus clientes, mediante el dimensionamiento de productos y la confección de paquetes de servicios. El regulador solo debería intervenir para evitar abusos hacia los usuarios del servicio y no como medio para subir los precios, perjudicar al cliente y defender a las empresas. Los nuevos competidores, deberían adaptarse a las condiciones y particularidades del servicio existente en Costa Rica por años.

3.    La tarifa propuesta de ¢0,0075 por kilobyte, implicara que un usuario que utilice una descarga de 1GB tendría que pagar 7864.32 colones. Si el usuario se acerca al tope mencionado por las operadoras de 6GB tendría que pagar aproximadamente 47185.92 colones, lo cual evidentemente es un incremento tarifario para quien hoy paga desde 6500 colones con una velocidad de 1MBps.

4.    La distorsión en la modalidad prepago, se puede justificar mediante una diferenciación entre los dos segmentos de clientes.  El cliente prepago se puede definir como un cliente de oportunidad, pero posiblemente con menor poder adquisitivo por lo que representa un segmento menos atractivo para las empresas operadoras.  Los clientes del segmento pospago se un cliente leal y comprometido por un plazo de contrato a pagar un servicio, es decir son ingresos asegurados, así que debe existir la diferenciación tarifaria como lo es hoy la tarifa plana de internet por velocidad. Lo que hoy se llama distorsión de mercado, no fue más que un incremento tarifario que afectó a las clases más desposeídas.

5.    La mencionada saturación de la red la causa un pequeño porcentaje de usuarios, a los cuales con el modelo correcto se les puede cobrar el servicio justo y no aplicando una medida que afecta la totalidad de los usuarios. La reglamentación vigente de prestación de calidad de los servicios de telecomunicaciones (publicado en La Gaceta N° 82 del miércoles 29 de abril del 2009), dispone en su numeral 23 que el operador o proveedor de servicios podrá desconectar el servicio sin responsabilidad, “cuando el cliente utilice el servicio de telecomunicaciones de forma que ocasione alteraciones en la operación normal de la red y/o degrade la calidad del servicio, producto de acciones que provoquen interferencias, interrupciones, congestión de las centrales, enrutadores, plataformas y enlaces de transmisión, así como otras prácticas fraudulentas”.    Es decir, la misma normativa permite sancionar a aquellos consumidores que lesionen el tráfico de la red con su alto consumo excesivo y por consiguiente, no sería factible argüir que se justifica la medida de aplicación a toda la globalidad de usuarios  cuando es un segmento muy pequeño comparativamente, el que distorsiona el uso de la Red Internet.

6.   Por otra parte,  la posibilidad de medición del servicio de telefonía móvil  ha sido contemplado en el mismo “Reglamento de Prestación y Calidad de los Servicios” que dispone a partir del artículo 28 al 30, una serie de parámetros de condiciones de prestación del servicio; del artículo 31 al artículo 36 los denominados “indicadores de eficiencia del servicio”; del artículo 37 al artículo 46 los “indicadores técnicos del servicio telefónico”.   Asimismo, el reglamento impone la obligación de que todos los proveedores suministren a la SUTEL con desglose mensual el dimensionamiento y características de sus redes móviles, proporcionando parámetros de información.   En consecuencia, el acto administrativo de fijación de tarifa prepago no está motivado lo suficiente, violentándose la obligación que tienen los entes públicos de motivar este tipo de actuaciones, cuando limiten derechos subjetivos (artículo 136 de la Ley General de Administración Pública) y en este caso, estamos hablando del derecho personal a la libertad de comunicación o expresión.

7. En lo que respecta a la fijación de tarifas, en el artículo 50 de la Ley 8642 se especifica que "las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público serán establecidas inicialmente por la SUTEL, conforme a la metodología de topes de precio o cualquier otra que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos, de acuerdo con las bases, los procedimientos y la periodicidad que se defina reglamentariamente (SUBRAYADO NUESTRO).  Sin embargo, la base procedimental que ha tomado la SUTEL, para efectos de disponer de la información anterior, no se basa en los reglamentos de fijación tarifaria, y más bien en materia de costos de capital, se siguen las recomendaciones recibidas en la asesoría brindada por DELOITTE & TOUCHE, S. A., sin embargo no constan las mismas en el expediente administrativo.

8.  Se hace necesario acotar que existe una metodología a aplicar en Costa Rica según el Reglamento de Fijación Tarifaria” en su artículo 13 que enuncia la manera en que se calcularán los costos medios totales; que resultan de la suma los CIPLP (Costos Incrementales Promedio a Largo Plazo) y todos los costos comunes no considerados en el cálculo do los CIPLP.  Asimismo, el citado reglamento establece en concordancia con el artículo noveno, los principios aplicables a la estimación de los CIPLP, no quedando  constancia en ningún lugar del expediente, el cálculo realizado a la luz de las anteriores variables que son en última instancia, las que reglamentariamente se exigen para la fijación tarifaria y no otras. 

9.   La libertad de expresión es un derecho fundamental en una sociedad democrática y sirve de instrumento invaluable de protección y garantía de los restantes derechos humanos. Por estas razones, el derecho a la libertad de expresión, en todas sus manifestaciones, tiene un rol preponderante en la Convención Americana de Derechos Humanos (1968).  No obstante lo anterior, existen igualmente antecedentes valiosos en otros instrumentos internacionales de protección de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDESC) aprobado por Ley No 4229 del 11 de diciembre de 1968, siendo que al respecto el artículo 19 párrafo segundo de este mismo instrumento, nos dice que “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole…”. 

Con respecto al derecho de libertad de expresión, que se plasma en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (aprobada por Ley No 4534 del 23 de febrero de 1970).   Para el caso del cobro del pospago, nningún cobro por descarga puede venir a contravenir ni limitar el ejercicio pleno del derecho a la comunicación a través de los diferentes medios existentes, sean convencionales o sean dispositivos de comunicación electrónica.   Se están limitando el ejercicio de derechos fundamentales, los cuáles comprenden garantías  derivados en tratados internacionales, que suponen mayor rango que la Constitución Política en la medida que están otorgando mayores libertades y beneficios a los justiciables.

 10.   Es necesario tomar en cuenta las mejores prácticas comparadas en el continente, que dan cuenta de la necesidad de articular la tutela del acceso al servicio informativo de la Red Internet, en el marco de una efectiva prestación de los operadores, sin condicionarla al pre o pospago.   En Chile se han adoptado importantes leyes destinadas  a proteger la libertad de expresión en Internet, en ese sentido a Ley 20.453,  consagró el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet, prohibiendo el bloqueo, la interferencia, la discriminación, el entorpecimiento y la restricción del derecho de cualquier usuario para “utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red”.   Otro caso que se encuentra a la vanguardia en el continente americano es el de Argentina y como en materia de acceso a Internet, se sanciona la Ley 26.032 del 18 de junio del 2005, que consagra expresamente en su artículo primero lo siguiente: “La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión”.  El Decreto 554/97 declaró de interés nacional el acceso de los habitantes de la República Argentina a Internet,  En conclusión, la tendencia latinoamericana está circunscrita a expandir el uso del Internet como un derecho de inclusión social al conocimiento y  no restringirlo con modalidades de pre y pospago como se quiere hacer en este primer caso.  

 

Recomendaciones:

 

A la SUTEL

· Rechazar el cambio de modelo y dejar libre el espacio para que sean las empresas las que establezcan los dimensionamientos de productos y modelos de cobro, considerando las condiciones actuales de la dinámica del mercado de telefonía móvil.

· Mantener las condiciones de tarifa plana existente para los usuarios postpago y si existiere un abuso en el tráfico de la red, que se proceda conforme a la reglamentación vigente imponiendo las medidas previstas para este tipo de consumidores.

· Revisar las tarifas impuestas en el modelo del Prepago en el 2012, dado que evidentemente el modelo afecto a las clases menos favorecidas y antes de su vigencia, los operadores visualizaron beneficios en el mercado con las tarifas vigentes.

·  Establecer un tope de descarga por usuario, definido de acuerdo a las capacidades técnicas de las redes de los operadores existentes, para mantener la correcta operación de las redes, y a partir del cual se aplique una tarifa diferenciada que castigue el sobrecargo a la red”.

 

En el Informe yo hago diez conclusiones, pero no me voy a referir a ellas. Nada más voy a referirme a las cuatro recomendaciones que hago.

 

La primera recomendación, es rechazar el cambio de modelo y dejar libre el espacio para que sean las empresas las que establezcan los dimensionamientos de productos y modelos de cobro, considerando las condiciones actuales de la dinámica del mercado de telefonía móvil.

 

Segundo, mantener las condiciones de tarifa plana existente para los usuarios pospago y si existiera un abuso en el tráfico de la red, que se proceda conforme a la reglamentación vigente, imponiendo las medidas previstas para ese tipo de consumidores.

 

Tres, revisar las tarifas impuestas en el modelo de prepago en el 2012.  Dado que evidentemente, el modelo afectó a las clases menos favorecidas y antes de su vigencia.  Los operadores visualizaron beneficios en el mercado con las tarifas vigentes.

 

Y cuatro, establecer un tope de descarga por usuario, definido de acuerdo a las capacidades técnicas de la red de los operadores existentes.  Para mantener la correcta operación de las redes y a partir del cual se aplique una tarifa diferenciada que castigue el sobrecargo a la red.

 

Sometemos a votación este Informe.

 

¿Los diputados que estemos a favor del mismo, sírvanse levantar su mano?

 

6 diputados presentes.  1 a favor.  5 en contra.

 

Rechazado.

 

Pasamos al Informe de la diputada Epsy Campbell.

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICOS

 

EXPEDIENTE Nº 19.178

“PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES

 

 

INFORME

 

EPY CAMPBELL BARR

 

 

OCTUBRE 2014


 

 “Para que se convoque y llame audiencia a los miembros del consejo de la superintendencia de telecomunicaciones (SUTEL) y al señor Carlos Raúl Gutiérrez, en su condición de ex presidente de dicho consejo, para que se refieran a la situación relacionada con las modificaciones que se están impulsando respecto del cobro de las tarifas de internet a los usuarios de dispositivos móviles” .

 

EXPEDIENTE 19.178

Quienes suscriben, en su condición de miembros de la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Público, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 89 y 194 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y en concordancia con el artículo 181 de la Constitución Política, se rinde el siguiente informe sobre el EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

 

 

 

 

 

 

 

 

DIPUTADAS Y DIPUTADOS

 


 

1. CONSIDERACIONES GENERALES

1.1 Naturaleza de la Comisión Legislativa

El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (que tiene rango constitucional en lo que compete)  indica que la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y Gasto Público, es el órgano encargado legislativo que tiene la condición de dictaminadora e investigadora y además la fiscalización y vigilancia permanente de la Hacienda Pública, con el concurso de la Contraloría General de la República.   

1.2 Límites constitucionales al trabajo de las comisiones parlamentarias respecto al ámbito del control político.

 

En reiterada jurisprudencia, la Sala Constitucional ha sido conteste en que:

La potestad de investigación  dada a la Asamblea Legislativa, la cual se realiza a través de comisiones, entendidas como instrumento de control político, cumple una función de esclarecimiento de situaciones o actuaciones de funcionarios públicos o de personajes de la vida pública, en relación con determinados hechos, que son expuestas a la opinión pública, a fin de esclarecer si son, o no, irreprochables.  Así, en el tanto lo investigado por dichas comisiones ayude a formar opinión pública y sea una prolongación de ésta, se está realizando el principio democrático, base de nuestro sistema jurídico (...) [7] El destacado no es del original.     

De la misma forma, indica:

La potestad de investigación legislativa, tiene como finalidad general, servir de instrumento a la Asamblea para que ejerza en forma más eficaz, las funciones que la propia Constitución le ha otorgado  -entre ellas el control político-, cuando para ello, se requiere investigar un determinado asunto.  Nótese que no se trata de un estudio, sino de una investigación propiamente, pues en el primer caso no estaríamos en presencia de las comisiones establecidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, sino del otro tipo de investigaciones especiales previstas en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. En resumen, las comisiones de investigación derivan su potestad de la Constitución Política y pueden cumplir diversas funciones, entre las que destaca la de control político. Esta potestad de investigación está íntimamente relacionada con la naturaleza misma de las Comisiones, a la que dada la multiplicidad de objetos y funciones que cumplen esos órganos, es versátil, en el tanto cumplen diversas finalidades.(...) El destacado no es del original.[8]   

 

COMPARECENCIAS

 

                         Nombre

Puesto

Acta y Fecha

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9  26/06/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9  26/06/2014

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10 03/07/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10  03/07/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

 Nº 10  03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 10  03/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 10  03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 11 10/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 11 10/07/2014

Erick Ulate Quesada

Presidente de Consumidores de Costa Rica

Nº 11 10/07/2014

Alonso Castro Mattei

Director del centro de informática de UCR

Nº 12 17/07/2014

Gisella Kooper Arguedas

Ministra del MICITT

Nº 12 17/07/2014

(AUSENTE)


 

2. CONSIDERANDO QUE:

 

1.    La SUTEL aprobó en el año 2012 la tarifa de internet móvil por transferencia de datos para la modalidad pre pago. Hecho que provocó una distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

2.    La SUTEL plantea que la modalidad de cobro que rige actualmente permite un “consumo excesivo” de más de 100 GB por mes por parte del 5% de usuarios de mayor consumo de los usuarios.

3.    La SUTEL indica que ese 5% se encuentra distribuido de forma desigual entre los operadores móviles siendo el ICE-Kolbi el operador con la proporción más alta de estos usuarios.

4.    La SUTEL apunta a resolver esta problemática con el cobro de la tarifa de internet móvil por transferencia de datos para la modalidad post pago.

5.    Con esta nueva metodología, se evidencia que la propuesta de la SUTEL tiene importantes limitaciones que contrarrestan sus posibles beneficios, porque:

·         Dicha propuesta no garantiza el derecho de los habitantes a obtener el servicio de telecomunicación que reciben actualmente debido a que la propuesta de SUTEL propone una tarifa máxima para un consumo mensual de hasta 500MB, significativamente menor al consumo promedio actual, según datos del Director del Centro de Informática de la Universidad de Costa Rica, cuando lo óptimo hubiera sido ofrecer un consumo mayor y no menor al actual. El Director del Centro de Informática de la Universidad de Costa Rica recomienda un consumo hasta de 5 GB por mes, 10 veces superior al propuesto de la SUTEL.

·         Dicha propuesta no asegura la aplicación de los principios de universalidad y solidaridad, ya que los usuarios de alto poder adquisitivo podrán mantener su consumo actual, pagando más, mientras que los de menor poder adquisitivo tendrán que reducir su consumo, ampliando la brecha digital del país.

·         Dicha propuesta atenta con la competencia en el mercado de las telecomunicaciones, ya que el consumo promedio actual se volverá inalcanzable para los consumidores de más bajos recursos o más caro para los consumidores de más altos ingresos. De alguna forma, el país se moverá hacia un nuevo equilibrio con mayores precios promedio, menor cantidad ofrecida a través de la intervención del ente regulador (SUTEL), distorsionando el equilibrio competitivo prevaleciente actualmente.

·         Si bien la SUTEL garantiza que el cambio de metodología será facultativo pero no obligatorio, esto contradice los objetivos que la SUTEL persigue, que es corregir el consumo “excesivo” por parte del 5% de mayor consumo.

 

6.    El Poder Ejecutivo tiene un mandato en materia de política pública referida a telecomunicaciones. La Ley General de Comunicaciones, No. 8642, le establece la responsabilidad de dictar el Plan nacional de atribución de frecuencias. En dicho Plan se designarán los usos específicos que se atribuyen a cada una de las bandas del espectro radioeléctrico.

7.    A la Sutel le corresponde la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.

8.    La Sutel tiene mandato para establecer las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público, conforme a la metodología de topes de precio o cualquier otra que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos, de acuerdo con las bases, los procedimientos y la periodicidad que se defina reglamentariamente.

 

 

3.   CONCLUSIÓN

 

De las audiencias y el análisis de los documentos presentados en la Comisión Para el Control del Ingreso y del Gasto Públicos, se concluye que:

 

1.    La Sutel debe procurar la corrección de la distorsión que se originó desde 2012, cuando implementó el cambio de modalidad solamente a los clientes prepago.

2.    Esta distorsión se da en dos sentidos, en primer lugar porque este cambio de modalidad solo se implementó para el servicio prepago y no el post pago, y en segundo lugar porque esta medida ha significando un incremento tarifario que ha afectado a la población más pobre.

3.    La metodología propuesta por parte de la SUTEL para corregir esa distorsión  no es la única propuesta disponible. Ésta aumentaría la brecha digital que existe en el país y pone por encima los intereses de los entes regulados sobre los intereses nacionales. Existen propuestas alternativas con menor impacto al bolsillo de los consumidores y con mejor desempeño desde el punto de vista técnico, tal como lo planteó el Director del centro de informática de UCR.

4.    El cambio en la modalidad de cobro por descarga pretendido por SUTEL, debería ser una opción voluntaria para los usuarios y no una imposición por parte de la SUTEL.

5.    La SUTEL tiene como objetivos defender los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y promover la competencia en el sector de las telecomunicaciones. Por lo tanto, los esfuerzos de la SUTEL deberían enfocarse en defender los derechos de los usuarios, promover una sana competencia y obligar a los operadores a tener una mejora sustancial en la calidad del servicio.

6.    A la Sutel le corresponde la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.

 

 

4.   RECOMENDACIONES

 

A la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel)

 

1. No continuar con la propuesta de cobro por descarga porque no hay evidencia que demuestre que la medida no impactará el objetivo de avanzar hacia la reducción de la brecha digital, y por ende, que no limitará las posibilidades de generar nuevas oportunidades de desarrollo para los diversos sectores de la población.

2 .Identificar y definir los mecanismos que sean necesarios para establecer el cobro al 5% de las y los consumidores de uso excesivo de internet, sin afectar a las y los consumidores que no forman parte de ese grupo.

3. Revisar las tarifas impuestas en el modelo del Prepago en el 2012, dado que evidentemente el modelo afecto a las clases menos favorecidas y antes de su vigencia, los operadores visualizaron beneficios en el mercado con las tarifas vigentes.

4.    Para futuras propuestas metodológicas de costos de telefonía móvil se le insta a informar ampliamente a las y los habitantes sobre sus características técnicas y económicas.

5.    Realizar los estudios y la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.

 

 Al Poder Ejecutivo:

 

1. Revisar las competencias que le confiere la legislación actual en materia de telecomunicaciones, para determinar si es conveniente para los intereses del Estado acordar la reasignación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico.

2. Mantener actualizada a esta comisión legislativa sobre la Política Pública que impulse por medio del Plan Nacional de Telecomunicaciones.

3.    Promover el diseño de políticas de uso justo a internet”.

 

Diputada Campbell Barr:

 

Bueno, igual que el resto, hice una serie de valoraciones y claro que voy a proponer de forma, que aquellas que coincidan en todos los informes, sean las conclusiones de la Comisión, porque si no vamos a tener muchos insumos y pocas conclusiones  cómo colectivo.

 

Las recomendaciones las hice en dos grupos.  La primera, a la Superintendencia de Telecomunicaciones no continuar con la propuesta de cobro de descarga porque no hay evidencia que demuestre que la medida no impactará el objetivo de avanzar hacia la reducción de la brecha digital.  Y por ende, que no limitará las posibilidades de generar nuevas oportunidades de desarrollo para los diferentes sectores de la población.

 

Dos, identificar y definir mecanismos que sean necesarios para establecer el cobro del 5% de los consumidores de uso excesivo de internet, sin afectar a los y las consumidoras que no forman parte de este grupo.

 

Tres, revisar las tarifas impuestas en el modelo prepago 2012, dado que evidentemente, el modelo afecta a las clases menos favorecidas y antes de su vigencia, los operadores visualizaron beneficios en el mercado con las tarifas vigentes que no se han visto, como resultado.

 

Cuatro, para las futuras propuestas metodológicas de costos de la telefonía móvil se insta informar ampliamente, a las y los habitantes sobre las características y técnicas económicas.

 

 

Cinco, realizar los estudios y  la comprobación técnica  de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales.

 

Al Poder Ejecutivo: “La primera, revisar las competencias que le confiere la legislación actual en materia de telecomunicaciones para determinar si es conveniente para los intereses del Estado, acordar la reasignación de bandas de frecuencia de Espectro Radioeléctrico.

 

Dos, mantener actualizada a esta Comisión Legislativa sobre la política pública que impulse por medio del Plan Nacional de Telecomunicaciones.

 

Y tres, promover el diseño de políticas de uso justo de internet”.

 

Presidente:

 

¿Los diputados y diputadas que estén a favor de este Informe, sírvanse levantar su mano?

 

6 diputados presentes.  2 a favor.  4 en contra.

 

 

Rechazado. 

 

Por último pasamos... ¿Doña Maureen, este otro Informe es también, el que ha firmado usted y don Antonio?

 

¡Sí!

 

¿Quiere referirse?

 

Diputada Clarke Clarke:

 

Es igual.

 

Presidente:

 

¡Es igual!  El mismo.

 

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICOS

 

EXPEDIENTE Nº 19.178

“PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES

 

INFORME DE MAYORÍA

 

SEPTIEMBRE 2014

 

INFORME DE COMISIÓN

 

“Para que se convoque y llame audiencia a los miembros del consejo de la superintendencia de telecomunicaciones (SUTEL) y al señor Carlos Raúl Gutiérrez, en su condición de ex presidente de dicho consejo, para que se refieran a la situación relacionada con las modificaciones que se están impulsando respecto del cobro de las tarifas de internet a los usuarios de dispositivos móviles”

 

EXPEDIENTE 19.178

 

Quienes suscriben, en su condición de miembros de la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y el Gasto Público, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 89 y 194 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y en concordancia con el artículo 181 de la Constitución Política, se rinde el siguiente informe sobre el EXPEDIENTE Nº 19178. PARA QUE SE CONVOQUE Y LLAME EN AUDIENCIA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL) Y AL SEÑOR CARLOS RAÚL GUTIÉRREZ, EN SU CONDICIÓN DE EXPRESIDENTE DE DICHO CONSEJO, PARA QUE SE REFIERAN A LA SITUACIÓN RELACIONADA CON LAS MODIFICACIONES QUE SE ESTÁN IMPULSANDO RESPECTO DEL COBRO DE LAS TARIFAS DE INTERNET A LOS USUARIOS DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

 

 

 MAUREEN CLARKE CLARKE                                    EPSY CAMPBELL BARR

 

ANTONIO ÁLVAREZ DESANTI                                  GERARDO VARGAS VARELA

 

 

   OTTÓN SOLÍS FALLAS                                          JOHNNY LEIVA BADILLA

 

DIPUTADAS Y DIPUTADOS

 

 

1. CONSIDERACIONES GENERALES

1.1 Naturaleza de la Comisión Legislativa

El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (que tiene rango constitucional en lo que compete)  indica que la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y Gasto Público, es el órgano encargado legislativo que tiene la condición de dictaminadora e investigadora y además la fiscalización y vigilancia permanente de la Hacienda Pública, con el concurso de la Contraloría General de la República.   

1.2 Límites constitucionales al trabajo de las comisiones parlamentarias respecto al ámbito del control político.

 

En reiterada jurisprudencia, la Sala Constitucional ha sido conteste en que:

La potestad de investigación  dada a la Asamblea Legislativa, la cual se realiza a través de comisiones, entendidas como instrumento de control político, cumple una función de esclarecimiento de situaciones o actuaciones de funcionarios públicos o de personajes de la vida pública, en relación con determinados hechos, que son expuestas a la opinión pública, a fin de esclarecer si son, o no, irreprochables.  Así, en el tanto lo investigado por dichas comisiones ayude a formar opinión pública y sea una prolongación de ésta, se está realizando el principio democrático, base de nuestro sistema jurídico (...) [9] El destacado no es del original.     

De la misma forma, indica:

La potestad de investigación legislativa, tiene como finalidad general, servir de instrumento a la Asamblea para que ejerza en forma más eficaz, las funciones que la propia Constitución le ha otorgado  -entre ellas el control político-, cuando para ello, se requiere investigar un determinado asunto.  Nótese que no se trata de un estudio, sino de una investigación propiamente, pues en el primer caso no estaríamos en presencia de las comisiones establecidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, sino del otro tipo de investigaciones especiales previstas en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. En resumen, las comisiones de investigación derivan su potestad de la Constitución Política y pueden cumplir diversas funciones, entre las que destaca la de control político. Esta potestad de investigación está íntimamente relacionada con la naturaleza misma de las Comisiones, a la que dada la multiplicidad de objetos y funciones que cumplen esos órganos, es versátil, en el tanto cumplen diversas finalidades.(...) El destacado no es del original.[10]   

 

COMPARECENCIAS

                        Nombre

Puesto

Acta y Fecha

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9 26/06/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 9   26/06/2014

Maryleana Méndez Jiménez

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Gilbert Camacho Mora

Miembro del consejo de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez

Miembro del consejo de SUTEL

 Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 10   03/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 10   03/07/2014

Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez

Ex Presidente de SUTEL

Nº 11   10/07/2014

Jaime Palermo Quesada

Director de Telecomunicaciones del ICE

Nº 11   10/07/2014

Erick Ulate Quesada

Presidente de Consumidores de Costa Rica

Nº 11   10/07/2014

Alonso Castro Mattei

Director del centro de informática de UCR

Nº 12   17/07/2014

Gisella Kooper Arguedas

Ministra del MICITT

Nº 12   17/07/2014

(AUSENTE)

 

 

CONCLUSIONES

 

1. Tal y como se consigna a partir de la opinión experta consultada en esta comisión, el cambio en la modalidad de cobro que se aplicaría a los clientes pospago busca corregir una distorsión de mercado que se fue originada desde 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad únicamente a los clientes prepago.

 

2. Que Sutel no comunicó con suficiente claridad y de forma oportuna a las y los usuarios sobre el cambio de modelo tarifario.

 

3. Como lo consignan las respuestas recibidas por el señor Jaime Palermo, Gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad, la institución es el operador con mayores niveles de exigencia, ya que es el único declarado por el regulador como un Operador con Poder Significativo de Mercado (PSM). Esto hace que sea imperativo conocer la posición del ICE, ya que como empresa del Estado, representa los intereses de las y los costarricenses.

 

4. Siguiendo el razonamiento del tercer punto supracitado: El ICE planteó a la Sutel en el año 2012 la posibilidad de adecuar la tarifa para poder cobrar justamente a quienes saturan la red, sin embargo, el ente regulador rechazó la propuesta y a finales de 2012 aprobó la modalidad de descarga (únicamente para el servicio de datos móviles prepago). El ICE indica que, de esta forma Sutel creó una distorsión tarifaria dentro de un mismo servicio (datos móviles), sin ninguna justificación regulatoria aceptable, provocando inestabilidad en el mercado móvil, es decir, el ente regulador creó una distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

 

5. Sobre la competencia del ente regulador (Sutel) para fijar tarifas, y del Poder Ejecutivo en materia de política pública referida a telecomunicaciones, se hace indispensable citar y analizar el artículo 10 y 50 de la Ley General de Telecomunicaciones, número 8642:

 

 

ARTÍCULO 10.-   Definición de competencias

 

Corresponde al Poder Ejecutivo dictar el Plan nacional de atribución de frecuencias.  En dicho Plan se designarán los usos específicos que se atribuyen a cada una de las bandas del espectro radioeléctrico, para ello se tomarán en consideración las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (Citel).  Además, se definirán los casos en que las frecuencias no requieren asignación exclusiva, para lo cual se tomarán en consideración los siguientes criterios: disponibilidad de la frecuencia, tiempo de utilización, potencia de los equipos, tecnología aplicable, ancho de banda, modulación de la portadora de frecuencia y zona geográfica.

 

El Poder Ejecutivo podrá modificar el Plan nacional de atribución de frecuencias por razones de conveniencia y oportunidad.

 

El Poder Ejecutivo asignará, reasignará o rescatará las frecuencias del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en el Plan nacional de atribución de frecuencias, de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria, de conformidad con la Constitución Política y lo dispuesto en esta Ley.

A la Sutel le corresponderá la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales. La negrita no pertenece al original.

 

ARTÍCULO 50.-   Precios y tarifas

Las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público serán establecidas inicialmente por la Sutel, conforme a la metodología de topes de precio o cualquier otra que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos, de acuerdo con las bases, los procedimientos y la periodicidad que se defina reglamentariamente.

 

Cuando la Sutel determine, mediante resolución motivada, que existen las condiciones suficientes para asegurar una competencia efectiva, los precios serán determinados por los proveedores de los servicios de telecomunicaciones… La negrita no pertenece al original.

 

De la interpretación de ambos artículos se concluye que Sutel, dentro de sus potestades regulatorias, tuvo que prever, bajo un análisis riguroso del modelo tarifario que se aprobó en 2012, la posibilidad de crear tal distorsión en el mercado de las telecomunicaciones.

Al mismo tiempo, debe reconocerse la importancia de que El Poder Ejecutivo asigne, reasigne o rescate las frecuencias del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo establecido en el Plan nacional de atribución de frecuencias, de manera objetiva, oportuna, transparente y no discriminatoria; sin embargo, el Gobierno actual se limitó a decir que el tema de la fijación de tarifas en el mercado de las telecomunicaciones depende exclusivamente de Sutel, desconociendo las competencias del artículo 10 de la Ley General de Telecomunicaciones y el 7 del Reglamento a la misma Ley, en materia de atribución de frecuencias y en los lineamientos del Plan nacional de atribución de frecuencias. Ver las declaraciones del anexo 1: Noticia.

 

6. Que los operadores no pueden cobrar por el uso excesivo de la red, a menos que el ente regulador establezca una modalidad tarifaria que permita ejercer ese tipo de controles.

 

RECOMENDACIONES

 

A la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel)

1. Dentro de las posibilidades presupuestarias y administrativas del Ente regulador, definir y ejecutar campañas de información, a parte de las audiencias públicas, que se lleven a cabo previo a la presentación de las posibles propuestas de cambios en modelos tarifarios que se discutan, con la finalidad de informar y justificar en tiempo y forma a los consumidores acerca de los cambios en el modelo de fijación de tarifa y la forma en que ello repercutirá en la economía de las y los usuarios del servicio.

 

2. Procurar la corrección de la distorsión del mercado que se originó desde 2012, cuando Sutel implementó el cambio de modalidad solamente a los clientes prepago, siempre y cuando se garanticen y respeten los derechos de las y los usuarios.

 

3. Llamar la atención a Sutel para que en situaciones similares en el futuro, se atenga a los modelos tarifarios establecidos por esta entidad, a fin de evitar no sólo distorsiones en lo que se refiere al mercado de telecomunicaciones, también situaciones de descontento social, ante lo que se ve como una decisión autoritaria, por no realizar de forma adecuada un proceso de comunicación explicando las causas que les motivan a tomar decisiones de ese tipo.

 

 Al Poder Ejecutivo

1. Revisar las competencias que le confiere la legislación actual en materia de telecomunicaciones, para determinar si es conveniente para los intereses del Estado acordar la reasignación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico.

 

2. Mantener actualizada a esta comisión legislativa sobre la Política Pública que impulse por medio del Plan Nacional de Telecomunicaciones”.

 

 

ANEXOS

1. Noticia: http://www.crhoy.com/gobierno-advierte-tema-de-cobro-de-internet-por-descarga-es-sutel-quien-toma-la-decision/”.

 

¡Okey!  Entonces,  sometemos a votación el Informe de doña Maureen y don Antonio.

 

¿Los diputados y diputadas que estén a favor de este Informe, sírvanse levantar su mano?

 

6 diputados presentes.  2 a favor.  4 en contra.

 

Rechazado.

 

¿Sí, diputado Solís Fallas?

 

 

Diputado Solís Fallas:

 

Vamos a tomar la recomendación de doña Epsy, de que los asesores hagan un Informe en que estén todos los factores comunes. 

 

Y por lo menos, que eso sea lo que llevemos al Plenario.  Yo veo mucha cosa en común, pero hay algunos matices y para enviar a Plenario, no tantos informes, si no uno sólo con lo que  estemos en común.

 

Y tal vez, nos ponemos de acuerdo con eso.  Y que denuncien los que tienen cosas que no van a quedar en ese Informe Final, pues en aras de hacer un trabajo útil, sino no prestamos el servicio al Plenario ni a nadie.

 

 

Presidente:

 

Sí, si todos los diputados y diputadas estamos de acuerdo con esa propuesta, que los asesores hagan un informe, donde extraigan de todos los informes lo común, para enviarlo a Plenario.

¡Si no hay objeción lo hacemos así!

 

¿Sí, don Johnny?

 

 

Diputado Leiva Badilla:

 

No, no. No sé si habría que hacer una moción para que quede aprobado de esa manera.  ¿No sé cómo procede?

 

 

Diputada Campbell Barr:

 

Cuando está aquí, leemos  lo común y las incongruencias.

 

Presidente:

 

Sí, me dice aquí, la Asesora de Servicios Técnicos que lo que procedería es eso, exactamente, o sea, que los asesores hagan el informe.  Lo vemos la próxima sesión y si todos estamos de acuerdo, lo votamos y lo enviamos.

 

Diputado Guevara Guth:

 

(Inaudible)

 

Sí, efectivamente.

 

Bien, gracias diputados y diputadas.

 

Pasamos al Expediente N° 18856.

 

3.         EXPEDIENTE Nº 18856. PARA QUE SE LLAMEN A COMPARECER ANTE LA COMISIÓN EL SEÑOR REGULADOR GENERAL Y LAS SEÑORAS Y SEÑORES MIEMBROS DE LA ACTUAL JUNTA DIRECTIVA DE LA ARESEP Y SE REFIERAN A LAS POSICIONES ASUMIDAS EN EL SENO DEL ÓRGANO COLEGIADO, CON RELACIÓN A LA FIJACIÓN, APROBACIÓN DE TARIFAS Y DISPOSICIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, ASÍ COMO LA CALIDAD Y GESTIÓN DE LOS MISMOS Y SU IMPACTO EN LA SITUACIÓN FISCAL DEL PAÍS.

 

Ese Expediente, le hemos  extendió el plazo para el Informe por trece días.  La carta está en la correspondencia que fue entregada para esta sesión del día de hoy.

 

En el número cuatro, Expediente N° 18692.

 

4.         EXPEDIENTE Nº 18692. INVESTIGACIÓN A FIN DE QUE SUMINISTREN INFORMACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO, CONTRATACIÓN DE PERSONAL, CONSULTORÍAS Y EJECUCIÓN DE LA LEY Nº 8725, APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 7498-CR Y SUS ANEXOS, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE LIMÓN CIUDAD-PUERTO.

 

Ahí, hay que nombrar una Subcomisión que va quedar integrada de la siguiente manera: Gerardo Vargas Varela, coordinador,  Epsy Campbell Barr y don Antonio Álvarez Desanti.  Tendrá un plazo de veintidós días para hacer el Informe de esa Subcomisión.

 

En el punto cinco, Expediente N° 18634.

 

5.         EXPEDIENTE Nº 18634. INVESTIGACIÓN SOBRE LA INFORMACIÓN AL FIDEICOMISO PARA INFRAESTRUCTURA CARCELARIA.

 

¿Ahí la pregunta es sí ese lo archivamos  o le damos trámite?

 

Diputado Solís Fallas.

 

Diputado Solís Fallas:

 

Bueno, que  dicha que pone usted el tema al frente, Diputado.  Yo creería que ese expediente, más el que está en el lugar sétimo del Orden del Día, el octavo, el noveno y el decimosexto.

 

¿No estarían de acuerdo ustedes, en que los archivemos? 

 

Reitero, cinco, siete, ocho, nueve y dieciséis.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Todos sí, excepto el dieciséis.  El dieciséis es lo del INBioparque.  Ese es muy nuevo.  Hay varios muy interesados.

 

De los otros que mencionaste, yo sí estoy de acuerdo en eliminarlos.

 

Diputada Campbell Barr:

 

Ese es nuevo, está ingresando hoy, en el Orden del Día.

 

Presidente:

 

Como tenemos la lista, vamos a ir tomando la decisión cuando vamos lleguemos ahí.  Pero, creo que hay consenso en eso, diputado Solís Fallas.

 

El Expediente N° 18634.

 

Entonces, la propuesta es archivar ese expediente. 

 

¿Todos de acuerdo? 

 

Por mayoría, se acuerda archivarlo.

 

El número seis, Expediente N° 18820.

 

6.         EXPEDIENTE Nº 18820. INVESTIGACIÓN DE TODO LO RELATIVO AL CASO DE LA REFINERÍA QUE PRETENDEN DESARROLLAR CONJUNTAMENTE RECOPE Y CNPCI A TRAVÉS DE SORESCO Y CUALESQUIERA OTROS TEMAS RELACIONADOS.

 

Ese, creo que se mantiene.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Se mantiene... (Inaudible)

 

 

Presidente:

 

Con más razón todavía. No, hay que empezar con la moción que está presentada.  Creo, que hay una moción de comparecencia que había presentado el diputado Guevara Guth.  ¡Me parece! ¿No es cierto?

 

Diputado Guevara Guth:

 

Será posible...

 

Presidente:

 

… a través de Soresco y cualquier otro tema relacionado.

 

Eso creo que se mantiene…

 

Diputado Guevara Guth:

 

(No graba):

 

Presidente:

 

No, hay que empezar con la moción presentada, creo que hay una moción de comparecencia que presentó el diputado Guevara Guth.

 

Don Johnny Leiva.

 

Diputado Leiva Badilla:

 

(No graba).

 

Presidente:

 

Diputado Guevara Guth ¿Qué le parece la propuesta del diputado Johnny Leiva, en relación con este expediente?

 

Diputado Guevara Guth:

 

De Recope son dos expedientes; uno es este y el otro es el once.  El once tenía que ver con la capacidad instalada ociosa, que me parece que lo que está proponiendo Johnny en relación con visitas, podría ser muy interesante que nosotros como Comisión nos desplazáramos a las instalaciones de Recope en tu provincia, Gerardo, para que nos hagan un recorrido y ver con nuestros ojos cuál es esa capacidad ociosa y en qué condición está; más o menos, me parece interesante el probar aquella solicitud que se le iba a hacer a doña Gloria Valerín para que nos informara sobre nuestras competencias como Comisión de Control de Ingreso y Gasto, de ir a diferentes…

 

Me parece que los dos, tanto el expediente seis como el once, deberían estar abiertos; el seis, es porque todavía…

 

Ottón es el que más maneja el tema en estos momentos, de todos nosotros,  me atrevería a decir, en el caso de la relación entre Recope y la CNPC para esta refinadora conjunta, eso es el expediente seis, pero como todavía está pendiente la renegociación del Ejecutivo o de la jerarca de Recope con los homólogos allá en China, me parece que dejar el expediente abierto sería como para retomar el tema de si no se renegocia nada y el gobierno pretende seguir adelante con el proyecto, creo que deberíamos, en esta Comisión, traer a los diferentes personeros para que justifiquen el por qué seguir adelante con un proyecto como ese.

 

Por eso, es importante, tal vez, dejarlo abierto.

 

El otro, el once, me parece muy bien que podamos programar una visita a las instalaciones de Recope allá en la zona de Moín y ver su capacidad ociosa, inclusive, puede ser que visitemos los edificios que tiene Recope en San José, una vez que se pasaron el edificio de Bicsa, ¿qué pasó con el otro edificio, dónde está ubicado todo su personal?, etc.; me parece que podría ser algo interesante.

 

Presidente:

 

Diputado Solís Fallas.

 

Diputado Solís Fallas:

 

Señor diputado, estoy cien por ciento de acuerdo con lo que usted ha dicho, excepto, con la parte de consultar a Servicios Técnicos; nosotros tenemos potestades que no hay que consultar, tenemos la obligación de vigilar el ingreso y el gasto de este país, ¿cómo se está gastando el dinero?  Hay maneras de hacerlo; preguntándole a alguien que venga aquí, leyendo libros contables, visitando y me parece que es quitarle tiempo muy valioso a Servicios Técnicos.

 

Yo quisiera que nos sintiéramos autorizados para hacer esas cosas.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Yo creo, y me disculpa, diputado Solís…

 

Diputado Solís Fallas:

 

Sí, claro.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Me parece que Gerardo tuvo una conversación con doña Gloria, no es una consulta formal; una conversación en relación con el ámbito de si podemos llegar nosotros a tocar una puerta de una institución “ábrame las puertas, nosotros vamos a entrar, somos diputados de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público y tienen que abrirnos las puertas de las dependencias gubernamentales” ¿Tenemos o no tenemos esa competencia?  Es, básicamente, la consulta que el diputado Vargas Varela le hizo a doña Gloria Valerín y, tal vez, nos pueda contar su respuesta.

 

Presidente:

 

En una sesión, no recuerdo cuál, hablamos ese tema, entonces, se me encomendó hablar don doña Gloria, efectivamente, tuve una conversación con ella sobre ese tema y le pregunté eso, precisamente, que si nosotros podíamos llegar a una institución “equis” y decir que somos de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto y que queremos hablar con el gerente, con el auditor, con el contador, etc., etc.  Lo que se me informó es que no hay ningún impedimento para que nosotros hagamos esa gestión, que perfectamente podemos llegar en el momento que queramos hacerlo.

 

Diputada Epsy Campbell.

 

Diputada Campbell Barr:

 

Lo que yo entiendo que está planteando don Ottón es el tema de quién nos autoriza, nosotros nos autorizamos a nosotros mismos y, efectivamente, esa conversación es un insumo, pero desde que habíamos tomado la decisión de hacerlo era para hacerlo.  Creo que lo que está planteando el diputado Leiva ahora es “hagámoslo finalmente” y con este expediente, antes de que termine el año, manifiesto el interés de todos de poder hacerlo, lo que tendríamos que hacer es programar una fecha.

 

Diputado Solís Fallas:

 

¿Estamos hablando del once?

 

Presidente:

 

Sí, el expediente once.

 

En relación con el seis la propuesta es esperar que el Presidente vaya a China, nuevamente, a ver si renegocian algo y si no, a partir de ahí, tomar una decisión respecto al expediente 18.820, esa es la propuesta.

 

Diputada Campbell Barr:

 

O llamar a la gente que corresponda.

 

 

Presidente:

 

¿De acuerdo con la propuesta del diputado Guevara Guth?

 

Todos; eso respecto al Expediente 18.820.

 

 

7.         EXPEDIENTE Nº 18866. PARA QUE COMPAREZCA EL DR. GUILLERMO CONSTENLA UMAÑA, PRESIDENTE EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS Y ACLARE SITUACIONES RELACIONADAS CON: A) PÓLIZA U-500 DE REASEGURO DEL ICE; B) EL CURSO DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN, CUMPLIMIENTO DE PLAZOS, AUTORIZADOS E INCREMENTO PRESUPUESTARIO EN EL DENOMINADO PROYECTO DEL HOSPITAL DEL TRAUMA; C) ADQUISICIÓN Y POSIBLES ANOMALÍAS EN LA COMPRA Y REPARACIONES DEL EDIFICIO DE INSURANCE SERVICIOS S.A. EN CURRIDABAT , Y; D) SITUACIÓN DEL AUMENTO DE SALARIO DE ALTOS PERSONEROS DEL I.N.S.

 

El diputado Ottón Solís propuso que lo archiváramos, si no hay ninguna objeción lo archivamos.

 

Pasa al Archivo el Expediente 18.886, no hay objeciones.

 

8.         EXPEDIENTE Nº 18882. INVESTIGUE LOS ANTECEDENTES, CRITERIOS, ACTAS, DOCUMENTOS E INFORMES QUE SE HAYAN ELABORADO Y EMITIDO EN EL PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2011-LI-00000-4-OD 100, PROYECTO AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RUTA NACIONAL VIA 1 CARRETERA INTERNACIONAL NORTE, SECCIÓN: CAÑAS-LIBERIA, TRAMITADO POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y LA COMISIÓN PERMANENTE DE CONTRATACIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, CONAVI. 

 

En relación con este expediente, también, la propuesta del diputado Ottón Solís es que lo archivemos, si no hay objeción de parte de los diputados presentes ¿Hay objeciones para archivarlo?

 

Por acuerdo de esta Comisión se archiva el expediente.

 

9.         EXPEDIENTE Nº 18932. CONCESIÓN SAN JOSÉ-SAN RAMÓN.

 

La propuesta es archivarlo; sobre todo ahora que se aprobó un nuevo proyecto.

 

¿No hay objeciones para archivarlo?  Lo archivamos.

 

10.      EXPEDIENTE Nº 19179. INVESTIGACIÓN SOBRE LAS COMPRAS REALIZADAS POR LA JUNTA DE ADQUISICIONES DEL I.C.E. CREADA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES Y ATRIBUCIONES ESTABLECIDAS EN EL DECRETO DE LA LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD N° 449 DEL 8 DE ABRIL DE 1948, LEY DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES N° 8660, ASÍ COMO LA LEY GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÜBLICA. CON LA FINALIDAD DE CONOCER SI HA EXISTIDO MAL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

 

Perdón, don Ottón propuso archivar este Expediente ¿Hay alguna objeción?  No, todos de acuerdo, lo archivamos.

 

11.      EXPEDIENTE Nº 19183. INVESTIGACIÓN SOBRE 1- LOS COSTOS QUE CONLLEVA PARA RECOPE LA CAPACIDAD INSTALADA PARA LA REFINERÍA DE PETRÓLEO QUE SE ENCUENTRA OCIOSA O NO OPERABLE.

 

Ya lo hablamos; el acuerdo es organizar una visita, pero la pregunta es ¿Primero a Limón y después San José?

 

Diputada Campbell Barr:

 

Una pregunta de logística, es un viernes…

 

 

Presidente:

 

Voy a proponer dos fechas para ver si no chocan con la agenda de la Comisión.

 

12.      EXPEDIENTE Nº 19319. PARA QUE SE CONVOQUE POR SEPARADO EN AUDIENCIA A CARLOS OBREGÓN QUESADA, PRESIDENTE EJECUTIVO DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Y A JULIETA BEJARANO HERNÁNDEZ, DIRECTORA LEGAL DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, PARA QUE SE REFIERAN A LOS FIDEICOMISOS EN EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD.

 

Ahí hay que nombrar una Subcomisión que va a estar integrada por el diputado Ottón Solís, diputada Maureen Clarke y el diputado Johnny Leiva y la va a coordinar el diputado Solís Fallas, y doy plazo de veintidós días para que presenten el informe.

 

 

13.      EXPEDIENTE Nº 19335. INVESTIGACIÓN A LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA ENTORNO A LOS SALARIOS DE LOS ALTOS MANDOS DE LA INSTITUCIÓN, EN CUENTA EL DEL GERENTE GENERAL ALLAN BENAVIDES VÍLCHEZ, QUIEN EN UN AÑO OBTUVO UN AUMENTO DEL 80% EN SU SALARIO MENSUAL QUEDANDO EN 10.685.045 MILLONES DE COLONES Y A LA DE LA SUB GERENTE LISSETTE MONTOYA GAMBOA, QUIEN GOZA DE UN SALARIO MENSUAL DE 7.5 MILLONES DE COLONES Y SE LLAME A AUDIENCIA A: SR ALLAN BENAVIDEZ VÍLQUEZ, GERENTE DE LA ESPH, SRA LISSETTE MONTOYA GAMBOA, SUB GERENTE DE LA ESPH, DR. ÁLVARO MARTÍN PARADA GÓMEZ, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA, SR LUIS PAULINO ACOSTA HERNÁNDEZ, AUDITOR INTERNO DE LA ESPH, SR GILBERTH GONZALEZ FALLAS, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE LA ESPH, SR LUIS ENRIQUE SALAS ESQUIVEL, DIRECTOR RECURSOS HUMANOS DE LA ESPH, SR. YAMIL DE LA O GÓMEZ, REPRESENTANTE DEL SITET EN LA ESPH.

 

Ese proyecto es nuevo, lo presentó el compañero Fabricio Alvarado, creo que hay que darle trámite, me parece que no hay objeción con eso.

 

14.      EXPEDIENTE Nº 19379. PARA QUE SE CONVOQUE A AUDIENCIA A JORGE TORRES CARRILLO Y A WILBERT VILLEGAS GÓMEZ, SUBDIRECTOR Y JEFE DE OPERACIONES RESPECTIVAMENTE, DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y SEGURIDAD NACIONAL. PARA QUE CONTESTEN A LOS DIPUTADOS DE ESTA COMISIÓN SOBRE SUS FUNCIONES Y EL USO DE LOS FONDOS PÚBLICOS ASIGNADOS A LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y SEGURIDAD NACIONAL.

 

 

Hay que nombrar la Subcomisión, a la que le vamos a dar veintidós días para que presente el informe y va a estar integrada por el diputado Otto Guevara, Solís Fallas y Álvarez Desanti; la va a coordinar el diputado Guevara Guth.

 

Diputado Solís Fallas:

 

(No graba).

 

Presidente:

 

Es que lo vi muy interesado en el tema…

 

Diputado Solís Fallas:

 

(No graba).

 

Presidente:

 

Necesitamos nombrar tres diputados ¿Alguna diputada?

 

Don Otto Guevara, quien coordina, doña Mauren Clarke y don Antonio Álvarez, tiene veintidós días para rendir el informe.

 

15.      EXPEDIENTE Nº 19387. INVESTIGACIÓN ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO Y LA SITUACIÓN DEL SISTEMA DE BECAS EN LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA.

 

Ese proyecto es nuevo pero, además, ahí estaba el tema de las mociones.

 

Diputado Guevara Guth:

 

Tengo entendido que fue la última sesión cuando aprobamos aquella grande, sobre la Universidad de Costa Rica y las universidades; ahí estaba el sistema de becas, entonces, como que lo absorbe, no veo que el nuevo tenga expediente, no creo que sea el mismo número porque son dos cosas diferentes.

 

La moción que aprobamos la vez pasada era mucho más amplia, uno de los rubros era becas, pero mucho más amplia, entonces, o se le cambia el nombre a este expediente o se cierra y se abre uno nuevo para efectos de lo que aprobamos la vez pasada.

 

Presidente:

 

Diputada Mauren Clarke.

 

Diputada Clarke Clarke:

 

La vez pasada discutimos eso y quedamos en que como estaba este, en la moción decía que se incorporaba esta a la grande y que esta se eliminara.  Hay que cambiarle el nombre nada más.

 

Presidente:

 

La moción que presentó usted, Guevara Guth.

 

Diputado Guevara Guth:

 

La iniciativa fue del diputado Antonio Álvarez.

 

Presidente:

 

Quizá lo mejor es archivar este y abrir un nuevo expediente.

 

Decreto un receso de hasta cinco minutos.

 

Se reanuda la sesión.

 

En relación con el Expediente 19.387, por  acuerdo de la Comisión lo archivamos y se abre un nuevo expediente en relación con la moción presentada por el tema de las universidades públicas.

 

16.      EXPEDIENTE Nº 19388. INVESTIGACIÓN AL MINISTERIO DE AMBIENTE, AL MINISTERIO DE HACIENDA, A LA CONAC Y AL SINAC EN TORNO DEL PROCESO DE COMPRA DE LOS TERRENOS DEL INBIO PARQUE EN SANTO DOMINGO DE HEREDIA A PESAR DE SUPUESTAMENTE NO CONTAR CON LA DEBIDA AUTORIZACIÓN DE COMPRA Y DONDE SE PRESUME QUE SE ESTÁ PAGANDO 4.981 MILLONES DE COLONES POR EL TERRENO QUE VIENE CON DEUDAS QUE OSCILAN ENTRE LOS 3 Y 5 MILLONES DE DÓLARES, MONTO QUE SUPUESTAMENTE NO ES PARTE DEL PROCESO DE COMPRA. ASIMISMO, SE LLAME A AUDIENCIA A LAS SIGUIENTES PERSONAS: SR. ALFIO PIVA, MIEMBRO FUNDADOR Y EX PRESIDENTE DE INBIO PARQUE, EX VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SR. EDGAR AYALES, EX MINISTRO DE HACIENDA, SR. HELIO FALLAS, MINISTRO DE HACIENDA, SR. JULIO JURADO, DIRECTOR EJECUTIVO DEL SINAC, SRA. PATRICIA MADRIGAL, VICEMINISTRA DE AMBIENTE PRESIDENTA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CONAC, SR. RODRIGO GÁMEZ, PRESIDENTE DEL INBIO PARQUE, SR. RANDALL GARCÍA, DIRECTOR DEL INBIO PARQUE.

 

Ese expediente, ya lo habíamos hablado,  lo mantenemos.

 

Diputados, quiero proponerles que se lleven dos fechas para que lo revisen en sus agendas, para esta visita a Recope a Limón, que chequeen la posibilidad del 14 y el 28 de noviembre.

 

El viernes 28 ¿Les parece?

 

Diputado Solís Fallas.

 

Diputado Solís Fallas:

 

(No graba).

 

Presidente:

 

Sí.

 

Diputado Solís Fallas:

 

(No graba).

 

Presidente:

 

Eso es lo que teníamos para esta sesión.

 

Sin más asuntos que tratar, siendo las catorce horas con seis minutos se levanta la sesión.

 

 

 

 

 

Dip. Gerardo Vargas Varela                                             Dip. Epsy Campbell Barr

         PRESIDENTE                                                             SECRETARIA

                                                                 

 

sdc/xvv/alc/ias

 

20141106-028

 



[1] Sala Constitucional. Votos: 1953-97; 1954-97 y  6802-98.

[2] Sala Constitucional. Voto Nº4562-99

[3] Sala Constitucional. Votos: 1953-97; 1954-97 y  6802-98.

[4] Sala Constitucional. Voto Nº4562-99

[5]
                 Sala Constitucional. Votos: 1953-97; 1954-97 y  6802-98.

[6]
                 Sala Constitucional. Voto Nº4562-99

[7] Sala Constitucional. Votos: 1953-97; 1954-97 y  6802-98.

[8] Sala Constitucional. Voto Nº4562-99

[9] Sala Constitucional. Votos: 1953-97; 1954-97 y  6802-98.

[10] Sala Constitucional. Voto Nº4562-99